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COLEGIO SAN MARTÍN
REGLAMENTO
DE
EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y
PROMOCIÓN.
Graneros, Octubre de 2019
Reglamento vigente 2020 - 2021, se incorpora anexo por contexto pandemia.
2
ÍNDICE
CAPÍTULO PRIMERO………………………………………………………………………5
I. DISPOSICIONES GENERALES ……………………………………………….5
Artículo 1°…………………………………………………………………………………..5
Artículo 2° Conceptos claves....…………………………………………………………..7
CAPITULO SEGUNDO………………………………………………………………………7
II. DE LA EVALUACIÓN……………………………………………………………..7
Artículo 3°: Evaluación Semestral………………………………………………………...7
Artículo 4°: Criterios de Calidad de la Evaluación……………………………………..….8
Artículo 5°: Estrategias evaluativas………………………………………………..……….8
a) Evaluación Formativa
-Diagnóstico
-Monitoreo
B) Evaluación Sumativa
Artículo 6°: Instrumentos de Evaluación…………………………………………………11
III. DISPOSICIONES SOBRE LAS FORMAS DE COMUNICAR EL PROCESO
DE EVALUACIÓN Y EL DESARROLLO DE INSTANCIAS DE REFLEXIÓN Y
TOMA DE DECISIONES…………………………………………………………12
Artículo 7°: Formas de Comunicar el proceso de evaluación………………………….12
Artículo 8°: Instancias de Reflexión……………………………………………………..13
IV. DE LA INASISTENCIA A UNA EVALUACIÓN………………………………14
Artículo 9°: …………………………………………………………………………………14
V. DE LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PARVULARIA
Artículo 10…………………………………………………………………………………..15
3
CAPÍTULO TERCERO………………………………………………………………….15
VI. DE LA CALIFICACIÓN……………………………………………………………15
Artículo 11: Consideraciones Generales………………………………………………..15
Artículo 12: Cantidad de Calificaciones…………………………………………………16
Artículo 13: Evaluación de los Objetivos Transversales……………………………….19
Artículo 14: De la Asignatura de Religión……………………………………………….19
Artículo 15: De la incidencia de la Asignatura de Religión y Orientación en
el promedio final…………………………………………………………………………..20
Artículo 16: De la Calificación Conceptual de la Prueba de Diagnóstico……………..20
Artículo 17: De los Talleres Formativos Complementarios…………………….……….20
Artículo 18: Del ingreso tardío de estudiantes…………………………………...………21
CAPÍTULO CUARTO…………………………………………………………………….21
VII. DE LA PROMOCIÓN……………………………………………………………21
Artículo 19: De la Promoción…………………………………………………………….21
Artículo 20: De la situación de riesgo de repitencia…………………………………….21
Artículo 21: Estrategias para evitar la repitencia……………………………………….22
Artículo 22: Medidas de acompañamiento para estudiantes que hayan estado
en Situación de riesgo de repitencia…………………………………………………….24
CAPÍTULO QUINTO…………………………………………………………………….24
VIII. NORMAS GENERALES…………………………………………………………24
Artículo 23: Certificado Anual de Estudios………………………………………………24
Artículo 24: Matrícula……………………………………………………………..………24
Artículo 25: De las Actas…………………………………………………………………25
Artículo 26: De situaciones no previstas…………………………………………….…..25
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El Colegio San Martín, presenta a la Comunidad Educativa su Normativa
Interna de Evaluación y Promoción, tomando en consideración el Decreto 67 que
comenzará a regir el año 2020, el cual permite a los Establecimientos Educacionales
tomar decisiones en materias referidas al proceso de evaluación del aprendizaje de
los estudiantes. Complementan este reglamento el Decreto N°83/2015 y Decreto
N°170/2009. El Decreto 67 reemplaza los Decretos N° 511/97 y sus modificaciones
para Enseñanza Básica.
Los focos propuestos en este nuevo decreto son avanzar hacia un mayor uso
pedagógico de la evaluación y reducir la repitencia mediante un acompañamiento
efectivo a los estudiantes. Se procura fomentar prácticas evaluativas que propicien
que los estudiantes pongan en acción sus aprendizajes, les encuentren sentido y
relevancia, y se motiven por seguir aprendiendo, resguardando que las formas de
evaluar y calificar estén alineadas con el Currículum Nacional.
Se estructura en tres grandes temáticas: Evaluación, Calificación y Promoción.
La Dirección y el Cuerpo de Docentes del Colegio San Martín
destacan la oportunidad que tienen de elaborar su propio Reglamento de
Evaluación, calificación y Promoción Escolar de la Enseñanza Básica.
