Recusación y Abstención

Embed Size (px)

Citation preview

  • 5/21/2018 Recusaci n y Abstenci n

    1/2

    RECUSACIN Y ABSTENCIN

    Recusacin

    Es la Facultad que la ley concede a las partes en un proceso, para

    reclamar que un juez, o uno o varios miembros del tribunal colegiado, se

    aparten del conocimiento de un determinado asunto, por considerar que

    pueda parcializarse o que ha prejuzgado.

    En todo aquello en que no ha sido atribuido, un juez, aunque sigue

    teniendo jurisdiccin, es incompetente.

    Slo las partes esenciales del proceso pueden pedir la recusacin.

    Abstencin

    Es la abstencin de los jueces de conocer un proceso cuando en ellos

    concurran algunas de las circunstancias legales que hacen dudosa su

    imparcialidad.

    Esas circunstancias son:

    Que el juez sea pariente, compadre, amigo o enemigo, deudor o

    acreedor de alguna de las partes.

    Que el juez haya recibido regalos. haya sido querellante de

    alguna de las partes o que haya prejuzgado.

  • 5/21/2018 Recusaci n y Abstenci n

    2/2