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BIBIANA BUITRAGO DUARTE
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
REGIMEN TRIBUTARIO Y CAMBIARIO DEL SECTOR SERVICIOS
INTRODUCCIÓN
EL EMPRESARIO Y LA EMPRESA DE SERVICIOS
STAKESTAKESTAKESTAKE----HOLDERSHOLDERSHOLDERSHOLDERS
EMPRESA
Y El establecimiento
de Comercio
EMPRESARIO
PROVEEDORES
CLIENTES
EMPLEADOS
SOCIEDAD
CIVIL
EL ESTADO
Responsabilidad social empresarial y el pago de impuestos.
-moralmente-económicamente
CARACTERIZACIÓN,CARACTERIZACIÓN,CARACTERIZACIÓN,CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓN YYYYCALIFICACIÓNCALIFICACIÓNCALIFICACIÓNCALIFICACIÓN DEDEDEDE LOSLOSLOSLOS SERVICIOSSERVICIOSSERVICIOSSERVICIOS
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ4
� Clasificaciones internacionales: OMC y ONU� ONU: Clasificación CIIU: IVA, ICA, RUT
� Clasificaciones del derecho colombiano:� Código Civil, Código de Comercio, Leyes específicas.
CARACTERIZACIÓN,CARACTERIZACIÓN,CARACTERIZACIÓN,CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓN YYYY CALIFICACIÓNCALIFICACIÓNCALIFICACIÓNCALIFICACIÓN ----CONCEPTOCONCEPTOCONCEPTOCONCEPTO YYYY TIPOTIPOTIPOTIPO DEDEDEDE SERVICIOSSERVICIOSSERVICIOSSERVICIOS (OMC)(OMC)(OMC)(OMC)
� Clasificación W-120 de la ONU que data de 1991 establece 12grandes sectores. De la coalición encontramos: comunicaciones;construcción ingeniería y conexos; servicios de enseñanza; sociales yde salud; turismo y relacionados con los viajes; de esparcimiento,culturales y deportivos (excepto los audiovisuales); transporte.
� Servicios dentro del país
� Importación de servicios (indefinición legal en Colombia)
� Exportación de servicios(indefinición legal en Colombia)
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ5
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ6
COMERCIO DE BIENES COMERCIO DE SERVICIOS
Productor – importador Suministro transfronterizo: internet
Productor – distribuidor Distribuidor de dos clases: -compra para revender-mandatario con representación “representation offices”
Consumo en el exterior: salud
Instalación del productor: Presencia comercial – establecimiento comercial o personal
Implica usualmente Inversión Extranjera Directa: es una adquisición de un activo para administrarlo, controlarlo o manejarlo. Según la UNCTAD agrega que el inversor tiene que tener un interés a largo plazo.
Vehículos: Corporations, Branch, Partnerships, Cooperatives, Associations, Foundations, Trust, etc.
Movimiento de personas: profesor
CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN: CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN: CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN: CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN: SERVICIOS EN EL DERECHO COLOMBIANOSERVICIOS EN EL DERECHO COLOMBIANOSERVICIOS EN EL DERECHO COLOMBIANOSERVICIOS EN EL DERECHO COLOMBIANO
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ7
Código de Comercio� Actos mercantiles que son servicios (art. 20) Arrendamiento de bienes, servicios
financieros, corretaje y representación de empresas nacionales o extranjeras,explotación de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje; transporte depersonas o de cosas, a título oneroso; depósito de mercaderías, provisiones osuministros, espectáculos públicos (…); editoriales, litográficas, fotográficas,informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios;Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones uornamentaciones; Las empresas de construcción, reparación, (…) de vehículospara el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios.
� La prestación de servicios profesionales no son comerciales (Medicos, abogados,contadores, arquitectos)
DEBERES DE LOS COMERCIANTES DEBERES DE LOS COMERCIANTES DEBERES DE LOS COMERCIANTES DEBERES DE LOS COMERCIANTES
1. Matricularse en el registro mercantil;2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y
documentos respecto de los cuales la ley exija esaformalidad;
3. Llevar contabilidad regular de sus negocios4. Conservar la correspondencia y documentos
relacionados con sus negocios o actividades;5. Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago
corriente de sus obligaciones mercantiles, y6. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
CARACTERIZACIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN:SERVICIOS EN EL DERECHO COLOMBIANO
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ9
� Consultoría, diseño, construcción y obras públicas: CC, Ley 80 y1150 de 2007
� Salud: Ley 100/93
� Educación superior: Ley 30/92
� Industrias culturales y audiovisuales: Ley 397/97
� TIC´s: Ley 1341/09
� Turismo: Leyes 300/96 y 1106/06.
� Logística y asociados: CCo., Ley 336/96
EL EMPRESARIO DE SERVICIOS� ELECCIÓN DEL ROPAJE
JURÍDICO DE LA EMPRESA:� Persona natural� Persona jurídica
� Fundaciones
� Asociaciones� Cooperativas� Entidades de derecho público
� Sociedad del Código de Comercio� Limitadas, anónimas, en
comandita, colectivas.
