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RECURSOS DEL SECTOR SALUD PARA LA ATENCIÓN A LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO. C O L O M B I A. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Dirección. SUPERSALUD. Financiación. UPC. Administración. Contrato. POS. Atención. PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (EPS). - PowerPoint PPT Presentation
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RECURSOS DEL SECTOR SALUD PARA LA ATENCIÓN A LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO
OPS XXI EN ACCION
C O L O M B I A
INSTITUCION PRESTADORA DE SERVICIOSIPS
ADMINISTRADORAS
EPS, ARS, ESS
FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA
FoSyGA
M IN ISTER IO D E SAL U DD EPAR TAM EN TO S
M U N IC IP IO S C O N SEJO S D E SEG . SO C . EN SAL U D
INSTITUCION PRESTADORA DE SERVICIOSIPS
ADMINISTRADORAS
EPS, ARS, ESS
FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA
FoSyGA
M IN ISTER IO D E SAL U DD EPAR TAM EN TO S
M U N IC IP IO S C O N SEJO S D E SEG . SO C . EN SAL U D
ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Administración
Financiación
Dirección
AtenciónContrato
UPC
POS
SUPERSALUD
PLAN DE ATENCION BASICA (ESTADO)PLAN DE ATENCION BASICA (ESTADO)PLAN DE ATENCION BASICA (ESTADO)PLAN DE ATENCION BASICA (ESTADO)
ATENCION EN ACCIDENTES DE ATENCION EN ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD TRABAJO Y ENFERMEDAD
PROFESIONAL (ARP)PROFESIONAL (ARP)
ATENCION EN ACCIDENTES DE ATENCION EN ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD TRABAJO Y ENFERMEDAD
PROFESIONAL (ARP)PROFESIONAL (ARP)
PLAN DE ATENCION COMPLEMENTARIAPLAN DE ATENCION COMPLEMENTARIA EN SALUD (EPS)EN SALUD (EPS)
PLAN DE ATENCION COMPLEMENTARIAPLAN DE ATENCION COMPLEMENTARIA EN SALUD (EPS)EN SALUD (EPS)
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (EPS)PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (EPS)PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (EPS)PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (EPS)
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD DEL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO (EPS-ARS)REGIMEN SUBSIDIADO (EPS-ARS)
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD DEL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO (EPS-ARS)REGIMEN SUBSIDIADO (EPS-ARS)
ATENCION EN ACCIDENTES DE ATENCION EN ACCIDENTES DE TRANSITO Y EVENTOS CATASTROFICOSTRANSITO Y EVENTOS CATASTROFICOS
(FONSAT)(FONSAT)
ATENCION EN ACCIDENTES DE ATENCION EN ACCIDENTES DE TRANSITO Y EVENTOS CATASTROFICOSTRANSITO Y EVENTOS CATASTROFICOS
(FONSAT)(FONSAT)
PLAN DE PLAN DE BENEFICIOS BENEFICIOS DE LA LEY DE LA LEY
100 DE 100 DE 19931993
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento (Decretos 2131/2284 de 2003)Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento (Decretos 2131/2284 de 2003)
Contributivo: POSc
Subsidiado: POSs
No Afiliados: Sistema General de Participaciones
(Ley 715-01)
FOSYGA (Subcuenta ECAT)
Salud Pública:
Sistema General de Participaciones
Subcuenta Promoción ECAT
FINANCIACION
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
EPS a través de la UPC Contributivo: POSc Sistema General de Participaciones (Ley 715-01):
POSs: a través de la UPC del Reg. Sub.
No afiliadosSalud Pública
FOSYGA:Atención en Salud: Subcuenta ECATSalud Pública: Subcuenta Promoción
Recursos Propios Entidad Territorial:POSsNo AfiliadosSalud Pública
FINANCIACION
PRESUPUESTO NACIONAL
FOSYGA(Fondo de Solidaridad y Garantía)
SGP (Sistema General de Participaciones. Ley 715-2001)
PROMOCION Y PREVENCION
ECAT(Eventos
Catastróficos y Accidentes de
Tránsito)
COMPENSACION (Reg.
