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Comité Edificio Nueva Irarrázaval 2074 Av. Irarrázaval 2042 Ñuñoa Santiago [email protected] Evite multas y penalizaciones cumpliendo con las reglas de convivencia y, además, ayude con la seguridad del edificio ANEXO I REGLAMENTO DE COPROPIEDAD “Edificio Nueva Irarrázaval 2074” El siguiente reglamento se basa en la sana convivencia, la seguridad y la correcta administración Conceptos generales Bienes inmuebles privados : corresponde a los bienes sobre los cuales se es propietario, llámese departamento y/o bodega y/o estacionamiento. Comunidad : conjunto de propietarios de bienes inmuebles privados del edificio “Nueva Irarrázaval 2074”. Espacio común no opcional : corresponde a los espacios comunes de uso indispensable para acceder a los bienes inmuebles privados, tales como, pasillos, ascensores, sala de estar y otros. Espacio común opcional : corresponde a los espacios sujetos a disponibilidad. Que son: sala multiuso, quincho, sala de cine, gimnasio, sala de juegos, piscina, estacionamientos de visitas y sala de lavados. Gastos comunes : son aquellos gastos que se efectúan en beneficio de la comunidad y que son financiados por la comunidad. Multa : penalización monetaria asociada al incumplimiento del reglamento de copropiedad, la cual siempre será parte de los gastos comunes del departamento en cuestión . Normas generales 1. Para ser uso de los bienes comunes opcionales, es requisito INDISPENSABLE estar al día en el pago de los gastos comunes (incluyendo eventuales multas). 2. La reserva de los espacios comunes opcionales se debe realizar en conserjería y debe ser realizada por un adulto. 3. La sala de cine, es de uso exclusivo de las personas asociadas al departamento que hizo la reserva y para ello se debe pedir las llaves en conserjería. 4. La lavandería, el gimnasio y la sala de juegos son de uso exclusivo de los residentes. 5. Para ser uso del gimnasio, piscina y sala de juegos, se debe pedir la llave en conserjería a menos que ya se encuentre en uso (estas dependencias son de uso compartido). 6. En el caso de la sala de lavados, ésta se mantiene abierta y es de uso compartido, por orden de llegada, por ende es muy importante retirar a tiempo la carga, para no imposibilitar el uso a otro residente. Para ello se dispondrá de una pizarra o libro de registro donde el usuario debe anotar el número de departamento, hora de inicio y número de la máquina utilizada. 7. Si después de media hora de terminado el proceso de lavado o secado, la ropa no es retirada por el residente, se retirará y dejará en canastos habilitados para tal efecto, en presencia del conserje de turno . 8. Los bloques horarios disponibles para arrendar la sala multiuso o el quincho son: Domingos a Jueves 11:30 a 17:30 o 18:00 a 24:00 Viernes y Sábados 11:30 a 19: 00 o 19:30 a 02:00

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Evite multas y penalizaciones cumpliendo con las reglas de convivencia y, además, ayude con la seguridad del edificio

ANEXO I REGLAMENTO DE COPROPIEDAD “Edificio Nueva Irarrázaval 2074” El siguiente reglamento se basa en la sana convivencia, la seguridad y la correcta administración

Conceptos generales

Bienes inmuebles privados: corresponde a los bienes sobre los cuales se es propietario, llámese departamento y/o bodega y/o estacionamiento.

Comunidad: conjunto de propietarios de bienes inmuebles privados del edificio “Nueva Irarrázaval 2074”.

Espacio común no opcional: corresponde a los espacios comunes de uso indispensable para acceder a los bienes inmuebles privados, tales como, pasillos, ascensores, sala de estar y otros.

Espacio común opcional: corresponde a los espacios sujetos a disponibilidad. Que son: sala multiuso, quincho, sala de cine, gimnasio, sala de juegos, piscina, estacionamientos de visitas y sala de lavados.

Gastos comunes: son aquellos gastos que se efectúan en beneficio de la comunidad y que son financiados por la comunidad.

Multa: penalización monetaria asociada al incumplimiento del reglamento de copropiedad, la cual siempre será parte de los gastos comunes del departamento en cuestión.

Normas generales

1. Para ser uso de los bienes comunes opcionales, es requisito INDISPENSABLE estar al día en el pago de los gastos comunes

(incluyendo eventuales multas).

2. La reserva de los espacios comunes opcionales se debe realizar en conserjería y debe ser realizada por un adulto.

3. La sala de cine, es de uso exclusivo de las personas asociadas al departamento que hizo la reserva y para ello se debe pedir las llaves en conserjería.

