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Pág. 290041 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de abril de 2005 DÍA ÍNDICE 19 6,16039 20 6,16172 21 6,16305 22 6,16439 23 6,16572 24 6,16706 25 6,16839 26 6,16972 27 6,17106 28 6,17239 29 6,17373 30 6,17507 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las presta- ciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolu- ción judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 06556 CONTRALORÍA GENERAL Modifican disposiciones de las Normas de Control Interno para el Sector Público RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 155-2005-CG Lima, 30 de marzo de 2005 VISTO, la Hoja de Recomendación Nº 001- 2005- CG/MAC de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimo- nio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de la atribución conferida al Siste- ma Nacional de Control de formular los procedimientos a ser empleados en las entidades a fin de optimizar sus sistemas administrativos, de gestión y de control inter- no, fueron aprobadas mediante Resolución de Contralo- ría Nº 072-98-CG, las Normas Técnicas de Control In- terno para el Sector Público, modificadas mediante Re- solución de Contraloría Nº 123-2000-CG; Que, en el país, el medio ambiente, la biodiversidad y los ecosistemas vienen siendo afectados gradualmente por las actividades económicas productivas y de servi- cios, además por el desarrollo urbano, el crecimiento po- blacional y el uso indiscriminado de los recursos naturales; lo cual requiere de mayores esfuerzos para fortalecer la autoridad ambiental del Estado, a través de la garantía que representa un eficaz control con capacidad de hacer cum- plir la legislación ambiental, de promover la participación ciudadana y de coadyuvar al logro de una nueva cultura en favor de la conservación del ambiente y de los recursos naturales, a fin de contribuir al desarrollo sostenible; Que, como parte del Proyecto Fortalecimiento del Control de la Gestión Ambiental y del Patrimonio Cultural de la Nación, que se desarrolla en el marco del Contrato de Contribución suscrito con el Reino de los Países Bajos; y, con el objeto de fortalecer los sistemas de con- trol interno de las entidades, en materia ambiental y de recursos naturales, se ha previsto la formulación y apro- bación de las Normas de Control Interno Ambiental, orien- tando el accionar de las entidades gubernamentales ha- cia la preservación y conservación del ambiente, propi- ciando el mejoramiento de la gestión ambiental y su res- pectivo seguimiento y control; Que, la Contraloría General de la República, en vir- tud de la revisión permanente de sus políticas y norma- tiva de control, ha considerado necesario modificar las Normas de Control Interno para el Sector Público, incor- porando las Normas de Control Interno Ambiental, con el propósito de coadyuvar al fortalecimiento de la gestión ambiental de las entidades gubernamentales y la protec- ción del medio ambiente y los recursos naturales; Que, en razón de la necesidad de uniformizar la ter- minología básica a utilizarse por parte del Sistema Nacional de Control, resulta conveniente precisar la de- nominación: “Normas Técnicas de Control Interno”, que se cita en el texto de la Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, de 26.JUN.98 y en la Resolución de Con- traloría Nº 123-2000-CG, de 23.JUN.2000, que adiciona las normas 700 “Normas de Control Interno para la cul- tura de integridad, transparencia y responsabilidad en la función pública”; En uso de las atribuciones establecidas por la Cons- titución Política, así como por los artículos 16º, literal i) del artículo 22º , literales c) y l) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adicionar, al numeral 04 de la Definición de las Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante R.C. Nº 072-98-CG y modificadas con la R.C. Nº 123-2000-CG, el texto siguiente: (...). Entiéndase que, en el uso de términos en la redacción de dichas normas, el lenguaje es inclusivo desde la perspectiva de género, es decir, comprende a los(as) titulares, funcionarios(as), y servidores(as). Artículo 2º.- Adicionar, al numeral 11, segundo pá- rrafo, "Áreas de las Normas de Control Interno", del Ám- bito de Aplicación de las Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante R.C. Nº 072-98- CG y modificadas con la R.C. Nº 123-2000-CG, el ítem, cuyo texto es el siguiente: 11. Características.- (...) Áreas de las Normas de Control Interno (...) - Normas de Control Interno Ambiental Artículo 3º.- Adicionar, el numeral 22, dentro del ítem de "Áreas de las Normas de Control Interno", del Ámbito de Aplicación de las Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante R.C. Nº 072-98- CG y modificadas con la R.C. Nº 123-2000-CG, el ítem,cuyo texto es el siguiente: 22. Normas de Control Interno Ambiental. Cons- tituyen los criterios y las guías que deben utilizar las entidades del sector público para definir, formular, im- plantar y fortalecer sus normas de control interno referi- das a los aspectos ambientales, de acuerdo a la natura- leza y características de las actividades que realizan. Artículo 4º.- Renumerar, los siguientes numerales, a partir del 23 al 27 del ítem de “Implementación de las Normas de Control Interno para el Sector Público”, de las Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante R.C. Nº 072-98-CG y modificadas con la R.C. Nº 123-2000-CG. Artículo 5º.- Adicionar, al numeral 02 de la Norma Nº 100-01 "Objetivos Generales de Control Interno", de las Normas de Control Interno para el Sector Público, aproba- das mediante R.C. Nº 072-98-CG y modificadas con la R.C. Nº 123-2000-CG, el ítem, cuyo texto es el siguiente: 100-01 OBJETIVOS GENERALES DEL CON- TROL INTERNO (...) Comentario: (...) 02. Los objetivos del control interno son los siguien- tes: (...)

