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REGIONAL CESAR Ministerio de Trabajo SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Regional Cesar Carrera 19 entre Clls 14 y 15 Teléfonos: (095) 5710101 -5703366 Fax: 5800231 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 SERVICIONACIONALDEAPRENDIZAJE - SENA REGIONAL CESAR CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PÚBLICA No. CBC-SAMC-002-2013 MODALIDAD DE SELECCIÓN: SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA OBJETO Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar Valledupar, 18 de febrero de 2013 Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.6 del Decreto 734 de 2012, la publicación de este proyecto de Pliego de Condiciones no genera ninguna obligación para el SENAde dar apertura al proceso de selección

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CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE

PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PÚBLICA No. CBC-SAMC-002-2013

MODALIDAD DE SELECCIÓN: SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA

OBJETO

Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar

Valledupar, 18 de febrero de 2013

Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.6 del Decreto 734 de 2012, la publicación de este proyecto de Pliego de Condiciones no genera ninguna

obligación para el SENAde dar apertura al proceso de selección

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GENERALIDADES

1. El presente pliego de condiciones ha sido elaborado de acuerdo con las disposiciones contenidas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1450 de 2011, 1474 de 2011, el Decreto Ley 0019 de 2012, el Decreto Reglamentario 0734 de 2012 y demás normas que las complementan, adicionan o reglamentan.

2. De conformidad con las normas citadas, se hace saber a los proponentes que el

particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines, razón por la que cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma Ley le otorga.

3. Para efectos de lograr el fin propuesto se recomienda a los proponentes revisar

el Pliego de Condiciones para evitar incurrir en fallas, omisiones o incumplimientos de los requisitos exigidos.

4. El contenido del Pliego de Condiciones debe ser interpretado integralmente.

5. El orden de los capítulos y numerales no implica prelación entre los mismos.

6. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos

contenidos.

7. Teniendo en cuenta el objeto y la cuantía del proceso, la presente convocatoria se desarrollará a través de la modalidad de selección abreviada de menor cuantía.

8. En cuanto sean compatibles con la finalidad y los principios de la Ley 80 de 1993

y la Ley 1150 de 2007, las normas que rigen los procedimientos y actuaciones en la función administrativa serán aplicables en las actuaciones contractuales y a falta de éstas, regirán las disposiciones del Código de Procedimiento Civil.

9. Los actos administrativos que se produzcan con motivo u ocasión de la actividad

contractual, sólo serán susceptibles del recurso de reposición y del ejercicio de la acción contractual ante la jurisdicción contenciosa administrativa, de acuerdo con las reglas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 80 de 1993, artículo 77).

10. El acto de adjudicación no tendrá recursos por la vía gubernativa, pudiéndose

impugnar mediante el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, según las reglas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (L 80/93, articulo 77 parágrafo 1).

ESPACIO EN BLANCO

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RECOMENDACIONES 1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento. 2. Verifique, que no esté incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad generales ni especiales para contratar, especialmente las contempladas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993. 3. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados. 4. En caso de ser persona natural o jurídica inscrita en Cámara de Comercio, verifique que el objeto social se encuentre circunscrito con el objeto a contratar.

5. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquella que la requiera. 6. Siga las instrucciones que se imparten en el presente pliego de condiciones para la elaboración de su propuesta. 7. Revise la póliza de seriedad de su propuesta y verifique que:

Sea otorgada a favor del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, relacionando correctamente la siguiente información:

Nit del SENA: 899.999.034-1

Como tomador, figure su razón social completa;

El valor asegurado corresponda al fijado en el presente documento;

El Objeto y el número de la misma, coincida con el de la presente Convocatoria.

Se encuentre suscrita por el TOMADOR- AFIANZADO. 8. Identifique su propuesta, tanto el original como la copia en la forma indicada en este documento. No olvide foliar la propuesta en orden consecutivo. 9. Tenga presente el lugar, fecha y hora previstos para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO NI EN LUGAR DIFERENTE. 10. Toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal del SENA, antes o después de la firma del contrato, no podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas. 11. Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la entidad para verificar toda la información que en ella suministren. En caso que se encuentre información denominada por la Ley como DE RESERVA, deberá indicar a la Entidad, cual corresponde a esta condición y el fundamento legal de esta reserva. En caso contrario, se entenderá que toda la información consignada es de conocimiento público, sin reserva alguna. 12. Cuando se presente inexactitud, falta de veracidad u situación semejante en la información suministrada por el proponente o en la de uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, el SENA podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes.

13. Toda comunicación enviada por los proponentes, deberá ser dirigida al Subdirectordel Centro Biotecnológico del Caribe, Km 7 vía a La Paz, de la ciudad de Valledupar – Cesar o al correo [email protected].

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14. La presentación de la propuesta, por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el presente pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará. 15. Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, en el Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nacional y en el Certificado Judicial. 16. Verifique previamente que se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales, contrato de aprendizaje y/o cuota de monetización, Fondo de la Industria y de la Construcción, FIC, multas con el Ministerio de la Protección Social, ya que el SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada. 17. El proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta; el SENA no será responsable en ningún caso de dichos costos, ni habrá derecho a reclamación alguna por los mismos. 18. El uso del logo de la entidad es privativo de la misma, por lo tanto le sugerimos abstenerse de presentar ofertas con papel que lo contenga. 19. EL SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada. 20. Respecto al envío de cualquier documento que se encuentre relacionado con el proceso, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, corresponde al interesado verificar que realmente el documento que envía llegue a su destinatario, es decir, al SENA; por lo tanto, la Entidad no se hace responsable por fallas de los servidores o plataformas de la Internet, demoras en la entrega de los mismos, etc. y tendrá en cuenta, sólo la fecha en que los recibe, por el medio correspondiente. 21. Con relación alenvíodemensajes a través de cualquier medio telemático, sedaráaplicaciónaloestablecidoenlaLey527de1999,enelsentidodequeparaqueseentiendarecibidoelmensajeserequeriráel acusedereciboexpedidoporelSENA. 22. Verifique previamente su estado en el Aplicativo de Aportes del SENA (Parafiscales, multas, sanciones, cumplimiento cuota de aprendices) a través de la Coordinación de Relaciones Corporativas de cada Regional y si presenta inconsistencias o situaciones contrarias a las que usted considera, solicite el apoyo correspondiente para que aclare y/o subsane dichas inconsistencias y evite así ser inhabilitado. 23. En caso de imprecisiones, incoherencias, o cualquier situación que genere dudas a la Entidad respecto de la propuesta presentada, primarán las reglas de interpretación que más le favorezcan a la Entidad 24. En caso de que el proponente aporte documentos o información con la calidad de “reservado(a)”, deberá manifestarlo con su propuesta, indicando el fundamento jurídico que blinda como reservada dicha información o documento.

ESPACIO EN BLANCO

CAPÍTULOI

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1.INFORMACIÓNGENERALALOSPROPONENTES 1.1 OBJETO

Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar. 1.2 LUGAR DE EJECUCION

Valledupar – Cesar. 1.3 ESPECIFICACIONES ESENCIALES La prestación de Servicios de Transporte conlleva a la realización de los siguientes recorridos en las rutas ida y regreso que se describen a continuación:

Ruta 1: Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar,

Glorieta Almacén Éxito las Flores, Glorieta Batallón la Popa, Populandia, Barrio

450 Años, Glorieta del Obelisco, Barrio Don Carmelo, Glorieta Terminal de

Transportes, Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar .

Ruta 2: Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar,

Glorieta Almacén Éxito las Flores, Glorieta Batallón la Popa, Glorieta del

Obelisco, Barrio Don Carmelo, Mareigua, Glorieta terminal de Transportes,

Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar.

Ruta 3: Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar,

Los Tres Postes, Colegio Loperena la Esperanza, Semáforo La Esperanza,

Tienda El Diamante, Kiosko El Pakistán de la 23, Billares el tope, parada calle

28, parada calle 35, Glorieta El Terminal, Centro Biotecnológico del Caribe

SENA Regional Cesar .

Ruta 4: Hospital La Nevada, Colegio La Esperanza, Semáforo La Esperanza,

Tienda El Diamante, Kiosko Pakistán, Billares El Tope, Parada Calle 28 Parada

Calle 35, Glorieta El Terminal, Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional

Cesar .

Ruta 5: Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar,

Coomeva, Cemento Caribe, Parque El Viajero, Tienda La Canoa, Inspección de

la 4ta, Droguería 28 con 4 Colegio Policía, Tecnoparque Rosita Dávila, ICBF 12

de Octubre, Glorita El Terminal, Centro Biotecnológico del Caribe SENA

Regional Cesar .

Ruta 6: Avenida Pastrana 21, Glorieta Fernando de Santana, Donde ponen las

Garzas, Droguería 4 con 21, Piedra Blanca, Tienda La Canoa, Calle 12, Centro

de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar, Glorieta Los

Gallos, Glorieta La Ceiba, parada calle 24, parada calle 35, Glorieta el Terminal,

Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar .

Ruta 7: Centro de Operación y Mantenimiento Minero SENA Regional Cesar,

Glorieta Los Gallos, Solsalud, Glorieta La Ceiba, Parada calle 24, Parada calle

35, Glorieta Terminal, Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar .

RECORRIDOS (IDA Y REGRESO)

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ITEM DESCRIPCION DEL

SERVICIO RUTA

CONDICIONES TECNICAS

JORNADA CANTIDAD MODELO BUSES

CAPACIDAD BUSES

1

Prestación de servicio de transporte para el desplazamiento de los aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe

Ciudad de Valledupar al Centro Biotecnológico del Caribe ubicado en el kilómetro 7 vía La Paz en las rutas indicadas.

MINIMO AÑO 2005

MINIMO 32 PASAJEROS

DIURNA 4650

NOCTURNA 590

REQUISITOS TECNICOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE A CONTRATAR:

RUTAS Y CANTIDADES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio a contratar se deberá prestar atendiendo las rutas establecidas en las especificaciones esenciales establecidas en el literal c numeral 2 de los presentes estudios previos de lunes a viernes o en los días que el SENA le indique al CONTRATISTA, en los horarios establecidos por el SENA.

MODELO DE BUSES

No se recibirán propuestas de buses modelos inferiores al año 2005 y todos los buses destinados a la prestación del servicio deben tener la correspondiente revisión técnico – mecánica al día, tarjeta de Propiedad, tarjeta de Operación y Licencia de Tránsito. Así mismo cumplirán con todas las disposiciones que consagre la normatividad vigente para los buses que prestan esta clase de servicios.

CAPACIDAD DE LOS BUSES

La capacidad de los buses que prestarán el servicio objeto de la presente convocatoria, deberá ser mínimo de treinta (30) pasajeros.

NUMERO DE BUSES

Cada oferente debe contar como mínimo con seis (06) buses con capacidad mínima de treinta (30) pasajeros.

LISTA DE BUSES DISPONIBLES

El proponente deberá presentar un listado de los buses disponibles para prestar el servicio en el cual se debe incluir: Tipo de Vehículo, No. interno, Placa, Modelo, Capacidad Transportadora y última revisión técnico mecánica, para tal fin deberá anexar diligenciado el formato del Anexo No. 3. Bajo ninguna circunstancia se aceptaran modelos de buses anteriores al año 2005.

TARJETA DE PROPIEDAD DE LOS BUSES El proponente deberá presentar junto con la oferta copia de la tarjeta de propiedad de cada uno de los buses disponibles para la prestación del presente servicio, la cual deberá ser legible y ampliada en un 150%.

SEGURIDAD SOCIAL El proponente deberá presentar la Afiliación de los Conductores a Seguridad Social, Pensiones y Riesgos profesionales.

ESTADO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS VEHICULOS

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Los buses destinados para la prestación del servicio a contratar deberán mantenerse en correcto estado de presentación, limpieza y funcionamiento para que presten de manera eficiente y cumplida el servicio contratado.

PERSONAL DE CONDUCCIÒN ASIGNADO

Cada uno de los vehículos asignados para la prestación de éste servicio, deberán ser

operados por conductores expertos e idóneos, que tengan Licencia de Conducción de 5

categoría o C2.

PROVISIÒN DE REPUESTOS

Los vehículos deberán estar provistos con sus respectivas llantas de repuestos y herramientas necesarias para asegurar las condiciones mecánicas de funcionamiento de los vehículos que prestarán el servicio de transporte de aprendices.

BUSES DE RESERVA

Con el fin de garantizar la prestación del servicio de transporte, el contratista se obliga a disponer por lo menos de un bus de reserva, para que cubra el servicio si un vehículo de los asignados se encuentra fuera de servicio, no presta el servicio o sea retirado de él, por no reunir las condiciones mínimas exigidas en el respectivo contrato.

CUMPLIMIENTO DEL HORARIO DE TRANSPORTE

El contratista se obliga a cumplir los horarios que para el transporte de aprendices establezca el Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar y que se harán conocer con antelación, pudiendo ser modificados de acuerdo con las necesidades del servicio, dando un preaviso de un (01) día.

CERTIFICADOS DE REVISIÒN DE VEHICULOS TECNICO - MECANICA

El contratista se obligar a presentar al SENA Regional Cesar – Centro Biotecnológico del Caribe, los respectivos certificados de revisión del grupo de vehículos asignados para la prestación del servicio, por parte de un Servicentro autorizado por el Ministerio de transporte.

SEGURO OBLIGATORIO SOAT: Los buses destinados a la prestación de

servicios de transporte objeto del presente proceso contractual deberán contar

con seguro obligatorio de accidente de tránsito SOAT vigente.

GASTOS QUE SE GENEREN

Correrán por cuenta del contratista todos los gastos que demande la prestación del servicio de transporte objeto de la presente contratación.

DAÑOS ATERCEROS

De conformidad con los Artículos 994 y 1003 del Código de Comercio, las empresas de Transporte Público Terrestre deberán tomar por cuenta propia, con una Compañía de Seguros Autorizada para operar en Colombia, las Pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual que las ampare contra los riesgos inherentes a la actividad de transporte, así:

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL: Que deberá cubrir al

menos los siguientes riesgos:

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Muerte Incapacidad permanente Incapacidad temporal Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Que deberá

cubrir al menos los siguientes riegos:

Muerte o lesiones a una persona Daños a bienes de terceros Muerte o lesiones a dos o más personas

CONTROL DE PASAJEROS Y REPORTE DE ANOMALIAS

Los conductores que asigne el contratista a los vehículos que presten el servicio en ausencia de autoridad competente del SENA están obligados a controlar los pasajeros, manteniéndose siempre un trato cordial y respetuoso e informando las anomalías que se presenten.

REGULADOR DE VELOCIDAD

El contratista se obliga a garantizar que los buses prestadores del servicio de transporte objeto del contrato, dispondrán y utilizaran regular de velocidad, tal como lo exigen las normas de tránsito vigentes.

CALIDAD DEL PERSONAL OFRECIDO

El personal ofrecido deberá contar con lo siguiente:

LICENCIA DE CONDUCCIÒN CATEGORIA 5ª o C2: Deberá

presentarse un listado de los conductores asignados para la prestación

del servicio, soportado con la fotocopia de las licencias respectivas.(

Anexo No. 7)

RELACIONES INTERPERSONALES: Los conductores que asigne el contratista están obligados a mantener siempre un trato cordial y respetuoso, informando las anomalías que se presenten en la prestación del servicio.

