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ESCUELA “HERNÁN MÁRQUEZ HUERTA” ESTACIÓN PAIPOTE - COPIAPÓ - 1 - REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR ESCUELA “HERNÁN MÁRQUEZ HUERTA” 2018 - 2019 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR Decreto N° 511/97 modificado por 158/99 y el 170/2009, Escuela “Hernán Márquez Huerta” R.B.D. N° 000419-7

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN · La evaluación de los objetivos de aprendizaje actitudinales no constituye un elemento para la toma de decisiones en relación al registro

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ESCUELA “HERNÁN MÁRQUEZ HUERTA” ESTACIÓN PAIPOTE - COPIAPÓ

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REGLAMENTO INTERNO DE

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

ESCUELA “HERNÁN MÁRQUEZ HUERTA”

2018 - 2019

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR Decreto N° 511/97 modificado por 158/99 y el 170/2009, Escuela “Hernán Márquez Huerta”

R.B.D. N° 000419-7

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PRESENTACIÓN La escuela “Hernán Márquez Huerta” establecimiento de dependencia municipal, fue fundada el 19 de Agosto de 1959,

por iniciativa del entonces alcalde y profesor don Orlando Poblete González.

Su primer director fue Luis Humberto Arias Aguayo. En el año 1993, por Decreto N° 555, el Ministerio de Educación

oficializa el nombre de “Hernán Márquez Huerta”

La escuela “Hernán Márquez Huerta” cuenta con 29 cursos, desde 1° Nivel de Transición a Octavos Años. Además,

cuenta con Jornada Nocturna de Educación de Adultos desde el año 2000, distribuidos en dos cursos, 1° Y 2° Nivel de

Enseñanza Media Humanística Científica.

El año 2005, la escuela “Hernán Márquez Huerta” ingresa al régimen de Jornada escolar completa, desde 3° a 8° años.

A contar del año 2009, 2 cursos de Nivel de Transición se encuentran en esta modalidad a favor del desarrollo de

habilidades, destrezas y actitudes.

Desde el año 2008 el Sostenedor firmó el Convenio de Igualdad de Oportunidades con el Ministerio de Educación, para

lo cual la escuela a través de un Plan de Mejoramiento Educativo tiene acceso a la Subvención Escolar Preferencial,

recursos económicos que han permitido la adquisición de recursos humanos, educativos, didácticos y tecnológicos.

La escuela ofrece la atención de estudiantes con NEE a través del Proyecto de Integración Escolar y Grupo

Diferencial, que se rigen de acuerdo a la normativa vigente y la atención para estudiantes con retraso pedagógico a

través de la instalación de un plan de trabajo individual, grupal y en el aula de estudiantes que requieren apoyo

Psicopedagógico.

Desde el año 2013, la escuela implementa el Proyecto Intercultural, “Rescatando y revitalizando parte de nuestra

cultura Colla” y un Proyecto de Alfabetización para niños gitanos.

A contar del año 2008 el establecimiento cuenta con psicóloga y trabajadora social, incorporada a través del PME, para

atención de estudiantes en riesgo social y que necesiten apoyo psicosocial.

Además, la escuela atiende a estudiantes con exigencia académica compensando los estudios con talleres JEC y ALE.

Todo articulado con el Proyecto Educativo Institucional y el Proyecto de Mejoramiento Educativo.

La propuesta educativa de la escuela “Hernán Márquez Huerta” se expresa en la siguiente visión y misión:

Visión: La escuela “Hernán Márquez Huerta” pretende ser una escuela integral que atienda las necesidades

educativas, psicosociales, afectivas y emocionales que le permitan a los estudiantes descubrir y desarrollar sus

potencialidades y que sean capaces de participar activamente de los cambios sociales y tecnológicos en una sociedad

en constante cambio.

Misión: Generar oportunidades significativas para que los niños y niñas sean capaces de adaptarse a desafíos

culturales, patrimoniales, sociales, deportivos y tecnológicos a partir de una educación integral y de calidad.

Eslogan: Aprendamos a construir una vida mejor en una sociedad que cambia.

TÍTULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

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ARTÍCULO 1° La escuela “Hernán Márquez Huerta” establece un conjunto de normas y disposiciones generales de evaluación de carácter interno en su Reglamento de Evaluación y Promoción que se aplica a todos los estudiantes de Primero a Octavo año Básico, basándose en los decretos 511/97 modificado por 158/99 y el 170/2009, aplicables a todos los cursos y niveles antes señalados a partir del año escolar 2016, vigente hasta el año escolar 2018, sin perjuicio que igualmente se puedan realizar cambios o ajustes al mismo sin esperar el término del periodo de vigencia. ARTÍCULO 2°

El Reglamento de Evaluación, es dado a conocer en las clases de Consejo de Curso y Orientación a lo largo del año, por lo menos una vez antes de concluir el primer semestre y antes de finalizar el año escolar, en el penúltimo mes de clases. En el caso de los apoderados, el presente Reglamento de Evaluación es socializado por lo menos dos veces, al comienzo y al final del año escolar en las reuniones de los sub-centros de padres y apoderados por los profesores jefes de cada curso.

ARTÍCULO 3°

Es compromiso de la Dirección, Equipo de Gestión, Unidad Técnica Pedagógica, del Consejo de Profesores, Profesores Jefes y Profesores de Asignatura cautelar permanentemente el proceso evaluativo en todas las instancias en que éste ocurra, estableciendo una línea de comunicación permanente y efectiva del proceso de evaluación.

ARTÍCULO 4° Los procedimientos que utiliza la escuela “Hernán Márquez Huerta” para la elaboración y, posteriormente para la revisión y/o reformulación del Reglamento de Evaluación y promoción escolar, son:

a) Revisión y análisis y actualización del Reglamento al inicio y al término del año escolar por los docentes del Equipo de Apoyo a UTP.

b) Conocimiento del Reglamento de parte de los docentes en Consejo de Profesores. c) Conocimiento del Reglamento de parte de los y las estudiantes en el Consejo de curso y Centro de

estudiantes. d) Conocimiento del Reglamento en reunión de Apoderados. e) Entrega de un ejemplar del Reglamento al Departamento Provincial de Educación antes de su

aplicación. f) Al momento de la matrícula, se entrega un extracto impreso a los apoderados/as.

ARTÍCULO 5° Este Reglamento considera una orientación centrada en el desarrollo de los aprendizajes de los estudiantes de Pre Kínder a Octavo básico.

a) Desarrolla estrategias pedagógicas diferenciadas y adaptadas a los ritmos y estilos de aprendizaje. b) Desarrolla estrategias evaluativas de tiempo y espacio en beneficio de los estudiantes que presenten

problemas de aprendizaje. c) Desarrollar actividades pedagógicas centradas en el desarrollo de habilidades, ejes de aprendizaje

y/o aprendizajes esperados. d) Lograr el aprendizaje en actividades individuales y/ o grupales, fortaleciendo así el desarrollo de las

habilidades blandas.

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TÍTULO II: DE LA EVALUACIÓN

ARTÍCULO 6° El presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar adopta el régimen semestral tanto a nivel pre-escolar como en primer y segundo ciclo escolar básico. En el nivel Pre- Básico se aplican las Bases Curriculares y en el Primer y Segundo Ciclo se aplican los Planes y Programas de Estudio vigentes del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 7°

Los estudiantes del Nivel Parvulario se evalúan tres veces al año: Evaluación diagnóstica, evaluación al finalizar el Primer Semestre y al finalizar el año, de acuerdo a las Bases Curriculares. Semestralmente se entregará un Informe de Avance a la familia .A final de año se entregará un Informe detallado con el nivel de logros alcanzado por los párvulos. Los estudiantes del Segundo Nivel de Transición deberán presentar este informe al ser matriculados en Primer Año Básico.

