12
1 REGLAMENTO DE REGISTROS La Junta Directiva de la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Jersey CONSIDERANDO Que es su obligación cumplir y hacer cumplir los estatutos que rigen la Asociación. Que de acuerdo con lo estipulado en los artículos 4 y 29, la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado de Jersey, tendrá por objeto: Propagar la raza de ganado Jersey; conservar su pureza y promover su mejoramiento; asegurar los intereses de los importadores, criadores y dueños de dicho ganado y vigilar los intereses del público en general relacionados con el desarrollo de la industria lechera nacional. Formar el libro de hatos y genealogía de los animales de la raza y expedir los certificados de pedigrí. Dictar, revisar o adicionar, de acuerdo con los presentes estatutos, los reglamentos internos de la Asociación, que deben contener normas para llevar el libro de hatos, normas para el registro de animales importados y nacidos en Colombia, registro de hembras mestizas, normas para clasificación por tipo, etc. El presente reglamento no tiene carácter retroactivo y entrará en vigencia tan pronto sea expedido y aprobado por la Junta Directiva. Que por resolución número 00223 del 23 de agosto de 2002 expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural lleva los siguientes libros de registro de ganado: a. Libro de registro de hembras Jersey puras por pedigrí. b. Libro de registro de machos Jersey puros por pedigrí c. Libro de registro de animales Jersey Mestizo. d. Libro de registro de vacas Jersey Fundadoras, Primera 1°G, Segunda 2°G y Tercera generación 3°G. 1. CRIADOR Y PROPIETARIO Criador: El criador de un animal es el dueño de la madre en el momento de la concepción de la cría, sea por las técnicas de monta natural, inseminación artificial, transferencia de embriones o fertilización in vitro.

REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

1

REGLAMENTO DE REGISTROS

La Junta Directiva de la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Jersey

CONSIDERANDO

Que es su obligación cumplir y hacer cumplir los estatutos que rigen la Asociación.

Que de acuerdo con lo estipulado en los artículos 4 y 29, la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado

de Jersey, tendrá por objeto:

Propagar la raza de ganado Jersey; conservar su pureza y promover su mejoramiento; asegurar los

intereses de los importadores, criadores y dueños de dicho ganado y vigilar los intereses del público en

general relacionados con el desarrollo de la industria lechera nacional.

Formar el libro de hatos y genealogía de los animales de la raza y expedir los certificados de pedigrí.

Dictar, revisar o adicionar, de acuerdo con los presentes estatutos, los reglamentos internos de la

Asociación, que deben contener normas para llevar el libro de hatos, normas para el registro de animales

importados y nacidos en Colombia, registro de hembras mestizas, normas para clasificación por tipo, etc.

El presente reglamento no tiene carácter retroactivo y entrará en vigencia tan pronto sea expedido y

aprobado por la Junta Directiva.

Que por resolución número 00223 del 23 de agosto de 2002 expedida por el Ministerio de Agricultura y

Desarrollo Rural lleva los siguientes libros de registro de ganado:

a. Libro de registro de hembras Jersey puras por pedigrí.

b. Libro de registro de machos Jersey puros por pedigrí

c. Libro de registro de animales Jersey Mestizo.

d. Libro de registro de vacas Jersey Fundadoras, Primera 1°G, Segunda 2°G y Tercera generación

3°G.

1. CRIADOR Y PROPIETARIO

Criador: El criador de un animal es el dueño de la madre en el momento de la concepción de la cría, sea

por las técnicas de monta natural, inseminación artificial, transferencia de embriones o fertilización in vitro.

Page 2: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

2

Propietario: El propietario de un animal podrá o no, ser socio, y para ello se tendrá en cuenta el último

traspaso, registrado en el sistema. Una persona natural o jurídica que no sea socia no podrá solicitar

traspasos.

2. SOLICITUD DE REGISTRO

La solicitud de registro es suministrada únicamente por la Asociación y el registro se emitirá previa

cancelación de acuerdo con el tipo de registro. Esta solicitud debe ser diligenciada por parte del socio y

debe expresar claramente la siguiente información:

a. Nombre de Asociado o razón social

b. Nombre de la Hacienda

c. Fecha de solicitud

d. Tipo de registro: Puro, Mestizo, Fundadora, 1G, 2G o 3G.

e. Nombre del animal, utilizando el prefijo registrado en la solicitud de afiliación.

f. Sexo

g. No Tatuaje

h. Localización del tatuaje: Oreja Derecha – OD, Oreja Izquierda – OI u Orejera Izquierda y Derecha

- OID

i. Fecha de nacimiento

j. Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno)

k. Padre

l. Número del padre

m. Registro del padre

n. Madre

o. Número de la madre

p. Registro de la madre

q. Tipo de concepción (MN, IA, FIV o TE)

r. Formulario T.E. No (en caso de que el tipo de concepción sea FIV o TE)

s. Número de receptora (en caso de que el tipo de concepción sea FIV o TE)

t. Criador

u. Hacienda

v. Municipio

w. Propietario

Page 3: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

3

x. Hacienda

y. Municipio

z. Observaciones

El Formato de Solicitud de registro se encuentra a disposición de los asociados en la página web

www.asojersey.com

Esta solicitud debe estar completamente diligenciada y ser enviada dentro de los 90 días posteriores a la

fecha de nacimiento del animal.