Rc 155 2005 Cg Control Interno

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  • Lima, sbado 2 de abril de 2005

    DA NDICE19 6,1603920 6,1617221 6,1630522 6,1643923 6,1657224 6,1670625 6,1683926 6,1697227 6,1710628 6,1723929 6,1737330 6,17507

    El ndice que antecede es tambin de aplicacin paralos convenios de reajuste de deudas que autoriza elartculo 1235 del Cdigo Civil.

    Se destaca que el ndice en mencin no debe serutilizado para:

    a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.b. Determinar el valor al da del pago de las presta-

    ciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolu-cin judicial (artculo 1236 del Cdigo Civil, en su textoactual consagrado por la Ley N 26598).

    RENZO ROSSINI MINGerente General

    06556

    CONTRALORA GENERAL&% *

    RESOLUCIN DE CONTRALORAN 155-2005-CG

    Lima, 30 de marzo de 2005

    VISTO, la Hoja de Recomendacin N 001- 2005-CG/MAC de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimo-nio Cultural; y,

    CONSIDERANDO:Que, en ejercicio de la atribucin conferida al Siste-

    ma Nacional de Control de formular los procedimientos aser empleados en las entidades a fin de optimizar sussistemas administrativos, de gestin y de control inter-no, fueron aprobadas mediante Resolucin de Contralo-ra N 072-98-CG, las Normas Tcnicas de Control In-terno para el Sector Pblico, modificadas mediante Re-solucin de Contralora N 123-2000-CG;

    Que, en el pas, el medio ambiente, la biodiversidad ylos ecosistemas vienen siendo afectados gradualmentepor las actividades econmicas productivas y de servi-cios, adems por el desarrollo urbano, el crecimiento po-blacional y el uso indiscriminado de los recursos naturales;lo cual requiere de mayores esfuerzos para fortalecer laautoridad ambiental del Estado, a travs de la garanta querepresenta un eficaz control con capacidad de hacer cum-plir la legislacin ambiental, de promover la participacinciudadana y de coadyuvar al logro de una nueva cultura enfavor de la conservacin del ambiente y de los recursosnaturales, a fin de contribuir al desarrollo sostenible;

    Que, como parte del Proyecto Fortalecimiento delControl de la Gestin Ambiental y del Patrimonio Culturalde la Nacin, que se desarrolla en el marco del Contratode Contribucin suscrito con el Reino de los PasesBajos; y, con el objeto de fortalecer los sistemas de con-trol interno de las entidades, en materia ambiental y derecursos naturales, se ha previsto la formulacin y apro-bacin de las Normas de Control Interno Ambiental, orien-tando el accionar de las entidades gubernamentales ha-cia la preservacin y conservacin del ambiente, propi-ciando el mejoramiento de la gestin ambiental y su res-pectivo seguimiento y control;

    Que, la Contralora General de la Repblica, en vir-tud de la revisin permanente de sus polticas y norma-tiva de control, ha considerado necesario modificar lasNormas de Control Interno para el Sector Pblico, incor-porando las Normas de Control Interno Ambiental, con elpropsito de coadyuvar al fortalecimiento de la gestinambiental de las entidades gubernamentales y la protec-cin del medio ambiente y los recursos naturales;

    Que, en razn de la necesidad de uniformizar la ter-minologa bsica a utilizarse por parte del SistemaNacional de Control, resulta conveniente precisar la de-nominacin: Normas Tcnicas de Control Interno, quese cita en el texto de la Resolucin de ContraloraN 072-98-CG, de 26.JUN.98 y en la Resolucin de Con-tralora N 123-2000-CG, de 23.JUN.2000, que adicionalas normas 700 Normas de Control Interno para la cul-tura de integridad, transparencia y responsabilidad en lafuncin pblica;

    En uso de las atribuciones establecidas por la Cons-titucin Poltica, as como por los artculos 16, literal i)del artculo 22 , literales c) y l) del artculo 32 de la LeyN 27785 - Ley Orgnica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contralora General de la Repblica;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Adicionar, al numeral 04 de la Definicin

    de las Normas de Control Interno para el Sector Pblico,aprobadas mediante R.C. N 072-98-CG y modificadascon la R.C. N 123-2000-CG, el texto siguiente:

    (...). Entindase que, en el uso de trminos en laredaccin de dichas normas, el lenguaje es inclusivodesde la perspectiva de gnero, es decir, comprende alos(as) titulares, funcionarios(as), y servidores(as).

    Artculo 2.- Adicionar, al numeral 11, segundo p-rrafo, "reas de las Normas de Control Interno", del m-bito de Aplicacin de las Normas de Control Interno parael Sector Pblico, aprobadas mediante R.C. N 072-98-CG y modificadas con la R.C. N 123-2000-CG, el tem,cuyo texto es el siguiente:

    11. Caractersticas.-(...)reas de las Normas de Control Interno(...)- Normas de Control Interno Ambiental

    Artculo 3.- Adicionar, el numeral 22, dentro del tem

    de "reas de las Normas de Control Interno", del mbitode Aplicacin de las Normas de Control Interno para elSector Pblico, aprobadas mediante R.C. N 072-98-CG y modificadas con la R.C. N 123-2000-CG, eltem,cuyo texto es el siguiente:

    22. Normas de Control Interno Ambiental. Cons-tituyen los criterios y las guas que deben utilizar lasentidades del sector pblico para definir, formular, im-plantar y fortalecer sus normas de control interno referi-das a los aspectos ambientales, de acuerdo a la natura-leza y caractersticas de las actividades que realizan.