ARTÍCULO 8° Según la instancia de evaluación de los estudiantes de 1° a 8° básico, estas son:

a) Evaluación Diagnóstica: corresponde a una evaluación que permite identificar los conocimientos, habilidades, conocimientos previos, destrezas, actitudes, y expectativas que el estudiante posee como requisito previo antes de iniciar el proceso de Enseñanza Aprendizaje. Se aplica de iniciar una experiencia educativa y no se considerará como una calificación parcial. al momento.

b) Evaluación Formativa o de Proceso: corresponde a una evaluación de carácter formativo o de proceso de los aprendizajes tratados en la asignatura respectiva, permitiendo recoger información acerca del estado de aprendizaje de cada estudiante y, a partir de ello, tomar decisiones que ayudan a mejorar el de dicho proceso; puede ser con o sin calificación. Al expresar las evaluaciones de proceso como calificaciones acumulativas, éstas deberán cumplir con las mismas condiciones previstas para las evaluaciones sumativas

c) Evaluación Sumativa: evalúa el logro de los objetivos de aprendizaje en un tiempo determinado, con una calificación que arroje el logro de los aprendizajes.

ARTÍCULO 9° Dentro de cada semestre se aplicará una evaluación que considere los tres agentes evaluativos.

Agentes evaluativos considerados:

a) Autoevaluación: Es el proceso donde el alumno valoriza su propia actuación. Le permite reconocer sus posibilidades, limitaciones y cambios necesarios para mejorar su aprendizaje.

b) Coevaluación: Cuando el grupo es quien se evalúa. Es el proceso de valoración conjunta que realizan los alumnos sobre la actuación del grupo, atendiendo a criterios de evaluación o indicadores establecidos por consenso.

c) Heteroevaluación: Cuando el docente es quien evalúa. Permite al alumno y al docente identificar carencias o “puntos flojos” que es necesario reforzar antes de seguir adelante con el programa. Evita repeticiones innecesarias de objetivos que ya han sido integrados.

ARTÍCULO 10°

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Considerando los requerimientos de cada asignatura cada docente desarrollará su práctica evaluativa de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos.

a) Privilegiar la evaluación de las habilidades, destrezas y actitudes. b) Evaluar los aprendizajes de acuerdo al logro de los indicadores de evaluación establecidos en cada una de las

asignaturas c) Atender, en el momento de la evaluación las sugerencias expresadas por un especialista en caso de

estudiantes con evaluación diversificada. d) Eximición de una Asignatura: El Decreto N° 158/98 (1° a 8° de Educación Básica) faculta al Director (a), previa

consulta al Profesor Jefe de curso o Profesores de asignatura de aprendizaje, para eximir al estudiante de una asignatura en casos debidamente fundamentadas.

e) Las actividades evaluativas deben ser diseñadas de acuerdo a las actividades similares a las realizadas en el aula, enfocada al logro de los objetivos planteados de la asignatura dada.

f) Comunicar a los y las estudiantes los procedimientos de evaluación al comienzo de todo trabajo o actividad evaluativa, junto con las pautas, rúbricas que contemple dicho proceso.

g) Analizar con los y las estudiantes los resultados de los instrumentos o procedimientos evaluativos aplicados, toda vez que la revisión y corrección favorece la retroalimentación e incide en una mejora de aprendizajes, utilizando una remedial, en caso que se requiere.

h) Para la evaluación de la cobertura curricular se aplica una evaluación diagnóstica. Intermedia y final que arroja el resultado de los ejes de aprendizajes y habilidades de los estudiantes durante el año lectivo de acuerdo a las bases curriculares en pre básica y de acuerdo a los planes y programas vigentes en enseñanza básica.

ARTÍCULO 11°

Para diversificar y enriquecer el logro de los objetivos de aprendizaje, se aplicarán variados tipos de evaluaciones según sea la asignatura, el curso o nivel.

PROCEDIMIENTOS MÉTODO O INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN

Prueba escrita Pruebas : Ítems de selección múltiple Preguntas abiertas Completar oraciones Ordenar información Términos pareados Situaciones problemáticas Establecer secuencias, etc.

Interrogación oral Contestar preguntas Exposición oral Disertación Debate Entrevista

Observación Directa Registro Lista de cotejo Escala de apreciación Rúbrica Preguntas de valoración, reflexión

Producción escrita Resumen Síntesis Informes de investigación

Texto auténtico escritos y digitalizados con el uso de la tecnología ( pizarra interactiva, tablet, computador y laboratorio de computación).

