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Reforma Constitucional, Red Compartida y Política Inmobiliaria del Gobierno Federal Comité del Patrimonio Inmobiliario 11 de diciembre del 2014

Reforma Constitucional, Red Compartida y Política … · inaccesible 7 = accesible REFORMAS EN TELECOMUNICACIONES . 1. ... d d n y a d s c d e c a l um a l e e y y o l or 100 s)

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Reforma Constitucional, Red Compartida y Política Inmobiliaria del Gobierno Federal

Comité del Patrimonio Inmobiliario 11 de diciembre del 2014

ÍNDICE I. Situación Actual II. Reforma Constitucional III. Red Troncal y Compartida IV. Red Compartida V. Política Inmobiliaria VI. Beneficios

SITUACIÓN ACTUAL

El desarrollo del sector telecomunicaciones en México no ha sido suficiente

para mejorar la productividad y el bienestar de su población

Posición de la infraestructura de telecomunicaciones de México según el Foro Económico

Mundial

(Posición de 144 países, 2013, puntaje 1-7)

promedio

2.8

3.53.5

4.24.24.24.4

4.75.3

5.85.85.86.16.2

6.56.76.86.8

4.0

(11

1)

Ind

ia

(59

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(62)

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(70

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(61)

Chile

(32)

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(82)

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(51)

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(7)

EU

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(5)

Canadá

(28)

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(27)

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(24)

Japón

(20)

Core

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(19)

Sin

gapur

(10)

Ale

mania

(43)

Rusia

5.1

(83)

Chin

a

Fuente: World Economic Forum, Reporte Information Technology 2013

Países Desarrollados

Principales socios comerciales de México

Países BRICS

Países Latinoamérica

México

1 =

inaccesible

7 = accesible

www.reformas.gob.mx

REFORMAS EN TELECOMUNICACIONES

1. El Estado mexicano perdió la rectoría del sector:

Marco legal inadecuado y obsoleto

Deficiente diseño institucional

2. Altos niveles de concentración:

En radiodifusión un grupo concentra el 98% del mercado

publicitario

En telecomunicaciones un grupo concentra 70% de

telefonía móvil, 68% en telefonía fija y 67% en banda

ancha fija

3. Fuertes barreras a la entrada de nuevos competidores

Causas

La OCDE señaló en 2012 que “La pérdida de bienestar atribuida a la disfuncionalidad del sector mexicano de las telecomunicaciones se estima en 129,200 millones de dólares (2005-2009), es decir, 1.8% del PIB anual”

DIAGNÓSTICO

México ocupa el penúltimo lugar en inversión pública per cápita en telecomunicaciones, entre los

países de la OCDE

Fuente: OECD Communications Outlook 2013

291 287

272

243 241 241 239

223

159 159150 148

137 137 136 135130 129 129 129 129 127 127

118111

101 10094 93

78 76 7569

4233

In v er sió n pú bl ic a per c á pi t a en t el ec o mu n ic ac io n es

(Pr o med io a n u a l en d ó l a r es; 2009-2011)Inversión pública per cápita en telecomunicaciones

(Posición anual en dólares; 2009-2011)

www.reformas.gob.mx 6

BAJOS NIVELES DE INVERSIÓN

SITUACIÓN QUE GUARDA EL PAÍS

¿CÓMO NOS VEMOS HACIA AFUERA?

México registra bajos niveles de penetración en servicios de banda ancha fija y móvil, al cierre de

2013 se ubicaban en 11.4 y 13.9 suscripciones por cada 100 habitantes respectivamente

Fuente: OCDE e IFT

0.0

5.0

10.0

15.0

20.0

25.0

30.0

35.0

40.0

45.0

SwitzerlandNetherlands

DenmarkFrance

Korea

Norway

Iceland

United Kingdom

Germany

Belgium

Canada

Luxembourg

Sweden

Finland

New ZealandUnited States

JapanSpain

GreeceAustria

Australia

Estonia

Israel

Slovenia

Ireland

Portugal

Hungary

Italy

Czech Republic

Poland

Slovak Republic

ChileMexico

Turkey

Penetración banda ancha fija(suscriptores por 100 habitantes)

