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1964 UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONOMICAS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS 1

Reglamento 2008 gradosytitulos

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Page 1: Reglamento 2008 gradosytitulos

1964

UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGAFACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONOMICAS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

LIMA – PERU 2008

1

Page 2: Reglamento 2008 gradosytitulos

ÍNDICE

RESOLUTIVO DE APROBACIÒN

CAPÍTULO I DE LA FINALIDAD Y LA BASE LEGAL 4

CAPÍTULO IIDE LA OBTENCIÒN DEL GRADO ACADÉMICO BACHILLER DE 5

CAPÍTULO IIIDE LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL 7

CAPÍTULO IV DE LAS MODALIDADES DE TITULACIÓN PROFESIONAL 9

MODALIDAD A: ELABORACIÓN Y SUSTENTACIÓN DE UN TRABAJO DE INVESTIGACIÓN (TESIS) 10

MODALIDAD B: DESARROLLO Y SUSTENTACIÓN DE TEMAS (SORTEO) 16

MODALIDAD C: ACREDITAMIENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES 19

MODALIDAD D: CREACIÓN, OPERACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL 22

MODALIDAD E: APROBACIÓN DEL CURSO DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL 24

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CAPÍTULO VDEL JURADO Y LOS ASESORES 26

CAPÍTULO VIDE LAS EVALUACIÓNES 27

CAPÍTULO VII DE LA TITULACIÓN PROFESIONAL DE LOS GRADUADOS EN OTRAS UNIVERSIDADES DEL PAIS 28

CAPÍTULO VIII DE LA CEREMONIA DE COLACIÓN 29

CAPÍTULO IXDE LOS DUPLICADOS DE DIPLOMAS POR MOTIVOS DEDETERIORO O MUTILACIÓN 29

DISPOSICIONES FINALES 30

ANEXOS

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UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y

CIENCIAS ECONÓMICAS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

CAPÍTULO I

DE LA FINALIDAD Y LA BASE LEGAL

Artículo 1º.- El presente Reglamento establece los requisitos y procedimiento

para obtener el Grado Académico de Bachiller en Ciencias Administrativas o

Bachiller en Ciencias Económicas y Títulos Profesionales de Licenciado en

Administración o Economía.

Artículo 2º.- Constituye base legal y normativa del presente Reglamento los

siguientes dispositivos :

a. Constitución Política del Perú.

b. Ley Universitaria Nº 23733

c. Ley Nº 25064, que crea el Registro Nacional de Grados y Títulos.

d. Ley Nº 26988, que modifica el art. 56º de la Ley Nº 23733

e. Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General

f. Decreto Legislativo Nº 739, que modifica los Art. 22º,59º y 60º de la Ley

Nº 23733.

g. Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la inversión en la

Educación.

h. Estatuto de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil.

4

Page 5: Reglamento 2008 gradosytitulos

i. Reglamento General de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega,

Asociación Civil.

j. Resolución de Consejo Universitario Nº 568-2005 –CU –UIGV, que

aprueba modificaciones en el Curso de Actualización Profesional.

k. Resolución de Consejo Universitario Nº028-2006-CU-UIGV, que

aprueba modificarse en los Derechos Académicos por Titulación

Profesional.

l. Resolución de Consejo Universitario Nº 430-2006 –CU-UIGV, que

aprueba modificaciones en el Curso de Actualización Profesional.

m. Resolución de Consejo Universitario Nº 452-2006 -CU-UIGV, que

aprueba el nuevo Reglamento General de Grados y Títulos de la

Universidad.

CAPÍTULO II

DE LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER

Artículo 3º.- Los Grados Académicos de Bachiller en Ciencias Administrativas

y de Bachiller en Ciencias Económicas, son de otorgamiento automático a la

culminación de los diez (10) ciclos de estudios en las respectivas carreras

profesionales de Administración y Economía, es decir, a la aprobación de todos

los créditos obligatorios de la currícula de estudios seguida por el egresado.

Artículo 4º.- El expediente para la obtención del Grado Académico de Bachiller

deberá considerar los siguientes documentos:

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Page 6: Reglamento 2008 gradosytitulos

1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad requiriendo ser declarado

expedito para optar el Grado Académico de Bachiller, en Administración

o Economía.

2. Recibo de pago original o constancia de abono original, por derechos

académicos y administrativos para la obtención del Bachillerato.

3. Constancia de no adeudar a la Universidad, a la Biblioteca y/o los

laboratorios vigentes.

4. Constancia de egresado (original).

5. Certificados originales de estudios Universitarios, que acrediten haber

aprobado todos los ciclos académicos correspondientes a la carrera

profesional.

6. En el caso de ingresantes por Traslado Interno, Traslado Externo o

Exonerados al Examen Ordinario de Admisión por Grado Académico o

Título Profesional, por el Secretario General o quien cumpla las veces,

en esa entidad, según fuese el caso.

7. Copia de los Resolutivos y Actas de Convalidación y/o Subsanación que

sustenten los procesos de traslado, exoneración, subsanación y/o

convalidación de asignaturas;

8. Cinco (05) fotografías tamaño carnet a color en fondo blanco.

9. Partida de nacimiento original;

10.Copia simple del DNI vigente ( ambos lados).

Presentar en fólder de plástico: Color verde (Administración) o color rojo

(Economía).

Artículo 5º.- El aspirante al Grado Académico de Bachiller presentará en la

mesa de partes de la Facultad, el expediente con la documentación requerida

en el artículo anterior. Para ser recepcionado en la mesa de partes, el

expediente deberá consignar el Visto Bueno de la Oficina de Grados y Títulos

de la Facultad, en señal de conformidad previa. Es a partir del ingreso del

expediente a la mesa de parte, con previo Visto Bueno de la Oficina de Grados

y Títulos, que corre el tiempo de diez (10) días útiles que señala el Artículo 13º

del Reglamento General de Grados y Títulos.