4. La lavandería, el gimnasio y la sala de juegos son de uso exclusivo de los residentes.

5. Para ser uso del gimnasio, piscina y sala de juegos, se debe pedir la llave en conserjería a menos que ya se encuentre en uso

(estas dependencias son de uso compartido).

6. En el caso de la sala de lavados, ésta se mantiene abierta y es de uso compartido, por orden de llegada, por ende es muy importante retirar a tiempo la carga, para no imposibilitar el uso a otro residente. Para ello se dispondrá de una pizarra o libro de registro donde el usuario debe anotar el número de departamento, hora de inicio y número de la máquina utilizada.

7. Si después de media hora de terminado el proceso de lavado o secado, la ropa no es retirada por el residente, se retirará y

dejará en canastos habilitados para tal efecto, en presencia del conserje de turno.

8. Los bloques horarios disponibles para arrendar la sala multiuso o el quincho son:

Domingos a Jueves 11:30 a 17:30 o 18:00 a 24:00 Viernes y Sábados 11:30 a 19: 00 o 19:30 a 02:00

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9. El arriendo de la sala multiuso tendrá un valor de $10.000.- por cada bloque horario, a cancelar al momento de la reserva.

10. El arriendo del quincho tendrá un valor de $10.000.- por cada bloque horario, a cancelar al momento de la reserva.

11. Para ambos arriendos (sala multiuso y quincho), es indispensable entregar en conserjería, con al menos 24 horas de

anticipación un listado con el registro de los invitados, esto con el fin de evitar el ingreso de invitados “no deseados”.

12. El no uso de la sala en la fecha reservada, no implica la devolución de la reserva.

13. Para retractarse de la reserva, debe realizarse con al menos 5 días de antelación. En un plazo menor a 3 días, sólo se devolverá el 50% de la reserva.

14. Además de la reserva, se deberá dejar un cheque nominativo y cruzado a nombre de “Edificio Nueva Irarrázaval 2074” en

garantía por $200.000.- por cada recinto reservado. Por ejemplo, si reserva simultáneamente la sala multiuso y el quincho, deberá dejar 2 cheques por $200.000.- c/u. Esta garantía es para cubrir eventuales daños por accidentes en su uso y/o desaseo.

15. De no existir daños y/o desaseo, se devolverá el cheque dentro de los siguientes 3 días hábiles.

16. De existir daños o desaseo, se utilizará el cheque para cubrir lo necesario y se devolverá el saldo una vez que se haya realizado la reparación y/o aseo. Si dicho monto no es suficiente, se cargará la diferencia a los gastos comunes del mes en curso. Los criterios sobre los cuales se realizarán los descuentos serán informarán al momento de la reserva (ver formulario 1 y 2).

17. El arriendo de la sala multiuso y/o el quincho no otorga oportunidad y/o derecho a uso de otro espacio común opcional.

18. Sólo se podrá arrendar la sala multiuso simultáneamente al quincho en un ÚNICO bloque horario, pagando ambos

importes y ambas garantías.

19. Cada invitado debe facilitar su carnet de identidad en conserjería para ser registrado. En caso de no facilitarlo, no podrá ingresar al edificio.

20. Es responsabilidad de los anfitriones, poner en conocimiento a sus invitados de estas reglas.

21. La entrega y recepción de la sala multiuso y del quincho estará a cargo del conserje (ver formulario 1 y 2).

22. Los estacionamientos son exclusivamente para vehículos y deben limitarse al espacio asignado de tal manera de no

entorpecer el espacio de circulación común, quien infrinja esta norma, será en primera instancia amonestado por escrito y en segunda instancia, será multado con 1 U.T.M., que será cobrada en los gastos comunes del mes en curso.

23. Queda prohibido consumir bebidas alcohólicas en la piscina, sector del jardín y sala de cine.

24. Queda prohibido ingresar con mascotas tanto a la piscina como al sector del jardín.

Normas particulares:

SALA MULTIUSO

25. La capacidad máxima de la Sala multiuso es de 30 personas.

26. Debe ser arrendada por el propietario y/o arrendatario del departamento quien será considerado el responsable directo del

uso del recinto. Para ello deberá concurrir personalmente a conserjería, completar el formulario de reserva, pagar $10.000.- y dejar el cheque en garantía.

