24

Reforma en Chiapas

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Para Operadores

Citation preview

Page 1: Reforma en Chiapas
Page 2: Reforma en Chiapas

Sumario

3

5

7

8

10

11

12

14

15

22

17

Introducción

Acusado

Policía Preventiva

Policía Investigadora

Ministerio Público

Defensor

Juez de Control

Jueces

A 100 días:La Implementación ¡al día!

Percepción ciudadana sobre la Reforma

Registro costo beneficio

Page 3: Reforma en Chiapas

3

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

Toda persona se considera inocente hasta que se demuestre su culpabilidad en la participación de un delito. A partir de la Reforma, no se po-

drá imponer una pena o una medida de seguridad sin que se haya realizado una acción u omisión califica-da como delictiva en una ley vigente en el momento de su comisión. La pena o medida de seguridad im-puesta deberá estar establecida en la ley. Se califica como autores del delito a quienes tienen el dominio del hecho y como partícipes del delito a aquellos que, sin tener el dominio del hecho, inter-vienen en el mismo, deliberadamente induciendo o auxiliando al autor. Dicho esto, se inicia una investigación que abarca desde la presentación de la denuncia, querella o equivalente hecha por la víctima u ofendido, hasta el ejercicio de la acción penal ante los tribunales. Se le denomina víctima a aquella persona que haya sufrido directamente un daño con motivo de la comi-sión de un delito. Sin embargo, para los efectos de la Reforma, se le denominará OFENDIDO al titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la ac-ción u omisión prevista en la ley penal como delito.

En el Sistema Acusatorio, la víctima y los ofendidos tienen los siguientes derechos:

• Intervenir en el proceso, conforme se establece en el Código de Procedimientos Penales.

• Ser informado de las resoluciones que finalicen el proceso y escuchada antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que exista noticia de su domicilio, para lo cual será citada a la audiencia correspon-diente.

• Si está presente en la audiencia, podrá tomar la palabra después de los informes finales y antes de concederle la palabra final al acusado.

• Si por su edad, condición física o psíquica, se le difi-culta gravemente su comparecencia ante cualquier autoridad del proceso penal, se permitirá que sea in-terrogada o a participar para lo que fue citada en su domicilio, siempre y cuando requiera esta dispensa

ella misma o un tercero, con anticipación.• Recibir asesoría jurídica, atención médica, psico-

lógica y protección especial de su integridad física o psíquica, con inclusión de su familia inmediata, cuando reciba amenazas o corra peligro debido al papel que cumple en el proceso penal.

• Apelar la suspensión condicional del proceso, el sobreseimiento o la absolución, aun cuando no haya intervenido en el proceso como acusador coadyuvante.

• Presentar o revocar la querella en delitos de ac-ción pública perseguibles a instancia privada.

• Presentar la acusación particular conforme a las formalidades establecidas en este Código.

• Tener acceso a los registros y a obtener copia de los mismos, salvo las excepciones indicadas por la ley.

• A que el Ministerio Público le reciba todos los da-tos o medios de prueba con los que cuente.

• Solicitar la reapertura de la investigación cuando se haya decretado la suspensión.

• No ser objeto de información por los medios de comunicación o presentada ante la comunidad sin su consentimiento, en resguardo de su identidad y otros datos personales cuando sean menores de edad, si se trata de delitos de violación y secues-tro y cuando el juez determine que sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.

• Participar en los mecanismos alternativos de solu-ción de controversias que, para facilitar acuerdos reparatorios y justicia restaurativa.

• Que se ordene la reparación del daño a través de las resoluciones que ponen fin al proceso y en los procedimientos en que se procure la solución del conflicto.

• Instar a su constitución como actora civil, y solici-tar la presencia del imputado y/o el tercero civil-mente responsable como demandados civiles.

• Los demás que en su favor establezcan las leyes. La víctima y los ofendidos serán informados sobre sus derechos, cuando realicen la denuncia o en su primera intervención en el proceso.

Introducción

Page 4: Reforma en Chiapas

4

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

Continua en la pagina 21

Page 5: Reforma en Chiapas

5

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

Se denominará Acusado o Imputado a quien sea señalado por el Ministerio Público como posible autor de un hecho punible o partícipe en él y se

haya ordenado, a su vez, auto de vinculación a proceso.

La policía, el Ministerio Público y los jueces, según co-rresponda, harán saber al acusado, de manera inmedia-ta y comprensible desde el primer momento, que tiene los siguientes derechos:

• Conocer los hechos que se le imputan, los derechos que le asisten y, en su caso, el motivo de su priva-ción de libertad, así como el servidor público que la ordenó, exhibiéndole, según corresponda, la orden emitida en su contra.

• Tener una comunicación inmediata y efectiva con la persona, asociación, agrupación o entidad a la que desee comunicar su captura.

• Ser asistido, desde el momento de su detención, por el abogado defensor que designe él, sus parientes o la agrupación a la que se comunicó su captura y, en defecto de éste, por un abogado defensor público, así como a reunirse con su defensor en estricta con-fidencialidad.

• Que se le reciban los testigos y demás datos y me-

dios de prueba pertinentes que ofrezca, concedién-dole el tiempo que la ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite.

• Ser asistido gratuitamente por un traductor o intérpre-te si no comprende o no habla el idioma español.

• Presentarse o ser presentado al Ministerio Público o al juez, para ser informado y enterarse de los he-chos que se le imputan.

• Bajo conocimiento de que lo que diga puede ser usado en su contra y de que tiene derecho a guar-dar silencio, podrá tomar la decisión de declarar o abstenerse de hacerlo con asistencia de su defen-sor, y a entrevistarse previamente con éste y a que él mismo esté presente en el momento de rendir su declaración y en todos los demás actos en que se requiera su presencia.

• No ser sometido a técnicas ni métodos que induz-can o alteren su libre voluntad o atenten contra su dignidad.

• Tener acceso a los registros de la investigación, aun cuando se encuentre detenido y cuando pretenda recibírsele declaración o entrevistarlo y consultar

Acusado

Page 6: Reforma en Chiapas

6

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

dichos registros, con la oportunidad debida para preparar su defensa.

• Ser informado y a que se le facilite participar, libre y voluntariamente en los mecanismos alternativos de solución de controversias cuando el delito que se le atribuye lo permita.

• Proponer o que se admita, en razón de su pro-puesta, el procedimiento abreviado, cuando di-cho procedimiento beneficie sus intereses y de-rechos procesales.

• No ser presentado ante los medios de comunica-ción o ante la comunidad en forma que dañe su re-putación, dignidad o lo exponga a peligro a él o a su familia.

• No se utilicen, en su contra, medios que impidan su libre movimiento en el lugar y durante la realización de un acto procesal, sin perjuicio de las medidas de vigilancia que, en casos especiales, estime ordenar el tribunal o el Ministerio Público.

El imputado deberá suministrar los datos que permitan su identificación personal y mostrar su documento de identidad.

Si no los provee o se considera necesario, se solicitará constancia a las autoridades correspondientes, sin per-juicio de que una oficina técnica practique su identifi-cación física utilizando sus datos personales, impresio-nes digitales y señas particulares.

También podrá recurrirse a la identificación por testi-gos en la forma prescrita para los reconocimientos, o a otros medios que se consideren útiles. La duda sobre los datos obtenidos no alterará el curso del proceso y los errores referentes a ellos podrán corregirse en cualquier oportunidad, aun durante la ejecución penal. Estas medidas podrán aplicarse aun en contra de la vo-luntad del imputado.

También deberá indicar su domicilio y se tendrá que comprobar que el dato sea verídico.

