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RECURSO DE PROTECCIÓN. ARTÍCULO 20 CPR

RECURSO DE PROTECCIÓN. ARTÍCULO 20 CPR. Orígenes en Chile: Carta moralista de 1823. Los reglamentos judiciales de 1824 y 1836 refunden las normas sobre

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RECURSO DE PROTECCIÓN.

ARTÍCULO 20 CPR

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Orígenes en Chile:Orígenes en Chile: Carta moralista de 1823Carta moralista de 1823. Los reglamentos judiciales de . Los reglamentos judiciales de

1824 y 1836 refunden las normas sobre la judicatura 1824 y 1836 refunden las normas sobre la judicatura que contenía la carta de 1823. Se mantiene la tutela que contenía la carta de 1823. Se mantiene la tutela de derechos en manos de los Tribunales.de derechos en manos de los Tribunales.

En En 1875 con la ley sobre la organización y atribuciones 1875 con la ley sobre la organización y atribuciones de los tribunales de los tribunales se estableció las facultades se estableció las facultades conservadoras de los tribunales como herramientas conservadoras de los tribunales como herramientas de tutela efectiva de derechos fundamentales.de tutela efectiva de derechos fundamentales.

La La constitución de 1833constitución de 1833 establece establece la comisión conservadora que teníala comisión conservadora que tenía facultades judiciales, entre otras facultades judiciales, entre otras materias, en lo contencioso administrativo.materias, en lo contencioso administrativo. El El acta constitucional Nº 3acta constitucional Nº 3 (1976) consagra (1976) consagra expresamente el recurso de protecciónexpresamente el recurso de protecciónde garantías constitucionales pasando de garantías constitucionales pasando luego al articulo 20 de la Constitución actual. luego al articulo 20 de la Constitución actual.

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CONCEPTOCONCEPTO Encuentra su origen remoto en el recurso de amparo Encuentra su origen remoto en el recurso de amparo

mexicano, de la década de 1950.mexicano, de la década de 1950.

El recurso de protección es El recurso de protección es aquella acción que aquella acción que concede la CPR a cualquier persona que, a concede la CPR a cualquier persona que, a consecuencias de una acción u omisión arbitraria o consecuencias de una acción u omisión arbitraria o ilegal sufra privación, perturbación o amenaza en el ilegal sufra privación, perturbación o amenaza en el libre ejercicio de los derechos fundamentales que libre ejercicio de los derechos fundamentales que menciona el artículo 20 de la Carta Fundamental, menciona el artículo 20 de la Carta Fundamental, para recurrir ante la Corte de Apelaciones de la para recurrir ante la Corte de Apelaciones de la jurisdicción respectiva a fin de que este tribunal jurisdicción respectiva a fin de que este tribunal adopte de inmediato las providencias que juzgue adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, asegurar la debida protección del afectado, sin sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales de justicia.valer ante la autoridad o los tribunales de justicia.

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Artículo 20.- El que por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 19, números 1º., 2º. 3º. inciso cuarto, 4º., 5º., 6º., 9º. inciso final, 11º., 12º., 13º., 15º., 16º. en lo relativo a la libertad de trabajo y al derecho a su libre elección y libre contratación, y a lo establecido en el inciso cuarto, 19º., 21º., 22º., 23º., 24o. y 25º. podrá ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectivas, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes.

Procederá, también, el recurso de protección en el caso del Nº. 8º. del artículo 19, cuando el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación sea afectado por un acto u omisión ilegal imputable a una autoridad o persona determinada.

ARTÍCULO 20 CPR

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CARACTERÍSTICASCARACTERÍSTICAS Demanda de protección de los derechos Demanda de protección de los derechos

constitucionales que instaura un proceso autónomo constitucionales que instaura un proceso autónomo de la naturaleza pública.de la naturaleza pública.

Recurso extraordinario, puestoRecurso extraordinario, puesto que se concede en que se concede en ciertos y determinados casos cuando concurren las ciertos y determinados casos cuando concurren las circunstancias expresamente contempladas en la circunstancias expresamente contempladas en la ley.ley.