PUNTOS A EVALUAR:
� ASPECTOS DE MERCADEO: ¿COMO SE VE MEJOR LA EMPRESA?
� ASPECTOS DE RESPONSABILIDAD
� ASPECTOS TRIBUTARIOS� RENTA� IVA
LAS SAS FACILITAN LA FORMALIDAD (LEY 1258/08)
� Constitución:� Por una o varias PN o PJ� Por documento privado + inscripción en la Cámara de Comercio.
� Sin inscripción habrá sociedad de hecho.
� Responsabilidad: responsabilidad hasta el monto de los aportes. Noserán responsables por deudas laborales, tributarias o de cualquierotra naturaleza, salvo desestimación por fraude.
� Capital: Suscripción y pago del Capital flexible. Dentro del plazo de 2años. Diversos tipos de acciones:� Privilegiadas� Con dividendo preferencial y sin derecho a voto� Con dividendo fijo anual� Acciones de pago: para proveedores y trabajadores..
� Órganos societarios:� Flexibilidad. En caso de que los estatutos no lo mencionen será la asamblea o el
accionista único quienes detenten todas las funciones.� Revisor fiscal: las SAS no están obligadas a tener revisor fiscal. Tienen el deber si
los ingresos o activos exceden 3000 y 5000 smlmv, respectivamente o si así lo hadispuesto el contrato social.
� Contabilidad debe ser dictaminada por contados público independiente.
� Derechos políticos determinados por el contrato social. Flexibilidad
� Objeto social: puede ser “cualquier actividad comercial o civil lícita”
� Duración: puede ser indefinido.
ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL SECTOR SERVICIOS
.
¿QUÉ ES UN TRIBUTO?¿QUÉ ES UN TRIBUTO?¿QUÉ ES UN TRIBUTO?¿QUÉ ES UN TRIBUTO?
� Pago en dinero al que está obligado por la ley el ciudadanopersona natural (y empresario) o las personas jurídicas afavor del Estado, con el fin de satisfacer los gastos públicos.
CONCEPTO DE TRIBUTO - ELEMENTOS
1. Pago en dinero � Obligación dineraria
2.Obligación legal � Principio de legalidad.
3. Destinación de losrecursos
� Satisfacer los gastos públicos
Tipología Tributaria
� Impuestos
� Tasas
� Contribuciones especiales
� Contribuciones parafiscales
OOOORDENAMIENTORDENAMIENTORDENAMIENTORDENAMIENTO JJJJURÍDICOURÍDICOURÍDICOURÍDICO
� Sólo la Ley puede crear tributos:� El poder de establecer impuestos � legislador
� La aplicación � por los contribuyentes y por la administración tributaria
� El control � función administrativa del Estado
� Impuestos - Deber� Es un deber de quienes pertenecen a la sociedad �Art. 95 CPN
� Es un poder del Estado �
� Limitado por la Constitución � principios constitucionales
ORDENAMIENTO JURÍDICO
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL SISTEMA TRIBUTARIO
Principio de reserva de ley
Principio de equidad
Principio de eficiencia
Principio de progresividad
Principio de no retroactividad
¿Y ¿Y ¿Y ¿Y QUEQUEQUEQUE IMPLICANIMPLICANIMPLICANIMPLICAN LOSLOSLOSLOS IMPUESTOSIMPUESTOSIMPUESTOSIMPUESTOS????
� Obligación sustancial� Pago del impuesto
� Deberes formales� Control para asegurar el cumplimiento del pago del impuesto
� Infracciones y sanciones� El incumplimiento de las obligaciones accesorias, constituye una
infracción y se sanciona administrativamente
SISTEMA TRIBUTARIO OBLIGACIONES OBLIGACIONES OBLIGACIONES OBLIGACIONES TRIBUTARIASTRIBUTARIASTRIBUTARIASTRIBUTARIAS DEBERES TRIBUTARIOSDEBERES TRIBUTARIOSDEBERES TRIBUTARIOSDEBERES TRIBUTARIOS
NACIONALES:
� IMPUESTO DE RENTA
� IVA
� GMF Y TIMBRE
� PATRIMONIO
DEPARTAMENTALES
� CONSUMO – REGISTRO
� VEHICULOS
MUNICIPALES
� ICA
� PREDIAL
� Inscribirse en el RUT (NIT), RIT
� Declarar:� Renta: 1 al año� IVA: bimestral� Retefuente: mensual� ICA: anual, bimestral
� Llevar contabilidad� Retener� Información Exógena� Facturar
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
HECHO GENERADOR - RENTA
Grava los ingresos ordinarios y/o extraordinariossusceptibles de incrementar el patrimonio de quienlo recibe.
Grava la utilidad fiscal obtenida durante el añogravable.INGRESOS – COSTOS = RENTA BRUTARENTA BRUTA – DEDUCCIONES = RENTALÍQUIDA vs. R. Presuntiva : 33% PJ, 19 a 33% PN.
