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Por : Nancy Peña

Recurso contencioso administrativo funcionarial

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La presente revista tiene por objeto primordial dar a conocer la sintesis hecha al procedimiento contencioso administrativo funcionarial, el cual se activa con la querella funcionarial, como medio de impugnación de todos aquellos actos de la administración publica dirigido a su funcionarios públicos. Es por ello que el Contencioso administrativo Funcionarial, versa en someter a la vía jurisdiccional la relación laboral que existe entre el Estado el cual es representado por los órganos y entes que ejercen del Poder Público y sus funcionarios y funcionarias bajo su dependencia.

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Por : Nancy Peña

Fundamento Legal

CRBV (Art. 26, 144 al 149)Ley del Estatuto de la Función PublicaTitulo VIII, capitulo III, Art. 92 al 111Normas Supletorias que rigen el Procedimiento Contencioso Adm. Funcionarial:

CPC, LOPA, LOJCA, LOPGR.

Finalidad del Contencioso Adm. Funcionarial

Someter en vía Jurisdiccional la relación ESTADO- FUNCIONARIO PUBLICOCondiciones o requisitos: 1.- Que sea funcionario o funcionaria

publico 2.- Que exista una presunta violación a

derechos constitucionales.

Relación de empleo desempeñada por una persona natural, para atender necesidades permanentes de la Administración Pública

Aplicabilidad del Contencioso Administrativo Funcionarial (CAF)

Al CAF, pueden acudir todo funcionario publico, incluso aquellos que son excluidos en el art. 2 LEFP, a excepción de los obrero cuyo régimen de aplicación es la TOTTT, y los funcionarios de la fuerzas armadas, quienes cuentan con su propios tribunales militares, exceptos aquellos funcionarios de grados de oficiales, quienes pueden acudir a la SPS (art. 23 núm.. 23 LOJCA)

Persona natural que, en virtud de un nombramiento expedido por autoridad competente, se desempeña en el ejercicio de una función pública

FUNCIONARIO PÚBLICOArt. 3 LEFP

(legitimados activos)

Art. 26 CRBVUn simple interés

Persona natural que, en virtud de un nombramiento expedido por autoridad competente, se desempeña en el ejercicio de una función pública

(legitimados activos)

FUNCIONARIO PÚBLICOArt. 3 LEFP

Persona natural que, en virtud de un nombramiento expedido por autoridad competente, se desempeña en el ejercicio de una función pública

FUNCIONARIO PÚBLICOArt. 3 LEFP

(legitimados activos)

Art. 26 CRBVUn simple interés

Aspectos que regí la LEFPIngreso, ascensos, traslados,

suspensión, retiro o destitución de los funcionarios al ejercicio de la función publica.

Procedimiento de la vía jurisdiccional, del Contencioso Administrativo Funcionarial

Prevé que dicho Procedimiento sea Mixto: ESCRITO y ORAL.

Establece la posibilidad del Funcionario Publico ejerza el recurso que le permita impugnar, actos que presuntamente le lesiona derecho e interés

ART. 93 LEFPART. 93 LEFP

Cualquier acto que lesione Derecho o

Interés en el ejercicio de la Función Publica

Destitución

Art. 82 LEFP

Ejecución

• Querella

• Admisión• Solicitud de Expediente• Contestación• Audiencia Preliminar• Lapso Probatorio

• Audiencia Definitiva

ETAPAS ETAPAS PROCESALESPROCESALES

Iniciación

Sustanciación

Sentencia

ARTÍCULO 94 LEFPARTÍCULO 94 LEFP

3 Meses desde el día del hecho que dio 3 Meses desde el día del hecho que dio lugar; o, a partir de la notificaciónlugar; o, a partir de la notificación

Medio por el cual los Medio por el cual los funcionarios buscan la funcionarios buscan la invalidación o anulación invalidación o anulación de un acto administrativo de un acto administrativo que afecta directamente que afecta directamente sus derechos o interesessus derechos o intereses