0.0

20.0

40.0

60.0

80.0

100.0

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140.0

FinlandAustralia

JapanSweden

Denmark

Korea

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Estonia

Norway

Luxembourg

New Zealand

United Kingdom

Iceland

Ireland

SpainItaly

AustriaSwitzerland

NetherlandsCzech Republic

Poland

France

Slovak Republic

Canada

Israel

Belgium

Germany

Slovenia

Portugal

Greece

Chile

TurkeyHungary

Mexico

Penetración banda ancha móvil (suscriptores por 100 habitantes)

www.reformas.gob.mx

REFORMA CONSTITUCIONAL

LAS TELECOMUNICACIONES ANTES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

o Falta de incentivos o Falta de certeza jurídica o Áreas de oportunidad en materia de competencia

Las telecomunicaciones en México no han evolucionado conforme a las necesidades del ciudadano.

Para revertir la situación descrita, en 2013 el Ejecutivo Federal con el apoyo de las

principales fuerzas políticas presentó una iniciativa de Reforma Constitucional

Ejes de la Reforma Constitucional

1. Ampliar derechos fundamentales – acceso a TIC’s y a la banda

ancha- derechos de usuarios y de audiencias

2. Mejorar y actualizar el marco legal

3. Rediseñar y fortalecer a los órganos reguladores – IFT y tribunales

especializados

4. Promover competencia efectiva – apertura a la inversión-

regulación asimétrica – reducir concentración- eliminar barreras

5. Inclusión digital universal – conectividad de sitios públicos, hogares

y MIPyMES- TDT- más personas conectadas en todo el país

6. Más y nueva infraestructura de banda ancha – red troncal- red

compartida- mayor cobertura en todo el país

La Reforma Constitucional ordenó expedir una ley que regule de manera convergente el

espectro radioeléctrico, las redes y los servicios de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Certeza jurídica Reglas claras – Espectro, redes, servicios- competencia Distribución de competencias – IFT- Ejecutivo Federal Fortaleza del regulador – regulación ex ante / ex post-

sanciones

Reducción de barreras Disminución de requisitos a nuevos competidores Concesión única – comercializadoras Inversión extranjera directa Planeación del Espectro – arrendamiento – cesión – cambio Compartición de infraestructura privada y sitios públicos Redes con participación del Estado Esquema simple para más posiciones orbitales

Competencia efectiva Regulación de interconexión Criterios para determinar agentes preponderantes –

medidas – procedimientos de salida Servicios adicionales y tránsito a concesión única Regulación de poder sustancial de mercado Desagregación de la red local Criterios y umbrales para concentración

Protección a derechos de usuarios y audiencias Regulación en materia de contenidos – defensores de

audiencias Profeco e IFT actuaran de manera coordinada Derechos de usuarios y audiencias específicos

www.reformas.gob.mx

LEYES SECUNDARIAS

OPORTUNIDADES DE INVERSIÓN

La nueva legislación ofrece oportunidades de inversión, a nivel nacional, regional o local para:

El sector generó ingresos anuales del orden de los 30 mil millones de dólares. En los últimos 3 años las inversiones anuales superaron los 5 mil millones de dólares

Nuevos concesionarios o comercializadoras

Invertir en más y mejor infraestructura

Asociarse con los actuales operadores

Participar en APPs con el gobierno

Desarrollar contenidos y aplicaciones

Participar con inversionistas extranjeros

www.reformas.gob.mx 13

RED TRONCAL Y COMPARTIDA

98% de la población

2% de la población

RED COMPARTIDA Y TRONCAL

RED COMPARTIDA Y TRONCAL

Artículo décimo sexto transitorio, Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones: ”El Estado, a través del Ejecutivo Federal, en coordinación con el IFT, garantizará la instalación de una red pública compartida de telecomunicaciones (…) Iniciará la instalación (en) 2014, y estará en operación antes de que concluya 2018 (…)”

El proyecto Red Compartida contempla el aprovechamiento de al menos 90 MHz del espectro de la banda de 700 MHz; de los recursos de la red troncal de fibra óptica y de cualquier otro activo del estado.

Operará bajo principios de compartición de infraestructura y la venta desagregada de todos sus servicios y capacidades.

RED COMPARTIDA: CARACTERÍSTICAS

Prestará exclusivamente servicios a las empresas comercializadoras y operadoras de redes de telecomunicaciones (será mayorista).

Tendrá una cobertura del 98% de la población.