Page 7: Reforma en Chiapas

7

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

Policía preventiva

El artículo 21 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, otorga facultades fortaleci-das a las Policías para actuar, en coordinación con

el Ministerio Público, en la investigación de los delitos, al indicar: “la investigación de los delitos, corresponde al Ministerio Público y a las Policías”. En este sentido, corresponde a la policía preventiva, que por lo general es la primera autoridad que conoce de la comisión de un hecho delictivo, las siguientes funciones:

• Recibir denuncias de hechos probablemente consti-tutivos de delito. Anteriormente, solo el Ministerio Pú-blico, podía recibir las denuncias o querellas de posibles hechos delictivos, esto hacia que muy pocos asuntos se investigaran de manera rápida y oportuna. Al conocer de manera inmediata el policía preventivo, comienza el proceso de investigación con la realización de las dili-gencias urgentes.

• Proteger a la víctima. Una de las funciones fundamen-tales del Policía Preventivo, es estar en permanente contacto con la ciudadanía, con la finalidad de ayudarla y auxiliarla en todo lo que requiera. Para el caso de una persona que es víctima de un delito, el Policía Preven-tivo, debe actuar de inmediato a fin de proteger su in-tegridad tanto física como emocional y canalizarla a las instancias de apoyo correspondientes.

• Evitar que los hechos lleguen a consecuencias ulte-riores. Una de las razones, por las cuales El Policía Pre-ventivo, debe actuar en el Nuevo Sistema Acusatorio, de manera inmediata, aparte de para proteger a la víc-tima, es para realizar acciones tendientes a evitar que la conducta delictiva, continúe causando mas agravio a la víctima y a la sociedad. Deberá actuar utilizando las nuevas técnicas de la función policial y en su caso un uso legítimo y racional de la fuerza.

• Detener al probable responsable en caso de delito flagrante. El Policía Preventivo, en caso de sorpren-der a una persona cometiendo un hecho delictivo, podrá detenerlo y ponerlo en inmediata disposición al Ministerio Público.

• Ubicar y entrevistar a los testigos de los hechos. Labor importante para el Policía Preventivo, al ser la primera autoridad en conocer de un posible delito, es ubicar a testigos presenciales de los hechos y proceder a reca-bar sus testimonios en un acta de entrevista, la cual le servirá al Ministerio Público y a la Policía Investigador a para perfeccionar el caso.

• Preservar y proteger el lugar de los hechos. Fun-ción fundamental en el Sistema Acusatorio, que de un buen trabajo de preservación del lugar en donde

Page 8: Reforma en Chiapas

8

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

se cometió el delito, depende el éxito o fracaso de la investigación, ya que si el lugar no se protege co-rrectamente, se pueden destruir los indicios que se encuentren en él, o contaminar, y no servirían como evidencias en un juicio oral.

Una vez realizadas estas funciones urgentes, el policía preventivo debe dar cuenta de todo lo que realizó y de

De conformidad con el artículo 21 de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, se otorgan facultades fortalecidas a las Policías

para actuar en coordinación con el Ministerio Público en la investigación de los delitos, al indicar: “la in-vestigación de los delitos, corresponde al Ministerio Público y a las Policías”.

Corresponde a la policía investigadora:

• Recibir denuncias de hechos probablemente cons-titutivos de delito. Anteriormente, el Ministerio Pú-

lo que se percató a la Policía Investigadora que conozca del asunto y al Ministerio Público.

Si el asunto llega hasta el Juicio Oral, el policía preven-tivo será llamado para el desahogo de su testimonio como prueba; para que narre en presencia del tribunal de juicio oral y de las partes, todo lo que vio y coordinó en el lugar de los hechos.

blico era el único que podía recibir las denuncias o querellas de posibles hechos delictivos, esto hacía que muy pocos asuntos se investigaran de manera rápida y oportuna.

• Coordinar en campo, la investigación de hechos probablemente delictivos. La Policía Investigadora, se transforma en la instancia que llevará los avances técnicos de la investigación y el Ministerio Público, coordinará el aspecto jurídico de la misma.

• Supervisar y dirigir el procesamiento del lugar de

Policía Investigadora

Page 9: Reforma en Chiapas

9

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

los hechos, desde su preservación, fijación, ubica-ción y recolección de indicios, así como su embala-je. Función fundamental en el Sistema Acusatorio, que de un buen trabajo en el del lugar en donde se cometió el delito, depende el éxito o fracaso de la investigación, ya que si el lugar no se protege co-rrectamente y no se procesa de manera adecuada, se pueden destruir los indicios que se encuentren en él, o contaminar y no servirían como evidencias en un juicio oral.

• Coordinar a los peritos que intervengan en la esce-na del delito. Todo lo que se haga o deje de hacer en la escena del delito, será responsabilidad inmediata del Policía Investigador a cargo del asunto y reper-cutirá en el actuar del Ministerio Público. Desde el método o técnica para el rastreo de indicios, hasta la implementación de la cadena de custodia de los mismos, el llenado de las actas y los pedimentos de dictámenes a los peritos, todas esas diligencias que antes coordinaba el Ministerio Público, hoy le corres-ponde a la Policía Investigadora.

• Implementar la Cadena de Custodia para preservar la evidencia. Si el Policía Investigador no sigue pun-tualmente el procedimiento sistemático de opera-ción para implementar correctamente el manejo de las indicios, se pierde la sustancia de la investigación y no se podrá lograr el esclarecimiento de los hechos.

El Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, con-templa la división de funciones y la tarea de la Poli-cía Investigadora, que es la de investigar en campo de manera profesional, técnica y científica, ya sea por iniciativa propia o por orden del fiscal.

El Policía Investigador debe trabajar en una estrecha coordinación con el Ministerio Público (Fiscal) y los Peritos.

Si el asunto que trabajó, llega a la etapa de Juicio Oral, será testigo fundamental del Ministerio Público (Fiscal) para sustentar la teoría del caso de la parte acusadora.

Page 10: Reforma en Chiapas

10

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

De acuerdo al artículo 21 de la Constitución Polí-tica de los Estados Unidos Mexicanos, el Minis-terio Público tiene a su cargo la investigación

de los delitos (en coordinación con las policías) y el ejercicio de la acción penal. Liderea jurídicamente la trilogía investigadora y tiene en su carácter de órga-no acusador la carga de la prueba.El nuevo actuar del Ministerio Público (Fiscal) debe estar enfocado a cumplir con los fines del Proceso Penal Acusatorio, contemplados en el apartado A del artículo 20 Constitucional:

• Lograr el esclarecimiento de los hechos.• Proteger al inocente.• Procurar que el culpable no quede impune.• Que los daños causados por el delito sean reparados.

En la fase de investigación formalizada tiene la re-presentación del estado para:

• Formular imputación y solicitar la vinculación del imputado a proceso, • Solicitar alguna medida cautelar (en su caso).• Realizar la investigación y determinar si realiza o no acusación formal en contra del imputado, por consi-derar que el hecho que se cometió constituye un de-lito y que existe la probabilidad de que esa persona lo cometió o participó en su comisión.

El proceder del Ministerio Público (Fiscal) de cara al nuevo sistema de justicia penal, se debe alinear con

los principios de:

• Buena fé. • Probidad • Honradez. • Objetividad • Respeto a los Derechos Humanos.

Deberá hacer valer todas las herramientas que el sis-tema acusatorio contempla para lograr los fines del proceso penal, como son:

• Mecanismos alternativos de solución de controversias. • Criterios de oportunidad. • Suspensión del proceso a prueba y • Procedimientos abreviados.