Esquemas Mapa conceptual Afiches Díptico. Tríptico Rotafolio

ARTÍCULO 12°

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El logro de los objetivos de aprendizaje transversales es de carácter cualitativo y está referido a actitudes y desarrollo de competencias centradas en la formación de valores. Estás competencias se ven reflejadas en las asignaturas de Religión y Orientación de 1° a 8° básico. La escala numérica tendrá significado conceptual, según el porcentaje de logro de los objetivos propuestos, incorporando los niveles de logro dados por MINEDUC, como se detalla a continuación:

ARTÍCULO 13°

La evaluación de los objetivos de aprendizaje actitudinales no constituye un elemento para la toma de decisiones en relación al registro de una calificación, la promoción o Reprobación de curso.

ARTÍCULO 14° Las asignaturas de Animación Lectora, Escritura Creativa y los Talleres JEC se evaluarán con conceptos: Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) o Insuficiente (I). TÍTULO III: DE LAS CALIFICACIONES

ARTÍCU LO 15°

a) Calificación Parcial: Los resultados de las evaluaciones de nuestros estudiantes serán calificados con notas parciales en una escala de 2 a 7. Nota mínima 2, correspondiendo a la calificación mínima de aprobación será la nota 4 al 60% de exigencia. Se registra en el libro de clases y en plataforma Napsis a no más de una semana de aplicada.

b) Calificación Semestral: Corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales. Se expresará sólo con un decimal, con aproximación de la centésima a la décima superior, cuando la centésima sea equivalente a 0,05 o superior. Esta calificación se registrará en el Libro de Clases durante la primera semana de Julio en el primer semestre y la última semana de Noviembre en el segundo semestre. Esta se dará a conocer a los estudiantes una vez que se haya registrado en el libro de clases y en la plataforma Napsis.

CALIFICACIÓN

CONCEPTO PORCENTAJE CONCEPTO DE LA CALIFICACIÓN

6.0 a 7

MUY BUENO 86 a 100% Excelente, óptimo nivel de rendimiento

5.0 a 5.9

BUENO 73 a 85% Buen y adecuado nivel de rendimiento

4.0 a 4.9 SUFICIENTE 60 a 72% Aceptable nivel de rendimiento, debe

superarse

2.0 a 3.9 INSUFICIENTE 59% o menos Bajo nivel de rendimiento.

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Los resultados obtenidos en las asignaturas de Animación Lectora, Escritura Creativa y Talleres JEC no inciden en el promedio y en la promoción.

c) Calificación Final: corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones semestrales de cada asignatura,

con un decimal, aproximando a la centésima igual o superior a 0,05 a la décima superior.

d) Calificación Anual o Promedio General: Corresponderá al promedio aritmético anual de la suma de todas las asignaturas, exceptuando las asignaturas de Religión, Computación, Orientación y Talleres, las cuales se calificarán con conceptos Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) e Insuficiente (I) Ya que estás calificaciones no inciden en el promedio final. En el promedio general también se aproximará la centésima igual o superior a 0,05 a la décima superior.

ARTÍCULO 16° Cada asignatura programará un mínimo de evaluaciones calificadas coeficiente uno por semestre de acuerdo al número de horas de clases semanales

