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8/10/2019 Reforma Del Aparato Judicial German Guerrero
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PREGUNTAS A RESPONDER PARA EL TRABAJO ACADEMICO
NIVERSIDAD A LAS PER ANAS
DIRECCIN NIVERSITARIA DE
ED CACIN A DISTANCIA
UDED : TacnaAsignatura : Reforma del
Aparato Judicial
Docente : Mg. Luis Vsque!osta
Alumno : "ermn "uerreroTafur
!#digo del alumno : $%%& $%'('(
!iclo : )**
TA!+A , MAR- , $%/0
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1. (5P) Despus de un estudio analtico del concepto de Derecho Judicial de
nuestro pas indique usted en qu consiste el Sistema de Administracin de
Justicia del Poder Judicial que contempla el Estado peruano ! comp"relo con
la de otro pas latinoamericano o de Europa continental que pertene#can a la
tradicin romano $ %erm"nica.
SISTEMA DE JUSTICIA DELPER
SISTEMA DE JUSTICIA DECHILE
Sobre el sistema de justicia de
nuestro pas, se puede manifestarque; lo comprender el PoderJudicial y una serie deinstituciones que, al mismo,
tiempo, coadyuvan, para que lajusticia se materialice, como es elcaso del Ministerio Publico. Peroen este caso solo nos avocaremosrespecto del Poder Judicial.
El Judicial, junto con el Leislativo
y el Ejecutivo, es uno de los trespoderes cl!sicos del Estado liberalmoderno. "esde el inicio de la erarepublicana, #a e$istido en el Per%
un Poder Judicial concebido comoindependiente de los otrospoderes del Estado, al que seencomienda la potestad jurisdiccional. &s lo consar' laprimera (onstituci'n peruana, lade )*+ -artculos / y siuientes0, y #a sido reiterado porlas posteriores cartas
fundamentales del pas. En el marco del Estado
constitucional y democr!tico de"erec#o, el Poder Judicialdesempe1a un papel de ranimportancia, ya que su concursoaseura la efectividad de losderec#os de las personas, ascomo el control del ejercicio delpoder. Mediante la soluci'n de losconflictos o litiios, en aplicaci'n
El sistema de justicia de nuestro
pas vecino de (#ile, lo dirie elPoder Judicial de ese pas, queest! constituido por los tribunales,aut'nomos e independientes,
establecidos por la ley, a loscuales les corresponde el conocimiento de todos los asuntosque sea su naturale2a o calidad delas personas que en ellosintervenan -sin perjuicio de lase$cepciones constitucionales oleales0.
Estos tribunales coleiados
funcionan, por rela eneral, en
salas -interados por un mnimode jueces0 y e$cepcionalmenteen pleno -con la concurrencia dela mayora absoluta, a lo menos,de los miembros de la (orte0.(ada sala es presidida por elministro m!s antiuo, cuando noest3 presente el Presidente de la(orte. El territorio jurisdiccional de
cada una de las (ortes de&pelaciones es, normalmente, unarei'n o una arupaci'n deprovincias.
Son superiores jer!rquicos de los
Ju2ados de Letras, Ju2ados de4aranta, 5ribunales de Juicio 6ralen lo Penal, Ju2ados de 7amilia,Ju2ados de Letras del 5rabajo,Ju2ados de (obran2a Laboral yPrevisional y Ju2ados de Polica
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o tienen inter3s en determinadosasuntos -fuero personal0.
Para el cumplimiento de sus
tareas, el Poder Judicial se
orani2a en un cuerpo jer!rquico yse rie por los principios de unidady e$clusividad. La e$istencia dejerarqua no sinifica que quienesocupan los pelda1os superioresde la escala judicial puedan dar'rdenes a quienes est!n enposici'n 9inferior: -3stos no sonsus subordinados0, ya que elloimportara una vulneraci'n de la
independencia que debecaracteri2ar a todo jue2 y tribunal,cualquiera sea su rado. El criteriojer!rquico se justifica %nicamenteen ra2'n de permitir la revisi'n delas decisiones jurisdiccionales por'ranos distintos -normalmentecoleiados0, como una arantab!sica de los sujetos del litiio.
&simismo, o2an de la &cademia
Judicial, creada en )
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tercio del poder con relacin a los otros dos poderes del Estado. Pon%a + (tres)
e,emplos que demuestren como la independencia ,udicial se -e sometida a los
dem"s poderes del Estado peruano.
omo se sa/e el Estado es la nacin or%ani#ada polticamente. 0a sociedad
que llamamos Estado se distin%uen de los dem"s a%re%ados humanos como
una unidad de seres que -i-en ! actan en comn para la satisaccin de
necesidades que son de naturale#a poltica econmica reli%in ,urdica etc.