Si el denuncio de nacimiento y la solicitud de registro son enviados después del plazo establecido (90 días

pos nacimiento) se cobrará un valor mayor (100 %) al costo normal de un denuncio de nacimiento y solicitud

de registro, considerándose registro extemporáneo, acorde a las tarifas estipuladas por la Junta Directiva.

En los libros de registros solo podrán inscribirse los animales de la raza Jersey de propiedad de los socios.

2.1 Requisitos para expedición de registros

Para expedir los correspondientes registros, los socios deben haber reportado previamente la siguiente

información, según sea el caso:

a. Reporte de monta natural o inseminación artificial.

b. Reporte de transferencia de embriones o fertilización in vitro.

c. Reporte de ventas o salidas.

d. Documentos de importación o exportación.

Si la información está incompleta los registros no se expedirán.

Page 4: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

4

2.1.1 Reporte de novedades mensuales: es la información que debe reportar el socio mensualmente para

que esta sea considerada válida. Para ello la Asociación ha destinado un formato, el cual está disponible

en la página web de la Asociación en la pestaña documentos de interés-reporte de novedades, y la

información es la siguiente:

Reporte de monta o inseminación

Estado reproductivo (resultado de chequeo reproductivo)

Partos/abortos

Salidas

Lactancias terminadas

a. Un reporte de monta natural o inseminación artificial comunicada con posterioridad al plazo

anunciado podrá ser aceptado previo estudio del caso, si aún no ha nacido la cría que le

corresponda. Si la cría que le corresponda ha nacido, se considerará como inexistente la monta y

será inscrita como hija de padre desconocido y se cobrará el sobrecosto correspondiente a una

cría extemporánea.

b. Los socios nuevos podrán realizar los reportes de inseminaciones o montas de nueve meses (270

días) atrás a partir de la fecha de ingreso y los debe reportar hasta 60 días posteriores a la fecha

de ingreso; de lo contrario se aplicará la sanción correspondiente, detallada en el numeral a.

El Reporte de Novedades se encuentra a disposición de los asociados en la página web

www.asojersey.com

Page 5: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

5

2.1.2 Reporte de Colecta y Transferencia de embriones: Formato suministrado por la Asociación,

destinado para registrar el proceso de colecta y transferencia de embriones, ya sean de origen nacional o

importado y por la técnica convencional o fertilización in vitro.

a. Se considerará como criador del producto que nazca al propietario de la vaca donadora en el

momento de la colecta del embrión.

b. El reporte se debe estar debidamente diligenciado y enviarse antes del último día del mes siguiente

al que se realizó el trabajo.

2.1.3 Importación de embriones: Una vez importado el embrión el socio debe presentar a la

Asociación los siguientes documentos:

a. Copia de los registros genealógicos de los progenitores (Toro y Donadora) del embrión,

expedidos por la Asociación Jersey oficial del país de origen.

b. Genotipificación de los progenitores, consiste en la prueba de paternidad y perfil genético

con mínimo 11 marcadores moleculares.

c. Protocolo de congelación, en donde conste la identificación de los progenitores (Toro y

Donadora) y de la pajilla que contiene el embrión.

Page 6: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

6

d. Documento Zoosanitario para importación, expedido por el Instituto Colombiano

Agropecuario - ICA.

e. Declaración de importación emitida por la DIAN.

f. Certificado zoosanitario exportación de ganado, expedido por el ente gubernamental del

país de origen.

g. Transferencia de embriones congelados:

La información de una transferencia de embriones congelados debe hacerse antes del último día del mes

siguiente en que ocurra.

El socio debe informar sobre las preñeces confirmadas o cuando las receptoras queden vacías hasta 135

días después de ocurrida la transferencia.

En caso de reabsorción, muerte embrionaria o aborto de una receptora, se deberá reportar el hecho a la

Asociación.

En caso de venta de embriones congelados el socio deberá informar, antes de efectuarse la transferencia,

la identidad del comprador, fecha de venta y destino del embrión. Si el comprador cumple con las

disposiciones descritas en los numerales anteriores se elaborará el correspondiente registro del producto

de la transferencia.

El Formato de Reporte y Transferencia de Embriones debe ser solicitado en la oficina de la asociación.

3. DEFINICIÓN DE REGISTRO

El registro es un documento por medio del cual la Asociación declara conocer:

Origen de un animal

Fecha de nacimiento

Criador

Propietarios

Genealogía (hasta su tercera generación ascendente)

Grado de pureza

Page 7: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

7

Solamente será expedido a animales que cumplan con lo estipulado en los numerales 1 y 2 del presente

reglamento.

A todo ejemplar cuyo nacimiento sea reportado ante la Asociación se le asignará un número con el cual se

le identificará para toda la vida, y que aparecerá en su correspondiente registro.

3.1 Libro de registro de hembras puras por pedigrí

Las hembras registradas en este libro deben cumplir con todos los requisitos estipulados en los numerales

1 y 2 del presente reglamento y ser hijas de padres puros por pedigrí, genealogía disponible hasta la cuarta

generación ascendente.