1º Y 2º BÁSICOS

Nº ASIGNATURA Horas

semanales

Número de notas por semestre

1 LENGUAJE Y COMUNICACIÓN 8 6

2 INGLÉS 1 2

3 MATEMÁTICA 6 6

4 HISTORIA GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES 3 3

5 CIENCIAS NATURALES 3 3

6 ARTES VISUALES 2 2

7 MÚSICA 2 2

8 EDUCACION FISICA Y SALUD 4 4

9 ORIENTACIÓN 1 2

10 TECNOLOGÍA 2 2

11 RELIGIÓN 2 2

12 CONSEJO DE CURSO 1 0

13 ANIMACIÓN LECTORA 1 2

14 TALLERES 2 2

TOTAL 38

3º Y 4º BÁSICOS

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Nº ASIGNATURA Horas

semanales

Número de notas por semestre

1 LENGUAJE Y COMUNICACIÓN 8 6

2 INGLÉS 2 2

3 MATEMÁTICA 6 6

4 HISTORIA GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES 3 3

5 CIENCIAS NATURALES 3 3

6 ARTES VISUALES 2 2

7 MÚSICA 2 2

8 EDUCACION FISICA Y SALUD 4 4

9 ORIENTACIÓN 1 2

10 TECNOLOGÍA 2 2

11 RELIGIÓN 2 2

12 TALLERES JEC 2 2

13 CONSEJO DE CURSO 1 0

TOTAL 38

5º Y 6º BÁSICOS

Nº ASIGNATURA Horas

semanales

Número de notas por semestre

1 LENGUAJE Y COMUNICACIÓN 6 6

2 INGLÉS 3 3

3 MATEMÁTICA 6 6

4 HISTORIA GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES 4 4

5 CIENCIAS NATURALES 4 4

6 ARTES VISUALES 2 2

7 MÚSICA 2 2

8 EDUCACION FISICA Y SALUD 2 2

9 ORIENTACIÓN 1 2

10 TECNOLOGÍA 2 2

11 RELIGIÓN 2 2

12 COMPUTACIÓN 1 2

13 TALLERES JEC 2 2

14 CONSEJO DE CURSO 1 0

TOTAL 38

7º Y 8º BÁSICOS

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Nº ASIGNATURA Horas

semanales

Número de notas por semestre

1 LENGUAJE Y COMUNICACIÓN 6 6

2 IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS 3 3

3 MATEMÁTICA 6 6

4 HISTORIA GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES 4 4

5 CIENCIAS NATURALES 4 4

6 EDUCACIÓN TECNOLÓGICA 2 1

7 EDUCACIÓN ARTÍSTICA 3 3

8 EDUCACIÓN FISICA Y SALUD 2 2

9 ORIENTACIÓN 1 2

10 RELIGIÓN 2 2

11 ANIMACIÓN LECTORA/COMPUTACIÓN 1 2

12 ESCRITURA CREATIVA/COMPUTACIÓN 1 2

13 TALLERES JEC 2 2

14 CONSEJO DE CURSO 1 0

TOTAL 38

ARTÍCULO 17

EVALUACIÓN DIVERSIFICADA

a) Las Evaluaciones Diversificada no significativas se enmarcará de acuerdo a las exigencias y objetivos tratados con el alumno, siendo estas graduadas entre el rango de nota de 2.0 a 7.0; en consideración que: “el alumno puede rendir y cumplir con los Objetivos y Contenidos Mínimos Obligatorios del nivel y/o grupo curso, permitiendo las mínimas acomodaciones en la forma y/o modo de tomar la evaluación. Además, los estudiantes que presenten informes emitidos por profesionales externos (Psicólogos, Educadores Diferenciales, Psicopedagogos, Psiquiatras, Neurólogos, fonoaudiólogos, Kinesiólogos).

b) La Evaluación Diferenciada significativa se establece en modalidad Transitoria o Permanente a los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP) pertenecientes a Proyecto de Integración Escolar, se regirán por las Adecuaciones Curriculares Individuales (ACI), acordes al déficit que presente cada alumno.

c) Con respecto a los estudiantes con dificultad motora que pertenezcan al Proyecto de Integración PIE, se aplicará una evaluación diferenciada además de un trabajo colaborativo del Kinesiólogo.

d) Los docentes deberán evaluar diferenciadamente a los estudiantes que hayan sido indicados (as) por la Profesora del Grupo Diferencial.

e) En relación a los alumnos que no pueden ser evaluados en forma normal debido a sus problemas de conducta serán evaluados fuera del aula a través de una carpeta con material pedagógico de todas las asignaturas que correspondan a su nivel. Estas evaluaciones serán desarrolladas por ellos y posteriormente entregadas a UTP en un plazo estipulado, donde serán revisadas y registradas en el libro de clase por el profesor de asignatura. En caso que el alumno sea evaluado con notas superiores a 4,0 en cada una de las asignaturas será promovido y su matrícula quedará condicionada. En caso que no cumpla con la entrega del material pedagógico o éste no cumpla con los requisitos mínimos exigidos en cada una de las asignaturas será evaluado con nota mínima lo que puede conllevar a una reprobación del año escolar.

