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REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIÓN TIPO B O C, PRÓRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIÓN DE OBRA ¿En qué consiste? Manifestación de construcción tipo B: Para usos no habitacionales o mixtos de hasta 5,000 m2 o hasta 10,000 m2 con uso habitacional o para vivienda unifamiliar en zona de riesgo. Manifestación de construcción tipo C: Para usos no habitacionales o mixtos de más de 5,000 m2 o más de 10,000 m2 con uso habitacional, o construcciones que requieran de dictamen de impacto urbano o urbano - ambiental. ¿A quién está dirigido? Propietarios o poseedores de predios o inmuebles ¿Dónde se realiza? Ventanilla Única Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes Ver Directorio ¿Cuáles son los requisitos? Formato autorizado debidamente llenado (Por duplicado); Original o copia certificada y copia simple para cotejo de los siguientes documentos:

Registro de Manifestación de Construcción Tipo b o c

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REGISTRO DE MANIFESTACIN DE CONSTRUCCIN TIPO B O C, PRRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIN DE OBRAEn qu consiste?Manifestacin de construccin tipo B: Para usos no habitacionales o mixtos de hasta 5,000 m2 o hasta 10,000 m2 con uso habitacional o para vivienda unifamiliar en zona de riesgo.Manifestacin de construccin tipo C: Para usos no habitacionales o mixtos de ms de 5,000 m2 o ms de 10,000 m2 con uso habitacional, o construcciones que requieran de dictamen de impacto urbano o urbano - ambiental.A quin est dirigido?Propietarios o poseedores de predios o inmueblesDnde se realiza?Ventanilla nica Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernesVer DirectorioCules son los requisitos?Formato autorizado debidamente llenado (Por duplicado);Original o copia certificada y copia simple para cotejo de los siguientes documentos:1.Documento con el que se acredita la propiedad o posesin;2.Dictamen de Factibilidad de Servicios Hidrulicos emitido por el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico.3.Comprobantes de pago de derechos del registro, anlisis y estudio, en su caso de los aprovechamientos para mitigar afectaciones ambientales y viales y de los derechos por la instalacin o modificacin de tomas de agua y conexin a la red de drenaje.4.Comprobante de pago de los Aprovechamientos previsto en el artculo 302 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal o, en su caso, del Acuerdo del Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico para la construccin de la obra de reforzamiento hidrulico por parte del desarrollador.5.Constancia de alineamiento y nmero oficial vigente;6.Certificado nico de Zonificacin de Uso del Suelo o Certificado de Acreditacin de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos;7.Dos tantos del proyecto arquitectnico, de instalaciones y del proyecto estructural, en trminos del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal;8.Libro de Bitcora de Obra foliado;9.Responsiva del Director Responsable de Obra y de los Corresponsables, en su caso;10.Identificacin oficial vigente con fotografa (Credencial de Elector, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Cdula Profesional o Forma migratoria FM2 o credencial de inmigrado); y11.Constancias de No adeudos de impuesto predial y derechos por servicio de agua, expedidas por la Administracin Tributaria y el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico.En su caso:1.Si el propietario o poseedor es extranjero, acreditar su legal estancia en el pas;2.Aviso de ejecucin de obra o acuse de recibo, ante la Secretara del Medio Ambiente;3.Dictamen favorable de impacto urbano;4.Autorizacin de impacto ambiental ante la Secretara del Medio Ambiente, cuando se trate de proyectos de ms de 20 viviendas;5.En zonas de conservacin patrimonial con valor histrico, artstico o arqueolgico, dictamen, visto bueno o licencia de las autoridades federales y/o locales competentes;6.Si se trata de ampliacin, licencia de construccin, registro de manifestacin de construccin y/o registro de obra ejecutada;7.Comprobante de pago de derechos por prrroga de Registro de Manifestacin de Construccin; y8.Aviso de Terminacin de Obra suscrito por el Director Responsable de Obra y Corresponsables.Cul es el formato requerido?DU-00Cul es el tiempo de realizacin?Registro: InmediatoPrrroga: 3 das hbilesTerminacin: 5 das hbilesCul es el costo?Establecido en el artculo 185 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal.ARTCULO 185.