MULTAS DE TRANSITO: Los conductores que asigne el contratista para la prestación de servicios de transporte están obligados al cumplimiento de las normas de transito, por lo tanto no deberán encontrarse reportados en el Sistema de Registro de infractores a nivel nacional SIMIT con motivo de multas y/o sanciones impuestas, para el inicio y durante la ejecución del objeto contractual 1.4 ACLARACIONES A LA OFERTA Dentro del más estricto respeto por el tratamiento igualitario a los proponentes, ELCENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE DEL SENA REGIONAL CESAR podrá solicitar a todos o a cualquiera de ellos las aclaraciones o informaciones que estime pertinentes, a fin de despejar cualquier punto dudoso, oscuro o equívoco de las ofertas. 1.5 AMPLIACION DE LA INFORMACIÓN

EL CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE DEL SENA REGIONAL CESAR,

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únicamente recibirá solicitudes de aclaración a el pliego definitivo de la presente Convocatoria Pública a través del correo electrónico [email protected]; dentro del término establecido en el Cronograma de la presente Convocatoria. 1.6RÉGIMENLEGALDELAPRESENTECONVOCATORIAPÚBLICA:

El marcolegaldelapresente C o n v o c a t o r i a P ú b l i c a ,estáconformadoporla ConstituciónPolítica,lasleyesdelaRepúblicadeColombiayenespecialpor lassiguientesdisposiciones: a) Ley80 de1993

b) Disposiciones de losCódigosCivily de Comercio quelesean aplicables

d) El pliego de Condiciones e) Ley 1150 de 2007 f) Ley 1474 de 2011 g) Ley 1450 de 2011 h) Decreto 019 de 2012 i) Decreto 734 de 2012 j) Estatuto Tributario k) Código Contencioso Administrativo l) Manual para la contratación administrativa del SENA ll) Ley 1437 de 2011 m) Las demás normas vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la Ley Colombiana y que se presumen conocidas por todos los proponentes.

1.7 VEEDURIASCIUDADANAS

De conformidad con lo establecido la Ley 850 de 2003 y el Artículo 66 de la Ley 80, el Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar mediante el presente acto convoca a las Veedurías Ciudadanas para realizar control social al presente proceso de contratación, en cualquiera de sus etapas, caso en el cual la Entidad suministrará toda la información y documentación pertinente que no esté publicada en la página web de la entidad. El costo de las copias y la atención de las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en la Ley 1437 de 2011 y la Resolución del SENA 1961 de 2004. 1.8PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA El SENA garantiza a los oferentes y a la ciudadanía en general, que la escogencia de contratistas se efectuará a través del proceso de selección abreviada por Convocatoria Pública, por lo que se garantiza que en el Pliego de Condiciones se encuentran consagrados todos los requisitos necesarios y condiciones a cumplir para poder participar en el presente proceso de selección. Los interesados tienen derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos que se rindan y decisiones que se adopten, por lo que se establecen etapas que permiten la publicidad de dichas actuaciones y otorgan términos para que dentro del mismo se puedan hacer las correspondientes observaciones. Por lo anterior, todas las actuaciones del SENA dentro de este proceso de selección son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. El SENA expedirá las fotocopias del Pliego de Condiciones, que cualquier persona le solicite, a costa del interesado, si no desea acceder a ellos mediante su consulta e impresión a través de la página Web www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co. El SENA garantiza a los oferentes y a la ciudadanía, que la escogencia del contratista se efectúa con arreglo a las modalidades de selección previstas en el artículo 2 de la

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Ley 1150 de 2007, reglamentado por el decreto 734 de 2012 y con observancia de los principios que rigen en las actuaciones contractuales de las entidades estatales. Para el efecto, en el presente proceso contractual los interesados tienen garantizado su derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan y adopten, para lo cual se han establecido etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y otorgan la posibilidad de expresar observaciones. Con ello se establece control adicional sobre el proceso contractual y constituye evidente previsión de moralidad administrativa. Todas las actuaciones del SENA dentro del presente proceso contractual son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. El SENA expedirá las copias del pliego de condiciones y de sus adendas que cualquier persona le solicite, a costa del interesado; también podrá acceder a ellos mediante su consulta e impresión de la página WEB www.contratos.gov.coy del portal del SENA www.sena.edu.co En cumplimiento del principio de transparencia, el presente pliego de condiciones contiene los requisitos y objetivos necesarios para participar en el proceso de selección y la mejor información técnica disponible en los archivos de la Entidad para el desarrollo del proyecto; así mismo, se encuentran definidas reglas objetivas, justas, claras y completas que permiten la confección de ofrecimientos de la misma índole; también se encuentran definidas con precisión las condiciones de costo y calidad de los servicios necesarios para la ejecución del contrato, todo lo cual tiene relación con el equilibrio económico contractual y con las garantías que deben otorgarse; no existen condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de responsabilidad, derivadas del erróneo suministro de datos, informes o documentos; las reglas consagradas no inducen a error a los proponentes y contratistas y no los llevan a formular ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de esta entidad. El SENA garantiza que no actuará con desviación o abuso de poder, y que ejercerá sus competencias exclusivamente para los fines previstos en la Ley. De conformidad con lo establecido en el Parágrafo 2 del Art. 2.2.5 del Decreto 734 de 2012, los documentos que se produzcan durante las respectivas etapas de selección del contratista del presente proceso, se publicarán dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición, con la finalidad de garantizar los principios que rigen la contratación administrativa, en especial el de transparencia y contradicción, consagrados en el numeral 1º del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el Art. 29 de la Constitución Política respectivamente 1.9 CRONOGRAMA DEL PROCESO VerAnexoNo.1. 1.10 INICIO DEL PROCESO DE CONVOCATORIA PÚBLICA El proceso de selección abreviada a través de la Convocatoria Pública No. CBC-SAMC-002-2013 iniciará de acuerdo con el cronograma establecido en el Anexo No. 1, día en que se publicará el Pliego de condiciones en el portal de contratación del SECOP www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co. 1.11 CONSULTA Y OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES

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Losinteresados podránconsultar e l PLIEGO DE CONDICIONES en la en e l por ta l para la cont ratac ión de l SECOP www.cont ratos .gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co, a partir de la fecha señalada en el Cronograma del Proceso, Anexo No. 1 yen l a UNIDAD DE CONTRATACION del SENA REGIONAL CESAR,ubicadaen la Carrera 19 entre Cal les 14 y 14 – Tercer Piso, o a través del correo electrónico [email protected] duranteelperíodo señaladoen el cronograma delprocesode convocatoria, según Anexo No. 1. Las observaciones al pliego de condiciones se reciben en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar; debidamente radicadas y/o en el correo electrónico [email protected] en el término establecido en el Anexo No. 1 Cronograma de Actividades. 1.12 AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA: De acuerdo a lo establecido en el Art. 2.2.1° del Decreto 734 de 2012, se publicará aviso de Convocatoria Pública para la presente selección abreviada, en la página www.contratos.gov.co y en el portal del SENA www.sena.edu.co 1.13CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA publicará el Pliego de Condiciones a partir de la fecha señalada en el Cronograma del Proceso, (Anexo No. 1) en la página www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co o directamente en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, con el propósito de suministrar a los oferentes, a las veedurías ciudadanas y al público en general la información sobre la presente contratación y de recibir las observaciones que se presenten en relación con dicho documento. La publicación del proyecto de Pliego de Condiciones no obliga a la Entidad a abrir el proceso de selección y su contenido puede ser modificado de acuerdo a lo previsto legalmente. 1.14 RECIPROCIDAD En caso de sociedades civiles o comerciales extranjeras, o de personas naturales extranjeras no residentes en Colombia, se les otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. Este último caso se demostrará con el informe de la respectiva Misión Diplomática Colombiana, que se acompañará a la documentación que se presente, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto 019 de 2012.

1.15 DOCUMENTOSDELPROCESO Losdocumentosqueformanpartedeeste proceso,son: •El pliego de Condiciones, susadendas,anexos y formularios.

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•Lasmodificacionesyaclaracionesqueel SENAexpida con relaciónconlos documentos del presente proceso. Elproponentedeberáexaminartodaslasinstrucciones,formularios, adendas,anexos,condicionesyespecificacionesquefiguren enlos documentosdelprocesocomotambiénlasrespuestasdadasalas observacionespresentadasporlosinteresadosenesteproceso,loscuales constituyenlaúnicafuentedeinformación,paralapreparacióndela propuesta.Sielproponenteomitesuministrardocumentosoinformación requeridosenel pliego de condicionesy,comoconsecuenciadeello,su ofertanoseajustasustancialmentealosolicitadoenéste,elriesgoseráde sucargo. 1.16 CARTA DE INTENCION PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3.2.2.1° del Decreto 734 de 2012, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de apertura del proceso, los posibles oferentes interesados en participar manifestarán su interés, con el fin de que se conforme una lista de posibles oferentes. Los oferentes interesados en participar en el proceso de selección manifestarán su interés mediante comunicación escrita debidamente firmada y dirigida al Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar desde y hasta la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso. La manifestación deberá contener, además de la expresión clara del interés en participar, el señalamiento de forma de contacto y comunicación eficaz a través de los cuales la entidad podrá informar directamente a cada interesado sobre fecha y hora de la audiencia pública de sorteo, en caso que misma tenga lugar. La manifestación de intención deberá radicarse en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valleduparo a través del correo electrónico [email protected], la cual deberá allegarse desde y hasta la hora y fecha establecida en el Anexo No. 1 – Cronograma del Proceso. Tenga en cuenta que si la carta de intención se allega por medio electrónico ésta debe contener la firma del oferente. La presentación de la carta de intención es requisito habilitante y es de obligatorio cumplimiento para la presentación de la correspondiente propuesta. Por lo tanto, la no presentación de este requisito, es causal de rechazo de la respectiva propuesta, por lo tanto, solamente podrán presentar oferta en el presente proceso de selección, los interesados que se encuentren en la lista de posibles oferentes. Con relación alenvíodemensajes a través de cualquier medio telemático, sedaráaplicaciónaloestablecidoenlaLey527de1999,enelsentidodequeparaqueseentiendarecibidoelmensajeserequeriráel acusedereciboexpedidoporelSENA. El SENA no tendrá en cuenta las manifestaciones de interés, que se radiquen en lugar o correo electrónico distinto al aquí indicado, o fuera del término previsto en el cronograma del proceso. Por lo tanto, el SENA no se hace responsable por la entrega del mencionado documento en sitios y horarios diferentes. En caso de no presentarse manifestación de interés dentro del término previsto, el SENA declarará el proceso desierto.

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Cuando el número de posibles oferentes sea inferior o igual a diez (10), el SENA adelantará el proceso de selección con todos ellos. En caso de que el número de oferentes sea superior a diez (10), el SENA realizará la audiencia de sorteo de consolidación de oferentes para escoger entre ellos un número no inferior a éste que podrá presentar oferta en el proceso de selección. 1.17 AUDIENCIA PÚBLICA DE SORTEO De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del Artículo 3.2.2.1 Decreto 734 de 2012, en caso que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), la entidad podrá dar paso al sorteo de consolidación de oferentes de que trata el artículo 3.2.2.2 del citado decreto, para escoger entre ellos un número no inferior a este que podrá presentar oferta en el proceso de selección. Cuando el número de posibles oferentes sea inferior o igual a diez (10), la entidad deberá adelantar el proceso de selección con todos ellos. La celebración de audiencia pública de sorteo se realizará en la fecha y hora previstas en el Anexo 1 - Cronograma Actividades del Proceso y se desarrollará de la siguiente manera:

A cada una de las cartas de intención de participar en el proceso y que representan un oferente, les será asignado un número consecutivo atendiendo la fecha y hora de recibo de la misma, conforme a la radicación que realiza EL SENA en la Unidad de Contratación o la hora de recibo a través de correo electrónico. Los interesados en el proceso y los representantes de la Entidad, si es del caso, se reunirán el día y la hora señalados en el lugar que se indique en el cronograma de actividades, para proceder al sorteo para el cual hará uso del sistema por balotas, las cuales deberán encontrarse marcadas cada una con el número que previamente se ha asignado a la carta de intención.

Las balotas deben ser introducidas en presencia de los asistentes en una talega o bolsa oscura la cual ha sido verificada previamente, y luego se procede a retirar de la bolsa el número de balotas que excedan los diez (10) oferentes, por lo tanto UNICAMENTEcontinuaran en el proceso los oferentes cuya balota no ha sido retirada de la talega o bolsa. Del sorteo se deja constancia escrita en acta la cual será publicada en el portal del SECOP www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.co NOTA: Una vez conformada la lista de proponentes, los proponentes en ella incluidos podrán constituir consorcios o uniones temporales sólo entre quienes figuren en la respectiva lista de proponentes. En todo caso los diez (10) que conformen la lista de proponentes no podrán conformar consorcio o unión temporal con terceros no incluidos en la lista de proponentes. 1.18 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN

En consideración a la cuantía y al objeto que se requiere contratar, se adelantará un proceso de Selección mediante la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía señalada en el literal b) numeral 2 del Art. 2 de la Ley 1150 de 2007 y Artículo 3.2.2.1° del Decreto 734 de 2012. El pliego de condiciones elaborado por la entidad para el presente proceso de selección contiene, además de los requisitos exigidos en el numeral 5 del artículo 24 de la Ley 80

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de 1993, los definidos en el artículo 2.2.3° del Decreto 734 de 2012 y los específicos de la modalidad de selección. En materia de publicidad del proceso de selección, EL SENA cumplirá con lo dispuesto en los artículos 2.2.5° y 2.2.6° del Decreto 734 de 2012, referente a las modalidades de selección para la licitación, selección abreviada y concurso de méritos. El Contrato que se derive del presente proceso se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y demás normas concordantes vigentes que le sean aplicables y el Pliego de Condiciones. 1.19 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE PARA LA ENTIDAD Se procederá bajo condiciones de igualdad a los proponentes y la oferta más ventajosa para la Entidad será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula: - La ponderación de los elementos de calidad y precio, soportados en puntajes o fórmulas que señale el pliego de condiciones. (Literal a, numeral 3, articulo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012).

ESPACIO EN BLANCO

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CAPÍTULOII

2. ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA 2.1 QUIENES PUEDEN PRESENTAR PROPUESTA Podrán presentar propuesta las personas naturales o jurídicas con capacidad para desarrollar la actividad a contratar y consideradas legalmente capaces en las disposiciones legales vigentes, incluidos los consorcios y las uniones temporales, entendidos estos de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993. Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más, al igual que los consorcios y uniones temporales. 2.2 NÚMERODEPARTICIPANTES: De conformidad con las normas de contratación administrativa, la Entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una propuesta y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos y satisfaga los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones. Por lo tanto no procederá la declaratoria de desierta del proceso de selección cuando sólo se presente una propuesta hábil y ésta pueda ser considerada como favorable para la Entidad, de conformidad con los criterios legales de selección objetiva. 2.3 FECHAYLUGARDECIERRE ElcierredelaConvocatoriaPúblicasehará en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, enlahorayfechaestablecidaen elAnexoNo 1 .Despuésdelafechayhoraestablecidasparaelcierredel presenteproceso,noseaceptaráelrecibodepropuestas,nicambiosdel contenido delasmismas,nisolicitudesderetirode laspropuestas entregadas. Las propuestas deberán presentarse en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar. 2.4 ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.2° del Decreto 734 de 2012 para los efectos previstos en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, el SENA Regional Cesar entiende como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones inicialmente pactadas de que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. En general, todos los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes jurídicos, de operación, cambiarios y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario y para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por el oferente adjudicatario; y deberá soportarlos el 100%, excepto respecto de los riesgos económicos, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera: 50% entidad contratante y 50% contratista. Lo anterior a fin de mantener el equilibrio económico del contrato.

