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Reglamento de pasantias modificado[1]

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Page 1: Reglamento de pasantias modificado[1]

REGLAMENTO

DE

PASANTÍAS

Cabudare, Marzo 2.008

VICE-RECTORADO ACADÉMICO

DIRECCIÓN DE PASANTÍAS

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AZUL SUBRAYADO: SE SUGIERE ELIMINARVERDE: INCLUIR

El Consejo Universitario de la Universidad “Fermín Toro”, reunido en sesión ordinaria CU No. 07-10-03, celebrada el día 24 de Octubre del 2.007, en uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 9, ordinal 1 y el Articulo 20, ordinal 21 de la Ley de Universidades, en concordancia con el Articulo 25 ordinales 8 y 9 del Estatuto Orgánico de la Universidad Fermín Toro. APROBO: REGLAMENTO DE PASANTIAS.

El presente Reglamento establece las directrices sobre la planificación ,programación evaluación, tutoría y dirección de pasantías en la Universidad Fermín Toro.

CAPITULO I

DEFINICIONES Y ESPECIFICACIONES

Artículo 1: Se denominan Pasantías, las actividades curriculares realizadas por el

estudiante en Industrias, Instituciones o Empresas públicas o privadas, por un lapso de

tiempo de doce (12) semanas continuas a razón de ocho (8) horas diarias según el horario

establecido en la empresa, para corroborar, aplicar y ampliar los conocimientos, habilidades

y destrezas obtenidos durante el desarrollo del Plan de Estudios de la carrera, una vez

cumplidos los requisitos mínimos exigidos por el mismo.

Artículo 2: La actividad de pasantía no tiene fines remunerativos, son de carácter obligatorio

y se desarrollan con la supervisión y asistencia de tutores Académico, y Empresarial o su

equivalente y se regirán por las normas establecidas en este Reglamento.

Artìculo 3. Se denomina pasante al estudiante que habiendo satisfecho los requisitos para ello, y debidamente autorizado por la Dirección y/o Coordinación de Pasantía, este cumpliendo de manera individual y personal, la actividad de practicas profesionales en

Artìculo 4 Podrá ejecutrar las Pasantías Profesional, el estudiante que hay inscrito la asignatura pasantía, siempre que haya aprobado el numero de unidades de créditos que señala el plan de estudio correspondiente y que haya cumplido las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.

Artìculo 5: La Pasantia Profesional podrà realizarse en cualquier lugar del paìs o en el exterior y se regirà por las disposicipones entre la Direcciòn de Pasantias, El Pasante y la Empresa u Oranizaciòn.

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Artìculo 6:La Oficina de Direcciòn de Pasantías será la encargada de planificar programar, coordinar, ejecutar, supervisar y controlar el Programa de Pasantías de las diferentes facultades de esta Casa de Estudios..

.

CAPITULO II

OBJETIVOS DE LAS PASANTÍAS

Artículo 7: Son objetivos generales de las Pasantías:

a) Propiciar el perfeccionamiento y enriquecimiento de reforzar y optimizar los

conocimientos adquiridos por el estudiante en el proceso de formación acadèmica, de

acuerdo a las diversas àreas que definen el perfil de su carrera.

b) Integrar al estudiante al sistema productivo, a través de la formación tecnológico-práctica,

donde podrán aplicar los conocimientos adquiridos durante su formación académica.

c) Estimular en el estudiante su creatividad e iniciativa y responsabilidad integral, ante los

requerimientos de las empresas, instituciones o industrias, en concordancia con el

entorno socioeconómico actual.

d) Promocionar promover la incorporación de los egresados al mercado laboral.

e) Fomentar el intercambio científico y tecnológico de la universidad con otras Instituciones de nivel universitario y con los centros de trabajo a fin de facilitar una evaluación y actualización permanente de los diseños curriculares, con base a los requerimientos reales del país y a las innovaciones del mercado ocupacional.

f) Participar activamente en la solución de problemas técnico-profesionales, en el sitio donde realiza su pasantía

Artículo 4: Son objetivos generales del Pasante:

a) Afianzar los conocimientos teóricos – prácticos obtenidos durante su formación

académica, en la aplicación al mercado laboral y su entorno.

b) Desarrollar las habilidades y destrezas en campos y áreas de su conocimiento que así lo

requieran.