5
CAPÍTULO PRIMERO
I. DISPOSICIONES GENERALES:
ARTÍCULO 1°: Las siguientes disposiciones del presente Reglamento establecen las
disposiciones sobre la evaluación, calificación y promoción escolar de los estudiantes
que cursan los niveles de educación parvularia y básica, en éste establecimiento
reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación, según lo establecido en
Decreto Supremo de Educación Nº 67 de 2018 y las orientaciones dadas de la
unidad de currículum y evaluación del Ministerio de Educación.
La Comunidad Educativa contempla para la elaboración del Reglamento Interno de
Evaluación lo siguiente:
El Proyecto Educativo Institucional del Colegio San Martín
Normativas Curriculares Vigentes, las cuales se señalan a continuación:
Educación Parvularia
Nivel Decreto/ Base
3° Nivel (Transición) Bases Curriculares
Decreto 481/2018
Educación Básica
Nivel Decreto Decreto de
Evaluación
1° a 4° Básico
Lenguaje y Comunicación
Matemática
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
Ciencias Naturales
Decreto N°2960 de
2012
Decreto N° 67 de
2018
6
Artes Visuales
Música
Educación Física y Salud
Orientación
Tecnología
Religión
5° y 6° Básico
Lenguaje y Comunicación
Idioma Extranjero: Inglés
Matemática
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
Ciencias Naturales
Artes Visuales
Música
Educación Física y Salud
Orientación
Tecnología
Religión
Decreto N°2960 de
2012
Decreto N° 67 de
2018
7° y 8° Básico
Lengua y Literatura
Idioma Extranjero: Inglés
Matemática
Historia, Geografía y Ciencias Sociales
Ciencias Naturales
Artes Visuales
Música
Educación Física y Salud
Orientación
Tecnología
Religión
Decreto N° 628 y
modificación N°
1265 de 2016
Decreto N° 67 de
2018
7
ARTÍCULO 2°: Para efecto del presente reglamento se entenderá por:
a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, se establecen los procedimientos
de carácter objetivo y transparente para la evaluación periódica de los logros y
aprendizajes de los estudiantes, calificación y promoción, según decreto 67 de
2018 de MINEDUC.
b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la
educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar
la información, sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que
permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos
de enseñanza.
c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un
proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido
respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.
d) Promoción: Acción mediante la cual el estudiante culmina favorablemente un
curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando del nivel de
educación media.
CAPÍTULO SEGUNDO
II. DE LA EVALUACIÓN:
ARTÍCULO 3°: El establecimiento, utilizará el sistema de evaluación semestral;
adecuando en su reglamento, las situaciones de evaluación para todos aquellos
estudiantes que ingresen a él en el transcurso del año escolar.
ARTÍCULO 4°: Dado que el propósito de la evaluación es promover progresos
en el aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza, se incorporarán
8
diversas estrategias de evaluación que estén alineadas con los aprendizajes de los
estudiantes.
Para que la evaluación, como herramienta pedagógica, pueda fortalecerse y sea
apoyo para el aprendizaje de los estudiantes, se promueven los siguientes criterios
de calidad:
Alineamiento con los aprendizajes.
Evidencia evaluativa suficiente y variada.
Evaluar procesos, progresos y logros, y calificar sólo aquellos logros de
aprendizajes que los estudiantes han tenido oportunidades para aprender.
Situaciones evaluativas que muestren el sentido o relevancia del aprendizaje y
que sean interesantes para los estudiantes.
Estrategias evaluativas diversificadas.
ARTÍCULO 5°: Las estrategias evaluativas, entre otras, serán:
a) LA EVALUACIÓN FORMATIVA
El propósito primordial de la evaluación formativa es diagnosticar y monitorear
el proceso de aprendizaje de los estudiantes.
Algunas estrategias para promover el uso formativo de la evaluación durante la
enseñanza son:
Compartir y reflexionar con los estudiantes sobre los objetivos de
aprendizaje y los criterios que permitan describir cómo se ven dichos
aprendizajes cuando alcanzan el nivel de desarrollo esperado, mediante el
análisis conjunto de modelos y ejemplos de desempeños de distintos
niveles de logro, u otras formas que les permitan desarrollar una noción
clara de lo que se espera que aprendan;
9
Hacer preguntas que fomenten la reflexión y discusión en clases, de
manera de poder visibilizar los procesos de pensamiento de los
estudiantes, y a partir de esto ir ajustando la enseñanza;
En línea con lo anterior, hacer actividades que permitan observar los
procedimientos y desempeños que se busca desarrollar, para ajustar la
enseñanza a partir del aprendizaje que se va evidenciando clase a clase;
Definir instancias de retroalimentación sistemáticas hacia los estudiantes o
entre ellos, resguardando espacios para esto antes de las evaluaciones
sumativas;
Generar espacios de auto- y coevaluación de modo que se desarrolle la
capacidad de los estudiantes para evaluar sus propios productos y
desempeños, fortalecer su autorregulación y su capacidad analítica y
crítica respetuosa en sus procesos de aprendizaje.
