Reglamento Grados Titulos Upnorte

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    1/17

    REGLAMENTO DE GRADOS YTITULOS

    Aprobado con Resolucin Rectoral No. 11-2013-UPN-SACde fecha 28 de febrero del 2013

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    2/17

    REGLAMENTO DE GRADOS Y TTULOS

    UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE

    TTULO I: DE LA OBTENCIN DE LOS GRADOS ACADMICOS DEBACHILLER, MAGSTER Y DOCTOR

    CAPTULO I:

    GENERALIDADES

    Artculo 1.- El presente Reglamento se rige por la Ley Universitaria No. 23733 ypor los estatutos de la Universidad.

    Artculo 2.- El Reglamento tiene por finalidad normar los procedimientos deobtencin de los Grados Acadmicos de Bachiller, Magster yDoctor, y de los Ttulos Profesionales que a nombre de la Nacinotorga la Universidad Privada del Norte.

    Artculo 3.- El presente Reglamento determina las reas acadmicasresponsables de los procedimientos referidos en el artculoanterior.

    CAPTULO II:

    DEL GRADO DE BACHILLER

    Artculo 4.- Para obtener el Grado de Bachiller, el egresado debe cumplir conlos siguientes requisitos:

    4.1. Haber aprobado las asignaturas obligatorias y obtenido elcreditaje correspondiente, de acuerdo al plan curricular de lacarrera profesional cursada, vigente al momento de suegreso.

    4.2. Demostrar el dominio de (01) idioma extranjero en nivelintermedio, de acuerdo con la certificacin otorgada por elDepartamento de Idiomas de la UPN y el plan curricular de lacarrera profesional cursada, vigente al momento de suegreso. En el caso de que el bachiller haya estudiado eninstitucin diferente a la UPN, el certificado emitido por dichainstitucin deber ser visado por el Departamento deIdiomas de la UPN.

    4.3. No registrar obligaciones pendientes en la Facultadcorrespondiente, la Biblioteca y Cobranzas y Tesorera

    de la Universidad.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    3/17

    4.4. Haber realizado las prcticas pre profesionales de acuerdo ala directiva de cada Facultad.

    Artculo 5.- De las reas Acadmicas responsables

    5.1. El rea responsable del procedimiento para obtener el

    Grado Acadmico de Bachiller es la Facultad en la que seinicia y culmina el mismo.

    5.2. Secretara Acadmica es el rea responsable de brindar lainformacin necesaria para la obtencin del Grado deBachiller, de acuerdo a lo regulado en el presenteReglamento.

    Artculo 6.- Del Procedimiento

    6.1. El procedimiento se inicia con la presentacin de la solicitudal Decano de la Facultad respectiva, en la que el egresadosolicita se le otorgue el Grado Acadmico de Bachiller, a la

    cual se le anexar los siguientes documentos:

    a. Constancia de no registrar obligaciones pendientes en laFacultad correspondiente, la Biblioteca y Cobranzas de laUniversidad.

    b. Recibo de Tesorera por el pago de derecho de trmitepara la obtencin del grado de bachiller.

    c. Constancia que demuestre el dominio de un (01) idiomaextranjero en nivel intermedio, de acuerdo con lacertificacin otorgada por el Departamento de Idiomas de

    la UPN y el plan curricular de la carrera profesionalcursada, vigente al momento de su egreso. En el caso deque el bachiller haya estudiado en institucin diferente ala UPN, el certificado emitido por dicha institucin deberser visado por el Departamento de Idiomas de la UPN.

    d. Constancia de haber realizado las prcticas preprofesionales de acuerdo a la directiva de cada Facultad.

    e. Constancia de haber aprobado las asignaturasobligatorias y haber obtenido el creditaje correspondiente,de acuerdo al plan curricular de la carrera profesional

    cursada, vigente al momento de su egreso. Debe sersuscrita por la facultad y con el visto bueno de laSecretara Acadmica.

    6.2 . La Facultad correspondiente emitir el decreto que indiqueque el egresado ha cumplido con lo prescrito en el presenteReglamento para hacerse acreedor al Grado Acadmico deBachiller y remitir a Secretara Acadmica la carpeta quecontiene la solicitud y sus anexos regulados en el incisoprecedente.