-Por el registro, anlisis y estudio de manifestacin de construccin tipos "B" y "C", se pagar el derecho respectivo conforme a las cuotas que a continuacin se establecen:A)Inmuebles de uso habitacionalII. Manifestacin de construccin tipo Ba). Por el registro$503.00b). Por el anlisis y estudio, por m2$47.82III. Manifestacin de construccin tipo Ca). Por el registro$734.00b). Por el anlisis y estudio, por m2$54.06B) Inmuebles de uso no habitacionalI. Manifestacin de construccin tipo Ba). Por el registro$545.50b). Por el anlisis y estudio, por m2$79.53II. Manifestacin de construccin tipo Ca). Por el registro$798.50b). Por el anlisis y estudio, por m2$93.56Para el caso de construccin de ampliaciones y reparaciones, se pagar por el registro, anlisis y estudio de manifestacin de construccin de que se trate, los derechos establecidos en los incisos A) y B) de este artculo, respecto de las reas que se pretenda ampliar o reparar.Cuando se trate de modificacin, se pagar, una cuota equivalente al 20% de los derechos que se causaran por el registro, anlisis y estudio de la manifestacin de construccin respectiva.Por la prrroga del registro de manifestacin de construccin, se pagar una cuota equivalente al 25% de los derechos causados por el registro, anlisis y estudio de la manifestacin de que se trate.Cul es el resultado?Registro de manifestacin de construccin tipo B o CPrrroga, Autorizacin de Uso y ocupacinDnde se reportan quejas o sugerencias?HONESTEL 55 33 55 33Cul es el fundamento jurdico?Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artculos 7 fraccin VIII, XVIII, XXXIV, 8 fraccin IV, 52 y 87, fraccin VI.Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.- Artculos 3 fraccin IV, 47, 48, 49, 50, 51 fracciones II y III, 53, 54 fraccin III, 61, 63, 65, 68,69, 70 y 128.Cdigo Fiscal del Distrito Federal, artculos 185, 300, 301 y 302.Cul es el procedimiento?1.Se revisa que la solicitud de manifestacin est debidamente requisitada y que los datos y documentos estn completos.2.Se asigna nmero de folio en el Sistema de Cmputo y se registra en el Libro de Gobierno, sella de registro la manifestacin y documentos tcnicos.3.Se realiza descargo en el carnet del DRO y Corresponsables.4.Se entrega al solicitante un tanto de la manifestacin registrada junto con los anexosPara la prrroga y manifestacin de terminacin de obra:1.-Se recibe del usuario el formato y revisa que este llenado correctamente y que la documentacin anexa esta completa y se entrega al solicitante un acuse de recibo en el que se indica la fecha de respuesta.2.- Si el rea operativaen su revisin, determina que el expediente no cumple, podr requerir al solicitante documentacin adicional, dndole cinco das para entregarla, si en este lapso el usuario no acude, la solicitud se dar por no presentada.3.- El rea operativa, proceder al anlisis de la solicitud y sus anexos y de estimar procedente expedir la prrroga solicitada.4.- El usuario se presenta en la fecha sealada a conocer el resultado de su solicitud.ObservacionesEl Director Responsable de Obra se obliga a colocar en la obra, en lugar visible y legible desde la va pblica, un letrero con el nmero de registro de la manifestacin de construccin, datos generales de la obra, ubicacin y vigencia de la misma.Cul es la vigencia?Manifestacin de construccin tipos B o C y prrroga, de uno a tres aos (dependiendo de la magnitud de la obra: Un ao obras de hasta 300 m2 de construccin, 2 aos las mayores a 300 m2 y hasta 1000 m2 de construccin y 3 aos las de ms de 1000 m2 de construccin)Autorizacin de Uso y Ocupacin, permanenteREGISTRO DE MANIFESTACIN DE CONSTRUCCIN TIPO B O C, PRRROGA DEL REGISTRO Y AVISO DE TERMINACIN DE OBRAEn qu consiste?Manifestacin de construccin tipo B: Para usos no habitacionales o mixtos de hasta 5,000 m2 o hasta 10,000 m2 con uso habitacional o para vivienda unifamiliar en zona de riesgo.Manifestacin de construccin tipo C: Para usos no habitacionales o mixtos de ms de 5,000 m2 o ms de 10,000 m2 con uso habitacional, o construcciones que requieran de dictamen de impacto urbano o urbano - ambiental.

