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E-15-212
(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (22 DE JUNIO DE 2015)
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
17ma. Asamblea 5ta. Sesión Legislativa Ordinaria
CAMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 748
20 DE MAYO DE 2015
Presentada por los representantes Perelló Borrás, Rivera Ruiz de Porras, Hernández López, Bianchi Angleró, Aponte Dalmau, Báez Rivera, Cruz Burgos, De Jesús Rodríguez, Franco González, Gándara Menéndez, Hernández Alfonzo, Hernández Montañez, Jaime Espinosa, López de Arrarás, Matos García, Méndez Silva, Natal Albelo, Ortiz Lugo, Pacheco Irigoyen, Rodríguez Quiles, Santa Rodríguez, Torres Cruz, Torres Ramírez, Torres Yordán, Varela Fernández, Vargas Ferrer, Vassallo Anadón y Vega Ramos
Referida a la Comisión de Hacienda y Presupuesto
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para asignar a las agencias e instrumentalidades públicas la cantidad de cinco mil
quinientos setenta y cinco millones seiscientos sesenta y siete mil (5,575,667,000) dólares con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal 2015-2016, para llevar a cabo los propósitos que se detallan en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; autorizar el traspaso de fondos; autorizar la transferencia de fondos; autorizar el anticipo de fondos; autorizar para la contratación; permitir la aceptación de donativos; ordenar la preparación de informes; y para autorizar el pareo de los fondos asignados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Nos encontramos ante una crisis fiscal histórica, donde los recursos disponibles
son extremadamente limitados. De la misma forma, nuestra situación actual exige cumplir con nuestra responsabilidad de mantener un presupuesto balanceado donde los gastos se ajusten a los recaudos reales disponibles, con el fin de promover nuestra recuperación económica y eliminar la práctica lesiva de incurrir en déficit en el manejo
2
de los presupuestos gubernamentales. En ese sentido, durante los últimos dos años hemos visto un progreso en la forma de manejar las finanzas gubernamentales, ante la acción de realizar ajustes en el presupuesto, en ocasión a que los recaudos no cumplen los estimados, ya sea porque se eliminan fuentes de recursos sin identificar fuentes alternas, por comportamiento en el consumo u otras variables externas.
Contrario a lo que ocurría en el pasado, esta Administración ha realizado acciones afirmativas para reducir la brecha de los recaudos y los gastos. Al examinar los estados financieros auditados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico desde el Año Fiscal 2000 hasta el Año Fiscal 2013, podemos observar que la diferencia entre los ingresos y los gastos del Fondo General totalizó alrededor de $23,585 millones. En particular los ingresos netos del Fondo General para el Año Fiscal 2012 totalizaron $8,573 millones, mientras los gastos fueron $11,966 millones, dejando como resultado un déficit de $3,393 millones. Ese mismo análisis para el Año Fiscal 2013 refleja unos ingresos netos de $8,131 millones y gastos de $9,885 millones, para un déficit de $1,754 millones. Esto representa una reducción en el déficit de $1,639 millones o 52% en comparación con el Año Fiscal anterior. De igual forma, debemos señalar que el gasto público con cargo al Fondo General se redujo de $11,966 millones en el Año Fiscal 2012 a $9,885 millones en el Año Fiscal 2013. Esto representa una reducción en gasto de $2,081 millones o un 17%.
Los números preliminares para el cierre del Año Fiscal 2014, reflejan unos ingresos de $9,122 millones y gastos de $9,656 millones para un déficit de $534 millones. Al compararlo con el Año Fiscal anterior podemos ver una reducción en gastos de $229 millones ($9,885-$9,656). En resumen, los gastos del Fondo General se redujeron $2,310 millones en dos años ($2,081+$229). Esto sin afectar la prestación de los servicios esenciales que se proveen a nuestros(as) ciudadanos(as) y sin cesantear a ningún(a) empleado(a) público(a).
3
Durante el Año Fiscal 2015, continuamos con nuestro esfuerzo de mantener el
presupuesto balanceado. El presupuesto para este Año Fiscal ascendió a $9,565 millones, sobre el cual promovimos una reserva presupuestaria de $125 millones, de forma que los gastos sean cónsonos con los recaudos. Ello sin afectar la prestación de los servicios a la ciudadanía, sin despedir empleados(as) y en un esfuerzo legítimo de mantener un presupuesto balanceado.
Ahora bien, las obligaciones con cargo al Fondo General para el Año Fiscal 2015-2016 hubieran aumentado en $268 millones para el pago de la deuda de las obligaciones generales (GO’s); $140 millones para aportación adicional al Sistema de Retiro del gobierno central; $28 millones para el Centro Comprensivo del Cáncer; $459 millones adicionales para el pago de deuda al BGF; $14 millones para la Autoridad de Edificios Públicos y pago de utilidades. Por tanto, si utilizamos de base el presupuesto del Año Fiscal 2014-2015 que ascendía a $9,565 millones, el presupuesto para el Año Fiscal 2015-2016 hubiera aumentado por $909 millones, para un presupuesto por la cantidad total de $10,474 millones.
No obstante, los recaudos estimados por el Departamento de Hacienda para
apoyar el presupuesto del Año Fiscal 2015-2016 ascienden a $9,800 millones, por lo que resulta necesario realizar una serie de ajustes para mantener un presupuesto balanceado. Ello necesariamente conllevará que no se atiendan todas las asignaciones, por lo que para estos fines se ha implementado una serie de recortes que abarcan gastos de funcionamiento de las agencias del gobierno central y reducciones producto de la implementación de la Ley 66-2014. No obstante, la reducción a las asignaciones que impactan las entidades del tercer sector han sido muy reducidas, conscientes de la labor social que realizan para el País.
Déficit Acumulado = $23,585MFY 00 – FY 13
TOTAL DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO GENERAL AF 00 – AF 14
(en $ millones)
Ingresos y Gastos del Fondo General – AF00 – AF14
Fuente: 1. AF200 al AF2013 “Statement of Revenue and Expenditures-Budget and Actual Budget Basis-General Fund” según los estados financieros auditados del ELA.2. AF14 - Preliminar
Ingresos
Gastos
6,877 6,746 7,186 7,341
7,834
8,603 8,423 8,718
8,207 7,584 7,593
7,994 8,573 8,131
9,122
7,000 7,426
9,126
8,043
8,923
9,717
10,397
9,707 9,324
10,890 10,368
10,623
11,966
9,885
9,656
4,000
5,000
6,000
7,000
8,000
9,000
10,000
11,000
12,000
AF 00 AF 01 AF 02 AF 03 AF 04 AF 05 AF 06 AF 07 AF 08 AF 09 AF 10 AF 11 AF 12 AF 13 AF 14
Presupuesto
4
La presente distribución es una justa, consciente y responsable que además
salvaguarda los servicios esenciales para nuestra ciudadanía y encamina a Puerto Rico por el sendero de la recuperación fiscal. RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se asigna a las agencias e instrumentalidades públicas, la cantidad de 1
cinco mil quinientos setenta y cinco millones seiscientos sesenta y siete mil (5,575,667,000) 2
dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal 2015-2016, para llevar a cabo los 3
propósitos que se detallan a continuación: 4
1. Administración de Asuntos Federales 5
a. Para gastos de funcionamiento de oficinas de 6
Florida y otros estados. $150,000 7
Subtotal $150,000 8
2. Administración de Desarrollo Socioeconómico 9
de la Familia 10
a. Para el Programa de Rehabilitación Económica 11
y Social para Familias en Extrema Pobreza. $500,000 12
Subtotal $500,000 13
3. Administración de Familias y Niños 14
a. Para gastos de funcionamiento de ADFAN. $150,000 15
Subtotal $150,000 16
4. Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico 17
a. Para sufragar los gastos de los servicios 18
5
médicos hospitalarios basados en seguros de 1
salud, según lo dispuesto en la Ley 72-1993, 2
según enmendada. $885,000,000 3
b. Para programa de fiscalización de 4
aseguradoras y reducción de costos en los 5
seguros de salud sufragados por el Gobierno. 2,000,000 6
Subtotal $887,000,000 7
5. Administración de Servicios Médicos 8
a. Para el pago de salarios del Centro 9
Cerebrovascular de Puerto Rico y el Caribe. $1,700,000 10
b. Para gastos de funcionamiento, incluyendo 11
nómina de la ASEM. 25,186,000 12
c. Para Sala de Emergencia y Trauma del Centro 13
Médico de Río Piedras. 1,000,000 14
Subtotal $27,886,000 15
6. Administración de Servicios de Salud Mental y 16
Contra la Adicción 17
a. Para sufragar gastos de funcionamiento del 18
Centro Sor Isolina Ferré, Inc., Playa de Ponce, 19
según lo dispuesto en la RC 183-2005. $1,710,000 20
b. Para sufragar gastos de funcionamiento del 21
Hogar Crea, Inc., según lo dispuesto en la RC 22
6
157-2005. 1,890,000 1
c. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 2
Fundación UPENS. 795,000 3
d. Para sufragar gastos de funcionamiento de 4
Iniciativa Comunitaria de Investigación, Inc. 1,440,000 5
e. Para sufragar gastos de Teen Challenge. 360,000 6
f. Para sufragar gastos de funcionamiento del 7
Centro Sor Isolina Ferré, Inc., Caimito, según lo 8
dispuesto en la RC 183-2005. 225,000 9
g. Para sufragar gastos de funcionamiento del 10
Centro San Francisco, Ponce, según lo 11
dispuesto en la RC 183-2005. 180,000 12
Subtotal $6,600,000 13
7. Administración de Servicios Generales 14
a. Para transferir a la Feria Internacional del 15
Libro de Puerto Rico, Inc., según lo dispuesto 16
en la RC 1921-2004. $160,000 17
b. Para el portal de cotizaciones y adjudicaciones. 5,000,000 18
c. Para gastos de funcionamiento de la iniciativa 19
Fuerza Pymes. 200,000 20
Subtotal $5,360,000 21
8. Administración para el Desarrollo de Empresas 22
7
Agropecuarias 1
a. Para ofrecer incentivos de pareo de inversiones 2
en negocios agrícolas, según lo dispuesto en la 3
Ley 225-1995, según enmendada. $12,103,000 4
b. Para nómina y costos relacionados. 543,000 5
c. Para conceder el Bono de Navidad a los 6
trabajadores agrícolas que sean elegibles, 7
según lo dispuesto en la Ley Núm. 42 de 19 de 8
junio de 1971, según enmendada. 4,190,000 9
d. Para reembolsar a los agricultores el subsidio 10
salarial que se le concede a los trabajadores 11
agrícolas, según lo dispuesto en la Ley Núm. 46 12
de 5 de agosto de 1989, según enmendada. 35,378,000 13
e. Para el Subsidio de Pago de Primas de Seguros, 14
según lo dispuesto en la Ley Núm. 12 de 12 de 15
diciembre de 1966, según enmendada. 1,211,000 16
f. Para asistencia técnica e incentivos económicos 17
a los agricultores bonafide. 2,096,000 18
g. Para la provisión de abono para cultivo para 19
los agricultores bonafide. 5,168,000 20
h. Para el Programa Incentivo al Arrendamiento 21
de Maquinaria Agrícola. 839,000 22
8
i. Para el incentivo de Mecanización Agrícola. 839,000 1
j. Para el incentivo de seguros para los ranchos 2
de los agricultores. 234,000 3
k. Para incentivar la industria de la piña, la 4
avícola y otros proyectos. 5,121,000 5
l. Para Unidades de Calidad y Alto Rendimiento 6
(UCAR). 4,412,000 7
m. Para gastos de funcionamiento de la 8
Administración para el Desarrollo de 9
Empresas Agropecuarias. 2,827,000 10
n. Para incentivar la industria lechera de Puerto 11
Rico. 980,000 12
o. Para el manejo y control del “Citrus Greening” 13
(Psílido Asiático de los Cítricos). 1,000,000 14
p. Para el Programa de Infraestructura, obras 15
permanentes y para el pareo de fondos. 1,450,000 16
q. Para obras y mejoras a las escuelas agrícolas. 150,000 17
Subtotal $78,541,000 18
9. Administración de Vivienda Pública 19
a. Para el Programa Residenciales de Vivienda 20
Pública Estatal. $500,000 21
Subtotal $500,000 22
9
10. Administración para el Sustento de Menores 1
a. Para plataforma informática PRACES, pareo de 2
fondos federales. $945,000 3
Subtotal $945,000 4
11. Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y 5
Administración de Desastres 6
a. Para gastos de funcionamiento de 24 horas 7
de la Red Sísmica de Puerto Rico. $300,000 8
b. Para el Fondo de Emergencias. 1,000,000 9
Subtotal $1,300,000 10
12. Aportaciones a los Municipios 11
a. Para cumplir con la Aportación al Fondo de 12
Equiparación. $227,575,000 13
b. Para resarcir a los municipios por la 14
exoneración de la contribución sobre la 15
propiedad no cobrada. 133,025,000 16
c. Para el Centro de Trauma de Mayagüez. 4,000,000 17
Subtotal $364,600,000 18
13. Aportación al Quehacer Cultural 19
a. Para sufragar gastos de funcionamiento del 20
Ateneo Puertorriqueño. $350,000 21
Subtotal $350,000 22
10
14. Asamblea Legislativa, Oficina de Servicios 1
Legislativos 2
a. Para sufragar el Premio Thurgood Marshall, 3
según lo dispuesto en la Ley 9-1993. $1,000 4
b. Para sufragar gastos de funcionamiento del 5
Programa Pilar Barbosa de Internados en 6
Educación, según lo dispuesto en la Ley 53-7
1997. 139,000 8
c. Para gastos de funcionamiento del Programa 9
Córdova de Internados Congresionales, según 10
lo dispuesto en la RC 554-1998. 550,000 11
d. Para gastos de funcionamiento del Programa 12
de Internados Legislativos Ramos Comas. 150,000 13
e. Para gastos de funcionamiento del Programa 14
de Internado Laboral Santiago Iglesias Pantín, 15
según lo dispuesto en la Ley 66-2005. 26,000 16
f. Para el Programa de Becas Antonia Pantoja, 17
según dispuesto en la Ley 97-2004. 5,000 18
g. Para cubrir los gastos sobre la Resolución sobre 19
las Carpetas. 10,000 20
h. Para sufragar la membresía del Concilio de 21
Gobiernos Estatales. 106,000 22
11
i. Para el sistema de información de la Oficina de 1
Servicios Legislativos. 162,000 2
j. Para sufragar los gastos de funcionamiento y 3
obras y mejoras permanentes de la Oficina de 4
Servicios Legislativos. 2,000,000 5
k. Para sufragar los servicios de agua y luz del 6
Capitolio. 3,000,000 7
Subtotal $6,149,000 8
15. Asamblea Legislativa, Superintendencia del Capitolio 9
a. Para sufragar los gastos de la Superintendencia 10
del Capitolio. 2,000,000 11
b. Para la Superintendencia del Capitolio para 12
aumento en plan médico y seguro de edificios. 1,350,000 13
c. Para la Superintendencia del Capitolio para la 14
seguridad del Distrito Capitolino. 200,000 15
d. Para la Superintendencia del Capitolio para 16
actividades en monumentos Capitolinos. 32,000 17
e. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 18
Comisión Conjunta para las Alianzas Público 19
Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto 20
Rico, según lo dispuesto en la Ley 29-2009, 21
según enmendada. 340,000 22
12
f. Para becas para estudios graduados en 1
disciplinas relacionadas con la protección y 2
conservación del medioambiente, según lo 3
dispuesto en la Ley 157-2007. 10,000 4
g. Para becas para estudios graduados con 5
especialidad en educación especial para 6
maestros certificados por el Departamento de 7
Educación. 10,000 8
h. Para la compra de materiales y equipo de 9
mantenimiento del Distrito Capitolino. 2,000,000 10
i. Para la Comisión de Fondos Legislativos para 11
Impacto Comunitario, para recursos, equipos 12
y actualizaciones tecnológicas (Ley 20-2015). 440,000 13
j. Para gastos de funcionamiento de la Comisión 14
Conjunta para la Revisión Continua del Código 15
Penal y para la Reforma de las Leyes Penales. 150,000 16
k. Para gastos de funcionamiento de la Cámara 17
de Representantes. 90,000 18
l. Para cumplir con obligaciones y compromisos 19
incurridos en años anteriores. 150,000 20
Subtotal $6,772,000 21
16. Asamblea Legislativa, Actividades Conjuntas 22
13
a. Para proveer asignaciones a entidades e 1
instituciones públicas, semipúblicas y privadas 2
sin fines de lucro que, bajo la supervisión de 3
agencias de gobierno, realizan actividades o 4
prestan servicios que propendan al desarrollo 5
de programas para el bienestar. $20,000,000 6
Subtotal $20,000,000 7
17. Asignaciones bajo la custodia de la Oficina de 8
Gerencia y Presupuesto: 9
a. Para gastos de cualquier entidad 10
gubernamental relacionados con la provisión 11
de transportación escolar por parte de 12
municipios. 6,000,000 13
b. Para cumplir con el retiro temprano de la 14
Autoridad de Transporte Integrado. 5,000,000 15
c. Para la Aportación al Sistema de Retiro de los 16
Empleados del Gobierno del Estado Libre 17
Asociado de Puerto Rico, según lo dispuesto en 18
la Ley 70-2010. 80,000,000 19
d. Para incremento del 1% anual en la aportación 20
patronal a los Sistemas de Retiro de los 21
Empleados del Gobierno del Estado Libre 22
14
Asociado de Puerto Rico, Ley 116-2011. 148,021,000 1
e. Para incremento del 1% anual en la aportación 2
patronal al Sistema de Retiro de los Maestros, 3
Ley 114-2011. 18,402,000 4
f. Para aportación especial adicional uniforme 5
para solventar la porción del déficit de flujo de 6
caja del Sistema de Retiro de los Empleados del 7
Gobierno del Estado Libre Asociado 8
correspondiente a los pensionados de las 9
agencias e instrumentalidades cuyos gastos de 10
funcionamiento total o parcialmente provienen 11
de la RC del Presupuesto General, Ley 3-2013. 52,000,000 12
g. Para aportación especial adicional uniforme 13
para solventar la porción del déficit de flujo de 14
caja del Sistema de Retiro correspondiente a los 15
empleados de las corporaciones públicas cuyos 16
gastos de funcionamiento se pagan total o 17
parcialmente por el Fondo General, o 18
municipios, que no tengan capacidad 19
financiera, según evaluado por la OGP, de 20
asumir la porción del déficit atribuible a sus 21
respectivos pensionados, Ley 3-2013. 8,771,000 22
15
h. Para gastos de funcionamiento del Bosque 1
Modelo. 100,000 2
i. Para expandir el desarrollo de los servicios en 3
línea de “pr.gov”. 900,000 4