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Para este tipo de contratación el Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar ha previsto los siguientes riesgos: RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICO Se pueden considerar aquí los cambios que puedan llegar a presentarse en la normatividad que rige a la persona sea natural o jurídica, que contrate con el Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar, por lo tanto se deben considerar las normas de carácter laboral, cooperativo, de transporte, tributarios, entre otras. RIESGOS POR CAMBIO EN EL REGIMEN LABORAL COLOMBIANO Se parte del hecho que por la naturaleza del objeto del contrato, el servicio deberá ser prestado por empresas de transporte legalmente habilitadas para esta modalidad, lo que indica que el contratista deberá contar para la prestación del servicio con personal idóneo que se desempeñen como conductores de los buses que hacen los recorridos, por lo tanto en la presentación de la oferta el contratista debe considerar para la estimación del precio unas condiciones laborales especiales para esos trabajadores. No obstante, si durante la ejecución del contrato la normatividad laboral sufriera modificaciones, éstas serán de obligatorio cumplimiento y exigencia para el contratista por parte de la entidad y si su implementación llegare a afectar las estimaciones efectuadas por el contratista, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. Así mismo el contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. Para el caso de personas jurídicas, deberán presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 acompañada de las planillas de pago respectivas, cada vez que lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007). Para las personas naturales, copia de la planilla de pago al sistema de seguridad social y parafiscal cuando a ello hubiera lugar. RIESGOS POR CAMBIOS EN EL REGIMEN DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL Cualquier modificación a la reglamentación que rige la prestación del servicio de transporte terrestre automotor especial que afecte la prestación del servicio y que lleve al cambio de vehículos o personal diferentes de los ofertados y aprobados dentro del contrato, por modificaciones de las condiciones en las que deba prestarse éste servicio o por perdida de la habilitación para la prestación de éste servicio, será responsabilidad total del contratista adecuarse a los nuevos cambios y continuar la normal ejecución del contrato y el Centro de Formación – Centro Biotecnológico del Caribe- no asumirá ni en todo ni en parte este riesgo. RIESGOS DERIVADOS DE HECHOS DE LA NATURALEZA Si en ejecución del contrato se llegare a presentar un fenómeno de la naturaleza como un derrumbe, inundación o taponamiento de la ruta por donde normalmente debe transitar el vehículo que realiza los recorridos y con ello se deban tomar rutas alternas que incrementen notoriamente la distancia, el riesgo será asumido por la entidad contratante, siempre y cuando ésta autorice el cambio de las rutas.

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RIESGOS DERIVADOS DEL ORDEN PÙBLICO Las interrupciones que se llegaren a presentar en la prestación del servicio contratado por aspectos relacionados con el orden público, serán asumidas en su totalidad por el contratista. El contratista deberá avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al SENA como consecuencia. RIESGO DE OPERACIÓN Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, pérdida e importación de los bienes necesarios para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación son asumidos por el oferente adjudicatario. RIESGO ECONOMICO

Los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los servicios y bienes necesarios para la prestación del mismo, mano de obra, entre otros, que afecten el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario y del contratante; por lo tanto, cada uno deberá soportar el 50% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato. El SENA podrá cambiar, de acuerdo con sus necesidades las fechas y horarios de los recorridos que haya establecido y el contratista se obliga de conformidad con dichos cambios, previamente y con mínimo un (1) día de anticipación a la fecha prevista para ello, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios mencionados. De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado La presentación de la oferta, implica la aceptación por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuados por la Entidad en el pliego de condiciones, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 2.1.2 del Decreto 734 de 2012. 2.5 PRESENTACION DE LA PROPUESTA Lapropuestadeberápresentarseenpapel,escritaenidioma castellano,debidamentefirmadaporelrepresentantelegaldeloferente,de acuerdoconelordenyrequisitosestablecidosenel pliego de condiciones,contodossusformatosyanexos,debidamentefoliadoenla partefrontaldecadahoja,enestrictoordenconsecutivoascendente.Encaso denopresentarseasí,enlaaudienciadecierre,selesolicitaráalproponente queno cumpla esterequisito, proceder a lafoliaciónrespectiva. Lapropuestadebeserpresentadasintachones,enmendadurasoraspaduras quehagandudardelofrecimiento. Lasofertasdeberánpresentarseenoriginalyuna(1)copiaimpresa,en sobrecerradotantoeloriginalcomolacopiadeberácontener latotalidaddelosdocumentosexigidos.

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La propuesta deberá presentarse en pesos colombianos y su valor no puede ser superior al presupuesto disponible para contratar; en caso de presentarse en una moneda diferente, la propuesta será rechazada Laspropuestassepresentarán cadauna,ensobrecerradoyrotuladodela siguiente forma: SERVICIONACIONALDE APRENDIZAJE SENA SENA REGIONAL CESAR CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE KILOMETO 7 VIA A LA PAZ, VALLEDUPAR CESAR CONVOCATORIAPÚBLICAPOR PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIANo. CBC-SAMC-002-2013 PROPUESTAPRESENTADA POR: _____________ ORIGINAL yPRIMERACOPIA Las propuestas se entregarán en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar. También se recibirán propuestas presentadas a través de correo terrestre y aéreo para lo cual deberán aportar la respectiva guía de envío y su entrega/recibo se sujetarán estrictamente a la hora de cierre del proceso, las cuales deberán entregarse en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar. Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la Unidad de Archivo y Correspondencia del SENA Regional Cesar, en la hora y fecha establecidas en elAnexo No. 1 - Cronograma del Proceso. La hora oficial será la hora legal para Colombia, fijada en la página http://horalegal.sic.gov.co/ a) En caso de discrepancias entre la propuesta original y la copia, prevalece el

contenido de la propuesta original. b) No se aceptarán propuestas enviadas por correo electrónico o fax y no se tendrán

en cuenta para el proceso de selección y evaluación. c) No se aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora

señaladas en el Anexo No. 01 - Cronograma del Proceso para el recibo de las propuestas, las cuales serán rechazadas dejando constancia en el acta de cierre respectiva.

d) No se aceptarán propuestas presentadas en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto en el Pliego de Condiciones. EL SENA no se hará responsable de la apertura de una propuesta en caso de que no se presenten en el lugar indicado.

e) La propuesta deberá presentarse en pesos colombianos. f) No se aceptan costos adicionales o demoras resultantes de una desviación y/o

referencia o especificidad técnica diferente a las señaladas en el pliego de condiciones.

g) La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y EL SENA, según el cual dicha propuesta permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente.

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h) El proponente debe tener en cuenta en su oferta el pago de los derechos, impuestos, tasas y otros conceptos que genere su propuesta. Por lo tanto, y para todos los efectos legales, se entenderá que la oferta presentada por cada proponente se efectúa en forma global. Se debe incluir el valor del IVA, si a ello hubiere lugar. En este evento, si el proponente no discrimina el impuesto al valor agregado IVA, EL SENA lo considerará INCLUIDO en el valor total de la oferta y así deberá aceptarlo el proponente.

i) Por ningún motivo EL SENA considerará costos adicionales de transporte y/o fletes y demás gastos adicionales no contemplados por el oferente al momento de estructura su propuesta.

Se entenderán presentadas dentro del término aquí previsto todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, en la hora y fecha establecidas en elAnexo No. 1 - Cronograma del Proceso.La hora oficial será la hora legal para Colombia, fijada en la página http://horalegal.sic.gov.co/ No seaceptanpropuestasenviadasporcorreoelectrónico, v í a fax ocualquier otromediotelemático Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijada para el cierre de la presente Convocatoria Pública, se consideran extemporáneas y no serán evaluadas. De igual forma, aquellas que se presenten en lugar distinto al señalado en el presente Pliego y aquellas que no se ajusten a las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones. El plazo de entrega de las propuestas podrá ser prorrogado hasta por un término igual a la mitad del inicialmente previsto, cuando las necesidades de la Administración así lo exijan. Los proponentes deberán ofertar la TOTALIDAD de los ítems requeridos. Si se detecta la carencia de la propuesta económica de un ítem o se modifican, aumentan, o disminuyen las cantidades de obra, la propuesta se rechazará. Para establecer las inhabilidades señaladas en el artículo 8° numeral 1 literales g) y h) de la Ley 80 de 1993, al momento de recibir la oferta, se dejará constancia escrita del orden de presentación, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente la presentación. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.1.3° del Decreto 734 del 13 de abril de 2012 para efectos de establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, la entidad dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. De conformidad con las normas de contratación administrativa no procederá la declaratoria de desierta del proceso de selección cuando sólo se presente una propuesta hábil y ésta pueda ser considerada como favorable para la Entidad, de conformidad con los criterios legales de selección objetiva 2.6 VIGENCIADELAPROPUESTA

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La propuesta deberá tener una vigencia mínima de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de Selección Abreviada – Menor Cuantía. 2.7 DILIGENCIAMIENTO DE LOS ANEXOS Y LOS FORMATOS Todos los anexos y formatos que el pliego de condiciones indique, deben estar completamente diligenciados. 2.8 ADENDAS Conforme a lo establecido en el artículo 2.2.4 del Decreto 734 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones”, la Entidad sólo podrá expedir y publicar adendas hasta el día anterior al cierre del presente proceso de selección. 2.9 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Pueden participar en este proceso de selección quienes no se encuentran incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en el artículo 8 (adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, agregando el literal j) al numeral 1 y un inciso al parágrafo1 de la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y demás normas legales que disponen sobre la materia. De igual manera estarán inhabilitados para participar aquellas personas que estén incursas en las causales que se señalan en el artículo 4 del Acto Legislativo 01 de 2009, que modificó el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia. La ocurrencia de una causal de inhabilidad o incompatibilidad durante el procedimiento de selección será comunicada por el proponente al día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la misma para que LA ENTIDAD decida si puede o no continuar con el proceso. Si la ocurrencia de la causal ocurre dentro del proceso de adjudicación, o ejecución del objeto del contrato, deberá informarse al día siguiente, para llegar a un acordar la terminación o cesión del contrato 2.10 DILIGENCIA DE APERTURADELASPROPUESTAS Sellevaráacaboen la Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el km 7, vía a La Paz de la ciudad de Valledupar, deacuerdoalosparámetros establecidosenelpresente pliego.Elmismodíayhoradelcierredelproceso selevantaráunactacon larelacióndelasofertas, y los participantes o los que estén presentes en el momento, lacualsesuscribirápore lSubdirector delCentroosudelegado y las demás personas que participen en dicha diligencia. 2..11ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS Dentro del más estricto respecto por el tratamiento igualitario a los proponentes, el SENA podrá solicitar a todos o cualquiera de ellos, las aclaraciones o informaciones que estime pertinentes, a fin de despejar cualquier punto dudoso, oscuro o equívoco de las ofertas. En estos casos, tales respuestas de ninguna manera podrán constituir adición o complemento de la propuesta allegada, de darse esta situación serán inadmisibles. Si el proponente no envía las aclaraciones, explicaciones o soportes requeridos dentro del término concedido para ello, y de lo consignado en la propuesta no es posible aclarar lo solicitado, ni se localiza documento que permita subsanarlo, la oferta será RECHAZADA.

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2.12 CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA. Los proponentes deben indicar en su oferta cuales de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, en cumplimiento de los dispuesto en el numeral 4° del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la oferta es pública. 2.13 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA:VERIFICACION DOCUMENTOS JURIDICOS - HABILITANTE De conformidad con lo previsto en el parágrafo 1º. Numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, la ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad dentro de un término razonable y proporcionado, teniendo como límite máximo un plazo expreso y determinado anterior a la adjudicación, teniendo en cuenta que los términos son preclusivos y perentorios. Con fundamento en lo anterior, y por tratarse de requisitos que no inciden en la comparación y calificación de las propuestas, si el proponente dentro de este término no presenta la información o documentos solicitados, la propuesta se calificará como NO CUMPLE JURIDICAMENTE. Se advierte que durante este término, el proponente no podrá mejorar, completar, adicionar, modificar o estructurar su propuesta. De acuerdo a lo establecido en el inciso final del Art. 2.2.8° del Decreto 734 de 2012, la Entidad no permitirá que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o mejore el contenido de la oferta. En consecuencia, no podrán subsanarse aquellos aspectos que incidan directamente con la capacidad jurídica, financiera y técnica, con la comparación de las propuestas y con los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Para los demás casos, podrán ser allegados con fecha posterior al cierre, antes de la adjudicación, dentro del término que para tal efecto establezca EL SENA A continuación se relacionan los documentos que deben ser presentados por el proponente para la verificación de los requisitos habilitantes: 2.13.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formato No. 1"Carta de Presentación de la Propuesta" y será firmada por el

proponente o su apoderado debidamente facultado con poder, si hubiere lugar a ello. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica, en unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante legal debidamente facultado en los términos de ley. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente tenga la facultad de comprometer al proponente, genera rechazo de plano de la oferta. En la carta de presentación de la propuesta, el proponente, persona natural o el representante legal de la Persona Jurídica, tiene la obligación de manifestar bajo la

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gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones establecidas en la Constitución y la Ley. Adicionalmente, ésta manifestación juramentada también debe hacerla respecto de la persona jurídica que representa y respecto de los socios que la conforman. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la manifestación, bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones establecidas en la Constitución Política o en la Ley se hará por cada uno de sus miembros; y si los integrantes son personas jurídicas, debe manifestar que los socios que las conforman, no se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la Constitución y la Ley. Si el Proponente, persona natural, el Representante Legal o alguno de los socios o todos o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentran incursos en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, la oferta será rechazada.

2.13.2 CERTIFICADO DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES DE LA CAMARA DE COMERCIO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el articulo 6.1.2.2 del Decreto 734 de 2012, todas las personas naturales o jurídicas nacionales que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes.

TodoproponentedeberáanexarelCertificadodeInscripción,ClasificaciónyCalificaciónRegistro ÚnicodeProponentes,expedidoporla CámaradeComercio.

EsteRegistroÚnicodeProponentes, debehabersidoexpedidodentrodelostreinta(30)díascalendarioanterioresalafechadecierrede laconvocatoria.

La inscripción, renovación, actualización o modificación, deberá encontrarse registrada con fecha anterior al cierre de la presente convocatoria y encontrarse en firme dicho registro, cualquiera que sea la acción realizada. (Art. 221 del Decreto 019 de 2012).

En caso que el proponente sea Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes que lo conforme, deberá presentar su correspondiente RUP, en las condiciones señaladas en el presente numeral.

Tratándose de personas naturales, corresponderá a las actividades comerciales y/o económicas inscritas ante la Cámara de Comercio del domicilio del comerciante y que se encuentren registradas en el Certificado de Existencia y Representación Legal. Dichas actividades deben encontrarse relacionadas con el objeto de la presente contratación.

Si se trata de personas jurídicas, su capacidad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto social. (Artículo 99 Código de Comercio).

Si la participación es en forma conjunta, los consorcios o uniones temporales en su conformación deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias. En este caso, por lo menos, uno de los consorciados su actividad comercial y/o económica debe encontrarse relacionada con el objeto a contratar; los demás deberán acreditar una actividad comercial y/o económica relacionada con dicho objeto.

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2.13.3 DOCUMENTOS JURÍDICOS QUE DEMUESTRAN LA CAPACIDAD JURÍDICA Los oferentes presentarán con su oferta los siguientes documentos: - Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no superior

a 30 días, contados retroactivamente con la fecha de cierre del presente proceso, para personas jurídicas y naturales inscritas ante Cámara de Comercio.

- El proponente debe haberse constituido ante Cámara de Comercio con antelación mínima de DOS (2) AÑOS, contados retroactivamente con la fecha de cierre del proceso, conforme al régimen legal aplicable y de acuerdo con el tipo de sociedad y deben encontrarse vigentes a la fecha de presentación de la oferta

- En caso de que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros que lo conforme deberá presentar su correspondiente certificado de existencia y representación legal, en las mismas condiciones antes señaladas.