Es urgente, persigue el pronto restablecimiento del Es urgente, persigue el pronto restablecimiento del orden jurídico perturbado o amenazadoorden jurídico perturbado o amenazado

Se dirige a subsanar actos u omisiones arbitrarias o Se dirige a subsanar actos u omisiones arbitrarias o ilegales que lesionen el ejercicio legítimo de los ilegales que lesionen el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales expresamente previstos derechos fundamentales expresamente previstos por el art. 20 de la Constitución.por el art. 20 de la Constitución.

Estos actos pueden emanar de autoridades o Estos actos pueden emanar de autoridades o simples particulares.simples particulares.

Deja a salvo los demás derechos que el perjudicado Deja a salvo los demás derechos que el perjudicado pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales.pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales.

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NATURALEZA JURÍDICA: NATURALEZA JURÍDICA: ¿RECURSO O ACCIÓN?¿RECURSO O ACCIÓN?

Si bien nuestra Constitución señala a Si bien nuestra Constitución señala a esta institución como un “recurso”, esta institución como un “recurso”, lo cierto es que lo cierto es que es una acciónes una acción, pues , pues lo que busca no es impugnar una lo que busca no es impugnar una resolución judicial, sino que brindar resolución judicial, sino que brindar protección a un afectado al que se le protección a un afectado al que se le ha perturbado, privado o se ha ha perturbado, privado o se ha amenazado el libre ejercicio de un amenazado el libre ejercicio de un derecho previsto por la Constitución.derecho previsto por la Constitución.

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De tal modo que…De tal modo que… Según la Real Academia de la Lengua Española, Según la Real Academia de la Lengua Española,

existen diferencias conceptuales importantes entre existen diferencias conceptuales importantes entre

“acción” y “recurso”“acción” y “recurso”

- RECURSORECURSO:: Der. En un juicio o en otro procedimiento, acción que Der. En un juicio o en otro procedimiento, acción que concede la ley al interesado para reclamar contra las concede la ley al interesado para reclamar contra las resoluciones, ora ante la autoridad que las dictó, ora ante alguna resoluciones, ora ante la autoridad que las dictó, ora ante alguna

otra.otra.

- - ACCIÓNACCIÓN: : Der. En sentido procesal, derecho a acudir a un juez o Der. En sentido procesal, derecho a acudir a un juez o

tribunal recabando de él la tutela de un derecho o de un interés.tribunal recabando de él la tutela de un derecho o de un interés.

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Presupuestos del Recurso de Presupuestos del Recurso de ProtecciónProtección

Acción u omisión ilegal (contrario a derecho, o a la Acción u omisión ilegal (contrario a derecho, o a la ley en un sentido amplio) o arbitraria (contrario a ley en un sentido amplio) o arbitraria (contrario a razón, desproporcionado, caprichoso, carente de razón, desproporcionado, caprichoso, carente de fundamento)fundamento)

Que de ella derive privación (sinónimo de despojo) Que de ella derive privación (sinónimo de despojo) perturbación (trastornar el orden y concierto, o la perturbación (trastornar el orden y concierto, o la quietud o sosiego de algo o alguien) o amenaza (dar quietud o sosiego de algo o alguien) o amenaza (dar a entender con actos o palabras que se quiere hacer a entender con actos o palabras que se quiere hacer algún mal a otro) en el legítimo ejercicio del derecho algún mal a otro) en el legítimo ejercicio del derecho y,y,

Que ese derecho esté expresamente cautelado con Que ese derecho esté expresamente cautelado con el recurso de protección (art. 20 de la constitución). el recurso de protección (art. 20 de la constitución). Es menester señalar que vía interpretación se han Es menester señalar que vía interpretación se han acogido recursos de protección en relación a otros acogido recursos de protección en relación a otros derechos no contemplados en dicho catálogo que derechos no contemplados en dicho catálogo que reza por ser taxativo.reza por ser taxativo.

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Titular:Titular: Puede ser una persona natural o jurídica, o Puede ser una persona natural o jurídica, o

incluso una agrupación de personas.incluso una agrupación de personas.

Se exige un interés directo, por que el Se exige un interés directo, por que el afectado debe sufrir un menoscabo en el afectado debe sufrir un menoscabo en el legítimo ejercicio de un derecho tutelado. legítimo ejercicio de un derecho tutelado. No es acción popular, sino de No es acción popular, sino de tutela de tutela de derechos específicos. derechos específicos.