El Estado es la persona moral de la 2acin. En el Estado el %o/ierno lo orman
el con,unto de autoridades que tienen unciones directas representati-as
propiamente consideradas encaminadas especialmente a la creacin de
aquellas condiciones dentro de las cuales pueden desen-ol-erse los
ha/itantes ! o/tener la m"3ima satisaccin en sus aspiraciones.
0os elementos que son esenciales para la e3istencia del Estado son4
1. Poblacin4 es un %rupo considera/le de seres humanos.&. Territorio4 es un "rea deinida so/re la supericie de la tierra en la cual
reside permanente la po/lacin.+. Gobierno4 es una or%ani#acin poltica a tra-s de la cual la -oluntad o la
le! del Estado es e3presada ! administrada.. Soberana4 es la supremaca del Estado so/re todos los indi-iduos !
asociaciones dentro del l ! la independencia ,urdica del Estado de todo
dominio poltico e3terno.
En cuanto a la deinicin de que el Poder Judicial representa un tercio del
Poder 6eneral del Estado. 0a airmacin es correcta dado que como
sa/emos nuestro pas %o#a de un Poder desconcentrado ! di-idido en tres
partes. 7na de esas partes lo conorma el Poder Judicial (de ah la airmacin
hecha en la pre%unta). 8 esto las modernas constituciones li/erales destacan
esta caracterstica dado que el Poder Judicial sir-e de contrapeso para que
los dem"s poderes ten%an un ente que de al%n modo pueda rei-indicar la
,usticia que a -eces con las decisiones polticas que se adoptan merman los
derechos de la ciudadana.
+. (+P) E3plique ! se9ale :u"les son los requisitos contemplados para el
nom/ramiento; ! :u"les son los requisitos estipulados para la ratiicacin de
los 'a%istrados en el Per de acuerdo a todas ! cada una de las respecti-as
instancias ,udiciales que e3isten en el Per; indicando al mismo tiempo
:u"les seran cada uno de los requisitos especicos para dicho
nom/ramiento de acuerdo a lo contemplado en la actual 0e!
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Son requisitos comunes para ser 'a%istrado4
Artculo 1==.> ?equisitos comunes para ser 'a%istrado
1. Ser peruano de nacimiento@&. Ser ciudadano en e,ercicio ! estar en pleno %oce de sus derechos ci-iles@+. ener ttulo de A/o%ado e3pedido o re-alidado conorme a le! sal-o el caso
de los Jueces de Pa#@. ener conducta intacha/le@5. 2o ser cie%o sordo o mudo ni adolecer de enermedad mental o
incapacidad sica permanente que le impida e,ercer el car%o con la
dili%encia necesaria@B. 2o ha/er sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso comn@=. 2o encontrarse en estado de quie/ra culposa o raudulenta@
C. 2o ha/er sido destituido de la arrera Judicial o del 'inisterio P/lico o de
la Administracin P/lica o de empresas estatales por medida disciplinaria
ni de la acti-idad pri-ada por causa o alta %ra-e la/oral@. ener el %rado de especialista en Administracin de Justicia especialidad
,udicial otor%ada por la Academia de Altos Estudios en Administracin de
Justicia ! en cada caso ha/er cursado estudios de se%unda ! ulterior
especiali#acin@ !1. 2o tener nin%una de las otras incompati/ilidades se9aladas por le!.
RATI"ICACION DE MAGISTRADOS
En %eneral lo concerniente a este proceso de ratiicacin se encuentra re%ulado
por el ?e%lamento del Proceso de E-aluacin Fnte%ral ! ?atiicacin de Jueces
del Poder Judicial ! Giscales del 'inisterio P/lico apro/ado por ?esolucin
del onse,o 2acional de la 'a%istratura 2H B+5>&>2' de echa 1+ de
no-iem/re de &.
Asimismo en el proceso de ratiicacin el onse,o e-ala al%unas
%eneralidades como las si%uientes4
0a produccin ,urisdiccional
0a calidad de resoluciones
0os mritos
la capacitacin
los inormes de los cole%ios ! asociaciones de a/o%ados etc.
Adem"s en cada caso se de/e conceder una entre-ista personal ! moti-ar en
cada proceso de ratiicacin su decisin de ratiicar o no ratiicar al ma%istrado
o a la ma%istrada. Es preciso se9alar que la decisin de separar o no separardel car%o a tra-s del denominado proceso de ratiicacin /usca de,ar en la
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uncin de administrar ,usticia a quienes han demostrado un dili%ente !
adecuado desempe9o en sus unciones ! as %aranti#ar un /uen ser-icio a los
ciudadanos ! las ciudadanas. 2o es pues una sancin disciplinaria por al%una
inconducta uncional.