    Artculo 4.- Renumerar, los siguientes numerales, apartir del 23 al 27 del tem de Implementacin de lasNormas de Control Interno para el Sector Pblico, delas Normas de Control Interno para el Sector Pblico,aprobadas mediante R.C. N 072-98-CG y modificadascon la R.C. N 123-2000-CG.

    Artculo 5.- Adicionar, al numeral 02 de la NormaN 100-01 "Objetivos Generales de Control Interno", de lasNormas de Control Interno para el Sector Pblico, aproba-das mediante R.C. N 072-98-CG y modificadas con laR.C. N 123-2000-CG, el tem, cuyo texto es el siguiente:

    100-01 OBJETIVOS GENERALES DEL CON-TROL INTERNO

    (...)Comentario:(...)02. Los objetivos del control interno son los siguien-

    tes:(...)

  • Lima, sbado 2 de abril de 2005

    - Promover una cultura de proteccin y conserva-cin del ambiente, as como coadyuvar a una mejora dela gestin ambiental.

    Artculo 6.- Adicionar, a las Normas de Control In-terno para el Sector Pblico, aprobadas mediante R.C.N 072-98-CG y modificadas con la R.C. N 123-2000-CG, las Normas 800 "Normas de Control Interno Am-biental", conforme al Anexo N 01, que forma parte de lapresente resolucin.

    Artculo 7.- Adicionar, al Glosario de las Normas deControl Interno para el Sector Pblico, aprobadas me-diante R.C. N 072-98-CG y modificadas con R.C.N 123-2000-CG, los conceptos contenidos en el AnexoN 02 que forma parte de la presente resolucin.

    Artculo 8.- Precisar, que la denominacin de Nor-ma Tcnica de Control Interno, a que se hace referen-cia en el texto de las RC. N 072-98-CG y N 132-2000-CG, se refiere, a las Normas de Control Interno, conte-nidas en la documentacin adjunta a dichas resolucio-nes.

    Artculo 9.- Encargar, a la Escuela Nacional de Con-trol, la difusin del contenido de la presente resolucin, afin de promover y facilitar su cumplimiento, por las enti-dades comprendidas en su mbito de competencia.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    GENARO MATUTE MEJAContralor General de la Repblica

    ANEXO N 1

    800 NORMAS DE CONTROL INTERNO AMBIEN-TAL

    Comentario:

    La conservacin y proteccin del ambiente es unasunto de vital importancia, porque forma parte del patri-monio nacional, es decir, lo que se trasmite por herenciaa las generaciones futuras. Por esta razn, es necesa-rio fomentar y mantener una cultura que conserve yproteja dicho patrimonio, teniendo en cuenta que si seafecta el ambiente, se afectar a toda la sociedad.

    Tericamente existe el reconocimiento social de quees necesario el cuidado y la proteccin del ambiente, sinembargo, en la prctica, es decir en el desempeo coti-diano de los actores -empresarios, sociedad, entidadese instituciones- dicho reconocimiento no se aplica plena-mente; por lo que es necesario fortalecer el control de lagestin ambiental.

    La Contralora General de la Repblica del Per, haformulado las Normas de Control Interno Ambiental, comoparte del Proyecto Fortalecimiento del Control de la Ges-tin Ambiental y del Patrimonio Cultural de la Nacin, quese desarrolla en el marco del Contrato de Contribucinsuscrito entre la Contralora General de la Repblica delPer y el Estado de los Pases Bajos, con el objeto defortalecer la capacidad del Estado para realizar accio-nes de control en materia de gestin ambiental, recur-sos naturales y patrimonio cultural de la Nacin.

    Las Normas de Control Interno Ambiental, constitu-yen los criterios y las guas que deben utilizar las entida-des del sector pblico para definir, formular, implantar yfortalecer sus normas de control interno referidas a losaspectos ambientales, de acuerdo a la naturaleza y ca-ractersticas de las actividades que realizan, con la fina-lidad de:

    1. Asegurar el establecimiento y cumplimiento de laspolticas y objetivos de las entidades en concordanciacon los requisitos legales y la informacin relativa a losimpactos ambientales.

    2. Promover la mejora continua mediante una co-rrecta y eficaz gestin ambiental.

    3. Prevenir, controlar y/o mitigar los impactos ambienta-les negativos generados por las actividades, productos oservicios; promoviendo la conservacin del ambiente.

    4. Permitir la evaluacin del desempeo de la gestinambiental, a travs de las acciones de control, fomen-

    tando la eficiencia, eficacia y economa de las entidades,as como la responsabilidad y la rendicin de cuentas.

    En consecuencia, las Normas de Control InternoAmbiental deben servir de base en la formulacin denormas especficas para el establecimiento e implemen-tacin de controles internos, acordes con la naturalezade las actividades de cada entidad, y para cada uno delos componentes de la gestin ambiental, que a conti-nuacin se desarrollan.

    CONTENIDO:

    800-01 Poltica Ambiental800-02 Planificacin800-03 Implementacin y operacin800-04 Control y accin correctiva800-05 Revisin por la direccin

    800 - 01 POLTICA AMBIENTALLa direccin de la entidad debe definir y apoyar una

    poltica ambiental apropiada a la naturaleza, magnitud eimpactos ambientales que genera o podra generar, in-cluyendo un compromiso de mejora continua y preven-cin de la contaminacin, en concordancia con la nor-mativa aplicable, as como proporcionar el marco paraestablecer y revisar peridicamente los objetivos y lasmetas ambientales, todo lo cual debe documentar, im-plementar, mantener y comunicar a todos sus trabaja-dores, adems de ponerla a disposicin del pblico.