j. Para adquisición de licencias tecnológicas 5
centralizadas para entidades gubernamentales. 24,331,000 6
k. Para Boys & Girls Club. 1,350,000 7
l. Para el Departamento de Salud, para 8
programas de servicios de salud, educación y 9
bienestar de la población de niñez temprana, 10
programas nuevos y existentes para el 11
diagnóstico y tratamiento a menores con 12
deficiencias en el desarrollo; programas para 13
mejorar la calidad de servicios de capacitación 14
de personal de los centros de cuidado y 15
desarrollo infantil. 800,000 16
m. Para la Administración para el Cuidado y 17
Desarrollo Integral de la Niñez, para 18
programas de servicios de salud, educación y 19
bienestar de la población de niñez temprana, 20
programas nuevos y existentes para el 21
diagnóstico y tratamiento a menores con 22
16
deficiencias en el desarrollo; programas para 1
mejorar la calidad de servicios de capacitación 2
de personal de los centros de cuidado y 3
desarrollo infantil. 500,000 4
n. Para el pago de la línea de crédito Ley Núm. 70 5
de OGP. 6,000,000 6
o. Para la Autoridad de Energía Eléctrica para 7
sufragar el consumo de energía eléctrica en las 8
agencias y entidades gubernamentales 9
incluidas en la RC del Presupuesto General, 10
según se detallan a continuación, para un gran 11
total de $137,348,000: 12
i. Administración de Desarrollo 13
Socioeconómico de la Familia 110,000 14
ii. Administración de Familias y Niños 211,000 15
iii. Administración de Rehabilitación 16
Vocacional 176,000 17
iv. Administración de Seguros de Salud de 18
Puerto Rico 200,000 19
v. Administración de Servicios de Salud 20
Mental y Contra la Adicción 3,816,000 21
vi. Administración de la Industria y el 22
17
Deporte Hípico 72,000 1
vii. Administración para el Cuidado y 2
Desarrollo Integral de la Niñez 3
(ACUDEN) 339,000 4
viii. Administración para el Sustento de 5
Menores 242,000 6
ix. Agencia Estatal para el Manejo de 7
Emergencias y Administración de 8
Desastres 28,000 9
x. Autoridad de Conservación y 10
Desarrollo de Culebra 14,000 11
xi. Autoridad de Desperdicios Sólidos de 12
Puerto Rico 1,581,000 13
xii. Comisión de Investigación, 14
Procesamiento y Apelación 20,000 15
xiii. Corporación de Puerto Rico para la 16
Difusión Pública 1,284,000 17
xiv. Corporación de las Artes Musicales 424,000 18
xv. Corporación del Centro de Bellas Artes 19
de Puerto Rico 968,000 20
xvi. Corporación del Conservatorio de 21
Música de Puerto Rico 838,000 22
18
xvii. Corporación del Proyecto ENLACE del 1
Caño Martín Peña 31,000 2
xviii. Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico 354,000 3
xix. Departamento de Agricultura 418,000 4
xx. Departamento de Asuntos del 5
Consumidor 65,000 6
xxi. Departamento de Corrección y 7
Rehabilitación 19,067,000 8
xxii. Departamento de Educación 49,116,000 9
xxiii. Departamento de Estado 383,000 10
xxiv. Departamento de Hacienda 2,010,000 11
xxv. Departamento de Justicia 4,002,000 12
xxvi. Departamento de Recreación y Deportes 3,606,000 13
xxvii. Departamento de Salud 13,810,000 14
xxviii. Departamento de Transportación y 15
Obras Públicas 2,442,000 16
xxix. Departamento de la Vivienda 961,000 17
xxx. Departamento del Trabajo y Recursos 18
Humanos 1,623,000 19
xxxi. Escuela de Artes Plásticas 45,000 20
xxxii. Guardia Nacional de Puerto Rico 1,000,000 21
xxxiii. Instituto de Ciencias Forenses 1,544,000 22
19
xxxiv. Instituto de Cultura Puertorriqueña 1,519,000 1
xxxv. Instituto de Estadísticas de Puerto Rico 27,000 2
xxxvi. Oficina Estatal de Conservación 3
Histórica 303,000 4
xxxvii. Oficina de Capacitación y 5
Asesoramiento en Asuntos Laborales y 6
de Administración de Recursos 7
Humanos (OCALARH) 192,000 8
xxxviii. Oficina de Gerencia y Presupuesto 232,000 9
xxxix. Oficina de la Procuradora de las 10
Mujeres 42,000 11
xl. Oficina del Coordinador General para el 12
Financiamiento Socioeconómico y la 13
Autogestión 10,000 14
xli. Oficina del Gobernador 1,053,000 15
xlii. Oficina del Procurador del Veterano de 16
Puerto Rico 1,000 17
xliii. Policía de Puerto Rico 18,182,000 18
xliv. Secretariado del Departamento de la 19
Familia 4,987,000 20
p. Para la Autoridad de Acueductos y 21
Alcantarillados para sufragar el consumo de 22
20
agua en las agencias y entidades 1
gubernamentales incluidas en la RC del 2
Presupuesto General, según se detallan a 3
continuación, para un gran total de 4
$40,655,000: 5
i. Administración de Desarrollo 6
Socioeconómico de la Familia 7,000 7
ii. Administración de Familias y Niños 45,000 8
iii. Administración de Recursos Naturales 11,000 9
iv. Administración de Rehabilitación 10
Vocacional 63,000 11
v. Administración de Servicios de Salud 12
Mental y Contra la Adicción 1,789,000 13
vi. Administración para el Cuidado y 14
Desarrollo Integral de la Niñez 15
(ACUDEN) 50,000 16
vii. Administración para el Sustento de 17
Menores 6,000 18
viii. Agencia Estatal para el Manejo de 19
Emergencias y Administración de 20
Desastres 16,000 21
ix. Autoridad de Conservación y 22
21
Desarrollo de Culebra 5,000 1
x. Autoridad de Desperdicios Sólidos de 2
Puerto Rico 409,000 3
xi. Comisión de Desarrollo Cooperativo de 4
Puerto Rico 9,000 5
xii. Comisión de Investigación, 6
Procesamiento y Apelación 1,000 7
xiii. Corporación de Puerto Rico para la 8
Difusión Pública 80,000 9
xiv. Corporación del Centro de Bellas Artes 10
de Puerto Rico 125,000 11
xv. Corporación del Conservatorio de 12
Música de Puerto Rico 159,000 13
xvi. Corporación del Proyecto ENLACE del 14
Caño Martín Peña 2,000 15
xvii. Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico 293,000 16
xviii. Departamento de Agricultura 6,000 17
xix. Departamento de Corrección y 18
Rehabilitación 15,683,000 19
xx. Departamento de Educación 13,930,000 20
xxi. Departamento de Estado 34,000 21
xxii. Departamento de Hacienda 413,000 22
22
xxiii. Departamento de Justicia 257,000 1
xxiv. Departamento de Recreación y Deportes 1,641,000 2
xxv. Departamento de Salud 2,832,000 3
xxvi. Departamento de Transportación y 4
Obras Públicas 353,000 5
xxvii. Departamento del Trabajo y Recursos 6
Humanos 359,000 7
xxviii. Guardia Nacional de Puerto Rico 104,000 8
xxix. Instituto de Ciencias Forenses 59,000 9
xxx. Oficina Estatal de Conservación 10
Histórica 38,000 11
xxxi. Oficina de Gerencia y Presupuesto 61,000 12
xxxii. Oficina del Coordinador General para el 13
Financiamiento Socioeconómico y la 14
Autogestión 2,000 15
xxxiii. Oficina del Gobernador 153,000 16
xxxiv. Policía de Puerto Rico 1,342,000 17
xxxv. Secretariado del Departamento de la 18
Familia 318,000 19
q. Para la Autoridad de Edificios Públicos para 20
sufragar el pago de arrendamiento de 21
propiedades ocupadas por agencias y 22
23
entidades gubernamentales incluidas en la RC 1
del Presupuesto General, según se detallan a 2
continuación, para un gran total de 3
$364,264,000: 4
i. Administración de Familias y Niños 41,000 5
ii. Administración de Recursos Naturales 77,000 6
iii. Administración de Rehabilitación 7
Vocacional 222,000 8
iv. Administración de Servicios de Salud 9
Mental y Contra la Adicción 18,000 10
v. Administración para el Cuidado y 11
Desarrollo Integral de la Niñez 12
(ACUDEN) 474,000 13
vi. Administración para el Desarrollo de 14
Empresas Agropecuarias 15,000 15
vii. Administración para el Sustento de 16
Menores 110,000 17
viii. Agencia Estatal para el Manejo de 18
Emergencias y Administración de 19
Desastres 40,000 20
ix. Comisión de Desarrollo Cooperativo de 21
Puerto Rico 44,000 22
24
x. Corporación de las Artes Musicales 250,000 1
xi. Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico 274,000 2
xii. Cuerpo de Emergencias Médicas de 3
Puerto Rico 168,000 4
xiii. Departamento de Agricultura 410,000 5
xiv. Departamento de Asuntos del 6
Consumidor 1,906,000 7
xv. Departamento de Corrección y 8
Rehabilitación 23,276,000 9
xvi. Departamento de Educación 259,084,000 10
xvii. Departamento de Hacienda 10,602,000 11
xviii. Departamento de Justicia 5,417,000 12
xix. Departamento de Salud 16,359,000 13
xx. Departamento de Transportación y 14
Obras Públicas 1,833,000 15
xxi. Junta de Planificación 2,790,000 16
xxii. Oficina de Gerencia de Permisos 913,000 17
xxiii. Oficina del Coordinador General para el 18
Financiamiento Socioeconómico y la 19
Autogestión 90,000 20
xxiv. Oficina del Procurador de las Personas 21
con Impedimentos 52,000 22
25
xxv. Policía de Puerto Rico 30,499,000 1
xxvi. Secretariado del Departamento de la 2
Familia 9,300,000 3
r. Para el Departamento de Hacienda para el 4
pago de las primas de seguro de las agencias, 5
según se detallan a continuación, para un gran 6
total de $17,283,000: 7
i. Administración de Desarrollo 8
Socioeconómico de la Familia 28,000 9
ii. Administración de Familias y Niños 121,000 10
iii. Administración de Recursos Naturales 1,893,000 11