Deberá cumplir en todo momento con los fines de un Derecho Penal moderno. El nuevo Ministerio Pú-blico, desempeñará formas radicalmente nuevas de trabajo, coordinará una investigación, ágil y simple. Menos formal, pero más funcional. Sin perder tiempo y recursos en la forma para invertirlo en el fondo, con trabajo de calidad en cada investigación.Las diligencias que practique el Ministerio público, durante la etapa de investigación carecen de facul-tad probatoria, para efecto de la sentencia, lo que implica que el actuar probatorio del órgano acusa-dor, se dará en la audiencia de juicio oral, de confor-midad a los principios de publicidad, inmediación y contradicción y concentración.

Ministerio Público

Page 11: Reforma en Chiapas

11

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

El imputado tendrá el derecho de elegir a un abo-gado defensor de su confianza. Si no lo hace, el Ministerio Público o el juez le designarán un

defensor público, desde el primer acto en que inter-venga. La intervención del defensor no menoscabará el derecho del imputado de intervenir, formular peti-ciones y hacer observaciones por sí mismo.

Sólo podrán ser defensores los abogados autoriza-dos por las leyes respectivas para ejercer la profe-sión. Lo mismo se exigirá a los demás abogados que intervengan como acusadores particulares o repre-sentantes de las partes en el proceso. Ellos deberán consignar, en los escritos en que figuren, la depen-dencia oficial que los avala y el número de registro de la cédula correspondiente. Sus gestiones no se atenderán mientras no se cumpla con ese requisito. Los defensores designados serán admitidos en el proceso de inmediato y sin ningún trámite, tanto por los oficiales de investigación, la policía y el Ministe-rio Público o Juez de Tribunal según sea el caso. El ejercicio como defensor será obligatorio para que el

abogado acepte expresa o tácitamente intervenir en el proceso, salvo excusa fundada.

Durante el transcurso del proceso, el imputado po-drá designar un nuevo defensor; pero el anterior no podrá separarse de la defensa, sino hasta que el nombrado intervenga en el proceso.

No se admitirá la intervención de un defensor en el proceso o se le apartará de la participación ya acor-dada, cuando haya sido testigo del hecho o cuando sea coimputado de su defendido, sentenciado por el mismo hecho o imputado por ser autor o cómplice del encubrimiento o favorecimiento de ese mismo hecho concreto. En estos casos el imputado deberá elegir nuevo defensor. Si no existe otro defensor o el acusado no ejerce su facultad de elección, se proce-derá conforme a las reglas del abandono.

El acusado podrá designar los defensores que crea convenientes pero sólo uno podrá hacer uso de la pa-labra en cada acto procesal que se practique. Cuando

Defensor

Page 12: Reforma en Chiapas

12

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

intervengan dos defensores, la notificación dada a uno de ellos tendrá validez para todos y la sustitución de uno por otro no alterará trámites ni plazos.

La defensa de varios imputados en un mismo proceso por un defensor común se permite siempre y cuando no existan intereses contrapuestos entre ellos. Si exis-tiera alguna incompatibilidad, será corregida de oficio y se proveerá lo necesario para remplazar al defensor.

El artículo 16 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, señala que los Poderes Judiciales contarán con Jueces de Control que re-

solverán, en forma inmediata y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias pre-cautorias y técnicas de investigación de la autoridad que requieran control judicial, garantizando los dere-chos de los indiciados y de las víctimas u ofendidos.

A los Jueces de Control les corresponde conocer de las audiencias preliminares:

• Resolver sobre el libramiento de una orden de apre-hensión que solicite el Ministerio Público.

• Controlar la legalidad de una detención en los casos de urgencia o delito flagrante.

Juez de Control

No se podrán decomisar las cosas relacionadas con la defensa, ni tampoco interceptar las comunicacio-nes del acusado con sus defensores, consultores téc-nicos y sus auxiliares, ni las de éstos con las personas que les brindan asistencia.

El acusado que se encuentre detenido, incluso ante la policía, tendrá derecho a entrevistarse privadamente con su defensor desde el inicio de su detención.

Page 13: Reforma en Chiapas

13

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

• Verificar que el Ministerio Público formule imputa-ción de manera correcta, y que el imputado com-prenda su significado y consecuencias jurídicas.

• Recibir la declaración del imputado.

• Resolver sobre si una persona queda vinculada o no a un proceso penal.

• Resolver sobre la petición de medidas cautelares.

• Dar un plazo al Ministerio Público para que cierre su investigación.

• Admitir y vigilar el desahogo de la prueba anticipada.

• Promover mecanismos alternativos de solución de controversias.

• Resolver sobre un procedimiento abreviado.

• Resolver sobre la admisión de la prueba y los acuer-dos probatorios en la etapa intermedia.

La figura del Juez de Control en el nuevo sis-tema de justicia penal, se centra en vigilar que se respeten los derechos fundamentales de toda per-sona que sea involucrada en un proceso penal.

Además, en todas y cada una de las audien-cias en las que interviene el Juez de Control deberá respetar los principios rectores contemplados en el artículo 20 constitucional:

• Publicidad. • Inmediación. • Contradicción. • Concentración y • Continuidad.

Page 14: Reforma en Chiapas

14

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

Uno de los elementos más importantes que ob-serva el nuevo sistema Adversarial Acusatorio es el de que las audiencias y juicios serán de

manera ORAL. Dicho propiamente, este nuevo siste-ma de resolución de conflictos procesará con Juicio Oral, cuya atribución central será, en general, la de conocer y juzgar en única instancia las causas que no hayan sido resueltas ante el Juez de Control en un procedimiento abreviado.

Se trata de tribunales conformados por un Juez de Juicio Oral cuya posición es fundamentalmente pasi-va y adquiere su convicción sobre la base de la prue-ba aportada por las partes, teniendo la facultad de preguntar para aclarar dudas o contradicciones. En consecuencia, carece de toda facultad, como ocurre en algunos sistemas inquisitivos mixtos, de interro-gar a testigos, peritos o al acusado, apegándose a la búsqueda unilateral de la verdad, excepto en la cali-ficación de las pruebas, pues, en la etapa intermedia, tratándose de la prueba ilícita, es no sólo facultad, sino obligación del Juez de Control excluirla cuando se violen derechos fundamentales de cualquiera de las partes.

Entre las funciones del Juez del Juicio Oral están la dirección del debate, vigilar la legalidad de las in-tervenciones de las partes y de la exposición de las pruebas en el juicio y termina con la sentencia defi-nitiva que decidirá si el hecho es delito y si fue o no cometido por el imputado de modo que éste sea o no acreedor a una pena.

Las partes y las autoridades que requieran legalmente copia e informes de los registros pueden solicitarlo.

Dichos juzgados son conformados por un Juez de Juicio Oral, quien al momento de su selección para conocer determinado proceso, no ha tenido inter-vención alguna en etapas previas del procedimiento que le competerá juzgar. Esto con el fin de asegurar la imparcialidad del Tribunal del Juicio. Es decir, el juzgamiento del acusado se realiza sólo con base en la información y las pruebas que se produzcan en el curso del juicio y no de las obtenidas durante la in-vestigación preparatoria.

Aquellas actuaciones que impliquen o signifiquen la afectación de derechos humanos del acusado o de

Jueces

Page 15: Reforma en Chiapas

15

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

terceros en la resolución de solicitudes o decisiones son controladas por el Juez. Este controla la legali-dad de la investigación que desarrolla el fiscal del Ministerio Público en el arreglo de conflictos que puedan determinar de manera anticipada el proce-dimiento.

