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EMPRESA LOCAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SUCRE - ELAPAS REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA (Documento Compatibilizado) SUCRE-BOLIVIA 2012

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD … · 2018. 10. 4. · Principios de Contabilidad Integrada CAPITULO II Disposiciones Generales Articulo 9. Componentes del Sistema

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EMPRESA LOCAL DE AGUA POTABLE Y

ALCANTARILLADO SUCRE - ELAPAS

REGLAMENTO ESPECÍFICO

DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD

INTEGRADA

(Documento Compatibilizado)

SUCRE-BOLIVIA

2012

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 2

CONTENIDO

REGLAMENTO ESPECIFICO DEL SISTEMA DE

CONTABILIDAD INTEGRADA

CAPITULO I

Aspectos Generales del Sistema

Articulo 1. Concepto y Objetivos del Reglamento Especifico

Artículo 2. Alcance

Articulo 3. Revisión y Actualización.

Articulo 4. Incumplimiento al Reglamento.

Artículo 5. Previsión

Artículo 6. De la Universalidad de los Registros

Artículo 7. Concepto de Principios de Contabilidad Integrada

Artículo 8. Principios de Contabilidad Integrada

CAPITULO II

Disposiciones Generales

Articulo 9. Componentes del Sistema de Contabilidad Integrada

Artículo 10. Interrelación con otros Sistemas

Articulo 11. Niveles de Organización y Responsabilidad

Artículo 12. Responsabilidad y Firma de los Estados Financieros

CAPITULO III

Aspectos técnicos.

Articulo 13. Metodología de registro

Articulo 14. Proceso de registro.

Articulo 15. Instrumentos del Subsistema de Registro Presupuestario

Artículo 16. Aplicación de los Sistemas de Registro

CAPITULO IV

Registro y preparación de la información

Articulo 17. Catalogo de Cuentas.

Artículo 18. Manual de Contabilidad Integrada de Acuerdo a la Naturaleza de la

Entidad

Artículo 19. Libros Contables y Registros Auxiliares

Artículo 20 Clasificación de las Transacciones Asientos Tipo.

Artículo 21. Presentación de la información de Ejecución Presupuestaria a la

Dirección General de Contabilidad Fiscal

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CAPITULO V

Estados Financieros Básicos y Complementarios.

Artículo 22. Estados Financieros Básicos

Artículo 23.- Estados Financieros Complementarios

CAPITULO VI

Reglas Específicas

Articulo 24. Reglas Específicas

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REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD

INTEGRADA

EMPRESA LOCAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SUCRE

CAPITULO I

Aspectos Generales del Sistema

Articulo 1.- Concepto y Objetivos del Reglamento Específico

El presente Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad Integrada de la Empresa Local

de agua Potable y Alcantarillado Sucre, es un instrumento técnico-operativo, que establece

procedimientos, responsables, plazos y acciones necesarias para el funcionamiento de los sub

sistemas de contabilidad integrada.

El Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad Gubernamental Integrada (RE-SCI) se

enmarca en las Normas Básicas e instructivos respectivos aprobados por el Ministerio de

Economía y Finanzas Públicas, está establecido en la Ley Nº 1178 (SAFCO) de 20 de julio de

1990 y enmarcado en las Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada, aprobada

mediante Resolución Suprema Nº 222957 de fecha 4 de marzo del 2005 y la Resolución

Suprema 227121 de 31 de enero de 2007.

El reglamento, está subordinado a las siguientes normas legales y técnicas:

• La estructura jurídica conformada por la Constitución Política del Estado, Ley de

Administración y Control Gubernamental

.• Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada (NBSCI).

• Manual de Contabilidad Integrada, instructivos y guías de contabilidad elaboradas por el

Viceministerio de Presupuestos y Contabilidad Fiscal y la Dirección General de Normas de

Gestión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

• Normas de Contabilidad emitidas por el Consejo Técnico Nacional de auditoría y Contabilidad

del Colegio de Auditores de Bolivia.

• Principios, Normas Generales y Básicas del Control Interno Gubernamental emitidas por la

Contraloría General del Estado.

El sistema de Contabilidad Integrada (SCI) de la Empresa Local de Agua Potable y

Alcantarillado Sucre, comprende el conjunto de principios, normas, y procedimientos, que

opera como un sistema común único y uniforme integrador de los registros presupuestarios,

económicos, financieros y patrimoniales, que genera la información financiera y económica

clara y transparente de fácil comprensión para los usuarios.

Los Objetivos del Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad Integrada (RE-SCI) en

La empresa Local De Agua Potable y alcantarillado Sucre son:

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a) Constituirse en el marco normativo interno y específico para ELAPAS, estableciendo un

conjunto de disposiciones de aplicación obligatoria, conceptos, niveles de organización,

facultades, responsabilidades y aspectos técnicos para el funcionamiento del Sistema de

Contabilidad Integrada en la empresa.

b) Uniformar y optimizar el uso de métodos, técnicas y procedimientos del Sistema de

Contabilidad Integrada durante el ejercicio fiscal correspondiente para el registro de las

operaciones y la generación de información patrimonial, presupuestaria y financiera

c) Establecer las funciones esenciales del Sistema de Contabilidad Integrada, con relación al

registro uniforme de las operaciones económicas financieras, de ingresos y de gastos.

d) Contribuir a la elaboración útil, oportuna y confiable y a la responsabilidad de los informes

y estados básicos financieros.

e) Posibilitar que en las diferentes Áreas y unidades administrativas, cuenten con

información desagregada para los fines de toma de decisiones en la administración de

los recursos.

f) Establecer la interrelación entre el Sistema de Contabilidad Integrada con los diferentes

sistemas, establecidos y regulados por la Ley ―SAFCO” 1178.

Artículo 2.- Alcance

El presente reglamento específico, se aplicará a todo el ámbito inherente a la contabilidad de la

empresa y de su aplicación dependerá que el Sistema de Contabilidad Integrada actúe como

fuente principal de información gerencial en la adopción de decisiones y en el referente

fundamental para el ejercicio de Auditoría Interna y/o Externa y facilitar tareas de Control Interno

y Externo Posterior.

El Reglamento Especifico del Sistema de Contabilidad Integrada es de uso y aplicación

obligatoria para todos los funcionarios de la Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado

Sucre, según su estructura orgánica aprobada para la empresa, principalmente en las Áreas y/o

Unidades Organizacionales, y que intervengan en cualquier fase de registro y aplicación de la

Contabilidad Integrada (Contabilidad Patrimonial, Presupuesto, Tesorería y Crédito Público).

Asimismo deberá ser de conocimiento de todos los funcionarios que prestan servicios en la

empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre, a objeto de respetar los procedimientos

contables estipulados en el presente Reglamento.

Es de responsabilidad de la gerencia Administrativa cumplir y hacer cumplir el presente

reglamento.

Articulo 3. Revisión y Actualización.

El reglamento interno debe ser revisado y actualizado por la Gerencia Administrativa y la

responsable de la jefatura de contabilidad, una vez al año o cuando:

a) El Órgano Rector del Sistema realice modificaciones en las Normas Básicas del Sistema

de Contabilidad Integrada.

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b) Existan recomendaciones y observaciones fundamentales de las autoridades.

c) Se revisen otras disposiciones técnico legal pertinente.

d) La experiencia resultante de su aplicación y de la dinámica administrativa así lo

determine.

El presente reglamento deberá ser aprobado por el Directorio de la empresa, una vez

compatibilizado por el órgano rector.

Articulo 4. Incumplimiento al Reglamento.

El incumplimiento del presente Reglamento generará responsabilidades de acuerdo a lo

establecido en el capítulo V de responsabilidad por la Función Pública de la Ley No 1178, al

Decreto Supremo Nº 23318-A Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública y D.S.

26237 de 29 de junio de 2001 y la reglamentación interna de control y fiscalización vigente.

Artículo 5.- Previsión

En caso de presentarse dudas, omisiones, contradicciones y/o diferencias en la Interpretación

del presente Reglamento Específico de la empresa Local de Agua Potable y alcantarillado

Sucre, estas serán solucionadas en los alcances y previsiones de la R.S. Nº 222957 del 4 de

marzo del 2005 referente a las Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada y lo

estipulado por el Órgano Rector.

Artículo 6.- De la Universalidad de los Registros

Todas la transacciones con efecto presupuestario, financiero y patrimonial, deben registrarse en

el SCI en forma separada, combinada o integral ocurridos en un proceso de gestión, el

procesamiento de la información en el sistema computarizado se realiza utilizando

instrumentos técnicos, como: clasificadores presupuestarios, catálogos de cuentas, manual de

cuentas, para la elaboración de los Estados Financieros, enmarcados en los principios del

sistema de contabilidad integrada y de acuerdo a las necesidades de cada unidad, previamente

inscritos y aprobados en el POA- Presupuesto de ELAPAS y de acurdo a la respectiva fuente

de financiamiento.

