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REGLAMENTO ESPECIAL
DOCTORADO EN DERECHO
BOGOTÁ, D.C.
2019
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
1
ÍNDICE
Artículo 1. Reglamento. .................................................................................................. 3
Artículo 2. Director de Doctorado. .................................................................................. 3
Artículo 3. Comité de Doctorado. .................................................................................... 3
Artículo 4. Funciones del Comité de Doctorado. ............................................................. 4
Artículo 5. Comité Asesor de Tesis. ............................................................................... 5
Artículo 6. Funciones del Comité Asesor de Tesis.......................................................... 6
Artículo 7. Ingreso Regular. ............................................................................................ 6
Artículo 8. Matrícula. ...................................................................................................... 7
Artículo 9. Homologaciones. ........................................................................................... 7
Artículo 10. Permanencia. .............................................................................................. 8
Artículo 11. Dedicación. ................................................................................................. 8
Artículo 12. Obligaciones del estudiante. ........................................................................ 9
Artículo 13. Tutor de tesis. .............................................................................................. 9
Artículo 14. Responsabilidades de tutores y estudiantes en los cursos de tutorías (I, II,
III y IV). ......................................................................................................................... 11
Artículo 15. Etapas y pruebas. ..................................................................................... 12
Artículo 16. Etapa de fundamentación. ......................................................................... 13
Artículo 17. Plan de estudios. ....................................................................................... 13
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Artículo 18. Examen Oral de Conocimientos. ............................................................... 14
Artículo 19. Etapa de profundización. ........................................................................... 15
Artículo 20. Defensa del Proyecto de Investigación. ..................................................... 15
Artículo 21. Pasantía. ................................................................................................... 16
Artículo 22. Ética de la Investigación. ........................................................................... 16
Artículo 23. Avance semestral de tesis. ........................................................................ 17
Artículo 24. Sanción por dos informes insatisfactorios. ................................................. 17
Artículo 25. Proyecto dirigido. ....................................................................................... 18
Artículo 26. Tesis de doctorado. .................................................................................. 18
Artículo 27. Etapas previas a la sustentación de la tesis de doctorado. ........................ 19
Artículo 28. Sustentación de la tesis de doctorado. ...................................................... 21
Artículo 29. Requisitos para el título de Doctor en Derecho. ......................................... 24
Artículo 30. Resolución de los conflictos. ..................................................................... 26
Artículo 31. Vigencia. ................................................................................................... 26
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Artículo 1. Reglamento.
El programa de doctorado se regirá, en lo pertinente, por lo dispuesto en el
Reglamento General de Doctorados y en este Reglamento. En caso de conflicto,
prevalecerá este reglamento por su carácter especialísimo.
Los cambios a este Reglamento serán estudiados por el Comité de Doctorado de
la Facultad de Derecho y aprobados por las instancias superiores de la
Universidad.
Artículo 2. Director de Doctorado.
El programa de Doctorado de la Facultad de Derecho tendrá un Director que se
denominará Director de Doctorado. El Director será un profesor asociado o titular
nombrado por el Rector entre los candidatos que proponga el Decano de la
Facultad.
Artículo 3. Comité de Doctorado.
El Doctorado de Derecho tendrá un comité encargado de orientar el programa
doctoral y coordinarlo. Este comité estará conformado por el Director del
Doctorado, el coordinador, tres profesores habilitados para dirigir tesis y dos
representantes de los estudiantes de Doctorado del programa.
Los representantes de los profesores serán elegidos por votación en la que
participarán los profesores habilitados para dirigir tesis de doctorado. El profesor
que tenga la cuarta mayor votación será considerado suplente e invitado participar
en las sesiones del Comité cuando un miembro se excuse anticipadamente de
asistir.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Los estudiantes de doctorado tendrán derecho a elegir dos representantes al
Comité, uno que esté cursando los primeros 2 años del doctorado y otro que ya
haya completado la etapa de fundamentación. No habrá suplente y se entenderá
que, si así lo prefieren, puede asistir un solo estudiante a las sesiones del Comité
de Doctorado.
Los profesores y estudiantes que participan en el Comité se elegirán en junio cada
año para un período de un año. Uno de los miembros del Comité se reelegirá por
una sola vez con el fin de dar continuidad a las políticas adoptadas.