Inversión aproximada de 10,000 millones de dólares para los próximos diez años, a través de una Asociación Público Privada (APP).

Estará operando antes de que termine el año 2018.

Disminuirá barreras de entrada en el mercado de banda ancha móvil.

RED COMPARTIDA: CARACTERÍSTICAS

ACTIVIDAD INICIA TERMINA

Pruebas de campo A efecto de poner a prueba el estándar LTE en la banda de frecuencias de 700 MHz

Agosto 2014 Enero 2015

Diseño de Política Regulatoria (IFT) Comprende el análisis y elaboración de obligaciones que se impondrán al operador mayorista Junio 2014 Febrero 2015

Promoción y licitación de la Red Compartida Contempla las acciones necesarias para generar y comunicar la documentación del concurso y promover la participación en el mismo Diciembre 2014 Agosto 2015

RED COMPARTIDA: RUTA CRÍTICA

Definición del modelo y uso de la

banda de 700 MHz

Convenio Marco de Colaboración

y convenios específicos SCT-IFT

Pruebas de campo

Promoción Internacional del

Proyecto

Preparación de la Licitación

• IFT/SCT/SHCP • Integración al paquete económico para 2015

• Formalización el 9 de octubre de 2014 • Calendarios de trabajo

• En proceso de adecuación de sitios y despliegue de infraestructura de telecomunicaciones

• En proceso formulación de estudios

• Promoción para atraer inversionistas, operadores

y fabricantes

Grupo de coordinación para

instrumentar la política

inmobiliaria de la APF

• Primera reunión del grupo de trabajo 16 de octubre

• Definición de lineamientos

RED COMPARTIDA: ESTATUS

Política Inmobiliaria en Materia de Telecomunicaciones

DÉCIMO SÉPTIMO. En el marco del Sistema Nacional de Planeación

Democrática, el Ejecutivo Federal incluirá en el Plan Nacional de

Desarrollo y en los programas sectoriales, institucionales y especiales

conducentes las siguientes acciones: (…)

I. Un estudio pormenorizado que identifique el mayor número

posible de sitios públicos federales, ductos, postería y derechos

de vía que deberán ser puestos a disposición de los operadores de

telecomunicaciones y radiodifusión para agilizar el despliegue de

sus redes. El programa deberá incluir la contraprestación que los

concesionarios deberán pagar por el aprovechamiento

correspondiente, bajo principios de acceso no discriminatorio y

precios que promuevan el cumplimiento del derecho a que se refiere

el artículo 6o., párrafo tercero, de la Constitución, siempre y cuando

el concesionario ofrezca las mismas condiciones en el acceso a su

propia infraestructura. (…)

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

(publicada en el DOF el 14 de julio del 2014)

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

LXVII. Sitio público: Para efectos de esta Ley y siempre que se encuentren a cargo de

dependencias o entidades federales, estatales o municipales o bajo programas públicos

de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, se consideran como tal a:

a) Escuelas, universidades y, en general, inmuebles destinados a la educación;

b) Clínicas, hospitales, centros de salud y, en general, inmuebles para la atención de la

salud;

c) Oficinas de los distintos órdenes de gobierno;

d) Centros comunitarios;

e) Espacios abiertos tales como plazas, parques, centros deportivos y áreas públicas de uso

común para la población en general, cuya construcción o conservación está a cargo de

autoridades federales, estatales, municipales o del Distrito Federal;

f) Aquellos que participen en un programa público, y

g) Los demás que se consideren sitios públicos de acuerdo a la legislación vigente;

Artículo 147. El Ejecutivo Federal, a través del INDAABIN, establecerá las condiciones técnicas, económicas, de seguridad y operación que posibiliten que los inmuebles de la Administración Pública Federal; los derechos de vía de las vías generales de comunicación; la infraestructura asociada a estaciones de radiodifusión, las torres de transmisión eléctrica y de radiocomunicación; las posterías en que estén instalados cableados de distribución eléctrica; así como los postes y ductos, entre otros, estén disponibles para el uso y aprovechamiento de todos los concesionarios sobre bases no discriminatorias y bajo contraprestaciones que establezcan las autoridades competentes en cada caso. Las dependencias administradoras y las entidades procurarán que los bienes a que se refiere este artículo, cuando las condiciones técnicas, de seguridad y operación lo permitan, se destinen a promover el desarrollo y la competencia en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, de acuerdo a los objetivos de la presente Ley. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, emitirá recomendaciones a los gobiernos estatales, al Gobierno del Distrito Federal y gobiernos municipales, para el desarrollo de infraestructura, obra pública, desarrollo territorial y bienes inmuebles, que fomenten la competencia, libre concurrencia y cobertura del servicio de telecomunicaciones. En particular, el Ejecutivo Federal promoverá activamente, dentro de sus potestades legales, el uso de los bienes a los que hace referencia este capítulo para el despliegue de redes de telecomunicaciones. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo que antecede, la Secretaría se coordinará con las dependencias o entidades administradoras de inmuebles, el INDAABIN, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Energía, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a fin de establecer las bases y lineamientos para instrumentar la política inmobiliaria que permita el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones.

