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REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA “JUAN MISAEL SARACHO” (Aprobado mediante Res. H. C. U. Nº 68/13 del 05 de agosto de 2013) (Modificado mediante Res. H. C. U. Nº 04/15 del 03 de julio de 2015) (Modificado mediante Res. H. C. U. Nº 02/16 del 8 de marzo de 2016) (Modificado mediante R.H.C.U. N° 48 /17 de 09 de junio de 2017)

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA …...La Mesa de Sufragio tiene como funciones: 1. Recibir el voto de los electores. 2. Velar por el normal desarrollo de la votación

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REGLAMENTOELECTORALDELAUNIVERSIDADAUTÓNOMA“JUANMISAELSARACHO”

(AprobadomedianteRes.H.C.U.Nº68/13del05deagostode2013)(ModificadomedianteRes.H.C.U.Nº04/15del03dejuliode2015)(ModificadomedianteRes.H.C.U.Nº02/16del8demarzode2016)

(ModificadomedianteR.H.C.U.N°48/17de09dejuniode2017)

Tarija–Bolivia2017

REGLAMENTOELECTORALDELAUNIVERSIDADAUTÓNOMA“JUANMISAELSARACHO”

TITULOPRELIMINAROBJETOYPRINCIPIOS

ARTICULO1.(BASELEGAL,OBJETOYFINALIDAD)ElpresenteReglamentoElectoraltieneporbaselegallasdisposicionesdelTítuloVI,CapítuloII,Arts.76al79delEstatutoOrgánicodelaUniversidadBoliviana;CapítuloIII,Arts.54al62delEstatutoOrgánicodelaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”quefundamentantodoslosprocesoselectoralesdentrodelmarcodelaautonomíauniversitaria,reconocidaporelartículo92delaConstituciónPolíticadelEstadoyLineamientosdelSistemadelaUniversidadBolivianaTieneporobjetoestablecerlasnormasdelosprocesoselectoralesparaelegirRector(a)yVicerrector(a),Decanos(as)yVicedecanos(as).SufinalidadesgarantizarquelosprocesoselectoralesenlaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”se cumplan y desarrollen en elmarcode laAutonomíaUniversitaria, el Co-gobiernoparitario docente-estudiantilylademocraciauniversitaria.

ARTICULO2.(PRINCIPIOS)LosprocesoselectoralesenlaUAJMSsefundamentanenlossiguientesprincipios:

1. Democracia.LabasedelaOrganizaciónDemocráticadescansaenladecisiónlibreysoberanadelatotalidad de docentes y estudiantes de la Universidad expresada mediante el voto universaldirecto,libreysecretoconsiderandolarepresentaciónparitariadocente-estudiantil.

2. Legalidad. La función de los organismos electorales universitarios de “JuanMisael Saracho” sesustentaen loprescritoen laConstituciónPolíticadelEstado,en losdocumentosfundamentalesde laUniversidadBolivianayde laUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”,enelpresenteReglamentoyenlasConvocatoriasparacadaprocesoelectoralespecifico.

3. Preclusión.Lasetapasyresultadosdelosprocesoselectoralesnoserevisaránniserepetirán,alnohabersehechousodelosrecursosenlosplazosquelanormafranquea.

4. Independencia. LosOrganismos Electorales de “JuanMisael Saracho” son independientes en elejercicio de sus funciones. Ningún órgano de gobierno universitario, autoridad universitaria niinstanciasexternas,puedeninterferirensusfuncionesydecisiones.

5. Imparcialidad. El Comité Electoral de la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” y losJuradosElectoralessonimparcialesensusdecisiones,bajoresponsabilidaddesusmiembros.

6. Publicidad y Transparencia. Todos los actos del proceso electoral deben ser públicos. ElHonorable Consejo Universitario, las autoridades universitarias, el Comité Electoral, Los JuradosElectorales,docentesyestudiantestienenlaresponsabilidaddegarantizarlatransparenciadelaseleccionesqueserealicenenlaUniversidad.

7. LosdocentesyestudianteshabilitadosenelPadrónElectoraldelaUniversidadAutónoma“JuanMisael Saracho”, tienen la obligación de emitir su voto de manera directa, libre y secreta;asimismo,tienenlaobligacióndeactuarcomomiembrosdelComitéElectoraloJuradoElectoral,encasodeserelegidos.

8. Indelegabilidad. Los miembros, docentes y estudiantes, del Comité Electoral y de los JuradosElectoralesdebenrealizarsusactosdemanerapersonal,nopudiendodelegarsurepresentaciónyresponsabilidad.

9. Voto paritario. En la elección de Rector(a) y Vicerrector(a), Decanos(as) y Vicedecanos(as), lavotación final corresponde en 50% a docentes y 50% a estudiantes, sobre el total de los votosválidosdecadaunodelosestamentos.

10. Votoestamentario.§ El voto estamentario en primera vuelta consiste en ganar con más del 50% (cincuenta por

ciento) de votos válidos en cada uno de los estamentos (estamento docente y estamentoestudiantil).

§ El voto estamentario en segunda vuelta consiste en ganar en cada uno de los estamentos(estamentodocenteyestamentoestudiantil)yobtengamásdel40%(cuarentaporciento)devotosválidosencadaunodelosestamentos.

TITULOPRIMERO

DELORGANOELECTORALUNIVERSITARIO

CAPITULOÚNICOJURISDICCIÓN,NATURALEZAYCOMPOSICIONDELORGANOELECTORALUNIVERSITARIO

ARTÍCULO3.(JURISDICCIÓNYCOMPETENCIA)Aefectosdeestereglamento,lajurisdicciónycompetenciaenmateriaelectoralseejercepor:

a. ElH.ConsejoUniversitariob. ElComitéElectoralc. LosJuradosElectorales

ARTICULO4.(DESIGNACIONYCOMPOSICION)ElComitéElectoraleselenteencargadodeorganizar,administrar,dirigiryvigilarlosactosrelativosalaelección de autoridades universitarias y facultativas de Rector(a) y Vicerrector(a), Decanos(as) yVicedecanos(as)respectivamente,constituyéndoseenelmáximoorganismoelectoraldelauniversidadyduraráensusfuncioneshastaministrarposesiónalasautoridadeselegidas.Susdecisiones,adoptadaspormayoríaabsoluta,sondefinitivas,irrevisableseinapelables.Los miembros del Comité Electoral para elecciones de Rector(a) y Vicerrector(a), Decanos(as) yVicedecanos(as),seránelegidosentrelosmiembrostitularesdelH.ConsejoUniversitarioporcadaunodesusestamentosensesióndeestemáximoórganodegobiernouniversitario.

El Comité Electoral estará integrado por 6 consejeros docentes titulares y 6 consejeros estudiantestitularesconderechoavozyvotoy5delegadossuplentesdecadaestamento.LaFederaciónUniversitariadeDocentesylaFederaciónUniversitariaLocal,debenacreditarporescritoundelegado titular con derecho a voz y voto y su delegado suplente, los que forman parte del ComitéElectoral.LosFrentesqueparticipenenlaselecciones,podránnombrarunrepresentantealComitéElectoral,soloconderechoavoz.El quórum del Comité Electoral se obtendrá con la mitad más uno de la totalidad de sus miembrostitulares con derecho a voz y voto. En ausencia del delegado titular, asumirá ésta función su delegadosuplente.Losdelegadossuplentesdocentesyestudiantes,podránasistiratodaslasreuniones,perosolotendránderechoavotoenausenciadeltitular.Debiendorubricarelactarespectivatodoslosmiembrosdelcomitéelectoralqueparticiparondecadasesión.ARTICULO5.(ATRIBUCIONES)SonatribucionesdelComitéElectoral:

a. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del EstatutoOrgánico y del presente Reglamento, asícomolasdelasdemásmedidas,directrices,decisioneseinstructivosquedeélemanen.

b. Programar,organizar,dirigir,coordinar,ejecutar,controlaryevaluartodaslasactividadestécnicasyadministrativasdelprocesoelectoral.

c. Inaugurar sus sesionespor lomenos30díasantesde la realizaciónde laselecciones,debiendoelegirunadirectivacompuestaporunPresidente,unVicepresidente,unSecretariodocenteyunSecretarioestudiantil.

d. Disponer la apertura del Libro de Inscripciones de Candidatos mediante acta suscrita por susmiembrospresentesgarantizandoqueexistaelquórumrespectivo.

e. Disponerlainscripcióndecandidatosdandocursoalassolicitudesescritasdelosinteresadosconlaespecificacióndecargosalosquepostulan.

f. Aprobareldiseñofinaldelapapeletaúnicadesufragio,autorizarsuimpresiónyserresponsabledelasmedidasdeseguridadcorrespondientes.

g. Absolverlasconsultasqueformulenloscandidatos,juradoselectoralesylosfrentes.h. Dirimir las competencias que se suscitaren entre los Jurados Electorales y disponer las

correcciones,oensucasoimponersanciones.i. Conocer los recursos de apelación interpuestos ante el Jurado Electoral sobre los actos de

escrutinio y cómputo realizados en la Mesa de Sufragio, no pudiendo actuar de oficio en lamateria.

j. ConocerlosrecursosdeimpugnaciónalasresolucionesemitidasporelComitéElectoralrespecto,habilitación de candidatos o frentes, elección de Jurados Electorales y otros actos propios delprocesoelectoral.

k. Resolverpormayoríaabsolutadesusmiembrosyengradodeapelación,lascausasdenulidaddelasMesasdeSufragio.

l. Conocer,procesarysancionaratodoslosmiembrosdelacomunidaduniversitariaqueincurrierenenfaltaselectorales,enelámbitodesucompetencia.

m. Denunciarypromover lascausasde responsabilidadanteelH.ConsejoUniversitariopor ilícitoselectorales que cometieran en ejercicio de sus funciones Decanos, Vicedecanos, dirigentes

estudiantiles,dirigentesdocentes,jefesadministrativosuotrasautoridadesuniversitarias.n. Depurar hasta 10 (diez) días calendario antes de la elección, las listas de candidatos que no

cumplan con los requisitos establecidos en el Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma“JuanMisael Saracho”yenelpresenteReglamento. Esteactoamerita la sanciónde resoluciónexpresa.

o. Sortearenactopúblicolaubicacióndelascandidaturasenlapapeletaúnicadesufragio.p. DesignaralosJuradosElectorales,mediantesorteodeentrelosvotanteshabilitadosenlaMesa

deSufragiorespectiva,conunaanticipaciónnomenora10(diez)díascalendario.q. En caso de ausencia de los Jurados Electorales designados bajo la modalidad del numeral

precedente, designar a los nuevos Jurados Electorales de acuerdo al Art. 10 del presenteReglamento.