CONEXIN DE TOMA DOMICILIARIA Y DRENAJE MUNICIPAL

Te has puesto a pensar que pasara si en tu casa no tuvieras una toma de agua y que para poder baarte, lavar tu ropa y tus alimentos tuvieras que caminar varios kilmetros para traer en cubetas, un poco de agua, o aun peor como sacaras de tu casa los desechos de tu bao o el agua que utilizaste en tu regadera o en la lavadora.La instalacin hidrulica y la instalacin sanitaria que es como se llaman los servicios de los dependen estas conexiones y que te estamos mencionando, son bsicos para construccin de una vivienda, sin ella prcticamente podramos decir que no se podramos decir que no se podra construir una casa, es por esto que es importante que consideres la conexin de estos dos conceptos, antes de construir tu vivienda o durante el proceso de la misma.En este apartado vamos a considerar como se realiza la peticin de la conexin tanto del agua potable como del drenaje, cabe la aclaracin que este trabajo lo realizaremos para la ciudad de Mxico, al igual que la licencia de construccin, pero para otras partes de la repblica Mexicana, se hacen de forma similar, en todo caso tendras que ir al gobierno del estado ya sea municipal o federal a tramitar dichas conexiones.Qu es lo que se tiene que hacer?En la ventanilla nica se recibe la documentacin, regularmente en todas las delegaciones polticas del Distrito Federal, se cuenta con una ventanilla nica o en su caso al sistema de aguas de la localidad, la cual maneja ambos conceptos, tanto la conexin de agua potable, como la conexin al drenaje, por lo que en una sola visita podrs realizar todo el trabajo, se revisa la documentacin por parte del personal que ah labora, se registra el trmite y se pasa al rea operativa la cual realiza una visita al lugar de la instalacin, en esa inspeccin fsica se cuantifican los materiales a ocupar, el tipo de terreno y los trabajos necesarios, esta informacin recabada, se usa para elaborar el costo que se deber cubrir por parte del propietario de la vivienda por la conexin de los servicios, los cuales despus de ser cubiertos se instalaran por parte de las instancias oficiales.La documentacin que deber presentar el interesado o un representante es la siguiente:Formato SA-01 debidamente requisitado (llenado a mano con letra de molde) se anexa en formato pdf dicho documento para que lo puedas observar Original y copia de los siguientes documentos:1.- Identificacin oficial con fotografa vigente 2.- Constancia de alineamiento y nmero oficial del terreno 3.- Comprobante de pago de los derechos sealados en el artculo 181 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal (recuerdas este concepto se elabora despus de la visita al sitio de los trabajos)Adema:Para la Toma de Agua PotableInstalacin y/o ampliacin de dimetro solicitado.Copia del recibo de pago del artculo 182 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal(Concepto que se elabora de la visita al sitio de trabajos)ARMADO DE CUADROS DE MEDIDOR Acreditar que la instalacin de la toma se hizo por parte del Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico (antes DGCOH) o por la delegacin correspondiente nicamente nuevas conexiones.CONEXIN DE DRENAJE a) Instalaciones y/o ampliaciones de dimetro. Copia del recibo de pago del artculo 182 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal.(Este concepto se elabora despus de la visita al sitio de trabajos) Memoria de clculo y planos hidrosanitarios, nicamente para dimetros mayores de 15 cm. Para la conexin tanto del agua potable como del drenaje se deber presentar copia del registro de manifestacin de construccin o de licencia de construccin, en su caso. Como podrs ver el trmite es bastante sencillo ahora como parte de tu aprendizaje realiza la siguiente actividad,

