59
www.francomurgueitio.com

REGIMEN CAMBIARIO

Embed Size (px)

DESCRIPTION

NORMATIVIDAD CAMBIARIA DE COLOMBIA

Citation preview

Page 1: REGIMEN CAMBIARIO

www.francomurgueitio.com

Page 2: REGIMEN CAMBIARIO

NUEVA REGLAMENTACIÓN DELREGLAMENTACIÓN DEL

RÉGIMEN CAMBIARIORÉGIMEN CAMBIARIO

Circular Externa DCIN 83 del 30 de septiembre de 2009p

Febrero 10 de 2010

Page 3: REGIMEN CAMBIARIO

ASPECTOSASPECTOS GENERALESGENERALES

Page 4: REGIMEN CAMBIARIO

MARCO LEGALMARCO LEGAL

• Constitución Política de ColombiaArtículos 150, 189, 371, 372, 373

• Ley 09 de 1991 Ley Marco de Cambios Internacionales

R l ió E N 8 d 2000• Resolución Externa No. 8 de 2000Banco de la República

Ci l E t DCIN 83• Circular Externa DCIN – 83Banco de la República

Page 5: REGIMEN CAMBIARIO

REGIMEN Y MERCADO CAMBIARIO

COMPRA -VENTA

RESIDENTE NO RESIDENTEDIVISAS

Page 6: REGIMEN CAMBIARIO

OPERACIONES OBLIGATORIAMENTEOPERACIONES OBLIGATORIAMENTE CANALIZABLES

Resolución Externa 8 de 2000:• Importación y Exportación de Bienes

O i d E d d i t E t l b d• Operaciones de Endeudamiento Externo celebradaspor residentes en el país

• Inversiones de capital del exterior en el paísInversiones de capital del exterior en el país• Inversiones de capital colombiano en el exterior• Inversiones financieras en títulos emitidos y en activos y

radicados en el exterior• Avales y garantías en moneda extranjera.

Page 7: REGIMEN CAMBIARIO

GENERALIDADESGENERALIDADES

CONCEPTO FORMULARIO NÚMERO

Importación de Bienes 1

Exportación de Bienes 2

Endeudamiento Externo 3

I i I t i l 4Inversiones Internacionales 4

Servicios Transferencias y Otros Conceptos 5

Información de Endeudamiento Externo otorgado a Residentes 6g

Información de Endeudamiento Externo otorgado a No Residentes 7

Relación de operaciones de cuenta corriente de compensación 10

Page 8: REGIMEN CAMBIARIO

GENERALIDADESGENERALIDADES

• DevolucionesDevoluciones• Correcciones: Cambio de formulario,

modificaciónmodificación.• Aclaraciones para fines estadísticos:

Numerales CambiariosEndeudamiento externo e inversiones internacionales

• Errores de digitaciónErrores de digitación

Page 9: REGIMEN CAMBIARIO

DECLARACIONESDECLARACIONES DE CAMBIODE CAMBIO

Page 10: REGIMEN CAMBIARIO

QUÉ ES UNA DECLARACIÓN DE CAMBIO?CAMBIO?

La declaración de cambio es el documento quepresentan las personas naturales ó jurídicas cuando serealizan operaciones de compra y venta de divisas arealizan operaciones de compra y venta de divisas através del mercado cambiario. La declaración de cambioes diligenciada bajo la gravedad de juramento, por lotanto las cantidades y demás datos consignados en elformulario deben ser correctos y a fiel expresión de laverdad.verdad.

Page 11: REGIMEN CAMBIARIO

CARACTERÍSTICAS DE LASCARACTERÍSTICAS DE LAS DECLARACIONES DE CAMBIO

Se utilizan para la canalización de divisas a través de los I.M.Có Cuentas de compensación.Son documentos con los cuales se demuestra la legalización delas divisas.Contienen la información que respalda la compra o venta dedivisas.L O i d bi bli t i t li blLas Operaciones de cambio obligatoriamente canalizables,deberán pagarse o reintegrarse por el residente que realiza laoperación de Cambio.Las Importaciones y Exportaciones pagadas en Moneda LegalLas Importaciones y Exportaciones pagadas en Moneda LegalColombiana, y las efectuadas con usuarios de Zona Franca,requieren la presentación de las declaraciones de cambio.La firma debe ser la del representante legal o de aquel que porp g q q pmandato haga sus veces, puede ser un documentos privadojuramentado.