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Page 7: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 6º.- El expediente recepcionado por la mesa de parte será enviado en

el día, a la Oficina de Grados y Títulos, la cual procederá a la evaluación del

mismo, emitiendo el informe de Expedito y el proyecto de Resolución Decanal

respectivo.

Articulo 7º.- Aprobado el Grado Académico de Bachiller, el expediente, con los

resolutivos e informes respectivos, se remitirá a la Oficina Central de Grados y

Títulos del Rectorado para la continuidad del trámite correspondientes.

Artículo 8º .- Conferido el Grado de Bachiller por el Consejo Universitario, la

Oficina Central de Grados y Títulos del Rectorado dispondrá la impresión del

diploma y su envío a la Facultad para la firma del Decano, luego de lo cual, se

devolverá el diploma a la Secretaría General para la firma del Secretario

General y del Rector. La Secretaría General enviará el Diploma firmado a la

Oficina Central de Grados y Títulos para su registro y entrega a los interesados.

CAPÍTULO IIIDE LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL

Artículo 9º.- El expediente para la obtención del Título Profesional, se

elaborará sobre la base del expediente conformado para la obtención del

Grado de Bachiller, debiendo adjuntarse los siguientes documentos:

1. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad pidiendo se le declare

expedito para optar el Título Profesional.

2. Copia del Diploma de Bachiller legalizada por el Secretario General de la

Universidad.

3. Recibo de Pago (original), por los derechos administrativos respectivos;

4. Recibo de Pago (original), por los derechos académicos correspondiente

a la modalidad de titulación elegida;

7

Page 8: Reglamento 2008 gradosytitulos

5. Constancia de Prácticas Pre – Profesionales o Certificado de Trabajo

desempeñado en áreas laborales relativas a la profesión por un periodo

no menor de tres (3) meses consecutivos.

6. Cinco (05) fotografías a color en fondo blanco.

7. Copia simple del DNI vigente.

8. Presentar en folder de plástico: Color Azul (Administración) o negro

(Economía).

Artículo 10º.- El Bachiller presentará en mesa de partes, el expediente

respectivo, el cual para ser recepcionado deberá consignar el Visto Bueno de la

Oficina de Grados y Títulos, en señal de conformidad previa. El expediente

será remitido en el día, a la Oficina de Grados y Títulos, la cual evaluará el

expediente y, de estar conforme, solicitará al Archivo Central el expediente de

Bachiller del interesado.

Artículo 11º.- Luego de ser verificado el cumplimiento de los requisitos

generales y específicos de la modalidad elegida, la Oficina de Grados y Títulos

remite al Decano el informe de Expedito y el Proyecto de Resolución

respectivo. Aprobado éste, el Bachiller queda expedito para la sustentación del

examen de título profesional, excepto en la modalidad de Titulación por el

Curso de Actualización Profesional, aprobando todas las asignaturas que

comprende el curso, de acuerdo a la escala de notas aprobadas por cada

docente ratificadas por el Decano y verificadas por la Oficina de Grados y

Títulos.

Artículo 12º.- Una vez programado el examen escrito y oral, los bachilleres,

sólo pueden justificar su inasistencia, cuarenta y ocho (48) horas antes, y por

razones de fuerza mayor, plenamente justificadas por el certificado médico o

constancia laboral, acompañando el recibo original de los derechos

académicos y administrativos correspondientes. El Decano decidirá la

procedencia de la mencionada solicitud.

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Page 9: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 13º.- Aprobado el examen de título profesional, la Oficina de Grados y

Títulos, remitirá el expediente al Decano, incluyendo el informe respectivo y el

proyecto de resolución decanal correspondiente para ser sometido a su

aprobación. Efectuada ésta, el expediente se remite a la Oficina Central de

Grados y Títulos de la Universidad, para la conformidad del otorgamiento del

diploma por el Consejo Universitario.

CAPÍTULO IV

DE LAS MODALIDADES DE TITULACIÓN PROFESIONAL

Artículo 14º.- El Bachiller para obtener el Título Profesional de Licenciado

en Administración o en Economía podrá optar por una de las siguientes

modalidades:

- Modalidad A: Elaboración y Sustentación de un Trabajo de Investigación

(Tesis).

- Modalidad B: Desarrollo y sustentación de Temas.(Sorteo).

- Modalidad C: Acreditamiento de Servicios Profesionales.

- Modalidad D: Creación, Operación y Desarrollo empresarial.

- Modalidad E: Aprobación del Curso de Actualización Profesional

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MODALIDAD A: ELABORACIÓN Y SUSTENTACIÓN DE UN TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

Artículo 15º.- El Bachiller aspirante al Título Profesional por esta modalidad,

presentará en Mesa de Partes de la Facultad, el Proyecto de Investigación o

Plan de Tesis, además de lo requerido en el Artículo 9º, de este Reglamento.

Artículo 16º.- El Proyecto de Investigación (Plan de Tesis) tendrá la siguiente

estructura:

- Carátula

- Índice

- Presentación

I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMAI.1. Situación Problemática

El problema de investigación según su alcance y naturaleza, debe

ser explícitamente descrito y vinculado (en términos explicativos o

correlacionales) con las variables causales y resultantes del tema

bajo estudio.

I.2. Problema de Investigación

Problema General

Problemas Específicos

I.3. Justificación

Justificación Teórica

Justificación Práctica

I.4. Objetivos

Objetivo General

Objetivos Específicos

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Page 11: Reglamento 2008 gradosytitulos

II. MARCO TEÓRICO II.1. Antecedentes de Investigación

Reseña de Trabajos de investigación previos que hayan abordado la

misma o similar situación problemática. Se deben señalar: los datos

bibliográficos del los trabajos, el objetivo o problema general, los

instrumentos de recolección de datos utilizados, y las conclusiones

generales.