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Derechos que tutela:Derechos que tutela: Derecho a la vida y sus manifestaciones Igualdad ante la ley Garantía procesal, en cuanto nadie puede ser juzgado por comisiones

especiales Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada Libertad de conciencia Protección de la salud, el derecho a elegir el sistema de salud al cual

desea acogerse. Libertad de enseñanza Libertad de opinión e información Derecho de reunión Derecho de asociación Libertad de trabajo (libre elección, libertad de contratación y restricción

de trabajos prohibidos) Derecho de sindicación Libertad económica y no-discriminación del Estado en materia económica Libertad para adquirir el dominio de todo tipo de bienes Derecho de propiedad Derecho de propiedad intelectual e industrial Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación cuando sea afectado

por un acto ilegal y arbitrario, imputable a una autoridad o persona determinada.

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PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

Las disposiciones legales que regulan el Las disposiciones legales que regulan el procedimiento de esta acción son el artículo procedimiento de esta acción son el artículo 20 de la 20 de la Constitución y el Auto Acordado de la y el Auto Acordado de la Corte Suprema del 24 de junio de 1992.Corte Suprema del 24 de junio de 1992.

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TRIBUNAL COMPETENTETRIBUNAL COMPETENTE

CORTE DE APELACIONES, en cuya CORTE DE APELACIONES, en cuya jurisdicción se hubiese cometido la jurisdicción se hubiese cometido la

acción u omisión. acción u omisión.

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PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO Se interpone ante la Se interpone ante la Corte de ApelacionesCorte de Apelaciones en en

cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto u cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto u omisión.omisión.

Plazo de Plazo de 30 días fatales, corridos y contados30 días fatales, corridos y contados desde la ejecución del acto, o la ocurrencia de desde la ejecución del acto, o la ocurrencia de la omisión, o según la naturaleza de los la omisión, o según la naturaleza de los mismos, desde que se haya tenido noticias o mismos, desde que se haya tenido noticias o conocimiento cierto de las mismas.conocimiento cierto de las mismas.

Puede recurrir el afectado o cualquiera en su Puede recurrir el afectado o cualquiera en su nombre, siempre que sea nombre, siempre que sea capaz de capaz de comparecer en juiciocomparecer en juicio..

Puede ser por escrito, y aún por fax o teléfono Puede ser por escrito, y aún por fax o teléfono (cualquier medio idóneo, por ello se dice que (cualquier medio idóneo, por ello se dice que es un recurso desformalizado)es un recurso desformalizado)

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PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO Examen de admisibilidad por la CorteExamen de admisibilidad por la Corte: Se realiza en : Se realiza en

cuenta, inmediatamente después de presentado. cuenta, inmediatamente después de presentado. Se examina en el fondo y en la forma: si la acción Se examina en el fondo y en la forma: si la acción

se interpuso oportunamente, si el escrito de se interpuso oportunamente, si el escrito de interposición tiene fundamentos suficientes para interposición tiene fundamentos suficientes para acogerlo a tramitación.acogerlo a tramitación.

Si la Si la opinión unánimeopinión unánime de los integrantes coincide en de los integrantes coincide en que la presentación es que la presentación es extemporáneaextemporánea (más de 30 (más de 30 días) o adolece de una manifiesta falta de días) o adolece de una manifiesta falta de fundamento, lo declarará inadmisible, desde luego, fundamento, lo declarará inadmisible, desde luego, por resolución someramente fundada. Esta no por resolución someramente fundada. Esta no admite ser impugnada mediante recurso alguno, admite ser impugnada mediante recurso alguno, excepto reposición dentro del tercer día.excepto reposición dentro del tercer día.

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PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO En caso de ser En caso de ser declarado admisibledeclarado admisible, la Corte PUEDE, la Corte PUEDE pedir informe pedir informe

al recurrido (*no hay traslado)al recurrido (*no hay traslado) para lo cual se fija al recurrido en para lo cual se fija al recurrido en un plazo breve y perentorio para que informe y remita los un plazo breve y perentorio para que informe y remita los antecedentes del asunto (5 días). Puede solicitar ampliación de plazo antecedentes del asunto (5 días). Puede solicitar ampliación de plazo para informar.para informar.