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c) Colocar en contacto directo al estudiante con la realidad actual de su profesión.

d) Identificar problemas del entorno, donde se desarrolla y proponer posibles alternativas de

solución.

e) Promover vínculos con organizaciones profesionales que le permitan fortalecer su

formación académica.

Artículo 5: Son objetivos de la Universidad Fermín Toro en el proceso de Pasantías:

a) Enriquecer, orientar y/o complementar los planes de estudio, de acuerdo a las

sugerencias o recomendaciones aportadas por los Tutores Académicos, Empresariales o

su equivalente y los estudiantes.

b) Fomentar las relaciones con el sector productivo, Instituciones tanto Oficiales, como

Privadas, Entes Gubernamentales y No Gubernamentales e Instituciones de Educación

Superior del País. A fin de fortalecer las relaciones Interinstitucionales.

CAPITULO III

DE LAS OBLIGACIONES DEL PASANTE

Artìculo 8: Son deberes del Pasante:

a) Cumplir con las actividades señaladas en el plan de trabajo de sus pasantías.b) Acatar lo contemplado en el reglamento interno, normativas, horarios o cualquier otra disposición de la empresa u organismo.c) Informar al Tutor académico y Tutor empresarial acerca del avance o dificultades encontradas en el desarrollo de su pasantía.d) Llevar un registro de las actividades desarrolladas y las observadas de acuerdo con lo pautado en el plan de trabajo.e) Elaborar un informe final sobre las actividades realizadas en la pasantía que deberá entregar al Tutor académico yal tutor empresarial para su validación para finalmente consignarlo ante la Dirección o Coordinación de Pasantias.

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CAPITULO IV

DE LOS TUTORES DE PASANTIAS

Artículo 9: Todo Pasante tendrá asignado dos (2) tutores, a saber: La pasantia profesional

serà realizada bajo el seguimiento, orientación supervisión y evaluaciòn de dos tutores,

actividades desempeñadas por:

Tutor Académico,:debe ser miembro del personal Docente de la Universidad Fermín Toro,

con una antigüedad mínima de 1 año, profesional del área, con suficiente y comprobadas

credenciales que le permitan desempeñarse como tal, y tener aprobado el curso de

Formación de Tutores Académicos de Pasantias dictado por la Universidad Fermín Toro.

Tutor Empresarial, es un profesional del área, designado por la empresa o institución donde

realizará la pasantía y que supervisará directamente el trabajo del pasante. Los Tutores

Académicos serán designados por el Consejo de Escuela respectivo.

Articulo 10: Los Tutores Académicos tendrán las siguientes responsabilidades:

a) Orientar y asesorar al estudiante en todo lo relativo al desarrollo del programa de

pasantía.

b) Visitar al estudiante en su sitio de trabajo, al menos en dos (2) oportunidades con el fin de orientar y evaluar sus actividades siempre y cuando el mismo esté realizando su pasantía profesional en el área de Barquisimeto – Cabudare, con el fin de orientar y evaluar las actividades asignadas al pasante, y que estas se correspondan con su especialidad, corroborar la presencia física del pasante en la organización , establecer contacto tanto con el Tutor Empresarial como con los demás miembros del sitio de trabajo a fin de obtener información acerca del desempeño y progreso del pasante.

c) Evaluar al pasante de acuerdo a los criterios de evaluación establecida en el presente reglamento.

d) Si el estudiante se encuentra realizando la pasantía fuera del área de Barquisimeto-

Cabudare, el Tutor Académico, le realizará una (1) sola visita en la semana final de la

misma.