EXPEDICIN DE CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NMERO OFICIALEn qu consiste?Nmero oficial.- Las Delegaciones del Distrito Federal sealarn, previa solicitud del propietario o poseedor, un slo nmero oficial para cada predio que tenga frente a la va pblica.Alineamiento oficial.- Es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la va pblica en uso o con la futura va pblica, indicando restricciones o afectaciones de carcter urbano que seale la Ley de Desarrollo Urbano y su Reglamento.A quin est dirigido?Propietarios o poseedoresDnde se realiza?Ventanilla nica Delegacional. Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horasCules son los Requisitos?1. Formato AU-10 debidamente requisita do (original y copia con firmas autgrafas)Original y copia de:2. Identificacin oficial vigente,3. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de Representante Legal,4. Documento con el que acredite la propiedad o la posesin del predioCul es el Formato requerido?AU-10Cul es elTiempo de realizacin?5 das hbilesCul es el CostoEstablecido en los artculos 233 y 234 Cdigo Fiscal del Distrito Federal:ARTCULO 233.- Por los servicios de alineamiento de inmuebles sobre la va pblica, se pagar el derecho de alineamiento de inmuebles conforme a una cuota de $37.24 por cada metro de frente del inmueble.ARTCULO 234.- Por los servicios de sealamiento de nmero oficial de inmuebles se pagar el derecho por nmero oficial conforme a una cuota de $242.30. No se pagar este derecho cuando las autoridades competentes del Distrito Federal, ordenen el cambio de nmero.Cul es el Resultado?ConstanciaDnde se Reportan quejas o sugerencias?HONESTEL 55 33 55 33Cul es el Fundamento Jurdico?- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artculos 7, fracciones I, VI, VII, XV, XXXIV, 8, fraccin III, 52, 55, 56 y 87, fraccin I- Cdigo Fiscal del Distrito Federal, artculos 233 y 234- Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, artculos, 8, 22, 24, 25, 31- Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artculos 42 y 43Cul es el Procedimiento?1.- Se recibe del usuario el formato y revisa que este llenado correctamente y que la documentacin anexa est completa y se entrega al solicitante un acuse de recibo en el que se indica la fecha de respuesta.2.- Si el rea operativaen su revisin, determina que el expediente no cumple, podr requerir al solicitante documentacin adicional, dndole cinco das para entregarla, si en este lapso el usuario no acude, la solicitud se dar por no presentada.3.- El rea operativa, proceder al anlisis de la solicitud y sus anexos y de estimar procedente expedir la Constancia solicitada.4.- El usuario se presenta en la fecha sealada a conocer el resultado de su solicitud.ObservacionesLa constancia de alineamiento y/o nmero oficial no prejuzga sobre derechos de propiedad y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el interesado y bajo su responsabilidad.Cul es la vigencia?2 aos

