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R[1].P.H.3_-_VERSION_FLOR_CHAVES[1], 16/03/2013 1 REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE EL CONJUNTO KASAURY – APARTAMENTOS PRIMERA ETAPA COMPARECIÓ: Compareció el señor ANTONIO LUIS AMADO GOMEZ, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 19.182.447 de Bogota, mayor de edad, vecino y domiciliado en esta ciudad, quien en el presente acto obra en su calidad de gerente de la Sociedad CONSTRUCTORA KOVOK S.A., con Nit. 900.028.123-4 entidad domiciliada en esta ciudad, constituida por escritura pública número mil quinientos cincuenta y dos ( 1.552 ) del tres ( 3 ) de Junio de dos mil cinco (2.005 ) de la Notaría sesenta y tres ( 63 ) del Círculo de Bogotá, todo lo cual acredita con el certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual se adjunta para que se protocolice con el presente instrumento y manifestó: - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Que en nombre de la Sociedad a la cual representa y en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 675 de 2001, y demás normas concordantes procede a constituir la persona jurídica, sin ánimo de lucro, denominada: KASAURY APARTAMENTOS – PRIMERA ETAPA, ubicado sobre parte del lote de terreno cuya nomenclatura urbana es Carrera 58 No. 169 A -25de Bogotá, D. C . SEGUNDO: Que se entrega para su protocolización con esta escritura: - - - - - - a) Los planos arquitectónicos, de localización, de las unidades privadas y zonas comunes del conjunto y cuadro de áreas, debidamente aprobadas por la Curaduría Urbana No.4. de Bogotá D.C. de la Licencia inicial como los de la Curaduría Urbana No. 5 de Bogotá D.C. de su modificación. b) Los planos de propiedad horizontal los cuales incluyen la localización y linderos de las unidades privadas y zonas comunes del Edificio, nomenclatura y cuadro de áreas, debidamente aprobadas por la Curaduría Urbana No.4. de Bogotá D.C. de la Licencia inicial como los de la Curaduría Urbana No. 5 de Bogotá D.C. de su modificación. c) Cuadro de áreas aprobado por la Curaduría Urbana No.4. de Bogotá D.C. de la Licencia inicial como el de la Curaduría Urbana No. 5 de Bogotá D.C. de su modificación. d) Licencia de Construcción LC08-4-0914 del 10 de Octubre de 2.008 expedida por el Curador Urbano No. 4.

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REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE EL CONJUNTO K ASAURY –

APARTAMENTOS PRIMERA ETAPA

COMPARECIÓ: Compareció el señor ANTONIO LUIS AMADO GOMEZ, identificado

con la Cédula de Ciudadanía No. 19.182.447 de Bogota, mayor de edad, vecino y

domiciliado en esta ciudad, quien en el presente acto obra en su calidad de gerente de

la Sociedad CONSTRUCTORA KOVOK S.A., con Nit. 900.028.123-4 entidad

domiciliada en esta ciudad, constituida por escritura pública número mil quinientos

cincuenta y dos ( 1.552 ) del tres ( 3 ) de Junio de dos mil cinco (2.005 ) de la

Notaría sesenta y tres ( 63 ) del Círculo de Bogotá, todo lo cual acredita con el

certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio de

Bogotá, el cual se adjunta para que se protocolice con el presente instrumento y

manifestó: - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO: Que en nombre de la Sociedad a la cual representa y en cumplimiento a

lo dispuesto por la Ley 675 de 2001, y demás normas concordantes procede a

constituir la persona jurídica, sin ánimo de lucro, denominada: KASAURY

APARTAMENTOS – PRIMERA ETAPA , ubicado sobre parte del lote de terreno cuya

nomenclatura urbana es Carrera 58 No. 169 A -25de Bogotá, D. C .

SEGUNDO: Que se entrega para su protocolización con esta escritura: - - - - - -

a) Los planos arquitectónicos, de localización, de las unidades privadas y zonas

comunes del conjunto y cuadro de áreas, debidamente aprobadas por la Curaduría

Urbana No.4. de Bogotá D.C. de la Licencia inicial como los de la Curaduría Urbana

No. 5 de Bogotá D.C. de su modificación.

b) Los planos de propiedad horizontal los cuales incluyen la localización y linderos de

las unidades privadas y zonas comunes del Edificio, nomenclatura y cuadro de áreas,

debidamente aprobadas por la Curaduría Urbana No.4. de Bogotá D.C. de la Licencia

inicial como los de la Curaduría Urbana No. 5 de Bogotá D.C. de su modificación.

c) Cuadro de áreas aprobado por la Curaduría Urbana No.4. de Bogotá D.C. de la

Licencia inicial como el de la Curaduría Urbana No. 5 de Bogotá D.C. de su

modificación.

d) Licencia de Construcción LC08-4-0914 del 10 de Octubre de 2.008 expedida por el

Curador Urbano No. 4.

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e) Modificación mediante Licencia LC 08-4-0914 del 25 de Septiembre de 2.009,

expedida por el Curador Urbano No. 5.

TERCERO: Que el texto del Reglamento de Propiedad Horizontal de KASAURY

APARTAMENTOS – PRIMERA ETAPA , es el siguiente: - - - - - - -

CAPITULO I

SIGNIFICADO DE TÉRMINOS UTILIZADOS EN EL REGLAMENTO

ARTICULO 1. Significado de términos .

Se enuncia brevemente el significado referente a las palabras mas frecuentes, y que

servirán para interpretación y aplicación de éste reglamento.

Propietario inicial : Titular del derecho de dominio sobre un determinado inmueble,

que por medio de manifestación de voluntad contenida en escritura pública lo

constituye en el régimen de propiedad horizontal. En este instrumento público lo es

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , o quien represente sus derechos

Administrador Provisional : Es el propietario inicial, o la persona natural o jurídica

designada por éste, quien podrá contratar con un tercero tal gestión. mientras se

nombra administrador definitivo.

Reglamento de propiedad horizontal : Estatuto que regula los derechos y

obligaciones específicas de los propietarios del Conjunto.

Conjunto: Desarrollo inmobiliario conformado por varias edificaciones levantados

sobre uno o varios lotes de terreno, que comparten áreas y servicios de uso y utilidad

general, como estacionamientos para visitantes, zonas verdes, muros de cerramiento,

porterías, entre otros.

Bien o Unidad Privada : inmuebles debidamente delimitados en los planos y en éste

reglamento, susceptibles de aprovechamiento independiente y en los cuales sus

propietarios tienen dominio particular, integrantes de un conjunto sometido a

propiedad horizontal.

Bien común : Partes del Conjunto sometido a propiedad horizontal, perteneciente en

común y proindiviso a los propietarios de unidades privadas, que por su naturaleza o

destinación permitan o faciliten la existencia, estabilidad, funcionamiento, seguridad,

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mantenimiento, uso, goce o explotación de los bienes de propiedad privada. Se

encuentran señalados como tales en los planos.

Bien común esencial . Bienes indispensables para la existencia, estabilidad,

conservación y seguridad del edificio, así como los imprescindibles para el uso y

disfrute de los bienes de dominio particular.

Bien común NO esencial . Se definen como tales los que no tienen el carácter de

esencial, es decir los bienes comunes no indispensables para la existencia,

estabilidad, conservación y seguridad del edificio.

Bien común de uso exclusivo : Los que estando señalados como comunes, su uso

se asigna a determinado propietario, quien adquiere un derecho individual que no

puede ser alterado por los demás copropietarios.

Cláusulas Transitorias: Las consagradas en este reglamento que determinan

derechos de reserva del propietario inicial o quien represente sus derechos y que

tienen vigencia hasta que se termine de construir, enajenar y entregar la totalidad de

las unidades privadas del Conjunto en sus diferentes etapas. Estas no pueden ser

reformadas ni revocadas unilateralmente por los adquirentes de las unidades privadas,

ni por la asamblea de copropietarios, ni fuera de ésta, ya que con la adhesión al

presente reglamento, aceptan las mismas otorgando mandato irrevocable al

propietario inicial para efectuarlas y perfeccionar los actos correspondientes. En

cualquier acto de reforma, modificación o adición de éstas cláusulas, deberá

necesariamente comparecer y ser aprobadas por CONSTRUCTORA KOVOK S.A.

Coeficiente de Copropiedad : Índice consignado en el reglamento, que determina el

derecho de cada unidad privada sobre los bienes comunes generales, la participación

con que cada uno de los propietarios de bienes de dominio particular, ha de contribuir

a las expensas comunes del Conjunto y la participación en las asambleas para la

toma de decisiones para el Conjunto.

Etapa: Cada etapa en que se divide el Conjunto para su desarrollo constructivo,

inicialmente se desarrollará la primera etapa para lo cual se obtuvo la respectiva

licencia de construcción y posteriormente se desarrollará la segunda, y/o etapas

subsiguientes.

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Órganos de administración y control : Entes encargados de la dirección, manejo y

control del Conjunto, sobre los cuales recae el buen funcionamiento general del

mismo. Son Asamblea, órgano de dirección de la persona jurídica, integrada por

todos los propietarios; el Consejo de Administración, órgano asesor y consultor,

puente entre la asamblea y el administrador, integrado por propietarios elegidos por la

asamblea.

Administrador: Representante legal del Conjunto y mandatario de los propietarios, es

quien ejecuta las decisiones de la asamblea.

ARTICULO 2. Objeto : El objeto de este reglamento es constituir una persona jurídica

de carácter civil, sin ánimo de lucro, domiciliada en Bogotá Distrito Capital,

denominada KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA Propiedad Horizontal,

conforme a lo previsto en la Ley 675 de 2001, que regula los derechos y obligaciones

reciprocas de los copropietarios de las unidades privadas que conforman el Conjunto,

señala como manejar los asuntos de interés común, como cumplir y hacer cumplir el

Reglamento de Propiedad Horizontal. - - - - - - -

Sus disposiciones obligan tanto a los propietarios iniciales de tales unidades privadas

como a los terceros que las adquieran a cualquier título, a los inquilinos, usuarios,

usufructuarios y demás ocupantes o visitantes de las mismas y se entienden de

derecho incorporadas a todo acto o contrato que implique al KASAURY

APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA transferencia del dominio o la constitución de

otro derecho real o la entrega de la mera tenencia de una o más de ellas. - - - - -

ARTICULO 3.- Constitución del Régimen de Propiedad Horizontal: Al someterse

este Conjunto al régimen de Propiedad Horizontal, mediante esta escritura Publica,

una vez sea registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, surge la

persona jurídica amparada por la ley 675 de 2001, conformada por los propietarios de

los bienes de dominio particular. - - - -

La inscripción y posterior certificación sobre la existencia y representación legal

corresponden al Alcalde de Bogotá D.C., o a quien este delegue, previa presentación

de la Escritura Registrada del Reglamento de Propiedad Horizontal y los documentos

que acrediten los nombramientos y aceptaciones de quienes ejerzan la representación

legal y revisoría fiscal si existiere. - - - - - -

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Esta persona jurídica se identificará como KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA

ETAPA y es de naturaleza civil sin ánimo de lucro, con calidad de no contribuyente de

impuestos nacionales, ni de industria y comercio conforme a lo establecido en el

Artículo 195 del Decreto 1333 de 1986.

Los recursos patrimoniales de la persona jurídica están conformados por los ingresos

ordinarios y extraordinarios, multas, intereses, fondo de imprevistos, y demás bienes e

ingresos que adquiera o reciba a cualquier titulo, para el cumplimiento de su objeto

social, que es el de administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes,

manejar los asuntos de interés común y cumplir y hacer cumplir la ley y el Reglamento

de Propiedad Horizontal. - - - - -

ARTICULO 4.- Normatividad: Se declara incorporado a este Reglamento la Ley 675

del año 2001. Cuando en el Reglamento no se encontrare una norma expresamente

aplicable a un caso determinado o concreto, se aplicarán en su orden: - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - -

1. Las demás normas del mismo Reglamento que regulen casos o situaciones

análogas. - - - -

2. Las normas legales que regulen situaciones similares en los inmuebles sometidos

a Régimen de Propiedad Horizontal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Las disposiciones de la Ley 95 de 1890 y del Capítulo III Título XXXIII, Libro Cuarto del

Código Civil, relacionadas con el Régimen de Comunidad. - - - - - - - Las disposiciones

del Código Civil Colombiano y Leyes concordantes o reformatorias del mismo, de

manera directa o por analogía y las normas del Código de Comercio, en cuanto se

refiere a constitución, funcionamiento y órganos de administración e impugnación de

decisiones. - - - - - -

3. Las demás disposiciones legales que regulen casos o situaciones análogas. - - - -

- - - - - -

CAPITULO II

ARTICULO 5.- Propiedad : Tanto el Lote de Terreno como los inmuebles que

conforman KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA , son de propiedad de

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. - - - - - - -

ARTICULO 6.- Títulos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , adquirió la titularidad del inmueble donde se

desarrolla el KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA de la siguiente manera:

a) El lote de terreno en mayor extensión donde se desarrollarán las diferentes etapas

constructivas del Conjunto, por compra hecha a la sociedad DINAMICA

CONSTRUCCIONES S.A. , mediante escritura pública número trescientos diecinueve

(319) del veintisiete (27) de marzo del dos mil ocho (2008) de la Notaria veintisiete

(27) del Circulo de Bogotá, registrada en el folio de Matricula Inmobiliaria 50N- 126225

. b) La edificación por construirla a sus expensas de conformidad con la Licencia de

Construcción número LC08-4-0914 del 10 de Octubre de 2008 expedida por el curador

Urbano No. 4 y su Modificación mediante Licencia LC 08-4-0914 del 25 de Septiembre

de 2009, expedida por el curador Urbano No. 5.

CAPITULO III

ARTICULO 7.- Planos: Los planos de alinderamiento del KASAURY

APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA, aprobados hacen parte de este reglamento

para todo lo referente a la determinación del Conjunto y de las unidades privadas y

áreas comunes en que se divide. - - - -

ARTICULO 8.- Reformas: Toda reforma, adición, aclaración o corrección a este

reglamento debe elevarse a escritura pública en una Notaría e inscribirse en la Oficina

de Registro de Instrumentos Públicos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 9.- Determinación del Inmueble: De conformidad con lo dispuesto en el

articulo 7° de la ley 675 de 2.001, KASAURY APARTAMENTOS se desarrollara en

una PRIMERA ETAPA a la que se adicionará en acto po sterior la SEGUNDA

ETAPA, de acuerdo con la Licencia de Construcción número LC08-4-0914 del 10 de

Octubre de 2008 expedida por el curador Urbano No. 4 y su Modificación mediante

Licencia LC 08-4-0914 del 25 de Septiembre de 2009, expedida por el curador Urbano

No. 5 y el cuadro de áreas que hace parte de las mismas.

KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA , se ubica en el lote distinguido en la

nomenclatura urbana de Bogotá D. C., con el número ciento sesenta y nueve A –

veinticinco (169 A - 25) de la Carrera cincuenta y ocho ( 58 ), el cual cuenta con una

superficie aproximada de tres mil trescientos cuarenta punto noventa y cinco metros

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cuadrados (3345.95M2) y comprendido el inmueble dentro de los siguientes linderos

particulares: POR EL NORTE: Partiendo del mojón 32 hasta llegar al mojón 18 , en líneas

quebradas y sucesivas y en distancia de ochenta y dos punto ochenta y cuatro metros

(82.84mts), así: En sentido occidente oriente, del mojón 32 al mojón E, en distancia de

siete punto ochentas y seis metros (7.86m), y del mojón E al mojón D, en distancia de once

punto treinta y dos metros (11.32m) con centro comercial Punto 170. De allí en sentido

norte sur, del mojón D al mojón C, en línea recta y en distancia de dieciséis punto setenta y

siete metros (16.77m), con zona de parque- Cesión tipo A; de allí , nuevamente en

sentido occidente – oriente, del mojón C al mojón B en línea recta y en distancia de treinta

y siete punto sesenta y ocho metros (37.68mts) con zona Parque –Cesión Tipo A. POR EL

ORIENTE: nuevamente en sentido norte- sur, del mojón B al mojón I, en línea recta y en

distancia de treinta y seis punto dieciocho metros (36.18m) con zona control ambiental 1,

luego toma sentido oriente –sur, del mojón I al mojón J, en línea recta y en distancia de

seis punto ochenta y cuatro metros con vía de acceso; para tomar un ligero ángulo hacia

dentro del predio, del mojón J al mojón K en línea curva y en distancia de setenta y siete

centímetros (0.77m), con vía de acceso, para continuar en sentido norte- sur, del mojón K

al mojón L , en línea recta y en distancia de doce punto cero siete metros (12.07m) con vía

de acceso. POR EL SUR: Se allí, en sentido oriente- occidente del mojón L al mojón 31,

en línea recta y en distancia de cincuenta y dos metros (52m) con lote C. POR EL

OCCIDENTE: En sentido sur-norte, del mojón 31 al mojón 32 en línea recta y en distancia

de setenta y uno punto sesenta y ocho metros (71.68m) con urbanización residencial Las

Pastorcitas, punto de partida y cierra.

Este inmueble en mayor extensión se identifica con el folio de matricula inmobiliaria

numero Inmobiliaria 50N- 126225

Parágrafo-. Cláusula de reserva.- El área para la siguiente Etapa, seguirá siendo una

zona de reserva para la segunda etapa del Conjunto y de titularidad plena de

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , o de quien ceda o venda sus derechos, quien de

conformidad con el articulo 7 de la ley 675 de 2001, quien podrá efectuar las

modificaciones, reformas, adiciones o aclaraciones, etc., al reglamento de propiedad

horizontal, en especial en cuanto refiere a los coeficientes de gastos y/o de copropiedad,

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los que en este reglamento tienen el carácter provisional, hasta cuando se integre la

última etapa, evento en el cual tendrán carácter definitivo.

Los adquirientes de las unidades de dominio privado que conforman la primera etapa,

autorizan de manera irrevocable y otorgan su pleno consentimiento ,al propietario inicial

y/o al constructor del conjunto, o a quien haga sus veces, para que definan, cuando y

como lo estimen pertinente el diseño arquitectónico del conjunto en sus diferentes

etapas y/o etapas subsiguientes del conjunto, el área y el número de las nuevas

unidades privadas, y el número de unidades que lo conformarán y para que se incorpore

el presente reglamento, sus modificaciones o adiciones, en los diferentes actos que

impliquen traspaso, o enajenación del derecho de dominio de las unidades privadas.

ARTICULO 10.- Descripción del Proyecto: EL KASAURY APARTAMENTOS-

PRIMERA ETAPA .- Conformado por noventa y siete (97) apartamentos en diecisiete

(17) pisos, sótano, semisótano, noventa y ocho (98) garajes comunes de uso exclusivo,

asignados mediante escritura publica, catorce (14) parqueos para visitantes,

veinticinco (25) parqueos de equipamiento comunal , sesenta y nueve (69) depósitos y

equipamento comunal.

ARTICULO 11.- ESPECIFICACIONES TECNICAS:

Cimentación.-

Vigas en concreto reforzado de 3000 Psi sobre pilotes profundos en concreto armado

ubicados conforme a la distribución de cargas estructurales.

Estructura

Edificio de 17 pisos de vivienda en sistema industrializado de muros y placas portantes

en concreto armado según diseño estructural.

Salón comunal y zona de parqueaderos (primero piso y dos sótanos) en estructura

tradicional de placas aligeradas con casetones y columnas de concreto según diseño

estructural.

Mampostería

Muros en concreto con el sistema de estructura industrializada. Edificio comunal en

bloque No. 4 para interiores y fachadas en ladrillo prensado a la vista.

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Pañetes

Los muros interiores del edificio comunal se terminaran en pañete liso.

Cubierta

Placa maciza en concreto reforzado debidamente impermeabilizada.

Acabado de pisos

Zonas comunes en tableta cerámica y gravilla lavada según diseño arquitectónico.

Acabados muros

En estuco y vinilo

Ventanería

Perfileria en aluminio y vidrios incoloros transparentes.

Carpintería metálica

Rejas, barandas, marquesinas y en general ornamentación en tubo de lámina cold rolled

según diseño.

Equipos Especiales y Dotación

Cuatro ( 4 ) Ascensores de 6 pasajeros con 17 paradas

Un ( 1 ) ascensor de 6 pasajeros con tres paradas

Una ( 1 ) Antena comunal

Equipo Hidroneumático

Equipo Contraincendios

Equipo de Bombas eyectoras

Shut de basuras.

Un ( 1 ) salón comunal

Un ( 1 ) gimnasio

Un (1) SPA

Dos (2) salones V.I.P

Una (1) oficina de administración

Una (1) oficina de deportes

Una (1) guardería

Un (1) salón de Internet

Una ( 1 ) subestación eléctrica propiedad de CODENSA

Una ( 1 ) planta de emergencia para zonas comunales.

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Terraza mirador en el piso 18.

Parqueaderos para visitantes

Pintura

Cielos de garajes en carburo y muros a la vista; muros interiores de otras zonas y

puntos fijos en estuco y vinilo.

Tanque de reserva

Dadas las características del Proyecto, se propone un sistema de almacenamiento de

agua potable. El tanque de almacenamiento se construirá en concreto reforzado.

ESPECIFICACIONES AREAS PRIVADAS

Carpintería madera

Closets en madecor

Puertas de comunicación internas entamboradas en madecor y marcos en madecor o

mdf

Puerta principal entamborada en madecor y marco en madecor o mdf

Muebles en madecor

Guardaescoba en MDF pintado

Cocina en madecor

Enchapes

Cocina con enchape en cerámica sobre el salpicadero. El resto de la cocina en estuco y

vinilo.

Zona de ropas con dos hiladas de enchape en cerámica sobre el lavadero. El resto de la

zona de ropas con estuco y vinilo.

Baños con enchape de cerámica en piso- pared en la cabina de la ducha.

Enchape pisos en cerámica.

Acabado de pisos

Cocina y zona de ropas en tableta cerámica o similar.