Una vez superado el primer trimestre de la imple-mentación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, sede jurisdiccional

seleccionada a través de un ejercicio de planeación sis-témico y bajo el criterio mixto por regiones y por delitos en bloque (No Graves) que el escenario constitucional permite. Resulta trascendental que conozcamos los tres principales hallazgos virtuosos identificados en este nuevo orden de la justicia penal.

Los descubrimientos más importantes están basados en la evidencia obtenida en los indicadores procesados en las primeras 34 audiencias desarrolladas en los Juzga-

A 100 días: La Implementación ¡al día!

21 de mayo a 21 de agosto

Así los jueces deben constituirse en actores que mo-deren el proceso, para realizar de manera eficaz las audencias, actuarán jurídicamente impulsado por al-guna de las partes para el pronunciamiento que se requiera, y desde luego, con el conocimiento previo de la contraria, generalmente.

dos de Garantía y Juicio Oral de la capital de Chiapas. En éstas, los protagonistas: acusados, ofendidos y victimas y los operadores básicos: Defensor, Ministerio Público y Juez han hecho posible que en poco tiempo puedan con-siderarse virtuosos, al demostrarnos –y demostrarse- lo necesario que es para nuestro tejido social el implemen-tar esta nueva política pública de Estado.

Primer hallazgo (LA SOCIEDAD CIVIL)

Los ciudadanos, como verdaderos actores del Proceso Penal Acusatorio, al ser tomados en cuenta por el Defen-sor, por el Fiscal y, por supuesto, por el Juez, han demos-trado conductas constantes según su faceta de acusado o víctima, dentro de los cuatro Hechos Delictivos (ver columna 4). Según indican los jueces, los civiles, cuando

Page 16: Reforma en Chiapas

16

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

son acusados, se declaran culpables en audiencia públi-ca, transparente y oral, con la asistencia del Defensor y la conformidad del Ministerio Público ante la presencia del Juez.

Lo anterior ha permitido que, hasta ahora, en los 27 asun-tos llevados por el Ministerio Público al conocimiento de los Jueces, la prisión sea suprimida y sustituida por be-neficios como la rehabilitación y/o pago de multa privile-giando siempre la reparación del daño.

Este primer hallazgo es importante porque señala que el binomio “Acusado-Víctima” pretende reparar el tejido social y la convivencia de la sociedad en un lapso de una semana dentro del área de Delitos No Graves.

Nuestra sociedad demuestra que debemos seguir impul-sando y apalancando esta transformación al Proceso Pe-nal Acusatorio para fomentar una mejor convivencia.(Ver columnas: Hecho, Medida o Sanción y Duración).

Segundo hallazgo (EL TIEMPO)

El tiempo de solución de conflictos ha sido verdadera-mente asimilable para los acusados, las víctimas y los operadores. En estas 34 audiencias contando desde la comisión del hecho hasta la resolución del Juez, la que más ha durado es de dos meses pero al caso se le im-pusieron una decisión y una determinación jurisdiccio-nal que ya no permite alargar el tiempo del valor de la justicia.

Directorio

Chiapas está logrando que los conflictos se resuelvan pronto para que la justicia valga y sea bien percibida en el Sistema Procesal Penal Acusatorio.

Por el bien de nuestra sociedad, sigamos en la ruta de la implementación. (Ver columna 9: Duración y Detención a Solución)

Tercer hallazgo (LOS OPERADORES)

Los operadores de la Policía, Perito, Defensor, Ministe-rio Público y Juez son revalorados y por ellos mismos, evaluando su desempeño dentro del proceso penal acusatorio.

Tales actores del Sistema Penal Acusatorio, se adentran en una modalidad distinta a la que estaban acostum-brados, asumiendo una realidad en torno a las nuevas formas, métodos y condiciones que se desarrollan fun-cionalmente, garantizando el buen desempeño de los mismos. El sistema debe mantener equilibrio entre ope-radores y partes procesales, el poder no debe de ser se-gregado con el establecimiento de controles que puedan ocasionar que el sistema sea inoperante o inestable.

El sistema equilibra principalmente la relación entre sus operadores y los Derechos del Acusado y Derechos de la Víctima. (Ver columna 6 y 10 : Mecanismo Alternativo y Tema Clave)

PRESIDENCIATribunal Superior de Justiciahttp://www.poderjudicialchiapas.gob.mx

VICEPRESIDENCIAProcuraduría General de Justiciahttp://www.pgje.chiapas.gob.mx

VOCALESSecretaría General de Gobierno www.secgobierno.chiapas.gob.mx

Secretaría de La Función Pública http://www.fpchiapas.gob.mx

Instituto de la Consejería Jurídica y Asistencia Legalwww.consejeríajurídica.chiapas.gob.mx

Secretaría de Educación www.educacionchiapas.gob.mx

Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadanawww.sspc.chiapas.gob.mx

Instituto de la Defensoría Social

INVITADOS PERMANENTESPresidencias de las Comisiones de Seguridad Pública yde Justicia de la Legislatura Localwww.congresochiapas.gob.mx

Page 17: Reforma en Chiapas

17

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

idN

o.

Cau

saFe

cha

de

Res

olu

ció

nH

ech

oM

edid

a o

Sa

nci

ón

Mec

anis

mo

A

lter

nat

ivo

Du

raci

ón

de

Au

die

nci

aSe

nte

nci

aD

ura

ció

n(D

eten

ció

n a

So

luci

ón

)Te

ma

Cla

veC

on

tro

l de

San

ció

n

11

29

/05

/20

12

Ata

qu

e a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

C

on

dic

ion

al

del

Pro

ceso

1 h

ora

y

15

min

uto

s

03

mes

es d

e in

tern

amie

nto

y 9

m

eses

pre

sen

tán

do

se d

e m

aner

a se

man

al a

l CEN

TRA

.5

0 H

ora

s

El im

pu

tad

o e

stan

do

asi

stid

o p

or

un

def

enso

r so

cial

, fu

e b

enefi

ciad

o c

on

la s

usp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

pro

ceso

al h

aber

ad

mit

ido

el

hec

ho,

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

.

CEN

TRA

-JU

EZ

OR

DEN

AD

OR

22

01

/06

/20

12

Ata

qu

es a

las

vias

de

Co

mu

nic

ació

nR

ehab

ilita

ció

nSu

spen

sió

n

Co

nd

icio

nal

d

el P

roce

so5

5 m

inu

tos

01

un

o r

ecib

ien

do

re

hab

ilita

cio

n u

na

vez

po

r se

man

a en

el C

ENTR

A1

1 d

ias

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al, t

od

a ve

z q

ue

al s

er

pu

esto

a d

isp

osi

cio

n d

el fi

scal

del

min

iste

rio

pu

blic

o

oto

rgó

cau

ció

n, a

si m

ism

o s

e le

oto

rgo

la s

usp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

pro

ceso

al h

aber

ad

mit

ido

el

hec

ho,

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

.

CEN

TRA

-JU

EZ

OR

DEN

AD

OR

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

C

on

dic

ion

al

del

Pro

ceso

01

Ho

ra y

4

5 M

inu

tos

CEN

TRA

-JU

EZ

OR

DEN

AD

OR

33

25

/05

/20

12

Co

ntr

a la

sa

lud

(nar

co-

meu

deo

)

Tres

mes

es d

e in

tern

amie

nto

y

nu

eve

mes

es p

rese

nta

nd

ose

de

man

era

sem

anal

al C

ENTR

A

50

ho

ras

y 1

5

qu

ince

min

uto

s

El im

pu

tad

o e

stan

do

asi

stid

o p

or

un

def

enso

r so

cial

, fu

e b

enefi

ciad

o c

on

la s

usp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

so a

l hab

er a

dm

itid

o e

l hec

ho,

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

.