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27. El recinto deberá ser entregado limpio al concluir su tiempo de uso. La persona que realizó la reserva, será la responsable

del aseo y de la integridad del recinto. Así mismo, será responsable de eventuales daños realizados por él o sus invitados en el resto de las instalaciones.

28. El conserje de turno, además de ser el encargado de hacer cumplir estas normas, será quien entregue y recepcione el

recinto previa revisión conforme de él. Cualquier anomalía o incidente deberá quedar registrada en el formulario (ver formulario 1), el cual debe será firmado.

29. Los daños, destrozos o desaseos del recinto serán evaluados por la administración y cubiertos usando el cheque en

garantía. Los excedentes serán devueltos a través de un cheque de la comunidad, al día y a nombre del arrendatario. En el caso que el gasto sea superior al monto de la garantía, esta diferencia será cobrada en los gastos comunes del mes en curso.

30. El incumplimiento de estas normas, acarreará la suspensión del uso del recinto para cualquier miembro del departamento

implicado por un año.

31. Cualquier eventual conducta de “invitados” dentro o fuera del recinto, que pudieran alterar la sana convivencia de la comunidad será responsabilidad de su arrendatario y acarreará la misma penalización señalada en el punto anterior, además de una multa de 1 U.T.M., la cual será cobrada en los gastos comunes del mes en curso.

QUINCHO

32. Debe ser arrendado por el propietario y/o arrendatario del departamento, haciendo una reserva previa, para tales efectos

el arrendatario del quincho deberá concurrir personalmente a conserjería dejando por escrito en el libro de RESERVAS sus datos personales (número de departamento, nombre completo, teléfono de contacto) quien será considerado el responsable directo del uso del recinto.

33. El arriendo del Quincho no otorga oportunidad y /o derecho a uso de otro espacio común opcional (excepto baño de

minusválidos).

34. La capacidad máxima del Quincho es de 15 personas.

35. El recinto deberá ser entregado limpio al concluir su tiempo de uso. La persona que realizó la reserva, será la responsable del aseo y de la integridad del recinto. Así mismo, será responsable de eventuales daños realizados por él o sus invitados en el resto de las instalaciones.

36. El conserje de turno, además de ser el encargado de hacer cumplir estas normas, será quien entregue y recepcione el

recinto previa revisión conforme de él. Cualquier anomalía o incidente deberá quedar registrada en el formulario (ver formulario 2), el cual debe será firmado.

37. El incumplimiento de estas normas, acarreará la suspensión del uso del recinto para cualquier miembro del departamento

implicado por un año.

38. Cualquier eventual conducta de “invitados” dentro o fuera del recinto, que pudieran alterar la sana convivencia de la comunidad será responsabilidad de su arrendatario y acarreará la misma penalización señalada en el punto anterior, además de una multa de 1 U.T.M., la cual será cobrada en los gastos comunes del mes en curso.

39. Los daños, destrozos o desaseos del recinto serán evaluados por la administración y cubiertos usando el cheque en

garantía. Los excedentes serán devueltos a través de un cheque de la comunidad, al día y a nombre del arrendatario. En el caso que el gasto sea superior al monto de la garantía, esta diferencia será cobrada en los gastos comunes del mes en curso.

40. Los usuarios tendrán a su disposición los servicios higiénicos ubicados al final del pasillo.

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SALA DE CINE

41. Será cedida sin costo para los residentes, haciendo una reserva previa de al menos de 3 horas, para lo cual, el solicitante

(familiar residente) deberá concurrir personalmente a conserjería y llenar el libro de RESERVAS para tales efectos y será considerado el responsable directo del uso del recinto.

42. La cesión será de 3 horas al día por departamento, prorrogables por otras dos, si en el horario siguiente la sala no está

reservada.

43. El número de ocupantes no debe exceder el número de butacas (10).

44. Queda estrictamente prohibido fumar y/o comer y/o beber en el recinto, así como la manipulación de las conexiones de los equipos.

45. La sala puede funcionar las 24 horas, aunque en horas de descanso 20:00 a 08:00 horas, deberá usarse un volumen

moderado (prudente).

46. Antes de devolver las llaves, se debe mostrar que los equipos funcionan perfectamente.

47. El no cumplimiento de estas normas acarreará una suspensión de su uso por un año para los residentes del departamento del solicitante.

48. Los eventuales costos por daños al recinto y/o su mobiliario será responsabilidad del solicitante, y se cobrarán en los gastos

comunes del mes en curso.