La omisión del registro de operaciones, establecerá responsabilidad a determinarse de acuerdo

a disposiciones legales existentes.

Principios de Contabilidad Integrada

Artículo 7.- Concepto de Principios de Contabilidad Integrada

Los principios de Contabilidad Integrada constituyen la base teórica sobre la cual se

fundamenta el proceso contable del Sistema de Contabilidad Integrada (SCI), cuyo propósito es

uniformar los distintos criterios de valuación, contabilización, exposición, información y

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consolidación, cuando corresponda, de los hechos económicos – financieros que se registran

en la contabilidad de la Empresa Local de Agua Potable y alcantarillado Sucre.

Artículo 8.- Principios de Contabilidad Integrada

El postulado básico del Sistema de Contabilidad Integrada es:

a) Equidad

La equidad es el postulado básico o principio fundamental que debe orientar la actividad

relacionada con la contabilidad y la elaboración de la información de La Empresa Local de agua

Potable y Alcantarillado Sucre, de manera que el registro, valuación y exposición de las

transacciones presupuestarias, patrimoniales y financieras, se efectúen de manera imparcial,

sin favorecer a una de las partes que efectúa la transacción en perjuicios de los intereses de la

otra.

Los estados financieros deben prepararse de tal modo que reflejen con equidad los distintos

intereses en juego de ELAPAS.

Los principios del Sistema de Contabilidad Integrada son:

b) Legalidad

Los hechos económicos financieros de La empresa Local de agua potable y Alcantarillado

Sucre, se registran en el Sistema de Contabilidad Integrada, previo cumplimiento de

disposiciones legales vigentes y pertinentes establecidas por las normas básicas de

administración y control.

Los principios contables deben encontrarse en armonía con las disposiciones legales.

Eventualmente cuando exista oposición entre normas legales y técnicas, prevalece la aplicación

del derecho público, debiendo informar de este hecho y su impacto en la posición financiera y

los resultados, en notas a los Estados Financieros, los que serán elaborados por la jefatura

financiera y contable de ELAPAS.

c) Universalidad y Unidad

El Sistema de Contabilidad de la Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre, debe

registrar las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema único,

común, oportuno y confiable; afectando, según la naturaleza de cada operación, a sus

componentes en forma separada, combinada o integral mediante registro único.

Las operaciones que realiza ELAPAS corresponden a diversas etapas de su gestión pública,

por consiguiente el universo de las mismas debe reflejarse en la contabilidad y sus estados.

El Sistema de contabilidad Integrada registra dichas transacciones una sola vez en un sistema

único, lo que permite obtener información coherente, en razón a que la misma es originada en

una única fuente informativa.

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d) Devengado

El conocimiento de recursos y gastos para determinar el resultado económico y su efecto en el

patrimonio como corresponden a un ejercicio, debe registrarse en el momento en que sucede el

hecho sustancial que determine su origen y queda perfeccionado desde el punto de vista de la

legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan evaluado los riesgos inherentes a tal

operación, sin considerar si se han cobrado o pagado.

Devengado de Recursos, El devengamiento de los recursos, se produce cuando se crea una

relación jurídica entre la empresa y terceros por la naturaleza de bienes y la prestación de

servicios, en virtud de la cual se origina un derecho de cobro por parte de la Entidad y una

obligación de pago por parte de terceros.

En los casos de donaciones o transferencias, por no existir contraprestación de bienes o

servicios, ni derecho de cobro, el devengamiento es simultáneo a la percepción de los recursos.

Devengado de Gastos, El devengado del gasto, se produce cuando se genera la obligación de

pago a favor de terceros por la recepción de bienes o servicios a conformidad, adquiridos por la

entidad, al vencimiento de la fecha de pago de una obligación o cuando por un acto de

autoridad competente se dispone efectuar una transferencia a terceros.

El devengado del gasto implica la afectación definitiva de los créditos presupuestarios

correspondientes, es decir, la ejecución del presupuesto. Es a partir del devengado que se

producen los asientos de partida doble en la contabilidad.

e) Ente

ELAPAS es un organismo de la administración pública, con personería propia con jurisdicción

nacional, autonomía de gestión técnica, administrativa y económica, responsable del logro de

los objetivos de acuerdo al Programa de Operación anual, por lo cual administra recursos

asignados en el PGN, con presupuesto propio y produce Estados Financieros.

Los programas y proyectos emergentes de convenios de crédito y/o donaciones con otros

gobiernos u organismos internacionales que no cumplen con los requisitos señalados

anteriormente, no constituyen Entes Contables. Deben procesar información según lo

establecido por el Órgano Rector, de acuerdo a necesidades propias de información del

programa o proyecto y las condiciones establecidas por dichos convenios; en consecuencia los

resultados obtenidos por ELAPAS deben ser medidos en forma independiente del ente que

ejerce tuición y/o de la cabeza del sector, identificando como responsables de los resultados de

la gestión al Gerente General.

f) Bienes económicos

Los estados financieros de ELAPAS, presentan información contable relativa a bienes

materiales e inmateriales, derechos y obligaciones que poseen valor económico y por tanto, son

susceptibles de ser valuados objetivamente en términos monetarios.

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Este principio define la naturaleza de los bienes que deben ser reconocidos en los estados

financieros: activos, pasivos, patrimonio, recursos y gastos cuantificables económicamente.

Bienes de Dominio Privado o Institucional, constituidos por activos tangibles intangibles de

uso de la entidad constituyen activos fijos de ELAPAS, cuyo derecho propietario está registrado

a nombre de la misma y contribuyen a la prestación de servicios públicos tales como edificios,

terrenos, equipos y otros de similar naturales; los costos de depreciación, amortización o

agotamiento registrados, pueden ser confrontados con los recursos corrientes.

Bienes de Dominio Público o de uso de la comunidad, como puentes, carreteras, plazas,

áreas verdes, etc. Constituyen activos del ente ejecutor durante el periodo de su construcción o

mejoramiento, una vez terminados deben darse de baja y registrarse en cuentas de orden de la

entidad destinataria o encargada de su mantenimiento. Son bienes de uso irrestricto por la

comunidad, plazas y carreteras y en algunos casos de uso restringido por tasas o derechos que

no tienen el propósito de reponer dichos bienes; autopistas, aeropuertos, franjas de aterrizaje,

etc.

g) Entidad en marcha

El presente Reglamento Especifico, presumen la continuidad indefinida de las operaciones de

ELAPAS, a menos que se indique lo contrario, en cuyo caso se aplicara técnicas contables de

reconocido valor.

La aceptación de este principio permite presentar la información contable clasificada en Activos

y/o pasivos de corto y largo plazo, en concordancia con el criterio adoptado en la formulación

del presupuesto y en el plan de cuentas.

h) Ejercicio

El ejercicio constituye el periodo en el que regularmente la Empresa Local de Agua Potable y

Alcantarillado debe medir los resultados económicos, de ejecución presupuestaria, situación

financiera, de tesorería y cumplimiento de metas de su programación de operaciones. Los

ejercicios deben ser de igual duración para permitir su comparación.

El ejercicio contable comprende del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año,

al final del cual se debe realizar el proceso de cierre.

ELAPAS puede establecer fechas diferentes de presentación de Estados financieros , para

medir parcialmente los resultados, asimismo cuando normas legales aplicables a empresas

públicas obliguen a presentar Estados Financieros entre fechas diferentes al cierre, deben

elaborarlos independiente de cumplir con el ejercicio fiscal.

i) Moneda de Cuenta

Las transacciones que registra ELAPAS deben efectuarse en bolivianos que se constituye en la

moneda de curso legal y vigente en el país, es la expresión común que se expresan en los

estados financieros unificando la presentación de todos sus componentes permitiendo su

agrupación y comparación de los hechos patrimoniales y de resultados.

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Cuando existan créditos u obligaciones en moneda de otros países, la contabilización de estos

debe efectuarse al valor que cotiza la unidad monetaria de curso legal en el país, tipo de cambio

oficial del día de la transacción, fijado por el Banco Central de Bolivia.

ELAPAS expondrá según requerimiento legal de otros entes o financiadores externos, podrá

presentar estados de cuenta en la moneda de origen, sin que esto signifique alterar la

naturaleza de la información contable en bolivianos.

j) Uniformidad

El registro contable y los Estados Financieros resultantes deben ser elaborados mediante la

aplicación de los mismos criterios de identificación, valuación y exposición durante el ejercicio

económico y en periodos sucesivos en que se exponen las actividades de la Empresa Local de

Agua potable y alcantarillado Sucre.