El Director de la Maestría en Derecho y el Decano estarán siempre invitados a
participar en el Comité, caso en el cual tendrán voz y voto en las deliberaciones.
El Comité podrá invitar a sus sesiones otros miembros de la comunidad
académica si lo considera necesario, pertinente o relevante.
Artículo 4. Funciones del Comité de Doctorado.
El Comité de Doctorado tendrá, además de las funciones señaladas en el
Reglamento General de Doctorado de la Universidad, las siguientes:
a) Admitir a los estudiantes al programa.
b) Aprobar los planes de estudio que presenten los estudiantes, la versión
inicial al finalizar el segundo semestre del doctorado y la versión definitiva al
terminar el tercer semestre.
c) Aprobar los proyectos de tesis de doctorado para su presentación ante el
Coloquio de Doctorado.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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d) Aprobar los planes de trabajo para la pasantía en el exterior, previa
aceptación del tutor.
e) Aprobar las solicitudes de homologación que hicieran los estudiantes.
f) Aprobar las propuestas de seminario de investigación sometidas por los
estudiantes.
g) Asignar los recursos disponibles para la participación de estudiantes en
Congresos o Conferencias y, eventualmente, para la realización de trabajo
de campo.
h) Designar los jurados del Examen Oral de Conocimientos y los de la
Sustentación de la tesis doctoral, con base en la propuesta del tutor de
tesis.
i) Aprobar el cambio de tutor o el nombramiento de un codirector de tesis.
j) Crear los comités que considere necesarios para el buen desarrollo del
programa.
k) Aprobar la conformación del Comité Asesor de Tesis propuesto por el
estudiante y su tutor.
l) Designar los moderadores de las sustentaciones de tesis de doctorado.
Artículo 5. Comité Asesor de Tesis.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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La composición del Comité Asesor de Tesis Doctoral será aprobada por el Comité
de Doctorado. Harán parte de este Comité dos (2) profesores elegidos por el
estudiante, uno interno al programa doctoral y otro externo al mismo o a la
Universidad.
Los miembros del Comité Asesor de Tesis Doctoral deben mantener comunicación
con el estudiante para ofrecerle retroalimentación sobre el avance de su trabajo de
investigación. El Comité completo deberá reunirse como mínimo tres (3) veces
durante el tiempo de ejecución del doctorado, previa convocatoria por parte del
estudiante. En la reunión se evaluará el estado de avance de la tesis.
Estas reuniones se llevarán a cabo al finalizar el tercer (3) semestre previo al
Examen Oral de Conocimientos, al finalizar el quinto (5) semestre después de la
pasantía y al finalizar el séptimo (7) semestre.
Artículo 6. Funciones del Comité Asesor de Tesis.
La principal función del Comité Asesor de Tesis Doctoral es hacer seguimiento y
contribuir a la propuesta de investigación conducente a la elaboración de tesis del
estudiante. Así mismo, los miembros del Comité Asesor de Tesis Doctoral serán
jurados tanto del Examen Oral de Conocimientos como de la sustentación de la
tesis doctoral.
Artículo 7. Ingreso Regular.
Los requisitos de admisión son aquellos contemplados en el Reglamento General
de Estudiantes de Doctorado. La carta de motivación debe, además, incluir:
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1. El aval de un profesor habilitado con el cual quiera adelantar su proyecto
doctoral. Este requisito es obligatorio y hace parte de los documentos
esenciales que debe presentar el estudiante en el proceso de admisión.
2. La sugerencia de dos (2) nombres para conformar el Comité Asesor de
su tesis, sin perjuicio de que estos cambien durante el primer año del
doctorado.
De otra parte, si bien no se exige ningún título particular de pregrado para el
ingreso, el Comité de Doctorado podrá requerir cursos o actividades de nivelación
para aquellos candidatos que no tengan título de pregrado en derecho.
Artículo 8. Matrícula.
Los estudiantes deben efectuar su proceso de inscripción de cursos y cancelar el
valor total de su matrícula siguiendo el procedimiento establecido por la
Universidad para tal efecto y en las fechas señaladas por ésta.