Page 12: REGIMEN CAMBIARIO

DECLARACIONES DE CAMBIO

Formulario 1: Pago de Importaciones

DECLARACIONES DE CAMBIO

Formulario 2: Reintegro de Exportaciones

Formulario 3: Desembolso y Pagos Deuda Externa

F l i 4 I i I t i lFormulario 4: Inversiones Internacionales

Formulario 5: Servicios Transferencia y Otros Conceptos.

Formulario 3A: Informe Desembolso y Pagos de EndeudamientoFormulario 3A: Informe Desembolso y Pagos de Endeudamiento

Externo.

Formulario 6: Deuda Externa Residentes

Formulario 7: Deuda Externa No residentes

Page 13: REGIMEN CAMBIARIO

DECLARACIONES DE CAMBIO

Formulario 8: Registro Avales y Garantías

DECLARACIONES DE CAMBIO

Formulario 9: Registro Cuentas Corrientes de Compensación.

Formulario 10: Reporte Mensual de Cuentas Corrientes de Compensación

Formulario 11: Registro de Inversiones Internacionales

Formulario 13: Registro de Inversión Suplementaria al Capital Asignado y Actualización de Cuentas Patrimoniales Suc.del R. Especial.

C SFormulario 15: Conciliación Patrimonial Empresas y Suc.del Régimen General.

Formulario 17: Solicitud de Prorroga para el registro de Inv.Formulario 17: Solicitud de Prorroga para el registro de Inv.Internacionales.

Page 14: REGIMEN CAMBIARIO

MODIFICACIONES A LOS

Formulario No.1

FORMULARIOS

• Casilla 18 se debe escribir el número de la casilla “númeroAceptación Declaración “ de la Declaración de Importación (Casillap p (132 y 133 de la declaración de Importación)

• Casilla 20 :– Escribir la fecha y el número del documento de transporte óy p– La fecha de nacionalización del bien y el número de la Casilla

“No Aceptación Declaración” (En caso de importacionesTemporales de Corto Plazo) ó

– La fecha y el número de autorización de salida del formulario demovimiento de mercancía en Zonas Francas – Salida demercancía

– La fecha y el número de Movimiento de Mercancía Zona Franca– Ingreso ó Factura de Compraventa.

Page 15: REGIMEN CAMBIARIO
Page 16: REGIMEN CAMBIARIO

MODIFICACIONES A LOS

F l i N 2

FORMULARIOS

Formulario No.2

• Casilla 15 – Número de la declaración de exportación definitiva ala cual se le aplican las divisas reintegradas para el litográfico y ella cual se le aplican las divisas reintegradas para el litográfico y elnúmero de formulario 600 para los nuevos. Par las operacionesde Zona Franca, se debe tener en cuenta el formulario Movimientode Mercancía Zona Franca – Salida de Mercancías, salvo loprevisto en el párrafo segundo del numeral 16 y en los numerales14 y 18 del punto 9 de la Circular Reglamentaria DCIN-83.

• Casilla 16 - fecha de la declaración de exportación definitivacontenida en la casilla 997 del formulario 600 de de los servicioscontenida en la casilla 997 del formulario 600 de de los serviciosinformáticos electrónicos de la DIAN y para el formulariolitográfico la “fecha de la declaración de exportación definitiva”.