Sala, comedor, hall de alcobas y estudio en piso de madera flotada laminada.

Alcobas en alfombra argollada tipo alfa o similar.

Zonas comunes en tableta.

Acabados muros

En estuco y vinilo

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Cerraduras

Alcobas y baños de poma tipo metálica

Acceso apartamento de poma metálica y cerradura de pasador.

Equipo de baños

Mesón para lavamanos en mármol

Aparatos de porcelana cerámica.

Lavamanos de porcelana cerámica de incrustar.

Conjunto mezclador y grifería marca grival o similar.

Espejo flotado

Plafón descolgado en dry wall y balas halógenas en plafón.

Mueble de baño en madecor colgado con puertas y entrepaño.

Cielorraso en estuco y vinilo

Incrustaciones corona o similar.

Equipo de cocina y ropas

Mesón en granito con salpicadero en mueble principal

Mesón auxiliar en granito.

Lavaplatos en acero inoxidable

Horno eléctrico challenger o similar

Campana extractora challenger o similar

Estufa con cuatro (4) puestos a gas

Mueble principal alto en madecor según diseño arquitectónico.

Lavadero prefabricado en acrílico sobre murete en estuco y vinilo.

Calentador de paso de tiro forzado.

Muros en estuco y vinilo.

Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias

Tuberías de desagües y suministros en pvc y cpvc.

Salidas de agua fría en lavamanos, sanitarios, duchas, lavaplatos, lavadero y lavadora.

Salida de agua caliente en lavamanos, ducha, lavaplatos y lavadora, desagües en

todos los aparatos hidrosanitarios.

Instalaciones Eléctricas.

Salidas de iluminación y tomacorriente en todos los espacios.

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Salida para teléfono en alcoba principal y estudio.

Instalaciones Gas.

Salidas a gas en estufa y calentador.

NOTA: Las anteriores especificaciones podrán variar por consideraciones

arquitectónicas y/o técnicas y de mercado. En dicho caso se reemplazarán por otras de

iguales condiciones o referencias.

LOS MATERIALES CORRESPONDIENTES A LAS ESPECIFICACI ONES ANTES

DESCRITAS PODRAN SER REEMPLAZADAS POR OTROS DE SIMI LARES

CARACTERISTICAS, POR RAZONES TECNICA, VARIACION EN LOS TONOS O DE

DISPONIBILIDAD EN EL MERCADO.

ARTICULO 12.-: Condiciones de Seguridad y Salubrida d: La construcción de las

unidades privadas de EL KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA se

desarrolla en ejecución de los planos y Licencia de Construcción número LC08-4-0914

del 10 de Octubre de 2008 expedida por el curador Urbano No. 4 y su Modificación

mediante Licencia LC 08-4-0914 del 25 de Septiembre de 2009, expedida por el

curador Urbano No. 5, bajo la dirección de profesionales en dicha actividad y empleando

materiales de primera calidad. Cuenta con los servicios públicos requeridos para su

idónea habitabilidad e instalados de acuerdo con los reglamentos de las empresas

respectivas, suministradoras. Goza de luz, excelentes zonas comunales, debidamente

adecuadas, circulaciones peatonales y vehicular con las especificaciones propias del

proyecto que se construye y en general cuenta con ventilación, iluminación y demás

condiciones de higiene requeridas al respecto. Son óptimas sus características de

salubridad, seguridad y decoro, acordes con su destinación, con las exigencias de la

técnica, con las disposiciones urbanísticas y sobre construcción vigentes en el Distrito

Capital, que el Administrador deberá seguir conservando. - - - - -

CAPITULO IV

ARTICULO 13.- Clase de Bienes: El inmueble se divide en bienes privados y bienes

comunes. En los planos de alinderamiento (Propiedad Horizontal) del Conjunto, las

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primeras corresponden a las superficies de las unidades privadas en que se divide y

los segundos a bienes de propiedad común.

ARTICULO 14.- Bienes Comunes: Son bienes comunes, partes del Conjunto

pertenecientes en proindiviso a todos los propietarios de bienes privados, que por su

naturaleza, o destinación permiten o facilitan la existencia, estabilidad, funcionamiento,

conservación, uso y goce o explotación de los bienes de dominio particular. - - - - - - - -

- - - - - - - - - - -

El derecho de cada propietario sobre los bienes comunes lo fija el coeficiente de

copropiedad de su unidad privada, son inseparables del dominio, uso y goce de ésta y

siempre se entenderán comprendido en toda transferencia, gravamen, embargo,

demanda o arrendamiento de la misma, actos estos que no podrán efectuarse en

relación con tales bienes separadamente de la unidad privada a la cual acceden. - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Como los bienes comunes acceden a las unidades privadas; la entrega de aquellos a

los adquirentes de éstas queda hecha respecto de cada propietario y de la

copropiedad, desde el día de la firma de la escritura pública por la cual se enajenó la

unidad privada y a través del acta de entrega. Por tanto, en ningún caso se requerirá

que posteriormente el propietario inicial del Conjunto haga entrega de tales bienes

comunes esenciales a ninguno de los órganos de la administración del KASAURY

APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA . Los bienes comunes de uso y goce general de

el Conjunto, como es el caso del Salón multiple, se entregarán a la persona o

personas designadas por la Asamblea, que no podrá ser superior a 3 miembros que lo

integran, en su defecto al administrador definitivo a más tardar cuando se haya

terminado la construcción y enajenación de un numero de bienes privados que

represente por lo menos el 51% de los coeficientes de copropiedad de la primera

etapa y el mismo porcentaje cuando se integre la segunda etapa. La entrega debe

incluir los documentos de garantía de los diferentes equipos expedidas por los

proveedores, así como los planos correspondientes a las redes eléctricas,

hidrosanitarias y, en general, de los servicios públicos domiciliarios. - - - -

BIENES COMUNES ESENCIALES : Los indispensables e imprescindibles para el uso

y disfrute de los bienes privados como el terreno, la cimentación, la estructura, las

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instalaciones de servicios públicos, las fachadas, las cubiertas, escaleras,

circulaciones y ductos y su destinación es inmodificable. - - - - - - - - -

BIENES COMUNES NO ESENCIALES: Son aquellos bienes comunes que por su

naturaleza no se consideran indispensables para la existencia, estabilidad,

funcionamiento, seguridad, uso y goce de los bienes de dominio particular pero que se

consideran importantes para el bienestar de sus habitantes, como es el caso del Salón

Comunal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

BIENES COMUNES DE USO EXCLUSIVO : Aquellos bienes cuyo uso y goce

pertenece a los dueños de unidades privadas y estando señalados como comunes, su

uso se asigna a determinado propietario, quien adquiere un derecho individual que no

puede ser alterado por los demás, como es el caso de los parqueaderos comunes de

uso exclusivo y las y terrazas asignadas como de uso exclusivo de los bienes privados

en los respectivos linderos.

El derecho de uso exclusivo de los parqueaderos se asigna al propietario del

apartamento en la respectiva escritura de compraventa de cada uno de ellos.

Estos derechos de uso exclusivo asignados por el propietario inicial

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , se ejercerán por todo el tiempo que exista el

Conjunto, solo se podrán modificar o suprimir con el voto favorable del respectivo

usuario .

A las áreas comunes de uso exclusivo no se les podrá modificar su destino inicial ni

introducirles construcciones. Tampoco se le permite al propietario de la unidad privada

a quien se le asignó esa exclusividad, transferir el derecho al uso exclusivo de esas

áreas, en forma independiente de la unidad privada. - - -

Gastos.- Los gastos generados por obras de conservación encaminadas a

mantenerlos en buen estado para evitar que se deterioren, denominadas mejoras

necesarias , así como los gastos generados por arreglos de fallas estructurales,

grietas, fisuras e impermeabilizaciones de los bienes comunes de uso exclusivo, serán

asumidos por la Copropiedad. - - - - - - - - - - - - -

Los gastos generados por obras de reparación que persiguen componer el

menoscabo experimentado por el uso de estos bienes comunes de uso exclusivo, así

como los gastos de aseo, limpieza y los gastos generados por daños que se

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ocasionen por acción u omisión del respectivo usuario, serán asumidos por éste, quien

se beneficia del uso, quien debe mantenerlas en correcto aspecto de limpieza, y en

caso de que incumpla esta obligación se someterá a las sanciones previstas en éste

reglamento por incumplimiento del mismo. - - - - - -

Parágrafo 1. Los bienes y zonas comunes ubicados en la primera etapa constructiva,

serán de uso y goce general también de los bienes que conforman las siguientes etapas

constructivas y los de estas serán de uso y goce de los bienes que conforman la

primera etapa.

Parágrafo 2. CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , se reserva el derecho al uso y goce de

las zonas comunes, comunes de uso exclusivo, tanto de la primera etapa constructiva,

como de las siguientes etapas constructivas, hasta la construcción, enajenación y

entrega de todas las unidades que conforman las diferentes etapas del Conjunto.

No obstante la integración jurídica y formal del presente reglamento a las subsiguientes

etapas constructivas, el área donde se desarrollarán estas subsiguientes etapas

constructivas será una zona de reserva del propietario inicial, hasta construir totalmente

el Conjunto, o antes si así lo decide CONSTRUCTORA KOVOK S.A.

Parágrafo 3. CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , se reserva igualmente el derecho de

integrar nuevas áreas privadas, y/o redistribuir las ya existentes a las diferentes etapas

constructivas y/o al proyecto total, incorporándolas jurídicamente al régimen de

propiedad horizontal, efectuando las adiciones, modificaciones, aclaraciones, o reformas

pertinentes, de acuerdo con las normas urbanísticas que regulan la materia con la

autorización de la Oficina de Planeación o la Curaduría Urbana, según sea el caso, pero

sin necesidad de autorización alguna ni de aprobación de la Asamblea de

Copropietarios ni de los órganos de administración, ni de sus integrantes y mucho

menos del Administrador.

En este Conjunto los BIENES COMUNES, ESENCIALES, NO ESENCIALES, son los

siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

KASAURY - PRIMERA ETAPA

CUADRO DE ZONAS COMUNES

DEPENDENCIA BIENES COMUNES

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CONSTRUIDA LIBRE

SOTANO circulacion vehicular, peatonal, halles, foso de ascensor, escalera,rampa,bambas, tanque de agua,muros,

columnas,ductos, parqueaderos R 187 a 215, 245 a 273,parqueaderoV- 274, depositos 4 a 42, 1361,32 Terreno sin excavar. 784,84 TOTAL SOTANO 1361,32 784,84 SEMISOTANO circulacion vehicular,peatonal, halles, foso de ascensor, escaleras,rampa,subestación y planta de emergencia, muros,columnas,ductos, parqueaderos R 102 a 129, 159 a 185,Parqueo V-186, Depositos 46 a 67 1361,32 Terreno sin excavar. 784,84 TOTAL SEMISOTANO 1361,32 784,84 PRIMER PISO escalera,rampa peatonal, acceso, lobby,porteria, salón de internet, baños,cocineta,escaleras, fosos de ascensor,jardienes,cuarto de basuras y recicalje,gimnasio, bicicletero,zona de servicio de empleados,baños, cocina,locker,deposito de administración, contadores,porteria vehicular, baño, parqueos V 1 a 26,parqueos R 27 a 38, Parqueos EC 39 a 50 yEC 83 a 101, depositos 90 a 95, muros, columnas, ductos. 414,42 Antejardin,rampa y area sin excavar. 1503,73 Terrazas comunes de uso exclusivo 8,15 TOTAL PRIMER PISO 414,42 1511,88 SEGUNDO PISO Salón VP1,baño,cocineta,escaleras,administración, foso ascensores,circulaciones,muros, columnas, ductos, jardineras. 348.75 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,47

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TOTAL SEGUNDO PISO 348.75 13,47 TERCER PISO Salón comunal, cocineta,baños, deposito,escaleras, foso de ascensor,circulación,muros,columnas,ductos, 281,58 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,47 TOTAL TERCER PISO 281,58 13,47 CUARTO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 27,66 TOTAL CUARTO PISO 122,69 27,66 QUINTO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 14,68 TOTAL QUINTO PISO 122,69 14,68 SEXTO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 14,68 TOTAL SEXTO PISO 122,69 14,68 SEPTIMO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 14,68 TOTALSEPTIMO PISO 122,69 14,68 OCTAVO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación,

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muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 14,68 TOTAL OCTAVO PISO 122,69 14,68 NOVENO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 14,68 TOTAL NOVENO PISO 122,69 14,68 DECIMO PISO Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL DECIMO PISO 122,69 13,24 PISO ONCE Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO ONCE 122,69 13,24 PISO DOCE Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO DOCE 122,69 13,24 PISO TRECE Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO TRECE 122,69 13,24

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PISO CATORCE Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO CATORCE 122,69 13,24 PISO QUINCE Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO QUINCE 122,69 13,24 PISO DIECISEIS Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO DIECISEIS 122,69 13,24 PISO DIECISIETE Escaleras, foso de ascensor,circulación, muros,columnas,ductos, 122,69 Terrazas comunes de uso exclusivo 13,24 TOTAL PISO DIECISIETE 122,69 13,24 TOTAL 5,444.74 3,315,48

ARTICULO 15.- Desafectación de Bienes Comunes no E senciales : - - - - -

La Asamblea General con el voto favorable del 70% de los coeficientes de

copropiedad del Conjunto, previa conformidad con las normas urbanísticas vigentes y

autorización de las autoridades competentes, podrá desafectar la calidad de común,

de los bienes comunes no esenciales, los cuales pasarán a ser del dominio particular

de la persona jurídica, que se crea con este mismo reglamento, quien podrá a su vez

realizar todos los actos o negocios jurídicos.

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Esta desafectación implica una reforma al Reglamento de Propiedad Horizontal,

incluido el cambio de coeficientes que se elevará a Escritura Pública, protocolizándose

el acta de autorización y las aprobaciones que se obtengan, este acto se registrará y

se obtendrá el folio de matrícula de los nuevos bienes privados. - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Parágrafo Primero: Las normas previstas no se aplicarán a la desafectación de

bienes comunes muebles y a los inmuebles por destinación o por adherencia no

esenciales, los cuales por su naturaleza son enajenables. Parágrafo Segundo: Los

bienes comunes de uso exclusivo asignados por el propietario inicial

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , no podrán ser objeto de desafectación por tratarse

de derechos adquiridos, a menos que el propietario a quien se le asignó esa

exclusividad, acepte la desafectación. Parágrafo Tercero: La desafectación de

garajes de visitantes, estará condicionada a la reposición de igual o mayor número de

estacionamientos con la misma destinación, previo cumplimiento de las normas

urbanísticas aplicables en el Distrito. - - - - - - - - - -

ARTICULO 16.- Modificaciones en el uso y goce de lo s Bienes Comunes: La

Asamblea General será el órgano encargado de autorizar modificaciones en el goce

de los bienes y zonas comunes, previo estudio por parte del Consejo de

Administración, aprobación que requerirá el setenta por ciento (70%) de los

coeficientes de copropiedad, si se produce una sensible alteración de su uso y disfrute.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Parágrafo Primero.- Los Garajes de visitantes no podrán ser entregados en

arrendamiento, su uso deberá limitarse a estacionamiento para visitantes. Parágrafo

Segundo.- El uso de los Garajes para visitantes se limita única y exclusivamente a

ese uso, es decir que la permanencia de los vehículos en ese lugar será de corta

duración y por ningún motivo se permitirá que los parqueaderos de visitantes se

utilicen durante toda la noche. - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 17.- Modificaciones y Mejoras en los Biene s Comunes: Cuando sea

necesario o conveniente efectuar mejoras voluntarias y/o modificaciones físicas en los

bienes comunes, se observará el siguiente procedimiento: - - - - -

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a. Una vez el administrador haya efectuado los estudios y cotizaciones previos y

hayan sido estudiados y aprobados por el Consejo de Administración, serán

presentados a la asamblea General, quien si lo considera viable, los aprobará con un

quórum calificado del 70%. Este procedimiento se aplicará cuando se trate de

modificaciones o mejoras voluntarias no contempladas en el presupuesto anual

aprobado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

b. Se deberá tramitar y obtener la respectiva Licencia de modificación, adecuación,

construcción, etc., ante la misma Curaduría, que otorgó la Licencia de Construcción

del Conjunto.

ARTICULO 18 .- Reparaciones en los Bienes Comunes : Es función de la Asamblea

General, la aprobación de reparaciones en los bienes comunes, de acuerdo con

propuesta que habrá de presentarle el Consejo de Administración. Lo anterior,

siempre y cuando tales reparaciones no estén incluidas en el presupuesto ordinario de

gastos y su costo exceda de dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes, pues en

caso contrario no se requerirá tal autorización. - - No obstante lo anterior, en caso de

reparaciones necesarias urgentes por inminente peligro de ruina del inmueble o grave

amenaza para la seguridad o salubridad de sus moradores, el administrador deberá

proceder a su inmediata realización, sin esperar órdenes o autorizaciones de ningún

otro órgano. - - - -

ARTICULO 19.- Muros Fachadas y Ductos: Los muros estructurales y los ductos que

haya dentro de las unidades privadas son bienes de propiedad común y no podrán ser

alterados en forma alguna. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Todos los muros que

conforman las fachadas exteriores tienen la calidad de comunes. Las ventanas

exteriores de las unidades privadas por formar parte de las fachadas, no podrán ser

modificadas. En consecuencia, queda prohibido variar en cualquier forma el tipo de

ventanas o vidrios, aumentar o disminuir su número, o modificar en alguna forma su

diseño; lo mismo se aplicará a las puertas de entrada de cada unidad privada. - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 20.- Rejas: La instalación de rejas de seguridad en las unidades privadas

deberá regirse por el diseño que adopte el propietario inicial, o en su defecto el

Consejo de Administración, quien se encargará de aprobar su instalación. En caso de

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no existir consejo de Administración, esta función le corresponderá a la Asamblea de

Copropietarios. - - - - - - - - - - -

ARTICULO 21.- Instalaciones Especiales: La colocación de antenas de televisión,

sistemas alternativos de televisión (TV Cable – Direct TV, etc.), teléfonos y demás

instalaciones especiales deberán ser consultados previamente con el Administrador,

quien señalará sitio y condiciones para su ubicación de acuerdo con este Reglamento

y las normas que regulen la materia. - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 22.- Avisos: Para efectos de este Reglamento se entiende por aviso el

elemento compuesto por logos y/o letras que se utiliza como anuncio, que con fin

informativo se colocan en las fachadas, sobre las zonas comunes o partes internas

del Conjunto . - - - - - - - - - - - - - - -

1. Tanto el aviso concerniente al nombre de el KASAURY APARTAMENTOS-

PRIMERA ETAPA y la correspondiente nomenclatura, como los avisos de la

nomenclatura interna de las unidades privadas, se colocarán en el sitio que determine

el propietario inicial CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , y solo podrán ser modificados o

variados por ésta sociedad mientras tenga la calidad de propietaria de alguna o

algunas unidades privadas que conforman el Conjunto . - - - - - - - - - - - - - - - 2. En

las puertas, ventanas de las unidades privadas y en las partes comunes del Conjunto

no se podrán colocar avisos o letreros, diferentes a los referidos en el literal anterior,

solo los que ordene o autorice la asamblea, de acuerdo con las normas distritales

vigentes. - - - - - - - - -

CAPITULO V

ARTICULO 23.- De las Unidades Privadas : Son bienes de propiedad privada o

exclusiva de cada uno de los copropietarios, los espacios delimitados y alinderados

como tales en los planos de propiedad horizontal y en este reglamento, susceptibles

de aprovechamiento independiente, con los elementos arquitectónicos e instalaciones

de toda clase, aparentes o no, que estén comprendidos dentro de sus limites y sirvan

exclusivamente a su propietario. Cada propietario podrá enajenar su unidad privada,

hipotecarla, darla en anticresis y arrendamiento sin necesidad del consentimiento de

los propietarios de las demás unidades de vivienda. - - - - - - -

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En cualquiera de estos casos, así como también en el embargo de una unidad

privativa, se entenderán comprendidos los derechos sobre los bienes de propiedad

común y de uso exclusivo que correspondan al titular de dominio y no podrán

ejecutarse ninguno de estos actos en relación con tales derechos separadamente de la

unidad a que acceden. - - - - - - - - - - - - - -

Las unidades privadas de el KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA , son

las casas, que se describen por su área cabida y linderos al final de este Reglamento.

- - - - - - -

ARTICULO 24.- Destino de las Unidades Privadas: Las unidades privadas en que

se divide este Conjunto únicamente podrán destinarse para vivienda familiar, Los

garajes destinados para el estacionamiento de vehículos adecuados, como

automóviles, camperos, camionetas y pick ups hasta de una tonelada, cuyas

dimensiones no excedan las del respectivo garaje

ARTICULO 25.- Normas Para el Uso de los Garajes: La utilización de los garajes

estará sujeta a las siguientes reglas, las cuales consagran obligaciones de hacer y no

hacer para los usuarios de tales garajes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ningún propietario o

usuario podrá estacionar su vehículo fuera de las líneas que demarcan el espacio o

área objeto de propiedad particular. - - - - - - - - - - - - Aun cuando los usuarios de este

sector tienen derecho a transitar en sus vehículos por las zonas reservadas para la

circulación, esto no les faculta para estorbar el libre movimiento de los demás

vehículos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - No se podrá lavar, ni hacer reparaciones a los

vehículos dentro de los garajes, fuera de las absolutamente necesarias para retirar el

vehículo y llevarlo a reparación definitiva a otro sitio. -

1. Queda expresamente prohibido estacionar en los parqueaderos buses o busetas, y

en general vehículos con capacidad superior a una tonelada. - - - - - Los propietarios

deberán dejar los vehículos debidamente cerrados y asegurados. - - - - - - -

2. Queda expresamente prohibido el almacenamiento de combustibles. En caso de

accidente causado por infracción de esta norma, el infractor será responsable por los

daños causados. - -

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3. Todo usuario de vehículos al ser avisado que su vehículo está botando gasolina,

aceite u otra sustancia que afecte la seguridad y salubridad, deberá hacerlo reparar

inmediatamente. El infractor será responsable de todo perjuicio.