Artículo 9. Homologaciones.
Aquellos candidatos admitidos que tengan títulos de Maestría podrán solicitar al
Comité, durante el primer año del Doctorado, la homologación en el Doctorado de
créditos cursados en ese programa. En cualquier caso, las materias de Teoría
Jurídica I y II y Métodos de Investigación I y II no serán homologables para
candidatos que tengan maestrías distintas a la Maestría en Derecho que ofrece la
misma facultad.
Los estudiantes pueden solicitar la homologación de materias tomadas en un
programa de maestría de otra universidad como seminarios de concentración,
siempre y cuando estas se relacionen con el proyecto de investigación del
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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estudiante. Para lo anterior, el estudiante deberá presentar la solicitud de
homologación al Comité Doctoral que deberá contener el número de créditos del
curso, el programa del mismo, el aval de su tutor y una justificación de cómo se
relaciona con su proyecto de investigación.
Artículo 10. Permanencia.
Para permanecer en el programa un estudiante de doctorado de la Universidad de
los Andes debe:
a) Renovar oportunamente su matrícula.
b) Mantener un promedio general acumulado igual o superior a 3,5 sobre 5.
c) Respetar y cumplir el régimen académico y disciplinario de la Universidad,
de la Facultad y del Programa.
d) No quedar incurso en las causales de sanción académica a las que se
refiere este reglamento (artículo 19).
Ningún estudiante podrá permanecer en el programa por más de 8 años contados
desde la fecha de la primera matrícula.
Artículo 11. Dedicación.
El programa contempla una escolaridad mínima de 80 créditos distribuidos entre
cursos, seminarios y labores de investigación conducentes a la tesis. Los
estudiantes inscritos en el Programa de Doctorado son estudiantes de tiempo
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completo. Esto quiere decir que cada estudiante debe dedicar un mínimo de 40
horas semanales a las labores propias de investigación y estudio del doctorado.
Se requiere por parte del estudiante una residencia mínima de dos años y medio
calendario en la Universidad de los Andes y una pasantía de al menos un
semestre académico, continuo o intermitente en casos excepcionales y
debidamente justificados y aprobados por el Comité de Doctorado, en una
institución de reconocido prestigio.
Artículo 12. Obligaciones del estudiante.
Los estudiantes están obligados a conocer los reglamentos de la Universidad, de
la Facultad y del Programa y a seguir los procedimientos establecidos por ésta.
Los alumnos sólo podrán faltar injustificadamente a un 20% de las horas de clase
en los cursos obligatorios del programa de doctorado. Cada profesor definirá en su
programa las consecuencias del incumplimiento de esta regla. El procedimiento y
las razones para justificar las ausencias se regirán por lo previsto en el artículo 56
del Reglamento General de Estudiantes de Doctorado.
Artículo 13. Tutor de tesis.
El Decano de la Facultad aprobará una lista de profesores de la Facultad de
Derecho habilitados para dirigir tesis doctorales. Para ello, tendrá en cuenta su
título y trayectoria investigativa.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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El estudiante tendrá un tutor desde el inicio del programa y hasta la terminación
del mismo. En el transcurso de cada semestre, el candidato y su tutor deben
reunirse un mínimo de cuatro (4) horas al mes.
Son funciones del tutor:
a) Coadyuvar la solicitud que realice el estudiante al Comité de Doctorado
relacionada con la aprobación del plan de estudios inicial y definitivo, y
apoyar al estudiante en su formulación.
b) Coadyuvar la solicitud que realice el estudiante al Comité de Doctorado
relacionada con la programación de los exámenes orales y jurados
propuestos.
c) Apoyar al estudiante en la formulación de una propuesta de trabajo para su
período de pasantía y coadyuvar su presentación ante el Comité de
Doctorado. Esta propuesta deberá incluir una carta de justificación que
relacione la relevancia del lugar donde se realizará la pasantía, el programa
de trabajo propuesto, y una comunicación escrita de la institución en la que
se especifique la voluntad de recibir al estudiante para desarrollar tareas de
investigación o complementarias a su formación doctoral.
d) Apoyar al estudiante en la conformación del Comité Asesor de Tesis
Doctoral.
e) Apoyar al estudiante en la formulación del seminario de investigación y
aprobar la propuesta que a este respecto debe presentarse al Comité de
Doctorado.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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f) Aprobar el proyecto de investigación para someterla al Comité de
Doctorado.
g) Coadyuvar la solicitud que realice el estudiante al Comité de Doctorado
relacionada con la programación de la fecha de sustentación de la tesis, la
aprobación del texto de la tesis y la sugerencia de los jurados.
h) Evaluar con la escala de calificación sobresaliente, satisfactorio o
insatisfactorio el informe de avance semestral a través del sistema
Academia.
