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ESCUELA REPÚBLICA DE GRECIA I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO 2016

1

Reglamento de

Evaluación

Escuela República de Grecia

22001166

ESCUELA REPÚBLICA DE GRECIA I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO 2016

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Reglamento Interno de Evaluación

Escuela República de Grecia

1.- Identificación del Establecimiento Educacional.

“Escuela República de Grecia” de Coquimbo

Decreto Cooperador Nº 1504 del 10 de Mayo de 2005

Rol Base de Datos Nº13559-3.

2.-Disposiciones o Normas Generales.

Artículo 1

Este reglamento interno garantiza el respeto de los deberes y derechos de los

estudiantes que la Ley Nº 20370, General de la Educación establece. Las disposiciones de

este reglamento se aplicarán de acuerdo a Decreto 511/97 de Evaluación y promoción ;y

Decreto Exento 158 de 1999 Modifica Decretos Supremos exentos de Educación N° 511 de

1997 y N° 112 de 1999

Artículo 2

La Directora del Establecimiento conjuntamente con el Consejo de Profesores ha

resuelto aplicar el siguiente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, basándose; en

las disposiciones del Decreto Nº511 del 08-05-1997; y

Decreto Exento 158 de 1999 Modifica Decretos Supremos exentos de Educación N° 511 de

1997 y N° 112 de 1999, no obstante, este Reglamento podrá ser modificado anualmente

con la finalidad de mejorar aspectos que a juicio de los docentes vayan en desmedro de los

aprendizajes de los niños y niñas y/o mejoré los procedimientos evaluativos del

establecimiento.

El presente Reglamento será informado en sus puntos importantes a través de un

“extracto escrito” a todos los Padres y Apoderados del Establecimiento durante las

reuniones de los sub-centros, a los docentes en Consejo de profesores y a estudiantes del

establecimiento en reuniones de Consejo Escolar. En el inicio, desarrollo o cierre de ellas,

(según determine el profesor jefe) para que ellos conozcan en propiedad las disposiciones

del Reglamento y enviando una copia al Departamento de Educación Provincial Elqui,

además se les hará entrega de un tríptico con un extracto del Reglamento Interno de

evaluación antes y durante la matrícula.

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Artículo 3

El año escolar comprenderá dos períodos lectivos semestrales.

-I Semestre (Marzo a Julio).

-II Semestre (Julio después de vacaciones de invierno hasta diciembre).

De la Evaluación:

Artículo 4

La Unidad Educativa concibe la Evaluación como:

La evaluación es un proceso permanente y continuo, cuyo objetivo es obtener

información y proporcionársela al profesor, para apoyar y/o retroalimentar a los estudiantes

en su proceso de aprendizaje significativo y tomar decisiones oportunas a fin de orientar el

logro de los objetivos educacionales.

a) Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los

estudiantes;

Para evaluar los aprendizajes de los diferentes niveles de Enseñanza se ha de utilizar

una gran variedad de instrumentos y estrategias que les permita recoger información

en relación a habilidades, destrezas, conductas cognitivas, creatividad, pensamiento

reflexivo, y crecimiento personal de tal manera que el estudiante una vez entregado

los resultados analice y retroalimente sus errores y decisiones, logrando

desenvolverse satisfactoriamente en el mundo escolar y laboral en un futuro

próximo, lineamiento que está inserto en el Proyecto Educativo de la Escuela.

La Unidad Educativa aplicará los siguientes instrumentos y estrategias para

evaluar el proceso de aprendizaje de los estudiantes:

-Pruebas escritas

-Pruebas orales

-Pruebas escritas u orales de desarrollo.

-Pruebas de ejecución.

-Pruebas de selección múltiple, tipo SIMCE

-Pruebas de libro abierto

-Guías de trabajo.

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-Trabajos de Investigación

-Trabajos de aplicación y de sìntesis

-Informes

-Ensayos

-Portafolios (tipo”showcase”/vitrina, “checklist”/de cotejo, de formato abierto).