Contributivo)
SOLIDARIDAD (Apoyo a Reg. Subsidiado)
AFILIACIÓN AL
REGIMEN SUBSIDIAD
O
ATENCIÓN A
VINCULADOS
SALUD PUBLICA
NO POS – SUBSIDIOS
A DEMANDA
APORTES AFILIADOS Y PATRONOS
REGALIAS PETROLEO
CAJAS DE COMPENSACIÓN
IMPUESTOS A LAS ARMAS Y MUNICIONES
SOAT. SEGURO OBLIGATORIO A ACCIDENTES DE
TRÁNSITO SUBCUENTAS
SALUD PSD
Recursos Propios Entidades
Territoriales (Regalías, p.ej)
OPS XXI EN ACCION
PRESUPUESTO
Fuente Aplicación 2004 2005 2006*
Solidaridad –FOSYGA
Cupos*
Reg. Subsidiado
100.000
$ 22.415
200.000
$ 38.283
300.000
$ 63.717
ECAT – FOSYGA Convenios $ 21.300 $ 23.000 $ 24.000
Presupuesto Inversión
Intervención Psicosocial
$ 2.650 $ 2.800 $ 2.940
*continuidad y ampliación
Población en desplazamiento
UPC
• FOSYGA (ECAT)
• Ppto Gral Nación
PAB/Convenios
SGP
IPS – POS - PAB
Dir. MunicipalEPS/ARS
Sistema Único de CalidadRutas de Acceso
MPS (CNSSS)
Dir. deptal
Recursos propios
OPS XXI EN ACCION
ESQUEMA
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
AMPLIACION DE COBERTURA RÉGIMEN SUBSIDIADO DE SALUD
Ministerio de la Protección Social
2006
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
ACUERDO 0339 CNSSS - 20/09/2006 - Diario Oficial: 46.405
• Establece criterios para la asignación de recursos del FOSYGA para la afiliación de la población desplazada por la violencia en el 2006.
• Se asignarán recursos para la afiliación de personas en condición de desplazamiento forzado por causa de la violencia que certifique Acción Social en cada municipio receptor.
• Para el año 2006 se asignarán los recursos necesarios de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga que permitan afiliar a 300.000 personas en condición de desplazamiento.
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
• La ampliación de cobertura no exige cofinanciación del ente territorial.
• El periodo para la contratación en el régimen subsidiado para lograr la afiliación de población desplazada por la violencia se realizará desde el 1° de octubre de 2006 hasta el 31 de marzo de 2007.
• Las entidades territoriales deberán adelantar el proceso de libre elección de ARS desde la vigencia del presente Acuerdo hasta tres (3) días antes de la fecha de contratación.
ACUERDO 0339 CNSSS Continuación
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Resolución 3596 MPS 29/09/2006
• Efectúa una asignación de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA- Proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado-Subcuenta de Solidaridad FOSYGA-Atención a la Población Desplazada-APD, para ampliación de cobertura mediante la afiliación de población desplazada.