- De conformidad con el Art. 6 de la Ley 80 de 1993, las personas jurídicas para suscribir el respectivo contrato, deberán acreditar que su duración no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción.

- La matrícula mercantil deberá encontrarse renovada para la vigencia 2012, al momento de presentación de la propuesta.

- El Sena, en cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 515 y S.S del Código de Comercio se reserva el derecho de verificar mediante Inspección Ocular la existencia del Establecimiento de Comercio y el cumplimiento de dichos requisitos, so pena de RECHAZO de la respectiva oferta.

La capacidad jurídica debe ostentarse al momento de presentar a correspondiente oferta; por lo tanto, la no presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal junto con la propuesta es causal de RECHAZO, en tanto que la capacidad jurídica es un requisito no subsanable y se demuestra a través del precitado documento 2.13.4AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR

En caso de que el representante legal de la persona jurídica, conforme a sus estatutos, no tenga facultad para contratar, deberá presentar copia del acta en la que conste la respectiva autorización otorgada por el órgano social competente. Igual facultad deberán acreditar los representantes legales de las personas jurídicas que participen bajo la figura de consorcio o unión temporal y que ostenten dicha limitación. La ausencia de capacidad jurídica para presentar la oferta no es subsanable de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2012. 2.13.5DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL Los Consorcios o Uniones Temporales podrán estar compuestos por personas naturales y/o jurídicas de conformidad con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y, además cumplir con los siguientes requisitos: a. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y, en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA. b. El Consorcio o Unión Temporal debe tener una vigencia igual a la del contrato y un (1) año más.

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c. Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, e igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como representante del Consorcio o de la Unión Temporal. De conformidad con lo anterior el documento constitutivo de Consorcio o Unión Temporal, para dar cumplimiento de lo establecido en el artículo 7o. de la ley 80 de 1993, deberá contener como mínimo: a- Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal

b- Designar la persona, que para todos los efectos, representará el Consorcio o la Unión Temporal

c- Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades d- Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la Unión Temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del SENA

e- Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la duración del contrato y un año más

f- Deberá indicar que éste no podrá, en ningún caso, haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o la Unión Temporal g- Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente pliego de condiciones. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución y para efectos del pago,de resultar favorecido con el presente proceso, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, la unión temporal o el consorcio, debe remitir el NIT correspondiente y además deben señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en el documento de conformación del consorcio o unión temporal, el Centro las solicitará. En caso de que no se señale si se actúa a título de consorcio o unión temporal, o si no es clara la conformación de los proponentes, la Entidad interpretará que actúa como consorcio; y para el caso de las uniones temporales, si no se discriminan los porcentajes, se asumirá que cada integrante tiene el mismo porcentaje. 2.13.6Certificación sobre el cumplimiento de las Obligaciones Parafiscales y de Seguridad Social.

2.13.6.1 Paz y salvo de aportes al Sistema de Seguridad Social:

Persona natural: se acreditará con la planilla de pago del último mes.

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Persona natural con establecimiento de comercio con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo expedida por el propietario del mismo y/o el revisor fiscal o contador público. Persona natural con establecimiento de comercio sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo expedida por el propietario del mismo, así mismo, el propietario del establecimiento de comercio deberá aportar también, la planilla de pago de sus aportes correspondientes al último mes. Persona jurídica con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo correspondiente a los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso. Persona jurídica sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo, expedida por el representante legal, quien a su vez, deberá indicar su tipo de vinculación a la persona jurídica; en caso estar vinculado contractualmente deberá aportar la planilla de pago de sus aportes correspondiente al último mes. 2.13.6.2 Paz y salvo de Aportes Parafiscales: Persona natural con establecimiento de comercio con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo expedida por el propietario del mismo y/o el revisor fiscal o el contador público. Persona natural con establecimiento de comercio sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo expedida por el propietario del mismo. Persona jurídica con personal a cargo: se acreditará con la certificación de paz y salvo correspondiente a los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso. Persona jurídica sin personal a cargo: se acreditará con la certificación de no tener personal a cargo, expedida por el representante legal, quien a su vez, deberá indicar su tipo de vinculación a la persona jurídica; en caso de estar vinculado contractualmente, deberá aportar la planilla de pago de sus aportes correspondiente al último mes. Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deben presentar de manera independiente la anterior certificación. En cumplimiento de lo establecido en el Art. 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente, deberá aportar junto con la presente certificación, copia de la última planilla de pago al sistema de Seguridad Social Integral. El SENA se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información suministrada; de encontrarse falsedad en la información, la oferta será objeto de rechazo. Por tratarse de un mandato legal, para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los participantes deberá acreditar el

documento solicitado. Se sugiere diligenciar el ANEXO No. 6 del presente pliego Respecto al pago de aportes Parafiscales y cumplimiento de la cuota del contrato de aprendizaje, multas y sanciones, EL SENA se reserva el derecho de verificar en el aplicativo de aportes de la Entidad el estado de cada uno de los proponentes y señalará en el informe de evaluación, el resultado de dicha verificación, con el fin de que los oferentes aclaren la situación que registran, si es del caso, dentro del plazo que establezca la Entidad para subsanar.

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2.13.7CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE Se deberá acreditar encontrarse paz y salvo del cumplimiento sobre el Contrato de Aprendizaje, mediante certificación expedida por Revisor Fiscal, cuando este exista y en caso contrario, por el Representante Legal. En el evento de no encontrarse obligado con la contratación de aprendices deberá manifestarlo por escrito. Acorde a lo establecido en la Resolución interna No. 002090 del 26 de Octubre/05: “En el caso de personas naturales, en el evento de no estar obligada al pago de aportes parafiscales o contratación de aprendices, lo certificará mediante la presentación de una declaración juramentada, donde se manifieste dicha circunstancia”. 2.13.8GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA A la propuesta deberá anexarse el original de la correspondiente póliza debidamente firmada por el proponente con la siguiente información: BENEFICIARIO: Centro Biotecnológico del Caribe del Sena Regional Cesar, situado en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar AFIANZADO: El Oferente VIGENCIA: Tres (3) meses, a partir de la presentación de la propuesta. En todo caso, su vigencia deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual CUANTÍA: Diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. Esta garantía, debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. De conformidad con lo establecido en el numeral 5.1.4.1° del artículo 5.1.4° del Decreto 734 de 2012, la garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:

pliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.

cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

spués de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.

Mipymes para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición. De acuerdo con lo estipulado en el numeral 5.1.7.1° del artículo 5.1.7° del Decreto 734 de 2012, la no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. 13 NOTA: En caso de que el proponente presente como mecanismo de cobertura del riesgo otra clase de garantía, de conformidad con el artículo 5.1.3° del Decreto 734 de 2012, esta deberá cumplir con los requisitos estipulados para cada una de ellas en la mencionada reglamentación, además de cumplir con la información mínima requerida en el presente numeral Cualquiererroroimprecisiónen eltextodelapóliza,serásusceptibledeaclaración.El

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SENAseñalaráuntérminoparacorregir,si vencidoelplazono se presentanlascorreccionesla oferta será objeto de RECHAZO. 2.13.9Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o de la persona natural o de los miembros del consorcio o unión temporal vigente conforme el Decreto 4969 del 23 de julio de 2009. 2.13.10Verificación por parte de la Entidad de antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales. EL SENA a través de la Unidad de Contratación, verificará internamente que los proponentes no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales, Procuraduría General de la Nación (Antecedentes Disciplinarios) y la Policía Nacional (Antecedentes Judiciales). El registro de esta verificación se insertará en el expediente. 2.13.11Certificación expedida por una Entidad Financiera, donde conste el número de la cuenta de ahorros o corriente a nombre del proponente y su vigencia. 2.13.12CERTIFICACIÓN MULTAS Y SANCIONES CONTRACTUALES El proponente, persona natural, persona jurídica deberá acreditar mediante escrito presentado bajo la gravedad de juramento que él, y los socios que las conforman, no han tenido sanciones ni multas contractuales en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. En caso de Consorcio o Unión Temporal, este documento deberá diligenciarse para cada uno de sus integrantes. 2.13.14PODER: Cuando el proponente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar mediante documento legalmente expedido por un ente o por autoridad competente, que su representante o apoderado está expresamente facultado como tal para presentar la oferta y/o suscribir el respectivo contrato. 2.14 DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO 2.14.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE El proponente deberá presentar dos (02) certificaciones de contratos ejecutados con entidades públicas o privadas, dentro de los dos (2) años anteriores al presente proceso, contados retroactivamente con la fecha de cierre de la convocatoria, y el valor de las mismas, ya sea de manera individual o la suma de éstas, sea igual o superior al presupuesto oficial asignado por la entidad para el presente proceso. En caso que se aporten más de dos certificaciones de experiencia, sólo se tendrán en cuenta las dos (2) primeras que se encuentren en la respectiva propuesta, en el orden consecutivo que ésta lleve. En el evento en el que el proponente no obtenga certificación por parte del contratante de los contratos ejecutados, podrá acreditar experiencia mediante copia legible del contrato y/o acta de liquidación respectiva, que contengan toda la información relacionada en los requisitos necesarios para acreditación de la experiencia.

Cuando se presente un Consorcio o Unión Temporal, la experiencia se evaluará proporcionalmente al grado de participación de cada uno de sus integrantes, siempre y cuando su participación sea inferior al 50%; en el caso de que uno de los participantes del consorcio o unión temporal supere este porcentaje, se tomara el 100% de la experiencia de éste La propuesta que no cumpla con este mínimo requerido será rechazada.

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2.14.2 REGISTRO UNICO DE PROPONENTES RUP:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el articulo 6.1.2.2 del Decreto 734 de 2012, todas las personas naturales o jurídicas nacionales que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes.

Para tal efecto, los proponentes deberán allegar el documento correspondiente expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario de anterioridad respecto de la fecha de cierre de la presente contratación, donde conste que se encuentran inscritos en el RUP en la forma como se describe en este numeral:

SISTEMA DE CLASIFICACION INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME - CIIU

Sección I. alojamiento y Servicios de comida

División 56. Actividades de servicios de comidas y bebidas.

Grupo: 561 Actividades de restaurantes, cafeterías y servicio móvil de comidas.

Clase: 5611 Expendio a la mesa de comidas preparadas.

El oferente, persona natural o jurídica, debe cumplir con la inscripción en el RUP, definida en el Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme — CIIU, tal como se señala en el presente numeral.

En caso de que elproponente, persona natural o jurídica,no cumplancon lainscripción enla formaexigida enel presente pliego, ala fecha decierre dela presente convocatoriapública su propuesta será RECHAZADA.

Si la participación de a través de un consorcio o unión temporal, los integrantes del consorcio o unión temporal deben encontrarse debidamente inscritos en el RUP y entre todos, cumplir con la nomenclatura definida en el Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU, tal como se señala en el presente numeral. Si no se cumple con este requisito, la propuesta será RECHAZADA.

2.15DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONOMICO OFERTA ECONÓMICA DETALLADA: La oferta técnica deberá presentarse de manera precisa y detallada, de acuerdo con los requerimientos indicados a continuación.

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANT VALOR

UNITARIO VALOR TOTAL

IVA VALOR TOTAL + IVA

Si el proponente no presenta la totalidad de las especificaciones técnicas, cantidades y unidades señaladas en las especificaciones técnicas, conforme al presente numeral, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA TECNICAMENTE 2.16 CAPACIDAD FINANCIERA

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Para efectos de la verificación financiera y de acuerdo al deber legal de llevar contabilidad, el proponente deberá adjuntar con su propuesta los siguientes documentos: Cadaunodelosproponentesdeberápresentarlossiguientesdocumentosdecarácterfinanciero: 2.16.1 El proponente deberá presentar copia del R.U.P. actualizado para tomar de allí el contenido de la información financiera con corte a diciembre 31 de 2012 Teniendo en cuenta que el valor del presupuesto disponible supera los 100 salarios mínimos legales vigentes.

2.16.2 Copia Declaración Tributaria del Impuesto de Renta y Complementarios

El proponente deberá anexar fotocopia legible de la Declaración Tributaria del Impuesto a la Renta y Complementarios del año gravable 2011. Según el decreto reglamentario 2634 del 17 de dic-2012, a partir del 9 de abril de 2013; existe la obligatoriedad de declarar renta, para las personas JURIDICAS, no grandes contribuyentes NOTA: Para el caso de las propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá allegar la misma documentación requerida en el presente pliego de condiciones.

Luego de la verificación de los documentos financieros solicitados en el numeral 2.16.1, a 2.16.2 el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, no otorga asignación de puntaje; pero calculara los siguientes indicadores financieros y comprobara el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación; en caso de incumplir alguno, la propuesta se calificara NO CUMPLE FINANCIERAMENTE

2.16.3 ESTUDIODELACAPACIDADFINANCIERA: La Evaluación Financiera de las propuestas se efectuará sobre los documentos de contenido financierodeacuerdoconlasexigenciasy requisitosestablecidosenelnumeral2 . 1 6 . 1 a 2 . 1 6 . 2 delpliegode la Convocatoria.

En casode quela propuestaseapresentadaporunaUniónTemporal,parasuevaluaciónse consolidaránlosEstadosFinancieros contenidos en el R.U.P.de susintegrantes,enformaproporcionala suporcentajede participaciónenésta.SiespresentadaporunConsorcio,losEstadosFinancierosdesusintegrantes seconsolidaránsumándolos. Losdocumentosfinancierospodránseraclaradosdentrodeltérminodeevaluación,siempreque seandecaráctersubsanable.

La capacidad financiera se determinará con base en las cifras del Balance General y Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2011 contenidos en el R.U.P. verificando el cumplimiento de los siguientes indicadores: 2.16.3.1CAPITALDETRABAJO: ElCapitaldeTrabajo(CT)quedebedemostrarelproponentedebeserigualomayorde100%del valordelPresupuestoOficial.SedeterminarestandodelActivoCorriente(AC)elPasivoCorriente (PC),yseexpresa entérminos porcentuales oporsuequivalente encifrasabsolutas segúnla siguientefórmula:

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Capital de Trabajo (CT) =Activo Corriente (AC) – Pasivo Corriente (PC) = ó>100% del Valor PresupuestoOficial(VPO). Teniendo en cuenta la cuantía, debe quedar igual 2.16.3.2NIVELDEENDEUDAMIENTO: Elniveldeendeudamientototal(NET)quedebedemostrarelproponentedebeserigualomenorde 50%desusactivostotales(AT).SedeterminadividiendoelPasivoTotal (PT)entreelActivoTotal (AT),yseexpresaentérminosporcentualessegúnlasiguientefórmula:

NiveldeEndeudamientoTotal(NET)= PASIVOTOTALx100 =ó<50% ACTIVOTOTAL Teniendo en cuenta la cuantía puede tener este porcentaje en cuanto al nivel de endeudamiento 2.16.3.3INDICEPATRIMONIAL Larelaciónpatrimonial,permitedeterminarla garantíaorespaldoqueofreceel Patrimoniodel proponenteenrelaciónconel presupuestooficialdelaConvocatoria;se determinadividiendoelvalordel PatrimoniodelProponente(PTR)enel ValordelPresupuestoOficial(VPO);elíndicedebeser igualo superiora (1)uno.Lafórmulaparasucálculoes:

ÍndicePatrimonial=PatrimoniodelProponente(PTR)/ValordelPresupuestoOficial(VPO)=ó>a uno.

2.16.3.4 LapropuestaserádeclaradaNOCUMPLEFINANCIERAMENTEenlossiguientescasos: La información financiera a diciembre 31 de 2011 contenida en el R.U.P. y los demás documentos indicados en los numerales 2 . 1 6 . 1 a 2 . 1 6 . 2 deben presentarse al cierre de la convocatoria con el cumplimiento de los requisitos de ley o reglamento y son subsanables de oficio o a solicitud de la entidad. Sin embargo, cuando definitivamente no se subsane la documentación y requisitos de carácter financiero, la propuesta será declarada “NO CUMPLE FINANCIERAMENTE”.