EVALUACIÓN FORMATIVA CON PROPÓSITO DE DIAGNÓSTICO:
Se aplicará para obtener información sobre las conductas de entrada y/o
requisitos necesarios que el estudiante posee antes del inicio de un nuevo
aprendizaje, ésta se ejecutará al inicio del año escolar y comienzo de una
Unidad, registrando en los libros de clase los resultados obtenidos sólo en la de
inicio del año escolar.
Una vez obtenida y tabulada la información, de la evaluación diagnóstica inicial, el
profesor estará en condiciones de retroalimentar los aspectos deficitarios, ya sea
implementando una unidad remedial o incorporando los objetivos de menor logro
en unidades durante el primer semestre del año.
Los resultados obtenidos de esta evaluación deberán ser analizados por el
docente, quien planificará la unidad “cero”, como remedial, para mejorar las
deficiencias detectadas.
10
EVALUACIÓN FORMATIVA CON EL PROPÓSITO DE MONITOREAR:
Se deberá incluir en la planificación de clases, instancias de evaluación formativa
cuyo fin sea el de monitorear los aprendizajes, pudiendo ser en el cierre de la
clase, antes de una evaluación sumativa o cuando el docente requiera monitorear
el progreso de los estudiantes.
b) LA EVALUACIÓN SUMATIVA:
El propósito principal de las calificaciones es certificar y comunicar el aprendizaje. En
línea con el enfoque evaluativo a la base del Decreto 67/2018, se busca que las
calificaciones aporten en la entrega de información para apoyar el aprendizaje de los
estudiantes y no se reduzcan a registros con poco significado para quienes los
reciben.
Se establecen las siguientes disposiciones:
a) Su aplicación se efectuará en cualquier momento o instancia del proceso
educativo y será aplicada por el profesor de cada asignatura, con previo aviso
a los estudiantes, como también a los apoderados. Esta deberá estar de
acuerdo a los contenidos establecidos en la planificación.
b) Universalmente en todos los cursos, asignaturas o actividades curriculares
calificadas, el mínimo de aprobación será de 60% de rendimiento y
corresponderá a la calificación cuatro, cero (4.0).
c) El resultado de una evaluación sumativa será registrada en el libro de clases
siempre que se obtenga el 70% de logro.
d) El resultado de las evaluaciones sumativas deberá quedar registrado en el
Libro de Clases dentro de los 7 días siguientes al de realizada la evaluación.
e) En caso que el resultado de una prueba aplicada a un grupo curso sea
insuficiente en un porcentaje mayor al 30%, el instrumento deberá ser
reemplazado por otro de similares características, previo a haber realizado
una retroalimentación de los aprendizajes con los estudiantes. En tal caso, las
11
calificaciones suficientes se mantienen y aquellos estudiantes que obtuvieron
insuficientes repiten la prueba.
f) Los instrumentos de evaluación deberán especificar el puntaje total de la
prueba, el puntaje por ítem, los objetivos evaluados, las instrucciones claras y
la insignia del colegio.
g) Las pruebas escritas serán confeccionadas de tal manera que se facilite su
lectura y comprensión.
h) En cada curso y al término de cada semestre se aplicará una prueba de
síntesis, de 1° a 6° año Lenguaje y comunicación, Matemática, Ciencias
Naturales e Historia y Geografía, en 7° y 8° Lengua y Literatura , Historia,
Geografía y Ciencias Sociales, Matemática y Ciencias Naturales.
i) Al término del año escolar se aplicará un examen en Matemática y Lengua y
Literatura a los alumnos de 7° y 8° año, que no logren el promedio igual o
superior a 5,5.
j) Podrán eximirse del examen todos los alumnos que hubieren obtenido un
promedio anual de 5,5 o más.
k) La nota obtenida en el examen tendrá una ponderación del 30% y la nota
anual de un 70%.
l) Este procedimiento descrito se aplicará a las alumnas madres o embarazadas
como así mismo en aquellos casos que estudiante deba finalizar el año
escolar con anterioridad.
m) Todos los docentes deberán presentar las pruebas o instrumentos de
evaluación para su revisión a la UTP con una anticipación de 48 hrs. Y será
devuelta dentro de las 24 hrs. siguientes visada y aprobada para su ejecución.
n) Los estudiantes que presenten NEE transitorias y/o permanentes respaldadas
por diagnóstico de un especialista, deberá aplicárseles procedimientos de
evaluación diferenciada, según las necesidades específicas del estudiante.