Cualquier cambio de importancia en la aplicación de los principios generales y Normas con

efecto en los estados contables, deben exponerse expresamente en las Notas a los estados

Financieros.

k) Objetividad

Los cambios en el valor de activos, pasivos y en la expresión contable del patrimonio neto

deben registrarse inmediatamente para que sea posible medirlos objetivamente y expresar

dichos cambios en moneda de curso legal, con base en la documentación de respaldo.

La información que posee el SCI de ELAPAS será registrada libre de prejuicios, de manera que

refleje los acontecimientos con incidencia económico-financiera de forma transparente y ser

susceptibles de verificación por parte de terceros independientes.

l) Prudencia

Los ingresos y gastos de ELAPAS, no se sobrestiman, subestiman, anticipan o difieren. Cuando

existieran dos alternativas para el registro de un activo o de un recurso, se debe optar por el

más bajo y en el caso de un pasivo o gasto por el más alto, de manera que no sobrevalue los

activos ni se subvalúe los pasivos.

Se contabilizaran los recursos devengados que en derecho correspondan a ELAPAS durante el

periodo contable y no así los ingresos potenciales o sujetos a alguna condición o eventualidad.

Por el contrario deben contabilizarse no solo los gastos devengados, sino también aquellos

potenciales cuando se tengan conocimiento y razonable seguridad, es decir aquello que

supongan riesgos previsibles o pérdidas eventuales cuyo origen se determine en un periodo

actual o en periodos anteriores.

Este principio general se puede expresar contabilizando todas las pérdidas cuando se conocen

y las ganancias solamente cuando se hayan realizado.

La aplicación inadecuada de este principio, no es conveniente si resulta en detrimento de la

presentación razonable de la situación financiera y el resultado de las operaciones.

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m) Valuación al Costo

Las transacciones se registran por su valor original de adquisición, construcción o producción.

El valor de costo, adquisición o producción constituye el criterio principal y básico de valuación

que condiciona la formulación de los Estados Financieros en correspondencia con el concepto

de empresa en marcha.

Valor de costo es la suma de dinero pactada y demás costos y gastos incidentales necesarios

para poner los bienes en condiciones de utilización o enajenación.

Esta afirmación no significa desconocer la existencia y procedencia de otras reglas y criterios

aplicables en determinadas circunstancias, sino que, por el contrario, significa afirmar que en

caso de no existir una circunstancia especial debe prevalecer el de costo como concepto básico

de valuación.

Las fluctuaciones del valor de moneda de cuenta con su efecto de correctivos que inciden o

modifican las cifras monetarias de los costos de determinados bienes, no constituyen

alteraciones al principio expresado, porque solamente son ajustes a la expresión numérica de

los respectivos costos.

No existen criterios definidos que fijen los límites entre lo que es y no es significativo, debiendo

aplicar el mejor criterio y experiencia para resolver lo que corresponde en cada caso, de

acuerdo con las circunstancias; tomando en cuenta por ejemplo, el efecto de activos y pasivos

en el patrimonio o en los resultados.

n) Exposición

Los estados contables y financieros de ELAPAS deben contener toda la información básica y

complementaria y la discriminación necesaria que expresen adecuadamente el estado

económico – financiero de manera tal que los usuarios puedan estar informados de la situación

presupuestaria, patrimonial y financiera, a que se refieren, para que en su caso tomar

decisiones pertinentes.

La información contable y financiera se relaciona con distintos órganos directivos y de control,

cuyos intereses son diversos, por tal motivo es importante que se expongan los diferentes

estados en forma clara y consistente a los efectos de su correcta interpretación.

CAPITULO II

Disposiciones Generales

Articulo 9.- Componentes del Sistema de Contabilidad Integrada

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 12

El SCI tiene como componentes los siguientes Subsistemas: Registro Presupuestario, Registro

Patrimonial y Registro de Tesorería, los que hacen un sólo sistema integrado y que se

identifican individualmente únicamente para efectos de una mejor comprensión y manejo

operativo de las unidades.

a) Subsistema de Registro Presupuestario

La contabilidad de la ejecución presupuestaria es parte de la Contabilidad Integrada que

registra las transacciones con incidencia económica - financiera en la etapa de la ejecución del

presupuesto.

La ejecución presupuestaria consiste en la utilización de créditos presupuestarios aprobados en

los momentos contables con los que trabaja el presupuesto para mejorar el control

administrativo, donde sus objetivos son:

- Producir información que permita al órgano rector del sistema, evaluar la gestión

presupuestaria de cada entidad y consolidarla con la del resto del sector público.

- Producir información con el fin de posibilitar la evaluación y el control del cumplimiento legal

del presupuesto y de los resultados de gestión.

- Mostrar la ejecución presupuestaria de recursos y gastos.

La herramienta que utiliza este subsistema es el Clasificador Presupuestario de recursos y

gastos.

b) Subsistema de Registro Patrimonial

Contabiliza las transacciones que afectan los activos, pasivo, patrimonio y resultados

económicos de ELAPAS integrados con los módulos de presupuesto y tesorería, con el objeto

de proveer información sobre:

- La posición financiera, determinar los impactos de la gestión sobre el patrimonio de

ELAPAS.

- Conocer los resultados de un periodo determinado.

- Permitir evaluar los cambios en su Posición Financiera

- Los Cambios de su Patrimonio neto.

El instrumento que utiliza es el Plan de Cuentas Básico de la Contabilidad Integrada.

c) Subsistema de Registro de Tesorería

El Subsistema de Registro de Tesorería es parte de la Contabilidad Integrada que registra las

transacciones que implican el movimiento del efectivo o equivalentes a través de caja o cuentas

bancarias, integradas con los subsistemas de registro patrimonial y presupuestario, cuyo

objetivo es:

- Programar y administrar los flujos de fondos.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 13

- Producir información sobre operaciones efectivas de caja para análisis y evaluación.

- Permite el análisis, evaluación y control de la adecuada asignación y utilización de fondos.

Artículo 10.- Interrelación con otros Sistemas

El Sistema de Contabilidad Integrada de acuerdo a la Ley 1178 de Administración y Control

Gubernamental, tiene una relación integral con los sistemas que se detallan a continuación.

a) Relación con el Sistema Nacional de Planificación

El SCI proporciona información económica-financiera sobre los planes y programas

establecidos en inversión pública, presupuesto y programación de operaciones vigentes.

b) Relación con el Sistema Nacional de Inversión Pública.

Define a través del Presupuesto, los proyectos de pre-inversión e inversión para su registro en

el SCI, este último proporciona información acerca de la aplicación de recursos en dichos

proyectos.

c) Relación con Presupuesto y Tesorería y Crédito Público.

La información que genera el Sistema de Presupuesto, Tesorería y Crédito Público se registran

en el SCI y constituyen un único sistema de información. Por lo tanto la relación entre estos

sistemas es integral y directa.

El sistema de Presupuesto y Tesorería y Crédito Público, está bajo la responsabilidad operativa

de la unidad de presupuestos y Tesorería y Crédito Público y gerencia administrativa

d) Relación con el Sistema de Programación de Operaciones.

El SCI procesa información de las actividades de funcionamiento, pre-inversión e inversión

definidas por el Sistema de Programación de Operaciones, para el seguimiento u evaluación de

las metas establecidas en el mismo.

Este sistema está bajo la responsabilidad operativa de Planificación y la unidad de

Presupuesto.

e) Relación con el Sistema de Administración de Personal

Proporciona información sobre acciones de personal que tiene efecto económico y financiero

para su correspondiente registro; a su vez el SCI suministra información sobre costos de los

recursos humanos y su relación con la gestión presupuestaria.

Este sistema está bajo la responsabilidad operativa de la Jefatura Recursos Humanos.

f) Relación con el Sistema de Administración de Bienes y Servicios

El Sistema de Administración de Bienes y Servicios informa acerca de las actividades de

contratación, manejo y disposición de los bienes y servicios con efecto económico - financiero.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 14

El SCI a su vez brinda información presupuestaria, patrimonial y la disponibilidad de recursos,

vinculadas a dichas actividades.

Este sistema está bajo la responsabilidad de la unidad de adquisiciones dependientes de la

gerencia Administrativa.

g) Relación con el sistema de Control gubernamental

El Sistema de Contabilidad Integrada de la empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado

Sucre, permite y facilita el control Externo posterior proporcionando información económica—

financiera; recibiendo a su vez recomendaciones para mejorar la calidad de la información

presentada.

El Órgano Rector del Sistema de Control Gubernamental es la Contraloría General del Estado.