4. La circulación en los parqueaderos se hará conservando siempre la derecha y a

velocidad moderada, siempre tendrá prelación para estacionar el vehículo que haya

entrado primero. - - -

5. Cualquier daño causado por uno de los usuarios a cualquier vehículo debe ser

reportado inmediatamente a la administración, quien según las circunstancias deberá

avisar a las autoridades de tránsito. - - - - - - - - - - - - - - - Todos los usuarios de los

parqueaderos deberán tomar las medidas para garantizar a los demás el derecho a la

tranquilidad. Por tal circunstancia impedirán el ruido de pitos y alarmas en especial en

horas de la noche y madrugada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Parágrafo Primero: El uso permanente del parqueadero privado se limitará

exclusivamente al propietario y/o tenedor de la respectiva unidad privada. Parágrafo

Segundo: Los parqueaderos o garajes no se podrán separar o encerrar con muros,

mallas o divisiones de cualquier otro material. Igualmente en los parqueaderos o

garajes no se podrá colocar o instalar ningún tipo de muebles o enseres.

ARTICULO 26.- Impuestos y Otros: Cada propietario pagará directamente los

impuestos, contribuciones, tasas, valorizaciones y servicios de su unidad privada como

si se tratare de predios aislados. Los que graven las zonas comunes o bienes privados

del Conjunto serán pagados por todos los propietarios, en la proporción que establece

este reglamento. Parágrafo: Con posterioridad a la enajenación o a la firma del

contrato de la escritura de compraventa todo reajuste o suma complementaria que

deba pagarse por el abastecimiento de agua o el suministro de los demás servicios

públicos y toda valorización, impuesto o contribución será de cargo del adquirente de

la unidad privada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 27.- Cuerpos Ciertos y Entrega: Las áreas, dimensiones y alturas libres

de las unidades privadas y las áreas comunes son aproximadas. Por tanto, se

considerarán y enajenarán como cuerpos ciertos, no obstante las dimensiones y áreas

que figuren en este reglamento, en los planos aprobados y en los contratos que se

celebren para su enajenación. -

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ARTICULO 28.- Reparaciones de Unidades Privadas: Cada propietario se obliga a

ejecutar de inmediato en la unidad de su propiedad, las reparaciones necesarias y las

reparaciones cuya omisión pueda ocasionar perjuicio a la propiedad común o a las

demás propiedades privativas y a responder por los daños causados por tal omisión.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En caso de incumplimiento, el propietario responsable pagará a la comunidad, a título

de multa, sin perjuicio de la obligación principal y de la indemnización de perjuicios y

sin necesidad de requerimiento alguno, la suma de un salario mínimos legales diarios

o la multa mayor que fije la Asamblea, por cada día de retardo, a partir del día que

señale el administrador y en los casos urgentes éste libremente deberá hacer las

reparaciones por cuenta del propietario respectivo, quien deberá pagar su valor a la

presentación de la cuenta, pero si la factura se cancela con fondos comunes, el

propietario deudor pagará a la comunidad, a título de multa, por el simple retardo, un

veinticinco por ciento (25%) adicional al valor de la cuenta mencionada e intereses

durante la mora a la tasa del uno y medio (1 1/2) del interés bancario corriente

mensual . - - - - -

ARTICULO 29.- Modificación de las Unidades Privadas: Para introducir las

modificaciones, reformas o adecuaciones en las Unidades Privadas es necesario:

1. Que la obra proyectada no comprometa la seguridad, solidez o salubridad del

Conjunto y que no afecte los servicios comunes ni altere la fachada, ni las zonas

comunes, ni los muros ya que hacen parte de ésta. - - - - - - - - - - - - - - - -

2. Que el propietario obtenga de la Curaduría Urbana o la Entidad que haga sus

veces la correspondiente aprobación, si fuere necesaria. Preferiblemente la licencia se

obtendrá en la misma Curaduría en que se aprobó el proyecto construido, con el fin de

garantizar que las reformas observen las condiciones determinantes del mismo. Que

el propietario tenga la previa autorización escrita del Administrador, quien podrá

negarla si la obra contraviene los requisitos anteriores. - - - - -

Parágrafo Primero: Las reparaciones o mejoras en las unidades privadas, que no

sean urgentes y las modificaciones, reformas o adecuaciones en las mismas

solamente podrán hacerse en días hábiles, entre las ocho de la mañana (8:00 A.M.) y

las cinco de la tarde (5:00 P.M.), procurando tomar las medidas necesarias para no

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incomodar en lo posible a los vecinos. Parágrafo Segundo: Las modificaciones o

intervenciones efectuadas por los adquirentes tanto en las zonas privadas como en las

zonas comunes del Conjunto con posterioridad a su entrega elimina de

responsabilidad o garantía en relación con las mismas al propietario inicial y/o

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 30.-: Seguro Contra Incendio y Terremoto : Los bienes comunes del

Conjunto deberán estar asegurados contra incendio y terremoto por la cuantía que

fijará anualmente la Asamblea de propietarios. Si ésta omitiera hacer dicha fijación

anual, lo hará el Consejo de Administración. Si dicho Consejo incurriere también en

esta omisión, lo hará el Administrador quien cuidará siempre de renovar los seguros

contra incendio y terremoto en cuantía suficiente para que a cargo de los propietarios

no haya ninguna cuota de coaseguro, y quede a cargo de la Compañía Aseguradora la

total indemnización del siniestro. El pago de las primas anuales de estos seguros

contribuirán todos los propietarios de acuerdo con los coeficientes de copropiedad.

Parágrafo Primero : Insuficiencia de la Indemnización : Si la indemnización no

alcanzare para la reparación total de los daños causados, la Asamblea con una

mayoría del 70% de los coeficientes decidirá si es del caso decretar una cuota

extraordinaria a cargo de todos los propietarios a fin de completar la reconstrucción; si

no se aprobare esta contribución extraordinaria, se distribuirá la indemnización en

proporción al derecho de cada cual, según la tabla de coeficientes de copropiedad,

previa asignación de la suma necesaria para la remoción de escombros. Parágrafo

Segundo: Sanción moratoria : La mora en el pago de las cuotas o contribuciones

decretadas por la Asamblea de Copropietarios, conforme con las previsiones

precedentes, causará intereses de mora a cargo de los copropietarios morosos y en

favor de la copropiedad. La tasa de liquidación de éstos intereses será fijada por la

Asamblea a la tasa máxima de una y media veces el interés bancario corriente,

certificado por la Superintendencia Bancaria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - CAPITULO VI

ARTICULO 31.- Expensas Comunes: Cada propietario de unidad privada, deberá

contribuir con los gastos de administración, funcionamiento, sostenimiento, reparación y

reposición de los bienes comunes y al pago de la prima de seguro de incendio,

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terremoto y complementarios que se exigiere, en proporción al Coeficiente de

Copropiedad y provisionalmente en proporción al Coeficiente provisional de Gastos

establecido en el presente instrumento público. Ningún propietario de unidad privada,

podrá considerarse eximido de esta obligación, aún cuando haya cedido sus derechos o

renunciado a ellos o haya abandonado su propiedad, mientras sea titular del derecho de

dominio, obligación que cobija a sus causahabientes a cualquier título. Los tenedores,

usuarios, poseedores o usufructuarios de las unidades privadas serán solidariamente

responsables y obligados con los copropietarios de las mismas por todos los conceptos

antes enunciados que resulten a su cargo. En caso de incumplimiento, el valor de estas

expensas serán exigibles ejecutivamente, de acuerdo con la ley y con los presentes

estatutos.

Parágrafo 1.- Pago de expensas por parte del propietario inicia l: Mientras el

propietario inicial, es decir CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , construye, enajena y

entrega la totalidad de las unidades privadas que conforman el conjunto, contribuirá

únicamente con las expensas comunes de las unidades privadas de su propiedad, que

se encuentren totalmente construidas, en condiciones de habitabilidad, conforme las

tablas de gastos provisionales de gastos referidas en este artículo, por cuanto sobre las

no construidas no podría ejercer el derecho al uso y goce sobre las mismas, ni a los

servicios ni bienes comunes.

La fijación de cuotas extraordinarias por parte de la Asamblea de Copropietarios, solo

se podrá hacer con posterioridad a que el propietario inicial haya enajenado y

entregado la totalidad de las unidades privadas del Conjunto.

El hecho de estar en mora los inhabilitará para ser nombrados al Consejo o como

dignatarios de la asamblea, miembros del comité de convivencia, así como para opinar

o votar en asuntos de carácter económico, como los referentes al aspecto de

contribución de las expensas o distribución de las mismas, condonación de intereses,

imposición de sanciones, multas, intereses etc. Igualmente los inhabilitará para ejercer

derechos diferentes a los suyos en las Asambleas de Copropietarios (poderes). - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Parágrafo 2.-: Mérito Ejecutivo: El cobro de las cuotas de administración en mora,

intereses, multas y las contribuciones a cargo de los propietarios, serán exigibles por la

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vía ejecutiva. El título ejecutivo estará constituido única y exclusivamente por el

correspondiente certificado expedido por el Administrador del Conjunto y copia del

certificado de intereses expedido por la Superintendencia Bancaria o la Entidad que

haga sus veces o por copia de la parte pertinente del Reglamento de Propiedad

Horizontal, donde se autorice el cobro de un interés inferior, sin necesidad de cumplir

con ningún otro requisito adicional, previo agotamiento de los mecanismos para la

solución de los conflictos previstos en este Reglamento. Las costas y gastos del

respectivo juicio serán de cargo del propietario y/o titular de la unidad privada. - - -

El adquirente de una unidad privada responderá, solidariamente, del pago de las

sumas a cargo del tradente o causante por gastos comunes del Conjunto. En caso de

transferencia de dominio de un bien privado se deberá presentar al notario, paz y salvo

por pago de expensas comunes expedido por el administrador del Conjunto y en caso

de no ser posible se debe dejar constancia en la escritura, de la solicitud presentada al

administrador y de la solidaridad del nuevo propietario en el pago de las sumas

adeudadas a la Copropiedad. - - - - - - - - - - - - - - - -

No obstante la obligación que tienen los propietarios de unidades privadas de

contribuir al pago de expensas necesarias causadas por la administración y la

prestación de servicios comunes, existirá solidaridad en el pago de expensas

ordinarias, entre el propietario y el arrendatario u otro tenedor del inmueble a cualquier

titulo. - - - - - - - - - -

En caso que el derecho de dominio se grave con propiedad fiduciaria o con cesión del

uso, o con anticresis, o con arrendamiento por escritura publica, o haya sido

desmembrado con usufructo y nuda propiedad, podrá el propietario eximirse del pago

de contribuciones a la persona jurídica, si expresamente se obliga, en su lugar, el

propietario fudiciario, el usuario, el usufructuario, el acreedor anticrético o el

arrendatario. Sin embargo en caso de incumplimiento de éstos, se podrá cobrar

indistintamente al propietario o al usufructuario, o al usuario, o al arrendatario, etc. - - -

- - - - - - - - - -

Parágrafo tercero: Incumplimiento en el pago de exp ensas: El retardo o

incumplimiento en el pago de expensas, dará lugar además a que el administrador

imponga las siguientes sanciones: - -

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a. Intereses de mora, equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente,

certificado por la Superintendencia Bancaria, sin perjuicio de que la asamblea general,

establezca un interés inferior. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

b. Publicación del nombre del moroso en las citaciones a asamblea, en las actas de

asamblea y en lugares de no frecuentados por visitantes, pero que sean de fácil

visibilidad para los propietarios y residentes. En la convocatoria a la asamblea y en las

actas de la misma se incluirá la relación de deudores morosos, mientras estén

incurriendo en este incumplimiento o demora en el pago. - - - - - -

c. Suspensión de uso de bienes comunes no esenciales: de acuerdo con lo previsto

en el capítulo de sanciones y siempre y cuando no se violen derechos

fundamentales de los morosos. - - - - - - - -

Coeficientes provisionales de gastos

Mientras se desarrollan las diferentes etapas constructivas , se aplicará para efectos

de gastos de administración, mantenimiento y conservación de zonas comunes de las

diferentes etapas, las tablas provisionales de gastos que elaborará el administrador

provisional o el administrador definitivo del Conjunto, dividiendo el valor del área

construida de cada unidad privada sobre el área total privada de las unidades que

integran cada etapa constructiva. Estos coeficientes provisionales de gastos se aplicarán

hasta que se integre la totalidad del Conjunto.

Así mismo y en los eventos que pueda establecerse claramente que algunos gastos

solo los debe asumir un grupo de unidades privadas, la administración , podrá elaborar

tablas auxiliares y provisionales de gastos, dividiendo el valor del área construida de

cada unidad privada sobre el área total privada construida de cada grupo.

ARTICULO 32.- Coeficientes de Copropiedad

Para efectos relacionados con el régimen legal de propiedad horizontal y en especial,

para los efectos de los artículos 25 y subsiguientes de la Ley 675 de 2001 se ha

asignado a la totalidad del inmueble un valor equivalente al ciento por ciento (100%).

Los coeficientes de copropiedad son la resultante de tomar el área privada de cada unos

de los unidades privadas sobre el área total privada de las 24 unidades de vivienda. Tales

coeficientes determinan: 1.- La proporción de los derechos de cada uno de los

propietarios de bienes privados sobre los bienes comunes del Conjunto. 2.- El

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porcentaje de participación en la Asamblea General de Propietarios, para conformar el

quórum en Asambleas, para solicitar la convocatoria a Asambleas extraordinarias, para

lo relativo a decisiones, etc. 3.- El índice de participación con que cada uno de los

propietarios de bienes privados ha de contribuir a las expensas comunes del Conjunto,

mediante el pago de cuotas ordinarias y extraordinarias de administración, excepto en el

proceso constructivo de las etapas del Conjunto, que contribuirán de acuerdo con los

coeficientes de gastos señalados en este reglamento.

KASAURY- PRIMERA ETAPA

DEPENDENCIA No. COEFICIENTES

CONSTRUIDA COPROPIEDAD

Real

APARTAMENTO 102 78,48 1,131%

APARTAMENTO 104 62,90 0,906%

APARTAMENTO 105 78,48 1,131%

APARTAMENTO 202 78,48 1,131%

APARTAMENTO 203 62,90 0,906%

APARTAMENTO 204 62,90 0,906%

APARTAMENTO 205 78,48 1,131%

APARTAMENTO 206 65,99 0,966%

APARTAMENTO 302 78,48 1,131%

APARTAMENTO 303 62,90 0,906%

APARTAMENTO 304 62,90 0,906%

APARTAMENTO 305 78,48 1,131%

APARTAMENTO 306 73,51 1,058%

APARTAMENTO 401 73,51 1,058%

APARTAMENTO 402 78,48 1,131%

APARTAMENTO 403 62,90 0,906%

APARTAMENTO 404 62,90 0,906%

APARTAMENTO 405 78,48 1,131%

APARTAMENTO 406 73,51 1,058%

APARTAMENTO 501 73,51 1,058%

APARTAMENTO 502 78,48 1,131%

APARTAMENTO 503 62,90 0,906%

APARTAMENTO 504 62,90 0,906%

APARTAMENTO 505 78,48 1,131%

APARTAMENTO 506 73,51 1,058%

APARTAMENTO 601 73,51 1,058%

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APARTAMENTO 602 78,48 1,131%

APARTAMENTO 603 62,90 0,906%

APARTAMENTO 604 62,90 0,906%

APARTAMENTO 605 78,48 1,131%

APARTAMENTO 606 73,51 1,058%

APARTAMENTO 701 73,51 1,058%

APARTAMENTO 702 78,48 1,131%

APARTAMENTO 703 62,90 0,906%

APARTAMENTO 704 62,90 0,906%

APARTAMENTO 705 78,48 1,131%

APARTAMENTO 706 73,51 1,058%

APARTAMENTO 801 73,51 1,058%

APARTAMENTO 802 78,48 1,131%

APARTAMENTO 803 62,9 0,906%

APARTAMENTO 804 62,9 0,906%

APARTAMENTO 805 78,48 1,131%

APARTAMENTO 806 73,51 1,058%

APARTAMENTO 901 73,51 1,058%

APARTAMENTO 902 78,48 1,131%

APARTAMENTO 903 62,90 0,906%

APARTAMENTO 904 62,90 0,906%

APARTAMENTO 905 78,48 1,131%

APARTAMENTO 906 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1001 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1002 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1003 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1004 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1005 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1006 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1101 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1102 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1103 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1104 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1105 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1106 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1201 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1202 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1203 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1204 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1205 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1206 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1301 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1302 78,48 1,131%

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APARTAMENTO 1303 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1304 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1305 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1306 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1401 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1402 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1403 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1404 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1405 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1406 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1501 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1502 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1503 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1504 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1505 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1506 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1601 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1602 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1603 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1604 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1605 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1606 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1701 73,51 1,058%

APARTAMENTO 1702 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1703 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1704 62,90 0,906%

APARTAMENTO 1705 78,48 1,131%

APARTAMENTO 1706 73,51 1,058%

TOTALES 6941,80 100,000%

Parágrafo.- De conformidad con el articulo 7 de la Ley 675 de 2001, estos

coeficientes tienen el carácter de provisionales, hasta integrar las siguientes etapas

constructivas, mediante escrituras adicionales en las que se determinarán los

coeficientes de cada etapa y en la escritura que se integre la última etapa, los

coeficientes de copropiedad de todo el conjunto se determinarán con carácter

definitivo.

ARTICULO 33.- Modificación de los coeficientes de c opropiedad: Excepto de los

casos contempladas en las cláusulas transitorias de reserva a favor de

CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , la asamblea general con el voto favorable de un

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número plural de propietarios que represente al menos el 70% de los coeficientes de

copropiedad del Conjunto, podrá autorizar reformas al reglamento de propiedad

horizontal relacionados con modificación de los coeficientes de propiedad de EL

KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA propiedad horizontal, en los

siguientes eventos: - -

1. Cuando en su cálculo se incurrió en errores aritméticos o no se tuvieron en cuenta

los parámetros legales para su fijación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2. Cuando el Conjunto se adicione con nuevos bienes privados, producto de la

desafectación de un bien común o de la adquisición de otros bienes que se integren al

mismo. - - - - - - - - - - -

3. Cuando se extinga la propiedad horizontal en relación con una parte del Conjunto.

- - - - - -

4. Cuando se cambie la destinación de un bien de dominio particular, si éste se tuvo

en cuenta para la fijación de los coeficientes de copropiedad. - - - - - - -

5. El los casos previstos en el art. 7 de la ley 675 de 2001.

CAPITULO VII

ARTICULO 34.- Causales de Extinción de la Propiedad Horizontal: La propiedad

horizontal se extinguirá solamente por alguna de las siguientes causales: - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - -

1) La destrucción o deterioro total del Conjunto en una proporción de al menos el

75% de su valor comercial, salvo cuando se decida su construcción, de conformidad

con la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional. - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2) La decisión unánime de los copropietarios y aceptación por escrito de los

acreedores con garantía real sobre unidades privadas del Conjunto. - - - - - - - - 3)

La orden de autoridad judicial o administrativa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Hipotecas: En caso de demolición o destrucción total el terreno seguirá gravado

proporcionalmente de acuerdo a los coeficientes de copropiedad por las hipotecas que

pesaban sobre los bienes privados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Procedimiento: La

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decisión de la Asamblea General de propietarios o la Sentencia Judicial

correspondiente si es del caso se elevara a Escritura Publica y se registrará en la

oficina de Registro de Instrumentos Públicos y en la Alcaldía de Bogotá D.C. o su

delegado para extinguir la propiedad horizontal. Será de responsabilidad del Consejo

de Administración perfeccionar estos registros. - -

División de los bienes comunes: Registrada la Escritura de extinción la copropiedad

sobre el terreno y demás bienes comunes deberá ser objeto de división material o de

venta dentro de un plazo no superior a un (1) año; y distribuirse entre los propietarios

su producto a prorrata de sus coeficientes de copropiedad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

La división tendrá preferencia sobre la venta si los bienes comunes son susceptibles

de dividirse materialmente sin que se deprecien por su fraccionamiento y las normas

urbanísticas lo permitan. - -

En lo pertinente se aplicarán las normas sobre división de comunidades previstas en el

capitulo III, Título XXXIII del libro cuarto del código civil y en las normas que lo

modifiquen adicionen o subroguen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Liquidación de la persona jurídica: Una vez registrada la escritura de extinción se

procederá a la disolución y liquidación de la persona jurídica, la cual conservara su

capacidad legal para realizar los actos tendientes a tal fin. -

Actuará como liquidador el Administrador, previa aprobación de cuentas, salvo

decisión en contrario de la Asamblea o disposición legal el acta de liquidación final se

deberá registrar ante el Alcalde de Bogotá D.C., o su delegado con lo cual queda

extinguida la persona jurídica. - - - -

ARTICULO 35: De la Reconstrucción del Conjunto: Rec onstrucción obligatoria :

En los siguientes eventos se procederá a la reconstrucción del Conjunto: - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - -

1) Cuando la destrucción o deterioro del Conjunto fuere inferior al 75% de su valor

comercial.

2) Cuando no obstante la destrucción o deterioro superior al 75% del Conjunto, la

Asamblea General decida reconstruirlo con el voto favorable de un número plural de

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propietarios que represente al menos el 70% de los coeficientes de copropiedad. - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Las expensas que demande la reconstrucción estarán a cargo de todos los

propietarios de acuerdo a sus coeficientes de copropiedad y las hipotecas o

gravámenes subsistirán en las mismas condiciones en que fueron constituidos, salvo

que la obligación haya sido satisfecha. - -

Reconstrucción parcial del Conjunto: Cuando la destrucción o deterioro, afecte un

Conjunto o etapa que haga parte de un Conjunto, el porcentaje de destrucción o

deterioro se entenderá en relación con el Conjunto o etapa en particular.