CARACTERÍSTICA DE LOS INGRESOS FISCALES
a) Correspondan a ingresos ordinarios o extraordinariosb) Que se hayan realizado dentro del año o período gravablec) Sean susceptibles de producir incremento en el patrimonio
del beneficiario, yd) La ley no los trate como ingresos no constitutivos de renta
ni de ganancia ocasional.- Ahorros en cuotas de ahorro para el fomento de la
construcción. (Hasta un 30% ingresos tributarios olaborales)
- Aportes a fondos de pensiones.(Hasta un 30%)- Dividendos y participaciones.- Indemnización por seguro de daños.
Ganancias Ocasionales: Rifas, apuestas, herencias, legados,utilidades por la liquidación de sociedades.
TERRITORIALIDAD
� Artículo 24: Son rentas de fuente nacional:
� La prestación de servicios dentro del territorio� Los pagos provenientes de la explotación de intangibles en Colombia tanto
la venta de los derechos derivados del intangible cómo su licencia.� La enajenación de intangibles siempre que estos se encuentren en el país
en el momento de su enajenación.
� La prestación de servicios dentro del territorio nacional.� Servicios técnicos y de asistencia técnica prestados en el país o desde el
exterior� Rentas de trabajo y compensaciones por actividades culturales, artísticas y
deportivas; prestación de servicios por personas jurídicas
� Servicios personales� “Ejercicio de actividades comerciales en el país”
RESIDENCIA� Son residentes: renta mundial
� Personas jurídicas constituidas bajo la ley colombiana� Personas naturales
� Nacionales:
� 6 meses de permanencia continua o discontinua en el periodo gravable o que se completen en dos periodos.
� Familia.
� Asiento principal de los negocios.
� Extranjeros: 6 meses de permanencia continua o discontinua en elperiodo gravable o que se completen en dos periodos. 5° año – rentamundial.
ELIMINACIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN� MEDIDAS INTERNAS: 254
� MEDIDAS BILATERALES: CDI Col-España, Chile. (varios en negociación)
� MEDIDAS COMUNITARIAS: D. 578
¿QUIÉN ES SUJETO PASIVO O
CONTRIBUYENTE?
- Cualquier persona natural o jurídica que realice el hecho generadordel tributo.
- Algunos entes sin personalidad jurídica previstos por la ley. Ej.Sucesiones ilíquidas.
- En el impuesto sobre la renta, será declarante quien obtenga unarenta líquida gravable en un período determinado, esto sólo aplicapara las personas naturales.
SUJETOS PASIVOS - RENTA
1. Personas Naturales
a. Personas naturales nacionales y extranjerasb. Sucesiones ilíquidasc. Bienes con destinación especial (asignaciones o
donaciones modales)
2. Personas Jurídicas
a. Nacionales y extranjerasb. Sociedades civiles, comerciales, asociaciones y
fundacionesc. Empresas unipersonalesd. Empresas industriales y comerciales del Estadoe. Sociedades de economía mixta
SUJET0S PASIVOS� No contribuyentes
� Contribuyentes� Declarantes� No declarantes� Régimen Tributario Especial
DECLARANTES
Declaraciones
Contribuyentes: Declaración de renta y complementarios. Art. 591 ET.
No contribuyentes: (Art. 23 ET.) Declaración de ingresos y patrimonio.
Todo contribuyente de renta debe presentar declaracióntributaria, EXCEPTO quien esté excluido del deber formal dedeclarar.
¿Persona natural o persona jurídica?
Persona NaturalPersona NaturalPersona NaturalPersona Natural Persona JurídicaPersona JurídicaPersona JurídicaPersona Jurídica
� Podrá no ser declarante
� Limite del 50% en costos y gastos. Interpretación restrictiva
� Siempre es declarante
� Puede dar pérdidas
1. No ser responsable del impuesto sobre las ventas
2. Tener patrimonio bruto en el último día del año o períodogravable no superior a $106.934.000 (4500 UVT) (UVT 2009)
3. Asalariados (80% de sus ingresos son laborales) y losIndependientes (con ingresos por honorarios, comisiones yservicios sujetos a retención): No haber obtenido durante elaño gravable ingresos totales superiores a $78.418.000 (3300UVT 2009)No asalariados y sucesiones ilíquidas no responsables deIVA, con ingresos brutos menores a $33.268.000 (1400 UVT)
4. Compras o consumos no superiores a $66.536.000
EXCEPTUADOS DE DECLARAR
BENEFICIOS FISCALES EN RENTA
� Inversión en activos fijos reales productivos: Deducción del 30%
� Zonas Francas: Tarifa del 15%
� Contratos de estabilidad jurídica
� Rentas exentas:� Cultivos de cacao, caucho, palma de aceite, cítricos, frutales.
� Productos medicinales y el software amparados, siempre que tenga un altogrado de investigación científica y tecnológica hasta el 2012. Proceso anteColciencias.
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL BENEFICIO� Producido y/o elaborado con posterioridad a la vigencia de la Ley 788 de 2002.
� Que el nuevo software haya sido producido y/o elaborado en Colombia. Seentiende que el software ha sido elaborado en Colombia cuando dichaelaboración y/o producción se realice dentro de los límites del territorionacional.
� Que el nuevo software se registre ante la Oficina de Registro de la DirecciónNacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior y de Justicia.