Articulo 11. Niveles de Organización y Responsabilidad

Se establece los siguientes niveles de organización y responsabilidad en funcionamiento del

Sistema de Contabilidad Integrada de la Empresa Local de Agua Potable y alcantarillado

Sucre.

a) Nivel Normativo y Consultivo:

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas es el Órgano Rector del Sistema de Contabilidad

Integrada, cuyas funciones en materia normativa y consultiva, están señaladas por el artículo 5)

de Resolución Suprema 222957 y el articulo 20) de la Ley 1178.

b) Nivel Fiscalizador

- Por el directorio de ELAPAS, que sin ser limitativo tiene la facultad de :

a. Solicitar al gerente general información contable financiera de forma cuatrimestral o

cuando considere pertinente, la misma que será objeto de revisión y opinión

respectiva.

b. Es responsable de analizar, aprobar o rechazar los Estados Financieros Básicos, la

ejecución Presupuestaria, y la memoria correspondiente a cada gestión anual

presentado por el gerente general.

c. La aprobación de los Estados Financieros de la gestión deberá realizarse dentro de

los dos (2) primeros meses de la siguiente gestión.

d. Aprobar el presente Reglamento específico del sistema de Contabilidad Integrada y

otras normas técnico administrativas de aplicación interna y fiscalizar su

cumplimiento.

- Por los responsables superiores, respecto de los resultados alcanzados por las

operaciones y actividades bajo su directa competencia.

- Por la Unidad de Auditoría Interna de ELAPAS, quien será la responsable de determinar la

confiabilidad de los registros y estados presupuestarios, teniendo que remitir todos sus

informes a la Máxima Autoridad Ejecutiva y Contraloría General del Estado.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 15

- Por la Contraloría General del Estado quien ejercerá control posterior a normativas de los

sistemas contables de ELAPAS.

c) Nivel Ejecutivo

El nivel ejecutivo está representado por el Gerente general de ELAPAS como máxima autoridad

ejecutiva, cuyas funciones y atribuciones es la responsabilidad de toda la Empresa, en

cumplimiento con lo establecido en el artículo 27) de la Ley No 1178 de Administración y

Control Gubernamental.

Las funciones de este nivel son:

- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes.

- Elaborar normas, manuales específicos compatibilizados con las

Normas Básicas.

- Implantar, mantener y actualizar el SCI.

- Delegar funciones correspondientes y la autoridad adecuada en los funcionarios a nivel

superior para el logro de los objetivos.

- Dirigir la ejecución presupuestaria y realización de los planes y objetivos.

- Dirigir a los funcionarios de alto nivel de la ELAPAS a partir de las gerencias de área.

- Informar ante el directorio de las actividades de ELAPAS

- Mantener estrecha relación con Auditoría Interna, Asesoría Legal y Planificación, para

recibir el asesoramiento respectivo.

d) Nivel Operativo

El nivel operativo se ejerce mediante la Gerencia Administrativa y Financiera, depende de la

gerencia general y su sector de dependientes son la División de Contabilidad y Finanzas y

División Administrativa y de Personal, las funciones gerenciales son de cumplir y hacer

cumplir las normas, disposiciones legales, técnicas y este reglamento, planificar, organizar

dirigir y controlar todas las actividades administrativo financiero y presupuestario de ELAPAS

de tal forma que todas las actividades de trabajo sean coordinadas en base a los objetivos,

políticas, procedimientos y programas, trabajo de acuerdo a normas establecidas por ELAPAS.

El Gerente Administrativo Financiero de ELAPAS, que sin ser limitativo tiene la facultad de:

Establecer políticas contables para el registro oportuno e íntegro de las transacciones

relacionadas por las actividades de ELAPAS en una gestión. Así mismo, por el análisis y

difusión de los estados financieros correspondientes, sujetos a control gubernamental.

Asignar, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo, vigilar que los procedimientos

administrativos contable y presupuestario sean cumplidos así como la realización de los

estados financieros dentro de las fechas programadas y aprobar los mismos.

Autorizar el procesamiento contable de las operaciones económico-financiero, basándose en

los antecedentes y documentos necesarios y suficientes, considerando los criterios de

legalidad, pertinencia y oportunidad.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 16

Evaluar los Estados Financieros, Presupuestarios y Tesorería y establecer medidas correctivas

si corresponde.

La Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre (ELAPAS), es responsable del

adecuado archivo de los comprobantes contables y sus documentos de respaldo, permitiendo su

localización oportuna, para uso de ejecutivos y personal de la entidad, para revisión por parte de

los organismos que ejercen tuición, por el Órgano Rector y por el Sistema de Control

Gubernamental y de disponer las medidas administrativas para su preservación y conservación

conforme a la normativa legal vigente.

El acceso a la información contable y documentación de respaldo, será posible con autorización

expresa del responsable del área administrativa – financiera.

Los comprobantes de contabilidad y la documentación de respaldo, sean estos registros

manuales o producto de procesos electrónicos, los estados financieros básicos y

complementarios deben ser conservados, de acuerdo a disposiciones legales en vigencia.

Las funciones de la Jefatura Financiera y Contable son:

Asignar, evaluar las labores del personal a su cargo, obtener y registrar toda la información con

la documentación de soporte pertinente en el sistema de contabilidad integrada, verificar el

cumplimiento del sistema de control interno gubernamental, elaborar, aplicar y actualizar el

Reglamento Especifico de Contabilidad Integrada.

Hacer cumplir las normas legales y técnica en los procesos que tienen efecto económico

financiero para su registro en el sistema.

Recibida la autorización y documentación sustentatoria suficiente y pertinente, el jefe de

contabilidad revisará la misma y dada su conformidad, realizará el procesamiento contable

consistente en la apropiación de cuentas presupuestarias, patrimoniales y financieras.

Emite información confiable y oportuna para su respectivo análisis.

La información generada en las distintas áreas o unidades de ELAPAS deberá ser revisada y

aprobada por el jefe financiero y contable quien será responsable de su custodia.

El archivo de comprobantes se realizara de forma correlativa y cronológica, los comprobantes

de contabilidad se adjuntaran todo el respaldo documentado debidamente foliado.

Todos los Estados Financieros Básicos complementarios emitidos y firmados por los

responsables deberán ser resguardados a partir del cierre de gestión.

El archivo de documentos es de propiedad de ELAPAS y por ningún motivo los funcionarios

podrán modificar, alterar o sustraer total o parcialmente los documentos que los conforman, en

cuyo caso dichas acciones serán tipificadas como delitos señalados en el código penal.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 17

Realizara de forma periódica arqueos de caja, así como control de inventario de bienes y

activos fijos aplicando las normas y procedimientos establecidos para su control respectivo.

Encargado de Tesorería y Crédito Publico

Que sin ser limitativo tiene las funciones de:

Los ingresos recaudados diariamente por los cajeros, el encargado de tesorería debe verificar la

documentación sustentatoria, sumas aritméticas del efectivo recaudado con las facturas

emitidas por la empresa.

El efectivo recaudado por los cajeros, el tesorero deberá controlar que sean depositados en la

cuenta corriente bancaria de la empresa a las 24 horas en forma íntegra y oportuna.

Conciliara mensualmente en el plazo máximo dentro de los diez días del mes siguiente o

cuando se requiera los extractos bancarios con las libretas de banco y con los registros

auxiliares de bancos emitido por el sistema.

Para los desembolsos, previamente debe verificar la documentación de respaldo y certificación

presupuestaria efectuado por el encargado de presupuestos de acuerdo al Programa de

Operación Anual aprobado.

Artículo 12.- Responsabilidad y Firma de los Estados Financieros

Los estados financieros básicos y complementarios deben estar firmados a la fecha de emisión

de los mismos, identificando nombres y cargos de acuerdo al siguiente detalle:

• Gerente General

• Gerente Administrativo Financiero

• Jefe Financiero y Contable

Idoneidad del personal del área contable

El Jefe financiero contable de ELAPAS debe tener formación profesional, registro y autorización

para el ejercicio de las funciones contables, el gerente general es responsable de la

contratación de profesionales idóneos para el ejercicio de la función contable así como la

permanente actualización y capacitación del personal del área financiera.

Plazo de presentación

De acuerdo instrucciones del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas de Presupuesto y

Contabilidad Fiscal, establece la fecha de presentación de los Estados financieros, incluido el

informe de auditoría interna hasta el 28 de febrero del siguiente año, ELAPAS presentara

obligatoriamente a la contaduría General del Estado y poner a disposición de la Contraloría

General de la República y las entidades establecidas por Ley, los Estados Financieros Básicos

y complementarios de la gestión anterior.

ELAPAS, presentara a la Contaduría General del Estado La ejecución presupuestaria de

recursos, gastos e inversión, hasta el 10 del mes siguiente.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 18

CAPITULO III

Aspectos Técnicos

Artículo 13.- Metodología de registro

ELAPAS debe aplicar la metodología de registro establecida en las Normas Básicas de

Contabilidad Integrada (NB-SCI) y el uso de instrumentos y directivas emitidas por la Dirección

General de Normas de Gestión Pública para la aplicación e implementación del Sistema de

Contabilidad Integrada.