ARTÍCULO 6°: Las evaluaciones formativas y sumativas se podrán obtener a través
de los siguientes instrumentos:
- Pruebas escritas, que deberán incluir ítems de selección múltiple y desarrollo.
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- Focus group
- Disertaciones
- Trabajo grupal e individual.
- Investigaciones grupales o individuales.
- Auto-evaluación
- Co-evaluación
- Observación directa (en base a pautas, tales como: listas de cotejo, escalas
de apreciación, etc.)
- Maquetas.
- Informes.
- Rúbricas.
- Participación en actos cívicos y/o culturales.
- Actividades realizadas en el hogar, como la “Carpeta de lectura”.
- Otros que el profesor estime pertinente.
III. DISPOSICIONES SOBRE LAS FORMAS DE COMUNICAR EL PROCESO
DE EVALUACIÓN Y EL DESARROLLO DE INSTANCIAS DE
REFLEXIÓN Y TOMA DE DECISIONES.
ARTÍCULO 7°: Las evaluaciones y sus resultados serán comunicados de la siguiente
forma:
A los estudiantes:
- Se entregará y publicará calendario mensual de evaluaciones, indicando el
instrumento y los objetivos.
- Se entregarán las evaluaciones en un máximo de 7 días desde rendida la
evaluación.
- En Comunidades de Aprendizaje se monitoreará la planilla de notas.
- Profesor guía realizará entrevistas individuales para apoyar la trayectoria
estudiantil.
- En cada sala habrá publicado un calendario de evaluaciones diseño y
actualizado por los estudiantes.
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- En la clase siguiente a la evaluación el docente realizará una retroalimentación
a los estudiantes con respecto a su desempeño.
A los apoderados a través de:
- Informes mensuales de logro en reuniones.
- Entrevista al apoderado por bajo rendimiento.
- Informes de notas semestrales.
- Informe de notas anuales.
Entre docentes y equipo directivo:
- Cada docente informará oportunamente el calendario de evaluaciones a la jefa
de UTP y a los estudiantes.
- Entregará la evaluación con 48 horas de anticipación a Unidad Técnica para
su revisión.
- Aplicará la evaluación y dentro de los 7 días siguientes, entregará los
resultados a los estudiantes, para su socialización y registro en el libro de
clases.
ARTÍCULO 8°: Las instancias de reflexión sobre el proceso de evaluación serán las
siguientes:
- Con los estudiantes: en Comunidades de Aprendizaje, al menos una vez al
mes, se monitoreará la planilla de notas, estableciéndose compromisos y
metas, tanto individuales como de la comunidad curso en conjunto.
- Con los padres: En reuniones de padres y apoderados, se monitoreará la
planilla de notas y se reflexionará sobre el desempeño de los estudiantes,
estableciéndose compromisos de apoyo a sus hijos e hijas.
- Entre los docentes y equipo directivo: en Comunidades Profesionales de
Aprendizaje, al menos una vez al mes, se monitoreará la planilla de notas, se
informará sobre los compromisos de cada comunidad curso y se establecerán
acciones remediales oportunas.
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IV. DE LA INASISTENCIA A UNA EVALUACIÓN
Se procederá como sigue:
ARTÍCULO 9°:
a) La inasistencia a una evaluación de tipo Sumativa, deberá ser justificada por el
apoderado a la profesora jefe en el caso del 1° a 4° año.
b) De 5° a 8° el apoderado en forma personal o escrita, justificará la inasistencia
al profesor de asignatura respectivo o presentará Certificado Médico.
c) Cumplido este requisito, la profesora determinará una fecha para aplicar la
evaluación pendiente dentro de un tiempo prudente (máximo una semana).
d) Ningún profesor, podrá retirar alumnos de clases de una asignatura para
rendir pruebas o trabajos pendientes en otra, sin previo acuerdo.
e) Sin la justificación descrita en la letra, (a). la evaluación pendiente, se aplicará
en la primera clase siguiente de la asignatura en que se presente el alumno.
f) La inasistencia a una evaluación quedará consignada en la hoja de vida del
alumno, para establecer el grado de reiteración de la situación.
g) En el caso que haya estado fijada una evaluación y sea el profesor(a) el
inasistente, la evaluación se aplicará igual por el docente que realice el
reemplazo del docente titular.
h) Los alumnos que se presenten sin materiales a las clases o evaluaciones,
trabajarán con lo que el profesor les entregue en el momento, no obteniendo
el puntaje por cumplimiento de traer materiales, si así la pauta de evaluación
lo indica.