� Que en el nuevo software se haya incorporado un alto contenido deinvestigación científica y/o tecnológica nacional, lo cual deberá ser certificadopor Colciencias o la entidad que haga sus veces.
� Que el nuevo software sea el resultado de un proyecto de investigación, deconformidad con lo dispuesto en el Decreto 2076 de 1992.
SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN A COLCIENCIAS SOBRE NUEVO SOFTWARE
� Deberá presentar:
� a) El soporte lógico junto con sus manuales e instructivos;
� b) Certificación sobre existencia y representación de la empresa
� c) Copia del certificado expedido por la Oficina de Registro de la DirecciónNacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior y de Justicia;
� d) Certificación expedida por el Representante Legal y el Revisor Fiscal y/oContador Público, según el caso, de la empresa interesada, en la cual se declareque el software fue elaborado en Colombia;
� e) Los documentos necesarios que acrediten un alto contenido de investigacióncientífica y/o tecnología nacional en la producción del software
correspondiente.
COSTO DE INTANGIBLES
� Artículo 74 del E.T., “el valor de los bienes incorporales (…) seestima por su costo de adquisición demostrado, menos lasamortizaciones concedidas y la solicitada por el año o períodogravable.” Por su parte, el artículo 75 del E.T. establece que “elcosto de los bienes incorporales formados por los contribuyentes(…), se presume constituido por el 30% del valor de laenajenación”, aunque, admite prueba en contrario. De maneraque, si el contribuyente logra demostrar que el costo fue mayor,podría hacer uso de este.
� REQUIERE “figurar en la declaración de renta y complementariosdel contribuyente correspondiente al año inmediatamente anterioral gravable y estar debidamente soportado mediante avalúotécnico.”
REGIMEN TRIBUTARIO: RENTA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ36
� RENTA: BENEFICIOS:� Deducción especial del 125% (no más del 20% de la renta líquida)
por inversiones en centros o grupos de investigación deinstituciones de educación superior reconocidos por Colciencias,sin ánimo de lucro. En áreas estratégicas que incluye los servicios.
REGIMEN TRIBUTARIO: RENTAREGIMEN TRIBUTARIO: RENTAREGIMEN TRIBUTARIO: RENTAREGIMEN TRIBUTARIO: RENTA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ37
� RENTA: BENEFICIOS A LOS SERVICIOS DE LA COALICIÓN� Servicios audiovisuales y ciertas tecnologías de la información:
� Deducción del 125% por inversiones o donaciones en produccióncinematográficas.
� Beneficios fiscales para el sector de educación y cultura:� Exención: empresas editoriales de carácter cultural o científico, trasladable a los
socios.� Renta exenta: autores y traductores por libros de carácter científico.
� Servicios turísticos:� Renta exenta por ampliación y remodelación de hoteles: por 30 años.� Renta exenta por prestación de servicios hoteleros en nuevos hoteles: 30 años-
� Salud, educación, culturales y de investigación tecnológica: Régimentributario especial: tarifa 20% o 0% si se el excedente se invierte en elobjeto. BG. Distinta.
III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A RESIDENTESRESIDENTESRESIDENTESRESIDENTES
� RETENCIÓN EN RENTA: TARIFA
Servicios (no predomina el factor intelectual)Declarantes /no declarantes :
4%/6%
Honorarios y comisiones personas jurídicas: 10%/11%
Transporte de carga terrestre, aéreo/pasajeros: 1%, 3,5
Transporte aéreo o marítimo internacional: 0 0%
38
III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A RESIDENTESRESIDENTESRESIDENTESRESIDENTES
� RETENCIÓN EN RENTA: TARIFA
Servicios integrales de salud: 2%
Restaurante, hotel y hospedaje: 3.5%
� Servicios exceptuados de Retención en la fuente:
� Radio, prensa y televisión. (Coalición: Culturales yaudiovisuales)
� Almacenaje prestado por la SuperintendenciaFinanciera. (Servicios logísticos y asociados)
39
III. REGIMEN TRIBUTARIO: III. REGIMEN TRIBUTARIO: III. REGIMEN TRIBUTARIO: III. REGIMEN TRIBUTARIO: RENTENCIÓN A NO RESIDENTESRENTENCIÓN A NO RESIDENTESRENTENCIÓN A NO RESIDENTESRENTENCIÓN A NO RESIDENTES
� RETENCIÓN EN RENTA: TARIFA
Asistencia técnica prestados por no residentes 10%
Servicios técnicos Prestados por no residentes 10%
Regalías, arrendamientos, compensaciones porservicios personales, o explotación de toda especiede propiedad industrial o del know how, prestación deservicios técnicos o de asistencia técnica:
33%
40
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
IVAIVAIVAIVA
� Es un impuesto indirecto que grava el consumo� Indirecto � porque el responsable es
el vendedor del bien o elprestador del servicio
� Grava el consumo � porque forma parte delprecio que paga quien
adquiere el bien o servicio
SUJETO ACTIVO IVA
Estado DIAN Impuesto NacionalRecaudo y fiscalización
SUJETO PASIVO
El responsable, es decir, quién realiza elhecho generador:
ELEMENTO OBJETIVO ELEMENTO OBJETIVO ELEMENTO OBJETIVO ELEMENTO OBJETIVO
A. material
HECHOS GENERADORES
Venta de bienes corporales muebles, no excluidos
Importación de bienes corporales muebles, no excluidos
Prestación de servicios en territorio nacional
Circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar
ASPECTO TEMPORAL
�El impuesto sobre las ventas es instantáneo.