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Resolución 3596 MPS 29/09/2006
• Asigna recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Subcuenta de Solidaridad por valor de $33,457,961,673.90 vigencia 2006, para la afiliación al régimen subsidiado de la población desplazada por la violencia, conforme a los criterios de distribución señalados en el Acuerdo No. 339 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, así:
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Resolución 2379 MPS 06/07/2006
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Resolución 2379 MPS 06/07/2006
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Resolución 3596 MPS 29/09/2006
No. % No. %
SANTANDER 76.853 13.943 62.910 82% 19.914 42.996 56%
NORTE DE SANTANDER 58.676 13.663 45.013 77% 13.764 31.249 53%
CORDOBA 76.833 15.252 61.581 80% 19.559 42.022 55%
ANTIOQUIA 268.904 32.376 236.528 88% 0 236.528 88%
VALLE 108.312 20.230 88.082 81% 22.924 65.158 60%
NARIÑO 53.222 8.449 44.773 84% 11.112 33.661 63%
CUNDINAMARCA 46.058 9.801 36.257 79% 5.228 31.029 67%
CHOCO 62.872 8.471 54.401 87% 11.935 42.466 68%
Resto 1.123.187 250.135 873.052 78% 195.564 677.488 60%
TOTAL 1.874.917 372.320 1.502.597 80% 300.000 1.202.597 64%
Departamento
Cupos Nuevos Res. 3596
Sep-06
NO Afiliados Régimen
Subsidiado Res. 2379 Jul-06
DéficitNo. de Despl. Según Acción
Social 30-09-06
Desplazados Afiliados al Régimen
Subsidiado
+ 150.000 nuevos cupos. Acuerdo 348 CNSSS (Dic. 2006) : Disminuye a 56%
OPS XXI EN ACCION
ATENCIÓN EN SALUD A ATENCIÓN EN SALUD A
POBLACIÓN EN CONDICIÓN POBLACIÓN EN CONDICIÓN
DE DESPLAZAMIENTODE DESPLAZAMIENTO
OPS XXI EN ACCION
Ley 387 de 1997Ley 387 de 1997 Decreto 173 de 1998 Decreto 173 de 1998 (Derogado)(Derogado)
Acuerdo 59 de 1997, CNSSSAcuerdo 59 de 1997, CNSSS
Acuerdo 185 de 2000, CNSSSAcuerdo 185 de 2000, CNSSS
Acuerdo 243 de 2003, CNSSSAcuerdo 243 de 2003, CNSSS
Acuerdo 244 de 2003, CNSSSAcuerdo 244 de 2003, CNSSS
Decreto 2131 de 2003Decreto 2131 de 2003
Decreto 2284 de 2003Decreto 2284 de 2003
Decreto 250 de 2005Decreto 250 de 2005
MARCO
JURIDICO
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Define quien es desplazado
Precisa los tipos de desplazamiento
Identifica las fases del desplazamiento y los
objetivos de la acción en cada fase
Responsabiliza a la Red de Solidaridad Social
como entidad coordinadora del Sistema
Ordena la adopción de un Plan Integral de
Atención al Desplazamiento
LEY
387
DE
1997
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Crea el Sistema de Atención Integral a la
Población Desplazada por la Violencia
Crea el Consejo Nacional para la Atención
Integral a la Población Desplazada por la
Violencia
Crea el Fondo Nacional para la Atención Integral
a la Población Desplazada por la Violencia
En materia de salud remite a la Ley 100 de 1993
LEY
387
DE
1997
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
ACUERDO
59
DE
1997
Declaró el desplazamiento masivo por la violencia, como un evento catastrófico
cubrir servicios de salud cubrir servicios de salud
necesarios para la necesarios para la
atención oportuna de la atención oportuna de la
enfermedad derivada de enfermedad derivada de
los riesgos del los riesgos del
desplazamientodesplazamiento
Permite destinar
recursos de la
Subcuenta ECAT del FOSYGA
para
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Adoptó el plan para la atención integral a la
población desplazada por la violencia, fijando
responsabilidades para cada uno de los sectores
y las entidades nacionales y territoriales.
En salud, definía que “el Ministerio (…) y las
direcciones departamentales y locales de salud
garantizarán el derecho a la salud de la
población desplazada a través de la atención
integral en salud.”
DECRETO
173
DE
1998Derogado por el Decreto 250 de 2005
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Definía que :
“La atención integral en salud comprende atención médico-quirúrgica, atención de urgencias, hospitalización, tratamiento, servicios de ayuda diagnóstica, transporte de pacientes, provisión de medicamentos, acciones de promoción y prevención de la enfermedad, tales como vigilancia epidemiológica, saneamiento ambiental, educación en salud, participación comunitaria, atención psico-social y rehabilitación, según lo dispuesto en la Ley 100 de 1993...”
