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ACTUALIZACIÓN REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DECRETO 67/2018 A continuación se presenta la actualización del reglamento de evaluación y promoción del Establecimiento. 2020 Equipo Ejecutor: Ricardo Faúndez Solís Cristian Ampuero Torrecilla Otilia Urra Seguel Daniela Valdivia Fernandez Ignacio Vivanco Quijada

Reglamento de evaluación 2018 - Comunidad Escolar...B 3: Respecto al registro de Evaluaciones Los resultados de las evaluaciones aplicadas serán registrados en el libro de clases

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ACTUALIZACIÓN

REGLAMENTO DE

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

DECRETO 67/2018

A continuación se presenta la

actualización del reglamento de

evaluación y promoción del

Establecimiento.

2020

Equipo Ejecutor:

Ricardo Faúndez Solís

Cristian Ampuero Torrecilla

Otilia Urra Seguel

Daniela Valdivia Fernandez

Ignacio Vivanco Quijada

Page 2: Reglamento de evaluación 2018 - Comunidad Escolar...B 3: Respecto al registro de Evaluaciones Los resultados de las evaluaciones aplicadas serán registrados en el libro de clases

I. TITULO PRELIMINAR: INTRODUCCIÓN. El Colegio Andrés Bello, presenta a la Comunidad Educativa su normativa interna de

Evaluación, Calificación y Promoción Escolar tomando en consideración el Decreto 67 que

comenzará a regir el año 2020, el cual permite a los Establecimientos educacionales, tomar

decisiones en el proceso de evaluación de aprendizaje de los estudiantes. Este decreto,

reemplaza el Decreto Nº 511/97, Nº 112/99 y Nº 83/01, sus modificaciones para Enseñanza

Básica. Este nuevo Decreto permite avanzar hacia un mayor uso pedagógico de la evaluación

y disminuir la repitencia a través de un mayor acompañamiento a los estudiantes.

Este reglamento contiene las disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción

escolar de estudiantes de Primer año Básico a Octavo año Básico, amparado en Decreto

anteriormente mencionado.

La evaluación en el aula, entendida como todo espacio de aprendizaje en el que hay

interacción entre docentes y estudiantes, se refiere a una amplia gama de acciones lideradas

por los docentes para que tanto ellos como sus estudiantes puedan obtener evidencia sobre el

aprendizaje e interpretarla para la toma de decisiones que permitan promover el progreso y

retroalimentar los procesos de enseñanza.

Debemos precisar que la evaluación no se restringe a ningún tipo de situación,

metodología, estrategia, técnica o instrumento, y comprende desde acciones planificadas

previamente, hasta otras que se generan en el momento de la interacción pedagógica

cotidiana con los estudiantes.

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II. TÍTULO I: EVALUACIÓN

Artículo 1. La Dirección y el Equipo Técnico Pedagógico decidirán, previo conocimiento de

la opinión del Consejo General de Profesores, la planificación del proceso de evaluación y la

determinación de todos los aspectos administrativos complementarios, los que deberán ser

comunicados con anterioridad, al inicio del año escolar. Se comunicará por página Web y/o

por escrito los contenidos de este reglamento a todos los estudiantes, padres y apoderados.

Artículo 2. Tipo de Régimen

El Colegio Andrés Bello tendrá periodos escolares semestrales.

Artículo 3. Tipos de Evaluación:

Nuestro Establecimiento aplicará los siguientes tipos de evaluación durante el año

escolar para el logro de los objetivos de aprendizaje:

a) Evaluación Diagnóstica: Su finalidad, es conocer la situación de partida de los

estudiantes y saber sobre los conocimientos previos respecto a una unidad de

aprendizaje. Será aplicada al inicio del año escolar y los resultados serán

entregados y registrados en el libro de clases. Estas deben ser elaboradas,

aplicadas y analizadas por el profesor de asignatura.

b) Evaluación Formativa: Su finalidad es favorecer la valoración del proceso de

enseñanza aprendizaje por medio de la entrega de insumos para la toma de

decisiones inmediatas durante el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje,

lo que permitirá dar solución a las dificultades presentadas en la unidad. Esta se

realizará constantemente en todos los subsectores.

c) Evaluación Sumativa: Tiene por objeto certificar, generalmente mediante una

calificación, los aprendizajes logrados por los estudiantes.

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Artículo 4. Rol de la Evaluación según su Agente.

d) Autoevaluación: Mediante la autoevaluación los estudiantes pueden reflexionar

y hacerse conscientes acerca de sus propios aprendizajes y de los factores que en

ellos intervienen, para así buscar estrategias de mejora. Evaluándose así mismo.

e) Coevaluación: Evaluación de pares Permite evaluar el desempeño de un

estudiante a través de sus propios compañeros. Esta tiene por objetivo involucrar

a los estudiantes en la evaluación de los aprendizajes identificando, sus

habilidades y dificultades, creando una instancia de retroalimentación a sus

compañeros.

a. Evaluacion intrapares: Estudiante evalúa a sus pares con los que

trabajó la tarea.

b. Evaluacion interpares: Estudiante evalúa a pares con los que no trabajó

la tarea.

f) Heteroevaluación: Es la evaluación que realiza el docente y da cuenta de los

objetivos de aprendizajes logrados y de aquellos que deben ser reforzados para

lograr una mejora continua.

Artículo 4. Con el propósito de dar un mayor uso pedagógico a la evaluación, a

continuación se explican diferentes procesos.

Evaluación Formativa:

Teniendo presente la diversidad de nuestras aulas y para dar un mayor uso

pedagógico, se proponen diferentes tipos de evaluación formativa, con el fin de enriquecer

las experiencias evaluativas de nuestros estudiantes, considerando características, ritmos,

formas de aprender, necesidades e intereses múltiples.

El propósito primordial de la evaluación formativa es diagnosticar y monitorear el

proceso de enseñanza aprendizaje, es decir cuando la evidencia de su desempeño se obtiene,

interpreta y usa por docentes y estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes

pasos para avanzar en el proceso enseñanza-aprendizaje.

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En este sentido la evaluación diagnóstica es un tipo de evaluación formativa que

permite identificar el lugar en el que se encuentra el estudiante en su trayectoria hacia el logro

de los aprendizajes y las necesidades que serían importantes abordar en este proceso.

El Colegio Andrés Bello establece que, hasta la segunda semana iniciado el año

escolar, se aplicará una evaluación diagnóstica, en todas las asignaturas, para evidenciar los

aprendizajes que poseen los estudiantes en torno a la primera unidad anual, siendo la primera

de las evaluaciones formativas estipuladas como mínimo para cada asignatura. Los

responsables de la elaboración, ejecución, registro y análisis de los resultados, serán los

docentes de asignatura.

Los resultados deberán ser consignados, con un plazo máximo al término del mes de

marzo. Se expresará, en concepto de Insuficiente (I), Elemental (E) y Adecuado (A).