Corresponderá a los propietarios de bienes privados allí localizados, en proporción de

los coeficientes de copropiedad decidir y contribuir a su reconstrucción en la forma

expuesta en el numeral 2 anterior. - - - - - - - - - - - - - Sin perjuicio de lo anterior, las

expensas causadas por la reconstrucción de bienes comunes de uso y goce de todo el

Conjunto ubicados en un Conjunto o etapa, serán de cargo de la totalidad de los

propietarios en proporción a sus coeficientes de copropiedad. En todo caso habrá

obligación de reconstrucción cuando no sea posible extinguir parcialmente la

propiedad horizontal. - - - - - - - La reconstrucción deberá ejecutarse en todos los

casos de conformidad con los planos aprobados, salvo que su modificación se hubiere

dispuesto cumpliendo previamente la autorización de la entidad competente. - - - - - - -

- - - - - - - - - - - Normas para la reconstrucción del Conjunto y liquid ación de la

propiedad horizontal:

a) La asamblea establecerá las normas precisas para reparar o reconstruir el

Conjunto, liquidar la propiedad horizontal y distribuir los bienes comunes, teniendo en

cuenta las circunstancias del momento, especialmente: El costo de las obras y su

posible forma de pago por los propietarios - - - - - - -

b) El presupuesto y especificaciones detallados que debe presentar el administrador

a la asamblea, después de haber sido considerados por el Consejo de Administración.

- - - - - - -

c) Que no se podrán hacer modificaciones a los bienes comunes que no sean

necesarias o convenientes o que su costo exceda la capacidad de pago de los

copropietarios. - - - - - - - - - - -

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d) Que las obras deben contratarse con personas idóneas, en las condiciones que

apruebe el Consejo de Administración. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que no se

podrá anticipar dineros al contratista sin las garantías del caso, y que los demás pagos

deben hacerse en proporción a los trabajos entregados a satisfacción del

administrador y del Consejo de Administración. - - - - - - - - - - - e) Que la división de

los bienes comunes o la liquidación de la propiedad horizontal solamente se podrá

solicitar de acuerdo con lo previsto en este reglamento y la ley. - - - - - - - - - - - - - - - - -

f) Que los bienes comunes únicamente podrán enajenarse por su valor comercial,

fijado éste por el Consejo de Administración, asesorado por un perito en cuanto al

terreno y a la edificación. - - - -

g) Que la ejecución de las obras será vigilada por el administrador y el Consejo de

Administración y cuando se trate de la reconstrucción del Conjunto, además, por el

interventor idóneo que designe el Consejo de Administración. - - - - - - - -

h) Que el contratista debe tener a su cargo el pago de los salarios, prestaciones

sociales, seguros, subsidios e indemnizaciones de los trabajadores de la obra y

garantizar adecuadamente dicho pago, como requisito para la celebración del contrato

y el pago del valor de éste. - - - - - - - - - - - - - -

CAPITULO VIII

ARTICULO 36: Derechos de los Propietarios.- Son derechos de cada propietario: - -

- - - - - -

1) Poseer, disfrutar, enajenar, gravar, dar en arrendamiento o anticresis, donar y

limitar el dominio de su unidad privada, conjuntamente con su derecho sobre los

bienes comunes, de acuerdo con la Ley y este reglamento, sin necesidad del

consentimiento de los demás propietarios. - - - - - - - - - - - -

2) Servirse de los bienes comunes, según el destino ordinario de los mismos, de

acuerdo con este reglamento y las disposiciones de la asamblea y del Consejo de

Administración y sin perjuicio del uso legítimo de los demás propietarios. - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

3) Ejecutar por su propia cuenta, si no lo hace oportunamente el administrador, los

actos y obras urgentes que requieran la conservación o reparación o administración de

los bienes comunes y exigir el reintegro de las cuotas que correspondan a los demás

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propietarios o a la comunidad en los gastos comprobados, quienes deberán pagarlas

dentro del mes siguiente a su ejecución, con intereses a 1 1/2 del interés bancario

corriente mensual en caso de mora.- -

4) Solicitar la imposición de multas, de acuerdo con la Ley y este reglamento, al

propietario u ocupante de la unidad privada, por cada caso en que la use en forma

distinta a la prevista por este reglamento o cuando ejecute acto que perturbe la

tranquilidad de los demás propietarios u ocupantes de las otras unidades privadas o

que comprometa la seguridad o la tranquilidad o salubridad del Conjunto o, en general,

que viole este reglamento. - - - - - - - - - - 5) Hacer peticiones o reclamos o interponer

recursos ante los órganos de la administración, Juez o Entidad competente. - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - -

6) Los demás que le correspondan de acuerdo con la Ley y este reglamento.

ARTICULO 37.- Obligaciones de los Propietarios: Son obligaciones de cada

propietario: - - -

1) Abstenerse de todo acto que perturbe los derechos de los demás propietarios o

que comprometa la seguridad o solidez o salubridad o tranquilidad o buen nombre del

Conjunto. - -

2) Responder solidariamente por los daños al Conjunto o a los demás propietarios

que ocasionen las personas que ocupen su unidad privada a cualquier titulo. - - - - - - -

- - - - - - - - - -

3) Pagar cumplidamente al administrador las cuotas que le correspondan por gastos

comunes, expensas necesarias, cuotas extraordinarias, primas de seguro, mejoras,

etc. - - - - -

4) Asistir puntualmente a las asambleas, intervenir en sus deliberaciones y prestar la

colaboración que ésta le solicite. - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - 5) Informar

oportunamente al administrador o al Consejo de Administración sobre las violaciones a

este reglamento, la deficiencia en los servicios del Conjunto y las faltas de los

empleados de éste.

6) Permitir la entrada a su unidad privada a los miembros del Consejo de

Administración, al administrador o a las personas que éste autorice por escrito, en el

momento en que la junta o el administrador lo estimen conveniente o necesario para

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verificar el estado en que se encuentra, el destino o uso que tiene o para cualquier

efecto relacionado con el cumplimiento de este reglamento o para revisar o reparar las

instalaciones de los servicios públicos o comunes, etc. -

7) Acatar las disposiciones de la asamblea, el Consejo de Administración y el

Administrador.

8) Avisar previamente por escrito al administrador sobre el día en que deba hacer

todo trasteo, los cuales solo podrán verificarse entre las siete A.M. (7:00 A.M.) y las

seis P.M. (6:00 P.M.), previa presentación del paz y salvo correspondiente a expensas

y dejar un depósito en garantía por posibles daños cuya cuantía será determinada por

el consejo de administración. -

9) Reparar por su cuenta, en la forma y plazo que le señale el administrador, los daños

que ocasione a las demás unidades privadas o a los bienes comunes. - - - - -

10) Dar el destino indicado en este reglamento y en la ley tanto a las unidades

privadas como a las zonas comunes del Conjunto . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 11)

Utilizar las áreas comunes en forma adecuada y responder por cualquier daño en

las mismas. -

12) Las demás que le impongan la Ley o este reglamento. - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 38: Prohibiciones a los Propietarios.- Está prohibido a cada propietario:

- - - - - -

1) Utilizar o enajenar o conceder el uso de su unidad privada a personas de mala

conducta o para fines distintos de los autorizados por este reglamento. - -

2) Pintar y modificar las fachadas o demás bienes comunes del Conjunto, obras que

solo puede hacer la administración con las previsiones de este Reglamento. - - - - - - - -

- - - - - - - - -

3) Acumular en la unidad privada basuras o desperdicios, los cuales deben ser

sacados en la forma y oportunidad que determine la administración. - - - - - - 4)

Introducir o mantener en la unidad privada, aunque sea bajo el pretexto de formar

parte de las actividades personales del propietario u ocupante de la misma,

substancias corrosivas, inflamables o antihigiénicas, que representen peligro para la

integridad del Conjunto o para la salud de los ocupantes de éste o aquéllas que

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produzcan humo, malos olores o cualquier molestia para el vecindario. - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5) Emplear o permitir que las personas que estén bajo su dependencia o

subordinación utilicen los bienes privados o áreas comunes para usos diferentes a los

señalados en este Reglamento. - - -

6) Obstruir las áreas de circulación o las demás zonas o bienes comunes o las

instalaciones de servicios comunes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7)

Introducir objetos o hacer excavaciones en los pisos, techos y paredes comunes o

depositar cosas de peso excesivo que perjudiquen la solidez del inmueble. - - - - - - - - -

- - - - - -

8) Arrojar objetos o basuras a las áreas comunes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 9)

Instalar aparatos o máquinas que ocasionen ruidos o sonidos que mortifiquen a

los vecinos o que causen daños o interferencias en los servicios del Conjunto. - - - - - -

- - - - - - - - -

10) Sacudir, secar, limpiar o asolear alfombras, ropas, tapetes, etc., en las ventanas,

balcones, terrazas o puertas de la unidad privada o en las zonas comunes. - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - -

11) Colocar radios, equipos de sonido, televisores con alto volumen de sonido que

transcienda al vecindario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

12) Instalar exteriormente, interiormente sobre cubiertas o fachadas, antenas de radio

o televisión o cables para energía eléctrica o teléfono, salvo que su solución sea

conjunta y aceptada por el Consejo de Administración previa evaluación técnica y

estética, aprobada por el propietario inicial CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , ya que

cualquier cambio posterior a la entrega de la unidad privada, o de las zonas comunes

del Conjunto elimina la responsabilidad de éste. - - - - -

13) Poner macetas u otros elementos en las alfajías de las ventanas de la unidad

privada. - - -

14) Destapar las tuberías con sustancias o sistemas que las dañen. - - - - - - - - 15)

Utilizar la unidad privada para actividades políticas o gremiales o para reuniones

que impliquen agrupación de personas que perturben la tranquilidad de los demás

propietarios. - - -

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16) Dar un uso o destino diferente al señalado en este Reglamento y en la ley a los

apartamentos, garajes, depósitos, y zonas comunes del Conjunto - - - - - -

17) Todo acto que sea contrario a la Ley o a este reglamento. - - - - - - - - - - - - 18)

Tener en la unidad privada animales que sean agresivos, peligros o que o causen

daño a los vecinos. Queda rotundamente prohibida la tenencia de ejemplares caninos

de las razas Dóberman, pitsbur, Mastín Napolitano, Dogo Argentino, Rottweiler, Fila

Brasilero, Stafordshire, Terrier o de caninos producto de cruces con estas razas y

demás perros que demuestren alta peligrosidad y agresividad. Cuando se tenga como

mascota una de esas razas, se concederá un plazo máximo de quince días para

retirarla del Conjunto, en caso contrario será denunciado ante la autoridad competente.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los propietarios de mascotas podrán conservarlos

siempre y cuando tomen todas las medidas tendientes a garantizar la protección y

respeto de los citados y por tanto deberán cumplir con las siguientes reglas, lo cual

será demostrado con los documentos pertinentes ante la administración. Entre las

precauciones están: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Sacarlos siempre con correa y cuando se requiera con bozal, principalmente los perros

grandes y potencialmente peligrosos, estos solo podrán ser conducidos por un adulto

responsable. - - - -

Los propietarios de las mascotas no pueden mantenerlos en zonas comunes y deben

recoger en bolsas plásticas los desechos dejados por los animales en cualquier parte

del Conjunto o en zonas aledañas al mismo. - - - - - - - - - - - - - - - Los propietarios o

responsables de las mascotas, deberán someterlos a las vacunaciones que exijan las

autoridades sanitarias. Las vacunas contra la rabia deben ser aplicadas a los seis

meses de edad y repetir la dosis cada año; se deberán exhibir los correspondientes

certificados de vacunación cuando sean solicitados por la Administración. La mascota

que presente enfermedades infectocontagiosas deberá ser retirada por su propietario

en forma inmediata del Conjunto mientras dure su tratamiento y demostrar con

certificado veterinario su recuperación total para el reingreso. Todas las mascotas que

permanezcan en el Conjunto deberán ser registradas en un libro de censo de

mascotas que llevará la administración una vez entre en vigencia este reglamento el

cual deberá contener: Nombre del ejemplar, identificación y lugar de ubicación de su

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propietario o tenedor, descripción del animal que contemple sus características para

facilitar su identificación, fotocopia del carne de vacunación antirrábica. Este registro

se debe renovar anualmente. Queda prohibido conducir animales dentro del Conjunto

a los menores de edad y a las personas que se encuentren bajo estado de

embriaguez, el influjo de sustancias sicoactivas o presenten limitaciones físicas. Se

exceptúan de esta norma a los perros guía. El administrador aplicará las sanciones

correspondientes a quienes incumplen las normas de seguridad y salubridad, sin

perjuicio de que los propietarios o tenedores de animales deban responder civil, penal

y policivamente por los daños y molestias ocasionadas por incumplimiento de las

mismas. Parágrafo: Extensión de normas : Todo lo dicho en éste capítulo para los

propietarios, en lo relativo a las prohibiciones y obligaciones, tanto relativas al uso de

las unidades privadas como de los bienes de uso y servicio común, regirá igualmente

respecto a los arrendatarios, tenedores y ocupantes a cualquier título a quienes se les

conceda el uso y goce de un bien de dominio particular. - - - - - - - -

CAPITULO IX

ARTICULO 39: Asamblea de Propietarios.- Constituye la asamblea general, los

propietarios de las unidades privadas, que estén inscritos en el Libro de Registro de

propietarios, en las condiciones que establece este reglamento. La asamblea es la

máxima autoridad en todo lo referente a la administración, conservación y reparación

de los bienes comunes y sus decisiones serán obligatorias para todos inclusive

ausentes o disidentes, si se aprueban de conformidad con la Ley y este reglamento.

En toda Asamblea de Copropietarios el propietario inicial, tiene derecho a participar

con voz y voto en relación con las unidades privadas que no haya enajenado, aún por

las no construidas, que si bien no tienen existencia física, si tienen existencia jurídica.

- - - - - - - - - - -

La asamblea se integra y funciona así: -- - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A)

Reuniones: La asamblea se reunirá ordinariamente dentro de los meses de enero a

marzo a cada año y, extraordinariamente, cuando la convoque el Consejo de

Administración, el revisor fiscal, el administrador o un número plural de propietarios

que represente no menos del veinte por ciento (20%) de los coeficientes del Conjunto.

Las reuniones tendrán lugar en Bogotá en el sitio día y hora que señale la citación. Si

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la asamblea no es convocada para su sesión ordinaria antes del día veinte (20) de

marzo aquélla se reunirá por derecho propio, en el mismo Conjunto, el primer día hábil

del mes de abril siguiente a las siete de la noche (7:00 P.M.). Si todos los propietarios

que representen el 100% de los Coeficientes de Copropiedad están presentes o

debidamente representados podrán constituirse en asamblea sin necesidad de previa

citación y en el lugar en que se encuentren. - - - - -

La ley 675 de 2001 contempla la posibilidad de llevar a cabo reuniones no

presénciales y tomar decisiones por comunicación escrita de conformidad con las

condiciones previstas en este reglamento, con base en los cuales se detallan a

continuación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Asambleas no presenciales : Además de las asambleas que cuentan con la

participación personal de los propietarios, son válidas aquellas reuniones que se

verifican sin su presencia física, pero contando con su participación y votación

utilizando los medios de comunicación al alcance o por comunicación escrita. - - - - - - -

- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Asambleas no presenciales mediante utilización de m edios de comunicación

simultanea : Para su validez legal estas asambleas deben de cumplir con los

siguientes requisitos: - - - - - - -

a) Utilizar medios de comunicación tales como: Correo electrónico, fax, grabación

magnetofónica.

b) La comunicación debe ser oportuna quedando prueba inequívoca de la misma,

donde aparezca claro el nombre del propietario que emite la comunicación, el

contenido, el término de la contestación, la votación emitida, la hora y copia de la

correspondiente convocatoria. - - - - - -

c) Debe quedar manifestación expresa del voto, pues en este tipo de asambleas no

presénciales el guardar silencio o no manifestar el voto no puede interpretarse como

voto en blanco o como aceptación tácita del punto por definirse. - - - - - - -- - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - -

d) Debe quedar impresa en el acta correspondiente claramente la convocatoria, el

medio utilizado, la consulta o cuestionario hecho, el resultado de la opinión de los

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propietarios, la fecha de recibo y contestación de la primera y de la última

comunicación. - - - - - - -- - - - - - - - - -

Asambleas no presenciales por comunicación escrita : También tendrán validez las

decisiones de la asamblea, cuando por escrito (por motivo de su ausencia física) uno o

varios propietarios expresen el sentido de su voto. Por decisión del CONSEJO DE

ADMINISTRACION se podrá consultar por escrito a la totalidad de los propietarios

sobre la adopción de una decisión concreta, para lo cual formulará las preguntas

asertivas que considere necesarias, las cuales se incluirán en un cuestionario que se

remitirá con la convocatoria. - - - - - - - - - Procedimiento : El proceso de consulta se

efectuará de la siguiente manera: - - La convocatoria se remitirá, con el formulario

correspondiente junto con las explicaciones y documentación que se consideren

necesarias, mediante correo certificado a la totalidad de los propietarios a su dirección

registrada en la respectiva matrícula interna. - - - - - - -- - - - - - - - - - -

Se deberá precisar un plazo entre quince (15) días calendario y un mes, contados a

partir del envío acreditado de la primera comunicación para que los propietarios

remitan a la Administración el formulario debidamente contestado. - c) La respuesta

deberá ser firmada por el propietario o su representante, debidamente acreditado. Las

firmas respectivas deberán ser reconocidas ante Notario. - - - - - - -

d) Únicamente se computarán las respuestas oportunamente remitidas y que cumplan

la totalidad de los requisitos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Resultados :

Para efectos de constatar los resultados de la consulta se tendrá en cuenta las

siguientes estipulaciones: - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - El escrutinio de las

respuestas se efectuará en reunión especial del CONSEJO DE ADMINISTRACION

convocada exclusivamente para este fin, a la cual debe citarse al REVISOR FISCAL. -

- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Sin perjuicio de lo establecido en el

reglamento para casos especiales, las aprobaciones requerirán del voto afirmativo de

la mitad mas uno de los coeficientes de copropiedad del Conjunto. -

a) Computadas las respuestas el resultado obtenido tendrá los mismos efectos que

las decisiones adoptadas por la Asamblea en reuniones presénciales y en lo pertinente

se le aplicará la reglamentación contemplada para estas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - -

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En el libro de Actas de la Asamblea se asentará un acta debidamente aprobada por el

CONSEJO DE ADMINISTRACION que precise los antecedentes, desarrollo y

resultado de la consulta, la cual deberá ser suscrita por el Presidente del Consejo y el

ADMINISTRADOR actuando como Secretario. Eficacia de las decisiones : Conforme

al artículo 44 de la Ley 675 de 2001 en los casos de reuniones no presénciales y

decisiones por comunicación escrita todos los propietarios participaran en los

respectivos procesos, lo cual se acreditará con las convocatorias respectivas. - - - - - - -

- - - - -

El Revisor Fiscal, si lo hubiere, efectuará estricto control del procedimiento. - - -

Parágrafo Primero : Las comunicaciones emitidas extemporáneamente o las

respuestas que se reciban con posterioridad al plazo establecido se computarán como

votos no válidos. Las unidades que no remitan su respuesta se entenderá que votaron

en blanco. Parágrafo Segundo : Las actas deberán asentarse en el libro respectivo,

suscribirse por el representante legal y comunicarse a los propietarios dentro de los

diez (10) días calendario siguientes a aquel en que se concluyó el acuerdo, en la forma

establecida para las actas de las asambleas presénciales. - - - - - - - - - - - - - - -

La decisión de la Asamblea General de propietarios, cuando no se ajusten a las

prescripciones legales o al reglamento de propiedad horizontal podrán ser

impugnadas. - - - - - - - - - - - - - - - - -

B) Citaciones: La asamblea será convocada para sus reuniones ordinarias con una

anticipación no menor de quince (15) días calendario y para sus reuniones

extraordinarias con una antelación no menor de tres (3) días hábiles, mediante aviso

fijado por el mismo término en lugar visible de la entrada principal del Conjunto y

citación escrita enviada a cada unidad privada, pero los propietarios que no las ocupen

serán citados por carta o telegrama dirigido a la última dirección que hayan dejado

registrada en la administración del Conjunto. La citación debe contener el Orden del

día de la asamblea. En las reuniones extraordinarias únicamente se podrán considerar

y decidir los asuntos expresamente anotados en el orden del día en la respectiva

citación, pero luego de agotado este, por decisión del setenta por ciento (70%) o más

de los coeficientes, podrá ocuparse de otros temas. Con la citación escrita se enviará

copia del presupuesto que deba considerar la asamblea. La convocatoria contendrá

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una relación de los propietarios que adeuden contribuciones a las expensas comunes.

- - - - - - - - -

C) Exhibición de Libros: Durante el término de citación de las reuniones de la

asamblea en que deban considerarse las cuentas de la administración, permanecerán

a disposición de los propietarios o de sus representantes debidamente acreditados, en

la oficina del administrador y en horas hábiles del día, todos los libros de contabilidad

con sus comprobantes respectivos y los demás documentos relacionados con tales

cuentas; - - - - - - - - - - - - - - - - - - - D) Representación: Los propietarios podrán

hacerse representar en la asamblea por otras personas mediante poder escrito.