� El artículo 429 E.T. Señala el momento en que se causa el impuesto:
A. En las ventas (factura)
B. En las prestaciones de servicios (factura)
C. En las importaciones (nacionalización )
D. En la circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar (fecha del juego)
ASPECTO CUANTITATIVOA. Base Gravable (valor de la operación)
� Tarifas: General 16%Específicas 10%, 20%, 25%, 35%
BIENES EXENTOS Y EXCLUIDOS
BIENES EXENTOS
► Bienes o actividades gravados con una tarifa de O %► Derecho al reconocimiento de devoluciones e impuestos descontables(pagados en la adquisición de Bs. o Ss. necesarios para cumplir laactividad contratada, o producir el bien).
BIEN EXCLUIDO► Bienes o Actividades que por disposición legal no causan el impuesto.►No dan derecho al reconocimiento de impuestos descontables nidevoluciones.
� Ley 1111 de 2006: Los animales vivos que se encontraban sometidosa una tarifa del 2% al momento de su sacrificio
� Ley 1111 de 2006: Los computadores personales con un valor hastade 82 UVT (1.8 millones)
RESPONSABLES DEL IVA RÉGIMENCOMUN
PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA
Comerciantes y artesanos minoristas o detallistas, agricultores y ganaderos que realicen actividades
gravadas y quienes presten Ss. gravados que NO CUMPLAN todos los requisitos del art. 499 ET.
Que realice hechos generadores
del IVA
Para la celebración de contratos de venta de Bso prestación de Ss., gravados por cuantía de$ 78.418.000, (2009) / 81.032.000 (2010)el responsabledel Rég. Simplificadodebe inscribirse previamente en el Rég. común.
REQUISITOS
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
PERSONA NATURAL
Comerciantes y artesanos minoristas o detallistas, agricultoresy ganaderos que realicen actividades gravadas y quienes
presten Ss. gravados que CUMPLAN todos los requisitos delart. 499 ET.
Que no hayan celebrado en el año anterior ni en el añoen curso contratos gravados por valor superior a $ 78.418.000
Que tengan máximo un establecimiento decomercio u oficina donde ejercer las actividades.
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
PERSONA NATURAL
Que en el año anterior tuvieren ingresos brutos provenientesde la actividad inferiores a $95.052.000 (2009)
No ser usuarios aduanerosNo tener actividades de concesión, franquicia, regalía,Autorización, o cualquier explotación de intangibles
Que el monto de sus consignaciones bancarias,Depósitos o inversiones financieras durante el añoanterior, no supere la suma de $ 106.934.000 (2009)/110.497.000 (2010)
*Ley 1111 de 2006: Se elimina la exigencia del patrimonio Bruto.
OBLIGACIONES DEL RÉGIMEN
SIMPLIFICADO
1. Inscripción en el RUT
2. Llevar el libro de registro de operaciones varias
3. Documento de soporte expedido por el vendedor o por el adquirente del bien oSs.
4. Exigir a sus proveedores, responsables del Reg. Común, la expedición defacturas o documentos equivalentes.
5. Entregar copia del doc. en que conste su inscripción en el Reg. Simplificado enla 1a venta o prestación de Ss. que haga a no pertenecientes al Reg. Simplificado.
6. Exhibir en lugar visible al público el doc. en que conste su inscripción al RUT.
7. Informar el cese de actividades
8. Cumplir con los sistemas de control que determine el Gobierno Nacional
OBLIGACIONES REG. COMÚN
• Inscripción en el RUT
• Recaudar y cancelar el Impuesto: declarar bimestralmente
• Expedir factura o documento equivalente
• Conservar por lo menos por 5 años las informaciones• y pruebas relacionadas con el IVA.
• Cumplir con las normas de contabilidad
• Informar el cese de actividades.
• Recibir la información requerida por el administrador• de impuestos.
• Presentar declaraciones de ventas y de renta y complementarios.
CAMBIO DE RÉGIMEN
COMUN A SIMPLIFICADO SIMPLIFICADO A COMÚN
Sólo podrán acogerse al Reg. Simplificado demostrando que en los tres años fiscales anteriores se
cumplieron las condiciones del artículo 499 del ET
El responsable de éste régimen, pasará a ser del Reg, común a
partir del período siguiente a aquel en que deje de cumplir los requisitos
del artículo 499 del ET.
El cambio lo podrá hacer oficiosamente la Administración de Impuestos
AGENTES DE RETENCIÓNAGENTES DE RETENCIÓNAGENTES DE RETENCIÓNAGENTES DE RETENCIÓN
1. Entidades Estatales2. Grandes contribuyentes3. Quienes contraten con personas o entidades sin residencia o domicilio
en el país la prestación de servicios gravados en el territorioNacional, con relación a los mismos.