Page 17: REGIMEN CAMBIARIO

DECLARACIONES DE CAMBIO

Page 18: REGIMEN CAMBIARIO

DECLARACIONES DE CAMBIO

Page 19: REGIMEN CAMBIARIO

DECLARACIONES DE CAMBIO

Page 20: REGIMEN CAMBIARIO

IMPORTACIONES

Page 21: REGIMEN CAMBIARIO

IMPORTACIONESIMPORTACIONESDECLARACIÓN IMPORTACIÓN FOB => 10.000

F1 - 2015 F3 - 4505F1 - 2017

EMBARQUE DE LA MERCANCIA 6 MESES DOC.TRANSPORTE

DEPÓSITO 0%

REGISTRO DEUDA EXTERNA CON F6LEGALIZACIÓN

ANTICIPO

F1 - 2015

FOB => 10.000Una vez se cuente con los documentosdocumentos

Page 22: REGIMEN CAMBIARIO

QUÉ ES UNAQUÉ ES UNA IMPORTACIÓN?

Es la introducción de mercancías procedentesde otros países al territorio Nacional o de ZonapFranca.

Q ié d Fi i i ió ?Quiénes pueden Financiar una importación?

• Proveedores• Proveedores• Intermediarios del mercado cambiario• Entidades financieras del exteriorEntidades financieras del exterior

Page 23: REGIMEN CAMBIARIO

IMPORTACIONESTarjeta de Crédito emitida en Colombia cobrada en Pesos:

Cuando el valor FOB de la importación supere los US$10.000,se debe diligenciar el Formulario No 1, Numeral Cambiario 2014, ypresentarse al IMC, en el momento en que se hace el primerpago, por el valor total de la importación. Cuando el valor FOB

i f i i l US$10 000 l b t d h á lsea inferior igual a US$10.000 el comprobante de pago hará lasveces de la declaración.

Tarjeta de Crédito internacional emitida en el exterior o enTarjeta de Crédito internacional emitida en el exterior o enColombia cobrada en divisas.

Se debe diligenciar el Formulario 1, Numeral cambiario 2015,Se debe diligenciar el Formulario 1, Numeral cambiario 2015,siempre independiente del monto y presentar al IMC cada vez quese efectúe un abono para pagar el valor financiado

Los pagos de importaciones con T.C. independiente del plazode financiación no requieren de registro de deuda externa.

Page 24: REGIMEN CAMBIARIO

EXPORTACIONES

Page 25: REGIMEN CAMBIARIO

EXPORTACIONESDEX FOB => 10.000

F3A i

F3 si devuelve divisas

EXPORTACIONES

F2 - 1040 F3 - 4020F2 - 1050

4 MESES F6 – 0%

F3A si exporta

EMBARQUE DE LA MERCANCIA 12 MESES DEX

REGISTRO DEUDA EXTERNA CON F7LEGALIZACIÓN

ANTICIPO

F2 - 1040

FOB => 10.000

Una vez se cuente con los documentos

Page 26: REGIMEN CAMBIARIO

QUÉ ES UNAQUÉ ES UNA EXPORTACIÓN?

Es la Salida de Mercancías del Territorio Aduanero o Zona Francaotros países.

Quiénes pueden financiar un exportador?

Los Intermediarios del Mercado Cambiario o las EntidadesFi i d l E t i d á fi i l t i b j lFinancieras del Exterior, podrán financiar las exportaciones bajo lamodalidad de prefinanciación de exportaciones, las cualesconstituyen una operación de endeudamiento externo que debeser informada al Banco de la República antes de su desembolsoser informada al Banco de la República antes de su desembolso.

Los exportadores también pueden financiarse a través de laslíneas de BANCOLDEX que se han creado para tal efecto.líneas de BANCOLDEX que se han creado para tal efecto.

Page 27: REGIMEN CAMBIARIO

PAGO DE EXPORTACIONES CON TARJETA DE CRÉDITO

Cuando el abono es moneda Legal: Presentar elFormulario No 2 al Intermediario del MercadoCambiario dentro de los 5 días hábiles siguientes a lacanalización mediante el abono en cuenta. NumeralCambiario 1061.Cambiario 1061.

Cuando el abono es divisas: Cuando el abono es enuna Cuenta Corriente de Compensación se debeuna Cuenta Corriente de Compensación, se debeelaborar el Formulario No 2 y utilizar el numeralcambiario 1040.