CuadroN°1, Niveles de logros para evaluación formativa, diagnóstica. 1

Nivel de logro Descripción

Insuficiente (I)

0% - 49%

1.0 – 3,4

Los/as estudiantes cuyo desempeño se encuentra en este Nivel de

Aprendizaje no logran demostrar consistentemente que han adquirido los

conocimientos y habilidades más elementales estipulados en el

currículum para el periodo evaluado.

Elemental (E)

50% - 69%

3,5 – 4,8

Los/as estudiantes cuyo desempeño se ubica en este Nivel de Aprendizaje

han logrado lo exigido en el currículum de manera parcial. Esto implica

demostrar que han adquirido los conocimientos y habilidades más

elementales estipuladas en el currículum para el periodo evaluado.

Adecuado (A)

70% - 100%

4,9 – 7.0

Los/as estudiantes cuyo desempeño se ubica en este Nivel de Aprendizaje,

han logrado lo exigido en el currículum de manera satisfactoria. Esto

implica que han adquirido los conocimientos y habilidades básicas

estipuladas en el currículum para el periodo evaluado.

1 Bases Curriculares de Educación Básica, Estándares de Aprendizajes.

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Cuadro N°2, Tipos de Estrategias de Evaluación Formativa.

Tipos de Estrategias de Evaluación Formativa

Observación directa,

Preguntas dirigida,

Guías de aprendizaje,

Revisión de cuadernos,

Lectura en voz alta,

Esquemas,

Mapas conceptuales,

Debates,

Trabajos escritos,

Producción de textos,

Dictados,

Comentarios

Practica oral,

Exposiciones orales,

Trabajos escritos,

Ticket de entrada o salida de una clases.

Controles,

Interrogaciones,

Cálculo mental,

Revisión de cuadernillo de ejercicios,

Guías de trabajo,

Interrogaciones orales al inicio y/o cierre

de clases,

Observación directa, lista de cotejo

Observación de clases,

Actividades prácticas de confección,

Presentaciones digitales en clases,

Bitácora,

Disertaciones,

Rúbricas,

Listas de cotejo,

Escalas de apreciación o rúbricas

Afiches,

Trabajos grupales,

Entrevistas.

Nota:

1. Durante el semestre, cada docente deberá utilizar y evidenciar el uso de al menos dos

o tres tipos de evaluación formativa, dependiendo de los niveles de enseñanza.

2. La evaluación formativa deberá ser retroalimentada al finalizar cada actividad y/o a

la clase siguiente.

Aspectos a considerar para la Retroalimentación Efectiva:

- Entregarla de forma oportuna, es decir, mientras aún se están trabajando los

aprendizajes y cuando aún tiene tiempo para redirigir sus acciones.

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- Variar las formas de retroalimentar, de manera oral, escrita, una presentación,

medios digitales, entre otros.

- Puede ser entregada de manera grupal, permitiendo abordar confusiones o errores

comunes, o bien visibilizar logros que todos puedan alcanzar. O de manera

individual, la cual tiene un valor por los aprendizajes de cada cual y permite ser

focalizada a las necesidades y características individuales.

- La retroalimentación debe ser clara, expresada en un vocabulario que el estudiante

entienda, sin perder la precisión.

Evaluación Sumativa:

Teniendo presente la diversidad de nuestras aulas y para dar un mayor uso

pedagógico, se proponen diferentes tipos de evaluación sumativa, con el fin de enriquecer

las experiencias evaluativas de nuestros estudiantes, considerando características, ritmos,

formas de aprender, necesidades e intereses múltiples. Esta tiene por objeto certificar,

generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los estudiantes.

Considerar, que las distintas evaluaciones son parceladas durante el semestre con la

finalidad de evitar la sobre carga y reguardar los tiempos de estudio, vida personal, familiar

y social de los estudiantes. Se estipula que los estudiantes no podrán rendir más de dos

pruebas o disertaciones que requieran preparación previa, en un mismo día. Sin embargo,

podrá, rendir evaluaciones acumulativas teniendo calendarizadas dos pruebas. En el acaso

que a un curso se le asignen más de dos pruebas sumativas o disertaciones en un mismo día,

UTP dará prioridad a las dos primeras que fueron calendarizadas.

Artículo.. Respecto a los instrumentos de evaluación

1. Todas las evaluaciones deben estar en concordancia con los objetivos e indicadores

del currículum nacional vigente

2. Todos los instrumentos evaluativos deben ser enviados a UTP con 5 días de

anticipación a la aplicación de este.

3. UTP revisará la confiabilidad y pertinencia de las evaluaciones, contrastándolas con

el currículum nacional vigente.

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4. Todas las evaluaciones de desempeños deben tener rúbricas y/o escala de

apreciación.

5. La escala de notas se calculará al 60% de logro con calificación mínima 1.0.

Cuadro 3. Ejemplo de cantidad y tipos de evaluación semestrales.

Semestre

Horas pedagógicas de asignatura/ evaluaciones semestrales

6 o más hrs Pedag.

Mínimo Mínimo

Formativa Sumativa

3 ó 4 hrs Pedag.

Mínimo Mínimo

Formativa Sumativa

2 hrs Pedag.

Mínimo Mínimo

Formativa Sumativa

1 hrs Pedag.

Mínimo Mínimo

Formativa Sumativa

1° a 8°

Básico

3 6 2 5 2 4 2 3

Cuadro 4. SUGERENCIA PARA CLASIFICAR TIPOS Y TÉCNICAS DE

EVALUACIÓN

Clasificación de los distintos tipos de instrumentos y técnicas de evaluación: Extracto Texto: El poder de la evaluacion en el Aula/Carla E. FÖRSTER (Editora, 2018)

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Artículo 6. Porcentaje alto de reprobación en evaluaciones:

En caso de porcentajes significativos de reprobación en las evaluaciones, igual o

superior al 50%, de común acuerdo profesor jefe y/o asignatura en conjunto con UTP,

analizarán los factores que incidieron y acordarán las acciones remediales a implementar,

dejando registro escrito en acta.

Como ejemplo de acción: aplicar una segunda evaluación, ponderando ambas

evaluaciones 60% y 40% respectivamente, obteniendo así una calificación parcial.

Aquello estudiantes que en la primera evaluación obtuvieron calificación 6.0 y más,

podrán optar por rendir la segunda evaluación y registrar su calificación más alta. Los

estudiantes que obtuvieron calificación igual o inferior a 5.9 deben realizar ambas

evaluaciones.

Artículo 7. Reflexión Pedagógica para la Toma de decisiones:

Durante el proceso de evaluación, los docentes, en reuniones semanales de

departamento y/o consejos técnicos, reflexionan sobre los criterios de evaluación y

evidencias evaluativas centrales en cada asignatura, lo que favorece la mejora continua de

las prácticas docentes, considerando el proceso, progreso y logro de los estudiantes para la

toma de decisiones.

El procedimiento llevado a cabo para cada evaluación será:

- Cada docente realizará análisis de resultados de la evaluación en su asignatura,

identificando logros de la evaluación y resultados deficientes.

