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1 Profesor encargado: JUAN CISTERNAS PACHECO REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION 2018-2019 Escuela Rural Punta Paula.

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION 2018-2019 · la entrega de trabajos o evaluación del texto de lectura complementaria. ARTICULO 06: AMBITO DE CALIFICACIONES A) Se considerará

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Profesor encargado: JUAN CISTERNAS PACHECO

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION

2018-2019 Escuela Rural Punta Paula.

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FIJA REGLAMENTO DE EVALUACION PROMOCION Y OTRAS

MATERIAS RELATIVAS A ESTAS DISPOSICIONES SEGÚN

DECRETO EXENTO N° 511/97.

PARRAFO I: DISPOSICIONES GENERALES:

El presente Reglamento de Evaluación está basado en el Decreto Exento N° 511 del 08 de

mayo de 1997 y se aplicará en la Escuela Rural Punta Paula, durante el año 2018-2019.

ARTICULO 01: El propósito de la Evaluación que se aplicara en este

Establecimiento es monitorear y fortalecer el avance de los aprendizajes de

los(as) alumnos(as) en el transcurso del año lectivo. Este reglamento será aplicado

en los cursos de 1° a 6° año 2018-2019.

EVALUACION EN EDUCACION BASICA

a) Los niños y niñas de los cursos 1° a 6° de Educación Básica serán Evaluados

permanentemente durante todo el proceso de enseñanza aprendizaje, ya que con este

procedimiento se determinarán los logros y avances alcanzados por los alumnos y

alumnas.

Las evaluaciones acumulativas aplicadas a los alumnos y alumnas del establecimiento deberán

ser avisadas con anticipación (de acuerdo con el calendario preestablecido). Los cursos de

1° a 6° deben informar a los padres y apoderados, el rendimiento de su hijo(a) o pupilo(a) en

caso de que lo soliciten.

PARRAFO II: DE LA PLANIFICACION DEL PROCESO DE EVALUACION

ARTICULO 02: El presente Reglamento será comunicado a los Padres, Apoderados,

alumnos, alumnos y entes involucrados durante la 1° reunión en el mes de abril.

ARTICULO 03: La Escuela Rural Punta Paula se regirá por un sistema de Evaluación

Semestral de 1° a 6° básico.

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ARTICULO 04: Durante el Proceso educativo se aplicarán las siguientes formas

de evaluación para todos los alumnos de los cursos 1° a 6°.

A) EVALUACION DIAGNOSTICA. Se aplicará al inicio del año escolar, la que

consistirá en una prueba escrita, en base a los objetivos y unidades

correspondientes al año anterior, las que serán consideradas como conductas de

entrada para determinar el nivel adecuado de habilidades básicas y poder tomar

decisiones pedagógicas adecuadas. Los resultados deberán quedar registrados en los

leccionarios de cada curso.

Este diagnóstico será evaluado en conceptos.

NIVEL BAJO

NIVEL MEDIO BAJO

NIVEL MEDIO ALTO

NIVEL ALTO.

B) EVALUACION FORMATIVA: Se aplicará durante todo el Proceso de Enseñanza-

Aprendizaje; para luego retroalimentar los aprendizajes deficitarios. La que

consistirá en: interrogación oral, desarrollo de guías, observación directa,

participación en clases, registro de tarea, entrevistas u otras que considere el

profesor. El docente anotará en el Registro del desarrollo escolar observaciones

relevantes de los alumnos que serán consideradas en el proceso de evaluación.

C) EVALUACION SUMATIVA: Será el resultado del dominio de los aprendizajes

adquiridos por el alumno/a, obtenidos durante el término de una o más unidades, en

cada semestre. En los alumnos de 1º a 4º será una apreciación global de los

objetivos logrados lo que se traducirá en una nota de acuerdo con el registro de

avance de cada alumno o alumna de curso. En el transcurso del semestre los/as

alumnos/as de 1º a 6º básico, obtendrán calificaciones coeficiente uno.

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Finalizado el semestre, todos los alumnos obtendrán una calificación semestral y al

finalizar el Proceso Educativo serán calificados con una nota final, que se obtiene

de la suma de las calificaciones obtenidas en el 1° y 2° semestre, dividido por

dos.