En caso de que se nombren codirectores de tesis, esta solicitud debe ser
aprobada por el Comité de Doctorado.
El Tutor (y eventualmente el Codirector de Tesis) puede cesar en sus funciones:
a) Por razones de fuerza mayor, tales como enfermedad grave o el retiro de la
Universidad de uno de los profesores o del estudiante.
b) Por petición del mismo tutor o del estudiante, después de haber
transcurrido al menos un semestre en su cargo de Tutor, previa justificación
ante el Comité del Doctorado.
Artículo 14. Responsabilidades de tutores y estudiantes en los cursos de tutorías (I, II, III y IV).
Durante cada semestre, el estudiante y su tutor deben reunirse un mínimo de
cuatro (4) horas al mes.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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El primer año, el objetivo de las tutorías I y II es diseñar y delimitar el marco
teórico del proyecto de investigación, así como entregar al Comité de Doctorado la
versión inicial del plan de estudios.
En el segundo año, en tutoría III se persigue formalizar el esquema, la estructura y
la metodología de la tesis. También debe terminarse la elaboración de la versión
final del plan de estudios, que deberá ser aprobado por el Comité de Doctorado
durante el tercer semestre.
La tutoría IV está encaminada a preparar la visita del candidato a una universidad
extranjera y la presentación del proyecto de tesis para la aprobación del Comité
Doctoral.
Artículo 15. Etapas y pruebas.
Los programas doctorales de la Facultad de Derecho tendrán dos etapas
diferenciadas (Fundamentación e Investigación) y cinco pruebas fundamentales
(Admisión, Plan de Estudios, Examen Oral de Conocimientos, Defensa de la
propuesta de investigación y Sustentación de la Tesis) que se desarrollarán de la
siguiente manera:
Prueba 1: Admisión.
Etapa 1: Fundamentación.
Prueba 2: Aprobación del Plan de Estudios, inicial y final, por el
Comité de Doctorado.
Prueba 3: Examen oral de Conocimientos
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Prueba 4: Defensa del Propuesta de investigación.
Etapa 2: Investigación conducente a la tesis, compuesta por la
Pasantía, y los cursos de Seminario de Investigación e
Investigación Doctoral.
Prueba 5: Sustentación de la Tesis
Artículo 16. Etapa de fundamentación.
Durante esta etapa, el estudiante deberá cursar las materias obligatorias y
electivas, y participará en los coloquios, seminarios, talleres y otras actividades
establecidas por su tutor y/o su programa doctoral, a través de las cuales adquirirá
los fundamentos de su formación como investigador.
El estudiante podrá cursar como seminarios de concentración cualquier curso de
la oferta de posgrados de la universidad equivalentes a 4 créditos académicos. El
estudiante podrá solicitar al Comité del Doctorado tomar un curso de pregrado
como seminario de concentración. Si este curso tuviera menos de 4 créditos,
deberá acordar con el profesor una actividad adicional equivalente al número de
créditos faltantes para completarlos.
Artículo 17. Plan de estudios.
Los estudiantes del Doctorado en Derecho someterán a aprobación del Comité de
Doctorado un plan de estudios que especifique las áreas del conocimiento a las
que se dedicará en el período de fundamentación para adelantar su proyecto de
investigación doctoral.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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El plan de estudios debe indicar al menos un área del derecho y un área
interdisciplinar que resulten relevantes para adelantar el proyecto doctoral. La
versión inicial del plan de estudios debe ser presentada y aprobada por el Comité
de Doctorado a más tardar durante el segundo semestre del doctorado. Esta
versión, en principio, debe indicar el tema objeto de investigación, la formulación
de un problema de investigación, con su respectiva justificación y
contextualización, el marco teórico, la hipótesis y objetivos del proyecto doctoral.