Cuando una unidad privada pertenece a varias personas solamente podrá tener un

representante. No se podrá apoderar a varios propietarios de unidades privadas que

represente más del cinco por ciento (5%) de los coeficientes del Conjunto. A falta de

un representante legal, la sucesión ilíquida o comunidad dueña de una unidad privada

será representada por la persona que designen los interesados o el Juez, si aquellos

no se ponen de acuerdo, a solicitud de cualquiera de los copropietarios o del

administrador. El Administrador, el Revisor Fiscal y los miembros del Consejo de

Administración y de los comités no podrán representar, derechos diferentes a los

suyos ni sustituir poderes que se les confieran. - - - - - - - - - - -

E) Quórum: La asamblea podrá deliberar y decidir validamente con un número plural

de propietarios que represente no menos del cincuenta y uno por ciento (51%) de los

coeficientes de copropiedad del Conjunto, pero si no se forma este quórum se citará,

con anticipación no menor de tres (3) días hábiles para otra reunión y en esta

oportunidad hará quórum cualquier número plural de propietarios que concurran, de lo

cual debe dejarse constancia expresa en la citación de la asamblea. Parágrafo: Las

decisiones que exijan mayoría calificada del 70% de los coeficientes de copropiedad

no podrán tomarse en reuniones de segunda convocatoria salvo que en esta se

obtenga mayoría calificada. - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

F) Presidente y Secretario: La asamblea designará a su presidente y secretario para

cada reunión o para períodos de un año, pero podrá removerlos en cualquier

momento. Actuará como secretario el administrador o la persona que ella elija. La

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primera asamblea la presidirá la persona que designe el propietario inicial del Conjunto

y en ella se considerará el orden del día que fije éste; - - - - - - - - - - -

G) Mayoría Calificada: Las decisiones de la asamblea se tomarán por mayoría

absoluta de los coeficientes de los asistentes y representados salvo para las siguientes

decisiones que requerirán una mayoría calificada del 70% de los Coeficientes de

Copropiedad que integran el Conjunto, con excepción de las decisiones contempladas

en las Cláusulas Transitorias: - - - - - - -

1) Cambios que afecten la destinación de los bienes comunes o impliquen una

sensible disminución en uso y goce. - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Imposición de expensas extraordinarias cuya cuantía supere cuatro veces el valor de

las expensas mensuales necesarias. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2) Expensas comunes diferentes de las necesarias. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

3) Asignación de un bien común al uso y goce exclusivo de un determinado bien

privado cuando sea solicitado por un copropietario. - - - - - - - - - - - - - - - - -

4) Reforma a los estatutos y reglamento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5) Desafectación de un bien común no esencial. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Reconstrucción del Conjunto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Cambio de destinación de un bien privado siempre y cuando se ajuste a las normas

urbanísticas vigentes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Adquisición de

inmuebles para el Conjunto - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Liquidación y

disolución de la propiedad horizontal. - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - Las decisiones

enunciadas no podrán tomarse en reuniones no presénciales, ni de segunda

convocatoria, salvo que en esta ultima se obtenga una mayoría del 70% de los

coeficientes. - -

6) Para ninguna decisión salvo la unanimidad requerida para la extinción de la

propiedad horizontal, se podrá exigir una mayoría superior al 70%. - - - - - - - - -

Las decisiones que contravengan lo prescrito serán absolutamente nulas. - - - -

Libro de Actas: Se llevará un libro de actas, registrado en la Cámara de Comercio de

Bogotá D.C., si fuere posible, foliado y rubricado en cada página por el presidente de

la asamblea con cuya acta se inicie, quien al principio o primer folio expresará bajo su

firma, el destino del libro y el número de páginas que lo forman. De cada asamblea,

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por orden cronológico, se extenderá un acta encabezada con su número, en la cual se

dejará constancia del lugar, fecha y hora de la reunión, de la forma como fue

convocada su carácter ordinario o extraordinario, orden del día, de los propietarios que

concurrieron o que fueron representados, su unidad y coeficiente y de las decisiones

adoptadas, negadas o aplazadas, indicando el número de los votos emitidos en favor,

en contra y de las constancias escritas presentadas por los asistentes durante la

reunión, siempre que sean conducentes, concisas y respetuosas. Acta que será

verificada por las personas que la Asamblea designe libremente para tal efecto, dentro

de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de la respectiva reunión y que será

firmada por el presidente y secretario de la misma. Las copias autorizadas de las

actas las podrá expedir el Administrador, el Presidente o el Secretario de la Asamblea

o el Revisor Fiscal. Este libro lo llevará el administrador. El Administrador deberá

entregar copia del acta a quien se lo solicite. Todo propietario a quien se le niegue la

entrega de la copia de acta podrá acudir en reclamación ante el Alcalde Municipal o

Distrital o su delegado, quien a su vez ordenará la entrega de la copia solicitada, so

pena de la sanción de carácter policivo. - - - - -

I) Notificación de Decisiones: El Administrador debe poner a disposición de los

propietarios copia completa del texto del Acta dentro de un lapso no superior a veinte

(20) días hábiles y se fijará en la sede de la administración. En caso de comunidades

o sucesiones ilíquidas, sin representante legal, será válida la notificación hecha a

cualquiera de los comuneros o causahabientes. En el libro de actas se dejará

constancia sobre la fecha y lugar de publicación.

J) Impugnación de Decisiones: El Administrador, el Revisor fiscal o cualquier

copropietario, podrá impugnar las decisiones de la Asamblea cuando no se ajusten a

la ley y o al Reglamento de Propiedad Horizontal. Esta solo podrá hacerse dentro de

los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de la respectiva acta, mediante

un proceso civil. Estarán legitimados para impugnar las decisiones los propietarios

que hubieren votado negativamente a la misma, los ausentes por cualquier causa y

los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. - - - - - - - -

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El propietario que impugne debe estar al día en la totalidad de las deudas vencidas

con el inmueble o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. - - -

- - - - - - - - - - -

ARTICULO 40.- Funciones de la Asamblea: Son funciones de la asamblea, además

de las establecidas por la Ley 675 de 2001 y en este reglamento de copropiedad: - - -

- - - - - - - - - - -

a) Nombrar y remover libremente, al Administrador, revisor fiscal, y fijarle funciones y

remuneración. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Decidir sobre las

modificaciones o desafectaciones a los bienes de uso común no esenciales, así como

adoptar las decisiones que impliquen alteración en el uso y goce de los mismos, con

las mayorías establecidas en las normas legales y en las de este reglamento. - - - - - -

- - - - - -

c) Aprobar las reformas o adiciones al reglamento de copropiedad, distintas de las

previstas en las Cláusulas Transitorias de este reglamento, con el voto favorable que

represente no menos del setenta por ciento (70%) de los coeficientes del Conjunto . - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - -

d) Organizar la administración general del Conjunto y velar por el cumplimiento de

las normas que rigen la propiedad horizontal. - - - - - - - - - - - - e) Nombrar, a los

miembros del Consejo de Administración, asignarles y delegarles funciones. - - -

f) Crear, si lo considera necesario, cargos u organismos asesores o ejecutores de

administración y dirección, designar sus miembros y fijarles funciones, período y

remuneración.

g) Adoptar un reglamento interno adicional, el que será de obligatorio cumplimiento

por parte de los propietarios y usuarios. - - - - - - - - - - - - - - - - - - h) Crear e

incrementar, en la cuantía y forma que estime convenientes, las reservas para el pago

de prestaciones sociales a los trabajadores y aquellas otras reservas que considere

necesarias o pertinentes tales como el fondo de imprevistos. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - -

i) Autorizar al administrador para celebrar o ejecutar cualquier acto o contrato cuya

cuantía pase de dos (2) salarios mínimos legales mensuales y que no esté incluido en

el presupuesto aprobado o que por la naturaleza de los mismos exceda el límite de sus

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facultades; así como erogaciones con cargo al fondo de imprevistos. - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

i) Acordar las expensas comunes ordinarias y extraordinarias destinadas a la

administración, mantenimiento, conservación y reparación de las áreas, bienes y

servicios de uso común, así como establecer las sanciones pecuniarias o limitaciones

a la utilización de ciertos servicios que la asamblea determinará, a quienes incumplan

con el pago oportuno de los aportes o cuotas fijadas. -

j) Fijar el aporte o cuota periódica o extraordinaria que corresponda por expensas

comunes a cada uno de los propietarios, fijación que deberá hacerse conforme lo

previsto en este Reglamento, función que la asamblea podrá delegar en el

administrador. - - - - - - - - - - - - - - - -

l) Nombrar y remover libremente a los miembros del comité de convivencia para

periodos de un año o delegar su nombramiento en el Consejo de Administración.- - - - -

- - - - - - - - - - -- - - -

m) Considerar los informes que deben rendirle el Consejo de Administración, el

administrador, el revisor fiscal si lo hay y los comités asesores. - - - - - - - - - - n)

Resolver sobre la reconstrucción del Conjunto y la liquidación de la propiedad

horizontal, y su personería jurídica cuando a ello hubiere lugar. - - - -

o) Aprobar, improbar o modificar el presupuesto de ingresos y gastos anuales. p)

Considerar, improbar o aprobar los balances y cuentas de la administración y las

cuentas que rinda el administrador. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - q)

Ordenar la construcción de mejoras, imponer gravámenes extraordinarios y

multas, o sanciones por incumplimiento de obligaciones, observando el debido proceso

y derecho a la defensa, fijar los plazos para pagar las expensas comunes y señalar los

intereses de mora. - -

r) Y las demás inherentes a su actividad, no atribuidas a otro órgano o persona, por

las leyes, decretos o el reglamento de copropiedad o no delegadas en el consejo de

administración. - - - - - - -

CAPITULO X

ARTICULO 41: Consejo de Administración.- El Conjunto podrá contar con un

Consejo de Administración que estará conformado por un número impar de siete (7) o

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más miembros principales y suplentes, que sean copropietarios del Conjunto, elegidos

por la asamblea por períodos de un año. Si falta un miembro el mismo Consejo

designará su reemplazo mientras la asamblea hace la elección. En lo posible debe

contarse por lo menos con un representante por torre. - - - - - - - - - - - - -

El Consejo funcionará así: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Reuniones: Se reunirá ordinariamente por lo menos una vez cada mes y

extraordinariamente cuando la convoquen uno o más de sus miembros, el

administrador o el revisor fiscal. - - - - - -

Citaciones: El Consejo será convocado, para toda reunión ordinaria o extraordinaria,

con anticipación no menor de dos (2) días calendario. - - - - - -- - Quórum y mayoría:

El Consejo podrá deliberar si concurren la mayoría de sus miembros y las decisiones

se tomarán por mayoría absoluta de votos, salvo en los casos en que este reglamento

disponga otra mayoría. Cada miembro de la Junta tendrá un voto. - - - - - - - - - - - -

Presidente y secretario: El consejo elegirá a su presidente y secretario para cada

reunión o para períodos de un año, pero podrá removerlos en cualquier tiempo. - - - - -

- - - - - - - - - - - - - -

Actas: Las actas de las reuniones del Consejo se sentarán en libro separado, teniendo

en cuenta lo dispuesto para las actas de la asamblea, en lo compatible. - - -- - - - - - - -

- - - - - - - - -

ARTICULO 42: Atribuciones del Consejo.- Son atribuciones del Consejo de

Administración: -

1) Nombrar el Administrador, cuando la Asamblea le delegue esta atribución y

Organizar la administración general del Conjunto, sin perjuicio de lo que sobre el

particular resuelva la asamblea. - -

2) Velar por el fiel cumplimiento del reglamento por parte del administrador y de los

propietarios o usuarios o cualquier título de las unidades privadas; - - - - - 3)

Inspeccionar los trabajos que realice el administrador; - - - - - - - - - - - - - - - - 4)

Reglamentar el uso y destino de los bienes comunes; - - -

5) Exigir al administrador la rendición de cuentas, por conducto de su presidente; - -

- - - - - -

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Autorizar al administrador para celebrar o ejecutar cualquier acto o contrato de valor

superior a un salario mínimo legal mensual y que no exceda de dos (2) salarios

mínimos legales mensuales no incluido en el presupuesto aprobado; -

7) Estudiar los contratos que debe autorizar la asamblea y rendirle el informe del

caso; - - - -

8) Asesorar al administrador cuando lo solicite; - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 9)

Velar por el correcto funcionamiento de los servicios del Conjunto, el debido

comportamiento de los empleados subalternos y el oportuno cumplimiento de las

disposiciones de la asamblea y hacer al administrador las observaciones y

requerimientos pertinentes; - - - - - - - - - - - - - - - -

10) Revisar y modificar, si fuere el caso, el presupuesto de ingresos y gastos anuales

que debe entregar el administrador y pasarlo con su informe y concepto a la

aprobación de la asamblea; - - - -

11) Convocar a la asamblea de propietarios directamente o por conducto del

administrador; - -

12) Rendir a la asamblea un informe sobre sus labores, el estado del Conjunto, las

obras que estén en curso y las actividades desarrolladas; - - - - - - - - - - - - - 13)

Disponer, teniendo en cuenta las normas de este reglamento o decisiones de la

asamblea, sobre: el recaudo, manejo, inversión y traslado de los fondos comunes; la

apertura y cancelación de cuentas corrientes o de ahorro; la cuantía y clase de las

garantías de manejo y cumplimiento que deben prestar el administrador u otros

funcionarios; - - - - - - - - - - -- - - - - - - -

14) Imponer multas de conformidad con el Capítulo de Sanciones de este

Reglamento; - - - - -

15) Fijar una suma apropiada para caja menor, que manejará el administrador; Y las

demás que le asigne o delegue la asamblea.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CAPITULO XI

ARTICULO 43.- Administrador: La administración del Conjunto y de los bienes

comunes estará a cargo de un administrador, persona natural o jurídica, que no sea

propietaria, tenedor, inquilino, usuario a cualquier título del Conjunto, elegido por un

período de un año. El administrador podrá tener un (1) Suplente que lo reemplazará

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en los casos de ausencia absoluta o temporal, con las mismas funciones y

obligaciones. El administrador podrá ser reelegido. El respectivo contrato, será

firmado por parte del Presidente del Consejo de Administración o en su defecto del

Presidente de la Asamblea. Si el administrador elegido es una sociedad actuará como

tal su representante legal o la persona a quien éste confiera poder suficiente. El

administrador deberá constituir una póliza de manejo por el monto que determine la

asamblea sin sobrepasar el valor total equivalente al presupuesto de gastos del año

correspondiente. Parágrafo: La representación legal de la persona jurídica y la

administración del Conjunto corresponderán al Administrador. Los actos y contratos

que celebre en ejercicio de sus funciones, se radican en la cabeza de la persona

jurídica, siempre y cuando se ajusten a las normas legales y reglamentarias. Los

administradores responderán por los perjuicios que por dolo, culpa leve o grave,

ocasionen a la persona jurídica, a los propietarios o a terceros. Se presumirá la culpa

leve del administrador en los casos de incumplimiento o extralimitación de sus

funciones, violación de la ley o del reglamento de propiedad horizontal. El

Administrador del Conjunto deberá acreditar la idoneidad para ocupar el cargo. - - - - -

- - - - - - - - - - -

ARTICULO 44.- Funciones del Administrador: Son funciones del administrador: - - -

- - - - - -

1. Colaborar con la Asamblea en la vigilancia del estricto cumplimiento de las

disposiciones legales que regulen los derechos y obligaciones de los propietarios y

hacer conocer de la Asamblea las irregularidades y si es el caso ponerlas en

conocimiento de las autoridades competentes. - - - - -

2. Cuidar y vigilar los bienes comunes así como cuidar del correcto funcionamiento,

uso y conservación de los bienes comunes de los copropietarios. - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - -

3. Administrar con diligencia y cuidado los bienes de dominio de la persona jurídica,

así como los que surjan como consecuencia de la desafectación de bienes comunes

no esenciales y destinarlos a los fines que determine la Asamblea General. - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - -

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4. Tomar las medidas necesarias que demanden la existencia, seguridad, integridad y

salubridad del Conjunto y sus habitantes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Recaudar las

cuotas proporcionales que deban pagar los propietarios para atender las expensas

comunes y cobrar en los plazos determinados por la Asamblea, las cuotas

extraordinarias que la misma Asamblea fije para atender gastos imprevistos. - - - - - - --

- - - - - -

5. Presentar a la Asamblea informes detallados sobre sus actividades, el estado

financiero y la situación general del Conjunto . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Presentar,

dirigir y controlar los trabajos de reparaciones, de mejoras o de conservación que

ordene la Asamblea. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6. Atender la correspondencia relativa al Conjunto, archivarla debidamente, y llevar

los libros de cuentas, contratos y comprobantes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - Convocar a

la Asamblea a sesiones ordinarias y extraordinarias cuando lo considere necesario o

se lo solicite un número de propietarios que represente por lo menos el 20% de los

Coeficientes de Copropiedad del Conjunto ó el Consejo de Administración. - - - - - - - - -

- - - - - - -

Proponer a la Asamblea General los presupuestos de ingresos y egresos y las

modificaciones que considere necesarias al presupuesto. - - - - - - - - - - - -

Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea, el Balance General de las

cuentas cortadas en 31 de diciembre de cada año. Enviar anualmente a cada

propietario y mensualmente al Consejo de Administración, relación detallada de

ingresos y egresos y a tiempo de terminar su mandato rendir cuentas contempladas y

comprobadas. - - - - - - -- - - - - -

7. Representar judicial y extrajudicialmente a la persona jurídica y otorgar los poderes

necesarios para defensa de los intereses de la persona jurídica. - - - - - Contratar y

mantener las pólizas de seguros contra incendio y terremoto por valor real del

Conjunto y de los bienes comunes. Celebrar contratos referentes a sus funciones

hasta por un valor equivalente a lo autorizado en el presupuesto de gastos y previa

autorización de la asamblea o del Consejo de Administración si esta se lo hubiere

delegado, cuando supere esta suma. - - - - Llevar bajo su responsabilidad libros de

actas de la asamblea y ponerlas en conocimiento de los propietarios así mismo como

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llevar el libro de registro de propietarios. Llevar el libro de registro de propietarios y

residentes con su dirección actual. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

8. Expedir el paz y salvo por pago de cuotas de administración y otros. - - - - -

Notificar a los propietarios las sanciones impuestas en su contra por el Consejo de

Administración, o por la Asamblea por incumplimiento de sus obligaciones y hacer

efectivas las sanciones motivadas por dicho incumplimiento. - - - - - - - - - Las demás

funciones previstas en el reglamento y las que defina el consejo y la asamblea de

propietarios. En caso de cesar el cargo, el Administrador hará a su sucesor entrega

inventariada de los fondos, bienes, documentos y enseres pertenecientes al Conjunto

y rendirá cuentas detalladas de su administración. El administrador renunciante o

cesante no podrá retener fondos de la copropiedad en compensación de supuestos o

reales créditos suyos. - - - -

9. Poner en conocimiento de los propietarios y residentes del Conjunto, las actas de

la Asamblea General y del Consejo de Administración. - - - - - - - - - - -

10. Llevar bajo su dependencia y responsabilidad la contabilidad del Conjunto . Cobrar

y recaudar, directamente o a través de apoderados cuotas ordinarias y

extraordinarias, multas, y en general, cualquier obligación de carácter pecuniario a

cargo de los propietarios u ocupantes de bienes de dominio particular del Conjunto o

Conjunto, iniciando oportunamente el cobro judicial sin necesidad de autorización

alguna. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Notificar a los propietarios de bienes privados, por los medios que señale el respectivo

reglamento de propiedad horizontal, las sanciones impuestas en su contra por la

Asamblea General o el Consejo de Administración, según el caso, por incumplimiento

de obligaciones. - -

11. Presentar mensualmente al Consejo de Administración los balances respectivos y

un estado de ingresos y gastos de la persona jurídica. - - - - - - - - Parágrafo:

Atribuciones Especiales del Administrador. - - - - - - - - - - - - - - - Establecer una

adecuada demarcación de las áreas del Conjunto, incluyendo las zonas de circulación,

ubicación de máquinas y equipos contra incendio, áreas de evacuación etc. - - - - -

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1. La maquinaria y equipos de prevención estarán a su cargo y deberán ser

resguardados con dispositivos de seguridad para evitar el acceso accidental a los

mismos. - - - - - - - - - - - - - - - - -

2. Velar por el adecuado mantenimiento de las dependencias comunes y privadas,

así como el cuidado, mantenimiento y limpieza de los elementos de trabajo y de

protección personal de los operarios del inmueble, en caso de que los hubiere. - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

3. Elaborar planes o programas sectorizados del Conjunto donde se indique la

ubicación del equipo contra incendio y vías de evacuación. - - - - - - - - - - - - - - -

Elaborar un kardex para el equipo contra incendio, con una ficha para cada extintor

que contendrá la siguiente información: Clase de extintor; fecha de compra; capacidad;

fecha de prueba hidrostática (mínimo debe realizarse la prueba cada 5 años), fecha de

recarga; número de identificación interna y ubicación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - -

4. Velar por que los equipos y maquinaria destinados a la seguridad y salubridad del

Conjunto tengan un adecuado programa de mantenimiento, principalmente de tipo

preventivo; para tal efecto elaborarán un tablero de control, que contenga la

programación de las actividades a realizar en los mencionados implementos. - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5. Elaborar un informe donde se registre la situación de seguridad y salubridad de las

diferentes áreas en donde se comunicará la situación de riesgo encontrada, las

acciones correctivas a seguir, el responsable del riesgo y la fecha de plazo para

realizar las labores recomendadas. - - - - - - - - - -

6. Realizar la selección y distribución de extintores, con el fin de que todas las áreas

del Conjunto se encuentren adecuadamente protegidas contra el riesgo de incendio. -

- - - - - - - - - -

7. Dar permisos especiales a las personas contratadas para realizar labores de

mantenimiento prevención de riesgo de cualquier naturaleza etc.; para ello el Consejo

verificará las condiciones del área, la urgencia de las labores y las medidas de

seguridad tomadas por el contratista en el ejercicio de las labores encomendadas. - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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8. Velar porque los equipos que ingresen al Conjunto tengan un peso que no afecten

o pueda atentar contra su la estructura, en caso de conflicto, ésta será dirimida por la

asamblea general.