iv. Administración de Rehabilitación 12
Vocacional 251,000 13
v. Administración de Servicios de Salud 14
Mental y Contra la Adicción 527,000 15
vi. Administración de la Industria y el 16
Deporte Hípico 9,000 17
vii. Administración para el Cuidado y 18
Desarrollo Integral de la Niñez 19
(ACUDEN) 7,000 20
viii. Administración para el Sustento de 21
Menores 20,000 22
26
ix. Agencia Estatal para el Manejo de 1
Emergencias y Administración de 2
Desastres 66,000 3
x. Comisión Apelativa del Servicio Público 22,000 4
xi. Comisión de Derechos Civiles 2,000 5
xii. Comisión de Desarrollo Cooperativo de 6
Puerto Rico 14,000 7
xiii. Comisión de Investigación, 8
Procesamiento y Apelación 5,000 9
xiv. Comisión de Servicio Público 7,000 10
xv. Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico 354,000 11
xvi. Departamento de Agricultura 99,000 12
xvii. Departamento de Asuntos del 13
Consumidor 10,000 14
xviii. Departamento de Corrección y 15
Rehabilitación 1,741,000 16
xix. Departamento de Educación 4,892,000 17
xx. Departamento de Estado 56,000 18
xxi. Departamento de Justicia 201,000 19
xxii. Departamento de Recreación y Deportes 1,471,000 20
xxiii. Departamento de Salud 907,000 21
xxiv. Departamento de Transportación y 22
27
Obras Públicas 200,000 1
xxv. Departamento del Trabajo y Recursos 2
Humanos 454,000 3
xxvi. Escuela de Artes Plásticas 45,000 4
xxvii. Guardia Nacional de Puerto Rico 397,000 5
xxviii. Junta de Calidad Ambiental 14,000 6
xxix. Junta de Libertad Bajo Palabra 12,000 7
xxx. Junta de Planificación 32,000 8
xxxi. Junta de Relaciones del Trabajo 4,000 9
xxxii. Oficina Estatal de Conservación 10
Histórica 10,000 11
xxxiii. Oficina de Capacitación y 12
Asesoramiento en Asuntos Laborales y 13
de Administración de Recursos 14
Humanos (OCALARH) 12,000 15
xxxiv. Oficina de Gerencia y Presupuesto 67,000 16
xxxv. Oficina de la Procuradora de las 17
Mujeres 4,000 18
xxxvi. Oficina del Comisionado de Asuntos 19
Municipales 10,000 20
xxxvii. Oficina del Contralor Electoral 4,000 21
xxxviii. Oficina del Coordinador General para el 22
28
Financiamiento Socioeconómico y la 1
Autogestión 11,000 2
xxxix. Oficina del Gobernador 43,000 3
xl. Oficina del Procurador de las Personas 4
con Impedimentos 10,000 5
xli. Oficina del Procurador de las Personas 6
de Edad Avanzada 13,000 7
xlii. Oficina del Procurador del Paciente 3,000 8
xliii. Oficina del Procurador del Veterano de 9
Puerto Rico 38,000 10
xliv. Panel Sobre el Fiscal Especial 11
Independiente 10,000 12
xlv. Policía de Puerto Rico 3,022,000 13
xlvi. Secretariado del Departamento de la 14
Familia 165,000 15
s. Para la Administración de Servicios Generales 16
para el pago del financiamiento de helicópteros 17
para la Policía de Puerto Rico. 5,553,000 18
t. Para compromisos previos. 250,000 19
u. Para mejoras y mantenimiento al Distrito 20
Capitalino. 4,000,000 21
v. Para acuerdo con el Tesoro Federal sobre el 22
29
pago de la deuda de la represa Cerrillos 1
(USACE). 7,077,000 2
w. Para el pago de deudas, depósitos, líneas de 3
crédito de las diferentes instrumentalidades 4
públicas. 344,023,000 5
Subtotal $1,272,628,000 6
18. Autoridad para las Alianzas Público Privadas 7
a. Para los gastos de funcionamiento de la 8
Subdivisión de los Proyectos de Menor Escala. 9
Ley 237-2014. $1,800,000 10
Subtotal $1,800,000 11
19. Autoridad de Transporte Integrado 12
a. Para gastos de funcionamiento. $29,000,000 13
Subtotal $29,000,000 14
20. Autoridad del Puerto de Las Américas 15
a. Para gastos de funcionamiento. $300,000 16
Subtotal $300,000 17
21. Autoridad para el Financiamiento de la 18
Infraestructura 19
a. Para cumplir con el pago de las emisiones de 20
bonos de la Autoridad para el Financiamiento 21
de la Infraestructura, según lo dispuesto en la 22
30
Ley Núm. 44 de 21 de junio de 1988, según 1
enmendada. $117,000,000 2
Subtotal $117,000,000 3
22. Autoridad para el Redesarrollo de los Terrenos y 4
Facilidades de la Estación Naval Roosevelt Roads 5
a. Para gastos de funcionamiento. $769,000 6
b. Para el pago de la deuda con la Marina de los 7
Estados Unidos por la compra de terreno. 523,000 8
Subtotal $1,292,000 9
23. Centro Comprensivo del Cáncer 10
a. Para la operación y gastos de funcionamiento 11
del Centro, incluyendo de su Edificio de 12
Investigación y Desarrollo, Centro de 13
Radioterapia, y Hospital de Cuidado Terciario. $8,500,000 14
b. Para cubrir los costos del inicio de operaciones 15
del Hospital de Cuidado Terciario, incluyendo 16
pero no limitado al pago de nómina, compra 17
de materiales, uniformes, suministros, 18
medicamentos, y cualquier otro gasto 19
operacional o de funcionamiento. 3,500,000 20
c. Para el desarrollo de las capacidades 21
investigativas del Centro, incluyendo pero no 22
31
limitado al desarrollo de investigaciones 1
básicas, clínicas y epidemiológicas, el 2
reclutamiento de personal altamente 3
especializado, inversión en la compra de 4
equipos de alta tecnología y el establecimiento 5
de procesos científicos de investigación 6
competitivos. 8,000,000 7
Subtotal $20,000,000 8
24. Centro de Investigaciones, Educación y Servicios 9
Médicos para la Diabetes 10
a. Para gastos de funcionamiento del Centro de 11
Investigaciones, Educación y Servicios Médicos 12
para la Diabetes, según lo dispuesto en la Ley 13
166-2000, según enmendada. $500,000 14
Subtotal $500,000 15
25. Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales 16
a. Para la operación y mantenimiento del 17
Catástro de Puerto Rico, Ley 184-2014. $2,000,000 18
Subtotal $2,000,000 19
26. Comisión Estatal de Elecciones 20
a. Para gastos relacionados a la implantación del 21
escrutinio electrónico. $5,000,000 22
32
Subtotal $5,000,000 1
27. Compañía para el Desarrollo Integral de la Península 2
de Cantera 3
a. Para gastos de funcionamiento. $200,000 4
Subtotal $200,000 5
28. Consejo de Educación de Puerto Rico 6
a. Para becas y ayudas educativas para 7
estudiantes de nivel postsecundario, técnico y 8
universitario, según lo dispuesto en la Ley 435-9
2004, según enmendada. $15,000,000 10
Subtotal $15,000,000 11
29. Compañía de Comercio y Exportación 12
a. Para programa de Desarrollo Económico 13
Comunitario. $400,000 14
b. Para gastos de funcionamiento de la iniciativa 15
Fuerza Pymes. 500,000 16
Subtotal $900,000 17
30. Corporación del Conservatorio de Música de Puerto 18
Rico 19
a. Para financiar los gastos asociados al Proyecto 20
de Música 100 X 35. $800,000 21
Subtotal $800,000 22
33
31. Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública 1
a. Para gastos de funcionamiento de la 2
producción de telenovelas, miniseries o 3
unitarios en la Corporación de Puerto Rico 4
para la Difusión Pública, según lo dispuesto en 5
la Ley 223-2000. $900,000 6
Subtotal $900,000 7
32. Corporación de las Artes Musicales 8
a. Para brindar apoyo financiero a la Orquesta 9
Sinfónica de Puerto Rico y Orquesta Sinfónica 10
Juvenil. $1,000,000 11
b. Para gastos de funcionamiento del Teatro 12
Ópera Inc., (Antonio Barasorda). 85,000 13
c. Para brindar apoyo financiero a las Artes 14
Escénico Musicales. 225,000 15
Subtotal $1,310,000 16
33. Corporación del Centro de Bellas Artes 17
a. Para gastos de funcionamiento de la Sala 18
Sinfónica. $1,530,000 19
Subtotal $1,530,000 20
34. Departamento de Agricultura 21
a. Para gastos de funcionamiento. $100,000 22
34
Subtotal $100,000 1
35. Departamento de Corrección y Rehabilitación 2
a. Para gastos de funcionamiento de Correctional 3
Health Services Corporation, según requerido 4
por la demanda federal, Caso Morales 5
Feliciano. $15,640,000 6
Subtotal $15,640,000 7
36. Departamento de Desarrollo Económico y Comercio 8
a. Para sufragar gastos de nómina del Programa 9
de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza 10
Laboral. $1,000,000 11
b. Para sufragar gastos de los Programas 12
Juvempleo y Más Empleos. 2,000,000 13
c. Para programas de financiamiento de 14
microempresas de jóvenes. 150,000 15
d. Para cumplir con la otorgación del “Premio 16
Compromiso Juvenil”, según lo dispuesto en la 17
Ley 434-2004. 1,000 18
e. Para Campaña Desarrollo Turístico Cultural. 155,000 19
f. Para traspasar a la Compañía de Fomento 20
Industrial, para la realización de la Feria de 21
Artesanos de Puerto Rico. 225,000 22
35
Subtotal $3,531,000 1
37. Departamento de Educación 2
a. Para sufragar gastos de funcionamiento del 3
Colegio San Gabriel, Inc. $500,000 4
b. Para sufragar gastos de funcionamiento del 5
Centro CREARTE, Inc. 180,000 6
c. Para los convenios municipales del Programa 7
de Mantenimiento de escuelas públicas 8
administrados por la OMEP. 8,000,000 9
d. Para el Proyecto CASA. 5,550,000 10
e. Para el Programa Alianza para la Educación 11
Alternativa. 9,000,000 12
f. Para apertura de 19 Centros Pre-Escolares 13
adicionales. 1,030,000 14
g. Para unidades de apoyo móvil. 650,000 15