También debe incluir una lista estructurada de lecturas, de cursos electivos y de
actividades complementarias a realizar, que sean conducentes a desarrollar la
propuesta de investigación. La versión final del plan de estudios puede realizar
ajustes a la versión inicial y debe ser presentada y aprobada por el Comité de
Doctorado a más tardar durante el tercer semestre del Doctorado.
Artículo 18. Examen Oral de Conocimientos.
Es un ejercicio académico riguroso que, de ser aprobado, permite el paso de la
etapa de fundamentación a la etapa de profundización del proyecto doctoral. En el
examen, el estudiante doctoral debe presentar y justificar su plan definitivo de
estudios y un artículo académico de revisión de la literatura relevante para su
proyecto de investigación; el estudiante debe indicar en qué revista (de las
reconocidas por la Dirección de Investigaciones) o libro planea publicar su artículo.
El jurado determinará si el plan de estudios y el artículo de revisión de la literatura
presentados por el estudiante cumplen de forma satisfactoria los requisitos
mínimos para pasar a la etapa de profundización de su proyecto doctoral.
Para ser aprobado, el plan de estudios debe incluir, en principio, una definición
clara del tema objeto de investigación, su marco teórico, hipótesis y objetivos, y
debe evidenciar el dominio de los debates y textos relevantes incluidos en él. El
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artículo de revisión de la literatura será aprobado por el jurado si éste considera de
manera fundamentada que tiene la calidad suficiente para ser publicado o
aceptado en una revista académica o una editorial (en el caso de capítulo de libro)
de las reconocidas por la Dirección de Investigaciones.
Para pasar el examen oral, el jurado debe aprobar tanto el plan de estudios como
el artículo de revisión de literatura.
El examen oral debe presentarse en el cuarto semestre del Doctorado y como
mínimo un mes después de que el Plan de estudios definitivo sea aprobado por el
Comité de Doctorado.
El jurado del examen oral estará conformado por los miembros del Comité Asesor
de Tesis Doctoral. El tutor podrá intervenir en el examen oral después de que el
estudiante doctoral y los miembros del Comité Asesor hayan concluido sus
intervenciones.
Artículo 19. Etapa de profundización.
Durante esta etapa, el estudiante deberá concentrarse en su investigación doctoral
realizando las pasantías y tomando los espacios académicos de seminario de
investigación, investigación doctoral I y II, y disertación doctoral. También
participará en los coloquios, seminarios, talleres y otras actividades establecidas
por su tutor y/o su programa doctoral, a través de las cuales desarrollará sus
habilidades como investigador.
Artículo 20. Defensa del Proyecto de Investigación.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Los estudiantes que hubieran aprobado el Examen Oral de Conocimientos podrán
someter a consideración del Comité de Doctorado su proyecto de investigación. Si
el Comité de Doctorado aprueba el proyecto de investigación, el estudiante lo
presentará ante el Coloquio de Doctorado.
Artículo 21. Pasantía.
Todo estudiante doctoral de la Facultad de Derecho deberá realizar una pasantía
de al menos un semestre académico, continuo o intermitente en casos
excepcionales y debidamente justificados y aprobados por el Comité de
Doctorado, en una institución de reconocido prestigio, desarrollando tareas de
investigación o complementarias a su formación doctoral.
Para que se acepte una pasantía, el Comité de Doctorado debe recibir una carta
de justificación del estudiante explicando la relevancia del lugar donde se realizará
la pasantía, un programa de trabajo propuesto por el estudiante, previa aceptación
del profesor tutor, y una comunicación escrita de la institución en la que se
especifique la voluntad de recibir al estudiante para desarrollar tareas de
investigación o complementarias a su formación doctoral.
Durante el tiempo que dure la pasantía el estudiante deberá estar matriculado en
la Universidad de los Andes.
Artículo 22. Ética de la investigación.