r. Organizarlapresentaciónyeldebateentrelascandidaturas.s. Depurar ypublicarhasta15 (quince)días calendarioantesde laelección, las listasdeelectores

proporcionadasporlaDireccióndeTecnologíasdeInformaciónyComunicación(DTIC).EncasodeestardepuradoelinteresadodeberáhacerllegarsurepresentaciónalComitéElectoraldentrodelas48horasposterioresalapublicaciónmencionada.

t. DeterminarelnúmerodeMesasdeSufragioquefuncionaránenlarespectivaelección.u. CerrarelLibrodeInscripcionesyReunionesconlasuscripcióndelactacorrespondiente.v. Presidirelverificativodelcómputogeneralenactopúblico,suscribiendoelactaporsusmiembros

presentesgarantizandoqueexistaelquórumrespectivo.w. Proclamaryposesionara los candidatosquehubierenalcanzadoelporcentaje requeridoporel

EstatutoOrgánicoyelpresenteReglamento.x. ConvocarlarealizacióndeunasegundavotacióndeacuerdoalArt.62delEstatutoOrgánicoydel

Art.43delpresenteReglamento.y. ResolverlosaspectosnoprevistosenelpresentereglamentodeacuerdoalEstatutoOrgánicode

laUniversidad,tomandocomobasedeapreciaciónlodispuestoenlaLeyElectoral.ARTICULO6.(EXCEPCIONES)NopodránsermiembrosdelComitéElectoral:

1. Lasautoridadesuniversitariasofacultativas.2. Laspersonasqueejercensimultáneamentefuncionesdeadministraciónygestiónuniversitariaen

laUAJMS.3. Losquehayanejercidofuncionesdeautoridadenlosperiodosdeintervención.

Esta excepción no será aplicable en el caso en que la persona haya sido restituida a funcionesuniversitariascontodossusderechosydeberes.

4. Losquehayansidosancionadosporfaltasgravesenprocesouniversitarioy/oadministrativo.5. Loscandidatosacargoselectivos.

ARTICULO7.(MANDATO)La función demiembro de Comité Electoral es unmandato obligatorio e inexcusable, excepto por lascausalesespecificadasdeexcusaestablecidasenelpresenteReglamento.ARTICULO8.(EXCUSAS)

LasexcusasdeberánserpresentadasalSeñorRectorcomoPresidentedelH.ConsejoUniversitariodentrodelos2(dos)díashábilessiguientesdehabersidonotificadocomomiembrodelComitéElectoral.Lascausalesdeexcusassonlassiguientes:

1. Sercandidato(a)2. Padecer enfermedad limitante certificada por el Seguro Social Universitario o del Seguro que

corresponda.3. EstardeclaradoencomisiónfueradelaciudaddeTarijaodelaprovinciaquecorresponda,enel

períododevigenciadelComitéElectoral.ARTICULO9.(MANDATOIRRENUNCIABLE)Iniciadosuejercicio,losmiembrosdelComitéElectoralnopodránrenunciarbajopenadeserpasiblesalasancióncorrespondiente,salvolasexcepcionestipificadasenelpresentereglamento.

TITULOSEGUNDOJURADOSELECTORALES,MESASDESUFRAGIO,ACTODESUFRAGIOYESCRUTINIO

CAPITULOPRIMERO

JURADOSELECTORALESYMESASDESUFRAGIOARTICULO10.(CONFORMACIÓN)La Mesa de Sufragio, conformada por los Jurados Electorales, estará integrado por cuatro miembrostitulares, dos docentes y dos estudiantes. Por cada estamento se acreditará un suplente. Los frentespodránacreditardemaneraescritaundelegadotitularyunsuplenteporMesadeSufragio.ARTICULO11.(FUNCIONES)LaMesadeSufragiotienecomofunciones:

1. Recibirelvotodeloselectores.2. Velarporelnormaldesarrollodelavotación.3. Administraradecuadamenteelmaterialelectoralasignado.4. RealizarpúblicamenteelescrutinioyelcómputodelaMesadeSufragio.5. EntregaralComitéElectoralelActaÚnicadeApertura,Cierre,EscrutinioyCómputodelaMesade

Sufragiodebidamentellenada.ARTICULO12.(DESIGNACIÓN)Los Jurados Electorales serán designados por el Comité Electoral con una anticipación nomenor a 10(diez)díascalendarioalactoeleccionario.ARTICULO13.(ATRIBUCIONESDELPRESIDENTEDEMESA)SonatribucionesdelPresidentedelaMesadeSufragio:

1. PresidirlaMesadeSufragio.2. ObservarelestrictocumplimientodelasformalidadesestablecidasenelpresenteReglamentoyla

Convocatoriaparaelverificativodelactoelectoral.3. RecibiryadministraradecuadamenteelmaterialelectoralqueleproporcioneelComitéElectoral.

4. OrganizaradecuadamenteelfuncionamientodelaMesadeSufragio.5. HacerconoceralComitéElectoral, las faltasoactosqueentorpezcanelnormal funcionamiento

delactoelectoral,asícomolainasistenciaoabandonodelosJuradosElectorales.6. RegistrarenelActadeApertura,CierreyEscrutinioelnombredelosdelegadosacreditadospor

lascandidaturasofrentesparticipantes.7. RealizarpúblicamenteelescrutinioycómputodelaMesaquepreside.8. Firmar, conjuntamente los Jurados Electorales, el Acta Única de Apertura, Cierre, Escrutinio y

CómputodelaMesadeSufragio.ARTICULO14.(OBLIGATORIEDADDEFUNCIONES)El ejercicio de la función del Jurado Electoral tiene carácter obligatorio e ineludible; ningún docente oestudiante podrá excusarse del mismo, salvo por causales debidamente justificadas ante el ComitéElectoral.ARTICULO15.(EXCEPCIONES)NopodránserJuradosElectorales:

1. Lasautoridadesuniversitariasofacultativas.2. Losquehayanejercidofuncionesdeautoridadenlosperiodosdeintervención.

Esta excepción no será aplicable en el caso en que la persona haya sido restituida a funcionesuniversitariascontodossusderechosydeberes.

3. Losquehayansidosancionadosporfaltasgravesenprocesouniversitarioy/oadministrativo.4. Laspersonasqueejercensimultáneamentefuncionesdeadministraciónygestiónuniversitariaen

la UAJMS, para tal efecto el departamento de Recursos Humanos hará llegar el listado dedocentesenfuncionesdeadministraciónygestión.

ARTICULO16.(EXCUSAS)LasexcusasdeberánserpresentadasalComitéElectoraldentrodelos2(dos)díashábilesdehabersidopublicadalanóminadeJuradosElectoralesynotificadoslosmismoscomotales.Lascausalesdeexcusasonlassiguientes:

1. Sercandidato(a)enlaelecciónenlaUAJMS.2. Padecer enfermedad limitante certificada por el Seguro Social Universitario o del Seguro que

corresponda.3. EstardeclaradoencomisiónfueradelaciudaddeTarijaodelaProvinciaquecorresponda.

CAPITULOSEGUNDOACTODELSUFRAGIO

ARTICULO17.(INSTALACIÓN)Realizadaslasactividadesprevias,elPresidentedelJuradoElectoral,enactopúblico,instalarálaMesadeSufragio, verificando que el ánfora está totalmente vacía y procediendo seguidamente a precintar lamismaparaeliniciodelavotación.

ARTICULO18.(TIEMPODEFUNCIONAMIENTO)

1. LasMesasdeSufragiofuncionaránmínimamente8(ocho)horascontinuas,computablesapartirdelainstalacióndelasmismas.

2. Sisufragarontodosloshabilitadosenlalistaantesdelas8(ocho)horas,seprocederáalcierredelaMesadeSufragio.

3. Sitranscurridaslas8(ocho)horasestuvierenpresentesenlaMesadeSufragioelectoresqueaúnnohubieransufragado,laMesadeSufragiofuncionaráhastarecibirelvotodequienesestuvierenhaciendofila.

ARTICULO19.(AUSENCIADEJURADOS)EncasodequeunaMesadeSufragionopudiera instalarsehasta las09:00(nueve)delamañanapor laausencia de los Jurados Electorales designados, los miembros del Comité Electoral designarán a losnuevos JuradosElectoralesmediante sorteodeentre los votanteshabilitadosen laMesadeSufragio yqueseencuentrenpresentes,conformealodispuestoporelArt.10,haciendoconstarestacircunstanciaenelActarespectivadecadaMesadeSufragio.Si en el cierre de la Mesa de Sufragio no estuvieran los Jurados Electorales designados total oparcialmente,cerraranlamismalosmiembrosdelComitéElectoral,haciendoconstarelabandonoenelActarespectivaparalaaplicacióndelasancióncorrespondiente.ARTICULO20.(FUNCIONESDELAMESADESUFRAGIO)Son funcionesde laMesade Sufragio: La apertura,desarrollo, escrutinio y cierredel actoelectoral deacuerdoaloestipuladoenelpresenteReglamento.

ARTICULO21.(NUMERODEVOTANTES)En una Mesa de Sufragio no podrán habilitarse más de 300 (trescientos) electores, mediante listaselaboradas por la DTIC y depuradas por el Comité Electoral. La lista de votantes será entregada alPresidentedeMesadeSufragioporelComitéElectoral.Estas listasnopodránmodificarseporningunaautoridaduniversitariaoelectoral.ARTICULO22.(PROCEDIMIENTODELAVOTACIÓN)Lavotaciónsesujetaráalsiguienteprocedimiento:

1. PrimerovotaránlosmiembrosdelaMesadeSufragio.2. Loselectoresvotarándeacuerdoalordendellegada.3. Cada elector presentará a laMesa de Sufragio uno de los siguientes documentos con fines de

identificación:3.1. En caso de ser docente, Cédula de Identidad, Pasaporte o Libreta de Servicio Militar.

Todoslosdocumentosdeberánseroriginalesyestarvigentes.3.2. En casode ser estudiante, Cédula de Identidad, Pasaporte o Libreta de ServicioMilitar.Todoslosdocumentosdeberánseroriginalesyestarvigentes.

4. LaMesadeSufragioconstatarásielelectorfiguraenlalista;denoserasínopodrávotar.5. ElPresidentede laMesadeSufragioentregaráalvotante lapapeletadesufragio,mostrandoa

losmiembrosdelamismaquenotienemarcaalguna.Inmediatamenteseautorizarásuingresoalrecintoreservadodevotosiemprequeestédesocupado.