h. Para el Programa Integra Escuelas Centro de la 16
Comunidad. 1,500,000 17
i. Para el Instituto Nueva Escuela. 2,700,000 18
j. Para ofrecimiento gratuito de la prueba de 19
College Board de entrada a universidades. 2,300,000 20
k. Para gastos de funcionamiento. 65,000 21
l. Para conservación de documentos y artefactos 22
36
históricos. 150,000 1
Subtotal $31,625,000 2
38. Departamento de Hacienda 3
a. Para sufragar gastos de la celebración de la 4
Fiesta de Reyes Juanadina, según lo dispuesto 5
en la Ley 163-2005. 68,000 6
b. Para pago de gastos de funcionamiento de 7
Ballet Concierto, según lo dispuesto en la RC 8
107-2005. 180,000 9
c. Para el pago de pensión vitalicia a Wilfredo 10
Benítez, según lo dispuesto en la RC 726-1995. 7,000 11
d. Para gastos de funcionamiento del Programa 12
Taller de Fotoperiodismo del Ateneo 13
Puertorriqueño, según lo dispuesto en la Ley 14
276-1999, según enmendada. 630,000 15
e. Para ser transferidos a la Sociedad para la 16
Asistencia Legal, para sufragar gastos de 17
funcionamiento. 9,200,000 18
f. Para transferir a la Sociedad para la Asistencia 19
Legal; para sufragar programa piloto de 20
práctica criminal compensada voluntaria. 1,500,000 21
g. Para ser transferidos a la Oficina Legal de la 22
37
Comunidad, Inc., para sufragar gastos de 1
funcionamiento. 550,000 2
h. Para ser transferidos a Servicios Legales de 3
Puerto Rico, Inc., para sufragar gastos de 4
funcionamiento. 5,220,000 5
i. Para ser transferidos a Pro-Bono, Inc., para 6
sufragar gastos de funcionamiento. 500,000 7
j. Para el pago de la Fianza Global Estatal. 300,000 8
k. Para gastos de funcionamiento. 80,000 9
l. Para gastos de auditoría y consultoría de la 10
preparación de los estados financieros para el 11
Gobierno. 800,000 12
m. Para el pago de la deuda constitucional GO’s, 13
aportación al Fondo de Redención de la Deuda, 14
para el pago del principal e intereses de 15
emisiones de bonos. 1,011,210,000 16
Subtotal $1,030,245,000 17
39. Departamento de Justicia 18
a. Para sufragar gastos de funcionamiento del 19
Proyecto Salas Especializadas en Casos de 20
Sustancias Controladas “Drug Courts”. $7,000,000 21
b. Para el Instituto de Capacitación y Desarrollo 22
38
del Pensamiento Jurídico, según lo dispuesto 1
en la Ley 206-2004, según enmendada. 100,000 2
c. Para el pago de honorarios de representación 3
legal a bufetes, según lo dispuesto en la Ley 4
Núm. 9 de 26 de noviembre de 1975. 1,000,000 5
d. Para gastos de funcionamiento. 40,000 6
Subtotal $8,140,000 7
40. Departamento de Recreación y Deportes 8
a. Para gastos de funcionamiento y programas de 9
la Carlos Beltrán Baseball Academy. $110,000 10
b. Para ser transferidos al Comité Olímpico de 11
Puerto Rico, para gastos operacionales y 12
compra de materiales y equipo del Albergue 13
Olímpico. 500,000 14
c. Para sufragar gastos de operación del Maratón 15
de Puerto Rico en Villalba, según lo dispuesto 16
en la Ley Núm. 143 de 3 de junio de 1976, 17
según enmendada. 18,000 18
d. Para sufragar los gastos de operación del 19
Maratón San Blas, según lo dispuesto en la Ley 20
154-1995. 113,000 21
e. Para nutrir el Fondo y gastos de 22
39
funcionamiento de la Junta para el Desarrollo 1
del Atleta Puertorriqueño de Alto Rendimiento 2
a tiempo completo, según lo dispuesto en la 3
Ley 119-2001, según enmendada. 1,805,000 4
f. Para fortalecer la recreación y el deporte en la 5
ciudadanía en general. 2,300,000 6
g. Para transferir a la Carrera Internacional 7
Abraham Rosa 10K, Inc. 40,000 8
h. Celebración del Festival Deportivo y las Justas 9
Interuniversitarias (LAI). 90,000 10
i. Para transferir al Maratón de la Virgen del 11
Pozo en Sabana Grande. 20,000 12
j. Para la Ciudad Deportiva Roberto Clemente. 270,000 13
k. Para gastos de funcionamiento. 680,000 14
l. Para acuerdos colaborativos. 50,000 15
m. Para el Programa Integra Escuelas Centro de la 16
Comunidad. 600,000 17
Subtotal $6,596,000 18
41. Departamento de Recursos Naturales y Ambientales 19
a. Para diseño, mitigación y obras para control de 20
inundaciones. 1,000,000 21
Subtotal $1,000,000 22
40
42. Departamento de Salud 1
a. Para ser transferidos a la Fundación Mercedes 2
Rubí, para la adquisición de materiales 3
medicoquirúrgicos y equipos radiológicos y 4
neuroquirúrgicos; ofrecer mantenimiento al 5
equipo; y ofrecer adiestramientos al personal 6
del Centro de Cirugía Neurovascular de Puerto 7
Rico y el Caribe, según lo dispuesto en la RC 8
164-2005. $150,000 9
b. Para la Fundación CAP-Fundación, Pro 10
Departamento de Pediatría Oncológica del 11
Hospital Pediátrico Universidad Dr. Antonio 12
Ortiz. 200,000 13
c. Para gastos de funcionamiento Hospital 14
Pediátrico, para el tratamiento del cáncer 15
pediátrico. 2,860,000 16
d. Para sufragar gastos de funcionamiento del 17
Programa para la Prevención y Vigilancia de 18
Emergencias Médicas de Niños, según lo 19
dispuesto en la Ley 259-2000. 60,000 20
e. Para gastos de funcionamiento. 80,000 21
f. Para gastos de funcionamiento de la Fundación 22
41
Modesto Gotay, según lo dispuesto en la RC 1
336-2000. 120,000 2
g. Para el Centro de Adiestramiento e 3
información a Padres de Niños con 4
Impedimentos de Puerto Rico (APNI). 255,000 5
h. Para el desarrollo de la Política Pública del 6
Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto 7
Rico relacionada con la población que padece 8
la condición de Autismo, Ley 318-2003. 300,000 9
i. Para llevar a cabo el Día Nacional para 10
realizarse la prueba de Hepatitis C, según lo 11
dispuesto en la Ley 42-2003. 200,000 12
j. Para nutrir el Fondo contra Enfermedades 13
Catastróficas, según lo dispuesto en la Ley 150-14
1996, según enmendada. 8,200,000 15
k. Para gastos de funcionamiento de las Salas de 16
Emergencia de los CDT’s. 4,000,000 17
l. Para ser transferidos a la Sociedad de 18
Educación y Rehabilitación de Puerto Rico 19
(SER), para sufragar gastos de funcionamiento. 1,000,000 20
m. Para la Comisión para la Implantación de la 21
Política Pública en la Prevención del Suicidio, 22
42
según lo dispuesto en la Ley 227-1999, según 1
enmendada. 30,000 2
n. Para gastos de funcionamiento de la Comisión 3
de Alimentación y Nutrición, según lo 4
dispuesto en la Ley 10-1999. 60,000 5
o. Para regular la práctica de fumar en 6
determinados lugares públicos y privados, 7
según lo dispuesto en la Ley 40-1993, según 8
enmendada. 18,000 9
p. Para gastos de funcionamiento para el Registro 10
de Casos de la Enfermedad de Alzheimer, 11
según lo dispuesto en la Ley 237-1999. 25,000 12
q. Para gastos de funcionamiento de la Cruz Roja 13
Americana. 180,000 14
r. Para la subvención aérea del Municipio de 15
Vieques, según lo dispuesto en la Ley Núm. 44 16
de 17 de mayo de 1955. 500,000 17
s. Para gastos de funcionamiento de la Sociedad 18
Americana Contra el Cáncer, según lo 19
dispuesto en la Ley 135-2010. 180,000 20
t. Para la Liga Puertorriqueña Contra el Cáncer, 21
según lo dispuesto en la RC 68-2010. 70,000 22
43
u. Para el Consejo Renal, según lo dispuesto en la 1
RC 204-2006. 100,000 2
v. Para gastos de funcionamiento de los Centros 3
de Servicios Integrados a Menores Víctimas de 4
Agresión Sexual, Ley 158-2013. 1,000,000 5
w. Para transferir al Municipio de Juncos para el 6
Programa de Estancia Serena. 200,000 7
x. Para el Hospital Oncológico de Ponce. 600,000 8
y. Para la Secretaría Auxiliar para la Promoción 9
de la Salud, para el desarrollo de una campaña 10
de orientación y educación sobre salud y 11
nutrición familiar y otros fines relacionados. 200,000 12
z. Para la implementación del “Puerto Rico Heath 13
Information Network”. 200,000 14
aa. Para el Programa de Bienestar e Integración y 15
Desarrollo de Personas con Autismo (Ley 16
BIDA). 622,000 17
bb. Para gastos de funcionamiento del Hospital 18
Oncológico. 7,500,000 19
cc. Para cumplir con el pareo para Programa 20
Avanzando Juntos. 2,300,000 21
dd. Para el funcionamiento de Centros. 250,000 22
44
Subtotal $31,460,000 1
43. Departamento de Transportación y Obras Públicas 2
a. Para el Centro Coordinación de Excavaciones y 3
Demoliciones. $6,000 4
Subtotal $6,000 5
44. Departamento del Trabajo y Recursos Humanos 6
a. Para gastos de funcionamiento. $40,000 7
Subtotal $40,000 8
45. Departamento de la Vivienda 9
a. Para obras y mejoras permanentes tales como 10
construcción y compra de materiales para 11
rehabilitación de viviendas, construcción o 12
mejoras a instalaciones recreativas y 13
deportivas, centros comunales y de servicios, 14
segregaciones, canalizaciones, labores de 15
protección ambiental y energía renovable, 16
reforestación, ornato o paisajismo, instalación 17
de postes y luminarias; y otras obras y mejoras 18
permanentes. $400,000 19
b. Para transferir a la Autoridad para el 20
Financiamiento de la Vivienda para el 21
