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Reformas a la Ley Federal del Trabajo Capacitación

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ley federal del trabajo

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1

2

Se establecen modalidades de registro interno, responsabilidad de las empresas y

verificables por la autoridad laboral.

Reformas a la L.F.T.

En Materia de Capacitación

3

Los Patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores y

estos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo (Art. 153-A).

El Objeto de la Capacitación es preparar a los trabajadores de nueva

contratación e interesados en ocupar puestos de nueva creación (Art. 153 –B).

El objeto del adiestramiento es: (Art. 153-C)

• Actualizar y perfeccionar conocimientos

y habilidades de los trabajadores.

• Dar a conocer a los trabajadores los

peligros ó riesgos a los que están

expuestos.

• Incrementar la productividad

• En general, mejorar el nivel educativo,

competencias y habilidad de los

trabajadores.

Capacitación

4

Los trabajadores a quién se les imparta

capacitación o adiestramiento, están

obligados a: (Art. 153-D)

I.- Asistir puntualmente a los cursos, sesiones

de grupo.

II.- Atender las indicaciones de las personas

que impartan capacitación o adiestramiento, y

cumplir con los programas respectivos; y

III.- Presentar los exámenes de valuación y

conocimientos y de actitud o de competencia

laboral que sean requeridos.

Capacitación

5

Constitución de comisión mixta de capacitación,

adiestramiento y productividad

Formulación de planes y programas de capacitación,

adiestramiento y productividad

Expedición de constancias de competencias o de

habilidades laborales

Agentes Capacitadores, Autorización y registro

Presentación de Listas de Constancias de competencias o

de habilidades laborales

La Ley Federal del Trabajo Establece:

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Comisión Mixta de Capacitación,

Adiestramiento y Productividad

CMCAP

Empresas con más de

50 trabajadores 153-E

Bipartita

Paritaria

Posibilidad de

constituir más de

una Comisión

Mixta o

Subcomisiones

Serán acordados Integración

Funcionamiento

Patrón y

Trabajador o con

el sindicato titular

del contrato

colectivo o

administrador del

Contrato-Ley

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Comisión Mixta de Capacitación,

Adiestramiento y Productividad

La constitución de la comisión conforme al formato DC-1

La documentación sobre su integración y funcionamiento

El informe de actividades de los últimos doce meses

Deberán conservar como registros internos de la empresa que

cuente con más de 50 trabajadores:

8

Formato DC-1

Se modificó nombre

Se incorporó

Se eliminó Tipo de contrato

9

Formato DC-1

10

Se amplió la explicación

Se amplió la explicación

Formato DC-1

11

Elaboración de Planes y Programas

de Capacitación, Adiestramiento y

Productividad

°

• Deberán elaborarlos y conservarlos todas las empresas 153-F Bis y 153-S

°

• Deberán elaborarlos dentro de los 60 días hábiles posteriores a la entrada en operación de la empresa 153-H

° • Tendrán una vigencia máxima de 2 años 153-H fracc I

°

• Podrán incorporarse los apoyos que el patrón preste para iniciar, continuar o completar ciclos escolares de los niveles básicos, medio o superior 153-B 2º. párrafo

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Elaboración de Planes y Programas

de Capacitación, Adiestramiento y

Productividad

Deben precisar las etapas durante las que se impartirá la

capacitación 153-H fracción III

Pueden formularse los programas de capacitación respecto a

cada establecimiento, una empresa, varias de ellas o una rama

industrial o actividad determinadas 153-A cuarto párrafo

Deben establecer el procedimiento de selección para un mismo

puesto, a fin de definir el orden en que serán capacitados 153-H

fracción IV

Deben considerar todos los puestos y niveles de la empresa

153-H fracción II

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La elaboración del plan y programas de capacitación, adiestramiento y productividad conforme al formato DC-2

El nombre, objetivos y contenidos de los programas de capacitación, los puestos y niveles a los que están dirigidos y el proceso de selección para capacitar un mismo puesto y categoría.

Las acciones a realizar sobre productividad señaladas en el Artículo 7 fracciones del II al V del presente Acuerdo

Deberá conservar como registro interno toda empresa:

Elaboración de Planes y Programas

de Capacitación, Adiestramiento y

Productividad

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Se modificó nombre

Se eliminó desagregado por grupo vulnerable

Se eliminó Tipo de Contrato

Se eliminó Fecha de celebración o revisión

Formato DC-2

15

Se modificaron

Formato DC-2

Se cambio ubicación

16

Se precisó la explicación

Se amplió la explicación

Formato DC-2

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Constancias de Competencias

o de Habilidades Laborales

CONSTANCIAS

Se modifica el nombre a Constancia de Competencias o de

Habilidades Laborales 153-V primer párrafo

Deben autentificarse por la Comisión Mixta de Capacitación,

Adiestramiento y Productividad en las empresas con más de 50

trabajadores 153-T

Deben autentificarse por el patrón o representante legal en las

empresas hasta con 50 trabajadores; en este caso se omitirá la

firma del representante de los trabajadores

Se podrá usar firmas en imagen digitalizada en sustitución de firmas

autógrafas. Se deberán conservar en los archivos de la empresa, a

disposición de la Secretaría, los convenios respectivos de la Comisión

respecto del uso de las firmas autógrafas autorizadas para ser

digitalizadas, así como las especificaciones para comprobar su veracidad

y para garantizar su adecuado uso

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La entidad instructora cuando se trate de agentes capacitadores externos

Por la empresa, cuando se trate de instructores internos

Por las empresas de las que se haya adquirido un bien o servicio

Por los extranjeros que impartan capacitación a trabajadores mexicanos en territorio nacional o cuando la capacitación se realice en el extranjero

Por las autoridades competentes de la STPS. 153-U

Deberán expedirse por:

Constancias de Competencias

o de Habilidades Laborales

19

Deben

entregarse a

los

trabajadores

que:

Aprueben el curso de

capacitación, dentro de los

veinte días hábiles siguientes

al término del mismo 153-V

Aprueben el examen de

suficiencia, aplicado por el

agente capacitador, cuando

se nieguen a recibir

capacitación 153-U

Constancias de Competencias

o de Habilidades Laborales

20

El formato DC-3 “Constancia de competencias o de habilidades laborales”, según modelo anexo

El formato disponible en el sistema informático ubicado en la página de Internet www.stps.gob.mx

Un documento elaborado por la empresa al que se denominará “Constancia de Competencias o de Habilidades Laborales”, y que deberá contener, al menos, la información del DC-3

Opciones para su elaboración:

Constancias de Competencias

o de Habilidades Laborales

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Imágenes Textos

No podrán incluir en las constancias

Se podrán incluir

Logotipos

Imágenes

Membretes

Constancias

Que hagan referencia a

que la STPS avala el

desarrollo, contenido o

calidad de los cursos

Que cuentan con el

reconocimiento o validez

por parte de la STPS

Constancias de Competencias

o de Habilidades Laborales

22

Deberá conservar como registro interno toda empresa:

Copias o imágenes de las constancias

expedidas durante el último año.

Debe entregarse la constancia a los

trabajadores que aprueben la capacitación

dentro de los 20 días hábiles a partir del

término del curso

Pueden dispensar la firma del instructor o

tutor cuando el curso sea impartido a

distancia.

Constancias de Competencias

o de Habilidades Laborales

23

Se agregó dato

Se eliminó IMSS

Se modificó nombre

Se eliminó Actividad o giro principal

Formato DC-3

24

Se incorporó

Se modificó

Formato DC-3

25

Formato DC-3

26

Formato DC-3

27

Se modifica el nombre a Listas de Constancias de

Competencias o de Habilidades Laborales 153-V 2º.

párrafo

Todas las empresas deben presentarlas ante la

STPS

El periodo para su presentación es de 60 días

hábiles posteriores a la conclusión de cada año del

plan y programas de capacitación, adiestramiento y

productividad y al finalizar el mismo, aún cuando no

haya cumplido un año completo.

Listas

Listas de Constancias de

Competencias

o de Habilidades Laborales

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Presentación de la Lista:

Empresas con hasta 50 trabajadores

Por medios impresos

Por medio electrónico

Por medio electrónico

Empresas con más de 50 trabajadores

Se integrará la información al Padrón de Trabajadores Capacitados

Listas de Constancias de

Competencias

o de Habilidades Laborales

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Listas de Constancias de

Competencias

o de Habilidades Laborales

Queda a disposición de las empresas con antecedentes de registros ante la STPS, la aplicación informática para su presentación vía internet.

Para las empresas sin antecedentes, la presentación de las Listas de Constancias entrará en vigor a los 90 días naturales siguientes a la publicación del Acuerdo normativo.

La DGC se encuentra diseñando el sistema informático para que las empresas sin y con antecedentes de registro ante la STPS, puedan expedir las constancias y la presentación de las Listas vía internet

En tanto:

30

Se modificó nombre

Se eliminó registro SIEM

Se incorporó dato

Se eliminó Establecimientos que presentó el Plan

Se eliminó Establecimiento que pertenece al Plan

Se eliminó Folio del plan al que se refiere la Lista

Formato DC-4

31

Formato DC-4

32

Se agregaron datos

Formato DC-4

33

Se eliminó IMSS Se eliminaron -Tipo de discapacidad, - Estado Civil y -Número de hijos dependientes