6. Elvotantemarcarádentrodelacasillacorrespondientesupreferenciaelectoral.

7. Elelectordoblarálapapeletaparaserdepositadaenelánfora.8. De no existir observación, el elector firmará la lista de votantes, como constancia de haber

sufragado,luegodehaberintroducidoalánforasupapeletadevotación.9. El Jurado Secretario devolverá al votante su documento de identificación y le entregará el

CertificadodeSufragio.ARTICULO23.(CASOSDENULIDADDELVOTO)SeconsideraránvotosnulosyseránrechazadosporlaMesadeSufragioenlossiguientescasos:

1. Cuando el elector, antes o después de ingresar al recinto de votación, exhibe públicamente suvotooenalgunaformavioleelsecretodesufragio.

2. Sielelectormarcalapapeletafueradelrecintoreservadoparaelefecto.3. SisepretendedepositarenelánforaunapapeletadistintaalaaprobadaporelComitéElectoral.4. Si el elector se presentara a la mesa de votación en estado etílico y/o bajo la influencia de

estupefacientes.

ARTICULO24.(CASODEDOBLEVOTO)Si la Mesa tiene constancia de que un elector pretende sufragar 2 (dos) veces, rechazará el voto,haciendoconstarestacircunstanciaenelActaparalaimposicióndelasancióncorrespondiente.ARTICULO25.(SANCIONESPORNOVOTAR)Losdocentesyestudiantesquenocumplanconlaobligacióndevotar,seránsancionadosdeconformidadalpresenteReglamento,salvoqueacreditendentrodelos2(dos)díashábilesposterioresalafechadelavotación,mediantedocumentofehacientepresentadoanteelPresidentedelrespectivoComitéElectoral,suimpedimentoporlassiguientescausales:

1. Ausenciajustificadadelasedesusfunciones.2. Enfermedad.3. Impedimentofortuito.

ARTICULO26.(OBLIGACIONDEEXIGIRELCERTIFICADODESUFRAGIO)Las autoridades y personal administrativo de la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho”, bajosanción establecida en el presente Reglamento en caso de no hacerlo, exigirán la presentación delCertificadodeSufragioparatodotrámitedentrodelagestiónacadémicaenlaqueserealizólaelección.ARTICULO27.(REMISIÓNDEINFORMACIÓN)El Comité Electoral, para dar cumplimiento al artículo anterior del presente Reglamento, remitirá deformaobligatoriaalasunidadesacadémicasyadministrativasquecorrespondan,laslistasdequienesnohubieransufragado,enunplazomáximode10(diez)díashábilesaltérminodelactoelectoral.

CAPITULOTERCEROESCRUTINIOYCÓMPUTODELAMESADESUFRAGIO

ARTICULO28.(FINALIDAD)

Elescrutiniotienelafinalidaddecontar,votoporvoto,lodepositadoenelánforaaobjetodeestablecerelnúmerodevotosemitidos,votosobtenidosporcadacandidatura,votosenblancoyvotosnulos.ARTICULO29.(PROCEDIMIENTO)InmediatamenteconcluidalavotaciónsellenaráelActadeCierredelaMesadeSufragioyseprocederáarealizarelescrutiniodelaMesadeSufragiodeconformidadalsiguienteprocedimiento:

1. El escrutinio será público y estará presidido por el Presidente y los Jurados de la Mesa deSufragio.Podránparticiparlosdelegadosdecandidaturasyfrentesacreditadosalamisma.

2. LosJurados,previaverificacióndelaslistas,haránconocerelnúmerodevotantes.3. ElPresidenteprocederáa laaperturadelánfora,verificandoque losprecintosnohubieransido

alterados.4. Se contará el número de papeletas depositadas en el ánfora y se informará si este número

coincideconelnúmerodevotantesquefirmaronlalista.Encasoqueexistieranpapeletasquenocumplenlasmedidasdeseguridad,éstasseránanuladasynoformanpartedelcómputo.

5. Sisedieraelcasodequeelnúmerodepapeletasenánforaesmayoraldevotantesenun2%(dospor ciento) o más del total de votos emitidos, se declarará nula la votación de la respectivaánfora.

6. Sielnúmerodepapeletasexcedentesenánforasesmenoral2%(dosporciento),seeliminaránlas excedentes al azar; en cada papeleta excedente se anotará la palabra "excedente" y secontinuaráconelescrutinioycómputo.

7. ElPresidentedeMesadesdoblarálaspapeletasyelvocallasexhibiráunaporunayleeráenvozalta el voto emitido en cada papeleta de sufragio y pasará a los Jurados y delegados decandidaturasparasuverificación.

8. Enlashojasdetrabajoopizarraseregistraráelnúmerodevotosobtenidosporcadacandidatura,asícomoelnúmerodevotosenblancoyvotosnulos.

9. Inmediatamente después, se llenará el Acta de Escrutinio y Cómputo, la misma que debe serfirmada mínimo por tres Jurados de la Mesa y delegados de candidaturas y frentes que seencuentren presentes, entregándose una copia al delegado de cada frente. La no presencia deunoomásdelegadosnoinvalidalosresultadosdelescrutinio.

ARTICULO30.(VOTOSNULOS)

1. Seconsideraránvotosnulos:a. LosemitidosenpapeletasnoautorizadasporelComitéElectoral.b. Losqueseencuentrenenpapeletasalteradasensuimpresión,incompletasorotas.c. Losemitidosenmásdeunafranjauopción.d. Losquecontengan inscripciones,palabrasosignosquedemuestrenclaramente la intención

deanularelvoto.2. Todavezquesedeclarenulounvoto,seescribiráenlapapeletalapalabra“nulo”.

ARTICULO31.(VOTOENBLANCO)Seconsideravotoenblancocuandoenlapapeletanoconsteningunamarcaosigno.

ARTICULO32.(VOTOSVALIDOS)Para fines de escrutinio y cómputo, se consideran votos válidos al total de votos obtenidos por lasdiferentescandidaturasincluidoelvotoenblanco.Losvotosnulosnosecomputancomoválidos.Asimismo, se considera voto válido a la marca que manifieste inequívocamente la intención de voto,pudiendolamarcaexcederseosobrepasarelrecuadroestablecido,siemprequenoabarqueoinvadalafranjadeotrocandidato.

ARTICULO33.(CONTENIDODELACTADEESCRUTINIOYCÓMPUTO)ElActadeescrutinioycómputodebecontenerlossiguientesdatos:

1. NombredelaUniversidad.2. NombredelaFacultad.3. NúmerodeMesadeSufragio.4. Objetodelaelección.5. Horadeinicioyfinalizacióndelescrutinio.6. Númerototalde:

a. Electoreshabilitados.b. Númerodevotantes.c. Númerodevotosobtenidosporcadacandidatura.d. Númerodevotosenblancoe. Númerodevotosnulos

7. Observaciones,reclamosoimpugnacionesformuladasantelaMesadeSufragioporlosdelegadosdecandidaturasofrentesacreditadosantelamisma.

8. ObservacionesformuladasporlosJuradosdelaMesadeSufragio.9. LugaryfechadesuscripcióndelActa.10. Nombres y firmas de los Jurados de laMesa de Sufragio y de los delegados de candidaturas o

frentesqueseencuentrenpresentes.ARTICULO34.(ENTREGADELACTA,DOCUMENTACIÓNYMATERIALALCOMITÉELECTORAL)Inmediatamente concluido el escrutinio y cómputo de Mesa de Sufragio, el Presidente y los JuradosElectorales presentes, entregarán al Presidente del Comité Electoral la siguiente documentación ymaterialelectoralcontraentregadelrecibocorrespondiente:

1. Sobre de Seguridad debidamente cerrado y lacrado conteniendo el original del Acta Única deApertura,CierreEscrutinioyCómputodebidamentellenadayfirmada.

2. Ánfora.3. Listadeelectoresconlasfirmasdelosvotantes.4. Papeletasdesufragioutilizadas.5. Papeletasdesufragionoutilizadas.6. Hojasdetrabajollenadas.7. Sellosdetrabajo.8. Materialsobrante.

ARTICULO35.(CARACTERDEFINITIVO)ElescrutinioycómputorealizadoporcadaMesadeSufragioesdefinitivosiempreycuandosehubieserealizadoporlosJuradosElectoralesdelaMesadeSufragio

legalmentedesignadosydeacuerdoalprocedimientoestablecidoenesteReglamento.Ningún otro Órgano o Instancia tiene la facultad de revisarlo ni alterarlo. Los actos del escrutinioprecluyenysolopodrádeclararselanulidaddelavotaciónenloscasosexpresamenteestablecidosenelpresenteReglamento.

CAPITULOCUARTO

COMPUTO

ARTICULO36.(FINALIDAD)ElcómputotieneporfinalidadtotalizarenactopúblicolosresultadosdelosescrutiniosdelasMesasdeSufragio.ARTICULO37.(DOCUMENTOSPARAELCÓMPUTO)Los únicos documentos válidos para el cómputo general del proceso electoral, son las actascorrectamenteelaboradasyfirmadasporlosJuradosElectorales.

ARTICULO38.(NULIDADDEACTAS)

1. Enelcómputosedeclararánnulaslasactasque:a. EsténfirmadasporJuradosdeMesanodesignadoslegalmente.b. NollevenlasfirmasdeporlomenoselPresidentedeMesayunJuradoVocal.c. SepresentenenformulariosnoaprobadosporelComitéElectoral.d. La Mesa de Sufragio hubiera funcionado y/o realizado el escrutinio y cómputo fuera del

recinto determinado por el Comité Electoral o cuando estas actuaciones se realicen en díadistintoaldelaelección.

e. Se hubieren habilitado para sufragar, docentes o alumnos no incluidos en las listasproporcionadasporelPadrónElectoralUniversitario.

f. Fueradeestascausalesnoprocedelanulidaddeactas.ARTICULO39.(PROCEDIMIENTO)ElCómputoGeneralserealizaráenreuniónplena,enformapública,continuaypermanentedelComitéElectoraldeacuerdoalsiguienteprocedimiento:

1. verificarásilossobresdeseguridadquecontienenlasActasÚnicasesténdebidamentecerrados.

2. Severificarási losJuradosdelaMesadeSufragiofiguranenlalistadeJuradosaprobadaporelComitéElectoral.

3. Se procederá a la lectura de las actas de escrutinio y cómputo de Mesa de Sufragio para elcómputodeeleccionesfacultativasoeleccionesgenerales.

4. Setotalizaránlosvotosobtenidosporcadaunadelascandidaturas,votosválidos,votosblancosynulos.

5. SedarálecturaalasapelacionesinterpuestasentérminohábilybajoprocedimientodescritoenelpresenteReglamento.

6. ElComitéElectoral,conocerálosrecursosqueseencuentranasentadosenlasactasdeescrutinio

ycómputoyverificará ladocumentaciónquecorresponda,sepronunciarámedianteresoluciónmotivada sobre la procedencia o improcedencia y declarará aprobada o nula la elección deacuerdoalascausalesdeterminadasexpresamenteenesteReglamento.

