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REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL INTERIOR l" . \ ,:"," \". ..J ·, •• r .J _ '" DECRETO NÚMERO rz-; [j) DIl) "1f S Por el cual se designa Alcaldesa Ad - ti: C!vario, Meta EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y CONSIDERANDO: Que mediante escrito del 2 febrero de 2016, el Alcalde del municipio de El Calvario, doctor Jeasson Julián Velásquez Molano, se declaró impedido para conocer y actuar dentro del expediente No. 50001333100720070027901, correspondiente a una acción popular adelantada en contra de ese Municipio, por cuanto el actor es el señor Marco Tulio Velásquez Agudelo, quien es su abuelo paterno. Que mediante auto de fecha 12 de febrero de 2016 con número de radicación 0252-2016, el doctor Linderman Flórez Hernández, Procurador Regional de Meta, aceptó el impedimento presentado por el señor Jeasson Julián Velásquez Molano, en su calidad de Alcalde municipal de El Calvario, Meta, toda vez que no existía duda acerca del parentesco de este con el accionante y, por tanto, concluyó que: "el actor tiene interés particular y directo en el proceso y siendo pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad tal como lo predica la norma se deberá aceptar el impedimento planteado". Que la Secretaria de la Procuraduría Regional del Meta solicitó que se designe a un funcionario Ad - Hoc, con ocasión de la orden impartida por esa Procuraduría, a través del auto del12 de febrero de 2016, con radicación No. 0252-2016. Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su articulo 3. Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, y acatando el auto del 12 de febrero de 2016, proferido por el Procurador Regional del Meta, se hace necesario designar un Alcalde Ad-hoc para el municipio de El Calvario, departamento del Meta, que asuma el conocimiento de la acción judicial radicada bajo el No . 50001333100720070027901 . Que no obstante la autonomia consagrada a favor de las entidades territoriales, el artículo 115 de la Carta Política establece que forman parte de la Rama Ejecutiva del poder público, entre otras, las alcaldías, y además atribuye al Presidente de la República la condición de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa , razón por la cual le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la Constitución Política y la ley y dar las órdenes necesarias para su cumplida ejecución, de acuerdo con los numerales 10 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política . Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4 de 1913 corresponde al Presidente de la Repúblíca nombrar funcionarios Ad-hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el6 de marzo de 2014, a través del radicado No. 11001-03-06-000-2014-00049-00(2203).

r .J rz-; S DECRETO NÚMERO Por el cual se designa ... 395 … · Alcalde Ad-hoc para el municipio de El Calvario, departamento del Meta, que asuma el conocimiento de la acción

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REPUBLlCA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL INTERIOR

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DECRETO NUacuteMERO rz- ~l~l j~ [j) DIl)1f S Por el cual se designa Alcaldesa Ad - ti paacutef~~An1Mlc~io~~Cvario Meta

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales legales y reglamentarias en particular las conferidas por el artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica en su condicioacuten de suprema autoridad administrativa yel artiacuteculo 66 de la

Ley 4 de 1913 y

CONSIDERANDO

Que mediante escrito del 2 febrero de 2016 el Alcalde del municipio de El Calvario doctor Jeasson Juliaacuten Velaacutesquez Molano se declaroacute impedido para conocer y actuar dentro del expediente No 50001333100720070027901 correspondiente a una accioacuten popular adelantada en contra de ese Municipio por cuanto el actor es el sentildeor Marco Tulio Velaacutesquez Agudelo quien es su abuelo paterno

Que mediante auto de fecha 12 de febrero de 2016 con nuacutemero de radicacioacuten 0252-2016 el doctor Linderman Floacuterez Hernaacutendez Procurador Regional de Meta aceptoacute el impedimento presentado por el sentildeor Jeasson Juliaacuten Velaacutesquez Molano en su calidad de Alcalde municipal de El Calvario Meta toda vez que no existiacutea duda acerca del parentesco de este con el accionante y por tanto concluyoacute que el actor tiene intereacutes particular y directo en el proceso y siendo pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad tal como lo predica la norma se deberaacute aceptar el impedimento planteado

Que la Secretaria de la Procuraduriacutea Regional del Meta solicitoacute que se designe a un funcionario Ad - Hoc con ocasioacuten de la orden impartida por esa Procuraduriacutea atraveacutes del auto del12 de febrero de 2016 con radicacioacuten No 0252-2016

Que el artiacuteculo 209 de la Constitucioacuten Poliacutetica preceptuacutea que la funcioacuten administrativa estaacute al servicio de los intereses generales yse desarrolla con fundamento entre otros principios en los de moralidad e imparcialidad este uacuteltimo garantizado tambieacuten por el Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su articulo 3