-Disertaciones

-Anecdotario o registro anecdótico

-Diario de clase

-Monografìas

-Cuaderno de campo

-Producciones escritas u orales

-Producciones plásticas, tecnológicas y musicales.

-Producciones motrices.

-Escala de apreciación

-Lista de cotejo

-Rúbrica

Los estudiantes serán evaluados con los instrumentos, procedimientos y/o

estrategias mencionadas anteriormente, previamente visados por U.T.P, además se

deben entregar con 15 días de anticipación al mes de aplicación (como paquete

evaluativo anexado a la planificación). Cada procedimiento debe ser acompañado de

la “Constancia de Evaluación Diferenciada” y el instrumento adaptado, firmada por

los profesionales especialista (sólo en casos de los estudiantes con Necesidades

Educativas especiales pertenecientes a PIE que lo requieran o estudiantes que

posean un Informe profesional que sugiera evaluación diferenciada).

b) De las calificaciones.

Los estudiantes serán calificados durante el semestre en todas las asignaturas

del Plan de estudio, mediante una escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal.

Para el cálculo de las notas semestrales (promedio final de cada semestre) de

todas las asignaturas del Plan de Estudio se considera una escala numérica Del 1,0

al 7,0 con un decimal, sin aproximación.

Para el cálculo de nota final o promedio anual (suma de los dos promedios

semestrales divididos en dos) se considera una escala numérica del 1,0 al 7,0 con un

decimal, aproximándose la centésima igual o superior a 5. Por ejemplo 3,95 es

igual a un 4, 00.

El promedio de todas las notas (promedios anuales de todas las asignaturas)

se sumará y se dividirán por la cantidad total de asignaturas (sólo se cuentan

asignaturas con media aritmética y no los promedios con conceptos), este promedio

llamado Promedio Final será un determinante para la promoción del estudiante.

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Los promedios con conceptos (MB, B, S, I) como Religión y Orientación

tienen carácter formativo y no inciden en el Promedio Semestral ni Final. Para estas

asignaturas se utilizarán los siguientes conceptos:

-MB: Muy Bueno (6,0 a 7,0)

-B: Bueno (5,0 a 5,9)

-S: Suficiente (4,0 a 4,9)

-I: Insuficiente (1,0 a 3,9)

En relación a estas asignaturas (Religión y Orientación) en el leccionario o

libro de clase, se pueden explicitar las notas en escala numérica y el promedio

convertirlo a concepto (MB-B-S-I).

Las notas semestrales de los talleres J.E.C se considerarán de la siguiente

forma:

-El promedio semestral de Leograma se explicitará como nota parcial en la

asignatura de Lenguaje y Comunicación.

-El promedio semestral de Pitágoras se explicitará como nota parcial en la

asignatura de Matemáticas.

-El promedio semestral de Deporte se explicitará como nota parcial en la

asignatura de Educación Física.

c) Formas de Calificar:

El proceso evaluativo considera:

Evaluación diagnóstica: Debe ser aplicada la primera semana de marzo con

el objetivo de conocer los conocimientos y habilidades que poseen los

estudiantes, es posible obtener información del proceso de aprendizaje y a

partir de ello, mejorarlo. Esta evaluación se produce al inicio del proceso

evaluativo y es calificada en conceptos (D: Desarrollada PD: Parcialmente

Desarrollada y ND: No desarrollada).

Evaluación formativa: Una vez que se tiene la información del diagnóstico,

el docente está en condiciones de fortalecer las debilidades detectadas. La

evaluación formativa además de fortalecer las debilidades del estudiante

permite obtener información acerca del estado de aprendizaje de cada

estudiante durante el proceso educativo y, a partir de ello, tomar decisiones

que ayuden a un mejor desarrollo de dicho proceso. Se aplica durante el

desarrollo de una unidad de aprendizaje (es procesual). La evaluación

formativa puede ser calificada o considerarla como nota parcial si se

promedia o es parte de la evaluación sumativa, esto queda a criterio del

docente. Además puede utilizarse diversos tipos de instrumentos

dependiendo del tipo de información que el docente quiera obtener y de las

habilidades que requiera evaluar.