    Comentario:

    Debe cautelarse que la poltica ambiental:

    1. Sea apropiada a la naturaleza, magnitud e impac-tos ambientales de sus actividades, productos o servi-cios; dentro del contexto de la:

    a. Visin y misin institucionales.b. Poltica ambiental nacional, regional y local, segn

    corresponda.c. Preservacin y conservacin del medio ambiente

    que coadyuve a una adecuada calidad de vida.

    2. Incluya compromisos de mejora continua y pre-vencin de la contaminacin; por lo que dicha polticadeber ser examinada y revisada peridicamente.

    3. Sea concordante con la legislacin y reglamenta-cin ambiental pertinente, y con otros requisitos deriva-dos de los compromisos que se suscriban; orientndo-se a promover una cultura, educacin y conciencia deprevencin y conservacin del ambiente.

    4. Proporcione el marco o constituya la base paraestablecer sus propios objetivos y metas ambientales.

    5. Est documentada, implementada, mantenida ycomunicada a todos los servidores de la entidad.

    6. Est a disposicin del pblico y facilite la participacinciudadana como parte del mecanismo del control social,que coadyuve a la integridad, transparencia y correctodesempeo de los funcionarios y servidores pblicos.

    7. Incluya lneas de accin que eviten la ocurrenciade comportamientos irregulares, creando una barrerade contencin ante tales actos, mediante una actitudvigilante, la revisin de controles y el anlisis de desvia-ciones a las polticas establecidas.

    800-02 PLANIFICACINLa entidad debe establecer y mantener procedimien-

    tos para identificar los aspectos ambientales de sus ac-tividades, en especial aquellos que puedan generar im-pactos ambientales significativos, considerndolos ensus objetivos y metas ambientales, que forman parte delos planes estratgicos y operativos de la entidad.

    Comentario:

    La planificacin debe realizarse teniendo en cuentalo siguiente:

  • Lima, sbado 2 de abril de 2005

    Aspectos Ambientales

    Se debe establecer y aplicar peridicamente proce-sos para:

    1. Identificar los aspectos ambientales de las actividades,productos y servicios que puedan controlar o sobre los cua-les tengan influencia, y que pueden causar impactos ambien-tales, tales como: a) emisiones a la atmsfera; b) descargasal agua; c) gestin de residuos; d) contaminacin del suelo; y,e) otras cuestiones ambientales. Para tal efecto, pueden uti-lizarse listas de comprobacin, entrevistas, inspecciones ymediciones directas, informes de auditoras, entre otros.

    2. Considerar estos aspectos ambientales identifica-dos, como base para la definicin de objetivos y metasambientales en los Planes Estratgicos y Planes Opera-tivos u otros documentos de gestin, as como en cadanivel organizativo de la entidad; y,

    3. Mantener actualizada esta informacin.

    Requisitos legales y de otra ndole

    4. El establecimiento y aplicacin de procedimientospara identificar los requisitos legales as como los resul-tantes de los compromisos asumidos por la entidad, quesean aplicables a los aspectos ambientales de sus acti-vidades, productos o servicios, tales como cdigos debuenas prcticas de la actividad especfica o sector alque pertenece, acuerdos con autoridades pblicas, di-rectivas no reglamentarias u otras de carcter similar.

    Objetivos y metas5. Se debe establecer y mantener documentados los

    objetivos y metas ambientales, para cada una de lasfunciones y niveles pertinentes de la institucin, en con-cordancia con la poltica ambiental, incluido el compro-miso de prevencin de la contaminacin, considerando:

    a. Requisitos legales y de otra ndoleb. Aspectos ambientales significativosc. Opciones tecnolgicas, financieras, operaciona-

    les y comercialesd. Opiniones de las partes interesadas.

    Programas de Gestin Ambiental

    6. Para lograr los objetivos y metas, se debe estable-cer y mantener un programa o programas de gestinambiental, que incluyan:

    a. Asignacin de responsabilidades para lograr losobjetivos y metas en cada funcin y nivel pertinente de laentidad.

    b. Medios y plazos para lograr dichos objetivos ymetas.

    c. Actualizacin peridica a fin de incorporar modifi-caciones, nuevas actividades, productos o servicios.

    800-03 IMPLEMENTACIN Y OPERACINLa entidad debe definir: a) las funciones y responsabilida-

    des, documentndolas y comunicndolas para facilitar unagestin ambiental eficaz; b) proveer los recursos necesariospara la implementacin y control de dicha gestin, la formaciny concientizacin de sus trabajadores, la comunicacin inter-na y externa, el control y orden de la documentacin; c) iden-tificar las actividades asociadas a sus aspectos ambientalessignificativos, y d) establecer procedimientos para prevenir ymitigar los posibles impactos ambientales, y responder anteaccidentes potenciales y situaciones de emergencia.

    Comentario:

    La implementacin y operacin debe realizarse te-niendo en cuenta lo siguiente:

    Estructura y responsabilidades

    1. Para facilitar una gestin ambiental eficaz, debedefinirse, comunicarse y mantenerse documentadas, lasfunciones y responsabilidades.