7. Sienelactadeescrutiniohubieranerroresdesumaeneltotaldevotosválidos,secorregiráelerrorsinalterarlosvotosobtenidosporlascandidaturasofrentes.

8. Concluidoelcómputose llenaráelactaqueseráselladayfirmadaporelPresidente,miembrosdelComitéElectoralydelegadosdelascandidaturaspresentesenelacto.

ARTICULO40.(SUMATORIAPONDERADADELOSVOTOS)

1. Voto paritario. En la elección de Rector(a) y Vicerrector(a), Decanos(as) y Vicedecanos(as), lavotación final corresponde en 50% a docentes y 50% a estudiantes, sobre el total de los votosválidosdecadaunodelosestamentos.

2. Votoestamentario.§ Elvotoestamentarioenprimeravueltaconsisteenganarencadaunodelosestamentos

(estamentodocenteyestamentoestudiantil)conmásdel50%(cincuentaporciento)devotosválidos.

§ Elvotoestamentarioensegundavueltaconsisteenganarencadaunodelosestamentos(estamentodocenteyestamentoestudiantil) conmásdel40% (cuarentaporciento)devotosválidos.

ElComitéElectoral,unavez realizadoelescrutinioycómputo,procederáa laponderaciónde losvotosparacadafórmula,deacuerdoalsiguienteprocedimiento:

1. El porcentaje de votos obtenidos por cada fórmula en el estamento docente se obtendrá dedividir losvotosobtenidospor la fórmulaentreel totaldevotosválidosdelestamentodocentemultiplicadoporcien.

2. El porcentaje de votos obtenidos por cada fórmula en el estamento estudiantil se obtendrá dedividirlosvotosobtenidosporlafórmulaentreeltotallatotalidaddevotosválidosdelestamentoestudiantilmultiplicadoporcien.

3. El porcentaje paritario en cada estamento resultará dedividir entredos el porcentaje de votosobtenidosporcadafórmula(equivalesal50%quecorrespondealestamentodocenteyal50%alestamentoestudiantil).

4. El porcentaje final ponderado obtenido por cada fórmula resultará de sumar el porcentajeparitariodelestamentodocenteconelporcentajeparitariodelestamentoestudiantil.Dicha sumatoria ponderada de los votos se realiza con la finalidad de obtener un orden deprelacion.

ARTICULO41.(PRIMERAVUELTAELECTORAL)Resultaelegidalafórmulaqueobtengamásdel50%devotosválidosencadaunodelosestamentos.ARTICULO42.(RESOLUCIÓN)

El Comité Electoral, pronunciará en sesión la Resolución pertinente después de concluido el cómputogeneral,laqueseráfirmadaporsuPresidenteytodossusmiembrostitularespresentes,haciendoconstarlasdisidenciassilashubiera.

ARTICULO43.(SEGUNDAVUELTAELECTORAL)Siningunadelasfórmulasobtienemásdel50%devotosválidosencadaunodelosestamentos,elComitéElectoralConvocaráaunasegundavueltaentrelasdosfórmulasconmayorporcentajeobtenido.Enestecaso, resultaráde lasumatoriaponderadade losvotosde las fórmulasdecadaunode losestamentos.Estasumatoriaponderadadelosvotosserealizaconlafinalidaddeobtenerunordendeprelaciónentrelasfórmulas.En caso de que el porcentaje de la sumatoria ponderada del voto en blanco en cada uno de losestamentos supere al de una de las dos fórmulas con mayor porcentaje obtenido, será habilitada asegundavueltaúnicamentelafórmulaqueobtengaelmayorporcentaje.De igualmanera el Comité Electoral convocará a una segunda vuelta en caso de presentarse una solafórmulayéstanoobtieneenprimeravueltamásdel50%devotosválidosencadaunodelosestamentos,frentealvotoenblanco.Siunodeloscandidatoshabilitadosparalasegundavuelta,hiciereconocerporescritoalComitéElectoralsudecisiónderetirarsedelprocesoelectoral,deigualmanerasellevaráadelantelasegundavueltafrentealvotoenblanco.Estasegundavueltaseefectuaráeltercerdíahábil,apartirdelafechadelaprimeravuelta.Se proclamará ganadora en segunda vuelta la fórmula cuando gane en cada uno de los estamentos yobtengamásdel40%devotosencadaunodelosestamentos.Casocontrario,elH.ConsejoUniversitariodeberáconvocaraunanuevaelecciónenunplazomáximode90(noventa)díascalendarioapartirdelaresolución emitida por el Comité Electoral; quedando prorrogada la gestión de las autoridades que nohubierenrenunciadoolasdesignadasinterinamente,hastalaconclusióndelprocesoelectoral.ARTICULO44.(PROCLAMACIONDECANDIDATOS)Concluido el cómputo, el Presidente del Comité Electoral dará a conocer de viva voz los resultados ymediantelaemisióndelaresolución,proclamandoaloscandidatosganadores,siemprequenohubieranrecursoslegalmenteplanteados.

TITULOTERCEROTIPOSDEELECCIONYCONVOCATORIA

CAPITULOPRIMEROTIPOSDEELECCION

ARTICULO45.(ELECCIONESGENERALES)

SoneleccionesgeneralesaquellasenlasqueparticipancomoelectoresdocentesyestudiantesytieneporfinalidadelegiraRector(a)yVicerrector(a)delaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”.ARTICULO46.(ELECCIONESFACULTATIVAS)Soneleccionesfacultativasaquellasenlasqueparticipancomoelectoresdocentesyestudiantesytienepor finalidad elegir Decanos(as) y Vicedecanos(as) de las diferentes Facultades dependientes de laUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”.

CAPITULOSEGUNDOCONVOCATORIA

ARTICULO47.(CONVOCATORIA)Lasconvocatoriastantoparaeleccionesgeneralescomofacultativas,seránaprobadasporelH.ConsejoUniversitarioconladebidaanticipacióndeacuerdoalosplazosestablecidosenelEstatutoOrgánicoyelpresentereglamento.

ARTICULO48.(CONTENIDODELACONVOCATORIA)Laconvocatoriaaeleccionestendráelsiguientecontenido:

1. NombredelaUniversidad2. Tipodeelección3. Unidadacadémicadondeseverificarálaelección4. Fechaderealizacióndelaelección5. Cargosaserelegidos6. Plazosparalainscripcióndecandidaturas7. RequisitosparasercandidatosdeconformidadaloestablecidoenelEstatutoOrgánicoy/oenel

presenteReglamento8. Tiempodeduracióndelagestióndeloselegidos9. Todainformaciónqueseconsiderenecesariaparaelactoeleccionario.

ARTICULO49.(PUBLICACION)LaconvocatoriaserápublicadaporelComitéElectoral40díasantesdellevarseacabolaelección,enunmedioescritodecomunicación local yen laPáginaWebde laUniversidad, cuandoésta seageneral, ycuandoseaunaelecciónfacultativaenlaPáginaWebdelaUniversidad.

TITULOCUARTODELOSCANDIDATOS,LACAMPAÑAELECTORAL,LOSELECTORESYELMATERIALELECTORAL

CAPITULOPRIMERO

INSCRIPCIÓNDECANDIDATOS

ARTICULO50.(REQUISITOS)Loscandidatosseinscribiránllenandolosformulariosdeinscripción,precisandoelfrenteoalianzaquelos

postula,acompañandolosdocumentosqueacreditenelcumplimientodelosrequisitosestablecidosenelEstatutoOrgánicodelaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”yenelpresenteReglamento.ARTICULO51.(PLAZODEINSCRIPCIÓN)Se establece el plazo de quince días hábiles antes del verificativo de la elección, para la inscripción decandidatos.ElComitéElectoralpublicaráenlugaresvisiblesdecadaFacultadylapáginaWebdelaUAJMSlas listas o nombres de los postulantes habilitados dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a suregistro.ARTICULO52.(REQUISITOSPARALAIMPUGNACIÓN)Las observaciones o impugnaciones a las candidaturas se presentarán por escrito por el delegadolegalmenteinscritoalComitéElectoral,dentrodelos2(dos)díashábilessiguientesalapublicacióndelas listas de candidatos, por las incompatibilidades establecidas en el Estatuto Orgánico y el presenteReglamento,acompañadodeladocumentaciónquerespaldelaimpugnación.

ARTICULO53.(PLAZOPARARESOLVERLASIMPUGNACIONES)Tratándosedeeleccionesgeneralesy/ofacultativas,elComitéElectoralresolveráenúnica instancia lasimpugnacionesdentrodelas24(veinticuatrohoras)hábilessiguientesderecibidaslasmismas,medianteresoluciónmotivada, fundamentada y firmada por todos losmiembros titulares asistentes a la sesión, previa verificación del quorum correspondiente, siendo inapelable para incompatibilidades eincumplimientoderequisitos. ARTICULO54.(MODIFICACIONDELISTASDECANDIDATOS)A petición expresa y de manera escrita por las formulas o frentes afectados por causas debidamentejustificadas, las listasde candidatospodrán sermodificadasporelComitéElectoralhasta72 (setenta ydos)horasantesdelactoelectoral,enlossiguientescasos:

a. Por enfermedad grave e inhabilitante mediante Certificado Médico emitido por el Seguro Social Universitario

b. Pormuertedelcandidatoacreditadamediantecertificadodedefunción.c. PorrenunciadelcandidatopresentadaanteelComitéElectoral.

CAPITULOSEGUNDO

DELAHABILITACIONDECANDIDATOS

ARTICULO55.(PRESENTACION)Las listas de candidatos, más la documentación exigida, deberán ser presentadas en sobre cerrado,foliadoyordenadodeacuerdoa los instructivosqueestablezcaelComitéElectoral,enelmarcode losArts.57al59ypresentadoenellugar,fechayhoraqueestablezcalaconvocatoria.Unavezrecepcionadoslossobres,elComitéElectoral,procederáalrecuentodelosfoliosyalprecintadodeseguridaddelosmismosenpresenciadelosdelegadosdelascandidaturasrespectivas.

ARTICULO56.(HABILITACION)En la fecha, hora y lugar establecidos por el Comité Electoral, se abrirán los sobres con las listas decandidatos y habilitarán a los que cumplan con los requisitos establecidos en las convocatoriasrespectivas,enpresenciadeloscandidatososusrepresentantesdebidamenteacreditados,Notariodefepública,TVU,radiouniversitariayotrosmediosdecomunicaciónsiestuvieranpresentes.LadecisióndelComitéElectoralseráinapelable.ARTICULO57.(INHABILITACIÓNDEFÓRMULAS)Siesqueuncandidatodelalistanohubieracumplidoconlosrequisitosestablecidos,lalistaylafórmulaquedarainhabilitada,salvolodispuestoenelArt.54delpresenteReglamento.