Programa “Mi Casa Propia”. 5,000,000 22
45
Subtotal $5,400,000 1
46. Guardia Nacional de Puerto Rico 2
a. Para gastos de funcionamiento al personal 3
voluntario del State Guard. $250,000 4
Subtotal $250,000 5
47. Instituto de Cultura Puertorriqueña 6
a. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 7
Galería Nacional. $272,000 8
b. Para sufragar gastos de funcionamiento del 9
Fondo para el Fomento del Teatro 10
Puertorriqueño, para otorgar subvenciones 11
para compañías de teatro. 90,000 12
c. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 13
Banda de Conciertos de Puerto Rico. 385,000 14
d. Para sufragar gastos de funcionamiento del 15
Archivo General de Puerto Rico. 200,000 16
e. Para la celebración de la Trienal Poli/Gráficas 17
de San Juan, América Latina y el Caribe, según 18
lo dispuesto en la Ley 512-2004. 280,000 19
f. Para nutrir el Fondo Rotativo Especial para la 20
administración, operación y mantenimiento de 21
los Teatros Matienzo y Music Hall, según lo 22
46
dispuesto en la Ley 511-2004. 180,000 1
g. Para ser transferidos al Coro de Niños de 2
Ponce para sufragar gastos de funcionamiento. 40,000 3
h. Para ser transferidos al Coro de Niños de San 4
Juan para sufragar gastos de funcionamiento. 175,000 5
i. Para sufragar gastos de la División de Artes 6
Populares. 45,000 7
j. Para ser transferidos al Centro Cultural Ramón 8
Aboy Miranda para sufragar gastos de 9
funcionamiento. 25,000 10
k. Para ser transferidos al Ballet de San Juan para 11
sufragar gastos de funcionamiento. 40,000 12
l. Para ser transferidos al Quinteto Oficial de 13
Puerto Rico para sufragar gastos de 14
funcionamiento. 23,000 15
m. Para ser transferidos a la Fundación 16
Puertorriqueña de Zarzuela y Opereta para 17
sufragar gastos de funcionamiento. 90,000 18
n. Para ser transferidos a la Casa Nilita Vientós 19
de Gastón para sufragar gastos de 20
funcionamiento. 20,000 21
o. Para ser transferidos al Museo de Arte de 22
47
Puerto Rico para sufragar gastos de 1
funcionamiento; y para obras. 2,000,000 2
p. Para el Museo de las Artes de Bayamón. 80,000 3
q. Para gastos de funcionamiento de la Orquesta 4
Filarmónica. 315,000 5
r. Para gastos de funcionamiento del Museo 6
Rafael Martínez Nadal. 30,000 7
s. Para gastos de funcionamiento del Festival de 8
Cine Internacional, San Juan. 30,000 9
t. Para ser transferidos al Museo de Las Américas 10
para sufragar gastos de funcionamiento. 200,000 11
u. Para ser transferidos al Centro de Estudios 12
Avanzados de Puerto Rico y el Caribe para 13
sufragar gastos de funcionamiento. 68,000 14
v. Para ser transferidos a la Fundación Felisa 15
Rincón para sufragar gastos de 16
funcionamiento. 40,000 17
w. Para ser transferidos al Centro Cultural 18
Guarionex de Utuado, para sufragar gastos de 19
funcionamiento. 6,000 20
x. Para ser transferidos al Centro Cultural Jesús 21
M. Muñoz de Utuado, para sufragar gastos de 22
48
funcionamiento. 6,000 1
y. Para ser transferidos a la Casa Paoli para 2
sufragar gastos de funcionamiento. 40,000 3
z. Para ser transferidos a la Beca Dr. Ricardo E. 4
Alegría, para sufragar gastos de 5
funcionamiento. 5,000 6
aa. Para la Fundación Nacional para la Cultura. 40,000 7
bb. Para ser transferidos al Teatro del 60, Inc., para 8
sufragar gastos de funcionamiento. 40,000 9
cc. Para ser transferidos a la Academia 10
Puertorriqueña de la Lengua Española para 11
sufragar gastos de funcionamiento. 90,000 12
dd. Para ser transferidos al Museo de Arte 13
Contemporáneo para promover las artes 14
plásticas, llevar a cabo actividades educativas y 15
culturales, y mantener un Centro de 16
Documentación sobre Arte Contemporáneo, 17
según lo dispuesto en la Ley 91-1994, según 18
enmendada. 620,000 19
ee. Para gastos del Festival de Reyes de Hatillo. 9,000 20
ff. Para sufragar gastos de funcionamiento del 21
Museo de Arte de Ponce, Inc., según lo 22
49
dispuesto en la Ley 227-2000. 1,500,000 1
gg. Para gastos de funcionamiento de la Fundación 2
de Puerto Rico Arturo Somohano para la 3
Orquesta Filarmónica de Puerto Rico Arturo 4
Somohano, según lo dispuesto en la RC 438-5
2000. 135,000 6
hh. Para nutrir el Fondo Puertorriqueño para el 7
Financiamiento del Quehacer Cultural, para 8
conceder ayudas a entidades culturales. 225,000 9
ii. Para transferir a Gíbaro de Puerto Rico para 10
gastos de funcionamiento. 163,000 11
jj. Para transferir a Producciones Flor de Cahíllo, 12
Inc., para gastos de funcionamiento. 70,000 13
kk. Para ser transferidos a la Casa del Libro para 14
gastos de funcionamiento. 100,000 15
ll. Para producciones teatrales con productores y 16
artistas locales. 405,000 17
mm. Para la realización del Festival de la Palabra. 100,000 18
nn. Para el Instituto de Literatura Puertorriqueña, 19
según lo dispuesto en la Ley Núm. 113 de 20 20
de julio de 1988. 27,000 21
oo. Para sufragar gastos de operación de la 22
50
Fundación Luis Muñoz Marín. 1,050,000 1
pp. Para sufragar gastos operacionales 2
relacionados a la “Ley de Nuestra Música 3
Puertorriqueña”, según lo dispuesto en la Ley 4
223-2004, según enmendada. 144,000 5
qq. Para sufragar gastos del Festival de la Caña de 6
Azúcar. 6,000 7
rr. Funcionamiento y/o fomento de las 8
actividades culturales del Centro Cultural José 9
P.H. Hernández. 9,000 10
ss. Para funcionamiento del Teatro Aragua. 120,000 11
Subtotal $9,538,000 12
48. Instituto de Estadísticas 13
a. Para proyectos específicos estadísticos. $300,000 14
Subtotal $300,000 15
49. Junta de Planificación 16
a. Para gastos de funcionamiento del Grupo 17
Consultivo para el Desarrollo de la Región de 18
Castañer, según lo dispuesto en la Ley 14-1996, 19
según enmendada. $50,000 20
b. Para Resolución de Convenio Delegación 21
Competencia Caso Civil JAC93-0323–22
51
Municipio de Ponce. 50,000 1
c. Para aportación interagencial, según lo 2
dispuesto en la Ley 51-2003, conocida como 3
“Ley para el Acuerdo Cooperativo Conjunto y 4
Fondo Especial para Servicios del US 5
Geological Survey”. 60,000 6
Subtotal $160,000 7
50. Oficina de Gerencia y Presupuesto 8
a. Para gastos de funcionamiento. $40,000 9
Subtotal $40,000 10
51. Oficina de la Procuradora de las Mujeres 11
a. Para cubrir gastos, ofrecer servicios y 12
programas sobre prevención de discrimen y 13
violencia doméstica contra la mujer y cualquier 14
otro fin relacionado. $1,100,000 15
b. Para cubrir gastos relacionados a grilletes en 16
casos de violencia doméstica. 1,000,000 17
Subtotal $2,100,000 18
52. Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales 19
a. Para distribución conforme a la elección de la 20
Federación y Asociación de Alcaldes. $390,000 21
b. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 22
52
Asociación de Alcaldes de Puerto Rico. 200,000 1
c. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 2
Federación de Alcaldes de Puerto Rico. 200,000 3
d. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 4
Federación de Asambleístas Municipales de 5
Puerto Rico. 50,000 6
e. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 7
Asociación de Asambleístas Municipales de 8
Puerto Rico. 50,000 9
f. Para sufragar los gastos de organización y 10
funcionamiento de la Unidad de 11
Organizaciones Comunitarias Municipales. 50,000 12
g. Para distribución conforme a la elección de la 13
Federación y Asociación de Legisladores 14
Municipales. 100,000 15
h. Desarrollo de la Administración Municipal. 250,000 16
Subtotal $1,290,000 17
53. Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos 18
Laborales y Administración de Recursos Humanos 19
a. Para los premios de empleados públicos 20
Manuel A. Pérez, según lo dispuesto en la Ley 21
Núm. 66 de 20 de junio de 1956, según 22
53
enmendada. $7,000 1
Subtotal $7,000 2
54. Oficina del Coordinador General para el 3
Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión 4
a. Para proveer servicios psicológicos. 250,000 5
b. Para obras y mejoras permanentes tales como 6
construcción y compra de materiales para 7
rehabilitación de viviendas, construcción o 8
mejoras a instalaciones recreativas y 9
deportivas, centros comunales y de servicios, 10
segregaciones, canalizaciones, labores de 11
protección ambiental y energía renovable, 12
reforestación, ornato o paisajismo, instalación 13
de postes y luminarias; y otras obras y mejoras 14
permanentes. 300,000 15
Subtotal $550,000 16
55. Oficina de Gerencia de Permisos 17
a. Para el convenio de transferencia de ARPE al 18
Municipio de Ponce. $100,000 19
b. Para remoción de rótulos ilegales 80,000 20
Subtotal $180,000 21
56. Oficina del Procurador de las Personas con 22
54
Impedimentos 1
a. Para la campaña educativa sobre la Carta de 2
Derechos de las Personas con Impedimentos, 3
según lo dispuesto en la Ley 238-2004. $130,000 4
Subtotal $130,000 5
57. Oficina del Procurador de las Personas Pensionadas y 6