- Respecto a los resultados deficientes, en primera instancia, informar a UTP y en

conjunto realizar reflexión de los resultados.

- De los resultados deficitarios determinar las acciones de acompañamiento para el o

los estudiantes. (Artículo 8)

Artículo 8. Acompañamiento Pedagógico para estudiantes o cursos que no logren el

aprendizaje de los objetivos.

La promoción y la repitencia no son medidas que por sí mismas favorezcan el

aprendizaje de los estudiantes, es por ello que resulta fundamental entregar los apoyos

pertinentes y focalizados que les permitan contar con las mejores condiciones para el

progreso del aprendizaje, a través del acompañamiento pedagógico. Toda medida de

mejoramiento debe ser autorizada por los padres y/o apoderados bajo firma de las medidas

propuestas.

El acompañamiento pedagógico con aquellos estudiantes o cursos que no logren el

aprendizaje de los objetivos evaluados formativamente deben:

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• Registrar en el libro de clases las acciones realizadas por parte de los docentes.

• Informar al apoderado de las acciones a través de entrevista

Las acciones de acompañamiento pedagógico propuestas por el Colegio Andrés Bello

son:

• Programa de apoyo: apoyo individual o colectivo, por parte de un asistente de

la educación en el aula, talleres de reforzamiento, a cargo de docentes y/o

profesionales con competencias.

• Recalendarizar evaluaciones, en caso de requerir más tiempo para refuerzo de

objetivos de aprendizajes

• Entrega de material extra

• Completar

Artículo 9. Participación y Comunicación:

Los estudiantes y apoderados, deben tener claridad a inicios del proceso de

aprendizaje respecto de lo que se espera que aprendan y qué criterios permiten evidenciar los

progresos y logros de esos aprendizajes. Para ello, el docente debe entregar al estudiante, al

inicio de cada unidad, los objetivos de aprendizaje a trabajar con:

• Las fechas de evaluación, tipos de evaluación y criterios presentes en la evaluación,

serán informados a los apoderados a través de al menos una de estas formas:

calendarios mensuales, página web del colegio, reuniones de apoderados, y/o

comunicación con profesor jefe a través de wsp. E-mail.

• Las fechas de evaluación, tipos de evaluación y criterios presentes en la evaluación,

serán informados a los estudiantes a través de al menos una de estas formas:

presentación en clases (pizarra o ppt), comunicación escrita con el respectivo detalle,

por pautas, rúbricas u otros.

• Las evaluaciones deberán ser entregadas a los estudiantes, en un plazo que no podrá

exceder 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha en que el

instrumento fue aplicado.

• Se informará de los resultados de una evaluación a los estudiantes a través de al menos

una de las siguientes formas: entrega del instrumento utilizado para evaluación con

sus respectivos criterios y/o detalle en el cuaderno de asignatura, luego de realizado

el proceso de retroalimentación.

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• En el caso en que un estudiante solicite una recorrección de su evaluación sumativa

podrá hacerlo hasta el día siguiente de conocidos los resultados, debiendo tener una

respuesta formal del docente en un plazo no superior a 5 días.

• Las calificaciones deberá, ser consignadas en el libro y en plataforma, en un plazo

que no podrá exceder los 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha en

que el instrumento fue aplicado.

• Se informará de los resultados de una evaluación a los apoderados a través de al

menos una de las siguientes formas: a través del instrumento utilizado entregado al

estudiante, cuaderno de asignatura, libreta de comunicaciones, informe de notas

semestral entregado en reunión de apoderados o desde la página Mi Aula.

• Proceso, progreso y logro de los estudiantes.

Se informará del proceso, progreso y logro de los estudiantes. A través de al menos una

de las siguientes formas: comunicaciones vía agenda escolar, entrevistas con profesores jefes

y/o de asignaturas, reuniones de apoderados o entrevista con apoderados.

Se entenderá por proceso: conjunto de medidas que se integran en la enseñanza para

monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes

Se entenderá por progreso: los avances alcanzados por el estudiante respecto a un

aprendizaje esperado

Se entenderá por logro: resultado obtenido por el estudiante respecto a un objetivo de

aprendizaje.

El informe de evaluación de Desarrollo Personal y Social se entregará una vez al semestre

al apoderado en reunión o entrevista con apoderado.

Artículo 10. Evaluación Diversificada de estudiantes con y sin Programa de Integración

escolar.

a) Evaluación Diversificada: Su finalidad es aplicar procedimientos de evaluación

adecuados para atender a la diversidad de estudiantes existentes en cualquier

grupo curso. El Colegio Andrés Bello apunta a desarrollar la mayor cantidad de

posibilidades para que todos los estudiantes puedan expresar sus aprendizajes y

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conocer sus niveles de logros. Con el fin de resguardar la diversificación presente

en el aula.

e) Evaluación diferenciada a estudiantes pertenecientes al Programa de Integración

Escolar, del Colegio Andrés Bello: De acuerdo a la normativa vigente del Decreto

170, los estudiantes que ingresan al Programa PIE, y que presenten una necesidad

educativa especial permanente, tienen el derecho a ser evaluados diferenciadamente

en todas las asignaturas a excepción que el especialista que emita el diagnóstico

solicite la evaluación diferenciada en sólo algunas asignaturas.

DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA DE ESTUDIANTES PERTENECIENTES

AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR.

Dentro de las distintas necesidades de los estudiantes pertenecientes al Programa está,

aquellos que presenten alguna necesidad educativa especial específica, cognitiva o física, sea

transitoria o permanente, previa certificación de un profesional especialista y calificado, con

reconocimiento oficial, se considerará una evaluación diferenciada la que puede incluir desde

el ajuste de objetivos de aprendizaje hasta revisión de los contenidos e instrumentos de

evaluación. Con un porcentaje de exigencia del 60%, considerando la aplicación de un

instrumento adaptado de acuerdo a sus capacidades. Cabe destacar que no existirá eximición

en ninguna asignatura, es deber del Establecimiento brindar todos los apoyos para atender a

las necesidades educativas especiales de los estudiantes.

Los apoderados en conjunto con el estudiante pueden renunciar a este derecho, de la

evaluación diferenciada, realizando previamente las siguientes acciones:

1.- Conversación con la Coordinadora del Programa de Integración Escolar.

2.- Firma de documento de renuncia de evaluación diferenciada por parte del

estudiante y el apoderado.

3.- Se informa a los docentes y profesionales que atienden al estudiante de la

renuncia de dicho derecho.

La adecuación curricular para los estudiantes que requieran P.A.C.I, (Plan de

Adecuación Curricular) deberá ser diseñada por el Equipo de Aula a partir del diagnóstico

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integral del estudiante. La promoción de los estudiantes con P.A.C.I, se enmarcará en el

cumplimiento de los objetivos de aprendizajes definidos por el equipo de aula y respaldado

por el reglamento de evaluación. Se debe considerar que la duración del Plan de Adecuación

Curricular Individual puede ser semestral y/o anual. Y que este debe ser elaborado por el

Equipo de Aula hasta el 30 abril.