15
i) En la asignatura de educación Física, si el alumno(a) tuviera reiteradas
inasistencias, o se presentara sin su equipo en varias oportunidades, el
profesor procederá a evaluarlo con su uniforme diario y se avisará la situación
al apoderado(a).
V. DE LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PARVULARIA
ARTÍCULO 10°: Los estudiantes de Educación Parvularia serán evaluados teniendo
como referente una serie de indicadores que den cuenta de los aprendizajes
esperados según las Bases Curriculares de la Educación Parvularia y el Proyecto
Educativo Institucional. Los indicadores estarán definidos como una escala de
apreciación y serán comunicados mediante un Informe del Rendimiento Escolar, en
el que se registrarán apreciaciones en términos cualitativos. Se evaluará a los
estudiantes mediante pruebas, tres veces al año, al inicio como diagnóstico,
evaluación intermedia, al finalizar el primer semestre y una evaluación final, al
término del año escolar. Se aplicará la Pauta de Evaluación para los aprendizajes
esperados de los Programas Pedagógicos, utilizando los criterios menos NT1, NT1,
NT2 y 1°Educación Básica.
CAPÍTULO TERCERO
VI. DE LA CALIFICACIÓN
ARTÍCULO 11°: Los resultados de la evaluación expresados como calificaciones de
los alumnos en cada una de las asignaturas o actividades de aprendizaje, para fines
de registrarlas al término del año escolar se anotarán en una escala numérica de 2 a
7, hasta con un decimal.
a) La calificación mínima de aprobación será 4,0.
16
b) La calificación semestral será el promedio de las notas parciales con un
decimal con aproximación.
c) La calificación anual será el promedio de las calificaciones de los dos
semestres, con un decimal sin aproximación.
d) Los alumnos serán evaluados en todas las asignaturas y o actividades de
aprendizaje del Plan de Estudio, en períodos semestrales.
ARTÍCULO 12°: Dado que las calificaciones representan los aprendizajes logrados y
están articuladas con la planificación, se opta por reportarlas en función de los
aprendizajes a los que están haciendo referencia a partir de grupos de objetivos.
La distribución por asignatura y curso será la siguiente:
PRIMER CICLO
ASIGNATURA GRUPOS DE OBJETIVOS Número
mínimo de
calificaciones
al semestre
Lenguaje y
Comunicación
1 prueba mensual de unidad (4 en total por
semestre) de lectura, que incluye comprensión de
lectura, investigación y lectura inicial.
1 calificación por hábitos de lectura (Plan lector)
1 calificación de Comunicación Oral a través de
rúbrica.
1 calificación de Escritura y Manejo de la Lengua.
1 Evaluación de síntesis por semestre
8
Matemática 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
7
17
1 evaluación por cálculo mental.
1 evaluación por resolución de problemas.
1 Evaluación de síntesis por semestre.
Historia,
Geografía y Cs.
Sociales
1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
1 Evaluación de síntesis por semestre.
5
Cs. Naturales 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
1 evaluación de Proyecto semestral de
investigación científica.
1 Evaluación de síntesis por semestre.
6
Ed. Física y
Salud
1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Artes Visuales 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Música 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Tecnología 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Orientación 3 evaluaciones cualitativas al semestre.
Religión 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre) que se transformará a concepto.
SEGUNDO CICLO
ASIGNATURA GRUPOS DE OBJETIVOS Número
mínimo de
calificaciones
al semestre
Lenguaje y
Comunicación
1 prueba mensual de unidad (4 en total por
semestre) de lectura, que incluye comprensión de
8
18
5° Y 6°
Lengua y
Literatura 7° y
8°
lectura, investigación y lectura.
1 calificación por hábitos de lectura (Plan lector)
1 calificación de Comunicación Oral a través de
rúbrica.
1 calificación de Escritura.
1 Evaluación de síntesis por semestre
Inglés 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
1 evaluación de comprensión auditiva.
1 evaluación de expresión oral
6
Matemática 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
1 evaluación por cálculo mental.