de la Tercera Edad 7
a. Para nutrir el Programa de Coordinación, 8
Educación, Evaluación y Protección para 9
realizar proyectos en beneficio de las personas 10
de edad avanzada. $700,000 11
b. Para el Pareo Estatal de Fondos Federales. 339,000 12
Subtotal $1,039,000 13
58. Oficina del Procurador del Veterano 14
a. Para subvencionar los costos de servicios 15
domiciliarios provistos a nuestros veteranos en 16
la Casa del Veterano de Juana Díaz, según lo 17
dispuesto en la Ley 59-2004. $900,000 18
b. Para administración y operación del 19
Cementerio de Aguadilla, según lo dispuesto 20
en la Ley 106-2000. 150,000 21
c. Para el Monitor de la Operación del 22
55
Cementerio de Aguadilla. 40,000 1
d. Para fortalecer los servicios de asistencia, 2
orientación y asesoría a los veteranos o 3
familiares de éstos para la protección de sus 4
derechos y beneficios. 150,000 5
Subtotal $1,240,000 6
59. Oficina Estatal Política Pública Energética 7
a. Para aportación del Gobierno de Puerto Rico a 8
la “Southern States Energy Board”, según lo 9
dispuesto en la Ley Núm. 86 de 30 de mayo de 10
1970, según enmendada. $18,000 11
b. Para aportación del Gobierno de Puerto Rico a 12
la “National Association of State Energy 13
Board”, según lo dispuesto en la Ley Núm. 86 14
de 30 de mayo de 1970, según enmendada. 1,000 15
Subtotal $19,000 16
60. Policía de Puerto Rico 17
a. Para operativos de control de narcotráficos, 18
incluyendo materiales y costos relacionados. $2,500,000 19
b. Para mantenimiento extraordinario de la flota 20
de patrullas. 1,800,000 21
c. Para el establecimiento de plataforma 22
56
digitalizada de geolocalización de incidencia 1
criminal (Crime Mapping). 300,000 2
d. Para implementar el sistema de compras y 3
presupuesto a nivel de comandancias. 95,000 4
Subtotal $4,695,000 5
61. Salud Correccional 6
a. Para gastos de funcionamiento. $80,000 7
Subtotal $80,000 8
62. Secretariado del Departamento de la Familia 9
a. Para sufragar gastos de funcionamiento de los 10
Centros de Servicios Integrados a Menores 11
Víctimas de Agresión Sexual, Ley 158-2013. $1,500,000 12
b. Para sufragar ayudas a víctimas de desastres 13
naturales y otras labores humanitarias y gastos 14
de funcionamiento de la Cruz Roja Americana 15
Capítulo de Puerto Rico, según lo dispuesto en 16
la Ley 59-2006, según enmendada. 270,000 17
c. Para sufragar los gastos del concilio 18
multisectorial en apoyo a las personas sin 19
hogar, según lo dispuesto en la Ley 130-2007. 150,000 20
d. Para sufragar gastos relacionados a la 21
Comisión para la Prevención del Suicidio, 22
57
según lo dispuesto en la Ley 227-1999. 30,000 1
e. Para redes de apoyo familiar y convivencia 2
comunitaria. 1,000,000 3
f. Para gastos de funcionamiento. 75,000 4
g. Para gastos de funcionamiento del Centro 5
Geriátrico San Rafael, Inc., de Arecibo, según lo 6
dispuesto en la RC 1332-2004. 70,000 7
h. Para el Programa de Ama de Llaves. 240,000 8
i. Para el Consejo Especial para atender la 9
desigualdad social en Puerto Rico. 30,000 10
Subtotal $3,365,000 11
63. Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno 12
a. Para aportación fija de $2,000 por pensionado 13
del Gobierno Central. $147,633,000 14
b. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 15
recurrente de la aplicación del aumento trienal 16
ya concedido bajo las disposiciones de la Ley 17
Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según 18
enmendada, y la Ley 40-2001. 27,832,000 19
c. Para beneficios a participantes de alto riesgo: 20
policías, bomberos, guardias penales, agentes 21
del Negociado Especial de Investigaciones, 22
58
entre otros. 13,951,000 1
d. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 2
recurrente del aumento ya concedido de las 3
pensiones al cónyuge supérstite e hijos del 4
pensionado, Ley 158-2003. 12,762,000 5
e. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 6
recurrente del aumento ya concedido a un 7
mínimo de $300 a la pensión o anualidad por 8
retiro de los pensionados, según la Ley 156-9
2003. 9,452,000 10
f. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 11
recurrente del aumento ya concedido de costo 12
de vida (COLA) al pensionado de alto riesgo 13
equivalente al 3% de su pensión, de acuerdo a 14
la Ley 134-1996. 5,298,000 15
g. Para beneficios a viudas y beneficiarios policías 16
pensionados no acogidos al momento de su 17
muerte al Seguro Social, Ley 169 de 30 de junio 18
de 1968. 6,566,000 19
h. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 20
recurrente del aumento ya concedido por costo 21
de vida (COLA) a pensionados del gobierno 22
59
central, municipios, corporaciones y judicatura, 1
Ley 10-1992. 2,707,000 2
i. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 3
recurrente del aumento ya concedido de $750 a 4
$1,000 el beneficio mínimo por defunción de 5
los pensionados, Ley 524-2004. 1,817,000 6
j. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 7
recurrente del aumento ya concedido en las 8
pensiones de los policías, Ley 208-2000. 1,010,000 9
k. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 10
recurrente del aumento ya concedido de 3% a 11
pensiones concedidas bajo las disposiciones de 12
la Ley Núm. 12 de 19 de octubre de 1954, 13
según la Ley 41-2001. 4,671,000 14
l. Para el pago de intereses sobre los préstamos 15
para viajes culturales autorizados para los 16
servidores públicos o pensionados, Ley Núm. 17
72 de 20 de junio de 1956, según enmendada. 452,000 18
m. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 19
recurrente del aumento ya concedido a las 20
pensiones menores de $3,600 anuales, Ley 21
Núm. 23 de 23 de septiembre de 1983. 374,000 22
60
n. Para anualidad vitalicia de $25,000 a ex 1
gobernadores antes de 1992 y $10,000 a la 2
viuda, Ley Núm. 2 de 26 de marzo de 1965. 50,000 3
o. Para el Bono de Medicamentos de $100, exento 4
del pago de contribuciones sobre ingresos para 5
los pensionados del Sistema de Retiro, Ley 155-6
2003. 41,000 7
p. Para el Bono de Verano de $100 para los 8
pensionados del Sistema de Retiro de los 9
Empleados del Gobierno y la Judicatura de 10
Puerto Rico y sus Instrumentalidades en julio 11
de cada año, Ley 37-2001. 40,000 12
q. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 13
recurrente del aumento ya concedido al Bono 14
de Navidad, Ley 109-1997. 239,000 15
r. Para pensión a la viuda del Presidente del 16
Senado o de la Cámara de Representantes, Ley 17
Núm. 82 de 2 de mayo de 1941. 12,000 18
s. Para beneficios para guardias penales, 19
guardias nacionales, policías y bomberos 20
incapacitados por evitar fuga en masa de la 21
penitenciaría estatal y revuelta nacionalista, 22
61
Ley Núm. 7 de 12 de diciembre de 1950. 1,000 1
t. Para sufragar el impacto de la pensión mínima, 2
Ley Núm. 49 de 14 de mayo de 1970. 161,000 3
u. Para sufragar el impacto de la pensión mínima, 4
Ley Núm. 48 de 29 de junio de 1988. 1,815,000 5
v. Para sufragar el impacto de la pensión mínima, 6
Ley Núm. 28 de 15 de mayo de 1972. 692,000 7
w. Para sufragar el impacto de la pensión mínima, 8
Ley Núm. 15 de 24 de abril de 1987. 543,000 9
x. Para sufragar el impacto de las planes médicos 10
de la Rama Judicial, Ley Núm. 95 de 29 de 11
junio de 1963. 289,000 12
Subtotal $238,408,000 13
64. Sistema de Retiro para Maestros 14
a. Para pago de aportación fija de $1,675, por 15
pensionado, para cubrir leyes especiales y 16
solventar el sistema, según la Ley 160-2014. $78,757,000 17
b. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 18
recurrente del aumento ya concedido en 3% de 19
las pensiones bajo las disposiciones de la Ley 20
Núm. 218 de 6 de mayo de 1951 y según la Ley 21
39-2001. 22,509,000 22
62
c. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 1
recurrente del aumento trienal ya concedido en 2
las pensiones de los maestros de 3%, Ley 62-3
1992. 925,000 4
d. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 5
recurrente del aumento ya concedido de $500 a 6
$1,000, en el beneficio por defunción de un 7
pensionado maestro, Ley 272-2004. 300,000 8
e. Para el pago de intereses sobre los préstamos 9
para viajes culturales autorizados para los 10
maestros activos o pensionados, Ley Núm. 72 11
de 20 de junio de 1956, según enmendada. 49,000 12
f. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 13
recurrente del aumento ya concedido a las 14
pensiones concedidas por la Ley Núm. 218 de 6 15
de mayo de 1951, a los maestros con pensiones 16
menores de $300. 37,000 17
g. Para sufragar en este Año Fiscal el impacto 18
recurrente del aumento ya concedido en la 19
pensión de jubilados antes de julio de 1973, Ley 20
Núm. 124 de 8 de junio de 1973. 9,000 21
Subtotal $102,586,000 22
63
65. Tribunal General de Justicia 1
a. Para sufragar gastos de funcionamiento de la 2
Rama Judicial, Ley Núm. 147 de 18 de agosto 3