CAPITULOTERCERO

DELOSREQUISITOSPARALOSCANDIDATOS

ARTICULO58.(REQUISITOSPARALOSCANDIDATOSARECTOR(A)YVICERRECTOR(A).ParaserRector(a)yVicerrector(a)serequiere:

1. Serbolivianoyciudadanoenejercicio.2. Tener30añosdeedadcomomínimo.3. PoseergradoacadémicodeLicenciatura,TítuloenProvisiónNacionalynivelmínimodeMaestría.4. Estarenejerciciodeladocenciaytenerunmínimodecinco(5)añosdeantigüedadcomodocente

titularenlaUniversidad.5. Nohabersidocondenadoconsentenciapenalejecutoriada.6. Nohaberejercidofuncionesdeautoridadenlosperíodosdeintervención,nihabersidosometido

a proceso universitario y/o administrativo que haya derivado en una sanción por faltas graves,segúnlatipificaciónindicadaenelCódigodeÉticayReglamentodeProcesosUniversitarios.Esterequisitonoseráaplicableenelcasoenqueelpostulantehayasidorestituidoa funcionesuniversitariascontodossusderechosydeberes.

7. No estar comprendido en limitaciones establecidas por resoluciones expresas del ConsejoUniversitario.

8. NotenercargosnicuentaspendientesejecutoriadasconelEstado.9. PresentarunPlandeTrabajoenmarcadodentrodelosprincipiosyvaloresdelauniversidad.

ARTICULO59.(REQUISITOSPARALOSCANDIDATOSADECANO(A)YVICEDECANO(A).ParaserDecano(a)yVicedecano(a)serequiere:

1. Serbolivianoyciudadanoenejercicio.2. Estarenejerciciodeladocenciaytenerunmínimodecinco(5)añosdeantigüedadcomodocente

titularenunodelosdepartamentosdelaFacultadalaquepostula.3. PoseergradoacadémicodeLicenciatura,TítuloenProvisiónNacionalynivelmínimodeMaestría.4. Nohabersidocondenadoconsentenciapenalejecutoriada.

5. Nohaberejercidofuncionesdeautoridadenlosperíodosdeintervención,nihabersidosometidoa proceso universitario y/o administrativo que haya derivado en una sanción por faltas graves,segúnlatipificaciónindicadaenelCódigodeÉticayReglamentodeProcesosUniversitarios.Esterequisitonoseráaplicableenelcasoenqueelpostulantehayasidorestituidoa funcionesuniversitariascontodossusderechosydeberes.

6. No estar comprendido en limitaciones establecidas por resoluciones expresas del ConsejoUniversitario.

7. NotenercargosnicuentaspendientesejecutoriadasconelEstado.8. PresentarunPlandeTrabajoenmarcadodentrodelosprincipiosyvaloresdelauniversidad.

ARTICULO60.(DOCUMENTACIÓNSUSTENTATORIADELOSREQUISITOS)LoscandidatosaRector(a)yVicerrector(a),Decano(a)yVicedecano(a),deberánpresentarlossiguientesdocumentos:

a. OriginaloFotocopiasimpledelaceduladeidentidadvigente.b. Certificadodenacimientooriginalemitidoporel ServiciodeRegistroCívicodel

EstadoPlurinacionaldeBolivia.c. Fotocopia legalizada por Secretaría General del Certificado de Titularidad

Docente, en el que conste la antigüedad como docente titular a partir del reconocimiento dedocentetitular.

d. CertificadooriginalyactualizadodelaDireccióndeRecursosHumanosdeestarenactualejerciciodeladocencia.

e. OriginalofotocopiadelDiplomaAcadémicoyTítuloenProvisiónNacionalydeMaestríaogradosuperiorlegalizadoporlaUniversidaddeorigen.

f. Los Títulos originales o fotocopias otorgados por Universidades extranjeras deben estardebidamentelegalizados,enbasealReglamentoDeRevalidaciónYTítulosDePosgradootorgadosenelexteriordelpaísmedianteResolución055/2014delXIICongresoNacionaldeUniversidades.LasfotocopiasdelosTítulosenProvisiónNacionalporreválidadebenserlegalizadosporalgunaUniversidaddelSistemaoporelCEUB.

g. CertificadodelREJAPdenotenerantecedentespenalesconsentenciasejecutoriadas.h. CertificadodeAsesoríaLegal,denotenerprocesouniversitarioejecutoriado.i. Certificadode laSecretaríadeGestiónAdministrativaFinancieradenotenerdeudaspendientes

conlaUAJMS.j. Encasodeserautoridadenejercicio,loscandidatosdebenacompañarunacopiadesurenuncia

irrevocable realizada hasta treinta días antes del acto electoral, debidamente registrada en lainstanciacorrespondiente.

k. DeclaraciónJuradaparaejercerelcargodeRector(a),Vicerrector(a),Decano(a),Vicedecano(a)aDedicaciónExclusiva.

l. PresentarPlandeTrabajoenmarcadodentrodelosprincipiosyvaloresdelaUniversidad.

CAPITULOCUARTOCAMPAÑAELECTORAL

ARTICULO61.(INICIACIÓNDECAMPAÑA)La campaña electoral comprende los actos y actividades que realicen los candidatos y/o frentes,

orientadosaladifusión,explicaciónypromocióndeprogramas,planesdeacciónygobiernodeacuerdoyen concordancia a lo establecido en las convocatorias respectivas, que inicia al momento de lapublicaciónoficialdelaconvocatoria.ARTICULO62.(FINALIZACIONDELACAMPAÑA)Lacampañaelectoralconcluirá48(cuarentayochohoras)antesdelarealizacióndelactoelectoral.

ARTICULO63.(PROHIBICIONES)

1. Estáprohibido:a. Propagandaquesignifiquedeteriorodelosprediosuniversitarios.b. Propagandaofensivaaladignidadyhonorabilidaddeloscandidatos.c. Propaganda que implique ofrecimiento de dinero, de notas o prebendas de cualquier

naturaleza.d. Propagandaanónimaqueatentecontraladignidaddelaspersonasycandidatos.e. Propagandaquepromuevademaneradirectao indirecta la violencia, la

discriminaciónylaintoleranciadecualquiertipo.f. Propagandaqueutilice lossímbolosdelEstadoPlurinacionaly losoficiales

delaUAJMS.g. Propagandadecualquiernaturalezaalinteriordelosprediosuniversitarios

dondefuncionanlasMesasdeSufragio,eneldíadelaelección.h. Propagandaque interfiera y perjudique las actividades académicas con el

uso de equipos de sonido u otros al interior del campus universitario u otras unidadesacadémicasfueradelcampusuniversitario.

i. Música y amplificación dentro del CampusUniversitario, y en ninguna delasFacultadesy/ocarreraspertenecientesalaUAJMS,queperjudiquenelnormaldesarrollodelasactividadesacadémicas.

j. Pasacalles, pancartas, banners, gigantografías, banderas, cañas, afichesadhesivosypanfletosquedañenladignidaddeloscandidatosylaimageneinfraestructuradelainstitución,entodaslasunidadesacadémicasdelaUAJMS.

k. Casasdecampañaaunadistanciamenora400malaredondadelCampusUniversitarioyUnidadesAcadémicas.

l. Quelosdocentesensushorariosdeclasesrealicencampañaelectoral.

2. Igualmenteestáprohibidoelusoderecursosy/obienesde laUniversidaden lapropagandadelascandidaturas,asícomolaparticipacióndelpersonaladministrativo.

ARTICULO64.(SANCIONES)Encasode contravencionesa lasprohibicionesprevistasenel artículoprecedente,elComitéElectoralimpondrálassancionesporcontravencionesofaltaselectoralesdeacuerdoalprocedimientoestablecidoenelpresenteReglamento.Elusodelosbienesuniversitariosparacampañaselectoralesdelosfrentesocandidatosserátipificadacomousoindebidodebienesyserviciospúblicos,sujetoaresponsabilidadadministrativaycivil.El Comité Electoral realizará las acciones oportunas y pertinentes que permitan cumplir de manera

efectivalassanciones.Los frentes y/o candidatos que en las campañas electorales ocasionaran deterioro, destrozos,inutilizacióndebieneso infraestructurade laUAJMS,deberán reparareldañocausado,casocontrarioseránobjetodedenunciaantelasinstanciaslegalescorrespondientesparasucobrocoactivo.

CAPITULOQUINTO

ELECTORES

ARTICULO65.(ELECTORES)Para ser elector docente se requiere que se halle en ejercicio de sus funciones en la UniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”.Paraserelectorestudiante,serequiereestarinscritolegalmenteenlaUniversidad Autónoma “Juan Misael Saracho” y tener materias programadas en la gestión (anual osemestral)enqueserealicelaelección.Enamboscasos,deberánestarhabilitadosenelPadrónElectoralUniversitario.Enningúncasodocentesy/oestudiantesvotaranenmásdeunaUnidadAcadémica.En las elecciones generales los docentes y estudiantes votarán en lasmesas dispuestas por el ComitéElectoralydeacuerdoalalistaporordenalfabético.En las elecciones Facultativas los docentes votaran en la Facultad a la cual pertenecen los docentestitularesdeldepartamento.Paraelcasodedocentesinterinos,votaranenlaFacultadalacualperteneceeldepartamentoenelqueimpartemateria.LosestudiantesquesimultáneamenteseanalumnosregularesendoscarrerasvotaranenlasFacultadesenlascualestienenmayornúmerodemateriasaprobadas.LosdocentestitularesvotaranenlaFacultadalacualperteneceelDepartamentoenelcualesdocentetitular.Paraelcasodedocentesinterinos,votaránenlaFacultadalacualperteneceelDepartamentoenel que imparten materias. Los estudiantes votaran en la carrera en la que tengan mayor número demateriasaprobadas.

CAPITULOSEXTOMATERIALELECTORAL

ARTICULO66.(PAPELETADESUFRAGIO)Eseldocumentopúblicoúnico,multicolorymultisigno,pormediodelcualseejerceelvoto.Sudiseñoycontenido serándeterminados por el Comité Electoral que correspondapara cadaelección y tiene lassiguientescaracterísticas:

a. NombredelaUniversidad.b. NombredelaFacultad.c. Especificacióndelaelección:Rector(a)yVicerrector(a)óDecano(a)yVicedecano(a).d. Fechadeelección.e. Sedividiráverticalmenteenfranjasdeacuerdoalnúmerodecandidaturasf. Cadafranjacorresponderáaunacandidatura,identificadadeacuerdoalanómina

decandidatos(as),color,sigla,símboloynombredelos(as)candidatos(as).g. Noexistiráningunafranjaoespacioparaelvotoenblanco.h. En la parte inferior de la franja se incluirá una casilla para ser marcada por el

elector.i. ConlasmedidasdeseguridaddeterminadasporelComitéElectoral.