Artículo 14.- Proceso de registro.

El diseño, implantación y funcionamiento del SCI en la Empresa Local de Agua Potable y

Alcantarillado Sucre como un sistema integral que vincula los registros presupuestarios,

financieros y patrimoniales, cumple con los siguientes requisitos establecidos en la Norma

Básica del Sistema de Contabilidad Integrada, que se describen a continuación:

a) Registro Universal:

Todas las transacciones con efecto presupuestario, financiero y patrimonial deben ser

registradas por el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental en forma separada,

combinada e integral.

b) Registro Único:

Cada transacción debe ser incorporada una sola vez al Sistema de Contabilidad Gubernamental

Integrado afectando, según su naturaleza, los distintos subsistemas y evitando la duplicidad de

registro.

c) Conceptualización Ampliada de los términos Recursos y Gastos:

El sistema de Contabilidad Integrada considera como Recurso, toda transacción que signifique

la utilización de un medio de financiamiento (fuente de Fondos) y como Gasto, a toda

transacción que implique una aplicación financiera (uso de fondos) independientemente de sí

los mismos, tienen o no incidencia en el efectivo o disponible de ELAPAS.

d) Diseño de un Sistema Integrado de Cuentas:

Los clasificadores presupuestarios de cuentas patrimoniales, de tesorería y económicos deben

estar debidamente integrados. Estos Instrumentos son denominados ―Clasificadores del

Sistema Integrado de Información Financiera‖.

e) Selección de Momentos de Registro Contable:

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 19

Permiten interrelacionar los subsistemas de registro presupuestario, financiero y patrimonial. El

proceso de la Contabilidad Integrada de ELAPAS inicia con el registro del presupuesto

aprobado para el ejercicio fiscal, y el asiento contable de apertura.

Las Entradas

Son las operaciones económico-financieras que se producen en ELAPAS, los que son

registrados en comprobantes de contabilidad, respaldado por la documentación pertinente y

autorizados por las instancias correspondientes.

Sin ser limitativos, la información de respaldo a que se refiere en el anterior párrafo es la

siguiente:

Para el registro de Ingresos:

- Presupuesto de recursos aprobado para la gestión o su reformulado respectivo

- Resumen diario de recaudaciones

- Resumen diario de ingresos por otros Servicios

- Resumen de Ingresos por cajeros emitidos del sistema

- Arqueo diario de Caja

- Convenios de donación

- Contratos de Créditos

- Papeletas de depósitos bancarios

- Extractos bancarios

- Otros

Para el registro de gastos

- Presupuesto de gastos aprobado de la gestión o su reformulado

- Solicitud, Cotización de bienes y servicios y cuadro comparativo de ofertas

- Contratos

- Planillas de avances de obra

- Planillas de sueldos y dietas

- Informe de asistencia del personal

- Memorando y autorización de gastos

- Documentos de recepción y conformidad de Bienes y Servicios

- Orden de Pago

- Informes y detalle de gastos

- Resoluciones de Directorio en situaciones que corresponda

- Otros

El procesamiento de la información integra los tres subsistemas: Presupuestario. Patrimonial y

de Tesorería, incorporando, agregando y clasificando las transacciones que tengan o no efecto

monetario según su naturaleza.

Las salidas del sistema son los Estados Financieros Básicos y Complementarios, que con las

firmas autorizadas, tienen efecto administrativo y legal, permiten evaluar, fiscalizar y controlar la

gestión de ELAPAS en el logro de los objetivos planificados en el POA de la gestión.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 20

Articulo 15.- Instrumentos del Subsistema de Registro Presupuestario

El subsistema de Registro Presupuestario, parte integral del SCI, registra las transacciones con

incidencia económica y financiera del presupuesto y se desarrolla sobre dos instrumentos

técnicos:

a) Momentos de Registro Contable de las Transacciones

El registro de las transacciones que representan un recurso o un gasto, no se originan en un

acto administrativo único, sino, que cada una de ellas es resultado de un proceso administrativo

que generalmente comprende varias etapas. Por esta razón se define los momentos de registro

contable, que se producen en los procesos de gestión. Tanto para los recursos como para los

gastos.

La definición de estas etapas en las cuales debe producirse los registros en el sistema de

información financiera, permiten además, la integración de sus componentes de información

financiera; presupuestaria, tesorería y contabilidad.

El registro de estos momentos es de carácter obligatorio como una medida de

Carácter administrativo y financiero que demuestran la existencia de una autorización

presupuestaria y cuota de compromiso suficiente para atender los gastos.

La contabilidad debe registrar los siguientes momentos:

1. Recursos (fuentes) 2.Gastos (aplicaciones)

a) Estimación Presupuestaria a) Apropiación Presupuestaria

b) Devengado b) Compromiso

c) Percibido o ingresado c) Devengado

d) Pagado

1. Momentos del Recurso

a. Estimación Presupuestaria

La estimación presupuestaria, es el registro de los importes aprobados en el presupuesto por la

Ley del Presupuesto General del Estado para cada uno de los rubros de los recursos. Es un

registro del componente presupuestario solamente y no tiene efecto en la contabilidad

patrimonial, la estimación presupuestaria permite abrir los mayores y auxiliares de registro

presupuestario de recursos. Establece los recursos que financiaran el presupuesto de gastos

derivados del Programa Anual de Operaciones de ELAPAS.

El presupuesto de recursos tiene carácter indicativo excepto el endeudamiento que tiene

carácter limitativo.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 21

b. Devengado

Se considera devengado de recursos al registro del derecho de cobro a terceros, esta se crea

cuando existe una relación jurídica entre ELAPAS y terceros por la prestación de servicios de

agua potable y alcantarillado y venta de accesorios de bienes en virtud de la cual se origina un

derecho de cobro por parte de la entidad y un derecho de pago por parte de los usuarios .Este

derecho de cobro debe registrarse cada mes, independientemente del cobro , ejecutándose de

esta forma el presupuesto de recursos de la Entidad.

El registro del devengado de los recursos se realiza sobre la base de la facturación emitida por

ELAPAS en forma mensual.

c. Percibido o Ingresado

Se produce cuando se registran transacciones de recursos con movimiento de efectivo,

cheques u otros valores legalmente reconocidos, provenientes de las diferentes fuentes de

financiamiento establecidas en el presupuesto de ELAPAS.

El registro presupuestario y financiero de este momento se realiza sobre la base de los

documentos que respalda el ingreso a Tesorería como ser: facturación de ingresos recaudados,

resumen diario de recaudaciones, arqueo diario por cajero, arqueo de caja, papeletas de

depósitos, extractos bancarios y otros.

En el momento de la percepción, la contabilidad registra el asiento de partida doble que

corresponda, previa identificación de la existencia del devengado del recurso.

2. Momentos Contables Definidos para el registro de los Gastos

Los momentos de registro presupuestario para los gastos son:

a. Apropiación Presupuestaria

La apropiación presupuestaria o asignación de gastos es el momento de registro de los

importes habilitados en el presupuesto aprobado para cada una de las partidas por objeto de

gastos.

Determina los gastos necesarios para el cumplimiento de objetivos y metas definidas en la

programación anual de operaciones, cuyo importe es considerado y definidas en la

Programación Anual de Operaciones, cuyo importe es considerado, modificado y aprobado por

el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la Ley del Presupuesto General del Estado es el

respaldo para la apertura de los registros auxiliares de control de la ejecución presupuestaria de

gastos.

Toda transacción que representa una aplicación de fondos debe ser imputada a una partida

presupuestaria con crédito presupuestario suficiente para ello.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 22

b. Compromiso

El compromiso es un acto administrativo interno, formal que se refiere a una obligación jurídica

o acto administrativo o acto de voluntad de disponer de una suma de dinero, cuyo objetivo de

registro es de reservar y controlar créditos presupuestarios así como informar de los saldos

presupuestarios no utilizados a nivel de compromiso. Los documentos de respaldo para el

registro contable de este momento son: órdenes de compra, contratos firmados, nombramiento

de personal, contratos de asesoría legal y otros de similar naturaleza.

El registro del compromiso en el subsistema de registro presupuestario parte del sistema de

contabilidad integrada de ELAPAS, es de carácter obligatorio y se efectúa en los mayores

presupuestarios indicando previamente la partida respectiva, es como una medida de control

administrativo y financiero que muestre la existencia de un crédito presupuestario suficiente

para atender los gastos originados por un acto o hecho jurídico, técnico, comercial o

administrativo. No podrán registrarse compromisos para los cuales no existan saldo de

asignación presupuestaria disponible, ni disponer de asignaciones de recursos para una

finalidad distinta a la prevista.