    6.3 . El Rectorado emitir la resolucin respectiva sealando

    quines son los egresados a los que se les har entrega del

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    4/17

    Grado Acadmico de Bachiller, la cual se anexar a cadauno de los expedientes.

    CAPTULO III:DEL GRADO DE MAGSTER

    Artculo 7.- Para obtener el Grado de Magster, el Bachiller debe cumplir conlos siguientes requisitos:

    7.1. Haber aprobado el programa de Maestra, de acuerdo alplan curricular sealado por la Escuela de Postgrado yEstudios Continuos (EPEC), vigente al momento de suegreso.

    7.2. Demostrar el dominio de un (01) idioma extranjero, de

    acuerdo a lo sealado en el plan curricular por la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), vigente al momentode su egreso. En el caso de que el bachiller haya estudiadoen institucin diferente a la UPN, el certificado emitido pordicha institucin deber ser visado por el Departamento deidiomas de la UPN, de acuerdo a lo establecido en lanormatividad del respectivo reglamento.

    7.3. No registrar obligaciones pendientes en la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), la Biblioteca yCobranzas de la Universidad.

    Artculo 8.- De las reas Acadmicas responsables8.1. El rea responsable del procedimiento para obtener el

    Grado Acadmico de Magster es la Escuela de Postgrado yEstudios Continuos (EPEC), rea en la que se inicia yculmina el mismo.

    8.2. Secretara Acadmica es el rea responsable de registrar yarchivar los grados de Magster otorgados por la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), de acuerdo a loregulado en el presente Reglamento.

    Artculo 9.- Del Procedimiento

    9.1. El procedimiento se inicia con la presentacin de la solicitudal Director de la Escuela de Postgrado y Estudios Continuos(EPEC), en la que el bachiller solicita se le otorgue el GradoAcadmico de Magster, a la cual se le anexar lossiguientes documentos:

    a. Constancia de no registrar obligaciones pendientes en laUniversidad.

    b. Recibo de Tesorera por el pago de derecho de trmitepara la obtencin del grado de Magster.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    5/17

    c. Constancia que demuestre el dominio de un (01) idiomaextranjero, de acuerdo a lo sealado en el plan curricularpor la Escuela de Postgrado y Estudios Continuos(EPEC), vigente al momento de su egreso. En el caso deque el bachiller haya estudiado en institucin diferente a

    la UPN, el certificado emitido por dicha institucin deberser visado por el Departamento de idiomas de la UPN, deacuerdo a lo establecido en la normatividad delrespectivo reglamento.

    d. Constancia de haber aprobado el programa de Maestra,de acuerdo al plan curricular sealado por la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), de acuerdo alas normas internas vigentes al momento de su egreso.

    9.2. La Escuela de Postgrado y Estudios Continuos (EPEC)emitir el decreto que indique que el egresado ha cumplido con lo

    prescrito en el presente Reglamento para hacerse acreedor alGrado Acadmico de Magster y remitir a Secretara Acadmicala carpeta que contiene la solicitud y sus anexos regulados en elinciso precedente.

    9.3 El Rectorado emitir la resolucin respectiva sealandoquines son los bachilleres a los que se les har entrega delGrado Acadmico de Magster, la cual se anexar a cada unode los expedientes.

    CAPTULO IV:

    DEL GRADO DE DOCTOR

    Artculo 10.-Para obtener el Grado de Doctor, el Magster debe cumplir conlos siguientes requisitos:

    10.1. Haber aprobado el programa de Doctorado, de acuerdo alplan curricular sealado por la Escuela de Postgrado yEstudios Continuos (EPEC), de acuerdo a las normasinternas vigentes al momento de su egreso.

    10.2. Demostrar el dominio de dos (02) idiomas extranjeros, deacuerdo a lo sealado en el plan curricular por la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), vigente al momentode su egreso. En el caso de que el master haya estudiado eninstitucin diferente a la UPN, el certificado emitido por dichainstitucin deber ser visado por el Departamento de idiomasde la UPN, de acuerdo a lo establecido en la normatividaddel respectivo reglamento.