PISCINA

49. No tendrá costo de uso.

50. Las llaves de acceso a la piscina deben ser solicitadas en conserjería por un adulto, quien será el responsable de devolverlas. Si al abandonar la piscina, quedan otros residentes, deberán dirigirse a conserjería para traspasar la responsabilidad de las llaves.

51. El horario de uso es

Lunes a Viernes de 10:00 a 20:00 horas Sábado, Domingo y festivos de 10:00 a 20:30 horas

52. Permite dos (2) invitados por departamento durante la semana, ya que los fines de semana, es de uso exclusivo para

residentes.

53. Menores de edad deben ser acompañados por adultos responsables.

54. Prohibido todo juego o ruidos molestos que alteren la tranquilidad de los residentes y demás bañistas.

55. Prohibido ingresar mascotas al recinto.

56. Queda prohibido hacer picnic y/o consumir bebidas alcohólicas.

57. Prohibido el ingreso de personas que sufran afecciones a la piel, mucosas o secreciones.

58. Prohibido arrojar objetos a la piscina.

59. Se recomienda el uso de coles y/o gorro de baño.

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60. Utilice la ducha y limpie bien su cuerpo al entrar y salir del recinto.

61. La responsabilidad de mantener el aseo del recinto es de los usuarios.

62. Queda prohibido circular por los pasillos del edificio con ropa mojada y descalzos.

63. Cualquier incumplimiento a estas normas, acarreará una multa de 1 U.T.M., la cual será cobrada en los gastos comunes de

mes en curso.

ESTACIONAMIENTO DE VISITAS

64. Son sólo para el uso de visitas.

65. El residente que utilice un estacionamiento de visitas, será multado con 1 U.T.M. diaria con independencia del tiempo diario utilizado, para ello, NO se realizará una advertencia, simplemente se registrará en el libro de novedades y con posterioridad el administrador cursará la respectiva multa, en los gastos comunes del mes en curso.

66. La visita no excederá las 4 horas continuas de uso del estacionamiento y no podrá reingresar hasta dos horas después (si

hay estacionamientos disponibles).

67. El incumplimiento de la norma anterior acarreará, en primera instancia, una multa de 1 U.T.M. y en caso de reincidencia, se aplicará una multa de 2 U.T.M. por evento, todo esto sin necesidad de enviar una notificación al departamento afectado, bastará simplemente la revisión de la planilla de registro de ingreso/salida de vehículos.

68. Se permitirá el ingreso de hasta 2 vehículos visitantes por departamento.

69. La visita se anunciará por intercomunicador a consejería, quien recabará autorización del departamento respectivo;

concedida la autorización llenará la planilla correspondiente con sus datos y luego ingresará al recinto.

70. Las visitas tiene estrictamente prohibido ingresar vehículos a los estacionamientos subterráneos. El incumplimiento de esta norma acarreará la suspensión automática de recibir autos visitantes al departamento anfitrión por un año.

71. Se exceptúa del punto anterior a aquel residente que estando en posesión de un estacionamiento lo mantiene sin uso y

comunica oportunamente a conserjería que será ocupado por su visita.

72. Queda estrictamente prohibido entregar la llave del portón de entrada a estacionamientos a visitas. La trasgresión a esta norma acarreará la suspensión de recibir autos visitantes al departamento anfitrión por un año.

73. Los estacionamientos de los residentes sólo pueden ser arrendados a residentes del edificio.

74. Se dispondrá de 2 estacionamientos exclusivos para discapacitados.

75. Quién declare su vehículo en “panne” ocupando un estacionamiento de visita, dispondrá de tres horas para retirarlo, en

caso contrario se aplicará la misma penalización indicada en el punto (63).

RUIDOS MOLESTOS

76. Usar equipos de audio, tv, cine, computadores o, cualquier otro, a un volumen moderado en cualquier hora del día (según la O.M.S. Se permiten 55 decibeles entre las 07:00 a.m. y las 21:00 p.m. Y 45 decibeles entre las 21:00 p.m y las 07:00 a.m.)

77. No obstante, cualquier residente que se sienta afectado por ruidos molestos después de las 22:00 horas deberá hacerlo

saber al conserje de turno.

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78. El conserje de turno, además de dejar constancia en el libro de incidentes, solicitará al causante de los ruidos, su

moderación o término inmediato de ellos, de persistir el evento, queda facultado para solicitar la intervención de la fuerza pública y que ésta proceda al respecto conforme a la ley vigente. También queda facultado el administrador para interponer las denuncias pertinentes en el Juzgado de Policía Local cuando el caso lo amerite.