9. Propender por la preparación de los ocupantes del para las emergencias,

evacuaciones, y combates de incendio, primeros auxilios, rescate y vigilancia; Para

ello contará con el personal asesor en ese campo, tales como la cruz roja, o el cuerpo

de bomberos. - - - - - - - - - - - - - - -

10. Mantener un programa permanente de motivación del personal y ocupantes en

general del Conjunto hacia la seguridad y salubridad mediante carteleras de seguridad

industrial e higiene, afiches, charlas etc., con la colaboración cuando las necesidades

lo exijan, de organismos asesores.

13: Hacer efectivas las sanciones por incumplimiento de las obligaciones previstas en

la ley 675 del 2001, en el reglamento de propiedad horizontal o en el reglamento

interno, que hayan sido impuestas por la asamblea o el consejo, una vez se

encuentren ejecutoriadas. - - - - - - - -

14) Producir, el título ejecutivo contra el propietario renuente o moroso en el pago de

las contribuciones a favor de la persona jurídica e iniciar los procesos oportunamente.

- - - - - - - - -

15) Elevar a escritura publica las modificaciones y reformas al Reglamento de

Propiedad Horizontal.

Parágrafo : El administrador deberá llevar los siguientes libros que estarán a

disposición de los propietarios: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Libro

de registro de los propietarios y arrendatarios, con los títulos de propiedad o contratos,

domicilio, dirección y teléfono, datos sobre títulos de adquisición de propiedad. - - - -

1. Libro de Actas de la Asamblea y el Consejo de Administración que se protocolizará

anualmente en una Notaría. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3. Libro de

contabilidad o cualquier sistema de contabilidad con sus respectivos soportes y con el

cumplimiento de las normas que reglamentan la materia. - - 4. Libro de registro de

mascotas en el que se señalará los datos señalados en este reglamento.

ARTICULO 45.- Administrador Provisional: Mientras se hace la elección del

administrador, de acuerdo con lo dispuesto por este reglamento, se tiene como

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Administrador Provisional al propietario inicial de este Conjunto: CONSTRUCTORA

KOVOK S.A. , quien podrá delegar sus funciones y atribuciones en la persona que al

efecto designe o contrate libremente, cuya remuneración y demás gastos los pagarán

todos los propietarios de las unidades privadas. La Administración Provisional

elaborará un presupuesto provisional de gastos el cual tendrá vigencia durante la

Administración Provisional y/o hasta cuando la Asamblea de copropietarios decida

reemplazarlo . Una vez se haya construido y enajenado un número de bienes privados

que representen por los menos el 51% de los coeficientes de copropiedad cesará la

gestión del Administrador provisional, por lo cual se informará por escrito a todos los

propietarios del Conjunto, para que la Asamblea se reúna y proceda a nombrar el

Consejo de Administración y éste a su vez al Administrador, dentro de los veinte (20)

días hábiles siguientes; de no hacerlo, el propietario inicial nombrará al administrador

definitivo. Parágrafo: Es entendido que el presupuesto de gastos y expensas comunes

a que se refiere la presente cláusula tendrá fuerza obligatoria para los propietarios de

las unidades privadas, quienes a partir de la fecha en que se les vaya haciendo

entrega material de sus respectivos inmuebles por ellos adquiridos, deberán asumir y

pagar la respectiva cuota de Administración, que se fijará en proporción al coeficiente

provisional de gastos que deba calcular el Administrador Provisional debido al proceso

constructivo y/o el coeficiente de copropiedad, según sea el caso. Por lo anterior y

mientras se entrega la Administración, los gastos causados en la Administración,

conservación, vigilancia, seguros y mantenimiento de la Persona Jurídica serán

asumidos exclusivamente por los respectivos propietarios de los inmuebles totalmente

construidos y en condiciones de habitabilidad y se distribuirán según lo dispuesto en el

presente Reglamento. - - -

CAPITULO XII

ARTICULO 46.- El Revisor Fiscal: La Asamblea de Copropietarios podrá nombrar

un Revisor Fiscal, Contador Público para períodos de un año, o por el tiempo que ella

estime. Parágrafo.- Incompatibilidad: El Revisor Fiscal no podrá ser socio del

Administrador ni de los miembros del Consejo de Administración ni pariente de estos

dentro de cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, ni empleado en los

negocios del Administrador y/o el Consejo de Administración. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ARTICULO 47.- Funciones: Son funciones del Revisor o

Auditor: - - - - - - - - Prescribir el sistema de contabilidad que ha de llevar la Persona

Jurídica constituida, en un todo de acuerdo con el Consejo de Administración. - - - - - -

- Revisar y controlar los pagos, los ingresos y las demás operaciones que realice la

Administración. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Controla

que las operaciones y los actos de la Administración se ajusten a las disposiciones de

la Ley, del Reglamento, de la Asamblea y del Consejo de Administración. - - -

a) Informar a la Asamblea sobre el examen de las cuentas de la Administración. - - - -

- - - - - -

b) Dar cuenta a la Asamblea de las irregularidades que advierta en la Administración.

- - - - - -

c) Cumplir las demás funciones que le asignaren la Asamblea de Copropietarios y el

Consejo de Administración y las previstas en la Ley 46 de 1990. - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - -

CAPITULO XIII

ARTICULO 48.- Solución de Conflictos : La aplicación de este reglamento de

propiedad horizontal y las decisiones de la asamblea, así como el ejercicio de los

derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los residentes o integrantes de los

órganos de administración y control del Conjunto, generan polémicas, discusiones y

controversias que deben resolverse de inmediato para impedir que se agraven sus

consecuencias. Las diferencias que se susciten entre el administrador y los

propietarios y/o arrendatarios o entre uno o varios propietarios y/o arrendatarios o con

algún otro órgano de dirección, en razón de la aplicación o interpretación de la ley o

del reglamento, sin perjuicio de la competencia de las autoridades judiciales se puede

acudir a: - - - - - - - - - - - - Comité de convivencia: Será nombrado por la asamblea

general de propietarios, para periodos de un año, estará conformado por un numero

impar de tres o más personas a decisión de la asamblea. Estas personas deberán

encontrase al día en sus obligaciones con la comunidad y no haber sido sancionadas

por incumplimiento del reglamento o decisiones de la asamblea. Este no podrá

imponer sanciones. Su función será dirimir las controversias que se presenten entre

los propietarios, los organismos de Administración y aquellos. Fortalecer las buenas

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relaciones entre los vecinos, con las atribuciones de un amigable componedor. Las

gestiones conducentes a la resolución de un conflicto deberán surtirse en un término

no superior a quince (15) días hábiles contados a partir de la solicitud presentada por

cualquiera de los interesados. Las personas que integren este comité de convivencia

lo harán ad-honorem. Las decisiones se consignarán en un acta suscrita entre las

partes y los miembros del Comité y tendrá el efecto de una transacción. - - - -

2. Otros métodos alternos: Agotado este intento de conciliación sin obtener la

solución del conflicto, se puede acudir alternativamente a los siguientes mecanismos

de solución: - - - - - - -

2.1. La conciliación: La conciliación como tal es un acto jurídico público, regulado

por la ley a través del cual dos o más partes en conflicto buscan solucionar sus

diferencias transigibles, con la ayuda de un tercero neutral y calificado llamado

conciliador, mediante la búsqueda de acuerdos lícitos equitativos y de beneficio. La

conciliación puede adelantarse directamente por las partes con o sin apoderados; el

conciliador es un facilitador de diálogo entre las partes y carece de capacidad

decisoria. La información de la conciliación es reservada y las decisiones se llevan a

un acta de conciliación la cual tiene fuerza de cosa juzgada y presta mérito ejecutivo.

La conciliación se adelantará ante un Centro de Conciliación y Arbitraje. - - - - - - - - - -

2.2. El arbitraje: El arbitraje es un procedimiento, mediante el cual por expresa

voluntad de las partes, se difiere la solución de conflictos transigibles a un tribunal de

arbitramento conformado por tres (3) árbitros quienes deberán decidir el conflicto y

dejar constancia de ello en un laudo arbitral, de obligatorio cumplimiento por las partes,

todo de acuerdo a lo dispuesto sobre el particular por la ley.

2.3. Conciliación judicial: C omo otra de las alternativas de solución de conflictos,

antes de iniciar un proceso judicial el juez puede citar a las partes, para que concurran

personalmente con o sin apoderado, a una audiencia de conciliación y saneamiento;

en ella el juez obrando como conciliador procurará soluciones amigables para la

controversia. La citación puede ser convocada de oficio o a petición de una de las

partes. El fracaso de la citada audiencia por no llegarse a un arreglo, no impide que

los interesados puedan mas adelante de común acuerdo, buscar nuevamente la

conciliación extrajudicial ante un Centro de Conciliación. - - - - - - - - - -

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2.4 Proceso judicial: Surtido uno de los mecanismos anteriores sin éxito, se podrá

acudir ante los jueces civiles competentes a fin de resolver el conflicto, instaurando el

correspondiente proceso verbal sumario de que trata el título XXIII, Sección Primera

del Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil. - - ARTICULO 49.- Criterios

para imponer sanciones por incumplimiento de obliga ciones no pecuniarias: - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

El incumplimiento de las obligaciones no pecuniarias consagradas en la ley o en el

Reglamento de Propiedad Horizontal, por parte de los propietarios, tenedores o

terceros por los que estos deben responder, dará lugar a la imposición de las

sanciones que serán impuestas por el Consejo de Administración, quien deberá

respetar el procedimiento, el debido proceso, el derecho a la defensa, contradicción e

impugnación, así como valorar la intencionalidad del acto, la imprudencia o negligencia

y las circunstancias atenuantes y se atenderán criterios de proporcionalidad y

graduación de las sanciones y duración acordes con la gravedad, el daño causado y la

reincidencia. La clasificación de faltas leves y graves serán determinadas por la

Asamblea, o por el Consejo de Administración cuando se le delegue esta facultad. - - -

- - - - - -

ARTICULO 50 .-: Procedimiento para imponer las sanciones por incump limiento

de obligaciones no pecuniarias : - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

El administrador es el responsable de hacer efectivas las sanciones impuestas por el

Consejo de Administración, sin perjuicio de que deba acudir a las autoridades

policiales y aun a los Juzgados Penales de acuerdo con las normas vigentes. - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

1. Cuando por cualquier medio el Administrador tuviere conocimiento de la falta

ocurrida, pasará una amonestación por escrito al supuesto infractor indicando

claramente su falta al Reglamento y las graves consecuencias que esta trae consigo

para la copropiedad. - - - - - - - -

La comunicación debe indicar un plazo máximo de dos (2) días para que cese su

conducta incorrecta; si persiste en la falta o si esta fue instantánea el Administrador le

requerirá nuevamente para que rinda sus descargos, ante el Consejo de

Administración. En el caso de faltas leves el infractor tendrá un plazo de cinco (5) días

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hábiles para rendir sus descargos y en caso de faltas graves contará con dos (2) días

hábiles para tal efecto. - - - - - - - - - - - - - - - -

Dentro de este término el Administrador realizará la investigación del caso y recopilará

las pruebas y antecedentes respectivos para entregar su informe completo al Consejo

de Administración dentro de los dos (2) días siguientes al vencimiento del término para

rendir descargos, con el fin de que éste cuente con todos los elementos de juicio para

exonerar o sancionar al presunto infractor. - - - - - - - -

2. El Consejo contará con un término de tres (3) días calendario para pronunciarse y

dictará la resolución imponiendo la sanción. Esta Resolución será notificada al infractor

quien podrá interponer recurso de reposición dentro de los tres días siguientes a la

notificación. - - - - - - - - -

3. En firme la sanción se podrá ejecutar la misma por el Administrador. Los

sancionados podrán solicitar reconsideración de la decisión a la asamblea, sin que ello

implique la suspensión de la imposición de la sanción mientras ésta se pronuncia. - - -

- - - - - - - - - - - - - - -

a. Sanciones aplicables para faltas leves contra el reglamento: - - - - - - -

Para su aplicación se requiere inicialmente de un llamado de atención por escrito en el

cual el administrador amonestará al residente sobre el incumplimiento del reglamento

indicándole la falta en que incurrió de acuerdo a lo estipulado en éste. Para ello

otorgará un plazo perentorio de tres (3) días para que cese la imprudencia de sus

actos y se ajuste a las normas que rigen la Propiedad Horizontal en el Conjunto . - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En caso de mantenerse la conducta incorrecta se

impondrán las siguientes sanciones: - - - - - -

a.1. Publicación de su nombre en la lista de infractores al reglamento, donde se

indique el acto que ocasiona la amonestación. Esta publicación se llevara a cabo en

sitios de amplia circulación del Conjunto . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - a.2.

Imposición de multas sucesivas, mientras persiste el incumplimiento, mínimo

cada una a media cuota de las expensas (cuota de administración), mensuales a

cargo del infractor, a la fecha de su imposición. Las multas no podrán exceder de diez

(10) expensas mensuales. - - -

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a.3. Si la falta fuere leve y se cometiere mas de dos (2) veces, se convertirá en falta

grave, y se dará el tratamiento de sanciones según, estas últimas. - - - - - -

b. Sanciones aplicables para faltas graves contra e l reglamento: Por estar

comprometiendo los derechos fundamentales a la vida, salud, tranquilidad, espacio

público y demás como un medio ambiente sano, seguridad entre otros; éstas

conductas se deben corregir en forma inmediata haciendo uso de las siguientes

sanciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

b.1. Publicación del nombre del infractor con identificación de la unidad privada, en

sitios de amplia circulación, en un listado de infractores indicando claramente el acto

que ocasiona la sanción. Esta publicación se mantendrá hasta cesar la falta. - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - -

b.2. Imposición de multas sucesivas mientras persista la falta, mínimo cada una igual

al valor equivalente a una expensa mensual a cargo del infractor, a la fecha de

imposición de la sanción. Estas multas no podrán exceder de diez (10) expensas

mensuales. - - - - - - - - - - - - -

b.3. Restricción en el uso y goce de bienes comunes no esenciales desde el mismo

momento en que se configure la falta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

c) Sanciones aplicables para reincidencia en faltas graves contra el

Reglamento: Cuando un residente incurre en repetición de conductas incorrectas,

queda en criterio del Consejo de Administración sancionarlo con multa que no podrá

ser individualmente inferior a dos (2) expensas pero que por acumulación podrá llegar

máximo hasta diez (10) expensas mensuales a cargo del infractor. - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - d) Impugnación de las sanciones por

incumplimiento de las obligaciones no pecuniarias: El propietario de un bien

privado que sea sancionado por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias, podrá

impugnar la sanción dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su

comunicación. Esta impugnación se intentará ante los Jueces y se seguirá el

procedimiento consagrado por el artículo 194 del Código de Comercio. - - - - - - - - - -

Parágrafo Primero: En ningún caso se restringirá el uso de bienes comunes

esenciales o los de uso exclusivo. Las sanciones de carácter disciplinario no se

levantarán hasta tanto la persona sancionada haya cumplido con la obligación

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correspondiente y con las demás sanciones que se le hayan impuesto. En caso de que

el administrador sea residente en el Conjunto, e incurra en faltas que ameriten las

citadas sanciones estas serán impuestas por el Consejo de Administración. Si se trata

de un miembro del Consejo, no tendrá voz ni voto en la imposición de la sanción.

Parágrafo Segundo: Todos los gastos que demande el procedimiento de imposición

de sanciones y su cobro, estarán a cargo del propietario, u ocupante a cualquier título.

Parágrafo Tercero: El hecho de que el arrendatario viole el Reglamento de Propiedad

Horizontal será causal suficiente para que el arrendador pida y obliga su lanzamiento. -

- - - - - -

CAPITULO XIV

ARTICULO 51.- Fondo de Imprevistos: Para la mejor y oportuna atención de los

gastos comunes del Conjunto, debe formarse un fondo de imprevistos especial que

manejará la asamblea y a la cual contribuirá cada propietario con una suma de dinero

que determinará la Asamblea, con un porcentaje de recaudo no inferior al uno por

ciento (1%) sobre el presupuesto anual de gastos y con los demás ingresos que esta

considere pertinente que se cancelará conjuntamente con dicha cuota mensual,

contribución que podrá suspender cuando su monto alcance el 50% del presupuesto

ordinario de gastos, o cuando lo determine la asamblea con el voto favorable que

represente al menos el setenta por ciento (70%) o más del valor de los coeficientes del

Conjunto, fondo que se invertirá en cuentas de ahorro o en documentos de pronta y

segura liquidez y del mejor rendimiento.

ARTICULO 52.- Periodo Presupuestal, Cuentas y Balan ces: El período

presupuestal de la administración es anual, del primero (1º) de enero al treinta y uno

(31) de diciembre de cada año. Las cuentas se cortarán en treinta y uno (31) de

diciembre de cada año y el administrador hará el inventario y balance general

correspondientes y los presentará oportunamente a la consideración de la Junta

Administradora, antes de la reunión ordinaria de la asamblea. - - - - -

ARTICULO 53.- Si por cualquier causa la asamblea no aprobare el presupuesto para

el año respectivo o no acordare las contribuciones a cargo de los propietarios, el

administrador queda autorizado para expedir el presupuesto y liquidar las cuotas

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mensuales que deban pagar éstos hasta cuando la asamblea decida al respecto. Si la

asamblea no hace oportunamente cualquiera de los nombramientos que le

corresponden continuará en el cargo la persona anteriormente designada. Antes de la

primera reunión de la asamblea o mientras ésta resuelva sobre el particular el

administrador elaborará un presupuesto provisional y liquidará las cuotas para gastos

comunes que deban pagar los propietarios de las unidades privadas. Lo establecido

en este reglamento a favor del propietario inicial del Conjunto solo podrá ser abolido o

reformado por la asamblea con el voto favorable de éste. - - - - - - - - - - - - - - -

ARTICULO 54.- Déficit Presupuestal: Cuando las sumas presupuestadas resultaren

insuficientes o no ingresaren efectivamente a Caja, el Consejo de Administración por

intermedio del Administrador, convocará inmediatamente a una Asamblea

extraordinaria y solicitará los reajustes del caso en la liquidación de las cuotas a pagar

por cada propietario. La Asamblea procederá a declararlos indicando la forma y

oportunidad del pago de dichos reajustes. - - - ARTICULO 55.- Cuentas Bancarias:

El Consejo de Administración autorizará al Administrador para abrir las cuentas

bancarias necesarias a nombre de la persona jurídica para el manejo proveniente de

las expensas contribuciones y fondos de reserva y otros ingresos y le fijará los

requisitos de giro y número de firmas que deba contener. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - -

CAPITULO XV

El ARTICULO 56 : Cláusulas Transitorias , que regirán hasta la construcción,

enajenación, integración total de las diferentes etapas constructivas, transferencia a

cualquier título y entrega total de las unidades privadas y bienes comunes que

conforman EL CONJUNTO :

1) Dada la integración del Conjunto en las diferentes etapas constructivas señaladas en

este reglamento, y/o por razones de mercado, con la firma del Contrato de Encargo

Fiduciario, de las promesas de compraventa y/o escrituras de compraventa, los

adquirentes de las unidades privadas, otorgan mandato irrevocable y facultan al

propietario inicial y/o CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , o a quien ésta venda o ceda sus

derechos, para efectuar los siguientes actos y trámites, sin necesidad de autorización

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alguna, ni de aprobación de la Asamblea de Copropietarios ni de los órganos de

administración, ni de sus integrantes:

Primero: Para integrar las diferentes etapas constructivas del Conjunto, para

Introducir ajustes, adecuaciones reformas y/o modificaciones de construcción, así

como para definir arquitectónicamente el proyecto constructivo del Conjunto. Solicitar y

obtener licencias, adecuaciones, reformas y/o modificaciones de las mismas, para

tramitar los documentos y planos que requieran estos actos ante las Curadurías

Urbanas o ante las autoridades competentes, así como también para modificar los

valores iniciales de Coeficientes de Copropiedad. Para reformar, aclarar, adicionar,

modificar etc., cualquiera sea el caso y cuantas veces sea necesario el Reglamento

de Propiedad Horizontal del Conjunto y para elevar y suscribir la correspondiente

escritura pública hasta obtener la inscripción ante la Oficina de Registro de

Instrumentos Públicos.

Segundo : Para permitir incondicionalmente el desarrollo total de obras de

construcción de los inmuebles y zonas comunales que integran el Conjunto, facilitando

y permitiendo el acceso de personal, materiales, equipos y elementos necesarios, así

como también permitiendo la utilización de espacios correspondientes a unidades

privadas y zonas comunes.

Tercero : Teniendo en cuenta que el Conjunto , se integrará mediante etapas

constructivas los adquirientes de las unidades privadas aceptan la existencia del

apartamento modelo y/o la sala de ventas, al interior o en la parte externa del

Conjunto y se comprometen a permitir el acceso de sus visitantes, la publicidad y en

general, no podrán impedir, por ningún medio, la comercialización de los inmuebles

que hacen parte del Conjunto.

Cuarto : Para modificar o aclarar el presente Reglamento de Copropiedad, con el fin

de actualizar la nomenclatura del Conjunto, cuando la Entidad competente decida

variarla.

Quinto: El Propietario inicial mientras sea propietario de una o más unidades

privadas del mismo, queda exento de la obligación de asistir a la asamblea de

copropietarios y por lo tanto no se le podrá imponer ninguna sanción por su no

asistencia, pero si lo desea podrá asistir como propietario de las unidades privadas

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que no haya enajenado y votará en proporción a los Coeficientes de Copropiedad. En

el evento que el propietario inicial y/o KOVOCK S.A, decidan asistir a la Asamblea en

su condición de propietario, no lo hará como Vendedor-Constructor y por tanto

cualquier asunto relacionado con su carácter de Vendedor-Constructor se tratará fuera

de la sesión de Asamblea, individual y directamente en las oficinas de la Constructora

y con base en los procedimientos que ésta establezca e informe al momento de la

venta. En caso de que lo considere necesario por tratarse de asuntos relativos a los

bienes comunes, el Administrador actuará en representación de la comunidad,

mediante escrito para tal efecto y siempre fuera de las reuniones de Asamblea.