    10.3. No registrar obligaciones pendientes en la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), la Biblioteca yCobranzas de la Universidad.

    Artculo 11.- De las reas Acadmicas responsables

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    6/17

    11.1. El rea responsable del procedimiento para obtener elGrado de Acadmico de Doctor es la Escuela de Postgradoy Estudios Continuos (EPEC) rea en la que se inicia yculmina el mismo.

    11.2. Secretara Acadmica es el rea responsable de registrar yarchivar los grados de Doctor otorgados por la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC), de acuerdo a loregulado en el presente Reglamento.

    Artculo 12.- Del Procedimiento

    12.1. El procedimiento se inicia con la presentacin de la solicitudal Director de la Escuela de Postgrado y Estudios Continuos(EPEC), en la que el Magster solicita se le otorgue el GradoAcadmico de Doctor, a la cual se le anexar los siguientesdocumentos:

    a. Constancia de no registrar obligaciones pendientes en laUniversidad.

    b. Recibo de Tesorera por el pago de derecho de trmitepara la obtencin del grado de Doctor.

    c. Constancia que demuestre el dominio dos (02) idiomasextranjeros, de acuerdo a lo sealado en el plancurricular por la Escuela de Postgrado y EstudiosContinuos (EPEC), vigente al momento de su egreso. Enel caso de que el Magister haya estudiado en institucindiferente a la UPN, el certificado emitido por dicha

    institucin deber ser visado por el Departamento deidiomas de la UPN, de acuerdo a lo establecido en lanormatividad del respectivo reglamento.

    d. Constancia de haber aprobado el programa deDoctorado, de acuerdo al plan curricular sealado por laEscuela de Postgrado y Estudios Continuos (EPEC),vigente al momento de su egreso.

    12.2. La Escuela de Postgrado y Estudios Continuos (EPEC)emitir el decreto que indique que el egresado ha cumplidocon lo prescrito en el presente Reglamento para hacerse

    acreedor al Grado Acadmico de Doctor y remitir aSecretara Acadmica la carpeta que contiene la solicitud ysus anexos regulados en el inciso precedente.

    12.3. El Rectorado emitir la resolucin respectiva sealandoquines son los egresados a los que se les har entrega delGrado Acadmico de Doctor, la cual se anexar a cada unode los expedientes.

    CAPTULO V:

    DE LA TESIS PARA LA OBTENCIN DEL GRADO ACADMICO DEMAGSTER Y DOCTOR

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    7/17

    Artculo 13.-La Tesis consiste en un informe de investigacin cientfica queevidencia el manejo de las competencias descritas en el currculode estudios determinado por la Escuela de Postgrado y EstudiosContinuos (EPEC). Las normas contenidas en el presente captuloson aplicables para la obtencin del Grado de Magster y Doctor.

    Artculo 14.- Del rea Acadmica responsable

    El rea responsable del procedimiento es la Escuela de Postgradoy Estudios Continuos (EPEC), en la que se inicia y culmina elmismo.

    Artculo 15.- Del Procedimiento

    15.1. El procedimiento se inicia con la presentacin de la solicitud

    de elaboracin de Tesis ante al Director de la Escuela dePostgrado y Estudios Continuos (EPEC) para su aprobacin,dicha solicitud deber contener el tema de la tesis. A lasolicitud se deber adjuntar:

    a. Copia legalizada o autenticada de la Constancia deegresado del programa respectivo.

    b. Recibo de Tesorera por el pago de derecho de trmiterespectivo.

    15.2. Recibida la solicitud y verificado el cumplimiento de losealado en el inciso anterior dentro del tercer da hbil, el

    Director la aprueba mediante decreto en el que sealar elTema, el Asesor de Tesis designado y el Cronograma deActividades respectivo.