Para el caso de modificaciones presupuestarias, que constituyan las variaciones de las

asignaciones presupuestarias contempladas en el presupuesto de ELAPAS, estas deberán

sujetarse a las disposiciones contenidas en D.S. Nº 29881 Reglamento de Modificaciones

Presupuestarias y el Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto de ELAPAS.

El registro del compromiso es un registro presupuestario que no afecta a la contabilidad

general, porque no modifica la composición del patrimonio.

Aclaración sobre el preventivo

Para fines de registro y control el preventivo es un acto administrativo, útil para dejar

constancia, certificar o verificar la disponibilidad de créditos presupuestarios y efectuar la

reserva de los mismos al inicio de un trámite de gastos. No constituye un momento contable,

sino un registro auxiliar de la administración de créditos en la ejecución presupuestaria, registra

un importe provisorio con el propósito de reservar asignación presupuestaria, hasta el momento

del compromiso.

c. Devengado

El devengado de gastos modifica cualitativa y cuantitativamente la composición de patrimonio,

originada por transacciones con incidencia económica, financiera y presupuestaria, se produce

cuando se crea una obligación jurídica entre ELAPAS y terceros por la compra de bienes y la

recepción de servicios. El registro del devengado de los gastos se realiza sobre la base de

documentos que respalden el perfeccionamiento jurídico y económico de la operación,

habiéndose cumplido con los requisitos administrativos dispuestos para los casos de gastos.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 23

Su registro implica la afectación definitiva de los créditos presupuestarios Correspondientes y se

produce por lo siguiente:

- Por la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos por la entidad.

- Al vencimiento de la fecha de pago de una obligación.

- Cuando por acto de una autoridad competente, se autoriza a efectuar una donación o

transferencia a terceros.

En el momento de este registro el sistema verificará la existencia del compromiso, confirmará

la ejecución del crédito presupuestario y permitirá contar con información actualizada de la

deuda exigible al comparar este con el monto del pago realizado.

d. Pagado

El registro del pagado, se produce al registrar transacciones de gastos con movimiento de

efectivo, cheques y otros valores que tienen poder cancelatorio legal, entregado a terceros. El

pago se considera la entrega de efectivo o equivalente a terceros para cancelar una

obligación.

El registro de este momento permitirá conocer el grado de cumplimiento de compromisos

contraídos como obligaciones, saldos disponibles en bancos, cheques emitidos, entregados y

pagados.

Cualquier salida de fondos es un egreso; no obstante no todo egreso constituye pago. La

puesta a disposición de un servidor público de recursos líquidos, constituye un egreso pero no

debe ser considerado como pago.

Dicha entrega de recursos constituye la simple traslación de dinero, a quienes actúan en forma

eventual o permanente, como agentes de la tesorería. Con dicha entrega los recursos

permanecen en la Entidad y lo que se opera es un cambio en la calidad de los activos: de

Bancos pasa a fondos en avance

Clasificadores Presupuestarios

Los clasificadores presupuestarios constituyen los Planes de Cuentas del subsistema de

Registro Presupuestario que permiten el registro en detalle de las transacciones

presupuestarias, para satisfacer el control y evaluación de la ejecución presupuestaria, en

cumplimiento al requisito del SCI diseño de un Sistema Integrado de Cuentas.

Los clasificadores de recursos por rubros y por objeto del gasto, emitidos por el

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se consideran básicos o analíticos y los

verdaderos planes de cuenta de este Subsistema, pues a partir de éstos se establece la

relación presupuestaria, patrimonial, tesorería y económica para el registro y control de los

gastos y recursos de la Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre. Son de uso

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 24

obligatorio en la Entidad estos clasificadores, los mismos que son emitidos y aprobados

anualmente por el órgano rector.

Es responsabilidad del Órgano Rector, es mantener la eficacia de los clasificadores

presupuestarios así como la actualización periódica y publicación de los mismos. Estos hechos

no deben dañar la naturaleza de estos, ni perjudicar al SCI.

Artículo 16.- Aplicación de los Sistemas de Registro

La Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre, hace uso de un sistema

computarizado integrado propio (VISUAL FOX PRO), para el registro y generación de la

información que cumple con los requisitos técnicos y metodológicos definidos por el Órgano

rector del Sistema.

Las transacciones serán registradas cuando se cumplan los siguientes requisitos:

Presupuesto aprobado

Autorización del gerente general, gerencia administrativa, Jefatura Financiera y Contable

Crédito presupuestario suficiente

Documentación legal y válida

Centro de Registros de la información de ELAPAS

Los centros de registro de información de ELAPAS son las unidades organizacionales donde se

generan, ejecutan y registran las operaciones.

En ELAPAS las entradas al sistema contable y su proceso, se produce en un solo centro de

registro de información que es la unidad de Contabilidad donde se registran las operaciones

presupuestarias, patrimoniales y financieras.

Comprobantes de registro de las transacciones.

El registro de las transacciones en el sistema de Contabilidad Integrada de ELAPAS debe

realizarse a través del comprobante único evitando la duplicidad del registro y debiendo estar

adecuadamente respaldado por la documentación pertinente.

Están constituidos por formatos considerados de primera entrada, cuyo propósito fundamental

es el de capturar datos de forma integral y establecer responsabilidades por la autorización,

proceso y supervisión de las operaciones.

Responsabilidad del centro de registro de información.

El centro de registro de información de ELAPAS es responsable del adecuado procesamiento

de las transacciones ejecutadas, de la elaboración de de información útil y oportuna, así como

el adecuado archivo y salvaguarda de la documentación de respaldo correspondiente.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 25

Sin perjuicio de las responsabilidades señaladas por Ley, el centro de registro de Información

procesa y registra las transacciones, archiva y mantiene la documentación de respaldo y es

responsable de:

a. Registrar todas las transacciones en los comprobantes contables que correspondan a las

operaciones efectivamente ejecutadas por la Entidad.

b. Respaldar toda transacción con la documentación de soporte correspondiente.

c. Mantener al día los registros auxiliares.

d. Elaborar oportunamente los Estados financieros Básicos y complementarios señalados por

el Órgano Rector.

e. Archivo la documentación de respaldo para posterior uso y fácil verificación por parte de

las entidades señaladas por Ley.

f. El acceso a la información contable y documentación de respaldo, será posible con

autorización expresa del responsable del área administrativa y financiera.

Archivo de comprobantes contables y sus documentos de respaldo.

Los comprobantes contables y los documentos de respaldos, constituyen de propiedad de

ELAPAS, el archivo y conservación en medios magnéticos o físicos debe ser protegido y

archivado en forma adecuada, de tal forma que brinde seguridad y de fácil localización en

cumplimiento a normas legales.

a. Los documentos de respaldo constituyen el soporte de las transacciones registradas en los

comprobantes contables, como contratos, facturas, planillas, autorizaciones escritas,

memorándums de nombramiento de personal y otros.

b. ELAPAS por delegación de la gerencia administrativa, es responsable del adecuado archivo

de los comprobantes contables y los correspondientes documentación de respaldo en

concordancia con el articulo 51) del código de comercio, permitiendo su localización

oportuna para el uso de los ejecutivos y personal de la Entidad, para revisión del control

externo posterior por parte de la Contraloría General de la República, auditoría interna,

firmas de auditoría externa, por el ente regulador AAPS

c. Los comprobantes de contabilidad y la documentación de respaldo, deben ser conservados

por el tiempo de diez (10) años, contados a partir del cierre del ejercicio contable al que

correspondan, desde la fecha del último asiento, documento o comprobante y podrá

realizarse por cualquier o otro medio diferente al archivo físico, cuando este ofrezca

seguridad.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 26

CAPITULO IV

Registro y Preparación de la Información

Articulo 17.- Catalogo de Cuentas

La Contabilidad Integrada de ELAPAS, opera sobre un conjunto de catálogos o planes de

cuentas debidamente integrados que constituyen el medio de entrada de información al

sistema, el cual se encuentra adjunto como anexo del presente Reglamento.

El catálogo o plan de cuentas básico está definido por el mismo que está estructurado en

diferentes niveles de desagregación, siguiendo un método de codificación, siendo de aplicación

obligatoria para ELAPAS.

El Plan de Cuentas de Contabilidad Integrada es aprobado por la Dirección General de Normas

de Gestión Pública, del Ministerio de Economía y finanzas Públicas, unidad técnica

especializada que ejerce la dirección y supervisión del Sistema de Contabilidad Integrada.

Artículo 18.- Manual de Contabilidad Integrada de Acuerdo a la Naturaleza de la Entidad

El manual es una herramienta con la que se cuenta para normar y facilitar el uso y manejo de

cuentas, es emitido por la Dirección General de Normas de Gestión Pública. El Plan de Cuentas

de la Contabilidad Integrada para el sector público, es definido por la Dirección General de

Normas de Gestión Pública. En la estructura del catálogo de cuentas.