TÍTULO II: DE LA CALIFICACIÓN.

Artículo 18. El Colegio Andrés Bello entiende la calificación como la representación del

logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un

significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante a un número o concepto.

(Decreto N°67/2018)

Articulo.. Los estudiantes deberán ser evaluados en todas las asignaturas del Plan de Estudio,

en periodos semestrales. No existe eximición en ninguna asignatura.

Artículo… Las calificaciones de la asignatura de Religión, Orientación y Consejo de curso,

no incidirán en el promedio anual, ni en la promoción escolar de los estudiantes.

Artículo … En la asignatura de Religión los estudiantes serán consignados con la siguiente

nomenclatura. Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) e Insuficiente (I).

Artículo… No existirá, calificaciones coeficiente dos.

Artículo… La escala de calificaciones se regirá desde la nota 1.0 a 7.0, con un decimal.

Artículo … La calificación semestral y anual de cada asignatura, se expresará en una escala

numérica de 1.0 a 7.0 hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un

4.0. los promedios se aproximarán según corresponda. La calificación final 3.9 y que tenga

incidencia en la repitencia del estudiante, deberá elevarse a la calificación mínima 4.0.

Artículo… La cantidad de evaluaciones formativas y sumativas deben ser concordantes con

las delimitadas en este reglamento. Sin embargo, puede existir una modificación, previo

acuerdo de los docentes con UTP, con el propósito de cautelar una efectiva evaluación del

proceso enseñanza aprendizaje.

Articulo … La planificación y frecuencia de evaluaciones formativas y sumativas, se

acordarán en forma colaborativa, entre docentes de un mismo ciclo, nivel o asignatura según

corresponda. Es en estas instancias se tratará, temas sobre el proceso evaluativo tales como:

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criterios, pertinencias, diversificación y estrategias de monitoreo que permita recabar

evidencia sobre el aprendizaje.

Articulo … Las calificaciones parciales será, entregadas a los padres y apoderados (se

entregan?’ cuándo??)

Artículo.. Todas la asignaturas deberán estar cerradas y finalizados la primera semana de

julio y de diciembre.

Artículo.. Las calificaciones finales, serán entregadas a los apoderados en reunión de

apoderado al término de cada semestre en conjunto con el Informe de Desarrollo Personal

Social del Estudiante.

Artículo 10. Ausencias a evaluaciones:

Si un estudiante se encuentra imposibilitado de rendir una evaluación o cumplir con

la entrega de trabajos, cuya fecha estaba previamente establecida, teniendo este una causa

justificada, el profesor de aula y/o asignatura registrará tal situación en la hoja de vida del

estudiante y acordará junto a él y su apoderado la fecha para rendir la evaluación o entregar

trabajo, manteniendo el % de exigencia para nota mínima de aprobación.

Las causas justificadas son:

- Licencia médica

- Fallecimiento de algún familiar

- Situaciones catastróficas (incendios, inundaciones, accidentes de tránsito, etc.)

- Suspensión de clases

Todas las situaciones anteriores serán informadas a los docentes por inspectoría.

Artículo 11. Evaluaciones pendientes:

Los estudiantes que tengan evaluaciones pendientes en una o varias asignaturas sin

justificación, durante el mes deberá, rendirlas en una fecha y hora definido por los profesores,

registrada en el libro de clases, con un grado de exigencia de aprobación de (aumento de

escala o parte de nota mínima). En caso de no presentarse se informará al apoderado. De no

cumplirse los compromisos establecidos, el estudiante será evaluado en la siguiente clase.

Artículo 12. Estudiantes participan en actividades extracurriculares

Los estudiantes que participen en diferentes actividades artísticas, deportivas,

científicas, entre otras y que deban ausentarse en reiteradas ocasiones a clases, deberán firmar

junto con el apoderado un compromiso de responsabilidad en UTP, el cuál será revisado una

vez al semestre en conjunto con un reporte de notas parciales, con el fin de analizar el

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rendimiento académico y los compromisos establecidos, informando al profesor jefe y

apoderado. (Evaluar formativa y no sumativa)

Artículo 13. De los trabajos en clases.

Los trabajos individuales y/o grupales se realizarán dentro de las horas de clases,

salvo en situaciones que el profesor amerite podrán efectuarse fuera de clase, deberán ser

entregados en los plazos establecidos para su evaluación. De no ser así se aplicará (aumento

de escala o parte de nota mínima)

Artículo 14. Negación a rendir evaluación: Si algún estudiante se niega a realizar una evaluación, no entregue un trabajo o

estando en el colegio no ingresa a clases a rendir una evaluación, se registrará la situación en

la hoja de vida del estudiante y se informará a UTP y al apoderado. Tendrá derecho a rendir

la evaluación en la siguiente clases con (aumento de escala o parte de nota mínima), si no la

realiza será evaluado con nota mínima??? Las situaciones de salud u otras especiales serán

conversadas con el profesor jefe para verificar la situación y proceder según reglamento.

Artículo 15. Actitudes de deshonestidad:

El estudiante que sea sorprendido en una actitud de deshonestidad en las evaluaciones

tales como: recibir o entregar información, tener resúmenes, utilizar celular para intercambiar

información y/o evaluaciones, intercambiar pruebas, copiar en pruebas, copiar trabajos

textuales de internet o de otros compañeros, entre otras y que sea comprobado por el docente,

se le retirará la evaluación correspondiente, se le informará lka situación al apoderado y a

UTP, dejando registro escrito en la hoja de vida del estudiante. En cuanto a su calificación

se procederá al igual que en Artículo 11.

Artículo 16. Evaluaciones y cierre semestral.

Los estudiantes que se ausenten a evaluaciones sin causas justificadas y la situación

impida el cierre semestral o anual de la asignatura, el profesor de asignatura informará a UTP,

el cual citará al apoderado y al estudiante para regularizar la situación.

Si en una segunda instancia el apoderado y el estudiante no asisten a regularizar su

situación de las evaluaciones pendientes serán calificadas con nota mínima 1.0??? Dejando

registro en la hoja de vida del estudiante.

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Artículo 17. De la eximición:

Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de

estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas que el plan

contempla

III. DE LA PROMOCIÓN.

Artículo… De la promoción.

Según lo consigna el Artículo 10 del Decreto N°67 de 2018, en la promoción de los

estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizajes de las

asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia a clases.

1. Respecto al logro de los objetivos, serán promovidos los estudiantes que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus respectivos planes

de estudio, con nota mínima 4.0, correspondiente al nivel que cursa y/o los

objetivos declarados en el PACI.

b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su promedio final anual sea

mínimo 4.5, incluyendo la asignatura o módulo no aprobado.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos, su promedio final anual,

sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas o módulos no aprobados.

2. Respecto a la asistencia de clases.

En relación a la asistencia a clases, serán promovidos los estudiantes que tengan un

porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.

Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los estudiantes

en eventos previamente autorizados, sean nacionales o internacionales, en el área del deporte,

la cultura, el arte, intercambio, entre otros.