    15.3. El Cronograma de Actividades al que se hace referencia enel inciso anterior ser establecido por el Director teniendo encuenta:

    a. El Tesista presentar al Director el proyecto de tesis y elinforme de aprobacin del mismo por parte del Asesor,dentro de los 45 das hbiles siguientes de emitido eldecreto sealado en el inciso 15.2.

    b. Presentado el proyecto de tesis por parte del tesista, stetendr 08 meses como mximo para la presentacin delinforme correspondiente para que sea revisado por elJurado.

    c. Recibido el informe, el Director o quien este designenombrar al Jurado en un plazo mximo de 10 dashbiles, remitindole el mismo para su revisin.

    d. El Jurado emitir el dictamen de aprobacin odesaprobacin respecto al borrador del informe dentro de

    los 20 das hbiles, bajo responsabilidad.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    8/17

    e. Aprobado el proyecto final del Informe por parte delJurado, el Director o quien este designe, establecer elda y hora para su sustentacin, la cual se podr realizardentro de los diez das hbiles siguientes. Para esteefecto el tesista, presentar los ejemplares requeridos

    por la Escuela de Postgrado y Estudios Continuos(EPEC).

    f. Habiendo sido desaprobado el borrador del Informe, elJurado devolver el mismo con la finalidad que el tesistaabsuelva las observaciones realizadas en un plazomximo de 30 das hbiles. Plazo luego del cual seraplicable lo sealado en el inciso d y e del presenteartculo.

    CAPTULO VI:

    Del Plagio, de la sustentacin. Pronunciamiento del Jurado

    Artculo 16.- Del Plagio

    De comprobarse el plagio del o en el Informe de Investigacin, elDirector emitir la resolucin respectiva declarando la nulidad delprocedimiento tramitado por el tesista responsable, quien quedarimpedido definitivamente de obtener el Grado correspondiente enla Universidad Privada del Norte.

    Articulo 17.- De la Sustentacin: El acto de sustentacin es pblico17.1. El bachiller o magster deber acudir al lugar, da y hora

    sealado por el Director, debidamente presentado. Si elBachiller o Magster no asistiera en la fecha programada, elDirector a solicitud del mismo reprogramar la sustentacinatendiendo a las causas que motivaron la ausencia. En casode no presentarse el bachiller o magster por segunda vezperder su derecho a sustentacin y deber realizarnuevamente el pago integro del derecho respectivo.

    17.2. El acto de sustentacin se sujetar a las siguientes normas:

    a. El Presidente del Jurado solicitar al Bachiller o Magsterque sustente su Investigacin, cuya duracin deberestablecerse en la directiva interna que emita la Escuelade Postgrado y Estudios Continuos (EPEC).

    b. Una vez culminada la exposicin por el Bachiller oMagster los miembros del jurado procedern a formularlas preguntas respectivas teniendo en cuenta el contextode la Investigacin.

    c. Concluida la sustentacin, el Jurado pasar a deliberaren forma reservada, solicitndole al alumno y al pblicose retire de la sala.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    9/17

    d. Habiendo deliberado el Jurado proceder a redactar elacta respectiva.

    17.3. En caso que el Bachiller o Magster sea desaprobado en lasustentacin, se le otorgar un plazo de 30 das hbiles parauna segunda sustentacin. Si desaprobara por segunda vez,deber reiniciar el proceso de obtencin del Gradorespectivo. Este incluye el pago integral del derechocorrespondiente.

    Artculo 18.-Pronunciamiento del jurado

    El pronunciamiento del jurado a que se refiere el inciso 17.2 delartculo anterior deber observar de manera obligatoria lassiguientes alternativas:

    18.1.Desaprobatorio: La desaprobacin se puede suceder:

    a. Por voto en UNANIMIDAD (acuerdo de los tres miembrosdel jurado).

    b. Por voto en MAYORA (acuerdo de dos de los tresmiembros del jurado).

    18.2.Aprobatorio: La aprobacin se puede suceder:

    a. Por voto en UNANIMIDAD (acuerdo de los tres miembrosdel jurado), caso en el cual se podr consignar lasiguiente calificacin:

    a.1. Aprobado (equivalente en calificacin vigesimal aDoce (12) y Trece (13))

    a.2. Notable (equivalente en calificacin vigesimal aCatorce (14) Quince (15) y Diecisis (16))

    a.3. Sobresaliente (equivalente en calificacin vigesimala Diecisiete (17) y Dieciocho (18))

    a.4. Sobresaliente cum laude (equivalente encalificacin vigesimal a diecinueve (19) y veinte(20))

    b. Por voto en MAYORA (acuerdo de dos de los tresmiembros del jurado), se consignar como calificacin lade APROBADO (equivalente en calificacin vigesimal aDoce (12) y Trece (13).