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad transparencia e imparcialidad y acatando el auto del 12 de febrero de 2016 proferido por el Procurador Regional del Meta se hace necesario designar un Alcalde Ad-hoc para el municipio de El Calvario departamento del Meta que asuma el conocimiento de la accioacuten judicial radicada bajo el No 50001333100720070027901

Que no obstante la autonomia consagrada a favor de las entidades territoriales el artiacuteculo 115 de la Carta Poliacutetica establece que forman parte de la Rama Ejecutiva del poder puacuteblico entre otras las alcaldiacuteas yademaacutes atribuye al Presidente de la Repuacuteblica la condicioacuten de Jefe de Estado Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa razoacuten por la cual le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la Constitucioacuten Poliacutetica y la ley y dar las oacuterdenes necesarias para su cumplida ejecucioacuten de acuerdo con los numerales 10 y 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica

Que de conformidad con el artiacuteculo 66 de la Ley 4 de 1913 corresponde al Presidente de la Repuacutebliacuteca nombrar funcionarios Ad-hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusacioacuten de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector como medida excepcional en atencioacuten a lo sentildealado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el6 de marzo de 2014 a traveacutes del radicado No 11001-03-06-000-2014-00049-00(2203)

3 9 5OECREiO ______ DE 2016

Continuacioacuten del Decreto middotPor el cual se designa Alcaldesa Ad - hoc del municipio de El Calvario departamento del Meta Hoja No 2

Que de acuerdo con el concepto nuacutemero 2273 del 19 de octubre de 2015 proferido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado la designacioacuten de los alcaldes municipales y distritales ad - hoc es de competencia del Presidente de la Repuacuteblica

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Designacioacuten Desiacutegnase como Alcaldesa Ad-hoc del municipio de El Calvario departamento del Meta a la doctora Grece Carolina Silva Bermuacutedez identificada con la ceacutedula de ciudadania NO111881 0448 de Riohacha quien se desempentildea en el cargo de Profesional Especializado grado 12 coacutedigo 2028 dentro de la planta global del Ministerio del Interior para que avoque conocimiento de la accioacuten judicial radicada bajo el No 50001333100720070027901 y adelante las actuaciones judiciales y administrativas que correspondan

Artiacuteculo 2 Posesioacuten La Alcaldesa Ad-hoc designada en este acto deberaacute tomar posesioacuten del cargo ante la instancia que corresponda en los teacuterminos del artiacuteculo 94 de la Ley 136 de 1994

Artiacuteculo 3 Comunicacioacuten Comuniacutequese el contenido del presente decreto a la Alcaldesa Ad-hoc al Alcalde del municipio de El Calvario y a la Procuraduriacutea Regional del Meta

Artiacuteculo 4 Vigencia El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicioacuten

PUSLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE YCUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los ~ )_ ~ --

riacute r 11- iexclJ ti ~ t 7- iacute~~ lI lf J~ ~-laquo ~

iJ 1 - 1 -I1

11 ~

El Ministro del Interior

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3 9 5OECREiO ______ DE 2016

Continuacioacuten del Decreto middotPor el cual se designa Alcaldesa Ad - hoc del municipio de El Calvario departamento del Meta Hoja No 2

Que de acuerdo con el concepto nuacutemero 2273 del 19 de octubre de 2015 proferido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado la designacioacuten de los alcaldes municipales y distritales ad - hoc es de competencia del Presidente de la Repuacuteblica

Que en meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Designacioacuten Desiacutegnase como Alcaldesa Ad-hoc del municipio de El Calvario departamento del Meta a la doctora Grece Carolina Silva Bermuacutedez identificada con la ceacutedula de ciudadania NO111881 0448 de Riohacha quien se desempentildea en el cargo de Profesional Especializado grado 12 coacutedigo 2028 dentro de la planta global del Ministerio del Interior para que avoque conocimiento de la accioacuten judicial radicada bajo el No 50001333100720070027901 y adelante las actuaciones judiciales y administrativas que correspondan

Artiacuteculo 2 Posesioacuten La Alcaldesa Ad-hoc designada en este acto deberaacute tomar posesioacuten del cargo ante la instancia que corresponda en los teacuterminos del artiacuteculo 94 de la Ley 136 de 1994

Artiacuteculo 3 Comunicacioacuten Comuniacutequese el contenido del presente decreto a la Alcaldesa Ad-hoc al Alcalde del municipio de El Calvario y a la Procuraduriacutea Regional del Meta

Artiacuteculo 4 Vigencia El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicioacuten

PUSLiacuteQUESE COMUNiacuteQUESE YCUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los ~ )_ ~ --

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El Ministro del Interior