8 se%n disposicin e3presa de la onstitucin los ma%istrados no ratiicados
no pueden re%resar al Poder Judicial.
. (&P) Ela/ore un or%ani%rama o esquema reerente a la nstancia cuyacompetencia es,apro$imadamente, provincial.Lueo, se encuentran los Ju2adosde Pa2 Letrados, con competenciadistrital. B finalmente los Ju2adosde Pa2 -no letrados0, encaradosde resolver asuntos judiciales
sencillos. Los Ju2ados de Pa2 Letrados son
El Poder Judicial de Colivia u
Drano Judicial est! constituidopor cuatro oranismosfundamentales, conforme a laueva (onstituci'n Poltica delestado de +FF El 5ribunalSupremo de Justicia, el 5ribunal(onstitucional Plurinacional, el
(onsejo de la Maistratura y el5ribunal &roambiental.
Lueo de las revisiones en la
(onstituci'n y las leyessubsecuentes, el obierno #ainiciado una proresiva reforma eneste Poder del Estado, con el finde lorar mejoras en ciertosaspectos de la poltica boliviana.
La (orte Suprema de Justicia es
el m!s alto tribunal de justicia delEstado en materia ordinaria,contenciosa y contenciosoAadministrativa. Se compone de unpresidente y once ministrosdistribuidos en cuatro salas dossalas civiles, un penal y una salade social, de minera y administrativa. La (orte tiene su
sede en Sucre. (onforme anormas constitucionales, los
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Superiores.La m!$ima instancia judicial en el
Per% es la (orte Suprema. Es la%ltima instancia ante la cual se puedenapelar las sentencias de todos los
procesos judiciales provenientes decualquier (orte Superior de Justiciadel pas. Cajo su jurisdicci'n seencuentra todo el territorio de la@ep%blica y su sede es Lima, lacapital del Per%. La (orte Supremaest! conformada por ?ocalesSupremos, quienes interan las SalasSupremas Especiali2adas.
de Justicia y est! interado porcuatro miembros denominados(onsejeros de la Judicatura,desinados por el (onreso
acional. "uran en sus caros unperodo de )F a1osimprorroables.
Sus principales atribuciones son
proponer al (onreso acional-Poder Leislativo0 n'minas parala desinaci'n de los Ministros dela (orte Suprema y a otros'ranos competentes, ladesinaci'n de vocales de las
cortes superiores, jueces notariosy restradores de derec#os reales;administrar el Escalaf'n Judicial yelaborar el presupuesto anual delPoder Judicial.
5. (+P) De los requisitos para ser Jue# que e3isten en la actual 0e! de la
arrera Judicial indique ! e3plique usted desde su propia ptica ! percepcin
:cu"les serian otros requisitos adicionales que ser-iran para permitir una
me,or e-aluacin para poder postular de manera adecuada como un candidatoidneo para cu/rir una pla#a de ,ue# o ma%istrado en el Poder Judicial se%n
sea este de Primera de Se%unda instancia;
El car%o de Jue# es un car%o honorario con responsa/ilidades ! o/li%aciones
pues los Jueces mediante sus decisiones est"n destinados a encau#ar la
crian#a de los perros procurando siempre un ni-el superior.
0a correcta eleccin del postulante a Jue# es undamental ! /"sicamente por lo
que la eleccin de/e recaer so/re personas que adem"s de poseer
conocimientos tcnicos tericos ! pr"cticos de/er"n tener las aristas de
personalidad car"cter ! socia/ilidad necesarias con cierta madure# en las que
pre-ale#can el /uen criterio sensate# ecuanimidad honrade# rectitud !
especialmente un car"cter irme ! se%uro.
B. (+P) Se9ale usted las dierentes clases o tipos de Jueces o 'a%istrados que
actualmente e3isten en el Poder Judicial se%n lo se9alado en la 0e! de la
arrera Judicial ! e3plique cada uno de dichas clases o tipos consi%nando un
e,emplo para cada una de dichas clases o tipos. Al mismo tiempo precise usted
desde su ptica le%al4 si se de/era implantar o no el sistema de ,urados en losdierentes procesos ,udiciales se%n su di-ersa naturale#a o especialidad que
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son tramitados en los dierentes Ju#%ados ! Salas de los distintos Distritos
Judiciales de nuestro pas para %aranti#ar con ello una correcta Administracin
de Justicia en el Per.