    Artculo 19.-En caso de obtener calificacin aprobatoria, el optante se haracreedor del grado correspondiente.

    Artculo 20.-Las Tesis se consideran copropiedad de la Universidad y de losautores de los mismos a partir del momento de su aprobacin deacuerdo al presente Reglamento. Toda publicacin o reproduccintotal o parcial de ellos deber contar necesariamente con la

    autorizacin de cualquiera de sus copropietarios y debe

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    10/17

    consignarse en forma expresa, que se trata de un trabajointelectual presentado en la Universidad Privada del Norte.

    Igualmente, el Jurado podr recomendar la publicacin de la tesislas cuales sern editadas por la Universidad, siempre y cuando elComit Editorial de la misma Universidad lo apruebe y existan losfondos necesarios.

    TTULO II:

    DE LA OBTENCIN DEL TTULO PROFESIONAL

    CAPTULO I:

    DEL TTULO PROFESIONAL

    SUB CAPTULO I: GENERALIDADES

    Artculo 21.- Requisitos

    Para optar el Ttulo Profesional, el egresado debe de cumplir conlos siguientes requisitos:

    21.1. Poseer el Grado Acadmico de Bachiller.

    21.2. Aprobar la sustentacin para obtener el Ttulo Profesional deconformidad con lo normado en el artculo 16 del presenteReglamento.

    21.3. No registrar obligaciones pendientes en la Facultadcorrespondiente, la Biblioteca y Cobranzas de laUniversidad.

    21.4. Presentar recibo de pago por derecho de trmite para laobtencin de Ttulo Profesional.

    Artculo 22.- De las formas para obtener el Ttulo Profesional

    El Bachiller podr elegir una de las siguientes formas:

    22.1. Tesis

    22.2. Informe de Experiencia Profesional

    22.3. Informe de Procesos y Procedimientos

    SUB CAPTULO II: DE LA TESIS

    Artculo 23.-La Tesis consiste en un informe de investigacin cientfica que

    evidencia el manejo de las competencias profesionales descritas

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    11/17

    en el currculo de estudios de la carrera profesionalcorrespondiente.

    Artculo 24.- De las reas Acadmicas responsables

    24.1. El rea responsable del procedimiento para obtener el ttuloprofesional es la Facultad correspondiente, en la que seinicia y culmina el mismo.

    24.2 Secretara Acadmica es el rea responsable de brindar lainformacin necesaria para la obtencin el ttulo profesionalde acuerdo a lo regulado en el presente Reglamento.

    Artculo 25.- Del Procedimiento

    25.1. El procedimiento se inicia con la presentacin de la solicitud

    de elaboracin de Tesis por parte Bachiller ante el Decanopara su aprobacin, dicha solicitud deber contener el temade la tesis a la solicitud se deber adjuntar:

    a. Copia legalizada o autenticada del Diploma del Grado deBachiller

    b. Recibo de Tesorera por el pago de derecho de trmitepara lo obtencin de Ttulo Profesional

    c. Constancia de no registrar obligaciones en la Facultadcorrespondiente, la Biblioteca y Cobranzas de la

    Universidad.25.2. Recibida la solicitud y verificado el cumplimiento de lo

    sealado en el numeral anterior dentro del tercer da hbil, elDecano o el Director de Carrera, en su ausencia oimpedimento, de aprobarla mediante decreto en cuyaresolucin, sealar el tema, el asesor de tesis y elcronograma de actividades respectivo.