ART. 18º DE LAS PRUEBAS ESPECIALES

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Los estudiantes de Primero a Octavo año Básico tendrán la obligación de rendir una Prueba Especial en dos asignaturas en que hayan obtenido promedio igual o inferior a 3.7, siempre y cuando no tenga una tercera o más asignaturas con promedio insuficiente. Para este efecto, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

a) Cada Profesor de asignatura deberá entregar al Profesor (a) Jefe la nómina de estudiantes con promedio insuficiente que deberá presentarse a Prueba Especial.

b) Cada profesor de asignatura deberá entregar y desarrollar un Temario con los contenidos que serán

evaluados en la Prueba Especial a los estudiantes con promedio insuficiente.

c) El Profesor (a) de la asignatura comunicará, por escrito a los apoderados, día y hora en que su pupilo (a) deberá presentarse a la Prueba Especial en el sector deficitario.

d) Los padres o apoderados deberán asumir la responsabilidad de cautelar la debida preparación de su hijo (a)

ante esta última instancia evaluativa.

e) El estudiante para aprobar la asignatura deberá contestar correctamente, como mínimo, un 60% de la Prueba Especial

a) La calificación máxima que obtendrá el estudiante que rinda Prueba Especial es cuatro (4.0).

b) La no presentación a prueba no podrá ser calificada, por lo tanto el alumno mantendrá su promedio

inicial dejando constancia en la hoja de vida del estudiante del Libro de Clases. ART. 21º DE LA INASISTENCIA A CUALQUIER EVENTO EVALUATIVO

PREVIAMENTE INFORMADO:

a) La inasistencia de un estudiante a cualquier evento evaluativo deberá ser debidamente justificado por el apoderado (a) en un plazo máximo de 48 horas. En caso que no haya justificación será evaluado al reintegrarse a clase en la asignatura correspondiente.

b) En caso que haya justificación, el profesor de la asignatura someterá al estudiante a la instancia evaluativa,

fijando un nuevo calendario.

c) Todos los procesos de calificación final deben quedar resueltos antes del término del primer semestre y al finalizar el año escolar.

ART. 19º EVALUACIÓN DE CASOS ESPECIALES

a) En caso de las estudiantes embarazadas se procederá, de acuerdo al Decreto que reglamenta inciso tercero del Artículo 2º de la Ley Nº 18.962.

ART. 20º DE LA PROMOCIÓN ESCOLAR

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a) Serán promovidos todos los estudiantes de 1º a 8º años de Enseñanza Básica que hayan aprobado todas las

asignaturas del Plan de Estudio respectivo y cuya asistencia a clases sea igual o superior a 85%.

b) Serán promovidos aquellos estudiantes que, habiendo reprobado una asignatura, tengan un promedio general igual o superior a 4.5, incluyendo la calificación de la asignatura reprobada, siempre y cuando cumplan con la asistencia de un 85% a clases.

c) Serán promovidos aquellos estudiantes que, habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio general sea

igual o superior a 5.0, incluyendo las dos asignaturas reprobados, siempre y cuando cumpla con el 85% de asistencia a clases.

d) Serán promovidos de curso aquellos estudiantes, que habiendo aprobado todas las asignaturas de estudio, no

alcancen el 85% de asistencia, siempre y cuando las inasistencias estén debidamente justificadas, en caso contrario el apoderado deberá presentar una carta justificando las inasistencias del estudiante a la Dirección del establecimiento, quien emitirá una Resolución Interna autorizando su promoción.

e) Aquellos estudiantes que no cumplan con el 85% de asistencia y se encuentre en los puntos1 ,2 y 3, será

facultad de la Dirección y Equipo Técnico Pedagógico resolver dicha situación, una vez que el apoderado haya elevado solicitud, quien resolverá en 5 días hábiles, comunicando la decisión por escrito.

ART. 22º DE LA REPITENCIA DE CURSO Todos los estudiantes de 1º a 8º años que no cumplan con los requisitos señalados en el Artículo 13º, sea de logros de objetivos y/o de asistencia a clases, deberán repetir el curso.

a) Los estudiantes que tengan tres o más asignaturas reprobadas repetirán automáticamente el curso, sin derecho a pruebas especiales.

b) Todos los estudiantes que reprueben de Primero a Octavo Año Básico deben tener un informe elaborado por

los profesores jefes, que evidencie las causas de su repitencia, dejando una copia en triplicado (Unidad Técnica Pedagógica, ficha personal del alumno y profesor/a jefe).

c) Todos los estudiantes nuevos repitentes que ingresan al establecimiento deben presentar el Informe de

Personalidad y el Certificado Anual del colegio de procedencia.

d) Los estudiantes nuevos con repitencias consecutivas deberán presentar al momento de la matrícula un informe de un profesional (neurólogo, psicólogo, psiquiatra, fonoaudiólogo, etc.) según las causales de repitencia.