El no cumplimiento del valor mínimo establecido por la Entidad en cada uno de los tres indicadores financieros señalados en el numeral 2 . 1 6 . 3 . 1 a 2 . 1 6 . 3 . 3 del pliego: Capital de Trabajo, Nivel de Endeudamiento e Índice Patrimonial. Para la evaluación de este numeral se aplicará lo dispuesto en el numeral 2.16.3 del presente pliego de condiciones. Este análisis no da lugar a puntaje alguno, pero su incumplimiento definitivo en todo o en algunos de los aspectos, en los términos del mismo numeral, conllevará a que la propuesta esté incursa en causal de rechazo. . 2.17CAUSALES DE RECHAZO Será causa suficiente para RECHAZAR una propuesta la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos: 1. El proponente (persona natural, persona jurídica - consorcio o unión temporal) se

encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para

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contratar, establecidas en la Constitución y las contempladas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993. Esta inhabilidades e incompatibilidades se extenderá a los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado inhabilidad por incumplimiento reiterado – Art. 90 Ley 1474 de 2011-, así como las sociedades de personas de los que aquellos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria

2. La propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse, o que no cumplan todas las calidades exigidas.

3. La no presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal junto con la propuesta, en tanto que la capacidad jurídica es un requisito no subsanable y se demuestra a través del precitado documento

4. Logre demostrarse que existen varias propuestas presentadas por el mismo proponente para el proceso licitatorio, por si o por interpuesta persona. Artículo 8.1.3° Decreto 734 de 2012: De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas. Para efectos de establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1° del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, las entidades estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. Si de acuerdo con los pliegos la propuesta hubiere sido enviada por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos

5. Cuando el representante legal del consorcio o unión temporal exceda las limitaciones que se le hayan impuesto en el acuerdo de integración, o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato.

6. Si de conformidad con el Certificado de la Cámara de Comercio o la entidad competente, o con los estatutos de la persona jurídica, se determina que su duración no es igual a la del plazo para la ejecución del contrato y un (1) años más, y cuando en este mismo el objeto de la empresa no se encuentre relacionado con el objeto de la presente contratación.

7. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente en la fecha, lugar y hora indicados en el Anexo No. 01 – Cronograma del Proceso.

8. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad, o condicionada para la adjudicación.

9. Cuando la Garantía de Seriedad de la propuesta no se entregue con la propuesta al cierre del presente proceso o que habiéndola presentado, no se subsane dentro del término que establezca la Entidad.

10. Se rechazarán propuestas económicas expresadas en dólares u otra moneda diferente al peso colombiano

11. Cuando la propuesta supere el valor del presupuesto oficial 12. Cuando los documentos presentados por el proponente contengan información que

de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar

13. Cuando el valor de la propuesta resulte artificialmente bajo, y analizadas las explicaciones del proponente, se considere con fundamentos objetivos y razonables que esa propuesta económica pone en riesgo el proceso y el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de resultar favorecida con la adjudicación y no se soporte el valor ofrecido por el proponente, conforme lo establecido en el artículo 2.2.10 del Decreto 734 de 2012

14. Cuando la cualquier actualización, renovación o cualquier otra modificación contenida en el RUP no se encuentre en firme

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15. No cumplir con las condiciones financieras mínimas señaladas 16. Cuando no subsane correctamente y dentro del término fijado, la información o

documentación solicitada por el SENA. 17. Si el oferente se encuentra en mora en el pago de sus obligaciones al Sistema de

Seguridad Social Integral y Parafiscales o registra saldos insolutos en el aplicativo de cartera de la Entidad

18. La presentación de la Carta de presentación de la propuesta firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien estatutariamente no tenga la facultad de comprometer al proponente o no cuente con la autorización debidamente otorgada.

19. Cuando el proponente o sus socios tratándose de personas jurídicas, se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades señaladas en el Art. 90 de la Ley 1474 de 2011 (INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO)

20. Cuando la oferta económica no incluya todos los componentes y/o costos del servicio solicitado, o excluya del anexo algún ítem de los exigido en la oferta económica

21. Cuando el proponente no atienda los requerimientos realizados por la Entidad, en los términos que ésta establezca

22. El proponente ofertará la TOTALIDAD de los ítems requeridos. Si se detecta la carencia de la propuesta económica de un ítem o se modifican, aumentan o disminuyen las cantidades a contratar, la propuesta se rechazará

23. Cualquier otra causal establecida por la ley y la Constitución Política y en el presente pliegos de condiciones.

2.18 ANALISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Si la propuesta cumple con los requisitos habilitantes exigidos en el presente pliego de condiciones, quedará habilitada para ser evaluada y calificada técnica y económicamente de acuerdo con los parámetros establecidos en el pliego de condiciones. El plazo para realizar la evaluación de las propuestas es el establecido en el Anexo 1. – Cronograma del Proceso. En caso de ambigüedad o imprecisión en el contenido de la propuesta presentada, la Entidad podrá solicitar al proponente las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables para su comparación, en tal caso el plazo para obtener la respuesta por parte del oferente será el indicado en la solicitud. La información aquí solicitada no podrá ser utilizada por el proponente sino para aclarar los aspectos requeridos. NO SE ADMITIRAN MODIFICACIONES, ADICIONES O MEJORAS A LA PROPUESTA. 2.19 COMITE EVALUADOR Atendiendo lo dispuesto en el parágrafo 2 del Artículo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012, el Centro Biotecnológico del Caribe de la Regional Cesar través del Subdirector, procederá a designar un comité evaluador conformado por servidores públicos, con el apoyo del personal contratista si es del caso, para que según su especialidad evalúe de manera objetiva las propuestas presentadas. El Comité evaluador deberá ceñirse exclusivamente a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y la Ley. Si llegare a considerarlo necesario, el SENA podrá solicitar el apoyo de particulares o de otras entidades en el proceso de evaluación de las propuestas. Una vez estudiadas y calificadas las propuestas por los comités evaluadores éstos presentaran los informes correspondientes al Comité de Licitaciones y Compras quien lo consolidará y presentará el informe final al Subdirector del Centro, en el cual recomienda que se adjudique o declare desierta la convocatoria.

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2.20 PLAZO PARA ADJUDICAR El Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe de la Regional Cesar, dispone hasta el día y hora establecida en el Cronograma del proceso - Anexo No.1 para seleccionar la oferta más favorable para la entidad, a la cual se le adjudicará el contrato para que desarrolle el objeto de este proceso. Si el adjudicatario no suscribe el correspondiente contrato dentro del término que haya señalado, quedará a favor del SENA, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía. En este evento, EL SENA, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad. 2.21 DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO El Centro Biotecnológico del Caribe de la Regional Cesar, podrá declarar desierto el presente proceso por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta. La declaratoria de desierta se efectuará dentro del mismo término de adjudicación, mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a tal decisión y se sujetarán a lo establecido en el numeral 18, artículo 25, de la Ley 80 de 1993. 2.22 ADJUDICACION CON OFERTA UNICA Conforme a lo señalado en el Art. 8.1.12 del Decreto 734 de 2012, sin perjuicio de las disposiciones especiales en materia de subasta inversa, concurso de méritos y las reglas particulares para los procesos con convocatoria limitada a las Mipymes, la entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una propuesta, y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, y siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones 2.23 PLAZOS DEL PROCESO CONTRACTUAL. Salvo lo previsto expresamente para cada caso en la ley y en el decreto 734 de 2012, todos los plazos del proceso contractual hasta la firma del contrato serán establecidos en el Pliego de Condiciones, y podrán ser prorrogados antes de su vencimiento, hasta la mitad del inicialmente previsto, cuando las necesidades de la Administración así lo exijan. Cuando se trate del término de expedición de adendas, se observará lo dispuesto en el artículo 2.2.4 del presente decreto. Si El SENA establece que el plazo para la verificación y evaluación de las ofertas previsto originalmente en el pliego de condiciones no garantiza el deber de selección objetiva, podrá prorrogarlo antes de su vencimiento, determinando un nuevo plazo que no podrá exceder del término inicialmente definido. ElSubdirector del Centro o su Delegado motivarán el acto de trámite contentivo de la modificación. Esta facultad no podrá ser utilizada con desviación de poder ni con violación de las reglas establecidas en los numerales 10. y 40. del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.

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CAPITULO III

3. CRITERIOSDE COMPARACIÓNDE OFERTAS,VERIFICACIÓNY

EVALUACIÓNDELASPROPUESTAS. Con fundamento en el artículo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012, en concordancia con el Articulo 88 de la Ley 1474 de 2011 y el Art. 5 de la Ley 1150 de 2007, “la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar la siguiente alternativa: La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones. 3.1 REQUISITOS HABILITANTES: La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, y la capacidad financiera y técnicas serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y su valor. Para la verificación de los requisitos habilitantes se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales mínimos establecidos en el pliego de condiciones, y el cumplimiento en la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas; su incumplimiento y no subsanación dentro del término que establezca la Entidad, acarreará el RECHAZO de la propuesta. Igualmente, se evaluará la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en el pliego de condiciones. Tan solo seguirán siendo hábiles aquellas propuestas que cumplan con dichos requisitos, las demás serán eliminadas. Las propuestas ADMITIDAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas en el aspecto técnico y económico. 3.2 FACTORES DE PONDERACION Se procederá bajo condiciones de igualdad a los proponentes y la oferta más ventajosa para la Entidad será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula: - La ponderación de los elementos de calidad y precio, soportados en puntajes o fórmulas que señale el pliego de condiciones. (Literal a, numeral 3, articulo 2.2.9° del Decreto 734 de 2012). 3.3 PONDERACION DE LAS PROPUESTAS De conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, las ofertas serán analizadas, evaluadas y calificadas por el SENA, con base en la información suministrada por el oferente en cumplimiento del pliego de condiciones. Para la selección objetiva de la oferta más favorable para la Entidad, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos habilitantes y la ponderación de la valoración técnica y la económica las cuales se deberán soportar en los puntajes y fórmulas que se describen a continuación: La selección del oferente será objetiva y en el análisis comparativo para adjudicar la Convocatoria Pública, se otorgarán mil puntos (1.000) considerando los siguientes aspectos:

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ITEM FACTOR PUNTAJE MAXIMO 1 Factor Técnico 400 puntos 2 Factor Económico 600 puntos

TOTAL PUNTAJE 1.000 PUNTOS

3.3.1 FACTOR TECNICO (400 puntos)

La propuesta para ser evaluada técnicamente debe ofrecer un número mínimo de seis (6) vehículos tipo bus, con capacidad para treinta (30) pasajeros todos sentados, correspondientes a modelos 2005 en adelante. Cada vehículo deberá poseer su correspondiente Tarjeta de Operación, SOAT vigente y cumplir con las especificaciones propias de los vehículos que prestan este tipo de servicio. Se deberá diligenciar el Formato del Anexo 4- Relación de Vehículos disponibles para la prestación del servicio de transporte terrestre.

MODELO DE VEHICULOS (250 Puntos)

Se tendrá en cuenta el número de vehículos y años en servicios que puedan ofertar, así: Se tendrá en cuenta el número de vehículos y años en servicios que puedan ofertar, así: Proponente que ofrece como mínimo vehículos modelos entre el 2011 y 2013 250 puntos. Proponente que ofrece como mínimo vehículos modelos entre el 2008 y 2010 150 puntos. Proponente que ofrece como mínimo vehículos modelos entre 2005 y 2007 100 puntos. Si el proponente no ofrece el mínimo de vehículos requeridos, en cualquiera de los rangos anteriormente establecidos, la propuesta se evalúa como NO CUMPLE TECNICAMENTE

NUMERO DE VEHICULOS ADICIONALES DISPONIBLES PUNTAJE (100 puntos)

El proponente que presente mínimo 8 vehículos (Buses) disponibles y con capacidad superior a treinta (30) pasajeros (Modelos no inferiores al año 2005) 100 puntos. El proponente que presente entre 1 y 6 vehículos (Buses) disponibles y con capacidad de treinta (30) pasajeros. (Modelos no inferiores al año 2005) 50 puntos.

APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL - CINCUENTA (50) PUNTOS En desarrollo de lo establecido en la Ley 816 de 2003 a fin de apoyar la industria colombiana se asignará el siguiente puntaje: PERSONAL PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO 100 % NACIONAL - CINCUENTA (50) PUNTOS A la propuesta que ofrezca para la prestación del servicio a contratar personal 100% nacional: 50 puntos.

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Para efectos de esta calificación el proponente deberá acreditar mediante documento escrito, adjunto a la propuesta, el origen del personal que prestará el servicio a contratar. En caso de no presentar este documento, se calificará con 0 PUNTOS. 3.3.2 FACTOR ECONOMICO (600 puntos): La propuesta económica debe ser igual o inferior al presupuesto oficial de la presente contratación, correspondiente a la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS ($494.371.680)Incluido IVA y demás impuestos a cargo del contratista. Las propuestas serán evaluadas teniendo en cuenta al oferente que presente el valor más económico. EL PROPONENTE deberá presentar su oferta por el sistema de precios unitarios de acuerdo a lo descrito en el numeral 1.4, teniendo en cuenta que en dichos precios unitarios se encuentran comprendidos todos los costos directos e indirectos que se generan por la contratación.

Elaspectoeconómicoserá evaluado,teniendoencuentaquerecibiráelmayorpuntajequienofrezcael menorprecio, l os demás oferentesobtendránunpuntajeproporcionaldescendente,deacuerdoconel resultadoqueseobtengaalpracticarunaregladetres simple inversa,esdecir,mayor precio,menorpuntaje. Para la respectiva evaluación económica seutilizarálasiguientefórmula:

En donde: P: Puntajeparaelfactorprecio Pm: Valorpropuestade menor valor Pi: Valorpropuestacomparada

600: Puntajeasignado a lapropuesta quepresenteelmenorprecio

3.3 CRITERIOSDEDESEMPATE Entre las propuestas que superen el proceso evaluativo se seleccionará la propuesta con el mayor puntaje, siempre que sea más favorable para la entidad, siguiendo en caso de empate, lo establecido en el artículo 4.2.5° del Decreto 734 de 2012, aplicando criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 1.En caso de existir empate entre dos o más propuestas tendrá preferencia la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación económica. 2. De persistir el empate, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en la parte técnica. 3. En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 4. Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se preferirá a la Mipymes nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales. 5.Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipymes, éste se preferirá.