ARTICULO67.(SORTEODEUBICACIONDEFRANJAS)ElComitéElectoral,dentrodelas24(veinticuatro)horassiguientesa lapresentacióndelosmodelosdepapeletas,efectuaráelsorteodeubicacióndefranjasyaprobaráelmodelodefinitivode lapapeletadesufragio.Podránparticiparlosdelegadosdelascandidaturasofrenteshabilitadosparaelactoelectoral.

ARTICULO68.(IMPRESIÓNDELAPAPELETA)Realizado el sorteo de ubicación y aprobado elmodelo de papeleta, el Comité Electoral dispondrá suimpresióndeacuerdoalnúmerodeelectoreshabilitadosenelPadrónElectoralpara cadaelecciónenparticular.

ARTICULO69.(ACTAÚNICADEAPERTURA,CIERRE,ESCRUTINIOYCÓMPUTO)El presente Reglamento incluye en el Anexo A, elmodelo y textomarco del Acta Única de Apertura,Cierre,EscrutinioyCómputoqueseráimpresoconlassiguientescaracterísticasyconelnúmerodecopiasdeacuerdoalascandidaturasparticipantesenlaelección:

a. NombredelaUniversidady/oFacultad.b. Tipodeelección(UniversitariasoFacultativa).c. Fechadeelección.d. NúmerocorrelativodelActa.e. NúmerodelaMesadeSufragio.f. HoradeaperturaycierredelaMesa.g. HorasdefuncionamientodelaMesa.h. Horadeinicioyconclusióndelcómputo.i. NúmerodeelectoreshabilitadosenlaMesadeSufragio.j. Votoscorrespondientesacadaunadelascandidaturas.k. Totaldevotosválidos.l. Votosblancosynulos.m. Totaldevotosemitidos.n. Nombres, firmas, número de Cédula de Identidad de cada uno de los Jurados de la Mesa de

Sufragioydelosdelegadosdecandidaturas,siestánpresentes.o. Contendrá un espacio delimitado para los recursos de apelación que eventualmente sean

interpuestosporlosdelegadosdecandidaturasofrentes.ARTICULO70.(DISTRIBUCIÓNDEMATERIALELECTORAL)En elección de Autoridades Universitarias y Facultativas, el Comité Electoral entregara a los Juradosdesignadoselmaterialelectoralhasta2(dos)horaspreviasaliniciodelavotacióndeldíadelaelecciónysuscribiráactacircunstanciadaqueseráfirmadaconjuntamenteporelPresidentedelaMesarespectiva.ElmaterialseráelnecesarioparaelnúmerodeelectoreshabilitadosencadaMesa.ARTICULO71.(ENTREGADEACTA,DOCUMENTOSYMATERIALALASMESASDESUFRAGIO)ElComitéElectoralrespectivotendráasucargolaentregadeActa,documentosymaterialelectoralenel

plazoseñaladoenelartículoanteriordelpresenteReglamento,deacuerdoalsiguientedetalle:1. SobredeSeguridad2. ActaÚnicadeApertura,Cierre,EscrutinioyCómputo3. Ánfora.4. Listadeelectoresconlasfirmasdelosvotantes.5. Listadeelectoresparaelcontroldesufragio.6. PapeletasdeSufragio.7. HojasdeTrabajo.8. Sellosdetrabajo,tampoytinta.9. CertificadosdeSufragio.10. Bolígrafos,resaltadoryútilesnecesarios.11. Cartillasinformativas.

TITULOQUINTO

DELPADRONELECTORAL

CAPITULOÚNICOPADRÓNELECTORAL

ARTICULO72.(DEFINICIÓN)ElPadrónElectoralUniversitarioes el sistemade registrodedocentes y estudiantesde laUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”,enunabasededatosinformatizada,coninformaciónsobremiembrosde lacomunidadacadémicaporFacultades,MesasdeSufragioyAsientosElectorales,estoúltimoenelcasodelasunidadesacadémicasdeprovincias.Deestesistemaseobtendrálalistadeestudiantesydocenteshabilitadosparavotarencadaelección.ARTICULO73.(CARACTERÍSTICAS)ElPadrónElectoralUniversitarioesúnico,oficial,actualizadoydepurado,depropiedaddelaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”ysirveparapropósitosexclusivamenteelectorales.ARTICULO74.(FUENTES)ElPadrónElectoralUniversitariotienecomofuentes:

a. La base de datos informatizada sobre docentes y estudiantes, elaborada por la Dirección deTecnologíasde Información yComunicación (DTIC), conel apoyode la Jefaturade SeguimientoDocenteyAdmisionesyRegistros.

b. LainformaciónrecibidadeSecretaríaGeneral, Asesoría Legal y Secretaría de Gestión Administrativa y Financiera sobre pérdida,suspensiónyrehabilitacióndederechosdelosmiembrosdelacomunidaduniversitariadocente-estudiantil.

ARTICULO75.(FUNCIONAMIENTO)ElSistemadePadrónElectoralfuncionarápermanentementeenelComitéElectoral,paralocual,laDTICinstalaráel equipamiento suficienteparaaccedera laBasedeDatosygarantizarásufuncionamiento.

Caso contrario, mediante resolución expresa usará la información de las unidades académicas yadministrativascorrespondientes.ARTICULO76.(ACTUALIZACIÓN)ElPadrónElectoralseactualizarádemanerapermanenteconelobjetode:

a. Incluirlosdatosdelosnuevosestudiantesuniversitariosinscritos.b. Incluirlosdatosdelosnuevosdocentesquecumplanconlosrequisitosparasufragar.c. Asegurarqueen labasededatosnoexistamásdeunregistrovalidoparaunmismodocenteo

estudiante.d. Excluir de la lista índice de electores a aquellos docentes y estudiantes que estén inhabilitados

paravotar.e. Excluir de la lista índice a quienes hayan concluido su vínculo docente o estudiantil con la

UniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”ARTICULO77.(CIERREDELPADRÓN)LaactualizacióndedatosdelPadrónElectoralparaunadeterminadaelección,concluirá15(quince)díascalendarioantesdelverificativodelactoelectoral. Losdocentesyestudiantesquenoesténregistradoshastaesetérminonopodránparticiparenlaseleccionesrespectivas.ARTICULO78.(LISTAÍNDICE)ElComitéElectoraldispondráquelaDTICelaborelalistaíndicededocentesyestudianteshabilitadosparavotar en cada Mesa de Sufragio según el tipo de elección y recintos electorales disponibles, con lossiguientesdatos:

1. ParaDocentes:a. Apellidosynombresenordenalfabético.b. NúmerodeCéduladeIdentidadodeldocumentoconelqueestuvieraregistrado.c. RecintoynúmerodelaMesadeSufragio,sicorresponde.

2. Paraestudiantes:a. ApellidosyNombresenordenalfabéticob. NúmerodeRegistroUniversitario(R.U.)c. NúmerodeCéduladeIdentidadodeldocumentoconelqueestuvieraregistrado.d. RecintoynúmerodelaMesadeSufragio,sicorresponde

ARTICULO79.(DEPURACIÓN)ElComitéElectoral,eselúnicoórganoresponsablededepurarlalistaíndicedeelectores.LadepuraciónindebidadarálugaralprocedimientodereposiciónalPadrónElectoral,hasta5(cinco)díasantesdelactoelectoral, conocidoel recurso,elComitéElectoralemitirá resoluciónexpresaymotivadahaciendoconocersudecisión.ARTICULO80.(VERIFICACIÓNDELREGISTRO)Todo docente y estudiante está en la obligación de verificar los datos de su registro y el número ylocalización de la Mesa donde debe sufragar. Si corresponde presentará su reclamo ante el Comité

Electoralparalacorreccióndelosreferidosdatos.

TITULOSEXTORECURSOS,EXCUSASYRECUSACIONES

CAPITULOPRIMERO

RECURSOS

ARTICULO81.(RECURSOSELECTORALES)Enelsistemaelectoraluniversitarioseestablecenyadmiten losrecursosde impugnaciónynulidadqueserántramitadosdeconformidadalprocedimientoestablecidoenelpresenteReglamento.Los recursos de impugnación se realizarán sobre las resoluciones tomadas por los respectivos ComitésElectorales respecto a la convocatoria, habilitación de candidatos, listas índice del padrón electoral,eleccióndejuradoselectoralesyotraspertinentesduranteelprocesoelectoral.Laimpugnaciónserealizarahasta2(dos)díashábilesdeconocidalaresolución,seráresueltoeldíahábilsiguiente,siendosudeterminacióninapelable.ARTICULO82.(PROCEDIMIENTOPARAPLANTEARLOSRECURSOS)Los recursos de impugnación y/o nulidad deben plantearse en el momento de suscribirse el acta deescrutinioporeldelegadoacreditadoantelainstanciacorrespondiente,haciendoconstarexpresamenteestacircunstanciaenlacasilladeobservaciones.

ARTICULO83.(FORMALIZACIÓNDELRECURSO)Únicamenteeldelegado,formalmenteacreditadodelacandidaturaofrenterecurrente,puedeformalizarpor escrito, el recurso ante el Comité Electoral, al momento de instalarse la reunión de cómputo,presentandolaspruebasy/oargumentosquefundamentenelrecurso.

ARTICULO84.(RECURSODEIMPUGNACIÓN)InstaladalareunióndelComitéElectoralparaelcómputo,respetandoelordendellegadadelossobresdeescrutinio, el Presidente dispondrá la lectura del recurso y radicará la causa el conocimiento y laresolucióndelamismaconelsiguienteprocedimiento:

a. Concederá lapalabraaldelegado legalmenteacreditado del recurrentepara fundamentarsurecursoypresentarlapruebaqueestimepertinente.

b. Los representantes de las candidaturas y/o frentes participantes tendrán derecho a laréplica yduplica,paraargumentarlaaceptaciónorechazodelrecurso.

c. OídaslasparteselComitéElectoralpronunciaráinmediatamenteresoluciónpormayoríaabsolutadevotos,declarandoprobadooimprobadoelrecurso.

d. Sisedeclaraprobadoel recurso,seanulara lavotaciónde lamesaobservadaysedispondráserepitalaeleccióndelaMesa,eneltérminomáximode3(tres)díashábilesconelmismopadrónelectoral.