79. Quedan prohibidas las fiestas a cualquier hora en los departamentos. En caso de trasgresión se aplicará el procedimiento

señalado en el punto (78).

80. Los trabajos de carpintería, albañilería u otros que impliquen ruidos molestos, con independencia de quien los realice, se podrán efectuar de

Lunes a Viernes de 09.30 a 19:00 horas y

Sábados de 12:00 a 14:00 horas.

En los días Sábados por la tarde, Domingos y festivos queda prohibido realizar trabajos.

81. Cualquier incumplimiento a estas normas, acarreará una multa de 3 U.T.M., la cual será cobrada en los gastos comunes de mes en curso.

MASCOTAS

82. Se debe registrar en conserjería cada mascota que posean los residentes, con el fin de tener un catastro de ellas, ante

eventuales pérdidas.

83. Las mascotas podrán circular por los pasillos y ascensores cumpliendo con las normas legales mínimas: siempre y cuando transiten en los brazos de sus dueños y/o cuidadores. En el caso de los perros deberán usar correa y excepcionalmente usar bozal en el caso de razas consideradas peligrosas y/o agresivas.

84. El aseo de fecas y/u orina de las mascotas es de absoluta responsabilidad de sus dueños. Los espacios comunes, sobre todo

los jardines, ascensores y estacionamientos NO son servicios higiénicos para mascotas.

85. Los problemas de higiene ambiental provocados por las mascotas son de responsabilidad de sus dueños.

86. Los ruidos molestos y reiterados ocasionados por las mascotas, serán sancionados con 1 U.T.M. luego del tercer reclamo formal y será cobrada en los gastos comunes del mes en curso. En caso de continuar los ruidos molestos se interpondrá una demanda en el juzgado de policía local, además de ser denunciado a la Unidad de Justicia Vecinal.

87. Las mascotas deben tener sus controles veterinarios – sanitarios al día (exhibir certificado de control).

88. Se prohíbe el ingreso de visitas con cualquier tipo de mascotas.

89. Es responsabilidad de los anfitriones poner en conocimiento de sus invitados estas reglas.

90. El incumplimiento de estas normas faculta a la administración a aplicar una multa de 2 U.T.M. al departamento anfitrión, la

que será cobrada en los gastos comunes del mes en curso.

GASTOS COMUNES

91. La planilla que informa su cobro se pondrá a disposición (casillero de conserjería) de los residentes entre los días 10 y 15 de

cada mes, y habrá plazo de pago hasta el último día del mes en curso.

92. El no pago en el plazo estipulado acarreará

El cobro de una multa de 0,25 UF mensuales

Intereses del 5% del total de los gastos comunes

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Además, se suspenderá el suministro eléctrico a todas aquellas unidades que se encuentre con tres meses morosos continuos o discontinuos, y no se aceptarán abonos, si no es el PAGO TOTAL DE LA DEUDA (gastos comunes + multas).

93. Para el caso de aquellas unidades que al vencimiento de sus gastos comunes sumen UN (1) mes impago, se suspenderá el

agua caliente, y no se hará la reposición de este servicio, mientras no cancele el TOTAL DE LA DEUDA (gastos comunes + multas).

94. Cualquier caso que deba contemplar una excepción deberá ser presentada por escrito al Comité por intermedio de la

administración, quienes tendrán que resolver en un plazo máximo de cuatro días hábiles y entregar una respuesta por escrito al interesado.

95. Las morosidades convenidas no conllevan penalización alguna, pero si intereses.

96. No se atenderán solicitudes teniendo acuerdos anteriores pendientes, o cuando los gastos comunes conlleven cobro de

multas.

97. El pago de las multas, será exigido a través del pago de los gastos comunes del mes pertinente. Por consiguiente, se entenderán cancelados unos y otros cuando sean pagados EN SU TOTALIDAD.

98. Adicionalmente, en una primera instancia, no se arrendarán espacios comunes “opcionales” (sala multiuso y quincho) y, en

una segunda instancia, además, no se facilitarán los espacios “opcionales” cedibles (sala de cine, sala de juegos y gimnasio), a quienes tengan gastos comunes u otros cobros impagos.

SEGURIDAD

99. Cualquier agresión verbal o física al personal de servicio, al administrador o a algún miembro del comité será sancionada con 2 U.T.M.. las que serán cargadas a los gastos comunes del departamento que originó dicha agresión. Sin perjuicio de las acciones legales que se presenten en contra del agresor.