4. Los responsables del régimen común, cuando adquieran bienescorporales muebles o servicios gravados, de personas que pertenezcanal régimen simplificado.
5. Entidades emisoras de tarjetas crédito y débito y sus asociaciones, enel momento del correspondiente pago o abono en cuenta a laspersonas o establecimientos afiliados.
6. La Unidad Administrativa de Aeronáutica Civil, por el 100% delimpuesto sobre las ventas que se cause en la venta de aerodinos.
RETENCIÓN EN LA FUENTE
Agente Ret.
S.P(ven)
E. E. Resp. IVA
E.E. No Respo.
IVA
G. C Respon.
IVA
G. C. No Respon.
IVA
Resp. R. C.
Resp.R.S.
En. estatales
No retiene
No retiene
No retiene
No retiene
No retiene
No retiene
GrandesContrib.
No retiene
No retiene
No retiene
No retiene
No retiene
No retiene
Fuente: Manual de IVA y timbre, Legis
RETENCIÓN EN LA FUENTE
Agente ret.
S.P.(vendedor)
E. E. Respon
IVA
E- E. No Respon.
IVA
G. C-Respon
IVA
G. C. No
Respon. IVA
Resp. R.C
Resp.R. S.
Resp.Régimen común
Retiene tarifa
del 50%
Retiene tarifa del
50%
Retiene tarifa
del 50%
Retiene tarifa
del 50%
No retiene
No retiene
Resp.RégimenSimplif.
Asume reten.
del 50%
No retiene Asume reten.
del 50%
No retiene
Asume retención del 50%
No retiene
Fuente: Manual de IVA y timbre, Legis
ELEMENTO CUANTITATIVOELEMENTO CUANTITATIVOELEMENTO CUANTITATIVOELEMENTO CUANTITATIVO
BASEGRAVABLE
���� Ventay Servicios
���� Valor total de la Operación
� BASESGRAVABLES ESPECIALES
�
�
�
Bebidas alcohólicasCervezaGasolina
TARIFAS
� General � 16%
� Diferenciales � 1.6%3%5%10%16%20%25%30%
TARIFASTARIFASTARIFASTARIFAS
Tarifa Descripción
Bienes 0% Productos exentos con derecho a solicitar la devolución plena del IVA pagado en la adquisición de insumos necesarios para
su producción.
Bienes 0% Tarifas comprendidas en el intervalo 0<t<10%, corresponden al IVA implícito propio de productos excluidos, que se
incorpora al precio de los bienes finales, pese a que la tarifa nominal es 0% y en razón a que los bienes y servicios
excluidos no pueden des
Servicios 1.6% Servicios de aseo, de vigilancia y de empleo temporal.
Bienes 3% Cerveza
Bienes 5% Juegos de suerte y azar.
Bienes 10% Entre otros los siguientes: avena, maiz y arroz industrial, aceite crudo de palma, cacao, chocolate,
productos de galletería, bombas de aire, maquinaria agrícola, máquinas para fabricar alimentos o bebidas.
Servicios 10% Medicina prepagada, gimnasios, vigilancia, aseo, almacenamiento productos agrícolas, arrendamiento diferente a
a vivienda, clubes de trabajadores y pensionados, comisiones de bolsa.
Bienes 16% Tarifa general, se aplica a todos los bienes con excepción de los excluídos o los de tarifa diferencial.
Bienes y servicios 20% Camperos nacionales o importados con valor FOB inferior a US$30.000.
Barcos de recreo y deporte fabricados o ensamblados en el país. Telefonía móvil.
Bienes 25% Vehículos automóviles cuyo valor FOB sea inferior a US$30.000. Motocicletas con motor superior a 185 c.c.
Bienes 35% Vehículos automóviles incluidos los camperos y las Pick Up cuyo valor FOB sea igual o superior a US$30.000,
Aerodinos de servicio privado, barcos de recreo y deporte importados.
TARIFAS DE IVA - LEY 1111 DE 2006
Fuente: Cartilla de Timbre e Impuesto sobre las ventas, Legis, 2008
EL IVA EN LOS INTANGIBLES� HG: “venta de bien corporal mueble”, “prestación de servicios” “importación
de bienes corporales muebles”
� Contratos sobre un intangible:� Venta parcial o total de los derechos patrimoniales: No genera IVA
� Venta de bienes que incorporan software: genera IVA como bien
� Licenciamiento, otorgamiento de derechos de USO: Genera IVA
� Software a la medida: servicio.
� Importación de bienes que incorporen el software, se tratan como bien y se le aplicatodo lo del bien.
EL IVA EN LOS INTANGIBLESASPECTOS INTERNACIONALES:
� Las licencias y autorizaciones para el uso y explotación, a cualquier título, desoftware, otorgadas en el exterior a favor de usuarios no ubicados en elterritorio nacional no generan IVA.