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a) Llevar registro de las visitas efectuadas al pasante en su sitio de trabajo durante el

desarrollo de las pasantías, con el fin de realizar su evaluación final. El referido registro

de visitas, deberá ser sellado y firmado por el representante de la Empresa o Institución.

b) Asesorar al estudiante en la elaboración del informe final de pasantía

c) Recibir al estudiante y corregir el informe final de pasantía.

d) Recibir la evaluación del Tutor Empresarial.

e) Mantener informada a la Dirección de Escuela respectiva y a la Dirección y/o

Coordinación de Pasantías sobre las actividades señaladas en el presente artículo, asi

como de cualquier situación que afecte el normal desempeño del pasante..

f) Consignar en la Dirección y/o Coordinación de Pasantías en el lapso previsto en el

Calendario Académico, los instrumentos utilizados para el control y evaluación de la

pasantía.

Artículo 11: Los Tutores Empresariales, cumplirán las siguientes funciones:

a) Elaborar y supervisar el programa de pasantía que desarrollará el estudiante.

b) Asesorar al estudiante en el cumplimiento de la pasantía durante su permanencia en la

empresa, institución o industria.

c) Garantizar que las actividades que realice el pasante, esten vinculadas al perfil

profesional

d) Evaluar el desarrollo profesional del estudiante durante el cumplimiento del plan de

pasantía.

e) Notificar al Tutor Académico cualquier comportamiento irregular que presentare el

estudiante.

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f) Entregar al Tutor Académico, el instrumento de evaluación sobre el desempeño del

estudiante una vez finalizada la actividad de pasantía.

g) Avalar el Informe Final de Pasantías, con su firma y el sello de la Empresa o Institución.

h) Presentar al Tutor Académico, sugerencias, recomendaciones u observaciones que

contribuyan a mejorar y/o actualizar el Plan de Estudios de la especialidad respectiva o el

Programa de Pasantías de la Universidad Fermín Toro.

Artículo 9: Los Tutores Académicos serán designados por el Consejo de Escuela respectivo.

CAPITULO V

DE LA PREINSCRIPCIÓN INSCRIPCION DE LA PASANTÍA

Y LA UBICACIÓN DEL ESTUDIANTE

Artículo 12: El estudiante realizará la inscripción de pasantías en el periodo intersemestral,

ante la Dirección de Control de Estudios, en el lapso establecido en el calendario académico.

Posteriormente formalizará ante la Dirección y/o Coordinación de Pasantías, el inicio del

proceso, para lo cual deberá cumplir con los requisitos previamente definidos.

Artículo 13: La Dirección y/o Coordinación de Pasantías preparará planificará y publicará el

cronograma de Seminarios de Inducción de Pasantías e Investigación con una duración de

una (1) semana, un espacio de tiempo de cuatro (4) horas diarias o cinco (5) horas

académicas. el mismo es de carácter obligatorio, tendrá una duración de cuatro horas

académicas y

El mismo será válido solo para el lapso en el que realizará la pasantía el estudiante.

Parágrafo Único: El Seminario de Inducción de Pasantía e Investigación será desarrollado

en su programación y evaluación por un profesional con experiencia en la conducción de

empresas o instituciones docente que cumpla con los requisitos como tutor de Pasantias, el

mismo tendrá una evaluación de los 10 puntos sobre la calificación total de la Pasantía y será

dictado en las ambas sede de la Universidad Fermín Toro.

Artículo 14: La Dirección y/o Coordinación de Pasantías entregará al estudiante inscrito

que cumpla con los requisitos exigidos, una las Cartas de Postulación para la Empresas ,

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Institución a los efectos de realizar la Pasantía. El estudiante una vez realizado el

seminario de Inducción de Pasantias, podrà solicitar a la Direcciòn /o Coordinación de

Psantias, la(s) carta(s) de postulaciòn dirigida a la(s) empresas o institución (s) que el

estudiante estè optando ingresar como pasante.