3.2 Libro de registro de machos puros por pedigrí

Los machos registrados en este libro deben cumplir con todos los requisitos estipulados en los numerales

1 y 2 del presente reglamento, ser hijos de padres con registro de puro por pedigrí, genealogía disponible

hasta la cuarta generación ascendente. Adicionalmente, la madre debe tener un mínimo de 85 puntos en

la clasificación.

No podrán tener registro de puro aquellos machos que sean hijos, nietos o bisnietos de vacas fundadoras.

Adicionalmente, los animales importados de sangre pura que acrediten su origen con los certificados

correspondientes expedidos por la Asociación Jersey oficial de su país de origen, que cumplan con los

requisitos de genealogía y producción fijados para este efecto por el comité técnico y cuya importación se

haya ceñido a lo dispuesto por las autoridades competentes.

Page 8: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

8

Los productos puros por pedigrí nacidos de transferencia de embriones, que cumplan con los requisitos

fijados en el presente reglamento de registro para la trasferencia de embriones.

3.3 Libro de registro de ganado Jersey mestizo

En este libro solo se registran hembras producto de cruzamiento de ejemplares Jersey con registro puro

por pedigrí con cualquier otra raza y que cumpla con todos los requisitos de los numerales 1 y 2 del presente

reglamento, llegarán a ser puros por cruzamiento y llevarán en su nombre según la generación los

siguientes sufijos:

PORCENTAJE SANGRE PADRES PORCENTAJE SANGRE CRÍA -SUFIJO

PADRE MADRE

Jersey Puro Hembra otra raza ½ -MS

Jersey Puro ½ ¾ -TC

Jersey Puro ¾ 7/8 -SO

Jersey Puro 7/8 15/16 -QD

Jersey Puro 15/16 31/32 -TT PURO POR

CRUZAMIENTO

Jersey Puro 31/32 PURO PURO

Page 9: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

9

3.4 Libro de registros de vacas Fundadoras, Primera 1°G, Segunda 2°G y Tercera generación 3°G.

En este libro solo se registran hembras que cumplan con todos los requisitos de los numerales 1 y 2 del

presente reglamento.

A título inicial, las vacas fundadoras son hembras cuyos padres no están registrados o no se conocen,

además de desconocer su fecha de nacimiento y el criador, pero que a juicio de los clasificadores oficiales

de la Asociación cumplan con los mínimos de fenotipo de la raza y obtengan un mínimo de 75 puntos en

clasificación.

A estas hembras, en la medida en que avanza la generación se les asigna un sufijo en el nombre, como

explica el siguiente cuadro:

PORCENTAJE SANGRE PADRES PORCENTAJE SANGRE

CRÍA -SUFIJO

PADRE MADRE

Jersey puro Vaca fundadora VF Primera generación 1° G -1° G

Jersey puro Primera generación 1° G Segunda generación 2° G -2° G

Jersey puro Segunda generación 2°

G Tercera generación 3° G -3° G

Jersey puro Tercera generación 3° G Puro Puro

Page 10: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

10

4. TRASPASOS

El reporte de venta de un animal registrado da origen al certificado de propiedad y traspaso, en el que se

certifica, además de los datos del registro del animal, la ganadería de origen y el nuevo propietario, a quien

se lo traspasó el socio.

Para los reportes de venta, con el objeto de hacer traspaso correspondiente, el socio debe:

Enviar el registro original del animal a traspasar

Page 11: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

11

Diligenciar el formulario de traspaso que incluye la siguiente información:

Nombre del nuevo propietario

Nombre de la finca, ubicación (municipio y departamento)

Su dirección, especificando a quién debe ser enviado el registro después de expedido. Para ello

debe adjuntar una carta o en el formato designado por la Asociación.

La declaración de venta puede dar origen a la salida de un animal del inventario de un socio, sin

implicar un traspaso, cuando la salida sea por muerte o venta comercial.

El Formato de Traspaso se encuentra a disposición de los asociados en la página web

www.asojersey.com

5. VISTAS TECNICAS

Las actividades que se incluyen en la visita técnica serán:

Verificación de la información reportada ante la Asociación en la solicitud de registros y reporte de

novedades.

Observación del comportamiento productivo de los ejemplares Jersey y sus cruces reportados

ante la Asociación.

Clasificación lineal.

Genotipificación de hembras donadoras y machos reproductores.

Page 12: REGLAMENTO DE REGISTROS - asojersey.com · Gemelos (debe diligenciarse una solicitud por cada uno) k. Padre l. Número del padre m. Registro del padre ... Los socios nuevos podrán

12

Será obligatoria por lo menos una visita al año por parte de la Asociación a la ganadería de cada socio; en

ella los socios deben presentar todos los animales nacidos desde la última visita para su identificación y las

vacas para su clasificación.

Únicamente los técnicos y los clasificadores oficiales de la Asociación podrán determinar cuáles animales

no son aptos fenotípicamente para clasificar o para registrar y deberá trasladar cualquier litigio que se

presente al comité técnico, que lo resolverá.