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Evaluación Sumativa : Permite conocer el logro de aprendizaje de los

estudiantes, de acuerdo a los objetivos educativos propuestos. Esta

evaluación es calificada con escala numérica del 1,0 al 7,0 con un decimal.

Se realiza después de un período de aprendizaje o en la finalización de una o

varias unidad/es. A continuación se muestra el detalle de algunas

evaluaciones sumativas:

CALENDARIO DE PRUEBAS

Calificaciones Parciales:

Son las calificaciones de coeficiente uno que obtenga el estudiante

durante el desarrollo o al término de un OA o AE, OAT o OFT, habilidad,

destreza, capacidad, actitud, experiencia de aprendizaje, proyecto de curso,

unidad/es, etc. (EVALUACIONES DE PROCESO O SÍNTESIS).

Las calificaciones parciales se registrarán en notas del 1,0 al 7,0 con

un decimal. Los estudiantes ausentes a evaluación que no tengan certificado

médico, serán sometidos a ellas cuando se reintegren a clases. A los

estudiantes con licencia médica se les dará una nueva fecha con plazo

prudente para que tengan opción a Apoyo Educativo (Estudio Dirigido).

La cantidad de calificaciones parciales dependerá de las horas del

Plan de Estudio, más una, quedando registradas en el libro de clases.

Los instrumentos de evaluación aplicados con el objeto de obtener

una calificación parcial debe contener los siguientes aspectos:-Nombre de la

evaluación (diagnóstica, parcial, estado de avance, síntesis de la unidad,

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síntesis semestral, síntesis anual),-Identificación del estudiante (nombre,

curso),-Puntaje (ptje. Real y obtenido, nota),-Unidad (número y nombre de

la unidad),-OA o AE, -Indicadores de evaluación (los más importantes),-

Instrucciones generales de la aplicación,-Items (habilidad a desarrollar e

instrucción). Este último aspecto considera la habilidad desarrollada en el

ítem de la evaluación, extraída de la Taxonomía de Marzano

Calificaciones Semestrales:

Desde 1ª a 8ª básico las notas o calificaciones semestrales obtenidas

en el período, son aquellas que sumadas se dividen por el número de

sumandos; las que se expresarán en notas en una escala del uno al siete (1 al

7) con un decimal.

Calificación Final:

Será la media aritmética o promedio anual de las notas

semestrales de las asignaturas del Plan de estudio con un decimal, la

centésima igual o superior a 0,05 se subirá a la décima superior ej.: 4,95 =

5,0.

d) Formas de comunicar los resultados de los estudiantes a Padres y Apoderados

y comunidad educativa en general.

Durante todo el año cada dos reuniones de Apoderados se entregará un

Informe Parcial Bimensual del Estado de Avance de los Estudiantes, este informe

explicitará las calificaciones del estudiante, informándole a estudiantes y

Apoderados de sus avances durante el desarrollo del proceso educativo. Este

informe se entregará además a todos los apoderados que lo soliciten a U.T.P, con

tres días de plazo.

Se contará con un programa computacional de informe de notas, que facilite

la entrega de información al apoderado.

La U.T.P tendrá la responsabilidad de coordinar el programa computacional

de calificaciones y a su vez entregar antes de cada reunión trimensual el Informe de

Notas a los Profesores Jefes para su revisión y su posterior entrega a los apoderados.

El establecimiento está acogido a régimen semestral por lo tanto, cada

finalización de semestre se entregará el “Informe de notas y de desarrollo personal

y social”.

En el primer semestre se entregará el Informe de notas y de desarrollo

personal y social, el cual explicitará todas las calificaciones del I Semestre y los

respectivos promedios de cada asignatura del Plan de Estudio. Cada informe de

notas deberá acompañarse de la estadística individual de anotaciones positivas y

negativas del I semestre, las que deberán ser analizadas con el apoderado. Este

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Informe será elaborado por un software o programa excell coordinado por UTP,

luego será entregado al profesor jefe para su revisión y será entregado por el/ella

mismo al apoderado, a través de una entrevista personal el último día de clases del I

semestre (Mes de Julio). En el caso que el apoderado no asistiera a dicha entrevista

se entregará el Informe en el II Semestre en hora de atención de Apoderados del

profesor jefe, entrevista que debe ser comunicado por el apoderado a través de

comunicación escrita, donde se le informe: sobre conducta (anotaciones negativas

y positivas) y calificaciones de su pupilo con el fin de mejorarlas.