1 evaluación por resolución de problemas.
1 Evaluación de síntesis por semestre.
7
Historia,
Geografía y Cs.
Sociales
1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
1 Evaluación de síntesis por semestre.
5
Cs. Naturales 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
1 evaluación de Proyecto semestral de
investigación científica. (Taller ecológico)
1 Evaluación de síntesis por semestre.
6
Ed. Física y
Salud
1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Artes Visuales 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Música 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
Tecnología 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre)
4
19
Orientación 3 evaluaciones cualitativas al semestre.
Religión 1 evaluación mensual de unidad (4 en total por
semestre) que se transformará a concepto.
ARTÍCULO 13°: Al finalizar cada semestre se entregará un informe de personalidad,
el cual da cuenta de los objetivos fundamentales transversales, objetivos
contemplados en el proyecto educativo institucional y las orientaciones dadas por
Convivencia escolar, su calificación se expresará en base a un concepto de acuerdo
a la siguiente tabla:
TABLA DE CALIFICACIÓN CONCEPTUAL INFORME DE PERSONALIDAD
Concepto Símbolo Descripción
No Observado NO Concepto o criterio no observado
Nunca N No se manifiesta el rasgo. El estudiante requiere
de un apoyo directo del Profesor Guía.
Ocasionalmente O Sólo a veces manifiesta el rasgo.
Generalmente G En forma frecuente manifiesta el rasgo.
Siempre S Permanencia y continuidad en la evidencia del
rasgo. El estudiante se destaca.
ARTÍCULO 14°: La asignatura de religión se calificará en base a un concepto I, S, B,
MB de acuerdo a la tabla de calificación conceptual.
Cuando las evaluaciones aplicadas a los estudiantes se expresen en un concepto;
los docentes deben utilizar una escala conceptual y su equivalencia numérica.
20
TABLA DE CALIFICACIÓN CONCEPTUAL RELIGION
Concepto Símbolo Rango calificación
numérica
Muy Bueno MB 6,0 - 7,0
Bueno B 5,0 - 5,9
Suficiente S 4,0 - 4,9
Insuficiente I 2,0 - 3,9
ARTÍCULO 15: La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión
y Orientación, no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción escolar de
los estudiantes.
ARTÍCULO 16: Las pruebas de diagnóstico de cada asignatura, se realizan al inicio
de cada año académico y son calificadas en base a un concepto de:
TABLA DE CALIFICACIÓN CONCEPTUAL EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA
Concepto Símbolo Rango calificación
numérica
ALTO A 75% - 100%
MEDIO ALTO MA 50% - 74%
MEDIO BAJO MB 25% - 49%
BAJO B 0 - 24%
ARTÍCULO 17: La calificación de los talleres formativos complementarios realizados
en las horas de libre disposición no incidirán en el promedio de los alumnos, pero sí
serán evaluados al igual que las asignaturas.
21
ARTÍCULO 18: En el caso que se integren alumnos (as) tardíamente provenientes
de otros establecimientos o lugares las evaluaciones regirán como se indica.
a) Se consideran las calificaciones obtenidas en el otro colegio o lugar de
proveniencia, más las que obtenga en el colegio actual.
b) Si el alumno o alumna ingresa con el semestre finalizado, se promediará éste
(si existen notas) con el semestre cursado en el colegio, si no trae notas se
considerarán las que obtenga en el colegio.
CAPÍTULO CUARTO
VII. DE LA PROMOCIÓN
ARTÍCULO 19: En la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el
logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas del plan de estudio y la
asistencia a clases.
1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los estudiantes que:
a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de
estudio.
b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como
mínimo 4,5, incluyendo la asignatura no aprobada.
c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como
mínimo 5,0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
2) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los estudiantes que
tengan un porcentaje igual o superior a 85% de aquellas establecidas en el
calendario escolar anual.
El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico
consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de
estudiantes con porcentajes menores a la asistencia requerida.
ARTÍCULO 20: Los estudiantes que no cumplan con los requisitos establecidos en el
artículo 18, no repetirán automáticamente, sino que pasarán a estar en “situación de
riesgo de repitencia”, lo que implica que se llevará a cabo un proceso de análisis
22
entre los actores involucrados en el proceso formativo del estudiante: equipo
directivo y docente, asistentes de la educación, profesionales de apoyo, y los padres
y apoderados.
Este proceso está orientado a tomar una decisión deliberativa y fundada respecto de
la promoción o repitencia de cada estudiante, a partir de información académica y
socioemocional, que salvaguarde sus futuras oportunidades de aprendizaje y su
bienestar personal.