El Artculo 2I + de la 0e! 2H &&== 0e! de la arrera Judicial esta/lece
literalmente los dierentes ni-eles de desempe9o del car%o de Jueces o
'a%istrados que actualmente e3isten en el Poder Judicial.
Artculo +.> 2i-eles ! sistema de acceso a la carrera@ 0a carrera ,udicial se
or%ani#a en los si%uientes ni-eles4
1. Jueces de Pa# 0etrados@
&. Jueces Especiali#ados o 'i3tos@
+. Jueces Superiores@ !
. Jueces Supremos.
El acceso al primer ! cuarto ni-el de la carrera ,udicial Jueces de Pa# 0etrados
! Jueces Supremos es a/ierto.
En el se%undo ! tercer ni-el Jueces Especiali#ados o 'i3tos ! Jueces
Superiores el acceso es a/ierto con reser-a del treinta por ciento (+) de
pla#as para los ,ueces que pertenecen a la carrera quienes acceden por
ascenso.
En nin%n caso los ,ueces de carrera pueden ser impedidos de postular en
i%ualdad de condiciones en el proceso de seleccin para las pla#as del
porcenta,e a/ierto.
Asimismo desde otro punto de -ista el tulo FK (Jueces itulares Jueces
Pro-isionales Jueces Supernumerarios ! andidatos en ?eser-a) en el
Artculo 2I B5 de la misma 0e! esta/lece las si%uientes clases o tipos4
1 Jueces itulares.
& Jueces Pro-isionales.
+ Jueces Supernumerarios.
andidatos en ?eser-a.
0os Jueces itulares son aquellos a los que se nom/ra de manera permanente
para el e,ercicio de la uncin ,urisdiccional en el ni-el que corresponde.
E,emplo el Jue# Presidente de la orte Suprema de Justicia del Per.
0os Jueces Pro-isionales ocupan en caso de -acancia licencia o impedimento
el ni-el superior inmediato -acante. E,emplo si el Presidente de la orteSuperior de Justicia de acna sale de licencia ser" reempla#ado por un Jue#
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Superior de la propia sala ! este a su -e# ser" suplido pro-isionalmente por un
,ue# de sala especiali#ada o mi3ta.
Jueces Supernumerarios aquellos que no ha/iendo o/tenido la pla#a de Jue#
itular aceptan incorporarse al re%istro de Jueces Supernumerarios en su ni-el
siempre ! cuando se encuentren en el cuadro de aptos ela/orado por el
onse,o 2acional de la 'a%istratura a eectos de cu/rir pla#as -acantes
conorme al artculo &+ de la 0e!
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del ,urado podr"n tener conocimientos de derecho o no (?emisin a los
distintos sistemas de composicin de Jurados). El nom/re o la desi%nacin de
la pala/ra ,urado* deri-a en el hecho del ,uramento que presta cada uno de los
uturos inte%rantes de esta institucin para desempe9ar el rol para el cual
ueron electos. < sea e-aluar"n los hechos lle-ados a la sala del tri/unal de
acuerdo a su sana crtica ! ,u#%ar"n si el imputado es culpa/le o no culpa/le
en su -eredicto.
En otras pala/ras se podra decir que el principio de la ma!ora /"sico para el
concepto de democracia an no ha calado lo suiciente en la estructura actual
del poder ,udicial. Si /ien es inidneo decir que el ,urado traduce esa
representati-idad esta institucin que est" conormada por uncionarios
p/licos ocasionales o accidentales (!a que no %o#an de un car%o p/lico
permanente) se puede sostener que los ,urados representan la participacin !
la responsa/ilidad de personas comunes que hacen a un Estado democr"ticolo cual ase%ura la proundi#acin de este sistema ! redo/la su apuesta por un
Estado onstitucional de Derecho.
El ,urado polticamente no es otra cosa que la e3i%encia para los uncionarios
permanentes que tienen en sus manos la decisin de aplicar la pena >m"3ima
herramienta de coaccin estatal> para lo%rar la aquiescencia de un nmero de
ciudadanos mnimo que sim/oli#a de la me,or manera posi/le la opinin
popular en una sociedad polticamente de masas. En todo caso esto constitu!e
un reno poltico para la ar/itrariedad de uncionarios p/licos permanentes quetienen el monopolio de la aplicacin del poder coacti-o estatal en sus manos.
Dada las rese9as acotadas se podra concluir que eecti-amente para
democrati#ar la ,usticia seria con-eniente que en nuestro pas se aplique este
sistema de ,urados para de al%n modo controlar la ,usticia en manos de la
ciudadana.
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