P=

Pm x 600

Pi

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6. Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. 7. En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás. 8. Si persiste el empate, se procederá a seleccionar al adjudicatario mediante la extracción de balotas depositadas en un talego, debidamente numeradas, y ganará quién saque la balota con el mayor número. Es entendido que los parámetros sucesivos de desempate solo serán utilizados en el evento en que el anterior criterio no haya logrado superar el empate entre los proponentes. NOTA: En cualquier caso los factores de desempate contenidos en el presente pliego se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos

ESPACIO EN BLANCO

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CAPITULO IV 4.DE LA CONTRATACIÓN 4.1ADJUDICACIÓN: Laadjudicaciónse realizará, medianteresolución motivadaquese entenderá notificado en la forma establecida en el numeral 7 del Art. 3.2.2.1° del Decreto 734 de 2012. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la Entidad y al adjudicatario y no será susceptible de recurso alguno por la vía gubernativa. 4.2 Presupuesto Oficial: El presupuesto oficial asignado por la entidad para la presente contratación corresponde a la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS ($494.371.680)Incluido IVA y demás impuestos a cargo del contratista. Serán por cuenta del Contratista todos los gastos, impuestos, legalizaciones, fletes, transporte, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de la garantía única y sus modificaciones. RECURSOS:La presente contratación se ampara con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 1413 de fecha 23 de Enero de 2013. – Rubros:C-310-704-207-0-2042186 GASTOS BIENESTAR ALUMNOS. 4.3 FORMADEPAGO: El SENA pagará al CONTRATISTA por mensualidades vencidas, de acuerdo al número de recorridos realizados, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: POR PARTE DEL CONTRATISTA.Presentación de los informes mensuales respecto de los recorridos realizados durante el periodo a cancelar, Presentación de la factura de Venta, Acreditación de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “ICBF” y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante la presentación de la certificación expedida por el revisor fiscal cuando exista acompañada de las planillas de pago respectivas. POR PARTE DEL SENAel informe de supervisión suscrito por parte del Supervisor del contrato. Del Derecho de Turno: Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. El pago al que se obliga EL SENA por el presente acto, queda subordinado a la aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). 4.4PLAZODEEJECUCIONY VIGENCIA DEL CONTRATO El plazo de ejecución del presente contrato es de OCHO (8) MESES y SIETE (7) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del acta de inicio de actividades, previa aprobación de la póliza.

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El contrato estará vigente desde la fecha en que se cumplan los requisitos de ejecución y cubrirá el término previsto para el cumplimiento de los requisitos de ejecución, el plazo para su ejecución y el término de liquidación pactado por las partes. El plazo para la ejecución del contrato no estará sujeto a ampliaciones, salvo que sobrevengan hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito que a juicio del SENA se requiera. Si el contratista se retrasa en la programación por causas que le sean atribuibles, EL SENA podrá ampliar el plazo para la ejecución del contrato por el término que estime razonable, sin perjuicio de que se apliquen las multas contractualmente pactadas. En este caso, el Contratista debe asumir los mayores costos que se causen durante la ampliación e indemnizar los perjuicios que ocasione al SENA. En los casos de ampliación del plazo se deberá suscribir una prórroga. En estos eventos, deberá ampliarse la vigencia de las garantías por el término y bajo las condiciones señaladas en el Contrato adicional y previo el cumplimiento de los mismos requisitos de legalización, estipulados en el contrato principal. 4 .5 GARANTÍAS Se analizaron los riesgos que deben ampararse en cada una de las etapas del proceso de contratación observando el objeto, la naturaleza y cuantía a contratar, quedando de la siguiente manera los amparos ETAPARA PRECONTRACTUAL:

a) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA (a cargo del oferente): La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos previstos en el artículo 5.1.4.1 del Decreto 734 de 2012, en tal sentido el oferente deberá constituir póliza de seriedad de la oferta conforme los requerimientos que se describen a continuación , la cual deberá presentar en forma simultánea con la propuesta:

1. BENEFICIARIO

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CESAR –CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE NIT. 899.999.034-1

Dirección del Asegurado/Beneficiario: Kilometro 7 vía a la paz de la ciudad

de Valledupar, Cesar, Colombia

Teléfono: 57+5+5703366 ext. 52907

2. AFIANZADO:

A nombre del Oferente, en caso de ser una Unión Temporal o Consorcio el beneficiario/afianzado se hará a nombre de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o del Consorcio.

3. VIGENCIA:

La vigencia será de sesenta (60) días calendario, a partir de la fecha de cierre del presente proceso. En casodeprorrogarseel plazodelpresenteprocesodeselección,elproponentedeberá mantenervigentestodoslosplazosycondicionesoriginalesdesupropuestayampliarlavalidez delagarantíadeseriedadporeltérminoadicionalqueseñaleelSENA

4. CUANTÍA:

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La garantía deberá constituirse por el diez (10%) del valor total del presupuesto oficial. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si el adjudicatario no firma el contrato o no entrega la garantía única prevista en el numeral 19 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el clausulado de las pólizas o en la Ley aplicable. En aplicación a lo dispuesto en el inciso 3 del numeral 19 del Art. 25 de la Ley 80 de 1993, y tratándose de pólizas, no expirarán por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato, EL SENA exigirá al oferente clasificado en segundo lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato y así sucesivamente a los demás oferentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para EL SENA, conforme a lo previsto en el pliego de condiciones.

ETAPA CONTRACTUAL El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENA una garantía para amparar el contrato, en cualquiera de las modalidades señaladas por el Artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012, a través de una compañíadeseguroslegalmenteestablecidaenColombia, el amparo de los siguientes riesgos:

a)Cumplimiento del contrato, por un monto que ampare el 20% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado b) Calidad del Servicio prestado: por un monto que ampare el 50% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y seis (06) meses más. El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato.

c)Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales:Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato con vigencia por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más.

El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen

como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado

para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional.

En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Titulo V del Decreto 734 de 2012. Tales garantías deberán constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato.

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El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la firma del acta. Estas garantías deberán ser constituidas por el proponente a su costo, y debe contener, entre otros, la siguiente información:

Asegurado/Beneficiario:SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

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Dirección del Asegurado/Beneficiario: Kilometro 7 vía a la paz de la ciudad

de Valledupar, Cesar, Colombia

Teléfono: 57+5+5703366 ext. 52907

Tomador/Afianzado: Lagarantía deberá tomarseconelnombreorazónsocial del

adjudicatario, quefiguraenel CertificadodeExistenciay Representación LegalexpedidoporlaCámaradeComerciorespectiva,y nosóloconsu sigla,a no serqueenel referidodocumentoseexpresequela sociedadpodrádenominarsedeesamanera.Cuandoel adjudicatario sea un consorcioounióntemporal,lapólizadeberáconstituirse anombrede todosy

cadaunosusintegrantes,y noanombredelosrepresentanteslegales,nianombredel consorcioounióntemporal.

Las garantías deben presentarse suscritas por el representante legal del contratista, es decir, por el Tomador/Afianzado

4.6 SUPERVISIÓN: El control y vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del presente contrato y de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad del servicio prestado será ejercida por el Funcionario Responsable de Bienestar Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar.El Supervisor del Contrato además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 00965 de 2012 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza del presente contrato. 4.7 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Además de las obligaciones constitucionales y legales, el CONTRATISTA se obliga para con el SENA a:

Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.

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Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y jurídicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta y la solicitud de cotización los cuales hacen parte vinculante del contrato.

Proveer servicios de óptima calidad.

Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución para lo cual deberá allegar certificación de paz y salvo suscrita por el representante legal o el revisor fiscal cuando exista y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual.

4.8 OBLIGACIONES DEL SENA: Además de las obligaciones constitucionales y legales, el SENA se obliga a:1. Pagar en la forma establecida en la cláusula FORMA DE PAGO las cuentas o facturas presentadas por el CONTRATISTA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el Contrato y en los documentos que de él forman parte. 3. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. 4.9 MULTAS Y CLAUSULA PENAL PECUNIARIA El incumplimiento de las obligaciones del contrato serán sancionados pecuniariamente de conformidad con las siguientes estipulaciones: 1) En caso de que haya lugar a la declaratoria de incumplimiento o caducidad del contrato, el SENA podrá exigirle al CONTRATISTA a título de tasación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato, lo cual no lo exime del pago de los perjuicios causados en exceso de dicha tasación. 2) Si el incumplimiento es parcial por parte del CONTRATISTA, sin que de lugar a la declaratoria del siniestro de incumplimiento o la de caducidad, éste reconocerá y pagará al SENA, una multa equivalente al 0,5% del valor del Contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez (10%) del valor del contrato. PARAGRAFO PRIMERO: En la aplicación de la cláusula penal y de las multas se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad y se dará previamente cumplimiento al debido proceso, de conformidad con los artículos 17 de la ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011 (anticorrupción) y a lo previsto en el artículo 5.1.13 del Decreto 734 de 2012. PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de que el CONTRATISTA no pague el valor de la cláusula penal o de la multa dentro del término indicado en el acto administrativo correspondiente, el SENA hará efectivo su pago a través de la póliza de cumplimiento del contrato o la deducirá de cualquier cantidad que adeude al CONTRATISTA, quien autoriza esta deducción expresamente con la firma del respectivo contrato.

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4.10CADUCIDAD Se adoptará esta medida de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y por las demás causales previstas en las normas que rijan la materia. Así mismo, dará lugar a la declaratoria de caducidad, el incumplimiento de las obligaciones del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, en los términos señalados en el Decreto 734 de 2012. 4.11CESIÓN DEL CONTRATO EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo o en parte a persona natural o jurídica alguna, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones inherentes al presente contrato, salvo autorización previa y expresa de la entidad contratante, en todo caso se atenderá lo dispuesto en el artículo 41 inciso 3° de la Ley 80 de 1993. 4.12 REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN, EJECUCIÓN Y PAGO El contrato se entenderá perfeccionado según lo establecido en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Conforme a lo establecido en el Art. 8.1.16 del Decreto 734 de 2012, para la legalización del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente registro presupuestal por parte de la entidad contratante, cuando a ello haya lugar de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto y sus disposiciones complementarias. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondientes. Para la realización de cada pago del contrato estatal, además de verificar lo anterior y el cumplimiento satisfactorio del objeto contratado, la entidad pública verificará que el contratista acredite que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Adicionalmente, la entidad deberá respetar el orden de turno de que trata el numeral 10 del artículo 4° de la ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 19 de la ley 1150 de 2007, para lo cual, dispondrá en su organización interna, los procedimientos necesarios y pertinentes para respetar el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas así como establecerá mecal1ismos para el pronto y oportuno pago a éstos. REQUISITOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO:

- Constitución y aprobación de las garantías - Acreditar pago aportes parafiscales y seguridad social - Registro presupuestal

4.13 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Con la firma del contrato, EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en la Constitución Política y las que se refiere en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993, los cuales declara conocer.

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4.14LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se hará por mutuo acuerdo entre las partes, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de expiración de la vigencia del contrato, al agotamiento del objeto contratado o al acto administrativo que ordene la terminación del contrato por cualquier causa, observando lo previsto en el artículo 217 del Decreto 019 de 2012. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, será practicada directa y unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. Los contratistas tendrán derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. El Supervisor del contrato una vez finalizado el contrato, deberá verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista y presentar el informe sobre el balance final de ejecución del mismo, para efectos de elaborar el acta de liquidación respectiva. 4. 15AUSENCIA DERELACIÓN LABORAL El contrato que se suscriba no genera relación de carácter laboral y la ejecución del contrato se hará sin subordinación alguna respecto al CONTRATISTA y el personal a su cargo, por la que goza de total independencia en la ejecución del objeto contratado. 4.16SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS El SENA procurará solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual. Para tal efecto, podrá emplear los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1993, tales como: conciliación, amigable composición y transacción. 4.17INDEMNIDAD De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.6 del Decreto 734 de 2012, EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes 4.18ADICIONES Y PRORROGAS Las partes podrán convenir adiciones o prórrogas del contrato teniendo en cuenta para tal efecto, lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993 y demás normas. En los casos de ampliación del plazo se deberá suscribir una prórroga. En estos eventos, deberá ampliarse la vigencia de las garantías por el término y bajo las condiciones señaladas en el Contrato adicional y previo el cumplimiento de los mismos requisitos de legalización, estipulados en el contrato principal. Los contratos estatales son intuito personae, y en consecuencia, una vez celebrados no podrán cederse sin previa autorización escrita de la entidad contratante.

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Por ello, en el contenido del contrato es posible establecer la figura de la cesión para que en el evento en que el contratista no pueda seguir asumiendo la ejecución del compromiso formalizado, podrá proponer al SENA, a través de una comunicación escrita, una tercera persona que continúe con la gestión con la ejecución del contrato. Dicha persona debe reunir como mínimo las mismas características del contratista que propone la cesión, anexar todos los documentos que acrediten dichas condiciones, contar con el concepto técnico favorable del supervisor y la autorización expresa y escrita del ordenador del gasto. 4.19CAUSALES DE TERMINACIÓN El presente contrato podrá darse por terminado por la ocurrencia de cualquiera de siguientes causales: 1) En cualquier momento, por mutuo acuerdos entre las partes, previa justificación escrita. 2) Por vencimiento del plazo de ejecución 3) Por el acaecimiento de circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del Contrato. 4) Cuando la Entidad observe conductas fraudulentas por parte del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que la Entidad adelante 4.20SUSPENSIÓN El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido excepcionalmente de manera temporal, en las siguientes circunstancias: 1. Por el mutuo acuerdo de las partes. 2. Fuerza mayor o caso fortuito, por causas debidamente justificadas, previa solicitud del CONTRATISTA. La suspensión se hará mediante acta suscrita por las partes en la cual se expresará su causa, el término de la suspensión y la fecha en que se reanuda la ejecución del contrato En caso de suspensión el CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Asegurador y a ampliar las garantías, proporcionalmente al término que dure la misma. La suspensión del contrato será aprobada por el funcionario competente, previo concepto del Supervisor del contrato. 4.21INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL Son aplicables al contrato los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales en los términos establecidos en la ley 80 de 1993 y demás normas vigentes que le sean aplicables. 4.22PREVALENCIA DEL PLIEGO DE CONDICIONES El pliego de condiciones prevalecerá ante la ocurrencia de discrepancias interpretativas surgidas en la ejecución del mismo, por lo tanto el presente pliego de condiciones forma parte integral del contrato y en caso de incompatibilidades, discrepancias o incongruencias, se tendrá en cuenta lo contemplado en ellos, teniendo en cuenta que los proponentes con la presentación de su propuesta, manifiestan que se acogen a éste. 4.23SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD EL CONTRATISTA se obliga a conocer y aplicar la política y los lineamientos de Seguridad de la Información y Gestión de los activos de la Información que le entregue el SENA. Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga a no revelar, durante la vigencia del este contrato, ni dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, la información confidencial de propiedad del SENA, de la que el CONTRATISTA tenga conocimiento con ocasión o para la ejecución de este contrato, sin el previo consentimiento escrito del mismo. Se considera información confidencial cualquier información técnica, financiera,

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comercial, estratégica y, en general, cualquier información relacionada con las funciones, programas, planes, proyectos y/o actividades del SENA

ANEXO No. 1 - CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ACTIVIDAD DESDE HASTA LUGAR

Publicación aviso de convocatoria e invitación a Mypes/Mipymes, Estudios Previos, Proyecto de Pliego de Condiciones

18/02/2013 22/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Presentación y recepción de observaciones y sugerencias al proyecto de pliego de condiciones

18/02/2013 22/02/2013 Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ubicada en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar [email protected]

Publicación en el SECOP de las observaciones al proyecto de pliego de condiciones y del documento que contenga las apreciaciones de la Entidad sobre las observaciones presentadas

25/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Publicación Pliego de Condiciones definitivo y Acto Administrativo de Apertura

26/02/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Manifestación de interés con el fin de conformar la lista de posibles oferentes

27/02/2013 01/03/2013 16:30 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ubicada en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar [email protected]

Información a los posibles oferentes de la realización o no de audiencia de sorteo

01/03/2013 Dirección suministrada por los interesados

Audiencia de sorteo, cuando el número de posibles oferentes sea superior a 10

04/03/2013 Unidad de Contratación - ubicada en la carrera 19 entre calles 14 y 15 de la ciudad de Valledupar, piso 3

Publicación acta de sorteo 04/03/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Plazo para presentación de propuestas 04/03/2013 19/03/2013 16:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ubicada en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar

Acta de cierre de recepción de propuestas 19/03/2013 16:00 horas

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Plazo para presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo

15/03/2013 18:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ubicada en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar [email protected]

Plazo para expedición de Adendas 04/03/2013 18/03/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Evaluación de las propuestas 20/03/2013 21/03/2013 Subdirección Centro Biotecnológico del Caribe – Comité Evaluador /Unidad de Contratación

Publicación del informe de evaluación 22/03/2013 02/04/2013 www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Recepción de observaciones al informe de evaluación dentro del término de su traslado y subsanación de requisitos habilitantes por parte de los oferentes

22/03/2013 02/042013 18:00 horas

Unidad de Archivo y Correspondencia del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ubicada en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar [email protected]

Estudio y respuestas de observaciones a la evaluación (Verificación de los requisitos habilitantes que se hayan subsanado)

03/04/2013 Subdirección Centro Biotecnológico del Caribe /Unidad de Contratación

Adjudicación del contrato o declaratoria de desierta del proceso

03/04/2013 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar.