CAPITULOSEGUNDO

EXCUSASYRECUSACIONES

ARTICULO85.(CAUSALES)LoscandidatososusdelegadosacreditadospodránplantearsolicituddeexcusasorecusacionesdelosmiembrosdelComitéElectoralhasta12(doce)díascalendarioantesdelverificativodelaselecciones,enlossiguientescasos:

a. Seracreedor,deudorofiadordealgunodeloscandidatos.b. Tenerprocesojudicialencontradealgunodeloscandidatosoalainversa.c. Habersidorepresentantelegal,mandatariooabogadodealgunodeloscandidatos.

ARTICULO86.(PROCEDIMIENTO)

1. Los trámites de las excusas o recusaciones deben interponerse por escrito y fundamentando elmismoconpruebapre-constituida.

2. Las solicitud de excusas y recusaciones se plantearan directamente al miembro del ComitéElectoral a fin de que en un plazo de 24 (veinticuatro horas) de planteada se pronuncieexpresamente. En caso de recusación se emitirá Resolución expresa del Comité Electoralaceptando o rechazando la excusa en un plazo no mayor de 48 (cuarenta y ocho) horas deplanteadoelrecurso.

3. De excusarse o ser recusado el miembro del Comité Electoral se inhibirá del conocimiento deltrámiteydecisionesenelcasoquemotivólaexcusa.

4. Encaso de no excusarse, procede la recusación que se planteará ante el Presidente del ComitéElectoralalqueperteneceelmiembrodequiensepidelarecusación.

5. LaresoluciónquepronuncieelComitéElectoralenaudienciapúblicanoadmiterecursoposteriorysenotificaraalosdelegadosdecandidaturasyfrentesparticipantes.

TITULONOVENO

FALTASEILICITOSELECTORALES

CAPITULOPRIMEROFALTASELECTORALES

ARTICULO87.(DEFINICIONDELASFALTASELECTORALES)ParafinesdelpresenteReglamentoseconsideranfaltaselectoralesatodaacciónuomisiónnodolosaenelcumplimientodelosdebereselectoralesyquenorevistanresponsabilidadpenal.ARTICULO88.(FALTASYSANCIONESDECARACTERGENERAL)Constituyenfaltasgenéricasdelprocesoelectoral:a. Realizarcampañaelectoralconanterioridadalapublicaciónoficialdelaconvocatoria

oeneldíadelavotación.

b. Incitar o realizar manifestaciones,reunionesopropagandapolíticaenlasproximidadesdelosprediosuniversitariosoenlosplazosenqueexpresamenteloprohíbeesteReglamento.

c. Expenderoconsumirbebidasalcohólicas,sustanciasprohibidasenlosprediosdondeserealizanlaseleccionesuniversitarias.

d. Nocumplirconlaobligacióndevotar.e. IncumplirlasdeterminacionesemitidasporelComitéElectoral.f. Otras establecidas por el Comité Electoral al momento de emitir las respectivas

Convocatorias.Enelcasodeincurrirenestasfaltaslosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndela realización de trámites académico-administrativos durante 15 (quince días), losdocentesenelcasoquecorrespondiera,seránsancionadoscon1(un)díadedescuentodehaberesy a los candidatosen casode incurrirenestas faltas serán sancionados con3díasdehaber,previoprocesosumarísimo.ARTICULO89.(FALTASCOMETIDASPORLASOLOSJURADOSELECTORALES)Seestablecen3(tres)tiposdefaltas:leves,gravesymuygraves.1. Faltasleves:

a. Inasistencia injustificada de Jurados Electorales a las reuniones convocadas por el ComitéElectoral.

b. Ausencia temporal de la Mesa de Sufragio sin autorización del Presidente de la Mesa deSufragio.

c. NocumplirloshorariosestablecidosparalaaperturaycierredelaMesadeSufragio.Enelcasodeincurrirenestasfaltaslosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndelarealizacióndetrámitesacadémico-administrativosdurante15(quincedías)ylosdocentesconeldescuentode1(un)díadehaber.2. Faltasgraves:

a. No informarde inmediatoa losmiembrosdelComitéElectoral las violacionesa lasnormaselectorales,delasquetenganconocimientoduranteeldesarrollodelprocesoelectoral.

b. Ausencia injustificada en el día de la elección o abandono del recinto electoral durante lajornadaelectoralasucargo,

c. Negarseaproporcionarcopiasdelactaúnicaelectorala losdelegadosde los frentesodeotrasorganizacionesdebidamentehabilitadasenlosactoselectoralesautoridadesuniversitariasyfacultativas.

d. No devolver todo elmaterial previsto en los sobres de seguridad a las o los delegadosdesignadosporelComitéElectoral,onohacerlooportunamente.

e. Negarseadarasistenciaparaelvotoa laspersonasconnecesidadesparticularesque lorequieranexpresamente.

Enelcasodeincurrirenestasfaltaslosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndelarealizaciónde trámites académico-administrativos durante 30 (treinta días) y los docentes con el descuento de 3(tres)díasdehaber.

3. Esconsideradafaltamuygrave,elrehusarseafirmarelactadeescrutinioycómputodelaMesade

Sufragioonoconsignarlosresultadosdelavotación.Enelcasodeincurrirenestafaltalosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndelarealizacióndetrámites académico-administrativos durante 90 (noventa) días y los docentes con el descuento de 5(cinco)díasdehaber.SiestanegativaprovocalaanulacióndelosresultadosdelaMesadeSufragio, lasanciónimplicarálasuspensióndelasactividadesestudiantilesacadémicasydocentesporunsemestre,enelcasodelosdocentessingocedehaberes.ARTICULO90.(FALTASCOMETIDASPORLOSMIEMBROSDELCOMITÉELECTORAL)Seestablecen3(tres)tiposdefaltas:leves,gravesymuygraves.1. Faltasleves:

a. LainasistenciainjustificadaareunionesoaudienciasconvocadasporelComitéElectoral.b. Otrasfaltasdisciplinarias,calificadascomotalesporelComitéElectoral.

Enelcasodeincurrirenestasfaltaslosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndelarealizaciónde trámites académico-administrativos durante 30 (treinta) días y los docentes con el descuento de 2(dos)díasdehaber.2. Faltasgraves:

a. LanoatenciónyentregaoportunadelainformaciónquesearequeridaporlosdelegadosdefrentesdeacuerdoalpresenteReglamento.

b. Elincumplimientodelosplazosprocesales.c. Nodistribuiroportunamenteelmaterialelectoralalasmesasdesufragio.d. Noasistira losJuradosdeMesasdeSufragio,ensusobservaciones,consultasoreclamosel

díadelprocesoelectoral.e. La inasistencia injustificada o abandono de sus funciones electorales durante la jornada

electoralasucargo,olasreunionesalasquefueraconvocadoporelComitéElectoral.f. Noinformarde inmediatosobre lasviolacionesa lasnormaselectoralesde lasquesetenga

conocimientoduranteeldesarrollodelproceso.Enelcasodeincurrirenestasfaltaslosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndelarealizaciónde trámites académico-administrativos durante 60 (sesenta) días y los docentes con el descuento de 6(seis)díasdehaber.3. Faltasmuygraves:

a. El incumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas en el presente ReglamentoElectoral y resoluciones emanadas del H. Consejo Universitario referidas a los procesoselectorales.

b. ElrehusarseafirmarelActadeCómputoFinalonoconsignarlosresultadosdelavotaciónenlamisma.

c. Novelar por la seguridad e integridaddelmaterial electoralmientras se encuentrebajo sucustodia.

d. ElabusodesucondicióndeVocalparaobteneruntratofavorabledeautoridades,estudiantesydocentes,funcionariosoparticulares.

e. Ladelegacióndefuncionesaterceros.Enelcasodeincurrirenestasfaltaslosestudiantesseránsancionadosconlasuspensióndelarealización

detrámitesacadémico-administrativosdurante120(cientoveintedías)ylosdocentescondescuentode12(doce)díasdehaber.ARTICULO91.(FALTASCOMETIDASPORLOSADMINISTRATIVOS)Seestablecen3(tres)tiposdefaltas:leves,gravesymuygraves.

1. Esconsideradafaltalevelanoexigenciadelcertificadodesufragioalosestudiantesdurantelos30(treinta)díasposterioresalarealizacióndelaelección.

Eladministrativoque incurrieraenesta faltaserásancionadoconeldescuentode1 (un)díadehaberporcadacontravención.1. E

s considerada falta grave, el impedir, obstaculizar o limitar el ejercicio de los derechosconsagrados en el presente reglamento a favor de las delegadas y los delegados de losfrentesydeotrosactoreselectorales.

2. Eladministrativoqueincurrieraenestafaltaserásancionadoconeldescuentode5(cinco)díasdehaber.

3. Sonconsideradasfaltasmuygraves:a. Realizar acciones para la irregular constitución y funcionamiento de las Mesas de

Sufragio.b. Negarsea colaborarde formaefectiva yoportunaa los requerimientosdelComité

Electoralparaelcumplimientodesufunciónelectoral.ARTICULO92.(IMPOSICIÓNDESANCIONES)

1. Lassancionesporfaltaselectoralesleves,gravesymuygravesenlasqueincurrieranlosmiembrosde lacomunidaduniversitariadurante la realizacióndelactoelectoral, serán impuestasencadacaso por el Comité Electoral correspondiente mediante Resolución motivada con carácterinapelable.

2. Las sancionesa JuradosElectoralespor faltaselectorales, leves,gravesymuygravesen lasqueincurran los Jurados Electorales serán impuestas en cada caso por el Comité Electoral en únicainstancia,medianteresoluciónmotivadaqueseráinapelable.

3.Las sanciones al Comité Electoral serán impuestas con Resolución fundamentada y suscrita pormayoríaabsolutadelHonorableConsejoUniversitario.

ARTICULO93.(PROCEDIMIENTOPARALAIMPOSICIÓNDELASSANCIONES)a) ElComitéElectoraljuzgaráenúnicainstanciaaquienescometanfaltas,medianteprocedimiento

sumarísimoqueenningúncasopodrádurarmásde5(cinco)díashábilesensutramitación.b) Los miembros del Comité Electoral que cometan faltas electorales leves, graves y muy graves

serán procesados y sancionados por el Honorable Consejo Universitario en única instancia,mediante procedimiento sumarísimo que en ningún caso podrá durarmás de 15 (quince) díashábilesensutramitación.