El curso Ética de la Investigación es un curso de carácter obligatorio de un (1)
crédito académico que será tomado dentro del curso Seminario de Investigación.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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El objetivo del curso es generar un espacio de deliberación y reflexión sobre las
consideraciones éticas de la investigación, permitiéndole al estudiante realizar un
análisis de las soluciones a los dilemas éticos planteados en sus proyectos
doctorales y realizar el proceso de solicitud de aval ético de su investigación,
requisito indispensable para aprobar su proyecto.
La propuesta de investigación de todos los estudiantes debe tener aval del Comité
de Ética de la Universidad de los Andes, durante el sexto semestre y antes de
iniciar su desarrollo.
Artículo 23. Avance semestral de tesis.
El estudiante deberá presentar un informe de avance semestral a través del
sistema Academia. El tutor y/o el Comité Asesor de Tesis Doctoral
correspondiente podrán hacer observaciones. Este informe de avance será
evaluado por el tutor con la siguiente escala de calificación:
o Sobresaliente.
o Satisfactorio.
o Insatisfactorio.
Artículo 24. Sanción por dos informes insatisfactorios.
Si el informe de avance semestral del estudiante es insatisfactorio por segunda
vez el Comité de Doctorado suspenderá al estudiante durante un período
académico. Si el estudiante solicita posteriormente su reingreso, deberá demostrar
al Comité que ha superado las circunstancias que produjeron la suspensión.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Artículo 25. Proyecto dirigido.
Un proyecto dirigido es un curso personalizado que realiza el estudiante con un
profesor experto en un área del conocimiento que no se encuentra en la oferta de
seminarios de concentración o cursos de pregrado de la universidad. Los
estudiantes podrán solicitar al Comité de Doctorado, previo aval del tutor, la
aprobación de un proyecto dirigido, que valdrá como un seminario de
concentración.
La solicitud de aprobación al Comité deberá presentarse en el semestre
inmediatamente anterior al que se pretende tomar el curso. Esta solicitud deberá
contener la justificación de la necesidad del curso, la aprobación del profesor
encargado del proyecto dirigido, un plan de lecturas para el semestre, los
productos a realizarse en el curso y su forma de calificación.
El Comité evaluará los aspectos académicos de la solicitud, así como los
presupuestales de requerirse.
Artículo 26. Tesis de doctorado.
Es un documento que contiene el informe final de los resultados de investigación
doctoral, cuyo contenido demuestra que el estudiante adquirió las competencias
de investigación indispensables para la obtención del título de Doctorado en
Derecho y cuyos resultados reflejan un aporte original al conocimiento de la
disciplina.
De manera alternativa, la tesis doctoral podrá estar conformada por tres
documentos en la modalidad de artículos científicos aprobados para su
publicación en revistas indexadas de alta calidad, así reconocidas por la Dirección
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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de Investigaciones de la Facultad. Los tres (3) artículos deben estar vinculados a
la investigación doctoral y su conexidad temática se debe establecer en la
introducción de cada uno de los mismos.
Artículo 27. Etapas previas a la sustentación de la tesis de doctorado.
Para la sustentación de tesis el estudiante debe estar matriculado en la
Universidad. Esta se regirá por las siguientes reglas:
1. Oportunidad. Toda solicitud de sustentación de tesis deberá ser presentada
como máximo quince (15) días antes de cualquier sesión ordinaria del
Comité de Doctorado.
2. Contenido de solicitud. Toda solicitud de sustentación de tesis deberá estar
acompañada por carta del tutor que avale la solicitud y la propuesta de
jurados. Deberán presentarse dos (2) posibles jurados seleccionados de los
profesores de la Facultad de Derecho, que estén habilitados para dirigir
tesis doctorales, y dos (2) externos. Las propuestas deberán estar
justificadas. También deberá acompañarse de copia del texto a sustentar,
impreso (tres copias) y en medio digital.
3. Requisitos del texto de la tesis. El texto para sustentar deberá estar
culminado. Se entiende por tal, un documento al cual no se harán
modificaciones de fondo, salvo que así lo indiquen los jurados.
4. Decisión del Comité de Doctorado. El Comité de Doctorado decidirá sobre
la solicitud de sustentación de tesis e informará al estudiante y al tutor
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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sobre los jurados seleccionados. También decidirá sobre la persona
encargada de moderar la ceremonia de sustentación de doctorado.