Las estadísticas de anotaciones positivas y negativas del alumno deberán ser

analizadas en la entrevista personal con el apoderado, dependiendo de la gravedad

de la falta se solicitará la presencia del estudiante y/o la Orientadora de la escuela.

El Informe de notas y de desarrollo personal y social del II Semestre o

Final/Anual, el cual explicitará todas las calificaciones del I y II Semestre y los

respectivos promedios semestrales y anuales de cada asignatura del Plan de Estudio.

Este informe detallará la estadística individual de anotaciones positivas y negativas

del I y II semestre, además en el reverso se explicitará el Informe de Desarrollo

personal y social de I y II semestre. Este Informe será elaborado por un software o

programa excell coordinado por UTP, luego será entregado al profesor jefe para su

revisión y será entregado por el/ella mismo al apoderado, a través de una entrevista

personal el último día de clases del II semestre (Mes de Diciembre). En el caso que

el apoderado no asistiera a dicha entrevista se entregará el Informe con

posterioridad (tres días después del término de año escolar lectivo) junto al

Certificado de Estudio.

Artículo 5

El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales y actitudes se

contemplará en el informe de Desarrollo Personal y Social del estudiante, el que se

entregará al término de cada semestre.

Artículo 6

a) De la corrección de instrumentos de evaluación:

Todos los docentes harán entrega de los instrumentos de evaluación corregidos

(pruebas, trabajos, entre otras) a los estudiantes, en SIETE días hábiles como máximo

desde la administración o aplicación del instrumento, con el fin de que éstos y sus

padres retroalimenten sus resultados. Los estudiantes deben mantener las evaluaciones

archivadas y/o disponibles, ya que serán objeto de evidencia ante cualquier situación

de consulta.

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Artículo 7

a) Disposiciones de evaluación diferenciada que permitan atender a todos los

estudiantes que así lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.

Evaluación Diferenciada:

La Unidad Educativa considera la evaluación diferenciada como un proceso de

adaptación y adecuación de las instancias de evaluación común, percibiéndola como un

proceso que tiene diversas modalidades; teniendo en cuenta el espacio, tiempo, tipo de

instrumento, material educativo y estrategia didáctica. Las disposiciones de la evaluación

diferenciada permiten atender a todos los/las estudiantes que presentan alguna Necesidad

Educativa Especial (N.E.E.), diagnosticada por profesionales, problemas de salud u otros.

La evaluación diferenciada puede ser aplicada por el profesor de asignatura y/o Educadora

Diferencial.

La evaluación diferenciada se caracteriza y se desarrolla en el establecimiento

por los siguientes principios:

-Debe evaluarse de forma diferenciada a los estudiantes que presentan necesidades

educativas especiales, que pertenezcan a Programa de Integración Escolar permanente

(Discapacidad Intelectual) o transitorio (Trastorno específico del lenguaje, Trastorno

específico del aprendizaje, Funcionamiento intelectual limítrofe, Déficit atencional con y

sin hiperactividad); y que requieran de ésta. A partir de las sugerencias emanadas de los

informes de especialistas; además la evaluación diferenciada debe estar explícita en la

Adecuación curricular.

-Debe evaluarse de forma diferenciada a casos vinculados a Embarazos adolescentes.

-Debe evaluarse de forma diferenciada todo caso que sea avalado por informe de

especialista (doctor, fonoaudiólogo, psicólogo, psiquiatra, fisiatra, entre otros) o

documentación válida (Informativos, decretos, memorándum o cartas de Instituciones u

Organizaciones Estatales o privadas).

