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Reglamento de becas Colegio Madre Paulina

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Reglamento interno de becas de financiamiento compartido, actualizado septiembre 2014

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FUNDACIÓN EDUCACIONAL “COLEGIO MADRE PAULINA DE CHIGUAYANTE” O’HIGGINS ORIENTE Nº 5433 FONO – FAX 2356852 CHIGUAYANTE

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS FINANCIAMIENTO COMPARTIDO 2015

(Ley Nº 19532/97)

La Comunidad Educativa del Colegio Madre Paulina de Chiguayante, inspirada en su

Proyecto Educativo Institucional, quiere atender a las diversas necesidades que puedan

afectar a miembros del estamento de estudiantes. En conformidad a lo dispuesto en el

artículo 24 /DFL Nº 2 de 1996 del Ministerio de Educación, se establece el siguiente

Reglamento Interno de Asignación de Becas a los alumnos del Colegio Madre Paulina de

Chiguayante.

Art. 1.‐ DE LAS BECAS

El beneficio de la beca consiste en la exención total o parcial del pago mensual de la

cuota de escolaridad por el periodo de un año Escolar, considerando el cobro de 10

mensualidades de Marzo a Diciembre. Dos terceras partes de las exenciones o becas se

otorgarán atendiendo exclusivamente a las condiciones socioeconómicas de los alumnos y

su grupo familiar. El tercio restante será de libre disposición del Colegio, de acuerdo a

factores referentes a su comportamiento académico, conductual u otros que el

establecimiento estime conveniente. Sólo se otorgara una beca por grupo familiar

entendiendo que los alumnos beneficiarios se encuentran incluidos en el porcentaje del 15%

obligatorio. La beca tendrá vigencia sólo mientras las circunstancias del grupo familiar lo

ameriten, siendo obligación de los padres informar cualquier cambio en su situación

socioeconómica.

ART. 2.‐PROCESO Y FECHAS DE POSTULACIÓN

a) Podrán postular a esta Beca los alumnos regulares matriculados desde kínder a cuarto

medio del año 2015 (Se excluyen alumnos nuevos).

b) El apoderado debe retirar Formulario de Postulación a Beca en la oficina de recaudación

desde el 1° de Octubre hasta el 30 de octubre de cada año. (Se entregara comprobante de

postulación).

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c) El apoderado debe entregar el Formulario de Postulación a Beca en oficina de

recaudación durante todo el mes de noviembre (Dicho formulario debe ser completado por el

jefe (a) de hogar e incluir los respaldos solicitados, de lo contrario la postulación será

invalidada por falta de pruebas concretas, además se puede complementar la postulación

con una carta escrita a mano o computador exponiendo su situación).

d) El resultado de la postulación a beca se comunicará directamente al apoderado del

alumno beneficiario a partir de la primera semana de marzo del año 2015. e) El recurso de apelación deberá interponerse por el apoderado(a) en el plazo de una

semana desde la notificación del resultado, no más allá del mes de marzo. La apelación debe

ser presentada por medio de una carta dirigida a dirección con los argumentos que

justifiquen su situación actual y adjudicación de beneficio.

f) El resultado de la apelación será informado la última semana del mes de marzo siendo

el apoderado el encargado de acercarse al colegio para la notificación del resultado final.

g) Excepcionalmente se podrá admitir solicitudes en el transcurso del año escolar solo si se

trata de situaciones especiales, debidamente acreditadas las cuales serán evaluadas por la

Comisión de Becas.

Art. 3. ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS A EVALUAR

a) Condiciones de la vivienda y lugar de residencia que habita el grupo familiar.b) Antecedentes de Salud del grupo familiar.c) Ingresos y estabilidad laboral que realiza el Jefe de Hogar (nivel de escolaridad de

ambos padres)d) Hijos estudiando y niveles que cursan, n° de hijos estudiando en nuestro Colegio.e) Ingreso Per cápita del grupo familiar.

ART. 4.‐ DE LAS CONDICIONES Y SU MANTENCIÓN

Las condiciones socioeconómicas y la elección de los beneficiarios serán calificadas y

efectuadas, respectivamente por una comisión formada por el Equipo Directivo y la Asistente

Social asignada por el colegio, de acuerdo a los antecedentes expuestos por el apoderado.

Para la mantención del beneficio es importante el compromiso de los padres y apoderados

en el cumplimiento de responsabilidades propias de su rol, referido a su asistencia y

participación en entrevistas personales, reuniones de apoderados, talleres educativos y

escuelas para padres. Sin perjuicio de lo anterior el alumno debe poseer:

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a) Buen rendimiento escolar.b) Buena disciplina, sin anotaciones negativas.c) Poseer como mínimo 90% de asistencia.d) Buena Presentación Personale) Estar al día en el pago de la colegiatura

ART. 5.‐ CAUSALES DE LA PÉRDIDA DEL BENEFICIO.

a) La pérdida de la calidad de alumno regular.b) La falsificación o adulteración de los antecedentes presentados.c) La renuncia voluntaria al beneficio.

ART. 6.‐ DE LA CONFIDENCIALIDAD

Toda la información contenida en el formulario de postulación y aquella referida sobre

los alumnos beneficiarios de Becas, tendrá carácter reservado al igual que los criterios

determinados para la decisión final revisada por la comisión caso a caso.

ART 7.‐ DE LA CONFIRMACIÓN

El apoderado (a) deberá confirmar la beca a través de la firma de documentos y

compromisos en la forma que defina el colegio. El no acudir en las fechas estipuladas será

entendido como renuncia al beneficio, el que será reasignado entre otras postulantes Será

de exclusiva responsabilidad del apoderado y de todo el grupo familiar, mantener en

reserva la situación de asignación de becas.

El monto de las Becas otorgadas deberá constar por escrito en la boleta de

servicios que se otorgue a cada Apoderado en el momento de cancelar la respectiva

colegiatura.

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ART. 8.‐EXCEPCIONES DE POSTULACIÓN

A este Fondo Solidario de Becas no podrán postular los hijos del personal contratado por la

FUNDACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO MADRE PAULINA DE CHIGUAYANTE, ya que, ellos gozan

de una exención de la colegiatura, según negociación interna.

ART. 9.‐ DE LA SOCIALIZACIÓN

Copia del presente Reglamento Interno de Asignación de Becas, se entregará en el

Departamento Provincial Educación, quedando este como documento legal.

Otra copia se encontrara a disposición de los apoderados en Secretaría del

establecimiento y en página Web, previamente leído por la profesora jefe en la primera

reunión de apoderados correspondiente al mes de marzo de cada año, acto por el cual se da

como por informada a la comunidad educativa.

Chiguayante, Septiembre de 2014