Para este análisis, se utilizarán al menos los siguientes criterios:
a) el progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
b) la magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros
de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de
sus aprendizajes en el curso superior; y,
c) consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación
del alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado
para su bienestar y desarrollo integral.
Para resguardar la ecuanimidad y transparencia del procedimiento y de la toma de la
decisión, se debe elaborar un informe que debe quedar consignado en la hoja de
vida del estudiante. Para su elaboración, se dará cuenta, brevemente, del proceso de
deliberación, explicitando los criterios y las consideraciones que fundamentan esta
decisión, y los apoyos que recibió el estudiante durante el año. También se incluirán
las medidas de acompañamiento previstas para el estudiante (promovido o
repitente), identificando las áreas de aprendizaje que requerirán apoyo, y los
lineamientos generales que orientarán dicho acompañamiento el año siguiente.
Resulta importante, para salvaguardar el derecho a la intimidad de los estudiantes y
sus familias, cuidar la confidencialidad de este proceso y el informe. No obstante, las
medidas de acompañamiento serán debidamente dadas a conocer a los docentes y/o
profesionales que estarán involucrados en su implementación, incluso si el
estudiante cambia de establecimiento educacional al año siguiente.
Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1° a 8° año básico, deberán
quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.
23
ARTÍCULO 21: Se adoptarán las siguientes estrategias para evitar la repitencia:
1) Prevenir las dificultades de los estudiantes. Para esto se implementarán
acciones a nivel transversal, tales como:
- Fortalecer el desarrollo profesional continuo de los docentes para
asegurar que se desarrollen procesos de enseñanza-aprendizaje de
alta calidad que ayuden a progresar a una amplia diversidad de
estudiantes, así como desarrollar habilidades para monitorear los
aprendizajes y tomar decisiones pedagógicas oportunas.
- Incorporar programas que promuevan aprendizajes tempranos
fundamentales, por ejemplo, el fortalecimiento de la educación pre-
escolar, la lectura temprana o el fomento lector.
- Instaurar programas o estrategias de construcción de climas centrados
en que el estudiante:
- a) se sienta desafiado;
- b) tenga claridad respecto de lo que se espera;
- c) tenga posibilidad de elegir y sensación de agencia o control sobre su
proceso de aprendizaje;
- d) trabaje colaborativamente con otros y pueda generar vínculos con
pares y profesores;
- e) perciba las actividades como interesantes y relevantes;
- f) crea que es competente para lograr los aprendizajes;
- g) se sienta respetado y valorado;
- h) sienta algún grado de preocupación por sus intereses;
- i) tenga algún grado de influencia respecto de cómo será evaluado.
2) Monitorear, identificar y apoyar tempranamente a los estudiantes con
dificultades.
a) Se utiliza permanentemente la evaluación formativa.
b) Se desarrollan estrategias pedagógicas diversificadas.
24
c) Los docentes levantan información que les permita saber a qué
distancia se encuentran los estudiantes de los objetivos de aprendizaje
propuestos, identifican brechas de aprendizaje.
d) Se identificarán y derivarán los estudiantes que requieran apoyo de
profesionales especialistas.
e) Se apoya en forma focalizada a los estudiantes que lo requieran, con
Asistente de Aula, en los cursos de 1° a 4° año básico.
3) Promover (a los estudiantes en riesgo de repitencia) con acompañamiento
focalizado, intensivo y monitoreado.
ARTÍCULO 22: Los estudiantes que hayan estado en situación de riesgo de
repitencia, ya sea decidida su promoción o repitencia, deben recibir apoyo pertinente
y focalizado que les permitan continuar el siguiente año escolar en las mejores
condiciones posibles y sigan progresando en su aprendizaje.
Las medidas de acompañamiento se establecerán de acuerdo a las necesidades de
cada estudiante, pudiendo ser: apoyo individual de un asistente de la educación o
docente, diversificación de actividades de aprendizaje y/o evaluación, derivación a
especialistas, adecuaciones curriculares, entre otras.
CAPÍTULO QUINTO
VIII NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 23: Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional
entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las
asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.
a) Los certificados no serán retenidos en el establecimiento por ningún motivo.
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b) A los apoderados que matriculen a sus hijos en el colegio se les entregará una
copia del certificado que indique que está matriculado, firmado y timbrado al
reverso.
ARTÍCULO 24: La matrícula para el año siguiente se realizará según las fechas
estipuladas por el Sistema de Admisión Escolar, ningún alumno podrá ser
matriculado sin su certificado de promoción original.