Artículo 13: La Dirección y/o Coordinación de Pasantías, coordinará con la Fundación

Educación-Industria (FUNDEI), la demanda de pasantes para cada período académico.

Artículo 14: El estudiante podrá sugerir la Empresa o Institución en la cual desea realizar

su pasantía. En este caso, presentará a la Dirección y/o Coordinación de Pasantías, una

Descripción de la Empresa o Institución, formalmente emitida por estas, para su respectiva

evaluación.

Parágrafo Único: El estudiante debe solicitar por escrito, ante la Empresa o Institución la

Carta de Aceptación, la cual debe cumplir con los requisitos preestablecidos. Esta Carta de

Aceptación deberá ser consignada ante la Dirección y/o Coordinación de Pasantías en la

primera semana, una vez iniciada la Pasantía.

La Direcciòn/o Coordinación de Pasantias, mantendrà un registro vigente de empresas y

organismos, donde los estudiantes de las diversas carreras pueden optar para la ejecución

de sus pràcticas profesionales.

CAPITULO VI

DE LA INSCRIPCIÓN Y EJECUCIÓN DE LA PASANTÍA

Artículo 15: La confirmación y ubicación de la pasantía, cubrirá los siguientes pasos:

a) El estudiante deberá confirmar ante la Dirección y/o Coordinación de Pasantías en el

lapso previsto en el calendario académico, su inscripción de las pasantías mediante

planilla de reinscripción académica emitida por la Dirección de Control de Estudios.

b) El estudiante debe solicitar por escrito, ante la Empresa o Institución la Carta de

Aceptación, la cual debe cumplir con los requisitos preestablecidos. Esta Carta de

Aceptación deberá ser consignada ante la Dirección y/o Coordinación de Pasantías en la

primera semana, una vez iniciada la Pasantía.

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c) Una vez recibida la carta de aceptación, La Direcciòn o/Coordinación de Pasantias

solicitará a la Dirección de Escuela, la asignación del tutor acadèmico.

d) La Dirección de Escuela respectiva, realizará la designación de los Tutores Académicos

según lo establecido en el Ordinal (a) del artículo 6º del presente Reglamento, e informará

por escrito a la Dirección y/o Coordinación de Pasantías.

e) La Dirección y/o Coordinación de Pasantías respectivamente, elaborará una

Comunicación para el Pasante, que contendrá la siguiente información: Fecha de Inicio y

de culminación de la Pasantía, Nombre del Tutor Académico, correo electrónico y

números de teléfonos, así como también la fecha de entrega del Informe Final de

Pasantías. Esta información será del conocimiento de los Tutores Académico y

Empresarial. La Dirección o/Coordinación de Pasantias, elaborará un expediente con

toda la información requerida, dirigida al tutor académico y empresarial del pasante.

CAPITULO VI

DE LA EVALUACIÓN DE LA PASANTÍA

Artículo 16: La evaluación de la pasantía será a base con escala de 100 puntos, los cuales

serán distribuidos en la siguiente forma:

a) Seminario de Pasantías: 10 Puntos

b) Evaluación del Tutor Empresarial: Aspectos Generales: 10 Puntos

Aspectos Técnicos: 30 Puntos

Total: 40 Puntos

c) Evaluación del Tutor Académico: Seguimiento: 10 Puntos

Informe de Pasantía: 10 Puntos

Aspectos Técnicos: 30 Puntos

Total: 50 Puntos

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Parágrafo único: la ponderación que se le asigna a cada aspecto señalado, puede ser

modificada si así lo aprueba el consejo de escuela respectivo.

Artículo 17: El Mínimo aprobatorio La calificación mìnima aprobatoria para la Pasantía será

de Diez (10) puntos, en consecuencia el estudiante que obtenga una nota menor estipulada

deberá repetir la Pasantía. Se le considerarà reprobada, En este caso se suspenderá el

proceso de Defensa de Trabajo de Grado hasta que el estudiante apruebe la Pasantía.