INSTALACIN, RECONSTRUCCIN Y CAMBIO DE DIMETRO DE TOMAS DE AGUA POTABLE, TOMAS DE AGUA RESIDUAL TRATADA Y DESCARGAS DOMICILIARIAS, ARMADO DE CUADRO E INSTALACIN DE MEDIDORESEn qu consiste?Trmite que realizan los usuarios del sistema hidrulico del Distrito Federal, para la instalacin, ampliacin, cambio de lugar, reduccin, cambio de ramal, reconstruccin y supresin de tomas de agua potable mayores a 13 mm de dimetro, tomas de agua residual tratada y albaales mayores de 15 cm. de dimetro.A quin est dirigido?Usuarios del Sistema Hidrulico del Distrito Federal.Cules son las reas de atencin?En las Delegaciones (Ventanilla nica en el horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes), slo se hace la solicitud de instalaciones de toma de agua de 13mm e instalacin de drenaje de 15cmSistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, ubicado en Izazaga 89, piso 16, Col. Centro.Centro de Atencin Telefnica Centralizado01 800 014 2482, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horasCules son los requisitos?Formato SA-01 debidamente llenado y copia de los siguientes documentos:Identificacin oficial vigente.Constancia de alineamiento y nmero oficial.Manifestacin de Construccin y/o Licencia de Construccin**,Adems para:TOMA PARA AGUA POTABLEa) Instalacin y/o ampliacin de dimetro solicitado.Copia del recibo del pago respectivo, de los artculos 181, 182 y 302 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal.b) Para la reduccin, cambio de ramal y cambio de lugar; copia de la ltima boleta pagada por consumo de agua sin adeudos anteriores y copia de pago del artculo 181.CONEXIN DE DRENAJEa) Instalaciones y/o ampliaciones de dimetro.Copia del recibo del pago respectivo, de los artculos 181, 182 y 302 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal Memoria de clculo y planos hidrosanitarios, nicamente para dimetros mayores de 15 cm.b) Reducciones, cambio de ramal y cambio de lugar. No se necesita memoria ni planosTOMA DE AGUA RESIDUAL TRATADANo requiere informacin adicional.ARMADO DE CUADRO E INSTALACIN DE MEDIDOR(Sujeto a la aprobacin de la instalacin por el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico)Acreditar que la instalacin de la toma se hizo por parte del Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico (antes DGCOH) o por la Delegacin Correspondiente. nicamente nuevas conexiones.SUPRESIN DE AGUA POTABLEa) Solicitud por escrito del usuario, indicando nombre, domicilio y telfono.b) Constancia de adeudos con la leyenda NO REGISTRA correspondiente al bimestre en el que se est solicitando la supresin.c) Identificacin Oficial vigente del propietario o representante legal del predio.Si el interesado presenta la solicitud de alguno de los servicios arriba sealados directamente en el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico, deber anexar adems copia del Registro de Manifestacin de Construccin o de la Licencia de Construccin, en su caso.Cul es el formato requerido?SA-01Cul es el tiempo de respuesta o realizacin del servicio?Dentro de los 8 das siguientes a la fecha de pagoCul es el costo?Estipulado en el Cdigo Fiscal del Distrito Federal. Artculos 181, 182 y 301.Artculo 181.- Por la instalacin, reconstruccin, reduccin o cambio de lugar de tomas para suministrar agua potable o agua residual tratada y su conexin a las redes de distribucin del servicio pblico, as como por la instalacin de derivaciones o ramales o de albaales para su conexin a las redes de desalojo, se pagar ante la Tesorera o en las oficinas del Sistema de Aguas, el derecho respectivo conforme a los Apartados A y B de este artculo.Previa la autorizacin de los servicios sealados en el prrafo anterior, el contribuyente deber estar al corriente en el pago de los derechos por suministro de agua y descarga a la red de drenaje.APARTADO A: AGUA POTABLE Y RESIDUAL TRATADAI. Conexin, reconstruccin o reduccin o cambio de lugar de tomas domiciliarias de agua potable y agua residual tratada, en terrenos tipo I y II (con dimetros desde 13mm hasta 302mm):Desde $7,210.53 hasta $51,574.08II. Conexin, reconstruccin o reduccin o cambio de lugar de tomas domiciliarias de agua potable y agua residual tratada, en terrenos tipo III (con dimetros desde 13mm hasta 302mm):De $7,503.80 hasta $68,661.21III. Instalacin de medidor, atendiendo al dimetro (desde 13mm hasta 302mm):Desde $3,574.97 hasta $198,744.01IV. Armado de cuadro, atendiendo al dimetro (desde 13mm hasta 302mm):Desde $621.68 a $240,025.81V. Reinstalacin de Servicio Hidrulico:A) Dimetros de 13 a 38 mma). Por Cuadro $349.31b). Por Banqueta $1,164.35C. Por Arroyo $ 2,910.87No sern sujetos del pago establecido en el inciso a) de la presente fraccin los jubilados, pensionados, los adultos mayores, las personas con discapacidad y las madres jefas de familia, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 177 del Cdigo Fiscal.B. Dimetros mayores a 38 mma). Por Cuadro $1,180.34b). Por Banqueta $7,471.08c). Por Arroyo $14,943.37Adems, en los predios en que exista ms de un usuario, que se sirvan de una misma toma, cada usuario deber cubrir los derechos de la instalacin de medidor y del armado de cuadro en el caso en que no cuente con dicho cuadro o el armado sea incorrecto, en el dimetro que le corresponda, de acuerdo con las cuotas establecidas.El pago de los derechos por instalacin de medidor y por armado de cuadro a que se refieren las fracciones III y IV del Apartado A de este artculo, podr realizarse a plazos, ya sea diferido o en parcialidades, en trminos del artculo 45 de este Cdigo, procediendo en este caso la instalacin de medidor y el armado del cuadro una vez cubierta la primera parcialidad autorizada.La Autoridad Fiscal cobrar los derechos previstos en las fracciones III y IV de este Apartado, aplicando un subsidio de acuerdo al tipo de uso de la toma y al ndice de desarrollo por Manzana asignado, conforme al porcentaje que se indica a continuacin:USONDICE DE DESARROLLOSUBSIDIO