DECRETO
173
DE
1998
Derogado por el Decreto 250 de 2005
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Permitió que IPS públicas y privadas de todo el
país prestaran servicios de salud a población
desplazada por la violencia y presentaran
reclamación directa al FOSYGA
La cobertura se entendía como atención
integral, en los términos de la Ley 387 de 1997
y el Decreto 173 de 1998
ACUERDO
185
DE
2000Derogado
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Imprecisión en la cobertura de servicios
Red de Prestadores Indefinida
Acceso indiscriminado a los servicios
Rol pasivo de las Direcciones Territoriales
Indiferencia de Entidades Aseguradoras
Poca claridad en concurrencia en la financiación
Inspección, Vigilancia y Control, débiles
EFECTOS DE ESTAS NORMAS EN SU MOMENTO
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Desbordamientos En las coberturas: servicios no pertinentes En los oferentes: pasan de 477 en el 2001 a 849 a
finales de 2002En el número de reclamaciones: pasan de 9.841
por mes en el 2001 a 53.906 por mes en el 2002En capacidad del FOSYGA: Volumen de trabajo e
insuficiencia de las apropiaciones presupuestalesDebilidad en los controles
CONSECUENCIAS DE ESTAS NORMAS EN SU MOMENTO
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Aumento del desplazamientoEn 1997, 12.823 personas (2.818 hogares)A Sep de 2006, 1.874.917 (427.200 hogares)81% corresponde a desplazamiento disperso No hay cesación de la condición
ProblemasSubregistro: Fuente de recolección, No captura de registro
de patologías derivadas de violaciones de D.I.H., FumigacionesAcceso a Servicios de Salud: Sin identificación,
Anonimato, No reconocidos por Acción Social, Estigmatización, Desinformados, Mala interpretación de normas y competencias en salud a nivel local, Sensibilización de funcionarios locales
CONTEXTO ACTUAL
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Autoriza al Ministerio a efectuar distribución de
recursos del rubro de Eventos Catastróficos,
teniendo en cuenta el registro de la Red de
Solidaridad Social
Ordena la suscripción de Convenios con entidades
departamentales y distritales, receptoras de
población desplazada
Señala que en los convenios se debe precisar la
cobertura y la Red de Prestadores, entre otros
aspectos
ACUERDO
243
DE
2003
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Acuerdo 244 de 2003 - CNSSS
• Normas de Régimen Subsidiado en Salud.
• Establece prioridad en la afiliación de las personas en condición de desplazamiento.
• Señala que para proceder a la afiliación es suficiente estar incluido en el Sistema Único de Registro.
• La ARS debe garantizar la prestación de servicios de salud en el municipio al cual se traslada el afiliado desplazado. La Entidad Territorial mantendrá la continuidad hasta la terminación del contrato de aseguramiento.
• Terminado este período, la garantía del aseguramiento corresponderá a la entidad territorial donde se encuentre radicado. Modificación del Acuerdo 331 de 2006 del CNSSS
OPS XXIEN ACCION
OPS XXI EN ACCION
Acuerdo 244 de 2003 - CNSSS
• Artículo 4°. Identificación de potenciales beneficiarios mediante instrumentos diferentes de la encuesta SISBEN. La identificación de las siguientes poblaciones se realizará sin aplicación de la encuesta SISBEN:
3. Población en condiciones de desplazamiento forzado. Su identificación se efectuará a través del Sistema Único de Registro de la Red de Solidaridad Social o la entidad que haga sus veces.
Modificado por el Acuerdo 331 de 2006 del CNSSS
OPS XXI EN ACCION
Acuerdo 244 de 2003 - CNSSSArtículo 7°. Criterios de priorización de beneficiarios de subsidios. Las alcaldías o Gobernaciones en el caso de los corregimientos departamentales, elaborarán las listas de potenciales afiliados al Régimen Subsidiado, clasificados en los niveles 1 y 2 de la encuesta SISBEN, en orden ascendente de menor a mayor puntaje y de la más antigua a la más reciente, con su núcleo familiar cuando haya lugar a ello, así como en los listados censales y se priorizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1. Recién nacidos.2. La población del área rural.3. Población indígena.4. Población del área urbana.