� Si la sociedad extranjera efectúa la explotación del softwaremediante la venta propiamente dicha de los derechospatrimoniales a la empresa constituida en Colombia, los ingresosdevengados por aquella no se consideran de fuente nacional, por cuanto losbienes no se encuentran dentro del país al momento de su enajenación.
� Licencias por extranjeros a empresas colombianas: si genera IVA, retenciónsobre el 50%.
EL IVA EN LOS INTANGIBLES� Para el adquirente:
� si la actividad económica de la empresa es la compra y venta de software, ésta tendráderecho a solicitar los impuestos descontables relacionados con la comercialización.
� En cambio, si el software es utilizado como un activo fijo, es decir, si este no se enajenadentro del giro normal de los negocios de la empresa, su tratamiento fiscal será el quecorresponda a los activos fijos, y el IVA pagado hará parte del costo de adquisición, y nopodrá ser tratado como impuesto descontable (Art. 491ET)
EL IVA EN LOS INTANGIBLES� Exportación de servicios: 481 ET:
� Que sean prestados en el país en desarrollo de un contrato escrito� Que se utilicen exclusivamente en el exterior, por empresas o personas sin negocios o actividades en
Colombia.”� Estar inscrito en el RUT� Hacer declaración escrita de los contratos de exportación (bajo juramento) que incluya – Registro:
Ventanilla Unica de Comercio Exterior� Modulo Formulario Único de Comercio Exterior� Digitar la subpartida arancelaria 0000000000,� Seleccionar el trámite "MINCOMERCIO - REGISTRO DE LA DECLARACIÓN ESCRITA SOBRE CONTRATOS DE
EXPORTACIÓN DE SERVICIOS-FORMA 1� Diligenciar los datos
� Que el servicio contratado es utilizado total y exclusivamente fuera de Colombia� El valor del contrato o el valor a reintegrar� Que la empresa contratante no tiene negocios ni actividades en Colombia� Que el servicio se encuentra exento de acuerdo con lo previsto en el artículo 481 del Estatuto Tributario.� Que se pagó el Impuesto de timbre
� Firmar digitalmente: debe adquirirse ante certicamaras Modulo FUCE y digitar lasubpartida arancelaria 0000000000, luego seleccionar el trámite "MINCOMERCIO -REGISTRO DE LA DECLARACIÓN ESCRITA SOBRE CONTRATOS DEEXPORTACIÓN DE SERVICIOS-FORMA 1, diligenciar los datos y firmardigitalmente.
� Deber de conservar el certificado de existencia y representación legal del extranjero
EL IVA EN LOS INTANGIBLES� Exportación de servicios: 481 ET:
� Recibirán el mismo tratamiento los servicios turísticos prestados a residentes en elexterior que sean utilizados en el territorio colombiano, originados en paquetes vendidospor agencias operadores u hoteles inscritos en el registro nacional de turismo (…) Estoindependientemente de que el responsable del pago huésped no residente en Colombia ola agencia de viajes.
� Devolución de IVA a extranjeros: Sólo opera para bienes adquiridos.
REGIMEN TRIBUTARIO: IVAREGIMEN TRIBUTARIO: IVAREGIMEN TRIBUTARIO: IVAREGIMEN TRIBUTARIO: IVA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ63
� Salud: excluido� Turismo:
� 10% alojamiento� Prestados a no residentes originados en paquetes
vendidos por agencias inscritas en el registronacional de turismo. Independientemente de quiensea el responsable del pago.
�Educación:� Gravada� Exclusión subjetiva: No responsables de IVA-
Universidades (L.30/92)
REGIMEN TRIBUTARIO: IVAREGIMEN TRIBUTARIO: IVAREGIMEN TRIBUTARIO: IVAREGIMEN TRIBUTARIO: IVA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ64
� IVA: Servicios de la Coalición� Consultoría, diseño y construcción de obras:
� Construcción: BG especial
� Exclusión de obras públicas celebradas con entidades territoriales
� Servicios de logística y asociados:� Servicio de agenciamiento: exento
� Almacenamiento en zona franca: gravado
� TIC´s:� Telecomunicaciones: se entienden prestados en la sede del beneficiario
� Servicios de conexión satelital se entienden prestados en Colombia sinimportar donde se encuentre el satélite
IV. REGIMEN TRIBUTARIO: IVAIV. REGIMEN TRIBUTARIO: IVAIV. REGIMEN TRIBUTARIO: IVAIV. REGIMEN TRIBUTARIO: IVA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ65
� IVA: Servicios seleccionados
� Industrias Culturales y Audiovisuales:� Exclusión a espectáculos de toros, hípicos, caninos,
cine, eventos deportivos, culturales y de recreaciónfamiliar.
� Publicidad: gravado salvo servicios de publicidad enperiódicos que registren ventas por valor inferior a3.800 millones de pesos aprox.
IMPUESTO DE TIMBRE
HECHO GENERADOR
Grava la creación de documentos, la creación de la prueba del negociojurídico
Art. 519 E. T. Se causa sobre:�Documentos públicos�Documentos privados� Títulos valores en los que se haga constar la constitución, existencia,
modificación o extinción, prórroga o cesión de las obligaciones� Oferta mercantil aceptada por contrato escrito – orden de compra está
exenta!