Iniciación del Contencioso Administrativo Funcionarial

REQUISITOS

Iniciación del Contencioso Administrativo Funcionarial

Querella

Art. 340 CPC Art. 95 LEFP Art. 33 LOJCA

Contenga consideraciones doctri-Contenga consideraciones doctri-nales y jurisprudenciales nales y jurisprudenciales

Sean ininteligibles o repetitivas de Sean ininteligibles o repetitivas de hechos o circunstanciashechos o circunstancias

Transcriban el acto administrativo Transcriban el acto administrativo que se acompañaque se acompaña

Sean tan extensas que pueda Sean tan extensas que pueda producirse retardoproducirse retardo

Será devuelta cuando…

Art. 96 LEFP

Podrá ser consignada ante el Tribunal de Primera Instancia o de Municipio, quien la remitirá al Tribunal competente dentro de los 3 días de despacho siguientes…

PRESENTACIÓN

Iniciación del Contencioso Administrativo FuncionarialQuerella

QUERELLA

ADMISIÓNNO

3 DIAS

RECURENTE APELA (TRIBUNAL DE

ALZADA

DENTRO DE LOS 3 DIAS (Art. 36

LOJCA)

TRIBUNAL DECIDE DENTRO DE LOS 10

DIAS

SI

Y LO QUE ADMITE SERA APELABLE EN UN SOLO

EFECTO

SOLICITUD DEL EXPEDIENTE Y EN ESTA MISMA

OPORTUNIDAD REALIZARA LA CORRESPONDIENTE

CITACIÓN (Art. 82 LOPGR)

2 DIAS

CONTESTACION 15 DIAS DE DESPACHO QUE COMENZARA

A COMPUTARSE UNA VEZ HAYAN TRANSCURRIDO 15

DIAS

CCOONNTTEESSTTAACCIIÓÓNN

No No debedebe

Contener Contener consideraciones doctrinales y consideraciones doctrinales y jurisprudencialesjurisprudenciales......

Ser ininteligibles o repetitivas de hechos o Ser ininteligibles o repetitivas de hechos o circunstanciascircunstancias

Contener tContener transcriranscritoto del acto administrativo del acto administrativo que se acompañaque se acompaña

Ser tan extenso que pueda producirse Ser tan extenso que pueda producirse retardoretardo

Art. 101 LEFP

Sustanciación del Contencioso Administrativo FuncionarialContestación

Las pretensiones de la Las pretensiones de la demandante y las defensas de la demandante y las defensas de la demandada serán resueltas en la demandada serán resueltas en la definitiva, salvo existencia de definitiva, salvo existencia de causales de inadmisibilidadcausales de inadmisibilidad

Art. 102 LEFP y 68 LOPGR

Sustanciación del Contencioso Administrativo FuncionarialContestación

SSe entenderá contradicha en e entenderá contradicha en todas sus partes en caso de que todas sus partes en caso de que la parte demandada gozase de la parte demandada gozase de este privilegioeste privilegio, caso contrario, , caso contrario, ocasiona la confesión ficta.ocasiona la confesión ficta.

Artículo 103 LEFP

Sustanciación del Contencioso Administrativo Funcionarial

Vencido el lapso de contestación, se fija la Audiencia Preliminar dentro de los 5 días de despacho siguientes

Sustanciación del Contencioso Administrativo FuncionarialAudiencia Preliminar

El Juez debe llamar a las El Juez debe llamar a las partes a la conciliación, partes a la conciliación, en pro de una justicia en pro de una justicia expedita y eficaz...expedita y eficaz...

ConciliaciónConciliación

Concluido el ProcesoConcluido el Proceso

Sustanciación del Contencioso Administrativo FuncionarialAudiencia Preliminar

Los Abogados que Los Abogados que representen a la República representen a la República deben tener autorización deben tener autorización expresa para conciliar...expresa para conciliar...

Art. 70 LOPGRArt. 70 LOPGR

ARTÍCULO105 LEFP

PROMOCIÓNPROMOCIÓN

OPOSICIÓNOPOSICIÓN

EVACUACIÓNEVACUACIÓN

Acto procesal eminentemente Acto procesal eminentemente contencioso donde cada una contencioso donde cada una de las partes defenderde las partes defenderá á públicamente su posición públicamente su posición jurídicajurídica y y cuestionar cuestionaráá en en derecho las pretensiones de derecho las pretensiones de la contrapartela contraparte......