ART. 24º DEL ROL DE LA FAMILIA EN EL PROCESO DE APRENDIZAJE

a) La familia de cada estudiante, representada en el acto de matrícula por su apoderado (a), deberá preocuparse permanentemente por cautelar y conocer las instancias evaluativas que deba cumplir su hijo o hija y apoyarlo (a) en la formación de hábitos de estudio (asistencia a clases, asistencia a talleres), control del tiempo libre y cumplimiento de sus deberes escolares.

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b) Los apoderados tienen la obligación de asistir a todas las reuniones de Padres y/o Apoderados para informarse y conocer el proceso evaluativo de su hijo/a. En caso que el apoderado no asista, debe justificar al día siguiente su inasistencia en Inspectoria.

c) Los apoderados de los estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE), ya sean transitoria o

permanente deberán comprometerse a llevar a sus hijos(as) a las citaciones convocadas por los especialistas de la escuela.

ART. 25º COMUNICACIÓN A LOS APODERADOS (AS) DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

a) Los Profesores Jefes deberán entregar a los padres y/o apoderados, en reunión de Subcentro, un informe parcial de notas de los estudiantes, en los meses de Mayo y Septiembre de cada año.

b) Los apoderados podrán requerir mayor información sobre las evaluaciones de sus hijos o hijas, en la hora

semanal destinada a atención de apoderados. En esta instancia podrán consultar al profesor jefe y/o a los profesores de las asignaturas respectivas ante cualquier duda que tengan con relación a las evaluaciones, contenido y conducta de sus hijos o hijas.

c) Una vez finalizado el Primer Semestre de clases, los padres y/o apoderados recibirán el Informe Semestral de

Calificaciones, el cual reunirá las evaluaciones de cada asignatura con su correspondiente promedio semestral y el Informe de Personalidad.

d) La situación final de los estudiantes se expresará en el Certificado Anual de Estudios. Este documento deberá

mantenerse en el Expediente Individual que existe en la escuela para cada estudiante y sólo se entregará al apoderado (a) bajo firma cuando lo solicite según las siguientes causales:

a) Cuando el estudiante egresa de la escuela. b) Cuando sea cancelada su matrícula por retiro u otro motivo.

e) Al finalizar el año escolar se entregará a los Padres y Apoderados, el Informe de Calificaciones Finales y el

Informe de Personalidad de cada estudiante. ART. 26º DE LAS ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES FINALES Y

PROMOCIÓN ESCOLAR Las Actas de Registro de Calificaciones finales y promoción escolar serán registradas en la Plataforma SIGE de Comunidad Escolar, una vez aprobadas se imprimirá un ejemplar que permanecerá en UTP.

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ART. 27º DE SITUACIONES NO CONTEMPLADAS EN EL PRESENTE REGLAMENTO 1.- Todas las situaciones no contempladas en el presente Reglamento y que necesiten ser dilucidadas, serán sometidas a la decisión de la Dirección del Establecimiento Educacional con consulta a las entidades pertinentes tanto dentro de la Escuela como fuera de ella, y en concordancia con la normativa vigente. Firman en respaldo del Reglamento Interno de Evaluación de la escuela Hernán Márquez Huerta: Any Dorador Alfaro Verónica Concha Araya Jefe de Departamento Educación Municipal Directora del Establecimiento Escolar María Herrera Galleguillos Maritza Galleguillos Tapia Jefa Unidad Técnica Pedagógica Integrante Equipo Técnico Pedagógico Marcia Olivares Rodríguez Heriberto Gallardo Gallardo Representante Equipo de Gestión Representante Consejo Escolar Katherine Araya Araya Raúl Rodríguez Soria Presidenta de Centro de Padres y Apoderados Presidente Centro de Estudiantes ESTACIÓN PAIPOTE, MARZO DEL 2018