Procede Procede orden de no innovarorden de no innovar (es decir la resolución se mantiene tal (es decir la resolución se mantiene tal cual como está) sólo cuando el tribunal lo juzgue conveniente para cual como está) sólo cuando el tribunal lo juzgue conveniente para los fines del recurso, normalmente ocurre a petición de parte.los fines del recurso, normalmente ocurre a petición de parte.

Podrán hacerse parte las personas, funcionarios u órganos del Estado Podrán hacerse parte las personas, funcionarios u órganos del Estado afectados o recurridos.afectados o recurridos.

AcumulaciónAcumulación: puede producirse cuando respecto de un mismo acto u : puede producirse cuando respecto de un mismo acto u omisión se deducen 2 o mas recursos, aún por distintos afectados.omisión se deducen 2 o mas recursos, aún por distintos afectados.

Recibido el informe y los antecedentes, o sin ellos, se dicta el Recibido el informe y los antecedentes, o sin ellos, se dicta el decreto: decreto: autos en relaciónautos en relación y se y se agrega extraordinariamente a la tabla agrega extraordinariamente a la tabla del día subsiguientedel día subsiguiente, previo sorteo en cortes de más de una sala., previo sorteo en cortes de más de una sala.

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PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOVISTA DE LA CAUSA:VISTA DE LA CAUSA:

Colocación de la causa en tablaColocación de la causa en tabla AnuncioAnuncio Relación y alegatosRelación y alegatos Acuerdo o estado de acuerdo.Acuerdo o estado de acuerdo. El tribunal puede ordenar todas las diligencias que estime El tribunal puede ordenar todas las diligencias que estime

necesarias.necesarias.

La La suspensión de la vistasuspensión de la vista procede una sola vez, a procede una sola vez, a petición del petición del recurrenterecurrente, cualquiera sea el número , cualquiera sea el número de ellos si son varios, y solo cuando el Tribunal de ellos si son varios, y solo cuando el Tribunal estime muy calificado el fundamento de su estime muy calificado el fundamento de su solicitud.solicitud.

No procede suspensión de común acuerdo.No procede suspensión de común acuerdo.

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PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSENTENCIASENTENCIA

Regla General = Dentro del 5to día hábil, desde que esté en Regla General = Dentro del 5to día hábil, desde que esté en estado. estado.

Excepción = que el recurso verse sobre derecho a la vida; garantía Excepción = que el recurso verse sobre derecho a la vida; garantía procesal de no ser juzgado por comisiones especiales y libertad procesal de no ser juzgado por comisiones especiales y libertad de opinión, información y reunión, en que el plazo se reduce al de opinión, información y reunión, en que el plazo se reduce al 2do día hábil.2do día hábil.

Estos plazos rigen para cortes de Apelaciones y Suprema.Estos plazos rigen para cortes de Apelaciones y Suprema. Tiene el carácter de Tiene el carácter de sentencia definitivasentencia definitiva. Pone término a la . Pone término a la

primera instancia resolviendo el asunto controvertido, la primera instancia resolviendo el asunto controvertido, la segunda instancia es ante la Corte Suprema.segunda instancia es ante la Corte Suprema.

Los antecedentes y probanzas se aprecian conforme a la sana Los antecedentes y probanzas se aprecian conforme a la sana crítica.crítica.

Se pueden imponer costas cuando la Corte así lo estime.Se pueden imponer costas cuando la Corte así lo estime. Las Las notificacionesnotificaciones serán personales o por el Estado diario a la serán personales o por el Estado diario a la

persona que haya deducido el recurso (recurrente), y a los persona que haya deducido el recurso (recurrente), y a los recurridos que se hayan hecho parte en él.recurridos que se hayan hecho parte en él.

No procede casaciónNo procede casación

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SENTENCIA(Fin)

Vista de la Causa

(eventual suspensión)

Decreto:Autos enRelación

Acumulación

Trámite eventualOrden de

No Innovar

Informe Recurrido

Declarado Admisible

Examen deAdmisibilidad:EN CUENTA

Plazo: 30 días

CORTE DEAPELACIONES

¡PROCEDIMIENTO EN CORTE DE APELACIONES!

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PROCEDIMIENTO: Recurso de PROCEDIMIENTO: Recurso de Apelación en Corte Suprema.Apelación en Corte Suprema.