D) DE LA EVALUACION DIFERENCIADA: Se entenderá por evaluación diferenciada,

a una aplicación de procedimientos que permitan evaluar los aprendizajes que el

alumno (a) debe alcanzar para lograr los objetivos del nivel y que esté de acuerdo

con exigencias mínimas de aprobación.

• La evaluación diferenciada establecida por el centro educativo cumplirá las

siguientes condiciones técnicas: Se podrá utilizar instrumentos de

evaluación: pruebas escritas u orales, pautas de observación, rubricas, lista

de cotejos, registros e informes.

• El profesor encargado con el apoyo de la UTP (Corporación Municipal Quellón)

podrá determinar formas de evaluaciones diferenciadas, para evaluar al

alumnado con necesidades educativas especiales, como criterio general, esta

medirá los mismos objetivos de aprendizaje y contemplará los mismos contenidos

del nivel académico que el alumno/a cursa.

• El profesor tomara las medidas pertinentes para que todo estudiante con NEE sea

atendido con procedimientos de Adecuación Curricular y/o Evaluación Diferenciada

en relación con un informe de UTP Corporación de Educación según corresponda.

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ARTICULO 05: DE LAS CALIFICACIONES

Los alumnos/as de los cursos 1° a 6° obtendrán las siguientes Calificaciones:

A) CALIFICACIONES PARCIALES

A.1) Los alumnos de 1° a 6°seran calificados en relación al

número de horas de cada asignatura, como lo indica la

tabla siguiente: Asignaturas con:

1 o 2 horas – 3 calificaciones como mínimo.

3 o 4 horas – 5 calificaciones como mínimo.

6 o más horas – 6 o más calificaciones.

A.2) Cuando los alumnos y alumnos reciban el primer informe deberán

tener como mínimo dos calificaciones parciales en cada

asignatura.

B) CALIFICACIONES SEMESTRALES: Las calificaciones semestrales corresponderán

en cada asignatura de aprendizaje al promedio aritmético ponderado de las

calificaciones parciales obtenidas durante el semestre, se expresarán con un decimal,

sin aproximación a la décima. Durante cada semestre se entregará un Informe de

Rendimiento a cada apoderado. El primer informe corresponderá en el mes de Junio y

el segundo informe durante el mes de Noviembre.

C) CALIFICACIONES TEXTOS DE LECTURAS COMPLEMENTARIAS Y OTROS

TRABAJOS:

Las calificaciones obtenidas en los textos de lectura complementaria,

caligrafías y otros serán evaluadas con escala de notas de 1,0 a 7,0,

considerándose como una nota formativa individual de las evaluaciones

parciales del semestre, promediándose la cantidad de calificaciones hasta

obtener una calificación.

D) CALIFICACION FINAL: Corresponderá en cada asignatura del Plan de Estudio al

Promedio Aritmético ponderado de los 2 Semestres, sin aproximación a la décima.

E) PROMEDIO GENERAL: Corresponderá al Promedio de las calificaciones finales en

cada asignatura del Plan de Estudio, se expresará con un decimal, con aproximación a

la décima.

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PARRAFO III: EXENCION DE ASIGNATURAS

No serán eximidos de alguna asignatura los alumnos de 1° a 6°año básico que

presenten problemas de salud o alguna incapacidad física, ya que deberán ser

evaluados en forma diferenciada y de acuerdo a sus capacidades y posibilidades

que presenten de su situación problemática; para ello deberá registrarse la

observación correspondiente en su hoja de vida, con el tipo de evaluación aplicada

e informar situación aludida a Corporación Municipal de Educación.

A) De la eximición en el sector de Educación Física: En el sector de

Educación Física, un alumno/a sólo podrá ser eximido de la actividad

física, previa presentación, de un certificado médico especificando el

tiempo por el cual se hace la solicitud. En tal caso, la actividad física será

cambiada por trabajos de investigación que serán programados por el

Profesor, y que deberán realizarse dentro del establecimiento escolar.

B) De la duración de la eximición: En caso de que un alumno/a se exima

durante un semestre, la calificación final anual corresponderá a la

calificación obtenida durante el semestre en que fue evaluado.