AUDIENCIA DEFINITIVAAUDIENCIA DEFINITIVA

Sentencia en el Contencioso Administrativo FuncionarialAudiencia Definitiva

Vencido el lapso Vencido el lapso probatorio, se fijará probatorio, se fijará dentro de los 5 días de dentro de los 5 días de despacho siguientes...despacho siguientes...

Art. 107 LEFPArt. 107 LEFP

Sentencia en el Contencioso Administrativo Funcionarial

Será dictado en la misma audiencia Será dictado en la misma audiencia definitiva, salvo que la complejidad definitiva, salvo que la complejidad del asunto exija que la misma sea del asunto exija que la misma sea dictada dentro de los cinco (05) dictada dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a dicha días de despacho siguientes a dicha audienciaaudiencia......

SENTENCIA DEFINITIVAArt. 108 LEFPArt. 108 LEFP

Vencidos los 5 días de despacho que facultan al juez para dictar el dispositivo del fallo, éste dictará el fallo íntegro dentro de los diez (10) días de despacho siguientes...

MEDIDAS CAUTELARES

Art. 109 LEFP

Puede dictarlas el juez Puede dictarlas el juez en cualquier estado del en cualquier estado del proceso, a solicitud de proceso, a solicitud de parte, si se consideran parte, si se consideran necesarias para evitar necesarias para evitar perjuicios irreparables o perjuicios irreparables o de difícil reparación por de difícil reparación por la definitiva...la definitiva...

Fumus boni iuris (Presunción de buen derecho)

Medidas Cautelares...

Periculum in mora (Peligro en la demora)

Periculum in damni (Peligros de daño)

La parte que resulte vencida, La parte que resulte vencida, podrá interponer recurso de podrá interponer recurso de apelación al 5apelación al 5toto día de despacho, día de despacho, una vez dictada la sentencia una vez dictada la sentencia definitiva.definitiva.

Art. 110 LEFPArt. 110 LEFP

La apelación interpuesta será La apelación interpuesta será oída oída en ambos efectosen ambos efectos y se ordenará la y se ordenará la remisión del remisión del EXPEDIENTE EXPEDIENTE COMPLETOCOMPLETO a la Corte de lo a la Corte de lo Contencioso Administrativo...Contencioso Administrativo...

Arts. 87 y 88 LOPGR

Cuando la República sea condenada Cuando la República sea condenada en juicio, se debe notificar al en juicio, se debe notificar al Procurador General, quien dentro de Procurador General, quien dentro de los 60 días siguientes debe informar los 60 días siguientes debe informar sobre su forma y oportunidad de sobre su forma y oportunidad de ejecución.ejecución.

Notificado el Procurador de la República de la sentencia definitiva, dentro de los 10 días siguientes a su notificación, participará al órgano respectivo de lo ordenado en la sentencia, el cual deberá informarle sobre la forma y oportunidad de ejecución de lo ordenado en la sentencia, dentro de los 30 días siguientes de recibido el oficio respectivo

La parte interesada puede aprobar o no la propuesta realizada y el Tribunal fijará nueva oportunidad para otra propuesta, si no es aprobada, el Tribunal determinará la forma y oportunidad de cumplimiento...

Si se trata de cantidades de dinero

Si se trata de entrega de bienes

El Tribunal, a petición de la parte interesada, debe ordenar que se incluya el monto a pagar en la partida respectiva de los próximos dos ejercidos presupuestarios...

El Tribunal deberá poner en posesión de los mismos a quien corresponda...

La República no puede ser condenada en costas, aún cuando las sentencias apeladas sean declaradas sin lugar, se nieguen los recursos interpuestos, se dejen perecer o se desista de ellas.

Art. 76 LOPGR

El Procurador General de la República, o quien actúe en su nombre, debe estimar el valor de las respectivas actuaciones, de acuerdo con la Ley de Abogados, a los efectos de la respectiva condenatoria en costas.

Art. 90 LOPGR

GRACIAS POR SU TIEMPO