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

C

on

dic

ion

al

del

Pro

ceso

CEN

TRA

-JU

EZ

OR

DEN

AD

OR

44

26

/05

/20

12

Ata

qu

es a

las

vías

de

Co

mu

nic

ació

n

1 h

ora

2

0 m

inu

tos

Un

o r

ecib

ien

do

reh

abili

taci

ón

u

na

ho

ra p

or

sem

ana

en e

l C

ENTR

A

47

cu

aren

ta y

si

ete

ho

ras

y 2

3 v

ein

titr

es

min

uto

s

El im

pu

tad

o e

stan

do

asi

stid

o p

or

un

def

enso

r so

cial

, fu

e b

enefi

ciad

o c

on

la s

usp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

so a

l hab

er a

dm

itid

o e

l hec

ho,

deb

ien

do

cu

mp

lir

con

la m

edid

a im

pu

esta

55

30

/05

/20

12

JUEZ

DE

EJEC

UC

IÓN

DE

SAN

CIO

NES

66

76

01

/06

/20

12

DIR

ECTO

R D

EL

CEN

TRO

ES

TATA

L N

o. 1

Co

ntr

a la

sa

lud

(nar

com

enu

-d

eo)

Pris

ión

o M

ult

a p

or

con

mu

taci

ón

Pro

ced

imie

nto

ab

revi

ado

03

tre

s m

eses

y 1

0 d

iez

dia

s d

e p

risi

ón

o m

ult

a d

e $

3,3

00

.00

(t

res

mil

tres

cien

tos

pes

os)

50

cin

cuen

ta

ho

ras

y 0

1

un

min

uto

Al a

cep

tar

el a

cusa

do

su

res

po

nsa

bili

dad

, est

and

o

asis

tid

o d

e su

def

enso

r o

bti

ene

el b

enefi

cio

de

mec

anis

mo

alt

ern

ativ

o.

1 h

ora

4

6 m

inu

tos

Lesi

on

es

agra

vad

as y

V

iole

nci

a Fa

mili

ar

Man

dam

ien

to

Jud

icia

l de

ord

en d

e ap

reh

ensi

on

Se li

bró

ord

en d

e ap

reh

ensi

ón

2 d

os

ho

ras

des

de

qu

e el

fi

scal

so

licit

ó

la a

ud

ien

cia

Fisc

al e

n a

ud

ien

cia

pri

vad

a so

licit

ó la

ord

en d

e ap

reh

ensi

ón

.4

0 m

inu

tos

Lesi

on

es

agra

vad

as y

V

iole

nci

a Fa

mili

ar

Pris

ión

Pr

even

tiva

No

ap

lica

Por

el t

érm

ino

qu

e d

ure

el

pro

ceso

6 s

eis

día

s

El im

pu

tad

o f

ue

vin

cula

do

a p

roce

so p

or

los

do

s d

elit

os.

El j

uez

ord

eno

al m

inis

teri

o p

ub

lico

un

a in

vest

igac

ion

so

bre

el p

erd

on

qu

e q

uie

re o

torg

ar la

vi

ctim

a, lo

an

teri

or

en u

n p

lazo

no

may

or

de

15

qu

ince

d

ias

y o

rden

o 2

5 d

ias

par

a el

cie

rre

de

la in

vest

igac

ion

so

bre

el d

elit

o d

e le

sio

nes

.

35

min

uto

s

86

26

/06

/20

12

Lesi

on

es

Agr

avad

as y

V

iole

nci

a Fa

mili

ar

Pris

ión

Pr

even

tiva

no

ap

lica

40

min

uto

sn

o a

plic

an

o a

plic

a

El J

uez

res

olv

ió, c

on

bas

e a

la p

etic

ión

de

la F

isca

l d

el M

inis

teri

o P

ub

lico

de

no

aco

rdar

pro

ced

ente

el

per

n a

l im

pu

tad

o, d

eriv

ado

de

lo a

nte

rio

r la

vi

ctim

a te

nd

rá q

ue

som

eter

se a

tra

tam

ien

to y

es

tud

io p

sico

lógi

co p

ara

po

der

res

olv

er e

n

aud

ien

cia

pró

xim

a.

CEN

TRA

-JU

EZ

OR

DEN

AD

OR

No

ap

lica

No

ap

lica

No

ap

lica

96

26

/07

/20

12

Lesi

on

es

Agr

avad

as y

V

iole

nci

a Fa

mili

ar

18

min

uto

sN

o a

plic

aN

o a

plic

aEl

Ju

ez n

o a

cord

ó p

roce

den

te la

am

plia

ció

n d

el p

lazo

d

e in

vest

igac

ión

so

licit

ada

po

r el

M.P

., ev

itan

do

d

ilaci

ón

pro

cesa

l.

10

/06

/20

12

Regi

stro

cos

to b

enefi

cio

Page 18: Reforma en Chiapas

18

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

No

ap

lica

Exti

nci

ón

de

la

acci

ón

pen

al p

or

el d

elit

o d

e vi

ole

nci

a fa

mili

arN

o a

plic

a1

06

08

/08

/20

12

Lesi

on

es

Agr

avad

as y

V

iole

nci

a Fa

mili

ar

11

60

9/0

8/2

01

2

No

ap

lica

No

ap

lica

La v

ícti

ma

se d

esis

tió

de

la q

uer

ella

qu

e in

terp

uso

po

r el

del

ito

de

vio

len

cia

fam

iliar

, oto

rgo

el p

erd

ón

a f

avo

r d

el p

roce

sad

o, s

ien

do

est

e co

nfo

rme

con

dic

ho

p

erd

ón

.

Se d

ecre

to

rece

so d

e 2

4

ho

ras

Lesi

on

esA

grav

adas

No

Ap

lica

Pro

ced

imie

nto

Ab

revi

ado

43

min

uto

s

Co

nd

enat

ori

a a

1 u

nañ

o d

e p

risi

ón

sin

ben

efici

o p

or

con

tar

con

an

tece

den

tes

pen

ales

. La

rep

arac

ión

del

dañ

o

qu

eda

pen

die

nte

po

r cu

anti

fica

r.

2 d

os

mes

esEl

imp

uta

do

est

and

o a

sist

ido

po

r u

n d

efen

sor

soci

al,

op

tó p

or

el p

roce

dim

ien

to a

bre

viad

o.

Juez

de

Ejec

uci

ón

de

Sen

ten

cias

No

ap

lica

Juez

de

Ejec

uci

ón

de

Sen

ten

cias

12

61

1/0

8/2

01

2Le

sio

nes

A

grav

adas

13

71

2/0

6/2

01

2

Sen

ten

cia

Co

nd

enat

ori

a2

do

s m

eses

El ju

ez d

ió c

um

plim

ien

to a

l art

. 44

0 d

el C

ód

igo

de

Pro

ced

imie

nto

s Pe

nal

es p

ara

el E

stad

o d

e C

hia

pas

co

n

la le

ctu

ra p

úb

lica

de

la S

ente

nci

a C

on

den

ato

ria.

2

4 M

inu

tos

Ata

qu

es a

las

vias

de

Co

mu

nic

ació

nR

ehab

ilita

ció

nSu

spen

sió

n

con

dic

ion

al d

el

pro

ceso

54

min

uto

sse

is m

eses

de

trat

amie

nto

se

man

al e

n e

l CEN

TRA

6 s

eis

das

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al, t

od

a ve

z q

ue

al s

er

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o,

fue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica.