Artículo 187. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, del Distrito Federal, estatal y municipal, organismos constitucionales autónomos, universidades y centros de investigación públicos, proporcionarán a la Secretaría y al Instituto la información de sitios públicos en términos de la Sección II del presente Título y de la infraestructura pasiva con que cuenten, para su inscripción en el Sistema Nacional de Información de Infraestructura de Telecomunicaciones, en los términos y plazos que determine el Instituto. Para el caso que utilicen sitios de terceros, en los contratos correspondientes deberán establecer mecanismos que aseguren la entrega a la Secretaría y al Instituto de la información relativa a dichos sitios de conformidad con lo establecido en la presente Ley y en los lineamientos que al efecto emita el Instituto.

Reforma Constitucional

Identificar sitios públicos y ponerlos a disposición

de los concesionarios

SCT

LFTyR

Bases y lineamientos para instrumentar la política inmobiliaria

Administradoras de Inmuebles + SENER y

SHCP

LFTyR

Destinar sitios públicos para despliegue de

infraestructura y proporcionar a la

Secretaría y al IFT la información de sitios

públicos

APF

Obligaciones en Materia Inmobiliaria

Espectro

(Derechos con descuento por

carga regulatoria)

Infraestructura Pasiva

(sitios públicos / inmuebles Federales)

Inversión Privada /

infraestructura activa

Diseño, despliegue, operación y

comercialización

Aportación Pública

Aportación Privada A

soci

ació

n P

úb

lico

P

riva

da

10 mil millones de dólares en los próximos 10 años

El modelo no contempla subsidio público (PEF)

RED COMPARTIDA: INVERSIÓN

Mecanismos

Grupo de Coordinacionen

la APF

Mesa de Trabajo Estados

y Municipios

Establecer las bases, lineamientos y

Recomendaciones para instrumentar la política

inmobiliaria que permita el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones

Bases y lineamientos

Recomendaciones

Participantes

Entidades y Dependencias APF

Entidades Federativas

Selección de Ayuntamientos

SCT (Secretaría Técnica) SFP-INDAABIN SEMARNAT SEDATU SHCP SENER (PEMEX, SCT) SEP SEGOB (CNS) SS (IMSS-ISSTE)

Secretarios de Administración y Responsables Inmobiliarios Síndicos Municipales

Obligatorio y Vinculante

Colaboración No Vinculante

BENEFICIOS

1. MÁS COMPETENCIA:

MENORES PRECIOS PARA LOS USUARIOS

• BANDA ANCHA • SERVICIOS MÓVILES (VOZ Y DATOS) • CALIDAD EN LOS SERVICIOS • INVERSIÓN

2. MÁS COBERTURA:

• LOCALIDADES • INTERNET • TELEFONÍA MÓVIL • FIBRA ÓPTICA • REDES

3. MÁS DESARROLLO SOCIAL:

• CALIDAD DE VIDA • INCLUSIÓN • CERCANÍA CON CIUDADANOS • COMUNICACIÓN • REDES SOCIALES • DIFUSIÓN • DEMOCRACIA • INFORMACIÓN

4. MÁS DESARROLLO ECONÓMICO:

• EMPLEO • PRODUCTIVIDAD • EXPORTACIÓN • RECAUDACIÓN • CRECIMIENTO • IMPULSO A PYMES

5. INFRAESTRUCTURA:

Creación de empleo

Desarrollo Social Más acceso a

internet

Inversión en infraestructura

Desarrollo económico

Ingreso

familiar

Bienestar

May

or

cob

ertu

ra