II.2. Bases TeóricasII.3. Glosario de Términos

III. HIPÓTESIS Y VARIABLES III.1. Hipótesis General

III.2. Hipótesis Especificas

III.3. Identificación de Variables

III.4. Operacionalización de Variables

III.5. Matriz de Consistencia (Ver Anexo).

IV. METODOLOGÍA IV.1. Tipo de Investigación

IV.2. Diseño de Investigación

IV.3. Unidad de Análisis

IV.4. Población de Estudio

IV.5. Tamaño de Muestra

IV.6. Selección de Muestra

IV.7. Técnicas de Recolección de Datos

IV.8. Análisis e interpretación de la Información

V. ADMINISTRACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN V.1. Cronograma

V.2. Presupuesto

VI. BIBLIOGRAFÍA 11

Page 12: Reglamento 2008 gradosytitulos

VII. ANEXOS

Artículo 17º.- El Proyecto de Investigación o Plan de Tesis, será evaluado por

un profesor designado mediante resolución decanal. El profesor evaluador

dispone de ocho (08) días útiles para presentar su informe de aprobación o

formular las observaciones necesarias. En el caso de plantearse

observaciones, estas deberán absolverse por el interesado de forma inmediata.

El periodo máximo de asesoramiento del proyecto es de treinta (30) días

calendarios. Al término del cual, el profesor asesor informará a la Oficina de

Grados y Títulos, declarándose la aprobación o la insuficiencia o el abandono

del mismo. En los dos últimos casos, el interesado deberá reiniciar su tramite

de titulación por otra modalidad.

Artículo 18º.- Aprobado el Proyecto de Investigación o Plan de Tesis, la

Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, quien procederá a inscribir, en el

libro respectivo, el Proyecto de Investigación o Plan de Tesis, con el propósito

de que sea reservado por seis (06) meses calendario, plazo que sólo en casos

excepcionales se podrá prorrogar por seis (06) meses adicionales y por única

vez.

Artículo 19º.- El Decano mediante Resolución, designará un profesor asesor,

propuesto por el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos, quien tendrá a su

cargo el asesoramiento del Informe de Investigación o Tesis. El periodo de

asesoramiento no podrá exceder el plazo previsto en el Artículo 17º de éste

Reglamento. El profesor asesor informará a la Oficina de Grados y Títulos

cuando menos dos (02) veces por semestre, el curso del desarrollo del informe

de investigación. Si transcurrido un (1) semestre, no hay un avance, al menos

del 50% del trabajo, se dará por fenecida la autorización, debiendo el graduado

optar por otra modalidad.

Artículo 20º.- El Trabajo de Investigación debe ser original y fruto de la labor

personal del aspirante. El uso por parte del autor, de otras fuentes, trabajos y

publicaciones requiere necesariamente de una cita expresa. De lo contrario se

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Page 13: Reglamento 2008 gradosytitulos

considerará fraude en perjuicio de la imagen de la Universidad y será

sancionado con la inhabilitación para optar título profesional en esta

Universidad. Según la extensión o naturaleza de la investigación puede

autorizarse por excepción la elaboración del Trabajo de Investigación hasta por

dos (02) aspirantes al Título Profesional.

Artículo 21º.- El informe Final de Investigación (Tesis) tendrá la siguiente

estructura:

Carátula

Índice

Presentación

CAPÍULO I : PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.1. Situación problemática

1.2. Problema de Investigación

Problema General

Problema Específicos

1.3. Justificación

Justificación Teórica

Justificación Práctica

1.4. Objetivos

1.5. Objetivo General

1.6. Objetivos Específicos

CAPÍTULO II : MARCO TEÓRICO 2.1. Antecedentes de la investigación

2.2. Bases Teóricas

2.3. Glosario

CAPÍTULO III : HIPÓTESIS Y VARIABLES 3.1. Hipótesis General

3.2. Hipótesis Específico

3.3. Identificación de las Variables

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Page 14: Reglamento 2008 gradosytitulos

3.4. Operacionalización de las Variables

3.5. Matriz de Consistencia

CAPÍTULO IV : METODOLOGÍA 4.1. Tipo de investigación

4.2. Diseño De la investigación

4.3. Unidad de Análisis,

4.4. Población de Estudio

4.5. Tamaño y Selección de Muestra

4.6. Técnicas de Recolección de Datos

4.7. Técnicas de Procesamiento, análisis e interpretación de la

información

CAPÍTULO V : PRESENTACIÓN DE RESULTADOS 5.1. Análisis e interpretación de Resultados

5.2. Pruebas de Hipótesis

5.3. Presentación de Resultados

CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFÍA ANEXO 3

Artículo 22º.- Concluido el Trabajo de Investigación o Tesis, el aspirante

presentará cuatro (4) ejemplares de la investigación, sin empastar, adjuntando

el Informe del Asesor. El Decano, a propuesta del Jefe de la Oficina de Grados

y Títulos, designará dos (2) profesores dictaminadores que evaluarán el

trabajo de investigación. Si el dictamen es favorable, el Decano emitirá una

Resolución designando al Jurado para la sustentación, señalando fecha y hora

a propuesta del Jefe de la Oficina de Grados y Títulos.

Artículo 23º.- El Jurado para la sustentación oral estará conformado

prioritariamente por profesores ordinarios, con no menos de cinco (5) años de

experiencia profesional o docente, debiendo ser de la especialidad. Los

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Page 15: Reglamento 2008 gradosytitulos

miembros del Jurado serán tres (3), el Presidente será el de mayor categoría y

antigüedad, actuando como secretario el profesor de menor categoría y

Antigüedad, actuando como secretario el profesor de menor categoría y

antigüedad. El profesor asesor de la investigación deberá conformar el Jurado

para la sustentación de la misma, en calidad de informante. Los profesores

dictaminadores, en casos excepcionales, podrán conformar el Jurado.