5. Comité Asesor de Tesis. Según el Reglamento General de Estudiantes de
Doctorado, los miembros del Comité Asesor de Tesis Doctoral son parte
también del jurado de tesis.
6. Envío de texto a jurados. Aceptada la solicitud de sustentación de tesis por
parte del Comité de Doctorado, éste enviará copia de la tesis a los jurados.
Para tal efecto se seguirá el siguiente trámite:
a. Se enviará comunicación al candidato de jurado invitándolo para
participar en la evaluación. Se informará que cuenta con una (1)
semana para aceptarla y se indicará el tema de la tesis, su
extensión, el término para la revisión del documento, la fecha
tentativa para el acto de sustentación y las obligaciones del jurado.
También, se indagará si requiere el texto en formato impreso o en su
defecto en digital.
b. Recibida comunicación positiva, dentro de los cinco (5) días
siguientes, se enviará el texto al jurado, con carta de instrucciones,
formato de evaluación inicial y fecha tentativa de la sustentación.
También se indicará el término para la evaluación y rendición de
concepto.
c. Recibida comunicación negativa, podrá optar por el otro jurado
propuesto o solicitará al estudiante y a su tutor, la sugerencia de uno
nuevo.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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7. Concepto previo. Al finalizar el término de lectura de la tesis, el jurado
deberá enviar un concepto previo sobre la sustentabilidad de la tesis. Dicho
concepto consistirá en completar un formulario que se adjuntará a la carta
en que se envía el texto a revisar. El formato podrá tener versión
electrónica en línea.
8. Tiempo para revisión, envío de concepto previo y sustentación. Al finalizar
los términos de lectura, el jurado deberá enviar concepto sobre
sustentabilidad de la tesis. Los jurados deberán revisar los textos dentro de
los siguientes términos:
a. Hasta 100.000 palabras: dos (2) meses
b. Entre 100.000 y 150.000 palabras: tres (3) meses
c. Más de 150.000 palabras: cuatro (4) meses
Artículo 28. Sustentación de la tesis de doctorado.
La sustentación deberá realizarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la
finalización del término de revisión. Se recomienda, sin embargo, que la tesis no
tenga más de 100.000 palabras.
1. Sesión de sustentación de la tesis. La sustentación de la tesis se
realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de los
conceptos de sustentabilidad de la tesis. La sesión se realizará conforme a
las siguientes reglas:
a. La sesión será moderada por la persona designada por el Comité
Doctoral.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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b. La sesión tendrá lugar en un horario que asegure que se dispondrá
del salón establecido para ello, por un término no inferior a tres (3)
horas.
c. La sesión es pública.
d. A la sesión está invitado el tutor, en calidad de asistente especial. No
podrá intervenir durante la sustentación, salvo al final de la misma
para dar los agradecimiento o discursos breves de cierre
correspondientes.
e. La sesión comenzará en el momento en que el moderador de inicio a
la actividad.
f. El moderador deberá presentar a los participantes de la sesión.
g. El moderador informará a los participantes del tiempo de que
disponen para cada actividad y anunciará la culminación del tiempo.
h. El estudiante tendrá un tiempo de veinte (20) minutos iniciales para
hacer una presentación de su tesis. En dicho tiempo deberá
presentar, a su elección, los aspectos metodológicos o de fondo que
considere pertinentes. No hará un resumen de la tesis. La
presentación se hará de pie y ante un atril.
i. Vencido el término de presentación, el moderador invitará al
estudiante a la mesa de sustentación, en el cual estarán los jurados.
j. Una vez el estudiante se siente en la mesa de sustentación, el
moderador dará paso a la conversación, por un término de sesenta
(60) minutos.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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k. Durante la conversación, los jurados interrogarán e indagarán al
estudiante sobre los aspectos metodológicos o de fondo de la tesis,
dirigido a mostrar que el estudiante puede justificar sus elecciones
metodológicas, sus conclusiones o explicar posibles líneas de
investigación que se derivan de la investigación.
l. Una vez finalizada la conversación, el moderador dará por terminada
la actividad de conversatorio e invitará a los asistentes a retirarse del
salón, para que el jurado, durante un término máximo de veinte (20)
minutos, debatan sobre la sustentación y decidan sobre la
aprobación o no de la misma.