    2. En la medida de sus posibilidades, la direccindebe proveer los recursos necesarios para una ade-cuada gestin ambiental, y para que se establezcan,implementen y mantengan las disposiciones de controlinterno ambiental, establecidas por esta norma; inclu-yendo los recursos humanos, tecnolgicos y financie-ros, asistencia tcnica y soporte tecnolgico, para locual, de ser necesario, debera promover convenios decooperacin tcnica y financiera.

    3. La direccin debe designar a uno o varios repre-sentantes, quienes con independencia de sus otras res-ponsabilidades, deben tener definidas sus funciones, res-ponsabilidades y autoridad para:

    a. Cautelar que la gestin ambiental se realice enconcordancia con la poltica ambiental y que se esta-blezcan, implementen y mantengan las disposiciones decontrol interno ambiental establecidas por esta norma.

    b. Informar peridicamente a la direccin y al rganode control institucional pertinente, sobre los resultadosde su labor, a fin de coadyuvar a la revisin y mejoracontinua de la gestin ambiental.

    Formacin, toma de conciencia y competencia

    La direccin debe:

    4. Determinar el nivel de experiencia, competenciaprofesional y formacin, necesarios, para asegurar lacapacidad de los trabajadores, especialmente de aque-llos que desempean funciones especializadas de ges-tin ambiental.

    5. Establecer y mantener procedimientos para identi-ficar las necesidades de formacin y para exigir y evi-denciar que todo el personal, propio o de contratistas,cuyo trabajo pueda generar impactos ambientales, hayarecibido una educacin y formacin adecuadas, y ad-quirido la experiencia y competencia necesarias.

    6. Establecer y mantener procedimientos para quelos trabajadores, en cada nivel o funcin respectiva, to-men conciencia de:

    a. La importancia del cumplimiento de la poltica am-biental y de los procedimientos y requisitos estableci-dos.

    b. Los impactos ambientales, reales o potenciales,que pueden ocasionar sus actividades, y los beneficiospara el ambiente, resultado de un mejor desempeo.

    c. Sus funciones y responsabilidades en el logro delcumplimiento de la poltica y procedimientos ambienta-les, incluyendo los relativos a la preparacin y respues-ta ante situaciones de emergencia.

    d. Las consecuencias en caso de desviarse de losprocedimientos de operacin especificados.

    Comunicacin y participacin de las partes inte-resadas

    En relacin con sus aspectos ambientales y la ges-tin ambiental, la entidad debe establecer y mantenerprocedimientos para:

    7. Asegurar la comunicacin interna entre los diver-sos niveles y funciones de la entidad, incluyendo infor-macin sobre los resultados de la evaluacin del des-empeo ambiental.

    8. Recibir, documentar y responder a las comunica-ciones pertinentes de las partes interesadas externas,debiendo incluir reuniones de coordinacin y la conside-racin de sus preocupaciones relevantes. En tal senti-do, la entidad debe establecer procedimientos para:

    a. Poner a disposicin del pblico, organismos com-petentes y/o partes interesadas, la informacin sobresus aspectos ambientales, utilizando los medios a sualcance, portales de Internet u otros, reconociendo asel derecho de acceso a la informacin pblica, en con-cordancia con la normativa aplicable.

    b. Establecer mecanismos para promover y lograr laparticipacin ciudadana en la preservacin y/o conser-vacin del ambiente.

  • Lima, sbado 2 de abril de 2005

    c. Establecer mecanismos de coordinacin, comuni-cacin y participacin individual o conjunta, con las enti-dades e instituciones involucradas en la problemticaambiental.

    d. Establecer mecanismos de comunicacin con lasautoridades pblicas competentes, respecto a la res-puesta ante eventuales emergencias y otras contingen-cias.

    Documentacin de la gestin ambiental

    La entidad debe documentar y mantener en archivofsico y/o digital, lo siguiente:

    9. Descripcin y documentacin adecuada de los prin-cipales elementos, componentes o procesos de la ges-tin ambiental, asegurndose que dicha documentacinsea legible, fechada en cuanto a su formulacin, revisiny aprobacin, y fcilmente identificable.

    10. Orientacin sobre la documentacin relacionadao indicaciones para poder obtener informacin detalladasobre el funcionamiento de dichos procesos y el impac-to real o potencial que pueden generar en el ambiente.La documentacin relacionada puede incluir, entre otros:

    a. Informacin de los procesosb. Organigramasc. Normas internas y procedimientos de operacind. Planes de emergencia.

    11. Establecer y mantener actualizados los procedi-mientos y responsabilidades relativos a la elaboracin ymodificacin de los distintos tipos de documentos.

    Control de la documentacin

    La entidad debe establecer y mantener procedimien-tos para el control y seguimiento de los documentosconcernientes a la gestin ambiental, para asegurar que:

    12. Sean conservados en buenas condiciones, demanera ordenada, archivados por un perodo determi-nado, y puedan ser fcilmente localizados.

    13. Puedan ser examinados peridicamente, revisa-dos y aprobados por personal autorizado.

    14. Las versiones vigentes de los documentos res-pectivos estn disponibles en los lugares donde se lle-ven a cabo operaciones de gestin ambiental.

    15. Los documentos obsoletos se retiren oportuna-mente de los lugares de distribucin y uso, evitando quese haga un uso inadecuado.

    16. Los documentos obsoletos que se guarden confines legales o de conocimientos, sean adecuada y fcil-mente identificables.

    Control operacional

    La entidad debe identificar aquellas operaciones y ac-tividades que estn asociadas a los aspectos ambienta-les, conforme a su poltica, objetivos y metas, mediante:

    17. El establecimiento, mantenimiento y operacin deprocedimientos documentados para cubrir situacionesen las que su ausencia podra llevar a desviaciones dela poltica, objetivos y metas ambientales.