Artículo 24º.- La sustentación oral y publica de la investigación estará

orientada a los aspectos científicos, tecnológicos metodológicos, doctrinarios

concomitantes con la profesión, sobre los cuales los miembros del Jurado

formularán las preguntas y observaciones pertinentes. La sustentación del

Trabajo de Investigación se desarrollará esencialmente en cuatro aspectos:

1)El Planteamiento del Problema; 2) Las Hipótesis y las Variables; 3) El

Análisis e interpretación de Resultados; y 4)La Prueba de la Hipótesis.

Artículo 25º.- La evaluación se hará de acuerdo a la siguiente escala de

calificación:

a) Sobresaliente, con felicitación escrita y recomendación de publicación.

b) Aprobado por Unanimidad y recomendación de publicación

c) Aprobado por Mayoría

d) Desaprobado

El calificativo de sobresaliente requiere que la votación sea unánime. El

resultado de la evaluación será anunciado al término de la sustentación, la cual

es inapelable e irreversible.

Artículo 26º.- Aprobada la sustentación del Trabajo de Investigación o Tesis,

se entregará dos (02) ejemplares al aspirante para su empaste, los que

deberán devolverse en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas a la

Oficina de Grados y Títulos de la Facultad.

Artículo 27º.- Si el postulante fuera desaprobado, el Presidente del Jurado

levantará un acta en la que se harán las observaciones de forma y fondo que

motivaron la desaprobación. El acta, será firmada por todos los miembros del

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Page 16: Reglamento 2008 gradosytitulos

Jurado y deberá ser de conocimiento del aspirante. Después de treinta (30)

días calendarios computados a partir de la fecha de desaprobación el aspirante

desaprobado podrá solicitar nueva fecha para la sustentación, previa

superación de las observaciones formuladas, debiendo pagar los derechos

administrativos correspondientes. Si el postulante no hace uso de esta segunda

oportunidad en un plazo de seis (06) meses calendario, deberá optar el título

profesional a través de otra modalidad previo pago por los derechos

académicos y administrativos correspondientes.

Si el postulante fuera desaprobado en dos (02) oportunidades deberá optar el

título profesional a través de otra modalidad previo pago correspondiente por

derechos académicos y administrativos.

Artículo 28º.- Finalizado el acto de sustentación y evaluación, el Presidente del

Jurado hará entrega de los expedientes, actas y ejemplares a la Oficina de

Grados y Títulos de la Facultad. De ser el resultado aprobatorio, se proseguirá

con lo estipulado en el Artículo 13º de este Reglamento. En caso de

desaprobación, la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, devolverá los

cuatro (04) ejemplares de la investigación o tesis al aspirante desaprobado,

para que supere las observaciones formuladas en el acta respectiva. La Oficina

de Grados y Títulos de la Facultad, entregará al Decano los expedientes con

las actas por triplicado de los postulantes aprobados, solicitando la aprobación

del Título Profesional.

MODALIDAD B: DESARROLLO Y SUSTENTACIÓN DE TEMAS (SORTEO)

Artículo 29º.- El Bachiller que elija esta modalidad, además de cumplir con los

requisitos del Artículo 9º de este Reglamento, presentará una solicitud dirigida

al Decano, pidiendo se le declare expedito y se le permita acogerse a esta

modalidad, solicitando fecha y hora para el sorteo de áreas y temas.

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Page 17: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 30º.- Las áreas básicas de formación profesional que son

consideradas para los exámenes de esta modalidad, así como los temas

específicos de cada balota, serán aprobados por el Decano, a propuesta de la

Oficina de Grados y Títulos y Consejo Consultivo.

Artículo 31º.- Los aspirantes al Título Profesional, por esta modalidad serán

convocados por la Jefatura de Grados y Títulos de la Facultad, indicándoles

lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo el sorteo de temas. El sorteo de

balotas y de temas se hará en acto público, presidido por el Decano ó Jefe de

Grados y Títulos de la Facultad, contando además con la presencia del

Secretario Académico, sorteándose dos (02) áreas y luego dos (02) temas, uno

por área, en presencia de los aspirantes al Título Profesional por esta

modalidad. Anexo 4

Artículo 32º.- Las áreas y temas sorteadas se anotarán en el Libro de Actas el

cual será refrendado por el Decano o el Secretario Académico y el Jefe de

Grados y Títulos de la Facultad.

Artículo 33º.- Cada aspirante tendrá hasta treinta (30) días calendarios

improrrogables para desarrollar los temas sorteados, los que serán

presentados, como trabajos monográficos en la Oficina de Grados y Títulos de

la Facultad.

Artículo 34º.- A propuesta de la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad se

nombrará un profesor orientador del trabajo.

Artículo 35º.- La Titulación bajo esta modalidad dará lugar a un examen escrito

y a un examen oral. El examen oral se llevará a cabo siempre y cuando el

bachiller haya aprobado el examen escrito.

Artículo 36º.- El Jurado se conformará prioritariamente por profesores

ordinarios. Los miembros del jurado son tres (3), el presidentes será el profesor

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Page 18: Reglamento 2008 gradosytitulos

de mayor categoría y antigüedad, actuando como secretario, el profesor de

menor categoría y antigüedad. Los miembros del Jurado del Examen Oral y

Escrito, pueden ser los mismos, si la Facultad no cuenta con otros de la misma

especialidad.