PARRAFO IV. FORMA DE CALIFICAR Y COMUNICAR RESULTADOS

Número de evaluaciones por día: La cantidad máxima de evaluaciones (o

calificaciones) escritas u orales para un día de clase será de dos, a excepción de

la entrega de trabajos o evaluación del texto de lectura complementaria.

ARTICULO 06: AMBITO DE CALIFICACIONES

A) Se considerará un 60% del logro de objetivos para asignar la

calificación mínima de aprobación 4,0 (cuatro, cero)

B) De la calificación de los alumnos de 1° a 6° año básico, serán

evaluados en un ámbito de calificaciones que va entre la nota 1,0

(uno coma cero) y el 7,0 (siete coma, cero).

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ARTICULO 07: INFORME DE CALIFICACIONES

El Profesor Encargado, deberá entregar a los Padres y Apoderados un informe de

calificaciones obtenidas por los alumnos en reuniones de CC de PP y AA optando la

siguiente modalidad

• En reunión mensual se informará sobre los avances de los alumnos/as según

requerimientos de los apoderados.

• Informe parcial en el mes de Junio y en el mes de Noviembre.

• Informe semestral a través de un documento oficial (Libreta de notas) que será

entregado al término del semestre.

• Certificado de notas finales, el que será entregado al apoderado al finalizar el

Año Escolar.

PARRAFO V: INFORME DE RASGOSDE PERSONALIDAD.

El logro de los objetivos transversales se registrará en el informe personal y social del

alumno, que está implícito en el Informe de Notas, será entregado a los padres y/o

apoderados, junto con el Informe de Calificaciones Semestrales, y será Evaluado en

conceptos.

Siempre S

Generalmente G

A veces AV

Nunca N

ARTICULO 08: SITUACIONES ESPECIALES

A) Frente a la inasistencia del alumno(a) a una de las evaluaciones, se considerará

justificada en caso de enfermedad o fallecimiento de un familiar directo, por lo

que se le dará una nueva oportunidad de ser evaluado.

B) Si la inasistencia del alumno(a) a una evaluación es por otros motivos no

establecidos en el inciso anterior, el profesor decidirá la forma de

proceder.

C) En caso de traslado de un alumno(a) con régimen trimestral, se procederá de

la siguiente forma:

• Si trajere notas finales del trimestre estas se considerarán notas

parciales del semestre.

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D) Para todos los efectos de calificaciones esta Escuela se conducirá por el

Régimen de Evaluación Semestral.

E) Situación especial alumnas embarazadas Para la promoción en el caso de

alumnas en situación de embarazo, tendrán que cumplir con a lo menos un

50% de asistencia, siempre y cuando éstas tengan como causa problemas

de salud debido a su embarazo, parto, post parto, enfermedades del hijo

menor de un año, asistencia a control de embarazo, pediátrico u otras

similares. Conjuntamente se considerará el logro de objetivos de los

sectores del Plan de Estudios correspondiente.

F) Cuando el alumno o alumna no se presente a las evaluaciones y luego de

darle dos oportunidades (dejando registros de estas), en la tercera de

estas será evaluado con nota Insuficiente, uno (1.0)

PARRAFO VI PROCEDIMIENTO DE EVALUACION FINAL

ARTICULO 09: El procedimiento para evaluar a los(as) alumnos(as) será el

siguiente:

A) EVALUACION FINAL DEL 1° a 4° AÑO BASICO

Al culminar el año lectivo los(as) alumnos(as) de 1° A 4° año básico,

serán evaluados considerando los promedios obtenidos en los dos

semestres expresados con un decimal sin aproximación a la

décima; los casos especiales que se presenten, como falta de notas

finales en algunas de las asignaturas, serán analizados y resueltos

por el Profesor Encargado/a.

B) EVALUACION FINAL DE 5° A 6° AÑO BASICO

Al culminar el año escolar los(as) alumnos(as) del 5° A 6° año

básico serán evaluados, en cada asignatura, considerando el

promedio aritmético del 1° y 2° semestre, expresado con un

decimal sin aproximación a la décima.

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Criterios

L :

Conceptos.