Page 28: REGIMEN CAMBIARIO

DEUDA EXTERNA

Page 29: REGIMEN CAMBIARIO

QUÉ ES ENDEUDAMIENTO

Se trata de todo crédito o financiación en moneda extranjera

QEXTERNO

Se trata de todo crédito o financiación en moneda extranjera,obtenido u otorgado por residentes en el país, que ya sea por suplazo o por su misma naturaleza debe registrarse como deudaexterna ante el Banco de la República.externa ante el Banco de la República.

Cómo está clasificado el endeudamiento externo:

El endeudamiento externo está clasificado en:

Créditos Pasivos: Son los créditos obtenidos por residentes enC l bi i F l i N 6Colombia y se registran con Formulario No 6

Créditos Activos: Son los créditos otorgados por residentes en elpaís a personas no residentes y se registran con Formulario No 7país a personas no residentes y se registran con Formulario No 7.

Page 30: REGIMEN CAMBIARIO

En importaciones:En importaciones:Las importaciones financiadas a más de 6 meses y con valorFOB i USD10 000FOB superior a USD10.000.

Los Giros financiados Anticipados para futura importaciones

En Exportaciones:Los pagos anticipados de exportaciones cuyo despacho de lamercancía se haya efectuado después del 4 mes contado apartir de la fecha del reintegro de las divisas. El registro deberáf t i l li i t d l 4efectuarse previo al cumplimiento de los 4 meses.

Cuando el plazo otorgado para el pago de la exportación resultesuperior a 12 (doce) meses y el valor FOB sea superior asuperior a 12 (doce) meses y el valor FOB sea superior aUSD10.000

Page 31: REGIMEN CAMBIARIO

En operaciones de crédito:

Los créditos en moneda extranjera para capital de trabajo,otorgados a residentes colombianos por Entidades Financierasotorgados a residentes colombianos, por Entidades Financierasdel Exterior o por Intermediarios del Mercado Cambiario enColombia, independiente del plazo.

Los créditos para Prefinanciación de exportaciones.

Los Créditos Bancoldex en Moneda Extranjera destinados aLos Créditos Bancoldex en Moneda Extranjera destinados afinanciar exportaciones con plazo inferior a 1 año.

Page 32: REGIMEN CAMBIARIO

Cómo se lleva a cabo el registro de Endeudamiento Externo?Endeudamiento Externo?

Presentando ante el Intermediario del Mercado Cambiario losPresentando ante el Intermediario del Mercado Cambiario losrespectivos formularios para el registro de EndeudamientoExterno tanto para Residentes como no ResidentesColombianos, previa la constitución del depósito cuando así loColombianos, previa la constitución del depósito cuando así lorequiera el tipo de Operación. El Intermediario transmitirá lainformación ante el Banco de la República y le proporcionará alcliente una copia del Formulario con el número de Aprobaciónp pdel Crédito. Dicho número será requerido posteriormente pararealizar los abonos, pagos o cancelaciones con el Formulario No3.

Page 33: REGIMEN CAMBIARIO

CUENTAS DECUENTAS DE COMPENSACIÓNCOMPENSACIÓN

Page 34: REGIMEN CAMBIARIO

DEFINICIÓNCuentas en Moneda Extranjera, abiertas por un residentecolombiano, para las cuales hay obligación de registro

úante el Banco de la República, con su respectivo reportemensual y trimestral ante la DIAN.

A través de estas cuentas solo se pueden canalizaringresos y egresos de divisas propios del titular, derivadosingresos y egresos de divisas propios del titular, derivadosde las operaciones de cambio autorizadas.

Page 35: REGIMEN CAMBIARIO

ÉPOR QUÉ DEBEN ESTAR REGISTRADAS?