Artículo 37º.- El examen escrito consiste en el desarrollo de los dos temas

sorteados, para lo cual el Bachiller dispondrá de tres (3) horas. En dicho

periodo deberá también absolver preguntas, ejercicios o casos planteados por

el Jurado.

Artículo 38º.- Concluido el examen escrito, el Jurado procederá, en forma

inmediata, a la calificación correspondiente, promediándose las calificaciones,

siendo once (11) la nota mínima aprobatoria, sin considerar las fracciones. Los

Bachilleres desaprobados en el examen escrito podrán solicitar, nuevo sorteo

de temas después de treinta (30) días calendario y hasta un plazo máximo de

ciento veinte (120) días calendarios, contados desde la fecha de desaprobación

del examen escrito, previo pago de los derechos por segunda oportunidad. El

aspirante que no opte por la segunda oportunidad perderá esta opción y tendrá

que elegir, otra modalidad de titulación abonando los derechos respectivos.

Artículo 39º.- El examen oral será en acto público y en fecha y hora indicada.

La exposición se focalizará a los aspectos científicos y tecnológicos en ambos

temas, así como de la relación que guardan éstos con los asuntos vitales de la

economía nacional y mundial y el desarrollo empresarial de nuestro país.

Finalizado el examen oral, el Jurado emitirá su calificación individual, que será

promediada por el Presidente. La nota mínima aprobatoria es once (11), sin

considerar las fracciones. El promedio final se alcanza de las calificaciones del

examen escrito y oral, siempre que este último haya sido aprobatorio.

Artículo 40º.- El Bachiller desaprobado en el examen oral podrá solicitar, un

nuevo examen después de treinta (30) días calendario como mínimo y hasta un

plazo máximo de ciento veinte (120) días, contados a partir de la fecha de

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Page 19: Reglamento 2008 gradosytitulos

desaprobación, previo pago de los derechos correspondientes por segunda

oportunidad. Pasados los ciento veinte (120) días o una nueva desaprobación,

el Bachiller optará por cualquier otra modalidad de Titulación, abonando los

derechos académicos y administrativos.

Artículo 41º.- Los resultados del examen escrito y del examen oral, son

irreversibles e inapelables. En ambos casos, el Presidente del Jurado, levanta

un acta fundamentando las causales de la desaprobación, precisando las

deficiencias de fondo y forma.

Artículo 42º.- Culminado el examen oral, el Presidente del Jurado, cautelará y

hará entrega a la Oficina de Grados y Títulos, de los expedientes, las

monografías y las actas debidamente firmadas. El trámite de aprobación del

Título Profesional y entrega del diploma será similar a lo dispuesto en el

Artículo 13º de este reglamento.

MODALIDAD C: ACREDITAMIENTO DE SERVICIOS PROFESIONALES

Artículo 43º.- El Bachiller que decida optar por esta modalidad deberá

presentar además de la documentación indicada en el Artículo 9º, su

Curriculum Vitae documentado, que acredite haber prestado tres (03) años

consecutivos, en uno o más centros de trabajo; término computado a partir de

la fecha de egresado.

Artículo 44º.- El expediente, incluyendo el Currículo Vitae, será evaluado por el

Jefe de la Oficina de Grados y Títulos, que informará al Señor Decano de su

apreciación al respecto. De ser favorable la opinión del Decano, a propuesta de

la Oficina de Grados y Títulos, el Decano designará un profesor orientador del

Informe Memoria de Experiencia Laboral.

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Page 20: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 45º.- Designado el profesor orientador, mediante Resolución Decanal,

el Bachiller tendrá hasta noventa (90) días calendario, como máximo, para

presentar su informe Memoria, la cual tendrá la siguiente estructura:

a. Carátula

b. Índice

c. Presentación

d. Descripción de la problemática general y específica existente, en la

entidad, institución o empresa, antes de ejecutarse la intervención

correctiva.

e. Informe detallado y documentado del planeamiento, organización

ejecución y control, de las acciones correctivas o de mejoramiento

efectuadas en el ámbito general y/o específico del problema.

f. Informe detallado y documentado de los resultados logrados a

consecuencia de la intervención correctiva o de mejoramiento,

expresada en términos de productividad, rentabilidad, participación de

mercado, crecimiento de las ventas y utilidades, etc.

g. Conclusiones

h. Recomendaciones, y

i. Anexo 5.

Artículo 46º.- El Informe Memoria debe incluir, como anexos copia de la

documentación generada durante el trabajo, así como del instrumental

profesional utilizado y de los productos obtenidos, debiendo reflejarse en ellos

fehacientemente la participación del bachiller .

Artículo 47º.- La Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, solicitará al

Decano la designación del Jurado encargado de evaluar el Informe Memoria. El

Jurado estará integrado por dos (2) profesores de la especialidad y tendrá un

plazo de quince (15) días calendarios para revisar y evaluar el trabajo. En caso

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Page 21: Reglamento 2008 gradosytitulos

de que el Informe Memoria sea observado, el titulando tendrá un plazo

máximo de treinta (30) días calendarios, para efectuar las enmiendas

correspondientes, De no hacerlo, se considerará al Informe Memoria

desaprobado, debiendo el Bachiller reiniciar el proceso para optar el Título

profesional a través de otra modalidad.

Artículo 48º.- Si el informe Memoria es aprobado, la Oficina de Grados y

Títulos solicita al Decano, la designación de un Jurado para la sustentación oral

de la Memoria, de acuerdo al Artículo 23º del presente Reglamento,

programando y publicando la fecha y hora de la sustentación.