Se incorporó dato

Se eliminó año de emisión

Formato DC-4

Se cambió a opcional

Se eliminó nombre del estudio/carrera

34

Se modificaron

Formato DC-4

35

Formato DC-4

36

Formato DC-4

37

Agentes Capacitadores Externos

Personas

morales Personas

físicas con

actividad

empresarial

Instructor

independiente

Constancia de Competencias o de Habilidades Laborales

Los trabajadores que hayan aprobado la capacitación, o en su

caso, los exámenes de suficiencia, cuando se niegue a recibirla

Registro como agente capacitador externo obligatorio

153-A 3er. párrafo y 153-G

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Agentes Capacitadores Externos

La calidad de los servicios será responsabilidad de los agentes

capacitadores externos. En ningún caso la Secretaría otorga

valor curricular o académico a los programas o cursos de

capacitación o reconoce los planes y programas de estudio

promovidos y ejecutados por los agentes capacitadores, cuya

aprobación sea competencia de las autoridades en materia de

educación.

Importante

39

Personas morales:

Formato DC-5

Copia acta constitutiva que señale en su objeto social el relativo a la capacitación.

Personas físicas con actividad empresarial:

Formato DC-5

Copia de la cédula de identificación fiscal que especifique esta actividad.

La entidad instructora establecerá los mecanismos de acreditación

de la plantilla, recomendándose que sean por lo menos los

requisitos para el registro de los instructores independientes.

Si desean incorporar instructores extranjeros residentes en México,

deberán presentar a la entidad instructora los documentos que

acrediten su legal estancia en el país para realizar esta actividad,

conforme a la normatividad en materia de migración; y deberán

contar con su registro federal de contribuyentes expedido por la

autoridad competente;

Plantilla de instructores

Agentes Capacitadores Externos

R

E

Q

U

I

S

I

T

O

S

40

Agentes Capacitadores Externos

Formato DC-5 Original y copia de los

documentos que

acrediten la educación

obligatoria (hasta

bachillerato)

Original y copia de los

documentos que acrediten

los conocimientos técnicos

en los temas de

instrucción y como

instructor

Adquiridos académica o empíricamente

Requisitos Instructores independientes:

Como instructor:

Haber impartido

5 cursos.

2 fotografías infantiles recientes

Para extranjeros residentes en

México, además acreditar su

legal estancias en el país para

realizar esta actividad y contar

con RFC

La STPS deberá

contar con su

aprobación para

la publicación de

su información

41

Agentes Capacitadores Externos

Puedan

registrar la

actualización

de la plantilla

docente.

Personas morales

Personas físicas

Instructores independientes

Puedan

registrar la

actualización

de los cursos

de

capacitación

que impartan.

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Agentes Capacitadores Externos

Agentes capacitadores internos de la

empresa

No requieren contar

con la autorización

y registro ante la

STPS.

Autoridades competentes de la STPS

Personal de las empresas de las que

se adquiera un bien o servicio

Extranjeros que brinden la

capacitación a trabajadores mexicanos

en territorio nacional

Extranjeros que brinden la

capacitación a trabajadores mexicanos

en el extranjero

43

Supervisión

La STPS supervisará el desempeño de los agentes capacitadores externos

Revocación y cancelación

Si el ACE contraviene lo establecido en el Acuerdo, la autoridad que emitió la autorización y registro podrá revocarlo y cancelarlo

Respetando el derecho de

audiencia

correspondiente, de

conformidad con la Ley

Federal de Procedimiento

Administrativo y demás

normatividad aplicable

Agentes Capacitadores Externos

44

Se incorporó pregunta

Formato DC-5

45

Se sustituyó dato

Se incorporó explicación

Formato DC-5

46

Se incorporó indicación

Formato DC-5

47

AR

TÍC

UL

O C

UA

RT

O • Los registros de los

agentes capacitadores externos, otorgados por la Secretaría hasta la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, conservarán su vigencia.

AR

TÍC

UL

O Q

UIN

TO

• Los Agentes Capacitadores Externos cuya información se encuentra en el Directorio, contarán con un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, para solicitar que no sea publicada su información en el referido Directorio. En caso contrario, se entenderá por aceptada la publicación de sus datos en dicho directorio.

AR

TÍC

UL

O S

EX

TO

• Los instructores independientes que deseen conservar su registro como agente capacitador externo deberán acreditar, por única ocasión, que cuentan con la educación obligatoria en los términos del Artículo 16, fracción II, inciso a) del presente Acuerdo, contando para ello con un plazo de tres años a partir del siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

TRANSITORIOS

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Delegación Federal del Trabajo en Jalisco

Direccion de Promoción y Desarrollo

Subdirección de Articulación de Programas

Alcalde No. 500 Esquina Hospital

Palacio Federal Tercer Piso

Tels. 35 60 21 52 Al 57 Exts. 108, 112 128

Correo Electrónico: [email protected],

[email protected] [email protected],

[email protected], [email protected]