El Director del Establecimiento, en conjunto con el Jefe Unidad Técnico Pedagógica

consultando al consejo de profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con

porcentajes menores a la asistencia requerida.

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Para la promoción de los estudiantes de todos los niveles se considerará

conjuntamente el logro académico y la asistencia a clases.

Serán promovidos estudiantes con una asistencia inferior a 85% siempre y cuando.

a) Presente los certificados médicos correspondientes a las fechas de las

ausencias.

b) De no presentar certificados médicos, el apoderado entrega carta dirigida a la

dirección del colegio, con los motivos de dichas ausencias. Esta será revisada en

conjunto con equipo directivo y consejo de profesores dando su opinión al respecto.

De la determinación será el director el encargado de informar al apoderado de la

decisión tomada.

Artículo… Medidas

Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, el establecimiento, a través de del director

y su equipo Directivo, deberán analizar la situación de aquellos estudiantes que no cumplan

con los requisitos de promoción antes mencionados, o que presenten una calificación de

alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en ele curso siguiente,

para que de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de estos

estudiantes. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información

recogida en distintos momentos del año escolar y obtenido de diversas fuentes, considerando

la visión del estudiante, madre, padre o apoderado. Esta decisión deberá sustentarse además,

por medio de un informe elaborado por la Unidad Técnico Pedagógica, en colaboración con

el profesor jefe, otros profesionales de la educación y profesionales del establecimiento que

participarán del proceso de aprendizaje del estudiante durante el año lectivo. El informe, debe

ser por estudiante, y considera a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y

socioemocionales:

- El progreso del aprendizaje que ha obtenido el estudiante durante el año

- Edad del estudiante.

- Trayectoria escolar.

- Necesidades educativas del estudiante.

- La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por los estudiantes y los

de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad

de sus aprendizajes en el curso superior.

- Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación

del estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos niveles sería el más

adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

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En el informe referido anteriormente, quedará establecida la situación final, el cual

será consignado por el profesor jefe, en la hoja de vida del estudiante, con plazo máximo a

la primera semana de diciembre. Además, comunicará en una entrevista con la madre, padre

y/o apoderado sobre esta situación en un plazo de tres días hábiles.

Artículo…. De la Situación Final

a) La situación final de promoción o repitencia de los estudiantes deberá quedar

resuelta antes del término del año escolar.

b) El establecimiento entregará un certificado Anual de Estudio que indique la

situación final correspondiente.

c) El Certificado Anual de Estudio no podrá ser retenido por el colegio en ninguna

circunstancia.

d) Una vez aprobado el curso, el estudiante no podrá volver a realizarlo, ni aún

cuando éstos se desarrollen en otra modalidad educativa.

e) Durante el año escolar, con el fin de cautelar los aprendizajes y asegurar la

promoción de los estudiantes, se llevará a cabo reuniones ampliadas, (definir

frecuencia), con la participación de UTP, Inspectoría, Convivencia Escolar y

docentes, donde se recabará información integral sobre la situación de los

distintos cursos, pesquisando a aquellos estudiantes con mayores dificultades y

acordando acciones de trabajos para ellos. Después de estas instancias, se citará

al apoderado para informales de la situación del estudiante, las medidas que se

adoptarán y los compromisos que deben asumir en conjunto.

f) El Colegio Andrés Bello comprometerá las medidas necesarias para acompañar

pedagógicamente a los estudiantes más descendidos y/o los que no fueron

promovidos, a través de la elaboración de un Plan Integral a cargo de UTP con

participación de Inspectoría y Convivencia Escolar, en donde se establezcan

acciones y responsables de su implementación y cronograma de monitoreo

(definir tiempo) Los apoderados, madre y/o padre del estudiante serán informados

tanto del inicio de la ejecución del plan, las acciones a desarrollar y las instancias

de monitoreo durante el año. Además deberán autorizar por escrito la

participación del estudiante.

g) El rendimiento escolar del estudiante no será obstáculo para la renovación de la

matrícula y tendrá derecho a repetir curso, sin que por esta causal le sea cancelada

o no renovada la matricula.

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IV. De la Certificación

a) Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada

curso: la nómina completa de los estudiantes matriculados y retirados durante el año,

señalando el número de cédula de identidad o el número del identificador provisorio

escolar, las calificaciones finales de las asignaturas o módulos de Plan de Estudio y

el promedio final anual, el porcentaje de asistencia de cada estudiante y la situación

final correspondiente.

b) Las actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del Ministerio

de Educación disponible para su efecto SIGE y firmadas solamente por el Director

del establecimiento.

c) Aquellas situaciones de carácter excepcional derivadas del caso fortuito o fuerza

mayor que impidan al establecimiento dar continuidad al proceso educativo o

terminarlo adecuadamente, perjudicando seriamente a los estudiantes, será,

arbitradas, conforme a sus competencias, por el Jefe del Departamento Provincial de

Educación, con el objeto de dar un buen término al año escolar.

Artículo.. Evaluación en Educación Parvularia

En Educación Parvularia se prioriza la evaluación formativa durante todo el año escolar;

siendo reflejada en tres grandes evaluaciones:

- Evaluación Diagnóstica, la cual permite visualizar las habilidades de entrada

- Evaluación de proceso, que se refleja en un informe cualitativo respecto al logro

de los distintos objetivos de aprendizaje trabajados en los diferentes ámbitos y

núcleos que se presentan en las bases curriculares, que a su vez ayudará a

planificar el segundo semestre con las remediales que sean necesarias.

- Evaluación final, reflejada en un informe cualitativo que permite identificar el

logro de aprendizaje y realizar los procesos de articulación con el nivel de

enseñanza siguiente.

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Decreto Antiguo!!

INTRODUCCIÓN:

Considerando el Decreto de Evaluación y Promoción de alumnos de

Educación General Básica Nº 511, Exento del 08 del 05 de 1997, que faculta

a los establecimientos educacionales para elaborar su Reglamento de

Evaluación en concordancia con Planes y Programas vigentes, nuestra

escuela establece lo siguiente:

FUNDAMENTOS QUE SUSTENTAN EL REGLAMENTO

INTERNO DE EVALUACIÓN DE LA ESCUELA ANDRÉS BELLO,

SEGÚN DCTO. Nº 511 – 97.

El reglamento que regirá las normas de evaluación de nuestros alumnos

y alumnas contiene las disposiciones generales del Dcto. 511, más los

acuerdos generados por los Docentes de este establecimiento.

La evaluación de los aprendizajes pondrá énfasis en los aspectos:

cualitativo y procesal basado en los principios de: flexibilidad, equidad y

diversidad.

Pretendemos que la evaluación cumpla su principal objetivo que es:

recoger información de la calidad de los aprendizajes de los estudiantes con

el propósito de formarnos una opinión de todos los aspectos que confluyen e

intervienen en el proceso de enseñanza y desarrollo de sus competencias en

relación al logro de objetivos.