Artículo 49º.- La aprobación o desaprobación, final será acordada previa

deliberación del Jurado El calificativo será:

a) Aprobado por Unanimidad con mención de Sobresaliente,

b) Aprobado por Unanimidad

c) Aprobado por mayoría; o

d) Desaprobado

Artículo 50º.- En caso de desaprobación, el titulando tendrá hasta treinta (30)

días calendario contados a partir de la fecha de desaprobación, para solicitar la

opción de sustentar su informe Memoria por segunda y última vez, previo pago

de los derechos por senda oportunidad. En la segunda oportunidad, los

miembros del Jurado no podrán ser los mismos. Una nueva desaprobación o

la omisión de presentación a esta segunda oportunidad implica que el Bachiller

tenga que reiniciar el trámite optando por otra alternativa de titulación; salvo

que exista una justificación debidamente documentada de su inasistencia al

examen en segunda oportunidad.

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Page 22: Reglamento 2008 gradosytitulos

MODALIDAD D: CREACIÓN, OPERACIÓN Y DESARROLLOEMPRESARIAL

Artículo 51º.- Esta modalidad implica la puesta en marcha de un proyecto de

creación, operación y desarrollo de una empresa o un plan de reflotamiento,

reinvención y desarrollo, si la empresa estuviera en marcha. En este último

caso, se deberá acreditar la presencia formal del titulando en la dirección de la

empresa. Los bachilleres interesados en esta modalidad, pueden hacerlo en

forma individual o grupal hasta un máximo de tres (03), con autorización del

Decano.

Artículo 52º.- El (o los) bachiller (es) presentará(n) al Decano, una solicitud

acompañando un Proyecto de Creación, Operación y Desarrollo de una

empresa, o un Plan de Reflotamiento, Reinvención y Desarrollo, si la empresa

estuviera en marcha. En la solicitud se indicará el nombre del profesor o

profesional que se propone como asesor, el cual debe acreditar la experiencia

necesaria adjuntando su currículum vitae, al proyecto o plan. Anexo 6.

Artículo 53º.- En caso de no ser propuesto por el alumno, el Jefe de Grados y

Títulos propondrá al Decano, el Profesor Asesor para su respectiva

designación por resolución decanal, El Profesor Asesor tendrá quince (15) días

calendario para revisar el proyecto o el plan, y elevará al Decano un informe

con las observaciones a que hubiere lugar. El (o los) bachiller (es) tendrá (n)

como máximo treinta (30) días calendarios para levantar las observaciones

planteadas. En caso de no presentarlas en dicho periodo o no estar conforme

el asesor de las mismas, al término del periodo indicado, el (o los) bachiller (es)

deberá (n) cambiar el proyecto o plan, repitiéndose el proceso indicado por

22

Page 23: Reglamento 2008 gradosytitulos

segunda y última vez. Si se reiterara la inconformidad del asesor, el (o los )

bachiller (es) tendrá (n) que optar por otra modalidad de titulación.

Artículo 54º.- Con el Informe favorable del asesor, el Decano designará un

Jurado Evaluador, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 22º, de este

Reglamento. El presidente del Jurado convocará a el (o los) bachiller (es) a una

exposición de los alcances y propósito del trabajo. El Jurado tendrá hasta

treinta (30) días calendarios para emitir su opinión. De existir observaciones, al

Proyecto o Plan, estas deberán ser subsanadas en un plazo máximo de

sesenta (60) días calendarios para luego ser sometido por segunda y última

vez a la evaluación correspondiente. En caso de ser observado nuevamente, el

(o los) bachiller (es), deberá (n) cambiar el Proyecto o Plan.

Artículo 55º.- El (o los) bachiller (es) que cuente (n) con opinión favorable del

Jurado de su Proyecto o Plan, se someterá a una primera evaluación ante el

Jurado, a los sesenta (60) días calendario de la constitución legal de la

empresa, o al inicio de la ejecución del plan de reflotamiento, reinvención y

desarrollo para rendir un informe de su avances y tomar conocimiento de las

observaciones que hagan los miembros del Jurado. Se levantará un Acta de lo

actuado en dicha sesión.

Artículo 56º.- Después de sesenta (60) días calendario de efectuada la

primera evaluación, se llevará a cabo la segunda evaluación, levantándose

igualmente el acta correspondiente de dicha sesión.

Artículo 57º.- La tercera y última evaluación se efectuará en un plazo que no

exceda los ciento veinte (120) días calendario de efectuada la segunda

evaluación, para lo cual el aspirante en acto publico expondrá ante el Jurado el

resultado de su gestión expresada a través de la memoria, la misma que será

presentada en cinco (05) ejemplares de acuerdo al siguiente esquema:

a. Título del Informe Memoria,

23

Page 24: Reglamento 2008 gradosytitulos

b. Presentación

c. Plan Estratégico

d. Desarrollo de la Gestión

e. Evaluación de la Gestión

f. Proyecciones del Mercado - Producto y Sector de Competencia

g. Conclusiones

h. Recomendaciones

i. Anexo 7.

Artículo 58º.- Concluida la exposición en Acto Público, el Jurado Evaluador,

previa deliberación, emitirá su fallo final, aprobando o desaprobando la gestión

del aspirante. El resultado se comunicará en el acto, bajo los términos de

“Aprobado o Desaprobado” . En el caso de desaprobación, el Jurado Evaluador

suscribirá un acta, especificando los motivos de tal decisión y el aspirante

podrá presentar otro Proyecto de Gestión bajo esta misma modalidad a los

noventa (90) días calendarios de la fecha de desaprobación o someterse a

cualquiera de las otras modalidades de titulación establecidas en el presente

Reglamento.

MODALIDAD E: APROBACIÓN DEL CURSO DE ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL

Artículo 59º.- El Curso de Actualización Profesional, está dirigido a los

bachilleres en Ciencias Administrativas o Ciencias Económicas, egresados de

nuestra Facultad o de otras Universidades, debiendo ser veinticinco (25) el

número mínimo de participantes.