ARTÍCULO 25: Las actas de Registro de Calificaciones y Promoción escolar
consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura, la nómina
de los alumnos matriculados y retirados durante el año, señalando el número de la
cédula nacional de identificación de cada uno de ellos o el número del identificador
provisorio escolar, la asistencia y la situación final correspondiente.
Las Actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del
Ministerio de Educación disponible al efecto y firmadas solamente por el director del
establecimiento.
En casos excepcionales, en los que no sea factible generar el Acta a través del
SIGE, el establecimiento generará una de forma manual, las que deberán ser
visadas por el Departamento Provincial de Educación y luego enviadas a la Unidad
de Registro Curricular de la región de O’Higgins. El establecimiento guardará copia
de las actas enviadas.
ARTÍCULO 26: Las situaciones de evaluación, calificación y promoción escolar no
previstas en el presente reglamento basado en el Decreto N°67, serán resueltas por
el jefe del Departamento Provincial de Educación. En contra de esta última decisión
se podrá presentar recurso de reposición y jerárquico en subsidio.
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ANEXO: Modificación al Reglamento de Evaluación y Promoción
Escolar 2020 – 2021
El siguiente anexo modifica el Reglamento de Evaluación y Promoción 2020 del
Colegio San Martín. A excepción de las situaciones específicas que se abordan a
continuación, todas las regulaciones y reglas establecidas en el documento principal
aún se mantienen.
En vista del cierre prolongado de los colegios debido a la pandemia de Covid-19, el
Ministerio de Educación ha dado a los colegios lineamientos respecto de los
procesos de instrucción y evaluación:
Es necesario definir objetivos de aprendizaje priorizados que especifican
los aprendizajes que los alumnos requerirán para continuar aprendiendo
durante los próximos años. Este plan de estudios transitorio y prioritario
estará en vigencia en 2020 y 2021, con un retorno a la normalidad en
2022.
La enseñanza y el aprendizaje ocurren hoy en un entorno totalmente
nuevo. Durante este tiempo, todas las evaluaciones deben ser formativas,
enfatizando la retroalimentación accionable y oportuna para los
estudiantes. Las evaluaciones deben identificar claramente lo que los
estudiantes han aprendido, para planificar cómo cerrar las brechas tanto
individuales como grupales que se puedan generar debido a las
circunstancias actuales.
El Colegio flexibilizará la aplicación del reglamento de evaluación y
promoción escolar a sus distintos contextos; de modo que se utilicen
efectivamente la evaluación formativa como instancia de retroalimentación
que permita acompañar y guiar a los estudiantes, a las reales posibilidades
de asistencia integrando la asistencia remota y/o presencial, y a la
evaluación de los aprendizajes esenciales.
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Respecto de las evaluaciones:
El Colegio San Martín ha determinado evaluar formativamente a los
estudiantes, durante el año 2020 en un único periodo y en el año 2021 en
base a dos semestres.
Los niveles de logro de cada estudiante serán expresados en porcentaje. Al
finalizar cada semestre, la evaluación formativa se transformará a sumativa,
según la siguiente escala:
Porcentaje de logro Nota
86% y 100% 7.0
73% y 85% 6.0
67% y 72% 5.0
50% y 66% 4.0
26% y 49% 3.0
1% y 25% 2.0
0% (No registra
entrega de pruebas,
trabajos o
asistencia a clases)
1.0
Durante el año 2021 se evaluarán todas las asignaturas que contemple el plan
de estudio vigente.
Se evaluará formativamente a través de las siguientes estrategias:
1. Portafolio: colección de documentos de trabajos realizados por el estudiante
(digital o impreso), como guías, desarrollo de actividades del texto de alumno
y/o cuaderno de ejercicios, otro.
2. Elaboración de material: producto elaborado por parte del alumno/a, como
informes, afiches, mapas conceptuales, videos, otros.
3. Test o controles formativos: evaluaciones realizadas a través de plataforma
Webclass y Beereaders.
4. Entrega de actividades: corresponde al cumplimiento de entrega de las
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actividades, tareas, trabajos indicadas por el docente por parte del alumno/a.
Para efectos de estas estrategias se debe entender que sólo el hecho de entrega de
la actividad por parte del estudiante, ya obtendrá una valoración como porcentaje de
logro.
Las situaciones relacionadas con la evaluación y promoción escolar no previstas
serán resueltas por la dirección del colegio en acuerdo con el o la profesora jefe-guía
de cada comunidad curso.