CAPITULOSEGUNDOILICITOSELECTORALES

ARTICULO94.(DEFINICIÓN)Se consideran ilícitos electorales, a toda acción u omisión dolosa o culposa que este tipificada en elpresenteReglamento.Los ilícitos electorales serán considerados actos flagrantes contra la democracia y la instituciónuniversitaria.ARTICULO95.(ILICITOSELECTORALES)I.ElComitéElectoraliniciarácualquieracciónlegal,atravésdelDepartamentodeAsesoríaLegal,contrapersonas ajenas a la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho”, que hayan cometido algún ilícitoelectoralenprediosuniversitarios.II.Constituyenilícitoselectoraleslassiguientesaccionesuomisionescometidasporalgúnmiembrodelacomunidad universitaria, contra quienes se establecerán las respectivas sanciones, previo procesosumarísimoenelmenortiempoposible.a. Alteración o Modificación del Padrón Electoral. El representante del gobierno universitario,

administrativo, docente, auxiliar universitario, dirigente universitario o cualquier miembro de lacomunidad universitaria, que altere o modifique datos del Padrón Electoral Universitario, serárestringidoconladestitucióndelcargoy/oexpulsióndirectadelauniversidad,sinqueestoseaóbiceparalarealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

b. Asalto oDestrucción de ánforas. La persona que asalte y/o destruya ánforas de sufragio, serárestringidocon ladestitucióndel cargoparadocentesyexpulsióndirectaparaestudiantes, sinqueestoseaóbiceparalarealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

c. Manipulación Informática.CualquiermiembrodelComitéElectoralo funcionarioadministrativoque manipule o altere o quien instruya la manipulación o la alteración de la introducción,procesamiento, transferenciaosupresióndedatos informáticosconsignadosenunabaseoregistroelectoraloficial,conduzcaaerror,fraudeoeviteelcorrectousodelosmismos,serárestringidoconladestitución del cargo y/o expulsión directa de la Universidad, sin que esto sea óbice para larealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

d. Falsificación de documentos o uso de documento falsificado. El miembro de la comunidaduniversitaria que cometiera delito de falsedad ideológica y/o material o utilizara documentosfalsificadosparafineselectorales,serárestringidocondestitucióndesucargo,encasodedocentes,autoridades y personal administrativo y con expulsión directa de la universidad en caso deestudiantes,sinqueestoseaóbiceparalarealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

e. DestrucciónoalteracióndePapeletaElectoral. Laspersonasdel JuradoElectoralo cualquiermiembro de la comunidad universitaria que tengan en posesión papeletas electorales originales ofalsificaciones,quedestruyeranodepositenpapeletaselectoralesenformailegal,seránrestringidascon la destitucióndel cargo y/o expulsióndirecta de la universidad, sin que esto sea óbice para larealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

f. Posesión y uso de armas e instrumentos contundentes. El miembro de la comunidaduniversitaria que portare armas de fuego, punzo cortantes o instrumentos contundentes, gases yaerosolesyotro tipode instrumentospeligrososdurante losprocesoselectorales, serán restringidocon laexpulsióndirectade launiversidad,sinqueestoseaóbicepara larealizaciónde lasacciones

judicialescorrespondientes.g. Violencia contra losÓrganos Electorales. Los actos de violencia contra el Comité Electoral, así

como el secuestro de los mismos, por cualquier miembro de la comunidad universitaria serárestringidoconlaexpulsióndirecta,sinqueestoseaóbiceparalarealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

h. Alteración y Ocultamiento de Resultados. El estudiante o docente universitario que altere,modifiqueuocultelosresultadosdelescrutinioycómputodevotosdeunaMesadeSufragioodelcómputogeneral, será sancionado restringido con la suspensiónde susderechosuniversitariosporcuatroaños.SielautorfueramiembrodelComitéElectoraloJuradoElectoralserárestringidoconlaexpulsión directa por 2(dos) años de la universidad y la destitución del cargo. sin posibilidad deejercerlodeporvida.

i. Coacciónelectoral. Elestudianteodocenteuniversitario,queobligue coaccionea travésde lasnotas, u otro mecanismo, atemorice o ejerza violencia en contra de cualquier miembro de lacomunidaduniversitaria,paraqueseafilienadeterminadaorganizacióno frente,oparaquevotenparadeterminadacandidaturaenunprocesoelectoral,serásancionadorestringidoconlapérdidadesus derechos universitarios durante 3 (tres) meses, previo proceso. Si la autora o el autor fueraautoridad de Co-gobierno universitario o dirigente estamentario será restringido con la suspensióndurante6(seis)mesesdesusderechosuniversitariosenlasinstanciasdecogobierno,previoproceso,sinquepuedaejercerotrafuncióndentrodelaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”poreltiemposeñalado.Silaautoraoelautorfuerafuncionarioadministrativoserásuspendidorestringidodelcargoprevioprocesopor3(tres)mesessingocedehaberes.

j. Obstaculización de procesos electorales. El estudiante o docente universitario, que promuevadesordenes o por cualquier medio obstaculice, obstruya o impida la realización o desarrollo deprocesoselectoralesoqueevitequelasautoridadesdelgobiernouniversitario,elComitéElectoralylos miembros de la comunidad universitaria ejerzan sus atribuciones y derechos electorales, serárestringidocon lapérdidadesusderechosuniversitariosdurante3 (tres)meses.Si laautora o elautor fuera autoridad de Co-gobierno universitario o dirigente estamentario o autoridad electoralserá restringido con la suspensión durante 6 (seis) meses de sus derechos universitarios, sin quepuedaejercerotrafuncióndentrodelaUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”poreltiempolapsoseñalado.Silaautoraoelautorfuerafuncionarioadministrativoserárestringidodelcargopor3(tres)meses.Silaobstaculizaciónsetraduceendañoeconómico,seduplicarálasanción.

k. Instalación ilegal de mesas. Los docentes y estudiantes que instalaren ilegalmente Mesas deSufragiopararecibirvotos,seránsancionadosconlapérdidadesusderechosuniversitariosdurante3meses2 (dos)años.Si laautoraoelautor fueraautoridaddeCo-gobiernouniversitarioodirigenteestamentario, será restringido con la suspensión durante6meses 4 (cuatro) años de sus derechosuniversitarios, sinquepuedaejercerotra funcióndentrode laUniversidadAutónoma“JuanMisaelSaracho”porellapsoseñalado.

l. Violación del voto secreto de voto. Los docentes y estudiantes quemediante cualquiermodoviolenelvotosecretodelvoto,serárestringidoconlapérdidadesusderechosuniversitariosdurante3(tres)meses.Sisetrataradeautoridaddecogobiernouniversitario,autoridadelectoralodirigenteestamentarioserárestringidoconlasuspensióndurante6(seis)mesesdesusderechosuniversitarios.

m. AlteracióndelActaElectoral.LaspersonasdelJuradoElectoraldelamesadesufragioquesuscribandolosamente el acta electoral con datos falsos, serán restringidas con la destitución del cargo y/o

expulsióndirectadelauniversidad,sinqueestoseaóbiceparalarealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

n. ParcializacióndelosmiembrosdeÓrganosElectorales.ElmiembrodelComitéElectoralqueenel ejercicio de sus funciones, se parcializara demaneramanifiesta con una candidatura o frente ofacilitare algún bien mueble o inmueble a favor de un candidato, al momento de verificarse laselecciones y escrutinio, será destituido de sus funciones y se le restringirán sus derechosuniversitariospor6meses.4(cuatro)años.

o. IlegalConvocatoriao ilegalyejecucióndeprocesoselectorales ilegales.Laautoridaduniversitariaque dicte convocatoria a un proceso electoral de alcance universitario o facultativo; o emitainstruccionescontrariasa laConstituciónPolíticadelEstado, alEstatutoOrgánicodelaUniversidadAutónoma “Juan Misael Saracho” o al presente reglamento; o ejecute o hiciera ejecutar dichasconvocatoriaso instrucciones,serásancionado restringidocon lasuspensióndesuscargossingocedehaberesysinquepuedaejercerotrafunciónporellapsode6meses3(tres)años.

p. Doble omúltiple votación. La persona que sufrague dolosamente 2 (dos) omás veces en unmismo proceso electoral, será restringida con la pérdida de sus derechos universitarios durante 6meses.unagestiónacadémica.

q. Beneficios en función del Cargo. El administrativo universitario que haga campaña por unaorganización o candidato para obtener beneficio propio o de terceros será restringido con lasuspensióndesucargopor6meses1(un)añosingocedehaberes.

r. Acoso Político. La persona que hostigue a una candidata o candidato durante o después de unproceso electoral, con el objeto de obtener contra su voluntad la renuncia a su postulacióno a sucargo,serárestringidaconunasuspensióndesusderechosuniversitariosentre6(seis)mesesy1(un)año,sinqueestoseaóbiceparalarealizacióndelasaccionesjudicialescorrespondientes.

s. UsurpacióndeFunciones.Elmiembrodelacomunidaduniversitariaqueusurpefuncionesdelasautoridadeselectorales será restringido con la suspensiónde susderechosuniversitariosdurante1(un)año.

ARTICULO96.(PROCEDIMIENTOENLOSILÍCITOSELECTORALES)El Comité Electoral instaurará la denuncia de los ilícitos electorales ante la máxima autoridad de launiversidad,quienremitiráalDepartamentodeAsesoríaLegallosactuadosparaeliniciodelosiniciaráelrecurso legal y/o los procesos universitarios o procesos penales contra las personas denunciadas.procesoscorrespondientes. alosreferidosilícitosdenunciados,máslosqueelCódigoPenalestablececomoconductasantijurídicasquepuedancometersealinterioroexteriordelosprediosuniversitarios.Conocida la acusación formal dentro del proceso, se aplicarán las restricciones previstas para cadailícito.ARTÍCULO 97. (PROCEDIMIENTO DE LOS ILÍCITOS ELECTORALES COMETIDOS POR MIEMBROS DELCOMITÉELECTORAL)Los miembros del Comité Electoral que cometan ilícitos electorales establecidos en el presentereglamentoseránprocesadosconformealprocedimientoaplicableenelartículoprecedente.yconocidala acusación formal dentro del proceso, el Honorable Consejo Universitario, aplicara las sancionesprevistasparacadailícito.

ARTICULO98.(EJECUCIÓNDELASSANCIONES)Las sanciones serán impuestas y ejecutadas mediante resolución expresa del Honorable ConsejoUniversitarioconformealfallocorrespondiente.asolicituddelComitéElectoral.

DISPOSICIONFINAL

ARTICULO99.(ABROGACIONESYDEROGACIONES)Quedan abrogadas todas las disposiciones del Reglamento de Elección de Autoridades UniversitariasaprobadoporResolucióndeHonorableConsejoUniversitarioNº04/15del03dejuliode2015modificadaconRes.H.C.U.Nº02/16del8demarzode2016.SederogatodaslasdisposicionescontrariasalpresenteReglamento.EsdadoensesióndelHonorableConsejoUniversitario,alosochodíasdelmesdemarzodelañodosmildieciseis.