Publicación del acto administrativo de adjudicación o de declaratoria de desierta

Dentro de los 3 días siguientes a la expedición del acto administrativo

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Elaboración y firma del contrato 04/04/2013 09/04/2013 Subdirección de Centro/Unidad de

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Contratación, carrera 19 entre calles 14 y 15, piso3, de la ciudad de Valledupar. www.contratos.gov.co www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Registro Presupuestal del contrato y radicación 09/04/2013 Oficina de Presupuesto SENA Regional Cesar

Publicación del contrato Dentro de los 3 días siguientes a la expedición

www.contratos.gov.co www.sena.edu.co

Verificación del cumplimiento de los requisitos de ejecución por parte del contratista

10/04/2013 12/04/2013 Subdirección de Centro/Unidad de Contratación

** Observando que es importante para el proceso, el orden de presentación de las cartas de intención de participación, UNICAMENTE se tendrán en cuenta aquellas que sean presentadas dentro del horario establecido en el presente cronograma, observando el principio de igualdad y transparencia Con relación alenvíodemensajes a través de cualquier medio telemático, sedaráaplicaciónaloestablecidoenlaLey527de1999,enelsentidodequeparaqueseentiendarecibidoelmensajeserequeriráel acusedereciboexpedidoporelSENA NOTA: En caso de modificación del presente cronograma, EL SENA comunicará mediante aviso publicado en la página del SECOP www.contratos.gov.coy en el portal del SENA www.sena.edu.cola modificación del cronograma, para efectos de dar continuidad al mismo, aplicando los principios de economía y celeridad. Para el desarrollo de la presente contratación, los proponentes podrán comunicarse con el Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar ubicada en el Km 7 vía a La Paz de la ciudad de Valledupar e informarse de todos los aspectos relacionados con ella o solicitar aclaraciones al correo electrónico [email protected] Valledupar, 18 de febrero de 2013

CARLOS ALBERTO GUTIERREZ DE PIÑERES ROCHA Subdirector

Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar

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ANEXO No. 2

CARTADE PRESENTACIONDELAPROPUESTA (Utilice preferiblemente papel membreteado) Ciudad yfecha

Señores

SERVICIONACIONALDEAPRENDIZAJE

CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE SENA REGIONAL CESAR

Kilómetro 7 vía a La Paz Valledupar – Cesar

Elsuscrito----------------------------------------------------------------------,actuandoenmi propionombreoennombrede-----------------------------------------------------------------, conidentificaciónNo.-------------------------deacuerdoconlasreglasquese estipulanenel pliego de condiciones ydemásdocumentosquehacenpartedel presenteprocesocontractual, presentopropuestapara laConvocatoria Pública CBC-SAMC-002-2013 cuyo objeto es laPrestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar, de acuerdo a las cantidades, especificaciones y condiciones señaladas en el pliego de condiciones, así:

1. VALOR DE LA PROPUESTA: El valor de la propuesta corresponde a la suma de _______________________($) M/Cte. 2. MANIFESTACION EXPRESA: Manifiestobajo la gravedaddeljuramento: Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta

propuestanienelcontratoprobablequedeellasederive. Quecuentoconlacapacidadsuficienteparaejecutarelcontratoqueresultedelapresente CONVOCATORIA PÚBLICA. Que el proponente (o los integrantes del proponente si el mismo es un consorcio o unión temporal) o los miembros o socios de la sociedad que represento,no nos

encontramos incursos dentro de las inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones o conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y demás normas pertinentes. Quesusdirectivosy laspersonasqueejecutaránlosservicioscontratados,noseencuentran incursosen inhabilidades, incompatibilidades,

conflictodeinterés,yeneleventoenquesepresentecualquiercircunstanciade esetipo,informaréalSENA oportunamente, para lo pertinente. Que el proponente SI ____o NO____ ha sido sancionado por alguna(s) de las Entidades Estatales enunciadas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 con multa o cláusula penal, mediante providencia ejecutoriada dentro de los últimos TRES (3) años

anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en referencia. (En

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caso afirmativo, se deben relacionar las multas, las cláusulas penales respectivas y anexar copia de las sanciones y de las constancias de ejecutoria correspondientes.) Queelrégimentributarioalcual pertenecemos,es:.............................................

Igualmentemepermitoindicarqueencasoderesultarfavorecidoconlaadjudicacióndela presenteCONVOCATORIAPÚBLICA,me comprometoa cumplirconlasobligacionesprevistas por la Constitución Política, la Ley y el presente pliego de condiciones Adicionalmente,mepermitomanifestar:

a) Queconozcoyaceptotodaslasespecificaciones ycondicionesconsignadasenelPliegode Condicionesde laCONVOCATORIA PÚBLICA No. CBC-SAMC-002-2013.

b) Que lapresentepropuestaconstade(_ ___ )foliosdebidamentenumerados.

c) QueherecibidolosdocumentosqueintegranlaConvocatoriaPública,ylassiguientesade

ndas (indicarnúmeroyfecha)yaceptosucontenido

d) Que en todas las actuaciones derivadas de lo regulado en el pliego de condiciones y lo estipuladoenelcontratoquesecelebre,obraréconlatransparenciay buenafequela ConstituciónPolíticaylasleyesconsagran.

e) Quelapresentepropuesta tiene un valor de: $_______ incluidos impuestos y demás erogaciones a cargo del proponente.

Atentamente,

NombreoRazónSocialdelProponente: Nit: Nombredel RepresentanteLegal: C.C.No. de Dirección: Teléfonos:

Móvil: ___________________________

Fax Ciudad:_ EMAIL

(FirmadelproponenteodesuRepresentanteLegal)

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ANEXO No. 3 CERTIFICACION DE CONTRATOS SIMILARES

Nombre o Razón Social del Contratante:

Dirección del Contratante:

Nombre de la Persona que certifica y cargo:

Nombre del contratista:

Dirección del Contratista:

Contrato No.

Fecha de inicio:

Fecha de terminación:

Plazo de ejecución (incluidas prórrogas):

OBJETO DEL CONTRATO VALOR

ADICION: PRORROGAS: VALOR:

Calidad del servicio prestado: Excelente ( ) Bueno ( ) Regular ( )

Estado actual del contrato: En ejecución ( ) Ejecutado y terminado ( ) Liquidado ( )

Observaciones:

Fecha de expedición:

Nombre y Cargo Firma

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ANEXO No. 4

MINUTA CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

Entre los suscritos: CARLOS ALBERTO GUTIERREZ DE PIÑERES ROCHA, identificado con cédula de ciudadanía número 77.021.148 expedida en Valledupar, actuando en nombre y representación del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, establecimiento público del orden nacional, regulado por lo dispuesto en la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 de 2004, en su calidad de Subdirector Grado 2 del Centro Biotecnológico del Caribe Regional Cesar, conforme al nombramiento ordinario ordenado por el Director General mediante la Resolución número 0000758 del 23 de abril de 2012, en ejercicio de las facultades para contratar conferidas en la Resolución 2039 de 2004, quien para los efectos del presente acto jurídico se denominará EL SENA, por una parte y por la otra XXXX, mayor de edad, domiciliado en la ciudad XXXXX., identificado con la cédula de ciudadanía No. XXX de XXXX, quien obra en nombre y primer representante legal de XXXX con N.I.T. XXXXX, según certificación de la Cámara de Comercio de XXX del XX de XXX de 2009, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS, previa las siguientes consideraciones: 1). Que el Subdirector del Centro Biotecnológico del Caribe de conformidad con el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, determinó la necesidad de adelantar el proceso de contratación para la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar. 2). Que mediante Resolución No. xxxx del xxx, se procedió a ordenar la apertura del Proceso de Selección Abreviada mediante Selección Abreviada de Menor Cuantía No. CBC-SAMC-002-2013, cuyo objeto el Suministro de Alimentación para los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar. 3). Que la apertura y cierre del proceso, de conformidad con lo señalado en dicha Resolución y en el Pliego de Condiciones, se llevó a cabo entre el xxx y el xx de XX de 2013, respectivamente. 4). Que dentro del plazo antes señalado, presentaron propuestas las firmas xxxxx con NIT. No. xxxxxx. 5). Que los resultados de evaluación de la propuesta se pusieron a disposición de los proponentes, durante el período comprendido entre el xx y el xxx de xxx de 2013. 6). Que durante el período de publicación de los resultados de la evaluación, se recibieron observaciones de las firmas xxxx. 7). Que en sesión del xx de xxx de 2013, el Comité Evaluador da a conocer al Comité de Licitaciones y Compras del Centro de Operación y Mantenimiento del Sena Regional Cesar, el resultado final de la Selección Abreviada de Menor Cuantía No. CBC-SAMC-002-2013, siendo aceptada por sus miembros 8). Que el Comité de Licitaciones y Compras del Centro Biotecnológico del Caribe recomendó al Subdirector de Centro, la adjudicación del presente proceso de selección a la firma xxxxx con NIT. No. xxxxx. 9). Que mediante Resolución xxx del xxx de xxx de 2013 se adjudicó el Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. CBC-SAMC-001-201310). Que La presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1313 de fecha 23 de enero de 2013. – Rubro:C-310-704-207-0-2042186GASTOS BIENESTAR ALUMNOS11). Que el presente contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes; Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, Manual para la Contratación Administrativa del SENA, normas civiles y comerciales, demás normas concordantes, el pliego de condiciones, la oferta presentada por EL CONTRATISTA y en especial, por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- Objeto: a Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar. CLÁUSULA SEGUNDA.-xxxxxx CLÁUSULA TERCERA. Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del presente contrato es de OCHO (8) MESES y SIETE (7) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del acta de inicio de actividades, previa aprobación de la póliza. CLÁUSULA CUARTA.-Valor y Forma de Pago: Para todos los efectos, el valor del presente contrato corresponde a la suma de XXXX PESOS ($XXXX) M/Cte., incluido el

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I.V.A., si hubiere lugar, y demás impuestos a cargo del contratista. El SENA pagará al CONTRATISTA por mensualidades vencidas, de acuerdo al número de recorridos realizados, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: POR PARTE DEL CONTRATISTA.Presentación de los informes mensuales respecto de los recorridos realizados durante el periodo a cancelar, Presentación de la factura de Venta, Acreditación de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “ICBF” y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, mediante la presentación de la certificación expedida por el revisor fiscal cuando exista acompañada de las planillas de pago respectivas. POR PARTE DEL SENAel informe de supervisión suscrito por parte del Supervisor del contrato. Del derecho de turno. Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA. Los pagos que EL SENA se compromete a efectuar, quedan sujetos al P.A.C que se haga en su presupuesto, de acuerdo con las normas legales vigentes, comprometiéndose así mismo a incluir las partidas necesarias en éste. Cuando el contratista sea un auto retenedor, deberá informar en la factura esta condición a fin de no efectuar la retención. CLÁUSULA QUINTA.- Disponibilidad Presupuestal: La presente contratación se ampara con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1413 de fecha 23 de Enero de 2013. – Rubro:C-310-704-207-0-2042186 GASTOS BIENESTAR ALUMNOS. CLÁUSULA SEXTA.-Obligaciones del CONTRATISTA: Además de las obligaciones que la Constitución Política y la Ley establecen, EL CONTRATISTA se obliga para con EL SENA, a:

Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.

Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y jurídicas estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta y la solicitud de cotización los cuales hacen parte vinculante del contrato.

Proveer servicios de óptima calidad.

Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución para lo cual deberá allegar certificación de paz y salvo suscrita por el representante legal o el revisor fiscal cuando exista y copia de las planillas de pago respectivas, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual.

CLAUSULA SEPTIMA.- Obligaciones del SENA: 1. Pagar en la forma establecida en la cláusula FORMA DE PAGO las facturas presentadas por el CONTRATISTA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos. 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones

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pactadas en el Contrato y en los documentos que de él forman parte. 3. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. CLÁUSULA OCTAVA.- Requisitos de Perfeccionamiento, Legalización, Ejecución y Pago. El contrato se entenderá perfeccionado según lo establecido en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Conforme a lo establecido en el Art. 8.1.16 del Decreto 734 de 2012, para la legalización del contrato se requerirá que se efectúe el correspondiente registro presupuestal por parte de la entidad contratante, cuando a ello haya lugar de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto y sus disposiciones complementarias. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, para la ejecución del contrato se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondientes. Para la realización de cada pago del contrato estatal, además de verificar lo anterior y el cumplimiento satisfactorio del objeto contratado, la entidad pública verificará que el contratista acredite que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Adicionalmente, la entidad deberá respetar el orden de turno de que trata el numeral 10 del artículo 4° de la ley 80 de 1993 adicionado por el artículo 19 de la ley 1150 de 2007, para lo cual, dispondrá en su organización interna, los procedimientos necesarios y pertinentes para respetar el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas así como establecerá mecal1ismos para el pronto y oportuno pago a éstos. CLÁUSULA NOVENA.-Supervisión: El control y vigilancia del cabal cumplimiento y la completa y adecuada ejecución del presente contrato y de cada una de sus obligaciones, así como de la calidad de los bienes suministrados, estará a cargo del Funcionario Responsable de Bienestar al Aprendiz del Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesa. El Supervisor del Contrato, además de velar por lo normado en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los artículos 44, 83, 84, 86 y 118 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), debe cumplir las funciones señaladas en la Resolución No. 0965 de 2012 o la que la modifique o remplace, así como las demás que surjan por la naturaleza propia del contrato. El supervisor designado, tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: a). Certificar la eficaz y oportuna ejecución del contrato, así como la correcta aplicación de las estipulaciones contractuales. b). Firmar la correspondiente acta o constancia de recibo a entera satisfacción de los servicios y suministros recibidos objeto de éste contrato. c) Requerir al CONTRATISTA cuando se presenten fallas en la debida ejecución del contrato y comunicar los inconvenientes que surjan en el desarrollo del mismo a la Dirección Regional del SENA.d). Enviar oportunamente a la Unidad de Contratación del SENA Regional Cesar toda la información escrita que se surta en cumplimiento del desarrollo del objeto contractual. e). Las demás que surjan de la naturaleza del contrato y se requieran para la cumplida ejecución del mismo. PARÁGRAFO: En todo caso, el ordenador del gasto o el Director regional, podrá cambiar unilateralmente la designación del supervisor cuando las circunstancias así lo ameriten. CLÁUSULA DECIMA.- Garantías: El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del SENA una garantía para amparar el contrato, en cualquiera de las modalidades señaladas por el Artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012, a través de una compañíadeseguroslegalmenteestablecidaenColombia, el amparo de los siguientes riesgos: a)Cumplimiento del contrato, por un monto que ampare el 20% del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. b) Calidad del Servicio prestado: por un monto que ampare el 50% del valor del contrato, por el término de ejecución del