Artículo 18: El estudiante al culminar la Pasantía debe elaborar un Informe Final de

Pasantía, para lo cual contará con la asesoría del Tutor Académico. La redacción debe

ajustarse a las Normas para la Redacción del Informe Final de Pasantías, emitida por

Dirección y/o Coordinación de Pasantías.

Parágrafo Primero: El Tutor Académico finalizada su función de tutorías, deberá consignar

ante la Dirección y/o Coordinación de Pasantías los Instrumentos de Evaluación (incluyendo

el del Tutor Empresarial) con los formatos de control de visitas, firmados por el Pasante,

posterior a la entrega del Informe Final de Pasantías, por parte del Pasante.

Parágrafo Segundo: El estudiante deberá consignar un ejemplar empastado del referido

Informe acompañado de un CD, y un ejemplar anillado o en su defecto un CD según los

requerimientos de la Empresa o Institución, firmado por ambos Tutores, y con el sello de la

Empresa o Institución contentivo del informe de pasantias en formato protegido y con las

firmas de ambos tutores debidamente escanada, en un lapso no mayor de 10 días hábiles,

contados a partir de la fecha en que culminen las Pasantías, de acuerdo a lo establecido en

el Articulo 15, literal c), siempre y cuando el alumno termine dentro del lapso académico, en

caso contrario dispondrá de 5 días hábiles. Debe realizar entrega inmediata del informe de

Pasantias.

Parágrafo Tercero: Es requisito indispensable para la trascripción de la calificación ante

Control de Estudios, que el estudiante consigne el CD solicitado y el Tutor Académico los

Instrumentos de Evaluación.

Parágrafo Cuarto: Transcurridos 30 días continuos inmediatos a la fecha de culminación de

la pasantía, y el estudiante no hubiere entregado el CD contentivo del Informe Final, será

causal para reprobar la pasantía.

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Artículo 19: El Director y/o Coordinador de Pasantías, asentará en la planilla de Registro de

Evaluación final de Pasantía la calificación definitiva del estudiante y luego procederá a su

respectiva transcripción en Control de Estudios.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 20: Cuando un estudiante realice pasantías fuera del perímetro de la ciudad

(Barquisimeto - Cabudare), los viáticos del Tutor Académico serán cancelados por cuenta

del estudiante.

Artículo 21: Si el Pasante abandona la pasantía por cualquier motivo, o resulta reprobado, deberá realizar nuevamente todo el procedimiento establecido para la inscripción y ejecución de la

Artìculo 22: Al estudiante que por causa justificada (reposo médico) interrumpa el lapso de pasantías previsto deberá en un lapso de tres (3) días hábiles, notificar a la Dirección y/o Coordinación de Pasantía, a los fines de reprogramar la fecha de culminación de pasantías.

Artìculo 23: El lapso establecido para solicitar justificadamente cambio de empresa es de dos (2) semanas. Transcurrido este lapso no se procesará ningún cambio. misma.

Artículo 24: La Acreditación de Pasantía por experiencia laboral, se regirá por la Normativa

Única aprobada por el Consejo Universitario.

Artículo 23: Se establece como código para todas y cada una de las planillas a utilizar en

todo el proceso de pasantía la nomenclatura DP, adicionalmente una numeración

correlativa.

Artículo 25: Lo no previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Consejo de

Facultad, según sea el caso.

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Artículo 26: Se deroga expresamente cualquier disposición dictada por el Consejo

Universitario con anterioridad y que se oponga a este Reglamento.

Disposición Transitoria: Este Reglamento entrará en vigencia partir de Marzo de 2.008

Dado sellado y firmado en la sala de Sesiones del Consejo Universitario de la Universidad

Fermín Toro en su Sesión Ordinaria No. CU No. 07-10-03, celebrada el 24 de Octubre de

2.007.