    25.3 El Cronograma de Actividades al que se hace referencia enel inciso anterior ser establecido por cada Facultad deacuerdo a sus directivas internas, teniendo en cuenta:

    a. El Bachiller presentar al Decano el proyecto de tesis y elinforme de aprobacin emitido por el Asesor, dentro delos 45 das hbiles siguientes de emitido el decretosealado en el inciso 25.2

    b. Presentado el Proyecto de Tesis por parte del Bachiller,ste tendr 08 meses como mximo para la presentacindel Informe correspondiente para que sea revisado por elJurado.

    c. Recibido el Informe, el Decano designar al Jurado en unplazo mximo de 05 das hbiles, remitindole el mismopara su revisin.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    12/17

    d. El Jurado emitir el dictamen de aprobacin odesaprobacin respecto al borrador del Informe dentro delos 10 das hbiles, bajo responsabilidad.

    e. Habiendo sido aprobado el proyecto final del informe porparte del Jurado, el Decano designar da y hora para susustentacin, la cual se podr realizar dentro de los diezdas hbiles siguientes. Para este efecto, el Bachillerpresentar los ejemplares requeridos por la Facultad.

    f. Habiendo sido desaprobado el borrador del Informe, elJurado devolver el mismo con la finalidad que elBachiller absuelva las observaciones realizadas en unplazo mximo de 30 das hbiles, luego del cual seraplicable lo sealado en el inciso d y e del presenteartculo.

    Artculo 26.- Del Plagio

    De comprobarse el plagio del o en el Informe de Investigacin, elDecano emitir la resolucin respectiva declarando la nulidad delprocedimiento tramitado por el bachiller responsable, quienquedar impedido definitivamente de obtener el Ttulo Profesionalen la Universidad Privada del Norte.

    Articulo 27.- De la Sustentacin: El acto de sustentacin es pblico.

    27.1. El Bachiller deber acudir al lugar, da y hora sealado por elDecano, debidamente presentado. Si el Bachiller no asistieraen la fecha programada, el Decano a solicitud del mismoreprogramar la sustentacin atendiendo a las causas quemotivaron la ausencia. En caso de no presentarse elBachiller por segunda vez perder su derecho a sustentaciny deber realizar nuevamente el pago ntegro del derechorespectivo.

    27.2. El acto de sustentacin se sujetar a las siguientes normas:

    a. El Presidente del Jurado solicitar al Bachiller quesustente su Investigacin, la que tendr una duracinmxima de 45 minutos.

    b. Una vez culminada la exposicin por el Bachiller losmiembros del jurado procedern a formular las preguntasrespectivas teniendo en cuenta el contexto de laInvestigacin.

    c. Concluida la sustentacin, el Jurado pasar a deliberaren forma reservada, solicitndole al alumno y al pblicose retire de la sala.

    d. Habiendo deliberado el Jurado proceder a redactar elacta respectiva.

    27.3. En caso que el Bachiller sea desaprobado en lasustentacin, se le otorgar un plazo de 30 das hbiles para

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    13/17

    una segunda sustentacin. Si desaprobara por segunda vez,deber reiniciar el proceso de obtencin del TtuloProfesional. Este incluye el pago integral del derechorespectivo.

    Artculo 28.-El pronunciamiento del jurado a que se refiere el inciso 27.2 delartculo anterior deber observar de manera obligatoria lassiguientes alternativas:

    28.1. Desaprobatorio: La desaprobacin se puede suceder:

    a. Por voto en UNANIMIDAD (acuerdo de los tres miembrosdel jurado).

    b. Por voto en MAYORA (acuerdo de dos de los tresmiembros del jurado).

    28.2. Aprobatorio: La aprobacin se puede suceder:

    a. Por voto en UNANIMIDAD (acuerdo de los tres miembrosdel jurado), caso en el cual se podr consignar lasiguiente calificacin:

    a.1. Aprobado (equivalente en calificacin vigesimal aDoce (12) y Trece (13))

    a.2. Notable (equivalente en calificacin vigesimal aCatorce (14) Quince (15) y Diecisis (16))

    a.3. Sobresaliente (equivalente en calificacin vigesimala Diecisiete (17) y Dieciocho (18))

    a.4. Sobresaliente cum laude (equivalente encalificacin vigesimal a Diecinueve (19) y Veinte(20))

    Por voto en MAYORA (acuerdo de dos de los tres miembros deljurado), se consignar como calificacin la de APROBADO(equivalente en calificacin vigesimal a Doce (12) y Trece (13))

    Artculo 29.-En caso de obtener calificacin aprobatoria, el jurado remitir elacta correspondiente a la Facultad, y en mrito a tal documentosta emitir el decreto sealando que el optante se encuentraexpedito para recibir el Ttulo Profesional.