En la medida que el proceso educativo esté enfocado a posibilitar

experiencias exitosas a los estudiantes y la evaluación a proporcionarles

puntos de referencias precisos sobre los avances en las metas propuestas, ha

de ser esta un proceso permanente que nos permita intervenir a tiempo para

efectuar acciones como:

- Planes remediales - Metodologías interactivas

- Intercambio de experiencias - Aplicación de variadas estrategias de estudio

- Atender a la diversidad

- Acomodar aprendizajes.

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La Evaluación en el aula corresponde al proceso mediante el cual, en los

establecimientos educacionales, se levantan evidencias sobre el aprendizaje,

con el fin de reflexionar y tomar decisiones pedagógicas respecto de los

aprendizajes de los estudiantes y de la práctica docente. Entendiendo que

evaluación y aprendizaje forman parte de un mismo proceso pedagógico

donde se tiene evidencia del aprendizaje de los estudiantes y de la efectividad

de las oportunidades de aprendizaje que se brindan a los estudiantes.

Fuente www.curriculumnacional.cl

Nuestro pensamiento es que “todos los estudiantes aprenden” como lo

sustenta la Reforma Educativa, unos primeros, otros después, algunos mejor,

otros con algún error, pero debe haber aprendizajes por tanto, hay avances en el

desarrollo de su aprender que lo lleva a ser promovido porque se ha respetado en

su integridad como persona.

El trabajo con los apoderados es continuo y fuerte en el apoyo a sus hijos,

entender a la vez que la cultura educativa que se vive en este, no es la misma que

cuando ellos estudiaron. Para esto se prepararán Escuelas de Padres a nivel de

Subcentro, diálogo de la U.T.P. del establecimiento en el Centro General y otras

autoridades del Ministerio de Educación.

De esta forma creemos tener estudiantes con deseos de crear, motivados,

alegres que encuentren en el colegio la satisfacción interior que ellos necesitan

como niños.

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DE LA EVALUACIÓN

Párrafo 1. : De las disposiciones Generales

Artículo 1º : El Reglamento considera lo siguiente:

Inciso A : Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes

de los alumnos y alumnas.

A 1 : Respecto al tipo y momento de la evaluación.

Diagnóstica e Inicial: Nos permite decidir la situación de partida y establecer

más adelante los logros y progresos de alumnos y alumnas.

Indispensable para atender a la diversidad.

Formativa y Procesual: Permanente sobre la base del proceso continuo y

sistemático, permite al Profesor regular la acción pedagógica.

Sumativa y Final: Para determinar los aprendizajes al término del período: unidad, semestre y año.

A 2 : Respecto de los procedimientos e instrumentos evaluativos

Los Docentes aplicarán en cada asignatura variados procedimientos

o técnicas evaluativas acordes a procesos y/o contenidos,

señalándose los siguientes:

-Pruebas escritas formativas individuales

- Pruebas escritas sumativas de C 1

-Lista de cotejo

-Rúbricas

- Proyectos

- Disertaciones en equipo e individual

- Interrogaciones orales

- Dramatizaciones

- Trabajos prácticos y artísticos de variados materiales, recortes, pegados, collage, etc.

- Controles menores, tareas, trabajos en la sala, interrogaciones orales y escritas de corta duración,

dramatizaciones.

-Revisión de cuaderno

-Confección de carpetas informativas desarrolladas en forma individual

-Desarrollo de guías de trabajo en equipo e individual

- Confección de maquetas, terrarios, mesas de arena, herbarios, insectarios tanto individuales como en equipo.

- Creación de material audiovisual – Informes de laboratorio

-Investigaciones grupales

- Auto evaluación - Coevaluación

- Coreografías y esquemas

-otros

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A 3 Respecto al carácter: Individual, grupal

INCISO B : Formas de calificar y comunicar los resultados de alumnos y

alumnas, padres y apoderados.

B 1 : Forma de expresar las evaluaciones La forma de calificar los procesos y logros de competencias y

aprendizajes esperados de los alumnos y alumnas en todas las asignaturas o actividades de aprendizajes, será mediante cifra numérica en escala de 1,0 a 7 siendo el nivel de exigencia el 60 %

para la nota mínima de aprobación 4,0.

Haciendo uso de tablas estandarizadas con conversión puntaje a

calificación.

B 2 : Respecto a la forma de comunicar los resultados

Los resultados de las evaluaciones, dependiendo de su tipo y carácter,

serán comunicadas a los alumnos y alumnas dentro de los 10 días hábiles después de realizada la evaluación.

Las calificaciones parciales serán informadas a los apoderados en

los meses de; Mayo y octubre en la reunión respectiva, a través de

un documento escrito.

Asimismo, cada apoderado(a) recibirá al término de cada semestre,

un informe que registrará el promedio semestral de cada

asignatura, conjuntamente con el registro de Objetivos

Transversales en su Informe de Desarrollo Personal y Social.

B 3 : Respecto al registro de Evaluaciones

Los resultados de las evaluaciones aplicadas serán registrados en el

libro de clases en la asignatura correspondiente con lápiz pasta azul,

tanto las evaluaciones suficientes cómo las suficientes con las

exigencias descritas en el inciso B1.

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INCISO C : Respecto a la situación final de los alumnos y alumnas

C 1 : Respecto al procedimiento para determinar la situación final de

los alumnos.

En todas las asignaturas o actividades de aprendizaje la situación

final se definirá con el promedio de logros alcanzados en los 2

semestres académicos en todos los niveles 1° a 8° año.

C 2 : Respecto a la aproximación de las calificaciones

El promedio semestral por asignatura será aproximado a la décima

igual o superior a 0.05 de cada estudiante. (Ejemplo: 61,5 = 62)

Sólo se aproximará promedio semestral. Por tanto, no el promedio

anual por asignatura. -

C 3 : Respecto de resultados de evaluaciones

En aquellos casos en que una evaluación resulte con un 40% o más

de estudiantes reprobados, esta deberá repetirse previa revisión y

reforzamiento de contenidos y ejercitación de ítem.

Previo a la evaluación sumativa, el profesor de curso y/o asignatura,

aplicará una evaluación de tipo formativo a fin de aclarar dudas y de

preparar a los alumnos(as) para la evaluación posterior.

INCISO D : Disposiciones de Evaluación Diferencial Estos se orientarán a atender a todos los alumnos y alumnas que

presenten necesidades educativas especiales y así lo requieran en

forma temporal o permanente.

D 1 : Se evaluará en forma diferenciada a todo alumno o alumna con

diagnóstico permanente que sea atendido(a) por los especialistas del

Programa de Integración del Colegio. (Lenguaje, Matemática,

historia, Cs. Naturales e Inglés)

D 2 : Serán atendidos en modalidad transitoria y permanente los alumnos

y alumnas que cumplan con el diagnóstico que estipula el decreto 170.

D 3 : Las calificaciones de los alumnos con NEE, tendrán un 60 % de

exigencia de logros para la aprobación mínima.

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D 4 : Respecto a las Adecuaciones Curriculares. El Profesor del curso y Docente PIE, elaborarán las adecuaciones

curriculares y/o de acceso según necesidades educativas

permanentes, explicitando modalidad, metodología, actividades,

recursos y evaluaciones.