ES APELABLEES APELABLE La sentencia que 1) La sentencia que 1) acoja el recurso, acoja el recurso, 2) rechace o 2) rechace o 3) lo declare inadmisible.3) lo declare inadmisible. Se interpone ante la Corte de Apelaciones para ante Se interpone ante la Corte de Apelaciones para ante

la Corte Suprema.la Corte Suprema. Plazo de 5 días y fatales, contados desde la Plazo de 5 días y fatales, contados desde la

notificación por estado diario de la parte que notificación por estado diario de la parte que entabla el recurso de la sentencia que decide el entabla el recurso de la sentencia que decide el recurso. Debe contener fundamentos de hecho y de recurso. Debe contener fundamentos de hecho y de derecho, y peticiones concretas formuladas al derecho, y peticiones concretas formuladas al tribunal de alzada.tribunal de alzada.

Sanción de apelación inoportuna o falta de Sanción de apelación inoportuna o falta de formalidades: Inadmisibilidad.formalidades: Inadmisibilidad.

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PROCEDIMIENTO: “Tramitación PROCEDIMIENTO: “Tramitación en la Corte Suprema”en la Corte Suprema”

Se ve (por regla general) en cuenta, es decir sin alegatos y sin plazo para dar dicha cuenta (antes se debía rendir dentro de los 5 días desde que se ordenaba), salvo que la sala estime conveniente o se le solicite con fundamento aceptable traer los autos con alegatos, sobre todo si están de acuerdo recurrente, recurrido y las partes siendo resuelto previa vista de la causa, disponiendo traer los autos en relación. (se agrega extraordinariamente).

La Corte Suprema como medida para mejor resolver puede solicitar antecedentes a cualquiera de las partes.

Las Notificaciones se practican por el estado diario Transcripción del fallo firme o ejecutoriado: al recurrido.

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INSTRUCCIONES DE LOS INSTRUCCIONES DE LOS TRABAJOSTRABAJOS

Formar grupos de no más de 4 personas.Formar grupos de no más de 4 personas. Redactar el escrito.Redactar el escrito. Organizar alegato, según sea recurrente o Organizar alegato, según sea recurrente o

recurrido.recurrido. Recomendaciones para tener en cuenta Recomendaciones para tener en cuenta

Es conveniente ser breve e ir al fondo del Es conveniente ser breve e ir al fondo del asunto e infracción, intentar ser 100% asunto e infracción, intentar ser 100% jurídico y extraer lo político. Puede hacerse jurídico y extraer lo político. Puede hacerse mención a las actas constitucionales, mención a las actas constitucionales, porque son la historia de la ley mas la porque son la historia de la ley mas la doctrina no tiene mucho valor.doctrina no tiene mucho valor.

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Caso N º 1Caso N º 1Una pareja de novios decide criogenizar su material genético para Una pareja de novios decide criogenizar su material genético para

utilizarlo una vez que contraigan matrimonio.utilizarlo una vez que contraigan matrimonio.

Luego de titularse ambos, Ana Muñoz viaja a perfeccionarse a Estados Luego de titularse ambos, Ana Muñoz viaja a perfeccionarse a Estados Unidos a la Universidad de Harvard por dos años; durante dicho Unidos a la Universidad de Harvard por dos años; durante dicho periodo la pareja se separa debido a la distancia que los separa.periodo la pareja se separa debido a la distancia que los separa.

Al volver Ana a Chile comunica a Juan Rodriguez, su ex novio su deseo de Al volver Ana a Chile comunica a Juan Rodriguez, su ex novio su deseo de utilizar el material genético que habían criogenizado advirtiéndole que utilizar el material genético que habían criogenizado advirtiéndole que no le exigirá ninguna de las obligaciones que le corresponderían como no le exigirá ninguna de las obligaciones que le corresponderían como padre, sino que tan sólo necesita su firma en el documento que le padre, sino que tan sólo necesita su firma en el documento que le entrega la clínica para que sea posible usar dicho material que se entrega la clínica para que sea posible usar dicho material que se encuentra guardado en sus dependencias y así realizar su deseo de ser encuentra guardado en sus dependencias y así realizar su deseo de ser Madre.Madre.