m. Vencido el término de evaluación, el moderador invitará a los
asistentes a ingresar al salón de sustentación. Dará la palabra a los
evaluadores, quienes leerán el acta de evaluación e informarán
sobre la aprobación o reprobación de la sustentación.
n. De ser aprobada la sustentación, se dará hasta diez (10) minutos
para el tutor y diez (10) minutos para el estudiante para
agradecimientos y discursos breves de cierre, si hay lugar a los
mismos.
o. Vencido el término, el moderador dará por terminada la sesión.
2. Aprobación y reprobación de la sustentación. El moderador estará
encargado de recoger el acta de sustentación y entregarlo a la Dirección del
Doctorado. De ser aprobada, se autorizará seguir con el proceso de
terminación del doctorado. De ser aprobada con condiciones, el Comité de
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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Doctorado fijará el término dentro del cual deberá cumplirse con las
condiciones. De ser reprobada se seguirá con lo establecido en los
reglamentos de doctorado, general y especial.
Parágrafo. La tesis de doctorado y la sustentación se calificarán con
“aprobado” o “reprobado”. De cada sustentación se hará un acta donde el
jurado de tesis consignará la calificación cualitativa de la tesis y de la
sustentación. En caso de ser aprobada la calificación se hará de la
siguiente manera:
a. Satisfactorio: El estudiante cumplió los objetivos propuestos en la
tesis doctoral. La calidad de su tesis es satisfactoria.
b. Bueno: El estudiante cumplió a cabalidad los objetivos propuestos en
la tesis doctoral. La calidad de su tesis es buena.
c. Excelente: El estudiante alcanzó ampliamente los objetivos
propuestos en la tesis doctoral. Aprovechó todos los recursos
académicos y metodológicos para alcanzar una calidad excelente en
su investigación de tesis y en el documento final.
En el evento de asignar la calificación “excelente”, el jurado deberá
justificarla en el acta.
Artículo 29. Requisitos para el título de Doctor en Derecho.
a. Haber cumplido satisfactoriamente con la versión inicial y final del Plan de
estudios.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019
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b. En las materias calificables numéricamente, tener un promedio ponderado
acumulado no inferior a 3.50 sobre 5.0.
c. Haber aprobado el Examen Oral de conocimientos.
d. Obtener la aprobación de su proyecto de investigación por parte del Comité de
Doctorado y realizar la presentación del proyecto de investigación ante el
seminario de investigación o similar.
e. Completar su seminario de investigación.
f. Cumplir con el requisito de inglés de acuerdo con lo dispuesto por el Consejo
Académico para cada programa de doctorado.
g. Haber sustentado sobresaliente o satisfactoriamente la tesis ante el Jurado de
tesis.
h. No encontrarse sancionado con prueba de conducta o cancelación de la
matrícula.
i. Cancelar los derechos de grado exigidos por la Universidad y estar a paz y
salvo, por todo concepto, con la misma.
Parágrafo. Para dar cumplimiento al literal f, todo estudiante doctoral debe tener
aprobado como mínimo IPD1 o su equivalente antes del examen de candidatura.
Las equivalencias aceptadas serán aquellas establecidas por el Departamento de
Lenguas y Cultura de la Universidad.
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Artículo 30. Resolución de los conflictos.
Los estudiantes deberán seguir el siguiente conducto regular:
a) Profesor.
b) Consejo de Facultad.
c) Comité de Asuntos Estudiantiles.
Contra las decisiones que se tomen en primera instancia, procede el recurso de
reposición ante el órgano que tomó la decisión, y en segunda instancia, el recurso
de apelación ante su superior jerárquico.
Artículo 31. Vigencia.
El presente reglamento rige a partir de su aprobación.
A las situaciones académicas ocurridas con anterioridad a esta fecha, les serán
aplicables las disposiciones que fueren más favorables, previa solicitud por escrito
del estudiante al Comité de Doctorado.
Aprobado por el Comité Directivo en su sesión xx del xx de xx de 2019.
Aprobado por el Comité Directivo en la sesión 192-19 del 18 de octubre de 2019