    Artculo 30.-Las memorias y trabajos de investigacin, inclusive las tesis, seconsideran copropiedad de la Universidad y de los autores de losmismos a partir del momento de su aprobacin de acuerdo alpresente Reglamento. Toda publicacin o reproduccin total oparcial, de ellos debern contar necesariamente con laautorizacin de cualquiera de sus copropietarios, y debeconsignarse, en forma expresa, que se trata de un trabajointelectual presentado en la Universidad Privada del Norte.

    Igualmente, el Jurado podr recomendar la publicacin de la tesis,la cual ser editada por la Universidad, siempre y cuando el

    Comit Editorial de la misma Universidad, lo apruebe y existan losfondos necesarios.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    14/17

    SUB CAPTULO III: DEL INFORME DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

    Artculo 31.-El Informe de Experiencia Profesional consiste en unainvestigacin aplicada a los conocimientos obtenidos por el

    bachiller en sus diferentes labores en el rea en la cual buscatitularse.

    Artculo 32.-De las reas Acadmicas responsables

    32.1. El rea responsable del procedimiento para obtener el ttuloprofesional es la Facultad correspondiente, en la que seinicia y culmina el mismo.

    32.2. Secretara Acadmica es el rea responsable de brindar lainformacin necesaria para la obtencin el ttulo profesional

    de acuerdo a lo regulado en el presente Reglamento.Artculo 33.-De los requisitos

    Los requisitos para obtener el Ttulo Profesional por Informe deExperiencia Profesional son los siguientes:

    33.1. Tener el grado acadmico de Bachiller.

    33.2. Acreditar 03 (tres) aos de experiencia pre profesional apartir de la obtencin del grado de Bachiller, experiencia quepudo obtenerla en una o ms instituciones.

    33.3. Presentar el Informe de Experiencia Profesional, de acuerdocon el esquema de investigacin que otorga cada Facultad.

    Artculo 34.-Del Procedimiento

    34.1. Se aplica al presente procedimiento, las normas que regulanla Titulacin Profesional por la forma de Tesis.

    34.2. El procedimiento se inicia con la presentacin de la solicitudde elaboracin del Informe de Experiencia Profesionalpresentada al Decano por el Bachiller para su verificacin yaprobacin; a dicha solicitud deber adjuntar:

    a. Copia legalizada o autenticada del Diploma del Grado deBachiller.

    b. Recibo de Tesorera por el pago de derecho de trmitepara lo obtencin de Ttulo Profesional.

    c. Hoja de Vida documentada y firmada.

    d. Certificados, constancias u otros documentos originalesemitidos por el representante legal o por la personadebidamente autorizada, los cuales acrediten por losmenos 03 (tres) aos de experiencia pre profesional apartir de la obtencin del grado de Bachiller.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    15/17

    e. Declaracin Jurada emitida por el Bachiller respecto a laautenticidad de los documentos adjuntados a la solicitud,bajo responsabilidad.

    f. Resea de las labores y experiencias obtenidas en el olos centros de trabajo.

    34.3. Recibida la solicitud, y verificado el cumplimiento de losealado en el inciso anterior, dentro del tercer da hbil elDecano o el Director de Carrera en su ausencia oimpedimento, declara la admisibilidad de la pretensin delbachiller mediante decreto, se le adjunta el esquema deinvestigacin; se le designa el asesor especializado en lamateria y se le seala el cronograma de actividadesrespectivo.

    34.4 El cronograma de actividades al que se hace referencia en elinciso anterior ser establecido por cada Facultad deacuerdo a sus directivas internas, teniendo en cuenta:

    a. El Bachiller presentar al Decano el Informe deExperiencia Profesional y ste designar a los miembrosdel Jurado a quienes se les remitir el Informe para surevisin.

    b. El Jurado emitir el Dictamen de aprobacin odesaprobacin respecto al borrador del Informe y elDecano designar da y hora para su sustentacin; paraeste efecto el Bachiller presentar los ejemplaresrequeridos por la Facultad.

    c. Habiendo sido desaprobado el borrador de Informe, elJurado devolver el mismo con la finalidad que elBachiller absuelva las observaciones.