Artículo 60º.- Los requisitos para participar en el Curso de Actualización son

los siguientes:

a. Solicitud dirigida al Decano.

b. Recibo de pago (copia) por los Derechos Académicos de inscripción al

Curso.

24

Page 25: Reglamento 2008 gradosytitulos

c. Copia del Diploma de Grado Académico de Bachiller, legalizada por el

Secretario General de la Universidad.

d. Tres (3) fotografías tamaño carnet a color fondo blanco

Artículo 61º.- El Curso de Actualización Profesional comprenderá el desarrollo

de cuatro áreas de la Carrera Profesional de Administración o de la Carrera

Profesional de Economía, las mismas que serán determinadas por Resolución

Decanal, con aprobación del Consejo consultivo. La duración del Curso de

actualización Profesional será de ciento cincuenta (150) horas lectivas.

Artículo 62º.- El pago por derecho de participación el curso, ser realizará en

dos (2) armadas; la primera, (50%) al momento de la inscripción y la segunda a

los cuarenta y cinco (45) días de iniciarse el curso.

Artículo 63º.- El Curso tiene por finalidad actualizar los conocimientos de los

graduados, dándoles a conocer los avances científicos y tecnológicos ocurridos

en las áreas de cada especialidad.

Artículo 64º.- La responsabilidad en el desarrollo de las asignaturas estará a

cargo de docentes de la especialidad, preferentemente profesores ordinarios.

El Decano y el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad no podrán

participar como docentes del Curso de Actualización. Pueden participar como

docentes, profesores contratados de la Universidad u otros profesionales de

prestigio, previa aprobación del Consejo Consultivo.

Artículo 65º.- La organización, coordinación, programación, dirección y

supervisión del Curso de Actualización Profesional será asumida por el Jefe de

la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad.

Artículo 66º.- Se considera aprobado el Curso de Actualización si el promedio

de las notas obtenidas en cada asignatura es mínimo once (11), sin considerar

fracción decimal. Una vez aprobado el Curso, el Bachiller podrá solicitar la

declaración de expedito para optar el Titulo Profesional, presentando la

25

Page 26: Reglamento 2008 gradosytitulos

documentación pertinente indicada en el Artículo 9º del presente Reglamento y

el Certificado o Constancia de Aprobación del Curso. El Bachiller tendrá un (1)

año de plazo para solicitar el Titulo Profesional correspondiente, contado a

partir de la finalización del Curso.

Artículo 67º.- En caso de desaprobar una (1) asignatura del Curso de

Actualización, el bachiller podrá matricularse en el siguiente curso, abonando

la parte proporcional de la asignatura desaprobada. Si el bachiller desaprobara

más de una asignatura, podrá matricularse en otro curso de Actualización, a fin

de seguirlo íntegramente, abonando los derechos académicos y administrativos

correspondientes, u optar por otra modalidad.

CAPÍTULO V

DEL JURADO Y LOS ASESORES

Artículo 68º.- El Jefe de la Ofician de Grados y Títulos, propondrá al Decano,

las ternas para los exámenes orales en las diversas modalidades de titulación

profesional. En el caso de la modalidad de Sorteo de Temas, los exámenes

escritos, precios a la sustentación oral, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos

coordinará con el Decano, el nombramiento de los profesores especialistas que

van a intervenir como Jurados.

Artículo 69º.- Los Jurados deben ser integrados por docentes especialistas, de

preferencia ordinarios. Los docentes contratados podrán también integrar los

jurados, siempre que tengas por lo menos cinco (5) años de experiencia

docente en la Facultad. En casos excepcionales, previa aprobación del

Decano, podrá integrarse el Jurado con profesionales de prestigio que no

forman parta de la plana docente de la Facultad, siempre que acredite cinco (5)

años de experiencia profesional.

26

Page 27: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 70º.- Si por alguna circunstancia se presentara relación de parentesco

entre el aspirante al titulo profesional y uno de los integrantes del jurado, éste

deberá inhibirse de participar sin necesidad de emplazamiento alguno. De no

hacerlo, se impedirá de oficio su participación y se hará constar esta situación

como demérito, en el legajo del docente,

Artículo 71º.- Los miembros del Jurado deberán justificar su inasistencia con

cinco (5) días útiles de anticipación. Si la inasistencia es injustificada serán

amonestados por escrito por el Decano, con conocimiento de la Dirección

Universitaria de Personal y Bienestar Social.

Artículo 72º.- La labor de los asesores es fundamental en todo trabajo de

investigación, consecuentemente, el asesor debe ser un profesor

especialista en la materia, y con experiencia. Si la Facultad no cuenta, en su

plana docente con el especialista que precisa, podrá solicitar la colaboración de

un profesional ajeno a la Universidad, cuyos méritos académicos debidamente

sustentados, sean conocidos y aprobados por el Decano.

Artículo 73º.- Los profesionales que no puedan seguir brindando

asesoramiento a los trabajos de investigación, deberán comunicar al Decano

su decisión de retirarse, a fin de que en el plazo máximo de tres (3) días a

partir de la renuncia, se proceda al nombramiento del nuevo asesor.

Artículo 74º.- La Facultad debe llevar un récord de participación de los

profesores como Jurados, con la finalidad de garantizar el cumplimiento del

Artículo 68º, de este Reglamento. El Jefe de la Oficina de Grados y Títulos no

podrá participar como miembro del Jurado.

CAPÍTULO VI

DE LAS EVALUACIONES

27

Page 28: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 75º.- Si la modalidad elegida comprende un examen escrito y otro

oral, se promediarán ambas notas, aprobándose con un mínimo de once (11)

sin considerar fracción decimal. En los casos de las modalidades cuyo examen

de titulación profesional sea sólo oral, se aplicará la siguiente escala de

calificación.

a. Sobresaliente, con felicitación escrita y, en caso de tesis, con

recomendación a su publicación.

b. Aprobado por Unanimidad y, en caso de tesis, con recomendación a su

publicación.

c. Aprobado por mayoría.

d. Desaprobado

e. Calificativo sobresaliente, requiere que la votación sea unánime.