Porque a través de estas cuentas se canalizaranoperaciones de obligatoria canalización según elrégimen cambiario colombiano (OOCMC):régimen cambiario colombiano (OOCMC):

Reintegro de ExportacionesReintegro de ExportacionesPago de ImportacionesDesembolso y Pagos de Deudas Externasy gInversiones InternacionalesAvales y Garantías

Page 36: REGIMEN CAMBIARIO

INGRESOS Y EGRESOS PERMITIDOS CCC TRADICIONALES

INGRESOS

Reintegro de

EGRESOS

Pago de ImportacionesPagos de deudaCCC

ExportacionesDesembolsos deuda externaInversiones

Pagos de deuda externaInversiones Internacionales

CCC

Inversiones InternacionalesOperaciones del Mercado LibreDi i d i id l

Operaciones del Mercado LibreVenta de Divisas IMC, Formulario No 5Divisas adquiridas a los

IMC, Formulario No 5 numeral cambiario 5908Ingresos de divisas

Formulario No 5 numeral cambiario 5379Venta de divisas otros Ingresos de divisas

provenientes de otros titulares de CCC, por compra de divisas

titulares de CCC.IMC

F5- 5908 (E) F5- 5379 (I)

Page 37: REGIMEN CAMBIARIO

MODIFICACIONES A LAS DECLARACIONES DE CAMBIO

Reportes CCCReportes CCCReportes CCCReportes CCC

IMC= Intermediarios del Mercado CambiarioCCC = Cuenta Corriente de Compensación

Page 38: REGIMEN CAMBIARIO

MODIFICACIONES CUENTASMODIFICACIONES CUENTAS DE COMPENSACION

• El Banco de la República cancelará losregistros de cuentas corrientes deregistros de cuentas corrientes decompensación, que durante 12 mesescontinuos no presenten movimientoscontinuos no presenten movimientos(Formulario No.10).

Page 39: REGIMEN CAMBIARIO

REGIMENREGIMENSANCIONATORIOSANCIONATORIO

39

Page 40: REGIMEN CAMBIARIO

Declaración de CambioNuevas reglas

– Se entiende que la Declaración de Cambioestá correctamente presentada cuando laestá correctamente presentada cuando lainformación haya sido recibida oprocesada por los IMC

– O cuando la misma se encuentreincorporada en el sistema del Banco de laR úbli lt d d lRepública como resultado de latransmisión electrónica que realizan losIMC y los titulares de C C C

40

IMC y los titulares de C.C.C.

Page 41: REGIMEN CAMBIARIO

Declaración de CambioPrincipio SancionatorioPrincipio Sancionatorio

Oficio JDS – 19257 oct 09 /09

P i i d á– Por errores u omisiones de carácterformal que se detecten en la D/Cconservada físicamente relacionadasconservada físicamente, relacionadascon:

1 En el NIT del IMC1.En el NIT del IMC2.Número de la Declaración de cambio3 Fecha de la Declaración de cambio3.Fecha de la Declaración de cambio

No son procedentes sanciones cambiarias * (literal d) - R S )

41

cambiarias (literal d) R. S.)

Page 42: REGIMEN CAMBIARIO

Transmisión al Banco República -Transmisión al Banco República I.M.C.

Datos Declaración de CambioDatos Declaración de Cambio

L i f ió d h idLa información de estos campos ha sidoverificada por el IMC y validada por el IMC

l B d l R lo el Banco de la Rca. en los casos en quese han transmitido en forma electrónical ti d l i d bi *las respectivas declaraciones de cambio *

42

Page 43: REGIMEN CAMBIARIO

Transmisión al Banco República -I.M.C.

Campos Declaración de Cambiop

– Los datos de F-3 (sin DEX) y F-4 – Los datos del F-1, F-2 y F-5 *, relativos a los

campos: fecha – número - Nit IMC - ValorUSD N b d l tit l d l ió dUSD - Nombre del titular de la operación decambio

* Con excepción de los envíos consolidados de información del F-5

43

Page 44: REGIMEN CAMBIARIO

Aclaración para fines estadísticosAclaración para fines estadísticos

– Los campos del F-1 relacionados con elnumeral, valor USD, los documentos deimportación y la casilla 20

– Los campos del F-2 relacionados con lasección VI – Información DEX definitivasSon susceptibles de ser aclarados para finesestadísticos en cualquier tiempo sin sancióncambiaria (art. 1, pgr. Res. 8/2000, Num.