En cada uno de los grupos de población, descritos en los numerales anteriores, se priorizarán los potenciales afiliados en el siguiente orden:
1. Mujeres en estado de embarazo o período de lactancia que se inscriban en programas de control prenatal y postnatal.
2. Niños menores de cinco años.3. Población con discapacidad identificada mediante la encuesta Sisbén4. Mujeres cabeza de familia, según la definición legal.5. Población de la tercera edad.6. Población en condición de desplazamiento forzado.7. Núcleos familiares de las madres comunitarias8. Desmovilizados
Modificado por el Acuerdo 331 de 2006 del CNSSS.
Subió al 3er lugar.
OPS XXI EN ACCION
Acuerdo 331 de 2006 - CNSSSModifica parcialmente los artículos 7, 14, 63 y 65 del Acuerdo 244:Artículo 7°. Criterios de priorización de beneficiarios de subsidios:
1. Recién nacidos.2. Menores desvinculados del conflicto armado, bajo la protección del ICBF. 3. La población del área rural.4. Población indígena.5. Población del área urbana.
En cada uno de los grupos de población, descritos en los numerales 3, 4 y 5 anteriores, se priorizarán los potenciales afiliados en el siguiente orden:
1. Mujeres en estado de embarazo o período de lactancia que se inscriban en programas de control prenatal y postnatal.
2. Niños menores de cinco años.3. Población en condición de desplazamiento forzado.4. Población con discapacidad identificada mediante la encuesta SISBEN5. Mujeres cabeza de familia, según la definición legal.6. Población de la tercera edad.7. Núcleos familiares de las madres comunitarias8. Desmovilizados
OPS XXI EN ACCION
Acuerdo 331 de 2006 - CNSSSEl Artículo 63 del Acuerdo 244 quedará así:
Artículo 63. Atención en salud de la población afiliada al Régimen Subsidiado en condición de desplazamiento forzado y desmovilizada del conflicto armado.
La ARS debe garantizar la prestación de servicios de salud en el municipio al cual se traslada este afiliado. La Entidad Territorial deberá mantener la continuidad hasta la terminación del contrato de aseguramiento.
Terminado este período, la garantía del aseguramiento corresponderá a la entidad territorial donde se encuentre radicado.
El Programa Especial de Reincorporación a la Vida Civil del Ministerio del Interior y de Justicia coordinará lo pertinente con las entidades correspondientes, para suministrar la información necesaria que permita el acceso a los servicios de salud de esa población con cargo a los recursos asignados a las respectivas
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
DECRETO
2131
2003
Objeto: Reorganizar la atenciónRequisito: Registro en RSSCobertura de ServiciosPrestación de Servicios
Población No asegurada sin capacidad de pago Población Asegurada Atención Inicial de Urgencias
FinanciaciónRecursos del Sistema General de ParticipacionesRecursos de la subcuenta ECAT
Medidas Sanitarias Inspección, Vigilancia y Control
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
COBERTURA
Personas desplazadas afiliadas
al Sistema General de
Seguridad Social en Salud
(EPS, ARS, Adaptadas)
Personas desplazadas no
aseguradas, sin capacidad de
pago
Coberturas según el
respectivo plan de
beneficios
Coberturas iguales a
las que se brindan a la
población pobre no
afiliada al SGSSS
En todo caso, no se cubrirán intervenciones de
carácter cosmético, estético y/o suntuario
OPS XXI EN ACCION
Prestación de ServiciosPrestación de Servicios
ASEGURADOS
Las EPS, ARS y las
Administradoras de los
regímenes de excepción
Garantizarán los servicios mediante mecanismos, procedimientos y convenios en la entidad receptora de población
El afiliado al Régimen
Subsidiado tiene derecho a
conservar su afiliación
Hasta el vencimiento del contrato vigente, como lo señale el CNSSS.(Acuerdo 244 de 2003)
Salvo en atención inicial de
urgencias
Se debe obtener autorización de la entidad aseguradora
OPS XXI EN ACCION
Prestación de ServiciosPrestación de Servicios
NO
ASEGURADOS
Los departamentos y distritos
receptores de población
desplazada
Garantizarán los servicios a través de la red de instituciones públicas y excepcionalmente por IPSde carácter privado
Salvo en los casos de
urgencias, ingreso por el
primer nivel de atención
Operación del Sistema de referencia y contrarreferencia
La atención en salud hará parte de los contratos que se celebren para la ejecución de los recursos del Sistema General de
Participaciones (Ley 715 de 2001)
OPS XXI EN ACCION
Entidades TerritorialesEntidades Territoriales
RESPONSABILIDAD
Mantener actualizada la base de datos de población
afiliada
Informar a entidades aseguradoras los afiliados en
condición de desplazados de su jurisdicción
Definir la red de instituciones prestadoras e informarla a
todos los municipios receptores
Adoptar mecanismos para obtener una eficiente y
adecuada utilización de los servicios de salud.