Ya

en

au

die

nci

a se

le o

torg

ó la

su

spen

sió

n

con

dic

ion

al d

el p

roce

so a

l ad

mit

ir e

l hec

ho,

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

.

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

No

ap

lica

No

ap

lica

14

81

2/0

6/2

01

2A

taq

ues

a la

s vi

as d

e co

mu

nic

ació

nau

die

nci

a d

ifer

ida

No

ap

lica

La a

ud

ien

cia

fue

dif

erid

a, t

od

a ve

z q

ue

el im

pu

tad

o n

o

con

tab

a co

n u

n p

erit

o t

rad

uct

or

par

a se

r as

isti

do

y

lleva

r u

na

adec

uad

a d

efen

sa.

1 h

ora

No

ap

lica

15

81

4/0

6/2

01

2A

taq

ues

a la

s vi

as d

e C

om

un

icac

ión

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

so1

ho

ra 3

0

min

uto

s0

6 s

eis

mes

es d

e tr

atam

ien

to

sem

anal

en

el C

ENTR

A0

7 s

iete

dia

s

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al (b

ilin

gue

y co

n

trad

uct

or

po

r p

erte

nec

er a

un

gru

po

etn

ico

), to

da

vez

qu

e al

ser

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

M

inis

teri

o P

úb

lico

fu

e b

enefi

ciad

o p

ud

ien

do

pag

ar

gara

ntí

a ec

on

óm

ica.

Ya

en a

ud

ien

cia

se le

oto

rgó

la

susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

pro

ceso

al a

dm

itir

el

hec

ho

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

.

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

Reh

abili

taci

on

Juez

o

rden

ado

r-

CEN

TRA

16

91

1/0

6/2

01

2A

taq

ues

a la

s vi

as d

e co

mu

nic

ació

n

01

un

o r

ecib

ien

do

re

hab

ilita

cio

n s

eman

al e

n e

l C

ENTR

A

47

ho

ras

El im

pu

tad

o a

sist

ido

po

r u

n d

efen

sor,

fue

ben

efici

ado

co

n la

su

spen

sio

n c

on

dic

ion

al d

el p

roce

so a

l ad

mit

ir

el h

ech

o, d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

med

ida

imp

ues

ta.

1 h

ora

10

m

inu

tos

Susp

ensi

on

co

nd

icio

nal

d

el p

roce

so

17

10

14

/06

/20

12

Del

ito

co

ntr

a la

sal

ud

en

su

m

od

alid

ad d

e n

arco

-m

enu

deo

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

so1

ho

ra 3

6

min

uto

s

03

mes

es d

e tr

atam

ien

to

inte

rnad

o y

3 m

eses

ext

ern

o e

n

el C

ENTR

A.

02

do

s d

ias

El im

pu

tad

o a

com

pañ

ado

de

la d

efen

sa f

ue

ben

efici

ado

co

n la

su

spen

sió

n c

on

dic

ion

al d

el

pro

ceso

al r

eco

no

cer

el h

ech

o y

se

com

pro

met

io a

cu

mp

lir c

on

la r

ehab

ilita

ció

n.

Juez

o

rden

ado

r-

CEN

TRA

idN

o.

Cau

saFe

cha

de

Res

olu

ció

nH

ech

oM

edid

a o

Sa

nci

ón

Mec

anis

mo

A

lter

nat

ivo

Du

raci

ón

de

Au

die

nci

aSe

nte

nci

aD

ura

ció

n(D

eten

ció

n a

So

luci

ón

)Te

ma

Cla

veC

on

tro

l de

San

ció

n

No

ap

lica

Reh

abili

taci

ón

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

Ata

qu

es a

las

vias

de

com

un

icac

ión

3 m

eses

de

trat

amie

nto

am

bu

lato

rio

en

el C

ENTR

A

(Cen

tro

Esp

ecia

lizad

o p

ara

la

Prev

enci

ón

y T

rata

mie

nto

de

adic

cio

nes

)

25

día

s

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d,

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

tod

a ve

z q

ue

al s

er p

ues

to a

d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o f

ue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica,

así

m

ism

o s

e le

oto

rga

la s

usp

ensi

ón

pro

visi

on

al d

el

pro

ceso

, al h

aber

ad

mit

ido

el h

ech

o d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

med

ida

imp

ues

ta.

1 h

ora

Susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

d

el p

roce

so

18

11

28

/06

/20

12

Regi

stro

cos

to b

enefi

cio

Page 19: Reforma en Chiapas

19

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

soJu

ez

ord

enad

or-

C

ENTR

A

19

11

28

/06

/20

12

Ata

qu

es a

las

vías

de

com

un

icac

ión

20

12

29

/06

/20

12

3 m

eses

de

trat

amie

nto

am

bu

lato

rio

en

el C

ENTR

A

(Cen

tro

Esp

ecia

lizad

o p

ara

la

Prev

enci

ón

y T

rata

mie

nto

de

adic

ion

es)

25

día

s

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d,

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

tod

a ve

z q

ue

al s

er p

ues

to a

d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o f

ue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica,

así

m

ism

o s

e le

oto

rga

la s

usp

ensi

ón

pro

visi

on

al d

el

pro

ceso

, al h

aber

ad

mit

ido

el h

ech

o d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

med

ida

imp

ues

ta.

1 h

ora

Ata

qu

es a

las

vías

de

Co

mu

nic

ació

nR

ehab

ilita

ció

nSu

spen

sió

n

con

dic

ion

al d

el

pro

ceso

1 h

ora

y

2 m

inu

tos

24

mes

es d

e n

o in

geri

r b

ebid

as

emb

riag

ante

s, 0

6 m

eses

de

trat

amie

nto

am

bu

lato

rio

an

te e

l C

ENTR

A.

1 m

es

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d,

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

tod

a ve

z q

ue

al s

er p

ues

to a

d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o f

ue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica,

así

m

ism

o s

e le

oto

rga

la s

usp

ensi

ón

pro

visi

on

al d

el

pro

ceso

, al h

aber

ad

mit

ido

el h

ech

o d

ebie

nd

o

cum

plir

co

n la

med

ida

imp

ues

ta.

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

so

Juez

o

rden

ado

r-

CEN

TRA

21

13

04

/07

/20

12

Ata

qu

es a

las

vías

de

com

un

icac

ión

en

la

mo

dal

idad

de

con

du

cir

en

esta

do

de

ebri

edad

22

14

02

/08

/20

12

06

mes

es d

e tr

atam

ien

to

amb

ula

tori

o e

n e

l CEN

TRA

1 m

es

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d,

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

tod

a ve

z q

ue

al s

er p

ues

to a

d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o f

ue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica,

así

m

ism

o s

e le

oto

rgó

la s

usp

ensi

ón

pro

visi

on

al d

el

pro

ceso

, al h

aber

ad

mit

ido

el h

ech

o, d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

med

ida

imp

ues

ta.

1 h

ora

y 6

m

inu

tos

Ata

qu

es a

las

vias

de

Co

mu

nic

ació

nR

ehab

ilita

ció

nSu

spen

sió

n

con

dic

ion

al d

el

pro

ceso

1 h

ora

y

22

min

uto

s6

mes

es d

e tr

atam

ien

to s

eman

al

en e

l CEN

TRA

2 m

eses

El im

pu

tad

o s

e p

rese

nto

en

lib

erta

d, t

od

a ve

z q

ue

al

ser

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o f

ue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica,

así

mis

mo

en

au

die

nci

a as

isti

do

de

la

def

ensa

se

le o

torg

ó la

su

spen

sió

n d

el p

roce

so a

l h

aber

ad

mit

ido

el h

ech

o d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

m

edid

a im

pu

esta

.