D 5 : Respecto a las funciones del Prof. De Educación Diferencial

1) Aplicación de metodologías específicas.

2) Elaborar y ejecutar diagnóstico de los niños con dificultades de

aprendizaje, entregando resultados a Profesor(a) jefe y/o asignatura.

3) Asesorará la aplicación de sugerencias metodológicas específicas.

4) Brindar apoyo pedagógico en aula a los niveles de 1º a 8° básico, en

las asignaturas y con énfasis en Lenguaje y comunicación y de

Educación Matemática con 8 a 10 o más horas (pedagógicas) de

apoyo como mínimo al aula.

5) Se dispone de dos horas pedagógicas semanales, para atención

especializada de los alumnos(as) en aula de recursos, con modalidad

permanente.

6) Brindar apoyo específico a los alumnos y alumnas con NEE permanente y transitorias.

7) Redactar y entregar a la Dirección y U.T.P. los informes de cada niño

en forma anual.

D 6 : Respecto de los niños con necesidades educativas especiales (NEE) permanente:

Los alumnos y alumnas que están con PIE serán atendidos según

modalidad, las horas que el programa estipula con la Profesora

itinerante designada, en aula de recursos y clases colaborativas, estas

últimas, planificadas en conjunto profesor de aula y especialista,

manteniendo constante comunicación con U.T.P. y profesores

involucrados en el proceso aprendizaje.

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D 7 : Respecto de las evaluaciones de los alumnos con necesidades

educativas permanente:

Al comienzo de cada año escolar, se entregará un informe general de

cada estudiante a profesor jefe donde indique orientación general de

los estudiantes, la que deberá ser bajada a los profesores de

asignatura.

En las asignaturas de Lenguaje, Matemática, Inglés, C. Naturales e

Historia y Geografía deben considerarse adecuaciones a las

evaluaciones haciéndolas más variadas y de aplicabilidad directa con

la dificultad que presenta el alumno o alumna con NEEP.

ARTÍCULO 2°

Los alumnos y alumnas serán evaluados en todas las asignaturas o

actividades de aprendizaje en períodos semestrales.

INCISO 1

Se establecen las cantidades de evaluaciones mínimas y máximas

(considerando que a cada asignatura le corresponde un número

diferente de horas clase), las que podrán corresponder a evaluaciones

de procesos y productos.

- Para las asignaturas con una o dos horas semanales de clases; 3

evaluaciones como mínimo y 7 como máximo.

- Asignaturas con tres horas semanales: 4 evaluaciones mínimas y 6

máximas.

- Asignaturas con cuatro horas semanales: 5 evaluaciones mínimas y 7

máximas.

- Asignaturas con cinco o más horas semanales: un mínimo de 6

evaluaciones y un máximo de 8.

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INCISO 2

Casos debidamente justificados mediante estudio hecho por

U.T.P., director (a) y él o la profesor (a) del curso y/o asignatura se

flexibilizarán los requisitos mencionados en el inciso anterior.

ARTÍCULO 3º : Respecto a procedimientos y evaluaciones de situaciones

muy especiales.

INCISO 1º : El Estudiantes que presente algún impedimento para cursar en

forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje, se les

aplicará otros procedimientos de evaluación previo informe médico

u otro conocido y estudiado por la profesora, U.T.P. y Dirección del

Colegio.

INCISO 2 : El Estudiante que no asistan a pruebas, trabajos u otras

evaluaciones sin justificación médica deberán rendir la evaluación

el primer día de reingreso a clases, sea la evaluación oral y/o escrita,

según lo estime el docente y será evaluado(a) con nota máxima 6,0.

Descontándole 1 punto en su evaluación, por Ejemplo: Si obtuvo una

nota 6,4 su nota será de un 5,4.-

INCISO 3 : El Estudiante que habiendo asistido a clases normal no cumplan

a la fecha indicada con algún trabajo práctico o de investigación se

les dará una oportunidad más, siendo ésta la clase inmediatamente

siguiente, siendo la evaluación máxima 5,0.

INCISO 4 : Respecto de la participación en actividades JEC y/o actividades

culturales cívicas. Los alumnos(as) serán evaluados con una

evaluación parcial al término de cada semestre en relación directa

con las asignaturas de: Lenguaje, Matemática, Historia y Geografía y

Ciencias Sociales, Tecnológica, Ed. Artística, Ed. Física, Artes

Visuales y Artes Musicales e Inglés. Previa autorización de UTP.

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Se aplicara las pruebas Sep. Diagnostico en el mes de Marzo-Abril Intermedia Julio- Agosto Final Noviembre.

DE LA CALIFICACIÓN

ARTÍCULO 5º Las calificaciones de los alumnos en las distintas asignaturas se

registrarán en escala numérica de 1,0 a 7,0 hasta con 1 decimal.

INCISO 1 : La calificación mínima de aprobación es de 4,0 (cuatro, cero)

INCISO 2 : La calificación final de 3,9 que tenga incidencia en la repitencia

del alumno deberá elevarse a la calificación mínima 4,0 (cuatro,

cero).

INCISO 3 : Las calificaciones deberán registrarse oportunamente en el libro

de clases, de acuerdo a lo establecido en el inciso B1 y B2 del Artículo

1º (10 días hábiles luego de aplicada)

Los estudiantes y apoderados conocerán el nivel de exigencia y su

fórmula para operar.

ARTÍCULO 6º RESPECTO DE LA ASISTENCIA

a) No serán promovidos todos los estudiantes que no hayan

cumplido con la exigencia del 85 % de asistencia a clases, según

calendario escolar anual.

b) Por razones de salud u otras causas debidamente justificadas,

inmediatamente después de la inasistencia debe presentarse

documento medico que acredite los días faltados.

El director (a), en consulta con el consejo de profesores podrá

autorizar la promoción de los estudiantes de 1° a 8° básico, con

porcentajes menores de asistencia, previa carta de solicitud del

apoderado e informes médicos, más el informe del asistente

social del colegio, si lo amerita.

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DE LA CALIFICACIÓN

ARTÍCULO 7º : Los resultados de las evaluaciones expresadas como

calificaciones de los alumnos en cada uno de las asignaturas de

aprendizaje, para fines de registrarlos, se anotarán en escala numérica

de 1,0 a 7,0 hasta con 1 decimal.

ARTÍCULO 8º : El logro de Objetivos Fundamentales Transversales se

registrarán en una libreta de calificaciones, la que contempla el

Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno que se entregará

a los Padres y Apoderados al término de cada semestre y al término

del año escolar, basado en los registros de observaciones de la hoja

de vida del alumno, e informe de evaluaciones.

ARTÍCULO 9º DEL SUBSECTOR DE RELIGIÓN

INCISO A

La Evaluación obtenida por los alumnos (as) en las asignaturas de

Religión, no incidirá en su promoción y se expresará en

conceptos en la situación semestral y anual, no obstante, las

evaluaciones parciales serán registradas con cifras en escala de 1,0 a 7,0 en el libro de clases.