44

1.7.1 – Circular DCIN 83)

Page 45: REGIMEN CAMBIARIO

Campos Condiciones de Pago D hy Despacho

– Es obligatorio su diligenciamiento en la declaracióninicial que ampare giros o reintegros anticipados –2017 / 1050P d difi d l d l ió i i i l l– Puede ser modificada la declaración inicial en eltérmino legal, a fin de diligenciarlosSu falta de diligenciamiento acarrea la sanción por– Su falta de diligenciamiento acarrea la sanción pordeclaración de cambio incompleta – 5 smlm – (literald – R.S.))

– Estos campos pueden ser actualizados en cualquiermomento para fines estadísticos, sin sanción

45

Page 46: REGIMEN CAMBIARIO

Campo de ObservacionesCampo de ObservacionesObligatoriedad

– En los casos de pago en moneda legalcolombiana de importaciones de bienes

– En pagos de importaciones o exportacionesefectuadas por tráfico postal o envíosurgentes

– En pagos de importaciones de bienes en losque se haya aplicado un descuento

46

Page 47: REGIMEN CAMBIARIO

C d Ob iCampo de ObservacionesObligatoriedad

– Puede ser modificada la declaración inicial en eltérmino legal a fin de diligenciar este campotérmino legal, a fin de diligenciar este campo

– Su falta de diligenciamiento acarrea la sanción por declaración de cambio incompleta 5 smlm – (literal ddeclaración de cambio incompleta 5 smlm – (literal d – R. S.)

– El campo de observaciones puede ser actualizadoEl campo de observaciones puede ser actualizadoen cualquier momento para fines estadísticos, sinsanción

47

Page 48: REGIMEN CAMBIARIO

Transmisión al Banco República – C.C.C.pDatos Declaración de Cambio

– Si los datos han sido transmitidos electrónicamenteal Banco de la República (F-3- 3A y F-4) por lostitulares de C C Ctitulares de C.C.C.

– Los errores u omisiones de carácter formal en NITdel IMC - Número de la D.C. - Fecha de la D.C.del IMC Número de la D.C. Fecha de la D.C.cometidos en la respectiva declaración de cambioconservada físicamente

– No son sujetos de sanción dado que la informaciónha sido validada por el Banco de la República

48

Page 49: REGIMEN CAMBIARIO

Errores Formales Declaración de Cambio – C.C.C.

L d l i d bi fí i l– Las declaraciones de cambio físicas que lostitulares de C.C.C. no deban transmitir al Bancode la República (F-1 y F-2; F-4 por numeralesde la República (F 1 y F 2; F 4 por numeralesdiferentes al 4026, 4030, 4031, 4032, 4035,4040, 4563, 4565 y 4580)

– Que presenten información incompleta o erradaen los campos Código C.C.C. / Fecha / Númerode la declaración de cambiode la declaración de cambio

– No generan infracción cambiaria – Pueden sercorregidos en cualquier momento en estos

49

corregidos en cualquier momento en estoscampos

Page 50: REGIMEN CAMBIARIO

E F lErrores Formales

E i ti i l DIAN d b iti l– En sus investigaciones la DIAN debe permitir que elresidente aclare o complete la información con losdatos transmitidos al IMC o al Banco de la RepúblicaL DIAN d li it di t t l IMC l– La DIAN puede solicitar directamente al IMC o alBanco de la República los datos faltantes oincorrectos en la declaración física, derivados de

f l *errores formales *– No es procedente imponer la sanción por presentar

la declaración con datos equivocados o incompletosd i d d f l * l iderivados de errores formales * que se relacionencon la información conservada y a disposición de laDIAN en las entidades mencionadas

50

Page 51: REGIMEN CAMBIARIO

Errores Sancionables

– Datos incorrectos que afecten laidentificación y el nombre o razón socialydel importador – exportador – deudor oacreedor, o el valor total girado que nosean corregidos en el término legal *

– Utilización del Formulario incorrecto –(E l t )(Error en el concepto) que no seasubsanado en el término legal *

51

Page 52: REGIMEN CAMBIARIO

PRINCIPIO DE IDENTIDADALCANCES DEL CONTROL DIAN

- Detección de reintegros o giros en pago deexportaciones o importaciones de bienes que noprovengan efectivamente de dichas operacionesprovengan efectivamente de dichas operaciones

- Canalización indebida de divisas a través delmercado cambiariomercado cambiario

- Sin perjuicio del reporte a la UIAF y demásautoridades

- Sanción 200% - literal h) - R. S.