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

Reh

abili

taci

ón

Juez

o

rden

ado

r-

CEN

TRA

e

ISSS

TEC

H

23

17

06

/07

/20

12

Ata

qu

es a

las

vias

de

com

un

icac

ión

06

mes

es d

e tr

atam

ien

to

amb

ula

tori

o e

n e

l CEN

TRA

y

abst

ener

se d

e in

geri

r b

ebid

as

alco

licas

1 m

es

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d,

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

tod

a ve

z q

ue

al s

er p

ues

to a

d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o f

ue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica,

así

m

ism

o s

e le

oto

rga

la s

usp

ensi

ón

pro

visi

on

al d

el

pro

ceso

, al h

aber

ad

mit

ido

el h

ech

o, d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

med

ida

imp

ues

ta.

50

min

uto

sSu

spen

sió

n

con

dic

ion

al

del

pro

ceso

24

18

09

/07

/20

12

Dañ

os

Rep

arac

ión

del

d

año

y a

bst

ener

se

de

con

sum

ir

beb

idas

emb

riag

ante

s p

or

el t

erm

ino

de

45

día

s.

Susp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

p

roce

so1

ho

ra y

5

6 m

inu

tos

Pres

enta

rse

en e

l CEN

TRA

de

man

era

qu

ince

nal

par

a u

na

valo

raci

ón

méd

ica,

así

co

mo

el

pag

o d

e la

rep

arac

ión

del

dañ

o

de

man

eraq

uin

cen

al, a

mb

os

del

30

de

julio

al 1

5 d

e se

pti

emb

re

del

pre

sen

te a

ño,

cu

bri

end

o la

ca

nti

dad

de

$2

,00

0.0

0

2 d

ías

El im

pu

tad

o a

sist

ido

po

r d

efen

sa f

ue

ben

efici

ado

co

n

la s

usp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

pro

ceso

al a

dm

itir

el h

ech

o, d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n la

s m

edid

as im

pu

esta

s.

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

- PR

ELIM

INA

R D

E C

ON

SIG

NA

CIÓ

N

No

ap

lica

25

19

29

/07

/20

12

Dañ

os

Se o

torg

o la

lib

erta

d a

la

incu

lpad

aN

o a

plic

aEl

juez

res

olv

ió d

ejar

en

lib

erta

d a

la in

culp

ada,

p

orq

ue

se v

iola

ron

su

s ga

ran

tías

al m

om

ento

de

su

det

enci

ón

. Se

pro

gram

ó f

ech

a y

ho

ra p

ara

Au

die

nci

a d

e Fo

rmu

laci

ón

de

Imp

uta

ció

n.

45

min

uto

sN

o a

plic

a

Juez

o

rden

ado

r-

CEN

TRA

No

ap

lica

idN

o.

Cau

saFe

cha

de

Res

olu

ció

nH

ech

oM

edid

a o

Sa

nci

ón

Mec

anis

mo

A

lter

nat

ivo

Du

raci

ón

de

Au

die

nci

aSe

nte

nci

aD

ura

ció

n(D

eten

ció

n a

So

luci

ón

)Te

ma

Cla

veC

on

tro

l de

San

ció

n

26

19

01

/08

/20

12

Dañ

os

Pago

de

la

rep

arac

ión

del

d

año

y la

re

hab

ilita

ció

n,

pre

vio

a

valo

raci

ón

No

ap

lica

28

min

uto

s

Hac

er n

uev

e p

ago

s q

uin

cen

ales

de

$5

00

.00

(q

uin

ien

tos

pes

os

00

/10

m.n

) an

te e

l mp

y p

revi

a va

lora

ció

n

se d

eter

min

ara

si e

s vi

able

el

trat

amie

nto

5 d

ías

Hac

er n

uev

e p

ago

s q

uin

cen

ales

de

$5

00

.00

(q

uin

ien

tos

pes

os

00

/10

m.n

) an

te e

l mp

y p

revi

a va

lora

ció

n s

e d

eter

min

ara

si e

s vi

able

el t

rata

mie

nto

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

MP-

CEN

TRA

Regi

stro

cos

to b

enefi

cio

Page 20: Reforma en Chiapas

20

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

28

22

23

/08

/20

12

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

y

Dañ

os

Reh

abili

taci

ón

Exti

nci

ón

de

la

acci

ón

pen

al p

or

el

del

ito

de

dañ

os

y Su

spen

sió

n

Co

nd

icio

nal

del

Pr

oce

so

1 h

ora

y

58

min

uto

s6

mes

es d

e tr

atam

ien

to d

e m

aner

a am

bu

lato

ria

en e

l C

ENTR

A

2 m

eses

y

12

día

s

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al, t

od

a ve

z q

ue

al s

er

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o,

fue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica.

Ya

en

au

die

nci

a se

le o

torg

o la

su

spen

sió

n

con

dic

ion

al d

el p

roce

so a

l ad

mit

ir e

l hec

ho

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

. Res

pec

to a

l del

ito

d

e d

año

s se

ext

ingu

ió la

acc

ión

pen

al p

or

pag

o a

la

víct

ima.

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

No

ap

lica

29

23

28

/08

/20

12

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

No

ap

lica

No

ap

lica

El in

culp

ado

no

se

pre

sen

to e

l día

de

la a

ud

ien

cia.

Se

dio

vis

ta a

l Fis

cal d

el M

inis

teri

o P

úb

lico

par

a q

ue

actu

é co

nfo

rme

lo q

ue

a d

erec

ho

pro

ced

a.4

0 m

inu

tos

No

ap

lica

30

23

30

/08

/20

12

No

ap

lica

No

ap

lica

1 h

ora

3 m

eses

y

4 d

ías

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al. N

o f

ue

vin

cula

do

a

pro

ceso

po

r ex

isti

r am

big

üed

ad e

n lo

s d

ato

s d

e m

od

o, t

iem

po

y c

ircu

nst

anci

as d

e lo

s h

ech

os

en

rela

ció

n a

l art

ícu

lo 1

9 c

on

stit

uci

on

al.

No

ap

lica

Reh

abili

taci

ón

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

31

24

24

/08

/20

12

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

3 m

eses

de

trat

amie

nto

en

el

CEN

TRA

22

día

s

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al, t

od

a ve

z q

ue

al s

er

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o,

fue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica.

Ya

en

au

die

nci

a se

le o

torg

o la

su

spen

sió

n c

on

dic

ion

ald

el p

roce

so a

l ad

mit

ir e

l hec

ho

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la

med

ida

imp

ues

ta.

58

min

uto

sSu

spen

sió

n

con

dic

ion

al

del

pro

ceso

No

ap

lica

No

ap

lica

No

ap

lica

32

25

27

/08

/20

12

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

No

ap

lica

No

ap

lica

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

en

lib

erta

d a

sist

ido

po

r la

d

efen

sa, t

od

a ve

z q

ue

al s

er p

ues

to a

dis

po

sici

ón

del

Fi

scal

del

Min

iste

rio

blic

o, f

ue

ben

efici

ado

p

ud

ien

do

pag

ar g

aran

tía

eco

mic

a. E

l ju

ez d

ecre

to

rece

so d

e 7

sie

te d

ías

par

a d

eter

min

ar s

ob

re la

su

spen

sió

n c

on

dic

ion

al d

el p

roce

so.