Juan se niega a prestar su consentimiento y solicita a la clínica la Juan se niega a prestar su consentimiento y solicita a la clínica la destrucción del material genético, aduciendo que las razones por las destrucción del material genético, aduciendo que las razones por las que había sido guardado dicho material ya no existen, desapareciendo que había sido guardado dicho material ya no existen, desapareciendo con ello el motivo para mantener dichos gametos. con ello el motivo para mantener dichos gametos.

La ex novia interpone un recurso de protección basado en el derecho a la La ex novia interpone un recurso de protección basado en el derecho a la vida que tiene ese ser que podría formarse de mediar el vida que tiene ese ser que podría formarse de mediar el consentimiento su ex pareja para que ella pueda vivir el proceso de consentimiento su ex pareja para que ella pueda vivir el proceso de gestación y luego la maternidad que anhela.gestación y luego la maternidad que anhela.

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Caso N º 2Caso N º 2 El colegio de profesores, debido a la deuda histórica que El colegio de profesores, debido a la deuda histórica que

mantiene el Estado de Chile con dichos profesionales mantiene el Estado de Chile con dichos profesionales decide realizar un paro indefinido de clases, en donde decide realizar un paro indefinido de clases, en donde ninguno de los maestros de todos los colegios en el ninguno de los maestros de todos los colegios en el territorio nacional realizará sus clases, faltan sólo 1 mes territorio nacional realizará sus clases, faltan sólo 1 mes para que los alumnos de cuarto medio rindan la prueba para que los alumnos de cuarto medio rindan la prueba de selección universitaria, mejor conocida como PSU.de selección universitaria, mejor conocida como PSU.

Los colegios al verse sin profesores, cierran sus puertas, Los colegios al verse sin profesores, cierran sus puertas, incluyendo los colegios municipalizados, estimando así incluyendo los colegios municipalizados, estimando así una medida de apoyo para los profesores y de presión una medida de apoyo para los profesores y de presión hacia el Estado.hacia el Estado.

Los apoderados y los alumnos de cuarto medio exigen a Los apoderados y los alumnos de cuarto medio exigen a los profesores que vuelvan a las aulas y busquen otros los profesores que vuelvan a las aulas y busquen otros medios para lograr sus fines, ya que si bien apoyan dicha medios para lograr sus fines, ya que si bien apoyan dicha causa, es su deber contribuir a la formación de los causa, es su deber contribuir a la formación de los alumnos, ayudándolos en el proceso que se aproxima.alumnos, ayudándolos en el proceso que se aproxima.

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Caso N º 2Caso N º 2 Los profesores aducen que no volverán a la aulas, pese a lo que Los profesores aducen que no volverán a la aulas, pese a lo que

esto significa, además en el caso de los alumnos de cuarto esto significa, además en el caso de los alumnos de cuarto medio han dicho que existen pre universitarios que pueden medio han dicho que existen pre universitarios que pueden cumplir de mejor manera el cometido que se les adjudica como cumplir de mejor manera el cometido que se les adjudica como docentes ya que se trata de instituciones especializadas en la docentes ya que se trata de instituciones especializadas en la preparación de este examen.preparación de este examen.

Al ver la negativa del colegio de profesores, los apoderados del Al ver la negativa del colegio de profesores, los apoderados del colegio New eagles School de se asocian para exigir de manera colegio New eagles School de se asocian para exigir de manera organizada la reintegración de estos profesionales a las aulas, organizada la reintegración de estos profesionales a las aulas, basando su petitorio en la situación antes descrita y además en basando su petitorio en la situación antes descrita y además en que no se trata sólo de estos alumnos los que se han visto que no se trata sólo de estos alumnos los que se han visto perjudicados por el movimiento ya que al producirse el cierre de perjudicados por el movimiento ya que al producirse el cierre de los colegios municipalizados todos los pupilos que recibían los colegios municipalizados todos los pupilos que recibían alimentación en dicho lugar, no han podido recibir tal beneficio.alimentación en dicho lugar, no han podido recibir tal beneficio.

Esta asociación de padres y apoderados interpone un recurso de Esta asociación de padres y apoderados interpone un recurso de protección por la privación del derecho a la educación de los protección por la privación del derecho a la educación de los alumnos y la integridad física que se ha visto afecta por el cese alumnos y la integridad física que se ha visto afecta por el cese del beneficio de alimentación en las aulas.del beneficio de alimentación en las aulas.