Sexto. - Hasta la venta y entrega de todas las unidades privadas que conforman el

conjunto, CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , se reserva el derecho al uso y goce de las

zonas comunes tanto de la primera etapa constructiva, como de las siguientes etapa

constructivas. No obstante la integración jurídica y formal del presente reglamento a las

subsiguientes etapas constructivas, el área donde se desarrollarán estas subsiguientes

etapas constructivas será una zona de reserva del propietario inicial, hasta construir

totalmente el Conjunto, o antes si así lo decide CONSTRUCTORA KOVOK S.A.

Séptimo.- CONSTRUCTORA KOVOK S.A. , se reserva igualmente el derecho de

integrar nuevas áreas privadas y comunes, a las diferentes etapas constructivas del

Conjunto y/o al proyecto total, incorporándolas jurídicamente al régimen de propiedad

horizontal, efectuando las adiciones, modificaciones, aclaraciones, o reformas

pertinentes, de acuerdo con las normas urbanísticas que regulan la materia con la

autorización de la Oficina de Planeación o la Curaduría Urbana, según sea el caso,

pero sin necesidad de autorización alguna ni de aprobación de la Asamblea de

Copropietarios ni de los órganos de administración, ni de sus integrantes:

Octavo.- Lo establecido en este artículo respecto de los derechos de reserva del

propietario inicial, No podrá ser reformado, modificado, aclarado, adicionado, abolido,

etc. por ningún órgano de administración ni de sus integrantes, a no ser que VAVILCO

LIMITADA lo acepte.

Noveno.- El propietario inicial o quien represente sus derechos asumirá los costos de

los trámites y licencias correspondientes y del otorgamiento del respectiva escritura

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pública que modifique, adiciones o reforme el Reglamento de Propiedad Horizontal, en

relación con los actos y trámites que aquí se establecen.

Parágrafo 1. En todo acto que implique traspaso, transferencia o enajenación del

derecho de dominio de bienes privados, o tenencia a cualquier título de uso y goce

sobre ellos, se incorpora el presente Reglamento, así como sus modificaciones,

aclaraciones y/o reformas, para lo cual los adquirentes de las unidades privadas a

quienes se les vaya transfiriendo, o a quienes estos vendan, cedan o representen sus

derechos, otorgan poder y su pleno y expreso consentimiento al propietario inicial,

respecto de las facultades previstas en ésta cláusula.

El ARTÍCULO 57.- Reformas al Reglamento, se modific a y quedará así: Excepto de

las previsiones contempladas en las cláusulas transitorias, las reformas al presente

Reglamento requieren la aprobación de la Asamblea General de Propietarios, con el

voto favorable de una mayoría que represente el 70% de los derechos en que se haya

dividido el Conjunto sin perjuicio de lo establecido respecto a mayorías superiores

especiales y a los derechos de reserva contemplados en este reglamento a favor del

Propietario inicial.

Articulo 58.- Incorporació n, El presente Reglamento de Propiedad Horizontal del

Conjunto, así como cualquier otra adicion, reforma, aclaracion, etc., quedan

incorporados en todos los contratos de enajenación, traspaso, o tenencia a cualquier

título de unidades privadas y por consiguiente obliga no solo a lo que en el se expresa

sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de sus obligaciones,

o que por ley pertenezcan al Régimen de la Propiedad Horizontal

CAPITULO XVI

ARTICULO 59.- Determinación de las Unidades Privada s: Las unidades privadas que

conforman EL KASAURY APARTAMENTOS-PRIMERA ETAPA se determinan por su

área, cabida y linderos así: - - - - - - -

APARTAMENTO CIENTO DOS (102). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad Horizontal. Su

área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS

(85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados (78.48mts2),

su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B

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en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área común del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de tres

metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros (0.65mts), muro y puerta ventana

común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, cinco metros

catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al medio con área común del conjunto . Del

punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de dos metros ochenta centímetros

(2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro común al medio con área común del conjunto,

sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros

(2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts), muro, ventana y puerta ventana común al medio con

balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, cuatro metros treinta centímetros

(4.30mts), muro y ventana común al medio con área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea

quebrada y distancias sucesivas de cinco metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un

centímetros (2.41mts), tres metros veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros

(1.35mts), cuarenta y siete centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis

centímetros (0.56mts), veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana

ducto y puerta común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el subsuelo

y o terreno. CENIT: placa común al medio con el segundo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala,

comedor, cocina, ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ciento dos (102) se le asigna

el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados (2.21mts2)

y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur del

apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de un

metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO CIENTO CUATRO (104). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad Horizontal.

Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS

(68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados (62.90mts2), su altura

libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en línea

quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros (3.51mts), muro común al

medio con área común del conjunto, dos metros veintitrés centímetros (2.23mts), puerta ventana común al

medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, tres metros cuarenta

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centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto B al

punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y siete centímetros (4.67mts),

muro y ventanas común al medio con área común del conjunto, sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro

común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, tres metros

quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en línea recta con una distancia de seis metros

ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio con área privada del apartamento 105. Del

punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de noventa centímetros (0.90mts), sesenta

centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts), sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros

treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco

centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros (0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts),

sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el subsuelo o terreno. CENIT: placa

común al medio con el segundo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ciento cuatro (104) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO CIENTO CINCO (105). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad Horizontal.

Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS

(85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados (78.48mts2),

su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B

en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 104. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de

tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros (0.65mts), muro y puerta ventana

común al medio con balcón área común de uso exclusiva del apartamento que se alindera, cinco metros

catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al medio con área común del conjunto . Del

punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de dos metros ochenta centímetros

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(2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro común al medio con área común del conjunto,

sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros

(2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts), muro, ventana y puerta ventana común al medio con

balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, cuatro metros treinta centímetros

(4.30mts), muro y ventana común al medio con área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea

quebrada y distancias sucesivas de cinco metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un

centímetros (2.41mts), tres metros veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros

(1.35mts), cuarenta y siete centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis

centímetros (0.56mts), veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana

ducto y puerta común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el subsuelo

y o terreno. CENIT: placa común al medio con el segundo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala,

comedor, cocina, ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ciento cinco (105) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO DOSCIENTOS DOS (202). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 203. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

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muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el primer piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el tercer piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doscientos dos (202) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO DOSCIENTOS TRES (203). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 204, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 202. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

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noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el primer piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el tercer piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doscientos tres (203) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO DOSCIENTOS CUATRO (204). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 203, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 205. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

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centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el primer piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el tercer piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doscientos cuatro (204) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO DOSCIENTOS CINCO (205). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 204. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

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veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el primer piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el tercer piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento doscientos cinco (205) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO DOSCIENTOS SEIS (206). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SETENTA Y DOS PUNTO VEINTICICNCO METROS

CUADRADOS (72.25mts2); Su área privada es de sesenta y cinco punto noventa y nueve metros

cuadrados (65.99mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son:

Partiendo del punto A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince

centímetros (3.15mts), sesenta y dos centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio con

balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera ,dos metros noventa y dos

centímetros (2.92mts), doce centímetros (0.12mts), dos metros cuarenta y siete centímetros (2.47mts),

ochenta y cinco centímetros (0.85mts), sesenta y ocho centímetros (0.68mts), muro y ventanas comunes

al medio con vacío sobre área común del conjunto en parte y con ascensor área común del conjunto en

parte . Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de un metro siete centímetros

(1.07mts), sesenta y ocho centímetros (0.68mts), noventa y dos centímetros (0.92mts), sesenta y ochoc

entimetros (0.68mts), tres metros noventa y dos centímetros (3.92mts), muro y duccctos comunes al

medio con área privada del apartamento 206 de la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y

cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro

noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco

centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts),

ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área

común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta con una distancia de siete metros noventa y

siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

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común al medio con el primer piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el tercer piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, estudio, alcoba principal con vestier y baño,

alcoba 2, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doscientos seis (206) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO TRESCIENTO DOS (302). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 303. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el segundo piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el cuarto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

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NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trescientos dos (302) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO TRESCIENTOS TRES (303). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 304, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 302. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el segundo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el cuarto piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

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totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trescientos tres (303) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO TRESCIENTOS CUATRO (304). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 303, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 305. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el segundo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el cuarto piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trescientos cuatro (304) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

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cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO TRESCIENTOS CINCO (305). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 304. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el segundo piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el cuarto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento trescientos cinco (305) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

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un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO TRESCIENTOS SEIS (306). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 306de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el segundo piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el cuarto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trescientos seis (306) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO CUATROCIENTOS UNO (401). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

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centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 401de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el tercer piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el quinto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento cuatrocientos uno (401) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de once punto treinta y cuatro metros cuadrados

(11.34mts2) y área libre de diez punto sesenta y un metros cuadrados (10.61mts2) correspondiente al balcón

ubicado en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO CUATROCIENTOS DOS (402). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 403. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

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centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el tercer piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el quinto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento cuatrocientos dos (402) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento y tres punto cincuenta y ocho metros cuadrados (3.58 mts2) correspondiente al patio ubicado al

interior del apartamento.

APARTAMENTO CUATROCIENTOS TRES (403). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 404, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

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línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 402. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el tercer piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el quinto piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento cuatrocientos tres (403) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO CUATROCIENTOS CUATRO (404). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 403, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 405. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

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noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el tercer piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el quinto piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento cuatrocientos cuatro (404)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro

metros cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y

área libre de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO CUATROCIENTOS CINCO (405). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 404. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

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veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el tercer piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el quinto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento cuatrocientos cinco (405)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros

cuadrados (2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO CUATROCIENTOS SEIS (406). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 406de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el tercer piso del edificio. CENIT: placa

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común al medio con el quinto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento cuatrocientos seis (406) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO QUINIENTOS UNO (501). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 501de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el cuarto piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el sexto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quinientos uno (501) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

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(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO QUINIENTOS DOS (502). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 503. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el cuarto piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el sexto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quinientos dos (502) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

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APARTAMENTO QUINIENTOS TRES (503). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 504, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 502. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el cuarto piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el sexto piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quinientos tres (503) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO QUINIENTOS CUATRO (504). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

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CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 503, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 505. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el cuarto piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el sexto piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quinientos cuatro (504) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO QUINIENTOS CINCO (505). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

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A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 504. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el cuarto piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el sexto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento quinientos cinco (505) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO QUINIENTOS SEIS (506). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

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apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 506de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el cuarto piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el sexto piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quinientos seis (506) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO SEISCIENTOS UNO (601). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 601de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

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dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el quinto piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el séptimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento seiscientos uno (601) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO SEISCIENTOS DOS (602). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 603. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

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medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el quinto piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el séptimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento seiscientos dos (602) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO SEISCIENTOS TRES (603). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 604, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 602. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el quinto piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el séptimo piso del

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edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento seiscientos tres (603) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO SEISCIENTOS CUATRO (604). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 603, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 605. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el quinto piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el séptimo piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

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NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento seiscientos cuatro (604) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO SEISCIENTOS CINCO (605). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 604. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el quinto piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el séptimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

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totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento seiscientos cinco (605) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO SEISCIENTOS SEIS (606). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 606de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el quinto piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el séptimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento seiscientos seis (606) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

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APARTAMENTO SETECIENTOS UNO (701). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 701de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el sexto piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el octavo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento setecientos uno (701) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO SETECIENTOS DOS (702). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 703. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

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(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el sexto piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el octavo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento setecientos dos (702) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO SETECIENTOS TRES (703). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 704, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

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siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 702. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el sexto piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el octavo piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento setecientos tres (703) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO SETECIENTOS CUATRO (704). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 703, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

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apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 705. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el sexto piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el octavo piso del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento setecientos cuatro (704) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO STECIENTOS CINCO (705). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 704. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

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muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el sexto piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el octavo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento setecientos cinco (705) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO SETECIENTOS SEIS (706). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 706de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

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ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el sexto piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el octavo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento setecientos seis (706) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO OCHOCIENTOS UNO (801). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 801de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el séptimo piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el noveno piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

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totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ochocientos uno (801) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO OCHOCIENTOS DOS (802). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 803. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el séptimo piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el noveno piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ochocientos dos (802) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

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un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO OCHOCIENTOS TRES (803). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 804, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 802. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el séptimo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el noveno piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ochocientos tres (803) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

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APARTAMENTO OCHOCIENTOS CUATRO (804). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 803, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 805. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el séptimo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el noveno piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ochocientos cuatro (804) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO OCHOCIENTOS CINCO (805). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

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CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 804. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el séptimo piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el noveno piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento ochocientos cinco (805) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO OCHOCIENTOS SEIS (806). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

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línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 806de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el séptimo piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el noveno piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento ochocientos seis (806) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO NOVECIENTOS UNO (901). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 901de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

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cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el octavo piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el décimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento novecientos uno (901) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO NOVECIENTOS DOS (902). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 903. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

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centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el octavo piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el décimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento novecientos dos (902) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado oriental del

apartamento.

APARTAMENTO NOVECIENTOS TRES (903). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 904, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 902. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

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común al medio con el octavo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el décimo piso del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento novecientos tres (903) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y

área libre de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO NOVECIENTOS CUATRO (904). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 903, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 905. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el octavo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el décimo piso del

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edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento novecientos cuatro (904) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de dos punto quince metros cuadrados (2.15mts2) y área libre

de un metro setenta y un centímetros (1.71mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado sur del

apartamento.

APARTAMENTO NOVECIENTOS CINCO (905). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 904. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el octavo piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el décimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

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NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. . NOTA 2: Al apartamento novecientos cinco (905) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de dos punto veintiún metros cuadrados

(2.21mts2) y área libre de uno punto setenta y siete metros cuadrados (1.77 mts2) ubicado en el costado sur

del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de

un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental

del apartamento.

APARTAMENTO NOVECIENTOS SEIS (906). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 906de la Torre 2.

Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el octavo piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el décimo piso del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento novecientos seis (906) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

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(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DIEZ CERO UNO (1001). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1001de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el noveno piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso once del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diez cero uno (1001) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DIEZ CERO DOS (1002). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad Horizontal.

Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS

(85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados (78.48mts2),

su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B

en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

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con área privada del apartamento 1003. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas

de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros (0.65mts), muro y puerta

ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, cinco

metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del

conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de dos metros ochenta

centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro común al medio con vacío sobre área

común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos centímetros (0.42mts), dos metros

veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts), muro, ventana y puerta ventana

común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera, cuatro metros

treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío sobre área común del conjunto .

Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco metros nueve centímetros

(5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros veintisiete centímetros (3.27mts),

un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete centímetros (0.47mts), un metro ocho

centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts), veintisiete centímetros (0.27mts), noventa

centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al medio con área común del edificio. NADIR:

Placa común al medio con el noveno piso del edifico. CENIT: placa común al medio con el piso once del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2,

alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diez cero dos (1002) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DIEZ CERO TRES (1003). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1004, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

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se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1002. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el noveno piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso once del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diez cero tres (1003) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO DIEZ CERO CUATRO (1004). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1003, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

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siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1005. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el noveno piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso once del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diez cero cuatro (1004) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO DIEZ CERO CINCO (1005). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1004. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

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común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el noveno piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el piso once del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diez cero cinco (1005) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DIEZ CERO SEIS (1006). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad Horizontal.

Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS (80.27mts2); Su

área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su altura libre es de

2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en línea quebrada

y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos centímetros (0.62mts),

muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se

alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos centímetros

(2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con vacío sobre

área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve metros seis

centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1006de la Torre 2. Del

punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

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sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el noveno piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el piso once del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diez cero seis (1006) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO ONCE CERO UNO (1101). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1101de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el décimo piso del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso doce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

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NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento once cero uno (1101) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO ONCE CERO DOS (1102). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1103. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el décimo piso del edifico. CENIT:

placa común al medio con el piso doce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento once cero dos (1102) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

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cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO ONCE CERO TRES (1103). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1104, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1102. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el décimo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso doce del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento once cero tres (1103) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

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área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO ONCE CERO CUATRO (1104). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1103, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1105. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el décimo piso del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso doce del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento once cero cuatro (1104) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

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APARTAMENTO ONCE CERO CINCO (1105). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1104. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el décimo piso del edificio. CENIT:

placa común al medio con el piso doce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento once cero cinco (1105) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO ONCE CERO SEIS (1106). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

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(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1106de la Torre

2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el décimo piso del edificio. CENIT: placa

común al medio con el piso doce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento once cero seis (1106) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DOCE CERO UNO (1201). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

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de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1201de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso once del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso trece del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doce cero uno (1201) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DOCE CERO DOS (1202). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1203. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

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metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso once del edifico. CENIT:

placa común al medio con el piso trece del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doce cero dos (1202) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DOCE CERO TRES (1203). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1204, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1202. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

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(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso once del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso trece del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doce cero tres (1203) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO DOCE CERO CUATRO (1204). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1203, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1205. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

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común al medio con el piso once del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso trece del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doce cero cuatro (1204) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO DOCE CERO CINCO (1205). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1204. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso once del edificio. CENIT:

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placa común al medio con el piso trece del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doce cero cinco (1205) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DOCE CERO SEIS (1206). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1206de la Torre

2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso once del edificio. CENIT: placa

común al medio con el piso trece del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento doce cero seis (1206) se le

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asigna el uso exclusivo de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO TRECE CERO UNO (1301). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1301de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso doce del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso catorce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trece cero uno (1301) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO TRECE CERO DOS (1302). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

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común al medio con área privada del apartamento 1303. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso doce del edifico. CENIT:

placa común al medio con el piso catorce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trece cero dos (1302) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO TRECECERO TRES (1303). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1304, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

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se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1302. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso doce del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso catorce del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trece cero tres (1303) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO TRECE CERO CUATRO (1304). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1303, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

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siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1305. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso doce del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso catorce del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trece cero cuatro (1304) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO TRECE CERO CINCO (1305). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1304. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

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común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso doce del edificio. CENIT:

placa común al medio con el piso catorce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trece cero cinco (1305) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO TRECE CERO SEIS (1306). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1306de la Torre

2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

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sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso doce del edificio. CENIT: placa

común al medio con el piso catorce del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento trece cero seis (1306) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO CATORCE CERO UNO (1401). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1401de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso trece del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso quince del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

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NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento catorce cero uno (1401) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO CATORCE CERO DOS (1402). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1403. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso trece del edifico. CENIT:

placa común al medio con el piso quince del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento catorce cero dos (1402) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

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cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO CATORCE TRES (1403). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1404, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1402. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso trece del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso quince del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento catorce cero tres (1403) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

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área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO CATORCE CERO CUATRO (1404). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1403, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1405. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso trece del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso quince del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento catorce cero cuatro (1404)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro

metros cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados

(1.66mts2) y área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado

en el costado sur del apartamento.

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APARTAMENTO CATORCE CERO CINCO (1405). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1404. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso trece del edificio. CENIT:

placa común al medio con el piso quince del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento catorce cero cinco (1405) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO CATORCE CERO SEIS (1406). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

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(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1406de la Torre

2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso trece del edificio. CENIT: placa

común al medio con el piso quince del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento catorce cero seis (1406) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO QUINCE CERO UNO (1501). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

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de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1501de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso catorce del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso dieciséis del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quince cero uno (1501) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO QUINCE CERO DOS (1502). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1503. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

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metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso catorce del edifico. CENIT:

placa común al medio con el piso dieciséis del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quince cero dos (1502) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO QUINCE CERO TRES (1503). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1504, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1502. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

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(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso catorce del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso dieciséis del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quince cero tres (1503) se le

asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO QUINCE CERO CUATRO (1504). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1503, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1505. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

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común al medio con el piso catorce del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso dieciséis del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quince cero cuatro (1504)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro

metros cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados

(1.66mts2) y área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado

en el costado sur del apartamento.

APARTAMENTO QUINCE CERO CINCO (1505). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1504. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso catorce del edificio. CENIT:

Page 143: REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE EL …conjuntos.admidata.net/files/cms/reglamento_de_propiedad... · nomenclatura urbana es Carrera 58 No. 169 A -25de ... manejar los asuntos

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placa común al medio con el piso dieciséis del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quince cero cinco (1505) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO QUINCE CERO SEIS (1506). Hace parte de Kasaury Primera Etapa-

Propiedad Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS

CUADRADOS (80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados

(73.51mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts),

sesenta y dos centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso

exclusivo del apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros

cuarenta y dos centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes

al medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1506de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso catorce del

edificio. CENIT: placa común al medio con el piso dieciséis del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor,

cocina, ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento quince cero seis (1506) se le

Page 144: REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE EL …conjuntos.admidata.net/files/cms/reglamento_de_propiedad... · nomenclatura urbana es Carrera 58 No. 169 A -25de ... manejar los asuntos

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asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISEIS CERO UNO (1601). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1601de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso quince del edificio.

CENIT: placa común al medio con el piso diecisiete del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina,

ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento dieciséis cero uno (1601) se

le asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISEIS CERO DOS (1602). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

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A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1603. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso quince del edifico. CENIT:

placa común al medio con el piso diecisiete del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento dieciséis cero dos (1602) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISEIS TRES (1603). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1604, dos metros veintitrés centímetros

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(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1602. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso quince del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso diecisiete del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento dieciséis cero tres (1603) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO DIECISEIS CERO CUATRO (1604). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1603, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

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del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1605. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso quince del edificio. CENIT: placa común al medio con el piso diecisiete del

edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción

alcoba 3 o estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento dieciséis cero cuatro (1604)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro

metros cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados

(1.66mts2) y área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado

en el costado sur del apartamento.