1 h

ora

3

0 m

inu

tos

(dec

retó

re

ceso

7 d

ías)

No

ap

lica

33

26

24

/08

/20

12

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

Reh

abili

taci

ón

Susp

ensi

ón

C

on

dic

ion

al d

el

Pro

ceso

1 h

ora

11

día

s

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al, t

od

a ve

z q

ue

al s

er

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o,

fue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica.

Ya

en

au

die

nci

a se

le o

torg

o la

su

spen

sió

n

con

dic

ion

al d

el p

roce

so a

l ad

mit

ir e

l hec

ho

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la m

edid

a im

pu

esta

.

Reh

abili

taci

ón

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

34

27

29

/08

/20

12

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

6 m

eses

de

trat

amie

nto

am

bu

lato

rio

1

mes

y

11

día

s

El in

culp

ado

co

mp

arec

ió a

la a

ud

ien

cia

en li

ber

tad

as

isti

do

de

un

def

enso

r so

cial

, to

da

vez

qu

e al

ser

p

ues

to a

dis

po

sici

ón

del

Fis

cal d

el M

inis

teri

o P

úb

lico,

fu

e b

enefi

ciad

o p

ud

ien

do

pag

ar g

aran

tía

eco

mic

a.

Ya e

n a

ud

ien

cia

se le

oto

rgo

la s

usp

ensi

ón

co

nd

icio

nal

del

pro

ceso

al a

dm

itir

el h

ech

o d

ebie

nd

o c

um

plir

co

n

la m

edid

a im

pu

esta

.

1 h

ora

2

min

uto

s

No

ap

lica

06

mes

es d

e tr

atam

ien

to e

n e

l C

ENTR

A

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

Reh

abili

taci

ón

JUEZ

O

RD

ENA

DO

R-

CEN

TRA

27

21

2

1/0

8/2

01

2A

taq

ues

a la

s vi

as d

e co

mu

nic

ació

n3

mes

es d

e tr

atam

ien

to e

n e

l C

ENTR

A8

2 d

ías

El im

pu

tad

o c

om

par

eció

a la

au

die

nci

a en

lib

erta

d

asis

tid

o d

e u

n d

efen

sor

soci

al, t

od

a ve

z q

ue

al s

er

pu

esto

a d

isp

osi

ció

n d

el F

isca

l del

Min

iste

rio

blic

o,

fue

ben

efici

ado

pu

die

nd

o p

agar

gar

antí

a ec

on

óm

ica.

Ya

en

au

die

nci

a se

le o

torg

o la

su

spen

sió

n c

on

dic

ion

ald

el p

roce

so a

l ad

mit

ir e

l hec

ho

deb

ien

do

cu

mp

lir c

on

la

med

ida

imp

ues

ta.

55

min

uto

sSu

spen

sió

n

con

dic

ion

al

del

pro

ceso

Ata

qu

es a

las

Vía

s d

e C

om

un

icac

ión

idN

o.

Cau

saFe

cha

de

Res

olu

ció

nH

ech

oM

edid

a o

Sa

nci

ón

Mec

anis

mo

A

lter

nat

ivo

Du

raci

ón

de

Au

die

nci

aSe

nte

nci

aD

ura

ció

n(D

eten

ció

n a

So

luci

ón

)Te

ma

Cla

veC

on

tro

l de

San

ció

n

Susp

ensi

ón

C

on

dic

ion

al d

el

Pro

ceso

Regi

stro

cos

to b

enefi

cio

“Las

fec

has

de la

s au

dien

cias

no

siem

pre

será

n co

nsec

utiv

as d

ebid

o a

la p

rogr

amac

ión

y na

tura

leza

de

las

mis

mas

. Sin

em

barg

o se

han

agr

upad

o la

s ca

usas

par

a su

mej

or

com

pren

sión

y lo

caliz

ació

n”.

Page 21: Reforma en Chiapas

21

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

Page 22: Reforma en Chiapas

22

La Reforma Penal en Chiapas www.reformapenalchiapas.gob.mx

Opinión en el SS y JP

Si Opinion sobreel SS de hoy

ExcelenteBuenaDeficienteMala No Sabe

Total

71.22%

No Opinion sobreel SS de hoy

ExcelenteBuenaDeficienteMala No Sabe

Total

8.63%

No me interesa Opinion sobreel SS de hoy

ExcelenteBuenaDeficienteMala No Sabe

Total

20.14%

Total Opinion sobreel SS de hoy

ExcelenteBuenaDeficienteMala No Sabe

Total

4.55%0.51%1.o1%

6.06%

0.25%12.12%30.56%17.68%3.28%63.89%

0.51%0.51%3.54%13.13%12.37%30.05%

0.76%17.17%34.60%31.82%15.66%100.00%

2.08%6.25%2.08%

10.42%

52.08%16.67%

4.17%72.92%

2.08%4.17%8.33%2.08%16.67%

2.08%60.42%22.92%8.33%6.25%100.00%

8.04%

8.04%

0.89%18.75%37.50%0.89%1.79%59.82%

1.79%10.71%19.64%32.14%

0.89%26.79%

11.61%21.43%100.00%

0.18%5.40%0.54%0.72%

6.83%

0.36%16.91%30.76%12.77%3.06%63.85%

0.36%0.54%3.24%12.23%12.95%29.32%

0.90%22.84%34.53%25.72%16.01%100.00%

Qué tan informado está

Amplia NulaDeficienteTotal

Percepción Ciudadana sobre la Reforma

La mayor parte de los encuestados dijo estar de acuerdo en un cambio en el Sistema de Seguridad y Justicia Penal en Chiapas, denota una apertura a la reforma.

Resaltado en amarillo se ve la mayor cantidad de gente que dijo estar ampliamente informada no esta de acuerdo con un cambio, la mayoría de éstos también opinaron que el sistea es bueno.

Hay que notar que quienes tienen deficiente o nula información y que en su mayoría califican al sistema como deficiente o malo, están de acuerdo con un cambio, aunque al parecer no saben cómo se aplica, en la tabla están en color verde.

Page 23: Reforma en Chiapas

23

La Reforma Penal en Chiapaswww.reformapenalchiapas.gob.mx

45.00%

40.00%

35.00%

30.00%

25.00%

20.00%

15.00%

10.00%

5.00%

0.00%Amplia NulaDeficiente

27.88% 38.79%33.33%Serie1

Excelente

Buena

Deficiente

Mala

No sabe

Total

3.13%

38.13%

28.75%

10.00%

8.13%

88.13%

1.88%

2.50%

1.88%

0.00%

2.50%

8.75%

0.00%

1.88%

0.00%

1.25%

0.00%

3.13%

5.00%

42.50%

30.63%

11.25%

10.63%

100.00%

Opinión Sistema Actual Si No No meinteresa

Total

45.00%

40.00%

35.00%

30.00%

25.00%

20.00%

15.00%

10.00%

5.00%

0.00%Amplia NulaDeficiente

27.88% 38.79%33.33%Serie1

Excelente

Buena

Deficiente

Mala

No sabe

Total

3.13%

38.13%

28.75%

10.00%

8.13%

88.13%

1.88%

2.50%

1.88%

0.00%

2.50%

8.75%

0.00%

1.88%

0.00%

1.25%

0.00%

3.13%

5.00%

42.50%

30.63%

11.25%

10.63%

100.00%

Opinión Sistema Actual Si No No meinteresa

Total

La tabla muestra que una gran mayoría está de acuerdo con un cambio a pesar que poco menos de la mitad opina que el sistema actual es bueno.

En este mercado hay mucho mas interés y conocimiento por parte de los entrevistados lo cual era esperado, pues en su forma de vida y no olvidemos que estas personas además de estar inmersos en el sistema son ciudadanos también.

Page 24: Reforma en Chiapas