No domsticoNo aplicaNo aplica

MixtaNo aplica15%

DomsticoAlto15%

DomsticoMedio20%

DomsticoBajo45%

DomsticoPopular60%

APARTADO B: DRENAJEI. Conexin, reconstruccin o cambio de dimetro de descargas domiciliarias, en terrenos tipo I y II con dimetros de 15 a 45 cm:Desde $9,428.22 hasta $30,167.89II. Conexin, reconstruccin o cambio de dimetro de descargas domiciliarias, en terrenos tipo III con dimetros de 15 a 45 cm:Desde $12,158.53 hasta $58,561.62III. Reinstalacin de descargas domiciliarias, con los dimetros de 15 a 45 cm:Desde $5,452.37 a $6,749.64El monto de los derechos a que se refiere este artculo, incluye los materiales, mano de obra directa y el valor del medidor de agua.Se considerar terreno tipo I y II, aquel constituido por un material que por su cohesin para ser aflojado y removido, una persona requiere de pala, pico, barreta, o auxiliarse de cua y marro, y una vez suelto se puede extraer con pala.Se considerar terreno tipo III, aquel constituido por un material bastante cohesionado, que para removerlo, una persona requiere fracturarlo a base de cua y marro, o bien con explosivos, o cua con vibrador neumtico.Se excepta el pago de este derecho cuando la reinstalacin, reconstruccin, reduccin, cambio de lugar de tomas, o conexiones referidas en este artculo, sean para reparar algn dao a la red originado por causas no imputables al usuario del servicio.Artculo 182.- Por la autorizacin para usar las redes de agua y drenaje o modificar las condiciones de uso, as como por el estudio y trmite, que implica esa autorizacin, se pagar ante la Tesorera o en las oficinas del Sistema de Aguas, los derechos conforme a las siguientes cuotas:I. Por el estudio de la solicitud y de la documentacin tcnica, administrativa y legal para el trmite de la obtencin de dicha autorizacin; tratndose de nuevos fraccionamientos o conjuntos habitacionales, comerciales, industriales o de servicios y dems edificaciones de cualquier tipo, se pagar:1. Cuando el inmueble sea destinado a casa habitacin, se atender al dimetro de la toma de agua (de 13mm hasta 302 mm) se pagarn desde $3,393.18 hasta $2345,749.922.- Tratndose de inmuebles cuyo destino sea distinto al habitacional, se pagar atendiendo al dimetro (de 13mm. hasta 302 mm.) se pagarn desde $7,149.94 hasta $2543,183.84.II. Por el estudio de la solicitud y de la documentacin tcnica, administrativa y legal para el trmite del cambio de uso habitacional a uso distinto, se causar el 50% de la cuota prevista en el numeral 2 de la fraccin l.III. Por la autorizacin para usar las redes de agua y drenaje o modificar las condiciones de uso, se pagar la cantidad de $1,211.85IV. Cuando se trate del estudio de la solicitud y de la documentacin tcnica, administrativa y legal para el trmite y obtencin de la autorizacin e instalacin de una toma de agua de dimetro de entrada ms grande que la ya existente, a fin de atender una mayor demanda de agua, los derechos que se causen irn desde los $112,141.31 (19mm.) hasta los $4017,550.81 (102mm.)El pago de estos derechos ser requisito indispensable para la expedicin de la autorizacin de cambio de uso del suelo o de registro de obra, as como para la expedicin de la licencia de construccin de obra nueva o ampliacin correspondiente, y servir como base de la contribucin para la determinacin de las cuotas sealadas, la superficie construida que se autorice en la licencia respectiva.Cuando no se tenga la obligacin de solicitar licencia de construccin, la base para el clculo de la contribucin ser la superficie construida.Por la autorizacin anual que el Sistema de Aguas otorgue para la comercializacin de agua potable por particulares derivada de tomas de uso comercial o industrial, se pagar por concepto de derechos la cantidad de $653.19 y por su revalidacin, se cobrar el 50 por ciento del valor de la misma.Se libera el pago del derecho por la autorizacin sealada en este artculo si el uso de las redes de agua y drenaje o la modificacin de las condiciones de uso, son para reparar algn dao sufrido en dichas redes, originados por causas no imputables al usuario del servicio.Artculo 301.