Artículo 76º.- En todos los casos, la calificación es inapelable e irreversible.

CAPÍTULO VII

DE LA TITULACIÓN PROFESIONAL DE LOS GRADUADOS EN OTRAS UNIVERSIDADES DEL PAÍS

Artículo 77º.- El Bachiller graduado en otra Universidad, presentará una

solicitud dirigida al Decano de la Facultad, pidiendo se admita en la

Universidad, para optar el Titulo Profesional, adjuntando los documentos

siguientes:

a. Partida de nacimiento original

b. Certificados originales de estudios de la Universidad de origen.

c. Constancia originales de Ingreso y Egreso de la Universidad de origen.

d. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI).

e. Copia del Diploma de Bachiller, legalizado por el Secretario General de

la Universidad de origen.

f. Cinco (5) fotografías tamaño carnet a color, fondo blanco.

28

Page 29: Reglamento 2008 gradosytitulos

Artículo 78º.- Autorizada la titulación mediante Resolución, la Facultad

procederá con el trámite siguiendo las normas establecidas en el presente

Reglamento para la obtención del Título Profesional a través de la modalidad

elegida por el aspirante.

CAPÍTULO VIII

DE LA CEREMONIA DE COLACIÓN

Artículo 79º.- La Oficina de Grados y Títulos organizará periódicamente la

Ceremonia de Colación en la cual los titulados recibirán en una ceremonia sus

diplomas de titulo profesional. La participación en dicha ceremonia es

voluntaria para los titulados, pudiendo asistir con sus familiares, no obstante,

siendo un acto público de trascendencia académica y profesional, la presencia

de los miembros docentes y de los funcionarios es obligatoria, debiendo

concurrir estos con sus insignias correspondientes.

CAPÍTULO IX

DE LOS DUPLICADOS DE PIPLOMAS POR MOTIVOSDE DETERIORO O MUTILACIÓN

Artículo 80º.- En caso de deterioro o mutilación del Diploma original, el

interesado deberá presentar un expediente acompañando las siguiente

documentación:

a. Solicitud dirigida el Rector de la Universidad pidiendo el duplicado del

diploma.

b. Recibo de pago por concepto de duplicado de diploma.

c. Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la

Asamblea Nacional de Rectores.

d. Diploma deteriorado o mutilado.

29

Page 30: Reglamento 2008 gradosytitulos

e. Copia legalizada por el Secretario General de la Universidad, de la

Resolución del Consejo Universitario que confiere el Grado Académico o

Título Profesional.

f. Tres (03) fotografías a color en mate y fondo blanco, tamaño carné.

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 81º.- Las disposiciones de este Reglamento se aplicarán a todos los

trámites de graduación o titulación que se inicien a partir de la fecha de

aprobación del mismo.

Artículo 82º.- Cualquier situación no contemplada en este Reglamento, será

resuelta por el Decano, a propuesta de la Oficina de Grados y Títulos .

Lima, Mayo del 2008

30

Page 31: Reglamento 2008 gradosytitulos

31

Page 32: Reglamento 2008 gradosytitulos

ANEXO N º2UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONÓMICAS

1964

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN“_____________________________”

PREPARADO POR BACH. (ADM.) (ECON.) ___________________________

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE

32

Page 33: Reglamento 2008 gradosytitulos

(LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN) (ECONOMISTA)

LIMA – PERÚ 2008

ANEXO N º3 UNIVERSID

AD INCA GARCILASO DE LA VEGAFACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS

ECONÓMICAS

1964

INFORME DE INVESTIGACIÓN“_____________________________”

PREPARADO POR

BACH. (ADM.) (ECON.) ___________________________

33

Page 34: Reglamento 2008 gradosytitulos

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE

(LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN) (ECONOMISTA)

LIMA – PERÚ 2008

ANEXO N º4UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONÓMICAS

1964

DESARROLLO DE TEMAS

1. ÁREA: ………………………………………………………….

TEMA:………………………………………………………….

2. ÁREA:………………………………………………………….

TEMA:………………………………………………………….

PREPARADO POR

BACH. (ADM.) (ECON.) _______________________

34

Page 35: Reglamento 2008 gradosytitulos

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE

(LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN) (ECONOMISTA)

LIMA – PERÚ 2008

NEXO N º5UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONÓMICAS

1964

INFORME DE SERVICIOS PROFESIONALES “……………………………………………………”

PREPARADO POR

BACH. (ADM.) (ECON.) _______________________

PARA OPTAR EL

35

Page 36: Reglamento 2008 gradosytitulos

TÍTULO PROFESIONAL DE (LICENCIADO EN ADMINISTRACION) (ECONÓMISTA)

LIMA – PERÚ 2008

ANEXO Nº 6UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONÓMICAS

1964

PROYECTO (O PLAN) DE DESARROLLO EMPRESARIAL

“………………………………………………………….”

PREPARADO POR

BACH. (ADM.) (ECON.) _______________________

36

Page 37: Reglamento 2008 gradosytitulos

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE

(LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN) (ECONOMISTA)

LIMA – PERÚ 2008

ANEXO N º7UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CIENCIAS ECONÓMICAS

1964

INFORME DE DESARROLLO EMPRESARIAL

“………………………………………………………….”

PREPARADO POR

BACH. (ADM.) (ECON.) _______________________

37

Page 38: Reglamento 2008 gradosytitulos

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE

(LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN) (ECONOMISTA)

LIMA – PERÚ 2008

38