La cuantía de las obligaciones documentadas se determina en 6.000 UVT.($142.578.000)
SUJETO PASIVO
� CONTRIBUYENTE: Sujeto pasivo económico, sobre el cual recae el pago del tributo, asume el costo del tributo.
� RESPONSABLE : Sujeto pasivo jurídico, no asume el costo pero es el responsable jurídico del pago del gravamen..
� AGENTE RETENEDOR: A él se le delega la función de recaudo del tributo.
� Para efectos del impuesto de timbre los responsables son los mismos agentes de retención, aun sin tener el carácter de contribuyente (artículo 516 ET)
ASPECTO TEMPORAL
-causación instantánea.- causación �creación del documento
ASPECTO ESPACIAL
Art. 519 E. T. Los instrumentos públicos y documentos privados deberán otorgarseo aceptarse en el país, o fuera de él pero siempre y cuando las obligaciones queconsten en el documento o el mismo documento, se ejecuten en el país.
ASPECTO CUANTITATIVO
BASE GRAVABLE: Cuantía o valor de las obligaciones documentadas.TARIFA: 0.5% (2009)
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS
FINANCIEROS
HECHO GENERADOR
�La realización de transacciones financieras mediante loscuales se disponga de los recursos depositados en el sectorfinanciero
�La disposición de recursos a través de contratos o conveniosde recaudo o similares.
�Los pagos que realicen los establecimientos de créditomediante abono en cuenta corriente, de ahorros o depósito,cuando este pago no esté vinculado a un movimiento deotra cuenta corriente, de ahorro o de depósito.
�El traslado o cesión de recursos o derechos sobre carterascolectivas entre diferentes copropietarios de los mismos; asícomo el retiro de estos mismos derechos por el beneficiariofideicomitente.
ASPECTO CUANTITATIVO
BASE GRAVABLE : Valor total de la transacción financiera mediante la cual se disponga de los recursos.
TARIFA: 4 X 1000
ASPECTO TEMPORAL
Es un impuesto de causación instantánea.
Art. 873 E. T. Se causa en el momento en que se produzca la disposición de los recursos objeto de la transacción financiera
REGIMEN TRIBUTARIO: ICAREGIMEN TRIBUTARIO: ICAREGIMEN TRIBUTARIO: ICAREGIMEN TRIBUTARIO: ICA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA -CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ73
� ICA:� Hay un HG: la realización de actividades de servicios (Art. 32
ley 14 de 1983) en el territorio municipal� Beneficios:
� Salud: no se gravan las entidades adscritas al sistema nacional de salud por extensión jurisprudencial
� Educación superior:� Gravados educación privada y excluida la educación publica
� TIC´s:� Problemas varios: territorialidad en telecomunicaciones
� Exportación de bienes y servicios exenta. En Bogotá losmismos requisitos que para la exportación de servicios enIVA
ASPECTOS CAMBIARIOS DEL SECTOR SERVICIOS
REGIMEN CAMBIARIO� MERCADO CAMBIARIO
� A través de los intermediarios cambiarios� A través de cuentas de compensación inscritas
� MERCADO LIBRE
OPERACIONES OBLIGATORIAS� Importaciones y exportaciones de bienes;� Operaciones de endeudamiento celebradas por residentes en el país, así
como los costos financieros inherentes a las mismas;� Inversiones de capital del exterior en el país, así como los rendimientos
asociados a las mismas;� Inversiones de capital colombiano en el exterior, así como los
rendimientos asociados a las mismas;� Inversiones financieras en títulos emitidos o en activos radicados en el
exterior, así como los rendimientos asociados a las mismas, salvo cuando las inversiones se efectúen con divisas provenientes de operaciones que no deban canalizarse a través del mercado cambiario;
� Avales y garantías en moneda extranjera;� Operaciones de derivados y operaciones peso-divisas
OPERACIONES LIBRES� Venta a otros residentes Para pagar en el país:
� Fletes y tiquetes de transporte internacionales� Gastos personales efectuados a través de tarjetas de crédito
internacionales, � Primas por concepto de seguros denominados en divisas de que trata
el Decreto 2821 de 1991 y normas concordantes y� Para el pago de obligaciones provenientes de reaseguros con el
exterior o para efectuar pagos en el exterior o en el país del valor delos siniestros que las empresas de seguros establecidas en Colombiadeban cubrir en moneda extranjera.
� Así mismo, podrán utilizarse para realizar en el exteriorinversiones financieras y en activos, y cualquiera otraoperación distinta de aquellas que deban canalizarse através del mercado cambiario, o canalizarlas voluntariamentea través de dicho mercado.
FORMULARIO 5� Declaración de Cambio por Servicios, Transferencias y otros
Conceptos.
� No es obligatorio declarar.
� Art. 366-1: no hay retención por ingresos del exterior si sonpor concepto de exportaciones de servicios siempre que seancanalizadas en el exterior y se cumplan los mismos requisitosque para el IVA. Esto ya no opera por derogatoria de la ley863.
� ¿Hoy en día es necesario hacer la declaración?