ELAPAS, preparará el manual de cuentas específico, tomando en cuenta el Catálogo de

Cuentas desarrollado de acuerdo con las características y necesidades de la entidad.

El objetivo del manual de Contabilidad Integrada, es explicar elementos descritos en cada una

de las cuentas, el manejo y funcionamiento de las mismas, es aplicar la supervisión del manejo

correcto y su aplicabilidad, coadyuvando los procesos administrativos y objeticos de ELAPAS,

así mismo permitiendo la evaluación objetiva, (anexo adjunto).

ELAPAS hará uso del Plan de Cuentas Único de Contabilidad Integradas para el sector público

definido por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el cual está estructurado en:

a) Título, constituido por cada una de las partes principales en que se divide el plan de

cuentas, ejemplo; Activo, Pasivos, Patrimonio, Recursos y Gastos.

b) Capítulo, presentará la desagregación de los títulos, según la naturaleza de los conceptos,

ejemplo; Activo Corriente, Activo no Corriente, Pasivo Corriente, Pasivo no Corriente,

Capital, Recursos Corrientes, etc.

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RE-SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA 27

c) Grupo, corresponderá a la desagregación de los capítulos del catálogo o plan de cuentas,

por conceptos genéricos, ejemplo; Activo disponible, Activo Exigible a Corto Plazo,

Obligaciones a Corto Plazo, etc.

d) Cuenta Principal, corresponderá a la desagregación de los grupos por conceptos

específicos, por ejemplo; Caja, Bancos, Inversiones Temporales; Cuentas a Cobrar a Corto

Plazo, etc.

e) Subcuenta, es la última desagregación correspondiente al quinto nivel del plan de cuentas,

por ejemplo, Cuenta Única del Tesoro, Depósitos a Plazo Fijo, Cuentas a Cobrar de

Gestiones Anteriores, etc.

f) Auxiliares, de conformidad a las necesidades de información y control institucional. Cuando

las necesidades de información y control de ELAPAS lo justifiquen.

g) Cuentas de Cierre, permiten el cierre de las cuentas de recursos y gastos corrientes del

ejercicio, reflejando el resultado positivo o negativo a ser mostrado en la cuenta Resultados

del Ejercicio.

h) Cuentas de Orden, en el caso de ELAPAS se utiliza para registrar operaciones que, sin

constituir activos ni pasivos de una entidad, reflejan hechos de interés de la administración,

necesarios para dar a conocer su posible efecto y repercusión en la estructura patrimonial

del Ente; tales como el registro de bienes de dominio público, deuda contratada y no

desembolsada a favor del Tesoro General del Estado y otras de similar naturaleza.

A partir de los niveles no definidos en el Plan Único de cuentas aprobado por la Contaduría

General del Estado, ELAPAS podrá realizar las desagregaciones de acuerdo a las

características y necesidades de información que requiera

Es de responsabilidad de Gerencia Administrativa realizar labores de actualización, ajuste

adecuación del Plan de Cuentas en forma periódica o cuando el órgano rector modifique el Plan

de Cuentas modelo.

Artículo 19.- Libros Contables y Registros Auxiliares

Los libros y registros contables forman parte del SCI, se habilitan de acuerdo a normas técnicas

y legales, disposiciones de acuerdo a los formatos establecidos por la Dirección General de

Contabilidad Fiscal, al procesamiento específico y a las necesidades específicas de información

y control del El SCI, implementado en la Empresa local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre,

tiene registros obligatorios y auxiliares de acuerdo al catálogo o plan de cuentas de la Dirección

General de Contabilidad Fiscal y están integrados a su estructura.

Los libros contables obligatorios utilizados mínimamente por ELAPAS son:

1. Diario

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2. Mayores

3. Mayores Auxiliares por Cuenta

4. Inventarios de Materiales y Suministros

5. Inventarios de Activos Fijos

7. Fondos en Avance

8. Deudores y Acreedores

9. Libretas Bancarias

10. Libro Compras y Ventas IVA

Formatos de Registro Presupuestario.

1. Ejecución Presupuestaria Por Organismo, Estructura Programática y Objeto de Gastos.

2. Ejecución Presupuestaria por Rubro de Recursos.

3. Mayores Auxiliares de Ejecución del Presupuesto de Recursos y Gastos.

Archivo de Comprobantes Contables y Documentos de Respaldo

El archivo y conservación de comprobantes y registros contables sean magnéticos o físicos, así

como sus documentos de respaldo, debe ser protegidos y archivados en forma adecuada, de tal

manera que ofrezca seguridad y fácil localización en cumplimiento a normas legales

Los comprobantes y registros contables son producto del SCI; las transacciones registradas en

los comprobantes contables, deben estar suficientemente respaldadas por contratos, facturas,

planillas, autorizaciones escritas y otros en originales o copias legalizadas.

La Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre, a través de sus responsables, deben

tener un adecuado archivo de los comprobantes contables y sus documentos de respaldo,

permitiendo su localización oportuna, para uso de ejecutivos y personal de la entidad, para

revisión por parte de los organismos que ejercen tuición, por el Órgano Rector y por el Sistema

de Control Gubernamental.

El acceso a esta información contable y documentación de respaldo, será posible con

autorización expresa del responsable de gerencia administrativa – financiera.

Los comprobantes de contabilidad y la documentación de respaldo, sean estos registros

manuales o producto de procesos electrónicos, deben ser a partir del cierre del ejercicio fiscal

que corresponda o desde la fecha del último asiento, documento o comprobante de la gestión.

Archivos Informáticos del Sistema

El proceso de generación de información del SCI, está desarrollado a través de medios

informáticos, la documentación financiera de la gestión pública y la información generada por el

sistema de contabilidad, radican en un archivo constituido por un conjunto de procedimientos y

equipos de tecnología digital.

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La documentación así archivada, de conformidad a norma legal vigente, constituye prueba de

los actos administrativos y tiene como propósito economizar recursos y mejorar la calidad y

eficiencia de las consultas de información.

El archivo digital debe asegurar la perdurabilidad e inalterabilidad de la información.

Articulo 20.- Clasificación de las Transacciones, Asientos Tipo.

Las transacciones en el SCI serán registradas a partir de la aprobación del presupuesto de la

entidad por el Ministerio de Economía Y Finanzas Públicas, autorización para realizar la

transacción, crédito presupuestario suficiente y cuente con documentación legal y suficiente

para respaldar la transacción.

En el Sistema de Contabilidad Integrada las transacciones tienen naturaleza y efecto

presupuestario, patrimonial y de tesorería, en forma separada, combinada o integral, de

acuerdo al momento cronológico en que se efectúan. La clasificación de las transacciones es la

siguiente:

a) Presupuestarias

Son todas aquellas que tienen efecto solo en el módulo presupuestario, como: la apropiación y

estimación, las modificaciones y el registro de compromiso presupuestario.

b) Patrimoniales

Registro que tienen efecto solo en el módulo patrimonial como por ejemplo: los asientos de

apertura, baja de activos fijos, ajustes y cierre de gestión.

c) De Tesorería

Son registros que únicamente tienen efecto en el módulo de tesorería como es el registro del

presupuesto de tesorería y sus modificaciones.

d) Presupuestarias - Patrimoniales

Registro en el SCGI que tienen efecto en los dos módulos por el devengamiento de las partidas

y/o rubros presupuestarios y sus respectivas cuentas patrimoniales.

f) Patrimoniales y de Tesorería

Movimientos que afectan ambos módulos, son ingresos o salidas de dinero previos o

posteriores al devengamiento de las partidas y, o rubros presupuestarios. Por ejemplo, son

previos, los anticipos financieros de corto plazo, ingresos y/ o gastos registrados por adelantado

que correspondan al mismo ejercicio.

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g) Presupuestarias - Patrimoniales y de Tesorería

Corresponden a la mayoría de los registros en el sistema integral y afectan los tres

Subsistemas. Por ejemplo la adquisición de bienes, servicios y las transferencias recibidas y

otorgadas con flujo de efectivo.

h) Reversión de Comprobantes

Está destinado a anular o modificar registros realizados en comprobantes ya Ingresados al

sistema de contabilidad integrada. Las reversiones pueden ser totales del asiento contenido en

un comprobante de contabilidad o parciales de registro dentro de un registro.

Articulo 21.- Presentación de la información de Ejecución Presupuestaria a la Dirección

General de Contabilidad Fiscal

La Empresa local de Agua potable y Alcantarillado Sucre, tiene la responsabilidad de presentar

mensualmente la información de su ejecución presupuestaria de recursos y gastos a la

Dirección General de Contabilidad Fiscal, hasta el 10 del mes siguiente al de la ejecución, de

acuerdo a los formatos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 115 de fecha 10 de mayo

de 2010 emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Asimismo, los estados financieros deben presentarse anualmente hasta el 28 de febrero a la

Dirección General de Sistemas de Gestión de Información Fiscal, conforme al inciso e) del

Artículo 27º de la Ley Nº 1178 y el Artículo 22 de la Ley Nº 62 del Presupuesto General del

Estado gestión 2011, en medio impreso y en medio magnético.