    18. El establecimiento y mantenimiento de procedi-mientos relacionados con aspectos ambientales identifi-cables en los bienes y servicios utilizados por la entidad,y la comunicacin de los procedimientos y requisitospertinentes a los proveedores y contratistas.

    Preparacin y respuesta ante emergencias

    La entidad debe:

    19. Establecer y aplicar procedimientos para identifi-car y responder ante riesgos potenciales y situacionesde emergencia, y para prevenir y mitigar los impactosambientales que dichos incidentes ocasionen.

    20. Examinar y revisar cuando sea necesario, los proce-dimientos de preparacin y respuesta ante emergencias.

    21. Comprobar peridicamente tales procedimientos,a travs de simulacros o ensayos.

    800-04 VERIFICACIN Y ACCIN CORRECTIVALa entidad debe establecer y mantener procedimien-

    tos documentados para el seguimiento y medicin de lasprincipales caractersticas de sus actividades, la eva-luacin peridica del cumplimiento de la normativa am-biental, la investigacin de las desviaciones, la imple-mentacin de acciones correctivas y preventivas, la ade-cuacin y conservacin de los registros ambientales,as como la programacin de auditoras peridicas so-bre la gestin ambiental.

    Comentario:

    La verificacin y accin correctiva debe realizarseteniendo en cuenta lo siguiente:

    Seguimiento y medicin

    La entidad debe asegurarse que:

    1. Se establezcan y mantengan procedimientos do-cumentados para efectuar el seguimiento y la medicinen forma peridica, de las caractersticas de sus opera-ciones y actividades, que puedan ocasionar impactosambientales. Esto debe incluir el registro de la informa-cin de seguimiento del funcionamiento de los controlesoperacionales pertinentes y de la conformidad con losobjetivos y metas ambientales de la entidad.

    2. Los equipos de seguimiento estn calibrados yreciban peridicamente mantenimiento preventivo y ope-rativo. Los registros de este proceso deben conservar-se de acuerdo con los procedimientos de la entidad.

    3. Se establezca y mantenga un procedimiento docu-mentado para la evaluacin peridica del cumplimientode la legislacin y reglamentacin ambiental y de losrecursos naturales.

    Desviaciones, accin correctiva y accin preven-tiva

    La entidad debe asegurarse que:

    4. Se establezcan y mantengan procedimientos quedefinan la responsabilidad y la autoridad para manejar einvestigar las desviaciones, llevando a cabo accionesencaminadas a mitigar cualquier impacto ambiental ne-gativo generado, as como para iniciar y completar lasacciones correctivas y preventivas apropiadas a la mag-nitud del problema.

    5. Se implemente y registre, en los procedimientosdocumentados, cualquier cambio que resulte como con-secuencia de las acciones correctivas y preventivas.

    Registros

    La entidad debe asegurarse que:

    6. Se establezcan y mantengan procedimientos parala creacin, identificacin, conservacin y utilizacin delos registros ambientales, incluyendo los de capacita-cin y resultados de auditoras.

    7. Los registros sean legibles y fcilmente identifica-bles desde el inicio hasta el trmino de la actividad, pro-ducto o servicio implicado; que sean archivados, con-servados y protegidos contra daos, deterioro o prdi-da, por un plazo determinado, de forma tal que puedanrecuperarse fcilmente, y sean suficientes para demos-trar el grado de cumplimiento de los objetivos y metasplanificados y/o el desempeo de la gestin ambientalante revisiones o auditoras. Pudiendo incluir entre otros:

    a. Informacin sobre la legislacin ambiental aplica-ble u otros requisitos.

    b. Registro de quejas.c. Registros de formacin, capacitacin y entrena-

    miento.d. Informacin sobre procesos.

  • Lima, sbado 2 de abril de 2005

    e. Informacin sobre productos.f. Registros de inspeccin, mantenimiento y calibra-

    cin.g. Informacin pertinente sobre los contratistas y pro-

    veedores.h. Informes sobre incidentes.i. Informacin sobre la preparacin y respuesta ante

    emergencias.j. Informacin sobre impactos ambientales.k. Resultados de auditoras.l. Revisiones de la alta direccin.

    Auditora ambiental

    8. Se establezca y mantenga programas y procedi-mientos para que, peridicamente, se realicen audito-ras ambientales, ya sea a cargo del rgano competentede la entidad o del sector, o por designacin del SistemaNacional de Control; de cuyos resultados se informar ala direccin, con el objeto de determinar:

    a. El grado de cumplimiento de las metas y objetivosambientales

    b. El cumplimiento o incumplimiento de la normativaaplicable

    c. La implementacin de las recomendaciones de re-visiones o auditorias anteriores.

    800-05 REVISIN POR LA DIRECCINLa direccin debe revisar peridicamente la gestin

    ambiental, considerando los cambios necesarios en lapoltica y objetivos de la entidad, en funcin de los resul-tados de las auditoras.

    Comentario:

    1. La direccin debe revisar peridicamente la ges-tin ambiental de la entidad, sobre la base de un crono-grama previamente establecido, para asegurar su mejo-ra continua, adecuacin y eficacia.

    2. De ser necesario, debe considerar la necesidadde cambios en la poltica, objetivos y metas ambientales,en funcin de los resultados de las auditoras.