- Las personas fsicas o morales que realicen obras o construcciones en el Distrito Federal de ms de 200 metros cuadrados de construccin debern cubrir el pago por concepto de aprovechamientos para que la autoridad competente realice las acciones para prevenir, mitigar o compensar los efectos del impacto vial, de acuerdo con lo siguiente:a). Habitacional, por metro cuadrado de construccin $90.15b). Otros Usos, por metro cuadrado de construccin $121.50c). Las estaciones de servicio, pagarn a razn de $257,137.00, por cada dispensario.Para llevar a cabo el clculo de los aprovechamientos a que se refiere este artculo, no se considerarn los metros cuadrados destinados a estacionamiento.rea de Pago:Administraciones Tributarias y Cajas Recaudadoras de la Tesorera del Distrito Federal.Cul es el beneficio o resultado?Acuse de ReciboCul es la vigencia?PermanenteDnde se reportan las quejas o sugerencias?HONESTEL con nmero telefnico 55 33 55 33Cul es el fundamento jurdico?- Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Distrito Federal.- Artculo 40.- Ley de Aguas del Distrito Federal.- Artculos 16 fraccin II, 43, 45, 50, 51, 52, 56, 57, 58, 63, 65, 66, 71, 72, 74 y 76.- Cdigo Fiscal del Distrito Federal.- Artculos 181, 182 y 302 este ltimo para aquellos casos donde se requiera de nuevas instalaciones, as como aplicaciones de dimetro.- Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1 de Octubre de 2008.- Reglamento de Construcciones del Distrito Federal.- Artculo 128.Cul es el procedimiento?El interesado o su representante acude al rea de atencin, solicitando requisitos para la realizacin de su trmite.Una vez que el usuario rena los requisitos y documentacin, deber ingresarlos a travs de la Ventanilla de Oficiala de Partes de este Sistema de Aguas.La Ventanilla de Oficiala de Partes, recibe la documentacin y la turna a la Direccin de Verificacin Delegacional y Conexiones, la Subdireccin de Factibilidad de Servicios recibe y enva a la Jefatura de Unidad Departamental de Trmite de Conexiones y Medidores.La Unidad Departamental de Trmite de Conexiones y Medidores, recibe solicitud del trmite requerido, la analiza y verifica el cumplimiento de los requisitos, Cumple con los requisitos?NO, Se cancela trmite y se elabora oficio al usuario indicando la documentacin faltante.SI, se crea expediente del usuario y se registra en el Sistema de Conexiones la solicitud del trmite.Observaciones:Una vez recibida la solicitud y los requisitos que se marcan en esta cdula, el Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico los examinar y realizar la visita al predio para determinar y notificar la resolucin sobre la factibilidad de conexin y, en su caso, el monto de los derechos y aprovechamientos a que se refieren los artculos 181, 182 y 302 del Cdigo Fiscal del Distrito Federal, lo cual no podr exceder del trmino de 8 das hbiles en el caso de que la solicitud se presente directamente en el Sistema de Aguas, y de 10 das hbiles si la presentacin se hizo en la Ventanilla nica Delegacional y sta haya ingresado la solicitud al Sistema de Aguas de la Ciudad de Mxico. En el caso de manifestaciones de construccin tipo B y C, el tiempo de la conexin puede variar si se requiere de algn reforzamiento hidrulico.