-La adecuación de las instancias evaluativas son las siguientes: adaptar el espacio, tiempo,

material educativo, estrategia didáctica y tipo de instrumento de evaluación:

Espacio: lugar (sala de clases o aula de recursos u oficina).

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Tiempo: mayor cantidad de tiempo en la aplicación de un instrumento.

Recursos didácticos: material concreto y contextualizado.

Estrategia didáctica: personalizada, mediación escolar, metodología basado en los

estilos y ritmos de aprendizaje.

Tipo de instrumento:

-Pruebas parcializadas (fraccionada en su contenido).

-Rúbricas (adaptadas al nivel del estudiante)

-Listas de cotejo y escala de apreciación (adaptadas al estudiante).

-Trabajos de investigación (adaptadas al estudiante).

-Interrogación oral y escrita (adaptadas al estudiante).

Todos los procedimientos que se apliquen, deberán ser visados por la Unidad técnico

Pedagógica.

De la promoción:

Artículo 6

En relación a la promoción de los estudiantes se considerarán conjuntamente el

logro de objetivos del Plan de Estudio y la asistencia a clases.

Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8° de Enseñanza Básica que

hayan aprobado (promedio anual igual o superior a 4,0) todas las asignaturas del Plan

de Estudio.

Serán promovidos los estudiantes que no hubieran aprobado una asignatura,

siempre que el promedio final o anual sea igual o superior a 4,5, incluido el no

aprobado.

Serán promovidos los estudiantes que no hubiesen aprobado dos asignaturas,

siempre que el promedio final o anual sea igual o superior a 5,0, incluido el no

aprobado.

Serán reprobados los estudiantes que hubiesen reprobado tres o más asignaturas,

o no cumpliesen los requisitos anteriores. La reprobación de una asignatura significa

obtener un promedio igual o inferior a 3.9.

Para reprobar a un alumno(a) en 1º y 3º básico:

El profesor jefe deberá presentar variadas evidencias que muestre la dificultad

del niño en lectura, escritura o matemáticas, explicitándolas en un Informe de

reprobación.

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Haber informado oportunamente a los padres o apoderados, para posibilitar un

trabajo en conjunto con ellos.

La Directora del respectivo establecimiento, podrá decidir excepcionalmente,

previo informe fundado con varias evidencias del profesor jefe del curso de los

alumnos afectados, no promover de Primero a Segundo Básico a aquellos(as)

que presenten retraso significativo en la lectura, escritura o matemáticas en

relación a los objetivos de aprendizaje de los programas de estudio que aplica el

establecimiento, y que puede afectar seriamente a la continuidad de sus

aprendizajes en el curso superior.

Todos los estudiantes reprobados del establecimiento de 1º a 8º básicos, deben

ser informados a la Unidad Técnica pedagógica, y el docente encargado del curso o

profesor jefe debe realizar un Informe de Repitencia.

Artículo 7

Los estudiantes inasistencia a un evento evaluativo, debe justificar el apoderado

en secretaría y anotarse en el libro de registro e informar al docente de la ausencia del

estudiante a la evaluación o a la Unidad Técnico Pedagógica. El apoderado debe

justificar con Certificado médico u otro tipo de documento médico que explicite la

fecha y el motivo de la ausencia a clases, y dejar la documentación en secretaría. En

caso de viaje u otro aspecto personal, debe justificar con UTP. Los estudiantes que no

asistan a eventos evaluativos y estén justificados con documento médico, se le

RECALENDARIZARÁ todas las evaluaciones pendientes.

Artículo 8

a) De la asistencia a clases y promoción:

Para ser promovidos, los estudiantes deberán asistir como mínimo el 85% de las

clases establecidas en la calendarización anual, en conjunto de lo establecido en el

artículo 6 del presente reglamento. Sin embargo, por razones de salud u otras causas

debidamente justificadas con documentos entregados al establecimiento, la Directora en

conjunto con el equipo directivo y profesor jefe o asignatura podrán autorizar la

promoción de los estudiantes con porcentajes menores de asistencia; en la cual el

apoderado deberá elevar una solicitud (carta) al Director explicando el motivo de la

baja asistencia, quién después de haber analizado las causas y previamente presentando

los medios de verificación correspondientes autorizará (en conjunto con los docentes) o

no la promoción del estudiante.