Logrado

Nota

70 - 60

ML : Medianamente

Logrado 50 - 60

NL : No logrado 40 - 50

ARTICULO 10: DE LA PROMOCION

Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 6° año básico, Considerando:

1.-LOGRO DE OBJETIVOS

A) Serán promovidos todos los alumnos/as que hubiesen

aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudio de los

respectivos cursos.

B) Serán promovidos los alumnos de 1° a 6° año básico, que

hubiese reprobado una asignatura siempre que su promedio

final sea igual o superior a 4,5 incluida la asignatura

reprobada.

C) Serán promovidos los alumnos de 1° a 6° año básico, que no

hubiesen aprobado dos asignaturas del Plan de Estudios,

siempre y cuando su nivel alcance un promedio de 5,0 (cinco

coma cero), incluidas las asignaturas no aprobadas.

2.- ASISTENCIA

Para ser promovidos(as) los(as) alumnos(as) deberán asistir a lo menos el 85% de las

clases establecidas en el Calendario Anual.

El Profesor encargado/a, podrá eximir de este requisito asistencia a los alumno/as

que por enfermedad o alguna otra razón debidamente justificada, no cumple con lo

establecido en este artículo.

PODRAN SER PROMOVIDOS SIEMPRE Y CUANDO SU RENDIMIENTO CUMPLA

CON ART.10- 1

Los(as) alumnos(as) de 1° a 6° año básico que no cumplan con lo establecido en los

puntos 1 y 2 deberán repetir curso.

Calificaciones en las asignaturas de Religión y Orientación.

Las asignaturas antes mencionadas serán evaluadas por el docente encargado

bajo los siguientes criterios e indicadores.

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PARRAFO VII DISPOSICIONES DE EVALUACION DIFERENCIADA

ARTICULO 11 Los(as) alumnos(as) que presenten problemas de

aprendizaje serán evaluados en forma diferenciada

(Decreto N° 170/09).

PARRAFO VIII PROCEDIMIENTOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS:

ARTICULO 12 CERTIFICADOS DE ESTUDIOS

Finalizado el Año Escolar el profesor , hará entrega de un

documento oficial (Certificado Anual de Estudios) a los

apoderados, donde se estipulara:

- Decretos.

- Asignaturas.

- Calificaciones obtenidas

- Situación final

En ningún caso deberá llevar en observaciones

hechos sobresalientes o negativos del alumno(a).

ARTICULO 13 REGISTRO DE CALIFICACIONES

A) Actas de Registro de Calificaciones y Promociones al final del

año escolar, el profesor confeccionara las Actas de

Calificaciones y Promociones finales (SIGE), de acuerdo a

las instrucciones emanadas por el Ministerio de Educación.

El plazo de recepción de las Actas será el estipulado

por el Ministerio de Educación.

B) De la calificación en el Libro de Registro Escolar. Al finalizar

el Año Escolar, el profesor deberá inscribir en este libro, la

nómina del curso, el número de matrícula de cada alumno(a),

las calificaciones finales por asignaturas, el

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porcentaje de asistencia, el promedio general y la situación

final de cada uno de los(as) niños(as).

Lo anterior lo justificara con su nombre y firma.

ARTICULO 14 CONSIDERACIONES FINALES

Cualquier aspecto no considerado en el Reglamento de operación del Decreto Exento

N° 511/1997, será resuelto en su debida oportunidad, por el Profesor Encargado

del Establecimiento y UTP de Corporación Municipal de Quellón.

El Profesor Encargado del Establecimiento conjuntamente con la UTP de

Corporación Municipal de Quellón tendrá la facultad de determinar si los

alumnos/as, que presenten bajo rendimiento escolar podrían quedar repitiendo aún

presentando un promedio sobre 4.0 y cumplan o no con el porcentaje de

asistencia, todo esto será respaldado por informes del profesor y UTP de

Corporación Municipal de Quellón.

Este Reglamento de Evaluación y Promoción tendrá vigencia en el año escolar 2018-2019.

El Profesor Encargado lo revisara una vez al año (Marzo) para hacer las

innovaciones correspondientes o cuando lo amerite la ocasión.

JUAN CISTERNAS PACHECO

PROFESOR ENCARGADO ESCUELA RURAL PUNTA PAULA

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