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GOBIERNO REGIONAL DE LIMA ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº08-CAÑETE Resolución Directoral UGEL 08 ........... San Vicente de Cañete, Visto, el informe Nº 152 - 2011 –E. AGP / UGEL N° 08 – C, de la Comisión de Justicia Local de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares de la UGEL Nº 08-C y los documentos que se adjuntan en un total de …. folios. CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Constitución Política del Perú, establece que la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte; Que, en los artículos 21° y 79° de la ley N° 28044, Ley General de Educación, se establece dentro de las funciones del estado la de orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas, incluyendo la recreación, la educación física, el deporte y la prevención de situaciones de riesgo de los estudiantes; así mismo se señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, Cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0348-2010-ED, se aprobó la “Directiva para el Desarrollo Escolar 2011en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva”, la cual establece que las instituciones educativas públicas deben realizar y participar con un enfoque inclusivo entre otros programas y actividades los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011, encargándose a la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte

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GOBIERNO REGIONAL DE LIMA ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVADIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº08-CAÑETE

Resolución Directoral UGEL 08 Nº...........San Vicente de Cañete,

Visto, el informe Nº 152 - 2011 –E. AGP / UGEL N° 08 – C, de la Comisión de Justicia Local de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares de la UGEL Nº 08-C y los documentos que se adjuntan en un total de …. folios.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14° de la Constitución Política del Perú, establece que la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte;

Que, en los artículos 21° y 79° de la ley N° 28044, Ley General de Educación, se establece dentro de las funciones del estado la de orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas, incluyendo la recreación, la educación física, el deporte y la prevención de situaciones de riesgo de los estudiantes; así mismo se señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, Cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0348-2010-ED, se aprobó la “Directiva para el Desarrollo Escolar 2011en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva”, la cual establece que las instituciones educativas públicas deben realizar y participar con un enfoque inclusivo entre otros programas y actividades los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011, encargándose a la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte del Ministerio de Educación, normar a través de directivas especificas dichas actividades;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal f) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias, la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte es responsable de la promoción escolar, la cultura y el deporte en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo con la participación de la sociedad civil, siendo sus funciones entre otras: planificar, organizar, monitorear, y evaluar concursos, festivales, campeonatos, juegos deportivos, juegos florales, olimpiadas de actividades culturales, artísticas, científicas, tecnológicas, deportivas y recreativas en coordinación con las Direcciones pertinentes;

Que, los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011 son la actividad central del calendario deportivo en las Instituciones Educativas, y buscan inculcar la práctica del deporte como base para un desarrollo personal y de vida saludable;

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Que, en concordancia con el artículo 7° de la ley N° 28036, ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004-PCM. El Instituto Peruano del Deporte, es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional, y a través de la Dirección Nacional de Recreación y Promoción del Deporte es el encargado de coordinar con el Ministerio de Educación las actividades de promoción deportiva;

Que, de acuerdo al artículo 8° de la citada ley N° 28036, señala como una de las funciones del Instituto Peruano del Deporte la de coordinar con el Consejo del Deporte Escolar los planes de acción para el desarrollo y promoción de la actividad física y el deporte escolar;

Que, en el artículo 19° de la ley N° 28036 crea el “Consejo de Deporte Escolar” como órgano de promoción y coordinación del deporte escolar, adscrito al Instituto Peruano del Deporte;

Que, el desarrollo de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2011 requiere del apoyo y la participación de los diversos Sectores del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0239-2011-ED, se designa a los miembros de la Comisión Organizadora Nacional de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2011.

Que, mediante RD Nº 02520-2011-UGEL Nº 08-C se conforma la Comisión de Justicia Local de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares de la UGEL Nº 08 de Cañete.

Que, en razón al numeral 2 indica que “…las decisiones de las Comisiones de Justicia Nacional, Regional y Local serán inapelables.”, por tanto:

SE RESUELVE:

ARTICULO 1º.- DECLARAR, extemporánea la presentación del reclamo suscrito por el Sr. Juan Carlos Daga Rodríguez y Fedra Castillo Calvo, como representantes de la I.E.P. Nº 20189 – “Nuestra Señora de la Concepción”, hacia la I.E.P. Dionisio Manco Campos, a razón de dos alumnas participantes en el equipo de futbol damas, disponiendo su archivamiento definitivo.

Regístrese y Comuníquese;

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LIC. AMELIA TEODOLINDA GARCÍA PÉREZDIRECTORA DE PROGRAMA SECTORIAL III

Unidad de Gestión EducativaLocal Nº 08 – Cañete

ATGP/DUGEL/JAGASec.