APARTAMENTO DIECISEIS CERO CINCO (1605). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1604. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusiva del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

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sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso quince del edificio. CENIT:

placa común al medio con el piso diecisiete del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento dieciséis cero cinco (1605)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISIEIS CERO SEIS (1606). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts), tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con

vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1606de la Torre

2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco

centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un

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149

metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos metros

sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos centímetros

(0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y

ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta

con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso quince del edificio. CENIT: placa

común al medio con el piso diecisiete del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento dieciséis seis (1606) se le

asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISIETE CERO UNO (1701). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS

(80.27mts2); Su área privada es de setenta y tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su

altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en

línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y dos

centímetros (0.62mts), dos metros setenta y siete centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos

centímetros (2.42mts),muro y puerta ventana común al medio balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera , tres metros treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia

de nueve metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del apartamento 1701de

la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y

cinco centímetros (3.55mts), un metro (1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros

(1.00mts), un metro cuarenta y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts),

dos metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y cinco centímetros (0.85mts), muro,

ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre área común del conjunto. Del punto D al punto A en

línea recta con una distancia de siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta

común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso dieciséis del

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edificio. CENIT: placa común al medio con la cubierta del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor,

cocina, ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diecisiete cero uno (1701) se

le asigna el uso exclusivo de un balcón con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados

(1.55mts2) y área libre de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISIETE CERO DOS (1702). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados

(78.48mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro

común al medio con área privada del apartamento 1703. Del punto B al punto C en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros (3.25mts), sesenta y cinco centímetros

(0.65mts), muro y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cinco metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al

medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y distancias

sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres centímetros (0.93mts), muro

común al medio con vacío sobre área común del conjunto, sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos

centímetros (0.42mts), dos metros veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts),

muro, ventana y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento

que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y ventana común al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco

metros nueve centímetros (5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros

veintisiete centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis centímetros (0.56mts),

veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts), muro ventana ducto y puerta común al

medio con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso dieciséis del edifico. CENIT:

placa común al medio con la cubierta del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas,

alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

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totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diecisiete cero dos (1702)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros

cuadrados (2.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto noventa metros cuadrados (1.90mts2) y

área libre de un metro cuarenta y cinco centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el

costado oriental del apartamento.

APARTAMENTO DIECISIETE TRES (1703). Hace parte de Kasaury Primera Etapa- Propiedad

Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros cuadrados

(62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto

A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un centímetros

(3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1704, dos metros veintitrés centímetros

(2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del apartamento que

se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío sobre área común

del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro metros sesenta y

siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana común al medio

con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al punto D en

línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común al medio

con área privada del apartamento 1702. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de

noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros (0.37mts),

sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso dieciséis del edificio. CENIT: placa común al medio con la cubierta del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diecisiete cero tres (1703) se

le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro metros

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cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el costado

sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados (1.66mts2) y

área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado

sur del apartamento.

APARTAMENTO DIECISIETE CERO CUATRO (1704). Hace parte de Kasaury Primera Etapa-

Propiedad Horizontal. Su área total construida es de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y DOS

METROS CUADRADOS (68.92mts2); Su área privada es de sesenta y dos punto noventa metros

cuadrados (62.90mts2), su altura libre es de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son:

Partiendo del punto A al punto B en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros cincuenta y un

centímetros (3.51mts), muro común al medio con área privada del apartamento 1703, dos metros veintitrés

centímetros (2.23mts), puerta ventana común al medio con terraza área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, tres metros cuarenta centímetros (3.40mts), muro común al medio con vacío

sobre área común del conjunto. Del punto B al punto C en línea quebrada y distancias sucesivas de cuatro

metros sesenta y siete centímetros (4.67mts), muro y ventanas común al medio con vacío sobre área

común del conjunto, sesenta cinco centímetros (0.65mts), muro común al medio con balcón área común de

uso exclusivo del apartamento que se alindera, tres metros quince centímetros (3.15mts), muro y ventana

común al medio con balcón área común de uso exclusivo del apartamento que se alindera. Del punto C al

punto D en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts), muro común

al medio con área privada del apartamento 1705. Del punto D al punto A en línea quebrada y distancias

sucesivas de noventa centímetros (0.90mts), sesenta centímetros (0.60mts), treinta y siete centímetros

(0.37mts), sesenta centímetros (0.60mts), cuatro metros treinta y tres centímetros (4.33mts), cuarenta y

siete centímetros (0.47mts), un metro cincuenta y cinco centímetros (1.55mts), cuarenta y siete centímetros

(0.47mts), dos metros nueve centímetros (2.09mts), sesenta centímetros (0.60mts), ochenta y un

centímetros (0.81mts), puerta, muro y ventana común al medio con área común del edificio. NADIR: Placa

común al medio con el piso dieciséis del edificio. CENIT: placa común al medio con la cubierta del edificio.

DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con baño, alcoba 2, opción alcoba 3 o

estudio, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento son propiedad común

del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida y no pueden demolerse parcial ni

totalmente por ser parte de la estructura del edificio. NOTA 2: Al apartamento diecisiete cero cuatro (1704)

se le asigna el uso exclusivo de dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto cincuenta y cuatro

metros cuadrados (1.54mts2) y área libre de uno punto veinte metros cuadrados (1.20 mts2) ubicado en el

costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto sesenta y seis metros cuadrados

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(1.66mts2) y área libre de un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), correspondiente al balcón ubicado

en el costado sur del apartamento.

APARTAMENTO DIECISIETE CERO CINCO (1705). Hace parte de Kasaury Primera

Etapa- Propiedad Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA Y CINCO

PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS (85.29mts2); Su área privada es de

setenta y ocho punto cuarenta y ocho metros cuadrados (78.48mts2), su altura libre es

de 2.30mts, su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto

B en línea recta con una distancia de seis metros ochenta y seis centímetros (6.86mts),

muro común al medio con área privada del apartamento 1704. Del punto B al punto C

en línea quebrada y distancias sucesivas de tres metros veinticinco centímetros

(3.25mts), sesenta y cinco centímetros (0.65mts), muro y puerta ventana común al

medio con balcón área común de uso exclusiva del apartamento que se alindera, cinco

metros catorce centímetros (5.14mts), muro y ventanas comunes al medio con vacío

sobre área común del conjunto . Del punto C al punto D en línea quebrada y

distancias sucesivas de dos metros ochenta centímetros (2.80mts), noventa y tres

centímetros (0.93mts), muro común al medio con vacío sobre área común del conjunto,

sesenta centímetros (0.60mts), cuarenta y dos centímetros (0.42mts), dos metros

veintidós centímetros (2.22mts),cincuenta y cinco centímetros (0.55mts), muro, ventana

y puerta ventana común al medio con balcón área común de uso exclusivo del

apartamento que se alindera, cuatro metros treinta centímetros (4.30mts), muro y

ventana común al medio con vacío sobre área común del conjunto . Del punto D al

punto A en línea quebrada y distancias sucesivas de cinco metros nueve centímetros

(5.09mts), dos metros cuarenta y un centímetros (2.41mts), tres metros veintisiete

centímetros (3.27mts), un metro treinta y cinco centímetros (1.35mts), cuarenta y siete

centímetros (0.47mts), un metro ocho centímetros (1.08mts), cincuenta y seis

centímetros (0.56mts), veintisiete centímetros (0.27mts), noventa centímetros (0.90mts),

muro ventana ducto y puerta común al medio con área común del edificio. NADIR:

Placa común al medio con el piso dieciséis del edificio. CENIT: placa común al medio

con la cubierta del edificio. DEPENDENCIAS: sala, comedor, cocina, ropas, alcoba

principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3, estar, baño alcobas.

NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento

son propiedad común del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida

y no pueden demolerse parcial ni totalmente por ser parte de la estructura del edificio.

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NOTA 2: Al apartamento diecisiete cero cinco (1705) se le asigna el uso exclusivo de

dos balcones : Balcón 1 con área total de uno punto setenta y tres metros cuadrados

(1.73mts2) y área libre de uno punto cuarenta y un metros cuadrados (1.41 mts2)

ubicado en el costado sur del apartamento y Balcón 2 con área total de uno punto

noventa metros cuadrados (1.90mts2) y área libre de un metro cuarenta y cinco

centímetros (1.45mts), correspondiente al balcón ubicado en el costado occidental del

apartamento.

APARTAMENTO DIECISIETE CERO SEIS (1706). Hace parte de Kasaury Primera

Etapa- Propiedad Horizontal. Su área total construida es de OCHENTA PUNTO

VEINTISIETE METROS CUADRADOS (80.27mts2); Su área privada es de setenta y

tres punto cincuenta y un metros cuadrados (73.51mts2), su altura libre es de 2.30mts,

su uso es el de vivienda y sus linderos son: Partiendo del punto A al punto B en línea

quebrada y distancias sucesivas de tres metros quince centímetros (3.15mts), sesenta y

dos centímetros (0.62mts), muro y puerta ventana común al medio balcón área común

de uso exclusivo del apartamento que se alindera ,dos metros setenta y siete

centímetros (2.77mts), dos metros cuarenta y dos centímetros (2.42mts), tres metros

treinta centímetros (3.30mts), muro y ventanas comunes al medio con vacío sobre área

común del conjunto . Del punto B al punto C en línea recta con una distancia de nueve

metros seis centímetros (9.06mts), muro común al medio con área privad del

apartamento 1706de la Torre 2. Del punto C al punto D en línea quebrada y

distancias sucesivas de tres metros cincuenta y cinco centímetros (3.55mts), un metro

(1.00mts), treinta y cinco centímetros (0.35mts), un metros (1.00mts), un metro cuarenta

y dos centímetros (1.42mts), un metro noventa y cinco centímetros (1.95mts), dos

metros sesenta y tres centímetros (2.63mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts),

cuarenta y dos centímetros (0.42mts), setenta y cinco centímetros (0.75mts), ochenta y

cinco centímetros (0.85mts), muro, ducto y ventanas comunes al medio con vacío sobre

área común del conjunto. Del punto D al punto A en línea recta con una distancia de

siete metros noventa y siete centímetros (7.97mts), muro y puerta común al medio

con área común del edificio. NADIR: Placa común al medio con el piso dieciséis del

edificio. CENIT: placa común al medio con la cubierta del edificio. DEPENDENCIAS:

sala, comedor, cocina, ropas, alcoba principal con vestier y baño, alcoba 2, alcoba 3,

estudio, baño alcobas.

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NOTA 1: Todos los muros y ductos, ubicados dentro de los linderos del apartamento

son propiedad común del edificio cuya área ha sido descontada del área total construida

y no pueden demolerse parcial ni totalmente por ser parte de la estructura del edificio.

NOTA 2: Al apartamento diecisiete seis (1706) se le asigna el uso exclusivo de un balcón

con área total de uno punto cincuenta y cinco metros cuadrados (1.55mts2) y área libre

de uno punto veintiún metros cuadrados (1.21mts2) correspondiente al balcón ubicado

en el costado occidental del apartamento.

SEGUNDA COMPARECENCIA

COMPARECIÓ NUEVAMENTE el señor ANTONIO LUIS AMADO GÓMEZ ,

identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 19.182.447 de Bogota, mayor de edad,

vecino y domiciliado en esta ciudad, quien en el presente acto obra en su calidad de

gerente de la Sociedad CONSTRUCTORA KOVOK S.A, con Nit. 900.028.123-4

entidad domiciliada en esta ciudad, constituida por escritura pública número mil

quinientos cincuenta y dos ( 1.552 ) del tres ( 3 ) de Junio de dos mil cinco (2.005 )

de la Notaría sesenta y tres ( 63 ) del Círculo de Bogotá, todo lo cual acredita con el

certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio de

Bogotá, el cual se adjunta para que se protocolice con el presente instrumento y

manifestó: ----------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMERO. INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA : Se consideran como bienes comunes

esenciales, las instalaciones generales de energía eléctrica internas existentes desde

el punto de derivación de acometidas de baja tensión ubicado: En la caja con bornera

para acometida aérea; en los barrajes preformados de las cámaras de inspección para

acometida subterránea o en los armarios de medidores(incluido el armario), hasta

cada uno de los inmuebles que conforman la propiedad horizontal, incluido el

alumbrado de vías peatonales o comunal. ----------------------------------------------------------

SEGUNDO. PROPIEDAD DE LA INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA Y LAS OBRAS

CIVILES ASOCIADAS: La infraestructura eléctrica conformada por Las redes internas

públicas que van desde el punto de derivación autorizado por CODENSA S.A. ESP,

incluida la Subestación eléctrica (transformador(es), celdas y equipos asociados),

hasta el punto de derivación de acometidas de baja tensión ubicado en la caja con

bornera para acometida aérea; en los barrajes preformados de las cámaras de

inspección para acometida subterránea o en los armarios de medidores(excluido el

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armario)y las obras civiles asociadas a esta obra eléctrica, son de propiedad de

CODENSA S.A. ESP, quien los instaló y/o adquirió de acuerdo con la reglamentación

vigente Resolución CREG 070 de 1998. Por lo anterior la copropiedad renuncia a

cualquier solicitud adicional de reembolso, por concepto de los activos eléctricos

correspondientes y CODENSA S.A. ESP, es la responsable de los gastos que

ocasionen la operación, mantenimiento, explotación y reposición de estos elementos.

PARAGRAFO. Teniendo en cuenta que parte de la infraestructura eléctrica y obras

civiles asociadas, mencionadas anteriormente en la cláusula de Propiedad no están en

vía pública, la copropiedad del Conjunto Residencial entrega los dominios y

servidumbres constituidas a favor de CODENSA S.A. ESP, según lo establece la

Resolución CREG 070 de 1998 en su numeral 9.4 Venta de Activos. Por lo anterior,

CODENSA S.A. ESP tendrá libre acceso a las áreas comunes del conjunto en dónde

esté ubicada la infraestructura eléctrica, para efectuar la revisión, operación,

mantenimiento, reparación, reposición y modificación de los elementos y/o equipos

instalados.

Para el bienestar y seguridad de las personas, las áreas donde quede instalada la

infraestructura eléctrica interna pública enunciada, quedarán de uso exclusivo de

CODENSA S.A. ESP, únicamente con el propósito de instalar los equipos necesarios

para la prestación del servicio de energía con carácter de uso general. Se aclara que

si bien CODENSA S.A. ESP, es propietaria de la infraestructura eléctrica y contenido

técnico de esta, no lo es del terreno sobre el cual se ubica la misma; éste sigue siendo

parte de los bienes comunes del Conjunto Residencial. La servidumbre a favor de

CODENSA S.A. ESP sobre estas áreas es a 100 años y en forma gratuita.

TERCERO. SERVIDUMBRE: KASAURY, constituye servidumbre a título gratuito y de

manera perpetua a partir de la fecha de este instrumento sobre un área de terreno y el

local en él construido, en cuyo interior se encuentra la subestación eléctrica, que

forma parte del predio descrito en la cláusula segunda a favor de CODENSA S.A.

ESP, en virtud de la cual CODENSA S.A. ESP., o sus sucesores, representantes y

agentes, tienen la facultad de libre acceso y tránsito a la subestación instalada en el

LOCAL que adelante se determinará, pudiendo verificar las instalaciones, colocar

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materiales, hacer reparaciones, vigilar líneas, aparatos y elementos que pertenezcan

a CODENSA S.A. ESP. -----------------------------------------------------------------------------------

PARÁGRAFO.- La zona de servidumbre que se constituye se encuentra delimitada en

un LOCAL, con edificación adecuada para instalar una subestación transformadora de

energía eléctrica que forma parte del predio determinado en la cláusula segunda que

tiene entrada por la vía pública, marcada con el número 169A – 25 de la Carrera 55 y

que está comprendido dentro de los siguientes linderos especiales: POR EL NORTE:

Partiendo del mojón 32 hasta llegar al mojón 18 , en líneas quebradas y sucesivas y en

distancia de ochenta y dos punto ochenta y cuatro metros (82.84mts), así: En sentido

occidente oriente, del mojón 32 al mojón E, en distancia de siete punto ochentas y seis

metros (7.86m), y del mojón E al mojón D, en distancia de once punto treinta y dos metros

(11.32m) con centro comercial Punto 170. De allí en sentido norte sur, del mojón D al

mojón C, en línea recta y en distancia de dieciséis punto setenta y siete metros (16.77m),

con zona de parque- Cesión tipo A; de allí , nuevamente en sentido occidente – oriente,

del mojón C al mojón B en línea recta y en distancia de treinta y siete punto sesenta y ocho

metros (37.68mts) con zona Parque –Cesión Tipo A. POR EL ORIENTE: nuevamente en

sentido norte- sur, del mojón B al mojón I, en línea recta y en distancia de treinta y seis

punto dieciocho metros (36.18m) con zona control ambiental 1, luego toma sentido oriente

–sur, del mojón I al mojón J, en línea recta y en distancia de seis punto ochenta y cuatro

metros con vía de acceso; para tomar un ligero ángulo hacia dentro del predio, del mojón J

al mojón K en línea curva y en distancia de setenta y siete centímetros (0.77m), con vía de

acceso, para continuar en sentido norte- sur, del mojón K al mojón L , en línea recta y en

distancia de doce punto cero siete metros (12.07m) con vía de acceso. POR EL SUR: Se

allí, en sentido oriente- occidente del mojón L al mojón 31, en línea recta y en distancia de

cincuenta y dos metros (52m) con lote C. POR EL OCCIDENTE: En sentido sur-norte, del

mojón 31 al mojón 32 en línea recta y en distancia de setenta y uno punto sesenta y ocho

metros (71.68m) con urbanización residencial Las Pastorcitas, punto de partida y cierra.

CUARTO. KASAURY , manifiesta que el inmueble sobre el cual se constituye el

derecho de servidumbre a favor de CODENSA. S.A. ESP. Es exclusivo de la

propiedad horizontal, se posee en forma regular, quieta y pacífica, que no lo ha

enajenado ni prometido en venta. Igualmente se encuentra libre de todo gravamen,

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limitaciones de dominio, demandas, hipotecas, servidumbres, embargos, anticresis,

constitución de patrimonio familiar, arrendamientos por escritura pública, afectación a

vivienda familiar, inquilinos y ocupantes, pleito pendiente, y en general libre de

cualquier limitación que pudiere afectar el derecho de servidumbre de CODENSA S.A.

ESP., y a paz y salvo por concepto de impuestos, tasas o contribuciones de todo

orden y gravámenes de todo tipo. --------------------------------------------------------------------

QUINTO. KASAURY , se compromete a no levantar ningún tipo de construcción dentro

de la zona de servidumbre, no puede emplear el área de terreno sino para el uso

convenido, en virtud de lo cual podrá tener libre acceso CODENSA S.A. ESP, para

efectuar la revisión, reparación, mantenimiento o reposición de los bienes que van

desde el punto de conexión de media tensión autorizado por CODENSA S.A. ESP;

también se compromete a no ejecutar obras que obstaculicen el libre ejercicio del

derecho adquirido por CODENSA S.A. ESP. Por lo anterior KASAURY se

responsabiliza por accidentes o fallas que se presenten como consecuencia de no

acatar lo antes mencionado, por lo cual pagará las indemnizaciones por daños que

puedan ser causados a personas, animales o cosas y se compromete a dejar indemne

a CODENSA frente a éstas reclamaciones. -------------------------------------------------------

PARÁGRAFO: El presente instrumento no cambia en su destinación ni en su uso el

área del terreno y el local en él construido, por lo tanto, se constituye la servidumbre a

favor de CODENSA S.A. para dar un mejoramiento al servicio de energía a los

usuarios, por ser éste el operador y dueño de la subestación eléctrica.

SEXTO. ACEPTACIÓN SERVIDUMBRE CRISTIAN JAIME HERRERA FERNÁNDEZ,

mayor de edad, con cédula de extranjería número 0000E354754, obrando como

Representante Legal de CODENSA S.A. ESP S.A. , con nit 830.037.248 – 0, sociedad

comercial con domicilio en Bogotá D.C. en la carrera 13 A número 93 - 66, constituía

mediante escritura pública número cuatro mil seiscientos diez (4.610) del veintitrés

(23) de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997) otorgada en la Notaría

Treinta y Seis (36) de Bogotá, lo cual acredita con el certificado de constitución y

gerencia que se presenta para su protocolización y manifestó :

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PRIMERO. Que acepta las declaraciones efectuadas por CONSTRUCTORA KOVOK

S.A en su condición de Constructora del KASAURY PRIMERA ETAPA y en nombre

de éste.

SEGUNDO. Que con el otorgamiento de este instrumento y su correspondiente

inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos da por cumplidas las

obligaciones a cargo del KASAURY PRIMERA ETAPA, contraídas en el acuerdo

para la construcción de instalaciones eléctricas y civiles para el proyecto inmobiliario

KASAURY PRIMERA ETAPA suscrito el treinta y uno (31) de Julio de Dos Mil Nueve

y en señal de lo expuesto, suscribe el presente acto.

HASTA AQUÍ LA MINUTA PRESENTADA. - OTORGAMIENTO Y A UTORIZACIÓN:

LEÍDO: El presente instrumento público por los comparecientes y advertidos por el Notario

de las formalidades y trámites legales de rigor y de la necesidad de llevar una copia a la

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS , dentro del término legal lo

aprueban y en señal de asentamiento lo afirman con el suscrito Notario, quien en esta

forma lo autoriza. Se deja constancia que los comparecientes fueron identificados con los

documentos idóneos pertinentes, en los cuales sus nombres aparecen inscritos así:

ANTONIO LUIS AMADO GÓMEZ presente.

DERECHOS NOTARIALES: $

COMPARECIENTES:

ANTONIO LUIS AMADO GÓMEZ

C. C. No. 19.182.447 expedida en Bogotá

Representante Legal CONSTRUCTORA KOVOK S.A.

CRISTIAN JAIME HERRERA FERNÁNDEZ.

Cédula de extranjería número 0000E354754,

Representante Legal de CODENSA S.A. ESP S.A.