CAPITULO V

Estados Financieros Básicos y Complementarios

Artículo 22.- Estados Financieros Básicos

La Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado Sucre, a través de los estados financieros

básicos y complementarios, muestran la situación presupuestaria, económica, financiera, y

patrimonial, señalados conforme a lo establecido en las Normas Básicas del Sistema de

Contabilidad Integrada, debiendo remitir a la Dirección General de Contabilidad Fiscal, los

siguientes estados:

a. Balance General

Muestra a una fecha determinada la situación y cuantificación de los bienes y derechos,

expresado en partidas del activo corriente y no corriente. Las obligaciones a favor de

terceros como pasivos corrientes y no corrientes y el correspondiente patrimonio que revela

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la participación del Estado en las entidades públicas y el patrimonio de la comunidad a

través del patrimonio público.

b. Estado de Recursos y Gastos Corrientes

Es un resumen analítico de los hechos que durante el periodo al que corresponden, dieran

lugar a un aumento o disminución de los recursos económicos netos; por lo tanto, muestra

el resultado de la gestión por las operaciones de recursos y gastos corrientes realizados en

el ejercicio fiscal.

c. Estado de Flujo de Efectivo

Identifica las fuentes y usos del efectivo o equivalentes empleados por la entidad. Este

estado muestra el flujo de efectivo según las actividades que las originan, sean estas: de

operación, de inversión o de financiamiento, mediante el ―método directo y la base de caja‖.

d. Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

Este estado muestra las modificaciones ocurridas en el ejercicio, de las cuentas que

corresponden al Patrimonio Neto, incluyendo los ingresos y gastos de capital.

e. Estados de Ejecución de Presupuesto de Recursos

Muestra los recursos estimados, las modificaciones presupuestarias, presupuesto

actualizado, ejecución en el momento de devengado y percibido, el saldo por percibir, para

cada rubro del presupuesto aprobado de recursos.

f. Estado de Ejecución de Presupuesto de Gastos,

Muestra el presupuesto aprobado por Ley, las modificaciones, el presupuesto actualizado, la

ejecución en momentos del preventivo, compromiso, devengado y pagado, saldos

pendientes de ejecución para cada una de las partidas aprobadas en el presupuesto en las

diferentes categorías programáticas fuentes y organismos financiadores aprobados en el

presupuesto.

g. Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento

Este estado muestra el ahorro o desahorro generado en la cuenta corriente, el superávit o

déficit en la cuenta de capital y la aplicación del superávit o la forma de cubrir el déficit

mediante la cuenta financiamiento.

Con base en la ejecución presupuestaria se obtiene la clasificación económica del gasto y

del recurso para elaborar la Cuenta Ahorro - Inversión – Financiamiento.

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Artículo 23.- Estados Financieros Complementarios

La Empresa Local de Agua Potable y alcantarillado Sucre, deberá de forma complementaria

preparar toda aquella información que detalla o analice la información contenida en los

diferentes estados financieros básicos los que se detallan a continuación.

a. Estado de recursos y Gastos

Presenta un resumen analítico de los hechos que, durante el periodo al que corresponden

dieron lugar a un aumento o disminución de los recursos económicos netos, por lo tanto

muestra el resultado de la gestión por las operaciones de ingresos y gastos corrientes

realizados.

b. Estado de Movimiento de Activos Fijos

Muestra a nivel del detalle, el inventario al inicio del ejercicio, las incorporaciones y

desincorporaciones de los activos fijos realizadas en el periodo, las depreciaciones,

depreciaciones acumuladas, las revalorizaciones, actualizaciones efectuadas y el inventario

final actualizado.

c. Inventario de Almacenes o Existencia

Mostrando el nivel de cuenta y detalle de ítem, los distintos componentes de las existencias

en almacén al final del ejercicio.

d. Estados de Libretas y Cuentas Bancarias

Se deberá efectuar conciliaciones de las cuentas bancarias existentes en ELAPAS, a objeto

de contar con saldos reales de los recursos con que cuenta la entidad.

e. Detalle de Deudores y Acreedores

Se deberá llevar un registro auxiliar de las cuentas por cobrar y por pagar por antigüedad de

las mismas, a objeto de proceder a su recuperación y en caso de tener deudas pendientes

proceder a su pago, asimismo llevar un control detallado de las mismas por fuentes de

financiamiento.

f. Balances Comparativos

Los estados financieros básicos de ELAPAS, excepto los de registro presupuestario,

deberán contener información sobre el periodo inmediato anterior.

La información del año actual estará presentada en la columna a continuación de los

conceptos que se informa y en la segunda columna la información de la gestión anterior,

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reexpresada a moneda de cierre de la gestión actual a cuyo propósito se efectuara de

acuerdo a la Norma de Contabilidad Nº 3 del Concejo Técnico Nacional de Auditoria y

Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia.

ELAPAS podrá elaborar otra información que sea necesaria para una adecuada comprensión.

Notas a los Estados Financieros

ELAPAS deberá hacer las revelaciones o declaraciones necesarias para facilitar la

interpretación de la información contenida en los estados financieros básicos, mediante notas

explicativas que forman parte integral de los Estados Financieros.

Las notas a los estados financieros podrán ser:

a. Redactadas en forma narrativa para eventos de carácter teórico – conceptual.

b. Compiladas en forma de planillas o cuadros para ampliar y explicar los efectos

cuantitativos de las cifras expresadas en los estados o producto de hechos importantes.

Contenido de las notas a los estados financieros

La existencia de las notas deberá ser claramente señalada en los mismos estados

financieros relacionándolas con los rubros o cuentas a las cuales se refieren su contenido

ampliara la información relativa a:

a. Naturaleza de las operaciones de ELAPAS

b. Bases contables utilizadas y criterios de valuación de los principales componentes de

los estados financieros: describiendo los métodos de evaluación utilizados y en base a la

materialidad de los componentes de los Estados Financieros, describiendo para los

casos de cuenta extranjera o con la clausula de mantenimiento de valor los tipos de

cambios utilizados.

c. Restricciones sobre determinados componentes del Balance General estados

presupuestarios; es decir se podrían presentar algunos casos como por ejemplo

garantías recibidas en disponibles los cuales deberían ser revelados en notas a los

Estados Financieros.

d. Evolución, cambios de una fecha a otra o composición de acuerdo al grado de

desagregación, de los componentes de los Estados Financieros; cuando se presentan

cambios significativos, por ejemplo en cuentas por cobrar o pagar los mismos deberán

ser explicados en las notas a los estados financieros.

e. Acontecimientos posteriores relevantes que tengan implicancia en la interpretación de

los estados financieros y que ocurran hasta la fecha de emisión de dichos estados;

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como ejemplo se puede citar la destrucción fortuita de algunos bienes relevantes de

ELAPAS siempre que dicho evento hubiera ocurrido después de la fecha de cierre de los

estados financieros.

f. Naturaleza de los resultados obtenidos en cada ejercicio, tomando en cuenta que

ELAPAS no busca fines de lucro.

g. Las notas a los Estados Financieros contendrán la información comparativa cuando

corresponda.

h. Explicaciones acerca del cumplimiento legal sobre el uso de los recursos destinados a

gastos corrientes o de funcionamiento e inversión real y social.

CAPITULO VI

Reglas Específicas

Artículo 24.- Reglas Específicas

La Entidad tiene la obligación de implementar reglamentos específicos o instructivos de carácter

interno, para reglamentar sus actividades mediante un registro integrado, oportuno y útil de las

operaciones económicas financieras se deberán establecer criterios mínimos y uniformes; para

que los responsables por la emisión de información sostengan y practiquen conceptos técnicos

homogéneos. Asimismo a efectos de reforzar el control interno, ha desarrollado y aprobado

para el control y fiscalización de sus operaciones, entre los cuales podemos citar a

continuación:

- Estatuto Orgánico

- Reglamento Interno del Sistema de Programación de Operaciones

- Reglamento Especifico de Tesorería

- Reglamento Especifico de Presupuestos

- Reglamento Especifico del sistema de Administración de Bienes y Servicios

- Manual de procedimientos de Activos Fijos y Almacenes

- Manual de Procedimientos de compras menores

- Manual de procedimientos de Auditoría Interna

- Manual de Organización de funciones

- Reglamento Interno de Pasajes y Viáticos

- Reglamento Interno para Uso y manejo de Caja Chica.

- Otros que se consideren necesarios.