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mismo y seis (06) meses más. El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. c)Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales:Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato con vigencia por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Título V del Decreto 734 de 2012. Tales garantías deberán constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato. El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la firma del acta. Estas garantías deberán ser constituidas por el proponente a su costo. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- TIPIFICACION ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.2° del Decreto 734 de 2012 para los efectos previstos en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, el SENA Regional Cesar entiende como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones inicialmente pactadas de que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. En general, todos los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes jurídicos, de operación, cambiarios y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario y para dar cabal ejecución del contrato resultante, serán asumidos por el oferente adjudicatario; y deberá soportarlos el 100%, excepto respecto de los riesgos económicos, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera: 50% entidad contratante y 50% contratista. Lo anterior a fin de mantener el equilibrio económico del contrato. Para este tipo de contratación el Centro Biotecnológico del Caribe - SENA Regional Cesar ha previsto los siguientes riesgos: RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICO: Se pueden considerar aquí los cambios que puedan llegar a presentarse en la normatividad que rige a la persona sea natural o jurídica, que contrate con el Centro Biotecnológico del Caribe SENA Regional Cesar, por lo tanto se deben considerar las normas de carácter laboral, cooperativo, de transporte, tributarios, entre otras. RIESGOS POR CAMBIO EN EL REGIMEN LABORAL COLOMBIANO: Se parte del hecho que por la naturaleza del objeto del contrato, el servicio deberá ser prestado por empresas de transporte legalmente habilitadas para esta modalidad, lo que indica que el contratista deberá contar para la prestación del servicio con personal idóneo que se desempeñen como conductores de los buses que hacen los recorridos, por lo tanto en la presentación de la oferta el contratista debe considerar para la estimación del precio unas condiciones laborales especiales para esos trabajadores. No obstante, si durante la ejecución del contrato la normatividad laboral sufriera modificaciones, éstas serán de obligatorio cumplimiento y exigencia para el contratista por parte de la entidad y si su implementación llegare a afectar las estimaciones efectuadas por el contratista, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. Así mismo el contratista deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral,

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parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato. Para el caso de personas jurídicas, deberán presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 acompañada de las planillas de pago respectivas, cada vez que lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos (Art. 23 ley 1150 de 2007). Para las personas naturales, copia de la planilla de pago al sistema de seguridad social y parafiscal cuando a ello hubiera lugar. RIESGOS POR CAMBIOS EN EL REGIMEN DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL: Cualquier modificación a la reglamentación que rige la prestación del servicio de transporte terrestre automotor especial que afecte la prestación del servicio y que lleve al cambio de vehículos o personal diferentes de los ofertados y aprobados dentro del contrato, por modificaciones de las condiciones en las que deba prestarse éste servicio o por perdida de la habilitación para la prestación de éste servicio, será responsabilidad total del contratista adecuarse a los nuevos cambios y continuar la normal ejecución del contrato y el Centro de Formación – Centro Biotecnológico del Caribe- no asumirá ni en todo ni en parte este riesgo. RIESGOS DERIVADOS DE HECHOS DE LA NATURALEZA: Si en ejecución del contrato se llegare a presentar un fenómeno de la naturaleza como un derrumbe, inundación o taponamiento de la ruta por donde normalmente debe transitar el vehículo que realiza los recorridos y con ello se deban tomar rutas alternas que incrementen notoriamente la distancia, el riesgo será asumido por la entidad contratante, siempre y cuando ésta autorice el cambio de las rutas. RIESGOS DERIVADOS DEL ORDEN PÙBLICO: Las interrupciones que se llegaren a presentar en la prestación del servicio contratado por aspectos relacionados con el orden público, serán asumidas en su totalidad por el contratista. El contratista deberá avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al SENA como consecuencia. RIESGO DE OPERACIÓN: Los riesgos logísticos de fabricación, transporte, pérdida e importación de los bienes necesarios para la prestación de los servicios objeto de la presente contratación son asumidos por el oferente adjudicatario. RIESGO ECONOMICO: Los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios del mercado de los materiales, los insumos, la alteración o alzas inesperadas en las mismas y que afecten el valor de los servicios y bienes necesarios para la prestación del mismo, mano de obra, entre otros, que afecten el objeto de este proceso de selección, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario y del contratante; por lo tanto, cada uno deberá soportar el 50% de los riesgos de operación del bien objeto del presente contrato. El SENA podrá cambiar, de acuerdo con sus necesidades las fechas y horarios de los recorridos que haya establecido y el contratista se obliga de conformidad con dichos cambios, previamente y con mínimo un (1) día de anticipación a la fecha prevista para ello, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios

mencionados. De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo

8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el

contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado. OTROS

RIESGOS: El SENA podrá cambiar, de acuerdo con sus necesidades las fechas y horarios de los recorridos que haya establecido y el contratista se obliga de conformidad con dichos cambios, previamente y con mínimo un (1) día de anticipación a la fecha prevista para ello, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios mencionados. De conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- Multas y Clausula Penal: El incumplimiento de las obligaciones del contrato serán sancionados pecuniariamente de conformidad con las siguientes estipulaciones: 1) En caso de que haya lugar a la declaratoria de incumplimiento o caducidad del contrato, el SENA podrá exigirle al CONTRATISTA a título de tasación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total

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del Contrato, lo cual no lo exime del pago de los perjuicios causados en exceso de dicha tasación. 2) Si el incumplimiento es parcial por parte del CONVINIENTE, sin que de lugar a la declaratoria del siniestro de incumplimiento o la de caducidad, éste reconocerá y pagará al SENA, una multa equivalente al 0,5% del valor del Contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez (10%) del valor del contrato. PARAGRAFO PRIMERO: En la aplicación de la cláusula penal y de las multas se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad y se dará previamente cumplimiento al debido proceso, de conformidad con los artículos 17 de la ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011 (anticorrupción) y a lo previsto en el artículo 5.1.13 del Decreto 734 de 2012. PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de que el (la) CONTRATISTA no pague el valor de la cláusula penal o de la multa dentro del término indicado en el acto administrativo correspondiente, el SENA hará efectivo su pago a través de la póliza de cumplimiento del contrato o la deducirá de cualquier cantidad que adeude al CONTRATISTA, quien autoriza esta deducción expresamente con la firma del respectivo contrato. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA. Interpretación, Modificación y Terminación Unilateral. Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DÉCIMA CUARTA. Indemnidad – De acuerdo a lo establecido en el Art. 5.1.6 del Decreto 734 de 2012, EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al SENA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA.- Caducidad: Se adoptará esta medida de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y por las demás causales previstas en las normas que rijan la materia. Así mismo, dará lugar a la declaratoria de caducidad, el incumplimiento de las obligaciones del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, en los términos señalados en el Decreto 734 de 2012. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- Inhabilidades e Incompatibilidades, Conflicto de Intereses e Impedimentos. El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento que se entiende surtido con la firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, conflicto de intereses o impedimento, señaladas en la Constitución, la Ley o la normatividad vigente; declara igualmente que se encuentra a paz y salvo con el Tesoro Nacional y con el SENA, o que adeudándole no han vencido los términos para su pago y que no es deudor del Estado, o que si es deudor ha suscrito acuerdo de pago vigente. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: Ausencia de relación laboral. Las partes dejan constancia expresa que el presente contrato se suscribe en el marco del artículo 32 – numeral 3 de la Ley 80 de 1993- y demás normas concordantes y complementarias, por lo cual declaran que no conlleva relación laboral ni prestaciones sociales; su ejecución se hará sin subordinación alguna, gozando el contratista de independencia en la preparación y ejecución del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.-Cesión y Subcontratos: El CONTRATISTA, no podrá ceder ni subcontratar el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito del SENA pudiendo éste negar la autorización de la cesión o del subcontrato. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- Solución directa de controversias contractuales. De acuerdo a lo señalado en el Art. 68 de la Ley 80 de 1993, los conflictos que sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán mediante los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en la Ley 80 de 1993 y a la conciliación, amigable composición y transacción establecidos por la Ley. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- Liquidación del Contrato: Terminada la ejecución del contrato, se procederá a la liquidación del contrato por mutuo acuerdo, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a terminación del mismo, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las

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divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo. El Contratista tendrá derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo, y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA. Prorrogas y Adiciones. Las partes podrán convenir adiciones o prórrogas del contrato teniendo en cuenta para tal efecto, lo señalado en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA. Suspensión. El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido excepcionalmente de manera temporal, en las siguientes circunstancias: 1. Por el mutuo acuerdo de las partes. 2. Fuerza mayor o caso fortuito, por causas debidamente justificadas, previa solicitud del CONTRATISTA. La suspensión se hará mediante acta suscrita por las partes en la cual se expresará su causa, el término de la suspensión y la fecha en que se reanuda la ejecución del contrato. En caso de suspensión el CONTRATISTA se obliga a informar tal evento al Asegurador y a ampliar las garantías, proporcionalmente al término que dure la misma. La suspensión del contrato será aprobada por el funcionario competente, previo concepto del Supervisor del contrato. CLAUSULA VIGESIMA TERCERA. Causales de terminación. El presente contrato podrá darse por terminado por la ocurrencia de cualquiera de siguientes causales: 1) En cualquier momento, por mutuo acuerdos entre las partes, previa justificación escrita. 2) Por vencimiento del plazo de ejecución 3) Por el acaecimiento de circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la continuidad del Contrato. 4) Cuando la Entidad observe conductas fraudulentas por parte del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que la Entidad adelante. CLAUSULA VIGESIMA CUARTA. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a conocer y aplicar la política y los lineamientos de Seguridad de la Información y Gestión de los activos de la Información que le entregue el SENA. Así mismo, EL CONTRATISTA se obliga a no revelar, durante la vigencia del este contrato, ni dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, la información confidencial de propiedad del SENA, de la que el CONTRATISTA tenga conocimiento con ocasión o para la ejecución de este contrato, sin el previo consentimiento escrito del mismo. Se considera información confidencial cualquier información técnica, financiera, comercial, estratégica y, en general, cualquier información relacionada con las funciones, programas, planes, proyectos y/o actividades del SENA. CLAUSULA VIGESIMA QUINTA. Domicilio Contractual y lugar de ejecución. Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales que se deriven del presente Contrato, las partes fijan como domicilio contractual, la ciudad de Valledupar, departamento del Cesar. El lugar de ejecución corresponde a la ciudad de Valledupar. NOTA: La presente minuta constituye el modelo que la Entidad tendrá en cuenta al momento de realizar la contratación. Sin embargo, el SENA se reserva el derecho de efectuar los ajustes que considere pertinentes para el cumplimiento de los fines contractuales.

ESPACIO EN BLANCO

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ANEXO No. 5MODELO COMPROMISO CONSORCIAL Entre los suscritos,__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante EscrituraNo. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, por una parte, y (persona jurídica)__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante EscrituraNo. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, hemos decidido conformar el presente Consorcio el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente acuerdo se celebra con el fin de conformar un consorcio o unión temporal, entre _______ y ______ y ________ y _________ para efectos de presentar una oferta conjunta para el proceso contractual adelantado mediante Convocatoria Pública,identificada con el No. CBC-SAMC-002-2013, cuyo objeto es laPrestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar.SEGUNDA: En virtud del presente acuerdo, las partes integrantes nos comprometemos, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de adjudicación igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el SENA. TERCERA: Los consorciados responderemos solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita por parte del SENA. QUINTA: Los integrantes del consorcio manifestamos que para el presente compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en su nombre, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso consorcial o unión temporal, como de la adjudicación del contrato que se derive. SEXTA.-Duración: Los consorciados manifestamos que la vigencia del consorcio será por el plazo de ejecución del contrato o el de sus prorrogas y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- Representación Legal. Los miembros del consorcio designamos como Representante Legal a XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX, con domicilio en XXXXXX, quien para todos los efectos y sin ninguna limitación, representará al consorcio. OCTAVA: Dirección: Para todos los efectos se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los consorciados a saber: _________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el SENA, podrá dirigirse al consorcio a la siguiente dirección: _______. Para constancia el presente acuerdo se firma en la ciudad de Valledupar, el día Atentamente, XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Representante Legal XXXX Representante Legal XXXXX C.C. C.C. Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nombre del Representante Legal: _____________________ C. C. Nº ______________________ de _________________

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FIRMA: _______________________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA:

MODELO COMPROMISO UNION TEMPORAL Entre los suscritos,__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante EscrituraNo. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, por una parte, y (persona jurídica)__________, domiciliados en (dirección) ______, con NIT. ________ constituida mediante EscrituraNo. _______ otorgada el día _________ en la Notaría ______ de ________, representada legalmente por __________, mayor de edad y vecino de ______, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ expedida en ______, quien obra en su calidad de __________, con facultades para suscribir el presente acuerdo, hemos decidido conformar la presente Unión Temporal, la cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente acuerdo se celebra con el fin de conformar una unión temporal, entre _______ y ______ y ________ y _________ para efectos de presentar una oferta conjunta para el proceso contractual adelantado mediante Convocatoria Pública,identificado con CBC-SAMC-002-2013, cuyo objeto es la Prestación de Servicios de Transporte para el desplazamiento de los Aprendices del Centro Biotecnológico del Caribe del SENA Regional Cesar. SEGUNDA: En virtud del presente acuerdo, las partes integrantes nos comprometemos, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de adjudicación igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el SENA. TERCERA: Los unidos temporalmente convenimos que los términos y extensión de nuestra participación de la ejecución del contrato, es la siguiente: ______________________________, con una participación del ____.% y ________________, con una participación del _____% dichosporcentajesno podránser modificados sinelconsentimientopreviodelSENA.Los unidos temporalmente responderemos solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal” NOTA: Laextensióndelaparticipaciónseindicará enfuncióndelas obligaciones que cada uno de los integrantes tengan dentro del contrato. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita por parte del SENA. QUINTA: Los integrantes de la unión temporal, manifestamos que para el presente compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en su nombre, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso de la unión temporal, como de la adjudicación del contrato que se derive. SEXTA.-Duración: Los Unidos Temporalmente manifestamos que la vigencia del consorcio será por el plazo de ejecución del contrato o el de sus prorrogas y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- Representación Legal. Los miembros de la unión temporal designamos como Representante Legal a XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXX, con domicilio en XXXXXX, quien para todos los efectos y sin ninguna limitación, representará a la unión temporal. OCTAVA: Dirección: Para todos los efectos se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los unidos temporalmente, a saber: _________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el SENA, podrá dirigirse a la unión temporal a la siguiente dirección: _______. Para constancia el presente acuerdo se firma en la ciudad de Valledupar, el día Atentamente,

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XXXXXXXXXX XXXXXXXXX Representante Legal XXXX Representante Legal XXXXX C.C. C.C. Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nombre del Representante Legal: _____________________ C. C. Nº ______________________ de _________________ FIRMA: _______________________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA:

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ANEXO No. 6

CERTIFICACIÓN PERSONA JURÍDICA

El Suscrito (Revisor Fiscal o Representante legal, según sea el caso), certifica que la sociedad -________________________, identificada con NIT. ______________, se encuentra a Paz y Salvo por concepto del pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje de todo el personal que se encuentra laborando dentro de la misma y que así lo requiere, durante los últimos seis (6) meses. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1150 de 2007. La presente se expide a los ___ días del mes de ___________ del año 2012, en la ciudad de _______ (Se firma según el caso por: ________________________ Tarjeta No. _________ Revisor Fiscal) Firma Representante Legal ______________________________ C.C. No.

CERTIFICACIÓN PERSONA NATURAL

El Suscrito _________________________________________, identificada con ______________, certifico que me encuentro a Paz y Salvo por concepto del pago de mis obligaciones derivadas de mi afiliación con el Sistemas de Seguridad Social Integral, así como del personal a mi cargo que lo requiera. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1150 de 2007. La presente se expide a los ___ días del mes de ___________ del año 2012, en la ciudad de _______________________ (Se firma según el caso por: ________________________ C.C. No.