    Artculo 35.-Del fraude o plagio

    Toda evidencia de fraude o plagio perjudica la dignidad de laUniversidad y de comprobarse, el Decano emitir la resolucinrespectiva declarando la nulidad del procedimiento tramitado porel Bachiller responsable, quien quedar impedido definitivamentede obtener el Ttulo Profesional en la Universidad Privada del

    Norte; e inclusive el de anularse el Ttulo Profesional que se hayaobtenido mediante dichas modalidades ilcitas sin perjuicio de lasdems acciones que puedan comprobarse en estos supuestos .

    Articulo 36.-De la Sustentacin

    Las normas que regulan la Titulacin Profesional por la forma deTesis son aplicables en lo que fuera pertinente a la de Informe deExperiencia Profesional, en lo que se refiere a la sustentacin delmismo.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    16/17

    SUB CAPTULO IV: DEL INFORME DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS

    Artculo 37.-El Informe de Procesos y Procedimientos consiste en unainvestigacin de situaciones fcticas que el bachiller analizar

    respecto del rea en la cual busca titularse.

    Artculo 38.-De las reas Acadmicas responsables

    38.1. El rea responsable del procedimiento para obtener el ttuloprofesional es la Facultad correspondiente, en la que seinicia y culmina el mismo.

    38.2. Secretara Acadmica es el rea responsable de brindar lainformacin necesaria para la obtencin el ttulo profesionalde acuerdo a lo regulado en el presente Reglamento.

    Artculo 39.-De los requisitosLos requisitos para obtener el Ttulo Profesional por Informe deProcesos y Procedimientos son los mismos que los estipuladospara la forma de Tesis.

    Artculo 40.-Del Procedimiento

    40.1. Las normas que regulan la Titulacin Profesional por laforma de Tesis son aplicables en lo que fuera pertinente alprocedimiento de Informe de Procesos y Procedimientos.

    40.2. En el caso que el Informe se produjera a partir de

    expedientes judiciales o administrativos estos debern serentregados al Decano en el nmero copias necesarias paralos fines de la sustentacin.

    Articulo 41.-De la Sustentacin

    Las normas que regulan la Titulacin Profesional por la forma deTesis son aplicables en lo que fuera pertinente a la de Informe deProcesos y Procedimientos, en lo que se refiere a la sustentacindel mismo.

    TTULO III:

    DE LA ENTREGA Y DUPLICADO DE GRADOS ACEDMICOS Y TTULOSPROFESIONALES

    Artculo 42.- De la entrega de Grados Acadmicos y Ttulos Profesionales

    La Ceremonia de Colacin para Grados Acadmicos y TtulosProfesionales se realizar en el lugar y fecha determinados por laUniversidad.

  • 7/22/2019 Reglamento Grados Titulos Upnorte

    17/17

    Artculo 43.- Del duplicado de los Grados Acadmicos y Ttulos Profesionales

    Para efectos de la emisin de los duplicados de diplomas degrados acadmicos y ttulos profesionales, se tendr en cuenta lo

    dispuesto en la ley de la materia.

    DISPOSICIN COMPLEMENTARIA

    DISPOSICIN COMPLEMENTARIA NICA: La obtencin de la especialidadotorgada con el Ttulo Profesional se regular por las directivas de cadafacultad.

    DISPOSICIONES FINALES

    PRIMERA DISPOSICIN FINAL: ModificacinEl presente reglamento podr ser modificado por Resolucin Rectoral, concargo a dar cuenta al Directorio de la Universidad.

    SEGUNDA DISPOSICIN FINAL: De los formatos

    Forman parte del presente reglamento los formatos:

    a) De la carpeta para la obtencin del Grado de Bachiller, formatos

    1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.b) De la carpeta para la obtencin del Grado de Magster y Doctor,

    formatos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9; y los anexos 1 y 2.De la carpeta para la obtencin del Ttulo Profesional, formatos 1, 2, 3, 4A, 4B,5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11; y los anexos 1 y 2.