    3. Dichas revisiones deben ser debidamente docu-mentadas.

    ANEXO N 2

    GLOSARIO DE LAS NORMAS DE CONTROLINTERNO AMBIENTAL

    AMBIENTEAmbiente o medio ambiente, expresin esta ltima

    ciertamente redundante pero muy difundida entre lospases de habla hispana, hace referencia a un sistema,es decir, a un conjunto de variables biolgicas y fsico-qumicas que necesitan los organismos vivos -particu-larmente el ser humano- para vivir, tales como: la canti-dad o calidad de oxgeno en la atmsfera, la existencia oausencia de agua, la disponibilidad de alimentos sanos,la presencia de especies y de material gentico, etc.

    APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOSRECURSOS NATURALES

    Manejo racional de los recursos naturales teniendo encuenta su capacidad de renovacin, evitando su sobreex-plotacin y reponindolos cualitativa y cuantitativamente,cuando corresponda. En el caso de los recursos naturalesno renovables, consiste en la explotacin eficiente de losmismos, bajo el principio de sustitucin de valores o bene-ficios reales, evitando o mitigando el impacto negativo so-bre otros recursos del entorno y del ambiente.

    ASPECTO AMBIENTALComponente de una actividad, producto o servicio,

    que puede tener efectos positivos o negativos sobre elambiente.

    AUDITORA AMBIENTALProceso de verificacin objetivo, sistemtico y docu-

    mentado de la obtencin y evaluacin de las evidencias

    de auditora, a fin de determinar si las actividades espe-cficas ambientales, eventos, condiciones, sistemas degestin o informacin sobre estas materias, cumplencon los criterios de auditora, y de la comunicacin delos resultados de este proceso a la direccin de la enti-dad auditada y a los organismos competentes.

    CONSERVACINEs la gestin en la utilizacin de la biosfera por el ser

    humano, de modo que pueda producir los mayores be-neficios sostenibles para las generaciones actuales y ala vez mantener sus posibilidades de satisfacer las ne-cesidades y aspiraciones de las futuras generaciones.Comprende la proteccin, el mantenimiento, la utiliza-cin sostenible, la restauracin y el mejoramiento delentorno natural.

    CONTAMINACIN1. Presencia de sustancias y calor en los medios

    ambientales (aire, agua, tierra) cuya naturaleza, locali-zacin o cantidad produce efectos perjudiciales en elambiente. 2. Actividad que genera agentes contaminan-tes.

    DESARROLLO SOSTENIBLEUn desarrollo que satisface las necesidades y aspi-

    raciones de la generacin actual sin comprometer lacapacidad de satisfacer las de las futuras generacio-nes.

    DESEMPEO AMBIENTALActuacin mensurable de una actividad que est re-

    lacionada con los aspectos ambientales de las funcio-nes y atribuciones que legalmente le han sido asignadasy que guarda relacin con su poltica, normas, objetivosy metas ambientales.

    EFECTO AMBIENTALResultado de las repercusiones ambientales en la

    salud y el bienestar del ser humano. Tambin se denomi-na efecto en el medio ambiente e impacto ambiental.

    EMISINTodo fluido gaseoso, puro o con sustancias en sus-

    pensin producto de una actividad y que se descarga enla atmsfera.

    EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIENTALProceso analtico en el que se examinan sistemti-

    camente las posibles consecuencias ecolgicas de laejecucin de proyectos y programas, y de la aplicacinde las polticas.

    FCILMENTE IDENTIFICABLEQue rene las condiciones especiales y/o los datos

    necesarios que permiten la identificacin, ubicacin ydisponibilidad con el menor esfuerzo, con prontitud yoportunidad. (de: facilidad, identificable y ubicar).

    FAUNATotalidad de organismos del reino animal.

    FLORATotalidad de organismos del reino vegetal.

    GESTIN AMBIENTALConjunto de decisiones, generales o especficas, y

    de acciones relacionadas con la poltica y la legislacinambiental.

    INFORMACIN AMBIENTALCualquier informacin escrita, visual o en forma de

    base de datos, de que dispongan las autoridades enmateria de agua, aire, suelo, flora, fauna y recursos na-turales en general, as como sobre las actividades omedidas que les afectan o puedan afectarlos.

    IMPACTO AMBIENTAL1. Cualquier cambio en el ambiente, sea adverso o

    beneficioso, resultante de manera total o parcial de lasactividades, productos o servicios. 2. Efectos directos e

  • Lima, sbado 2 de abril de 2005

    indirectos sobre la poblacin, la fauna, el suelo, el aire, elagua, los factores climticos, el paisaje y los bienes ma-teriales, incluido el patrimonio histrico - artstico y elarqueolgico pudiendo ser positivos o negativos.

    MEJORA CONTINUAProceso de perfeccionamiento progresivo del siste-

    ma de gestin ambiental, tanto para ampliar su alcancehacia otros aspectos ambientales, como para introducircambios en los componentes del sistema ya estableci-do, a fin de mejorar el desempeo de la entidad, confor-me a su poltica ambiental y las normas que rigen suorganizacin y funciones.

    META AMBIENTALResultado especfico del desempeo de la entidad o

    de parte de ella, cuantificado cuando sea posible, que seestablece y alcanza conforme a cada uno de los objeti-vos ambientales trazados.

    OBJETIVO AMBIENTALResultado general que se busca alcanzar conforme

    a lo establecido en la poltica ambiental de la entidad.

    PARTES INTERESADASIndividuo o grupo interesado o afectado por el

    desempeo ambiental de una organizacin.