Los alumnos que por razones justificadas de credo religioso u otro,

serán autorizados por la Dirección del colegio a no participar de la

clase de religión mediante compromiso firmado por el apoderado, no

obstante, estos alumnos podrán hacer cambio de actividad

pedagógica al interior del aula o en otra dependencia al interior del

colegio.

DEL SUBSECTOR DE ORIENTACION

INCISO B

La evaluación obtenida por los alumnos(as) en la asignatura de

orientación, no incidirá en su promoción y se expresara en conceptos

en la situación semestral y anual, no obstante, las evaluaciones

parciales se aplicarán sobre la base de los objetivos de aprendizaje de

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la asignatura y serán registradas con cifras en escala de 1,0 a 7,0 en

el libro de clase.

DE LA PROMOCIÓN

ARTÍCULO 10º Para la promoción de los alumnos (as) de primero a octavo año

básico se considerarán conjuntamente el logro de Objetivos

Fundamentales, Contenidos Mínimos, Aprendizajes Esperados y la

asistencia a clases (85% requisito mínimo).

INCISO 1 Respecto al logro de los Objetivos

a) Serán promovidos los alumnos(as) que hubiesen aprobado todas

las asignaturas o actividades de aprendizajes de sus respectivos

programas de estudio.

b) Serán promovidos los alumnos(as) de 1° a 8° que no hubiesen

aprobado una asignatura, siempre que su promedio general anual

sea igual o superior a un 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

c) Serán promovidos los alumnos(as) de los cursos de 1° a 8° que no

hubiesen aprobado dos (2) asignaturas, siempre que su promedio

general anual corresponda a 5,0 (cinco coma cero) o superior,

incluido los no aprobados.

INCISO 2 Todo estudiante que haya obtenido dos asignaturas insuficientes de

una misma área, repite automáticamente el curso.

ARTÍCULO 11º

a) Las situaciones especiales de evaluación y promoción de los

alumnos(as) de 1° a 8° serán resueltas por la Dirección del

establecimiento, U.T.P. y profesores involucrados en el ciclo y

nivel correspondiente.

b) La Dirección del establecimiento deberá resolver los casos de

alumnos(as) que por motivos justificados requieran ingresar

tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado,

finalizar el año escolar anticipadamente en otros semejantes.

c) Todas las situaciones de evaluación de los alumnos(as) de 1° a 8°

deberán quedar resueltas dentro del período escolar

correspondiente.

d) Todo alumno que por razones de salud y personales justificadas

ante la Dirección del establecimiento requieran finalizar el año

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escolar anticipadamente, en coordinación con U.T.P. y docentes,

recibirán el calendario de las evaluaciones con sus

correspondientes contenidos, que deberán rendir en la última

quincena del mes de noviembre

DE LA CERTIFICACIÓN

ARTÍCULO 12º Una vez finalizado el proceso escolar del año académico, el

establecimiento entregará a todos los alumnos(as) un Certificado

Anual de Estudios que indican las asignaturas con las calificaciones

obtenidas y un Informe de Personalidad Anual a los alumnos(as) de 8° año y a todos los alumnos que sean retirados o trasladados de

colegio.

INCISO 1 : El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún

motivo.

INCISO 2 : Todo alumno que se retire o ingrese al establecimiento en período

escolar debe tener informe de personalidad y de rendimiento parcial

o semestral de las evaluaciones obtenidas.

ARTÍCULO 13º

a) Las Actas de registro de calificaciones y Promoción Escolar

consignarán en cada curso las calificaciones finales en cada

asignatura, la situación final de los alumnos, RUN, fecha de

nacimiento, sexo y Comuna de residencia e identificación de cada

profesor responsable de los sectores evaluados. b) Las actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos. c) Las actas serán remitidas a Secretaría Regional Ministerial de

Educación correspondiente vía conducto DAEM.

d) Las actas serán enviados vía Correo Electrónico a Mineduc por

Programa Sistema Estudiantes de Chile.

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DISPOSICIONES GENERALES DE EVALUACIÓN DEL

SEGUNDO NIVEL DE TRANSICIÓN

INTRODUCCIÓN

En consideración con la constitución política de la República y su

reforma, aprobada por Ley 19.634 de 1999 establece en su artículo

único Nº 10 del Artículo 19 que dice: “El Estado promoverá la

Educación Parvularia” y el Dcto. Supremo Nº 289 del 2001 que

aprueba las bases curriculares de la Educación Parvularia y Dcto.

Supremo de 1992 que reconoce cumplimiento de edad para ingresar

a la Educación Parvularia y Circular Nº 7 del 14.04.1994 que imparte

normas Técnico-pedagógicas sobre educación parvularia:

a) Edades de ingreso

b) Jornada de trabajo c) Evaluación del Párvulo d) Articulación curricular entre NT1 y NB1

ARTÍCULO 1º : DE LA EVALUACIÓN

La característica de ser un proceso permanente significa que debe

estar presente durante todo el desarrollo curricular a través de la

evaluación de tipo: Diagnóstica, Formativa y Acumulativa.

Evaluando los aprendizajes de los párvulos, según lo indican las

bases curriculares de educación parvularia.

INCISO 1 : PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE

EVALUACIÓN

Trabajos de los alumnos

Hoja de actividades diarias

Exposición oral Portafolios

Lista de cotejo Pauta de observación

Pruebas escritas

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INCISO 2 : EXPRESIÓN DE LAS EVALUACIONES:

A través de indicadores y categorías cualitativas y cuantitativas:

L – Logrado SL – Semi Logrado PL – Por Lograr NE - No Evaluado

INCISO 3 : FORMAS DE COMUNICAR LOS APRENDIZAJES A niños y niñas: Con símbolos consensuados con los alumnos y

alumnas. A Padres y Apoderados: Mensualmente mediante estados de avance

a través de portafolio de los alumnos(as) y al término de cada

semestre y final mediante informe de aprendizajes.

Al Colegio: Pauta de evaluación de aprendizajes esperados semestral

y anual.

INCISO 4 RESPECTO DEL CARÁCTER Grupal e individual

INCISO 5 REGISTRO DE EVALUACIONES Hoja de vida de cada alumno, libro de clases, cuaderno de la

Educadora, Ficha escolar de antecedentes, pauta de evaluación por proyecto de

trabajo diario (este reemplazó a las unidades anteriores)

ARTÍCULO 2º DE LA PROMOCIÓN

Serán promovidos a 1º Año de Enseñanza General Básica todos los

párvulos que hayan logrado la totalidad de los aprendizajes esperados propuestos

del nivel.

INCISO 1 : Los niños y niñas que presenten alguna dificultad y no logro algún

aprendizaje se resolverá mediante informe de especialistas.

INCISO 2: Los párvulos que no hayan obtenido la asistencia mínima de un 85%

para su promoción, se resolverá en coordinación con Dirección, U.T.P., Docentes

y apoderados.

San Francisco de Mostazal, marzo

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