de 1980, según enmendada. $315,000,000 4
b. Para otros gastos operacionales. 7,967,000 5
Subtotal $322,967,000 6
66. Universidad de Puerto Rico 7
a. Para sufragar gastos operacionales de la 8
Universidad de Puerto Rico, según lo 9
dispuesto en la Ley Núm. 2 de 20 de enero de 10
1966, según enmendada. $833,929,000 11
b. Para gastos de funcionamiento de la Red 12
Sísmica de Puerto Rico y de la Red de 13
Movimiento Fuerte, según lo dispuesto en la 14
Ley 106-2002. 1,392,000 15
c. Para servicios a médico indigentes en el 16
Recinto de Ciencias Médicas. 1,719,000 17
d. Para realizar estudios de los tejidos cerebrales 18
de las personas fallecidas diagnosticadas con la 19
enfermedad de Alzheimer, según lo dispuesto 20
en la Ley 237-1999. 50,000 21
e. Para gastos de funcionamiento de los Centros 22
64
de Servicios Integrados a Menores Víctimas de 1
Agresión Sexual–UPR, Ley 158-2013. 500,000 2
f. Para gastos de funcionamiento del Centro de 3
Estudios Avanzados para el Personal de 4
Emergencias Médicas del Sector Público, según 5
lo dispuesto en la Ley 235-2004. 500,000 6
g. Para conceder becas a estudiantes de Medicina, 7
Odontología y Medicina Veterinaria, según lo 8
dispuesto en la Ley Núm. 17 de 5 de junio de 9
1948, según enmendada. 500,000 10
h. Para gastos de funcionamiento del Centro 11
Ponceño de Autismo, Inc. 87,000 12
i. Para sufragar los gastos de salario a residentes 13
e internos del Recinto de Ciencias Médicas, 14
según lo dispuesto en la Ley 299-2003, según 15
enmendada. 19,000,000 16
j. Para gastos de funcionamiento del Programa 17
de Asistencia Tecnológica de Puerto Rico, 18
según lo dispuesto en la RC 1531-2004. 950,000 19
k. Para la distribución de becas y ayudas 20
educativas a estudiantes que cualifiquen, 21
según lo dispuesto en la Ley 170-2002, según 22
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enmendada. 10,000,000 1
l. Para deuda por concepto de becas y ayuda 2
educativa a estudiantes que cualifiquen. 5,000,000 3
m. Para gastos de Médicos Residentes, Programa 4
Educación Médica Graduada y Dental 5
Graduada, Recinto de Ciencias Médicas. 1,900,000 6
n. Para la casa solariega de José de Diego. 450,000 7
Subtotal $875,977,000 8
Gran Total $5,575,667,000 9
Sección 2.-Para el Presupuesto del Año Fiscal 2015-2016, por la situación fiscal del 10
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la Asamblea Legislativa autoriza al Gobernador 11
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o al Director de la Oficina de Gerencia y 12
Presupuesto a traspasar fondos entre las agencias según dispuesta en la Sección 1 de esta 13
Resolución Conjunta sin la necesidad de autorización adicional. Las transferencias que se 14
realicen al amparo de esta Sección no podrán exceder un máximo acumulativo de 5% del 15
monto total de asignaciones autorizadas en esta Resolución Conjunta, disponiéndose 16
además, que no se considerarán como transferencias para efectos del cálculo de dicho 17
máximo, transferencias realizadas desde o hacia asignaciones bajo la custodia del 18
Departamento de Hacienda o la Oficina de Gerencia y Presupuesto que sean efectuadas 19
para dar cumplimiento al uso legislado en esta Resolución Conjunta para tales 20
asignaciones, por ejemplo, pago de deuda, utilidades, aportaciones a Sistemas de Retiro. 21
Se exceptúan de esta disposición las asignaciones consignadas a la Rama Legislativa y sus 22
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componentes, la Rama Judicial, las asignaciones por fórmula, y cualesquiera otras 1
dispuestas en ley. 2
La Oficina de Gerencia y Presupuesto radicará un informe en la Secretaría de cada 3
Cuerpo de esta Asamblea Legislativa, en o antes del quinto día laborable de cada mes. 4
Dicho informe deberá contener un detalle de las transferencias efectuadas el mes anterior 5
conforme a lo antes expuesto. 6
Sección 3.-Cuando los intereses del servicio lo requieran, se autoriza al 7
Departamento de Hacienda a transferir al Banco Gubernamental de Fomento para Puerto 8
Rico los recursos asignados para el pago de las obligaciones contraídas y contenidas en 9
esta Resolución Conjunta. 10
Sección 4.-Se autoriza al Departamento de Hacienda a efectuar anticipos 11
provisionales de cualesquiera fondos disponibles en el Tesoro Estatal del Gobierno del 12
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para los propósitos descritos en esta Resolución 13
Conjunta. 14
Sección 5.-Las asignaciones especiales aquí consignadas serán las únicas 15
asignaciones especiales vigentes y sujetas a obligación a raíz del presupuesto de este Año 16
Fiscal 2015-2016. No existirá deuda, obligación, compromiso alguno con entidades 17
públicas o terceros debido a la omisión total o parcial de asignaciones especiales no 18
incluidas en esta Resolución Conjunta, salvo las asignaciones especiales que sean 19
aprobadas por legislación posterior a esta Resolución Conjunta. 20
Sección 6.-Se autoriza a contratar con los gobiernos municipales, contratistas 21
privados, así como con cualquier departamento, agencia o corporación del Gobierno del 22
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Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para el desarrollo de los propósitos de esta 1
Resolución Conjunta. Se ordena a cada entidad gubernamental que formalice convenios 2
contractuales a radicar ante las Secretarías de cada Cuerpo Legislativo, el séptimo día 3
laborable de cada mes, un informe sobre el uso de los fondos asignados. 4
Sección 7.-Se permite aceptar a nombre del Gobierno del Estado Libre Asociado de 5
Puerto Rico, todas aquellas aportaciones de dinero u otros donativos provenientes de 6
ciudadanos y empresas privadas, necesarias y convenientes para los fines expresados en 7
esta Resolución Conjunta. 8
Sección 8.-Se ordena a cada entidad sin fines de lucro beneficiada bajo esta 9
Resolución Conjunta a radicar ante la Secretaría de cada Cuerpo Legislativo, ante la 10
Oficina de Gerencia y Presupuesto y ante la agencia custodio de cada una de las 11
entidades, un informe semestral sobre el uso de los fondos asignados, de modo que se 12
pueda considerar la utilidad y futura recurrencia de dicha asignación, y que cada agencia 13
custodio pueda evaluar sobre el adecuado uso de los fondos consignados. 14
Sección 9.-Durante la vigencia de esta Resolución Conjunta, y como regla necesaria 15
para el desembolso responsable de las asignaciones presupuestarias para gastos de 16
funcionamiento y otros, la Oficina de Gerencia y Presupuesto podrá retener de las 17
asignaciones a las agencias de la Rama Ejecutiva incluidas en esta Resolución Conjunta, 18
cuyo presupuesto se sufraga en todo o en parte con cargo al Fondo General, las 19
cantidades necesarias para el pago de aportaciones de retiro, seguro de desempleo, 20
contribuciones retenidas de sus empleados, cuando determine que esta retención es 21
necesaria para asegurar el cumplimiento con estas obligaciones por parte de las agencias 22
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concernidas. 1
Sección 10.-Se ordena al Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto a 2
establecer los mecanismos de control presupuestario necesarios, incluyendo la separación 3
de fondos y reservas, para asegurar el cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 129-2005, 4
conocida como la “Ley de Reservas en las Compras del Gobierno del Estado Libre 5
Asociado de Puerto Rico”, según enmendada por la Ley 62-2014, relativo a separar el 6
veinte (20) por ciento del presupuesto de compras para la adquisición de bienes 7
producidos o mercadeados por microempresas, pequeñas y medianas empresas, por 8
parte de los departamentos, agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas cuyos 9
gastos de funcionamiento se sufraguen en todo o en parte del Fondo General. Además, la 10
Administración de Servicios Generales, durante el Año Fiscal 2015-2016, comenzando el 1 11
de septiembre de 2015, preparará y presentará en la Secretaría de cada Cuerpo Legislativo 12
y en la Oficina de Gerencia y Presupuesto un informe detallado de las compras realizadas 13
por las entidades sujetas a la Ley 129, supra, y de las medidas tomadas para fiscalizar que 14
los fondos públicos asignados sean utilizados de conformidad con los parámetros que 15
establece dicha ley. 16
Disponiéndose además, que la Oficina de Gerencia y Presupuesto informará al 17
Secretario de Hacienda que se retendrá un (1) por ciento de las asignaciones 18
presupuestarias, o remesa o pago por servicios públicos, provenientes del Fondo General, 19
a cualquier departamento, agencia, instrumentalidad, dependencia, municipio o 20
corporación pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que incumpla con las 21
disposiciones de la Ley 129-2005, supra. 22