Concurrir a la financiación de la atención con recursos del
sistema General de Participaciones y de libre destinación
Adoptar medidas sanitarias
Ejercer Vigilancia y Control
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
RESPONSABILIDAD
De las personas
desplazadas
Informar a las IPS, su estado de afiliación al SGSSS.
Indicar nombre de EPS, ARS
Del Ministerio de la
Protección Social
Disponer de base de datos de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social
Distribuir los recursos de la Subcuenta ECAT
Ejercer vigilancia Adoptar medidas
sanitarias
OPS XXI EN ACCION
Plan Nacional de Atención Integral para la Población Desplazada por la violencia (Decreto
250 de 2005)
Plan Nacional de Atención Integral para la Población Desplazada por la violencia (Decreto
250 de 2005)
OBJETIVO
Establecer la política general del Gobierno y las líneas
de acción para la prevención y la atención al
desplazamiento forzado Interno en Colombia, que
permita la restitución de los derechos y las
obligaciones de las colombianas y los colombianos
afectados por el mismo.
OPS XXI EN ACCION
Plan Nacional de Atención Integral para la Población Desplazada por la violencia (Decreto
250 de 2005)
Plan Nacional de Atención Integral para la Población Desplazada por la violencia (Decreto
250 de 2005) Considera la Asistencia en salud dentro de la prestación de la
asistencia humanitaria y debe incluir:
1. Apoyo psicosocial;
2. Atención inicial de urgencias (incluso a los aún no incluidos en el
SUR-SIPOD);
3. Atención en salud.
4. Acciones de salud pública, saneamiento básico y vigilancia en salud pública.
Responsables el Ministerio de la Protección Social, las Direcciones y Secretarías de Salud a nivel regional.
Crea los Planes Integrales Únicos para Personas en Situación de Desplazamiento para integrar acciones desde las fases de intervención y las líneas estratégicas, involucrando los planes de prevención, de contingencia para la emergencia y los planes operativos de los diversos programas y proyectos que se concerten en el ámbito regional.
OPS XXI EN ACCION
Acuerdo 304 – CNSSSAcuerdo 304 – CNSSS
Permite guardar hasta por un año el cupo
en el régimen subsidiado, en caso que la
persona consiga un trabajo temporal, en
cuyo caso deberá afiliarse al régimen
contributivo conforme a la norma pero su
cupo en el régimen subsidiado será
conservado.
OPS XXI EN ACCION
CONPES 3400 – Nov 2005CONPES 3400 – Nov 2005
Desarrolla el Plan Nacional de Acción Integral (Dec. 250 de 2005) con la definición de metas e indicadores.
Programa recursos presupuestales que las entidades que hacen parte del SNAIPD orientarán para la vigencia fiscal 2006, y un cronograma indicativo para el período 2007 – 2010.
Indica que tanto el nivel nacional como el nivel territorial deben demostrar un compromiso con la política de atención a la PSD estableciendo el porcentaje de participación para ambos niveles, el cual se calculó en:
75% para la Nación y
25% para las entidades territoriales.
METAS Y PRIORIZACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTALES PARA ATENDER A LA POBLACIÓN DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA EN COLOMBIA
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Garantizar acceso en salud
Mejorar sistemas de información
Sensibilizar la PSD en deberes y derechos en salud
Divulgar la ruta de atención en salud a nivel nacional
Articular con otras instituciones gubernamentales y no gubernamentales
RETOS
OPS XXI EN ACCION
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
Atención en Salud a Población en Condición de Desplazamiento
GRACIAS