52

Page 53: REGIMEN CAMBIARIO

CONCEPTO 4 DE 2007 OFICINA JURIDICA DIAN

- Si un tercero (mandatario) realiza el pago de unaimportación a través de su cuenta corriente a nombre delimportadorimportador

- Aunque diligencie el F-1 a nombre del importador no seentiende efectuado el reembolso por parte del importador

- “La declaración de cambio se presenta a nombre delimportador, pero quien realmente efectuó el pago de laimportación fue un tercero ajeno a la operación.”p j p

- Se califica la operación como no canalizada a través delmercado cambiario –Sanción 200% literal e) - R.S.

53

Page 54: REGIMEN CAMBIARIO

ZONASZONAS FRANCASFRANCAS

54

Page 55: REGIMEN CAMBIARIO

ZONAS FRANCASZONAS FRANCAS

Los residentes que compren bienes en Z F- Los residentes que compren bienes en Z.F.de propiedad de no residentes debenpresentar F-1 por el valor pagado al nopresentar F 1 por el valor pagado al noresidente. No se tiene en cuenta el F.M.M. –ingreso

- Endeudamiento: si el pago supera los 6meses desde la fecha de expedición de laf t d t Si l tfactura de compraventa – Si el montofacturado es igual o superior a USD10.000 osu equivalente en otras monedas

55

su equivalente en otras monedas

Page 56: REGIMEN CAMBIARIO

ZONAS FRANCASZONAS FRANCAS– Los residentes que vendan mercancía enq

el T.A.N. a un no residente– La mercancía es ingresada y almacenadag y

en Zona Franca– Se debe presentar F-2 por el valor pagado

por el no residente– Endeudamiento: si el pago supera los 12

ti d l f h d l DEX *meses a partir de la fecha del DEX * convalor FOB superior a USD10.000 o suequivalente

56

equivalente

Page 57: REGIMEN CAMBIARIO

ZONAS FRANCASZONAS FRANCAS

Los residentes que vendan mercancía en Z F a- Los residentes que vendan mercancía en Z.F. ano residentes

- Deben presentar F-2 en el momento del reintegroDeben presentar F 2 en el momento del reintegrode acuerdo con el valor facturado

- No se tiene en cuenta el F.M.M. – salida- Endeudamiento: si el pago supera los 12 meses

desde la fecha de expedición de la factura decompraventa – Si el monto facturado es superiora USD10.000 o su equivalente en otras monedas

57

Page 58: REGIMEN CAMBIARIO

ZONAS FRANCASZONAS FRANCAS

- Si el usuario de Zona Franca incluye enprocesos de transformación y ensamble partes ypiezas de su propiedad al producto final quepiezas de su propiedad al producto final quegenere obligación de reintegro * se obliga apresentar F-2 por el valor de las partes y piezasfacturadas al residente en el exterior

- Endeudamiento: si el pago supera los 12 mesesti d l f h d l f t Si l ta partir de la fecha de la factura – Si el monto

facturado es superior a USD10.000 o suequivalente

58

equivalente

Page 59: REGIMEN CAMBIARIO

Muchas gracias, señores asistentes !

Departamento de Comercio InternacionalLuz Karime Vence [email protected]

F M iti & A i dFranco Murgueitio & Asociadoswww.francomurgueitio.comCalle 1 No 4-38Calle 1 No. 4 38Pbx 57-2-8933863, fax 57-2-8933935Cali, Colombia, Sur América, ,