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Se hará un seguimiento durante el año de los estudiantes con asistencia intermitente

de parte de los Profesores Jefes y Orientadora citando apoderados y pidiendo apoyo

a carabineros para hacer cumplir la Ley de obligatoriedad escolar.

Artículo 9

La directora del establecimiento con el equipo técnico y profesores (dependiendo

del nivel puede ser profesor jefe y/o profesores de asignatura) deberán resolver las

situaciones especiales de evaluación y promoción de estudiantes de 1º a 8º básico de

Educación básica, que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases,

ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente, u

otros. En estos casos se considerará pertinente un mínimo de cuatro calificaciones para

obtener un promedio semestral en una asignatura; además se puede aceptar validar la

asignatura con un examen final global (coeficiente dos) con los OA de la Unidad o

unidades pendientes a evaluar, obteniendo el promedio semestral.

En el caso de los estudiantes que ingresen al establecimiento y deban regularizar su

situación en relación a una secuencia distinta a la establecida en la malla curricular del

establecimiento (por ejemplo de escuela especial a escuela regular) se realizaran

exámenes para incorporarse al curso correspondiente, con una intención diagnóstica.

Artículo 10

a) Reprobación de estudiantes con NEE.

Los estudiantes con NEE que estén reprobando el nivel, deberá ser justificado a

través de:

-Informe de monitoreo que se realizó trimestralmente.

-Informe de acciones del Educador Diferencial y Especialista (Psicólogo o

Fonoaudiólogo).

-Adjuntar o exponer adecuaciones curriculares y constancia de evaluación

diferenciada.

-Analizar el caso ante Reunión de UTP, docentes y profesionales PIE.

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Artículo 11

a) Actas de Validación de Estudio

Los procedimientos a seguir en el caso de estudiantes que deseen incorporarse al

establecimiento y no puedan efectivamente acreditar estudios anteriores; son los siguientes:

-Se completará el formulario y se exigirá al apoderado presentar dicho documento al

DEPROV para una matrícula provisoria.

-Completar formulario para adquirir la PROVIDENCIA y realizar exámenes de validación

de estudio en Lenguaje y comunicación; Matemáticas; Historia, ciencias sociales y

geografía; Ciencias naturales; e Idioma extranjero Inglés, dando a conocer a los padres y/o

apoderados la situación final.

-Elaboración de actas de validación de estudio.

-Una vez concluido el proceso el estudiante deja de tener una matrícula provisoria y se

incorpora definitivamente como alumno en el establecimiento, en el curso que corresponde

según los resultados obtenidos.

Artículo 12

a) Certificado de estudio y actas

Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada

curso, las calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los estudiantes

(promovido o reprobado), porcentaje anual de asistencia y Cédula Nacional de

Identificación de cada uno de ellos.

Las actas se confeccionarán a través del software: Sistema de Información General

de Estudiantes (SIGE).

Los Certificados de estudio se confeccionarán en duplicado, entregándolos al

apoderado y al establecimiento presente después de tres días (no hábiles) de haber

finalizado el año escolar, éstas consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada

asignatura, la situación final de los estudiantes (promovido o reprobado), notas, porcentaje

anual de asistencia y Cédula Nacional de Identificación de cada uno de los estudiantes.

Éstos deben ser entregados por el profesor jefe o encargado del curso.

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Finalmente, la responsabilidad de toda la comunidad educativa dar fiel cumplimiento

a las normas de este Reglamento Interno de Evaluación, supervisados y monitoreados

por el Equipo directivo.

Se concluye que cada año debe ser revisado y analizado por los docentes y equipo

directivo-técnico para evaluar y readecuar los procedimientos de este reglamento, en

el caso de adaptarlos debe ser enviado al Departamento Provincial de Educación

Elqui.

ESCUELA REPUBLICA DE GRECIA

Reformulado el 20 Diciembre 2015

Coquimbo, Enero de 2016.-