    PERSPECTIVA DE GNEROCompromiso institucional para modificar la condicin

    y posicin de las mujeres y lograr as un sistema sexo-gnero ms equitativo, justo y solidario.

    POLTICA AMBIENTALDeclaracin de propsitos y principios de una enti-

    dad con relacin a su desempeo ambiental general,constituyndose en el marco de referencia para la ac-cin y definicin de sus objetivos y metas ambientales.

    PRESERVACINMantenimiento en su estado original, de una especie

    animal o vegetal, grupos de especies, o un recursonatural (por ejemplo, aire, suelo o agua). La preserva-cin puede ser ex situ, cuando se realiza fuera de suslugares habituales de existencia (ocurrencia), por ejem-plo Jardines Botnicos, Parques Zoolgicos o demscolecciones de animales o plantas. La preservacin insitu se realiza en sus lugares originales de distribucin,por ejemplo Parques Nacionales, Refugios de Fauna Sil-vestre y Monumentos Naturales.

    PREVENCIN DE LA CONTAMINACINUtilizacin de procesos, prcticas, materiales o pro-

    ductos que evitan, reducen; o controlan la contamina-cin, lo que puede incluir el reciclado, el tratamiento, loscambios de procesos, los mecanismos de control, eluso eficiente de los recursos y la sustitucin de materia-les.

    RECICLAJEProceso que permite transformar un residuo en ma-

    teria prima para elaborar otro objeto de utilidad para elhombre.

    RECURSOS NATURALESTodo componente de la naturaleza, susceptible de

    ser aprovechado por el ser humano para la satisfac-cin de sus necesidades y que tenga un valor actual opotencial en el mercado, tales como: a) las aguas: su-perficiales y subterrneas; b) el suelo, subsuelo y lastierras por su capacidad de uso mayor: agrcolas, pe-cuarias, forestales y de proteccin; c) la diversidadbiolgica: como las especies de flora, de la fauna y delos microorganismos o protistos; los recursos genti-cos y los ecosistemas que dan soporte a la vida; d) losrecursos hidrocarburferos, hidroenergticos, elicos,solares, geotrmicos y similares; e) la atmsfera y elespectro radioelctrico; f) los minerales; y, g) los de-ms considerados como tales. El paisaje natural esconsiderado recurso natural, en tanto sea objeto deaprovechamiento econmico.

    RESIDUOS SLIDOSMaterial inservible y a veces peligroso, con bajo con-

    tenido lquido. Los residuos slidos comprenden basuraurbana, desechos industriales y comerciales, fangoscloacales, desechos provenientes de operaciones agr-colas, de cra de animales y otras actividades afines, ydesechos de actividades de demolicin y de minera.

    SISTEMA DE GESTIN AMBIENTALConjunto integrado de elementos adoptados por una

    entidad para desarrollar, implementar, revisar y corregirsu poltica ambiental y las normas que regulan su orga-nizacin y funciones.

    06451

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    RESOLUCIN DE CONTRALORAN 156-2005-CG

    Lima, 30 de marzo de 2005

    Visto, la Hoja de Recomendacin N 020-2005-CG/OCI emitida por la Gerencia de rganos de ControlInstitucional de la Gerencia Central del Sistema Nacionalde Control de la Contralora General de la Repblica;

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme a lo previsto en el artculo 19 de laLey N 27785 - Ley Orgnica del Sistema Nacional deControl y de la Contralora General de la Repblica, ladesignacin de los Jefes de los rganos de Control Ins-titucional se efecta por la Contralora General de acuerdoa los requisitos, procedimientos, incompatibilidades yexcepciones que establezca para tal efecto;

    Que, el Reglamento de los rganos de Control Institu-cional, aprobado por Resolucin de Contralora N 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de ContraloraNs. 014 y 047-2004-CG, establece en el literal c) de suartculo 19, la atribucin de la Contralora General de laRepblica de efectuar la rotacin de los Jefes de losrganos de Control Institucional;

    Que, mediante Resolucin de Contralora N 314-2003-CG este Organismo Superior de Control efectu ladesignacin por concurso pblico de mritos, entre otros,de los seores Nelly Amelia Flores Quispe y ChristianOmar Ampuero Gonzlez, en el cargo de Jefe del rga-no de Control Institucional de los Gobiernos RegionalesJunn y Ayacucho, respectivamente;

    Que, de acuerdo a la evaluacin contenida en la Hojade Recomendacin de visto, resulta necesario por razo-nes de servicio y como una prctica sana de controlinterno, efectuar la rotacin de los citados Jefes de losrganos de Control Institucional de los mencionadosGobiernos Regionales;

    En uso de las facultades conferidas por la Ley N 27785 -Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-lora General de la Repblica y a lo dispuesto en el Reglamentode los rganos de Control Institucional, aprobado por Resolu-cin de Contralora N 114-2003-CG, modificado por Resolu-ciones de Contralora Ns. 014 y 047-2004-CG;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- Efectuar la rotacin, a partir de lafecha, de los profesionales conforme al siguiente detalle:

    - Nelly Amelia Flores Quispe al cargo de Jefe delrgano de Control Institucional del Gobierno RegionalAyacucho.

    - Christian Omar Ampuero Gonzlez al cargo de Jefedel rgano de Control Institucional del Gobierno Regio-nal Junn.

    Artculo Segundo.- Dar por concluida, a partir de lafecha, la designacin de los seores Nelly Amelia Flores