100. Con la finalidad de controlar los accesos al edificio, los residentes deberán ingresar desde la calle haciendo uso de la llave

que se les entregó al recepcionar el departamento. Esta será norma será una obligación a partir del 1 de mayo del 2013, ya que los conserjes dejarán de ser “porteros” y pasarán a cumplir uno de sus principales roles que es LA SEGURIDAD de la comunidad.

101. Por seguridad, se solicita a los residentes dejar cerradas las puertas de acceso al edificio y esperar el cierre del portón automático.

102. Toda persona ajena que ingrese al edificio, deberá registrar en conserjería, tanto su ingreso como su salida, presentando

una identificación válida ya sea cédula de identidad, pasaporte o licencia de conducir. El negarse a presentar una identificación imposibilita el ingreso al departamento que visita.

103. Además, en el caso de las visitas que usen los estacionamientos, deberán registrar la patente del vehículo desde el portón

de acceso vehicular, en caso contrario no podrá ingresar.

104. La visita o residente, debe avisar en conserjería la retirada del vehículo del edificio para efectos de disponer nuevamente del estacionamiento y evitar multas por sobreuso.

105. Será de responsabilidad de los residentes, el asegurar con doble chapa la puerta de sus departamentos y bodegas, de

manera de evitar cualquier intento de robo.

106. Los residentes que soliciten pedidos (alimentos), deberán bajar a conserjería a retirarlos, razón por la que no está permitido que los repartidores de alimentos suban a los departamentos.

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107. De igual manera, en el caso de recibir algún otro tipo de despacho, el residente deberá bajar a conserjería a recepcionar el

producto, con el fin de impedir la libre circulación de los despachadores por las dependencias del edificio.

MUDANZA

108. Existe sólo 1 ascensor destinado a mudanza.

109. Las mudanzas se debe coordinar con conserjería con al menos 24 horas de anticipación.

110. Podrán realizarse mudanza en los siguientes horarios De lunes a viernes en 2 turnos:

De 09:00 a 14:00 hrs o de 14:00 a 19:00 hrs.

Sábados sólo en 1 turno:

de 09:00 a 14:00 hrs.

111. Al momento de coordinar la mudanza se debe pagar $5.000.-. Dicho importe será destinado a la mantención del ascensor, ya que el desgaste de material será mucho mayor.

VARIOS

112. Las cortinas vistas desde la calle deben ser de colores neutros, de tal manera que al interior del departamento, puedan usar

el diseño que les acomode sin entorpecer la estética del edificio (norma detallada en el “Manual del propietario”).

113. Está prohibido colgar ropa o lo que sea, en las barras de los balcones o terrazas.

114. Respecto al uso de parrillas, sólo se permite el uso de parrillas eléctricas.

115. No está permitido lavar alfombras, baldear u otros menesteres (arrojar objetos y/o líquidos, colillas de cigarrillos, cenizas) en terrazas o balcones y/o logias, que implique perjudicar el aseo o seguridad de los departamentos inferiores o laterales.

116. El aseo de limpiapiés y el lugar que ocupan del pasillo frente a cada departamento, es de exclusiva responsabilidad de su

dueño y no de la persona que hace el aseo del pasillo.

117. Se reitera que no se deben arrojar botellas (de vidrio o plástico), cartones, diarios, alambres, ropa ni sacudir la bolsa de la aspiradora por el ducto de basura. Todos ellos, se deben dejar ordenadamente, en el “clóset ecológico” de cada piso, ubicado a un costado del ducto de basura. En el caso de los escombros se debe pedir indicaciones en conserjería.

118. Al realizar compras con despacho a domicilio, se debe privilegiar la coordinación del despacho en horario que se encuentre el residente en su hogar, en caso contrario se podrán recepcionar, sí y sólo sí, existe una coordinación previa entre el residente y el conserje. Dicho artículo no podrá permanecer en las dependencias de conserjería más allá del mismo día en que se recibió.

119. Los conserjes no se hacen responsables del estado en que lleguen dichos productos.

120. En caso de necesitar dejar llaves en conserjería, éstas deben estar en un sobre cerrado con el nombre de la persona que la

retirará. Conserjería no se hace responsable ante eventuales perdidas.

121. El canal de comunicación formal con el comité será, además del libro que se encuentra en conserjería, el siguiente mail:

[email protected]

Confiamos en que si todos cumplimos el reglamento, no será necesario aplicar las multas Cuidemos nuestros espacios comunes y colaboremos con la buena y sana convivencia….!!