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Reglamento Interno 2013

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Page 1: Reglamento Interno 2013

REGLAMENTO INTERNO DEL CETPRO HERMENEGILDO VARGAS

TITULO IGENERALIDADES

Art. 1 El CETPRO ”Hermenegildo Vargas” es una Institución Educativa que se inspira en la actual Constitución Política del Perú, la Ley General de Educación y la actual Política Educativa, siendo su Misión Institucional: Brindar una Educación de calidad para general auto-empleo en los Participantes, contribuyendo al desarrollo de su localidad.

Art. 2 El presente Reglamento Interno integra los derechos y deberes de los agentes educativos de nuestra Institución, así como también las disposiciones vigentes, orientadas a un solo reto de dar alternativas o medidas de solución a los diferentes problemas que se puedan generar, garantizando el normal desenvolvimiento de las labores educativas.

Art. 3 Bases legales Constitución Política del Perú Ley General de Educación 28044 Ley de la Reforma Magisterial N° 29944 R.D. N° 0378-2012 –ED. Orientaciones nacionales para el desarrollo de las

actividades durante el año 2013 en los Centros Públicos y Privados de Educación Técnico Productiva.

R.M. 0588-2006 ´- Aprueban el Diseño Curricular Básico para la Educación Técnico Productiva: Ciclo Básico.

Decreto Supremo N° 022-2004 Centros de Educación Técnica Productiva. D.S. 009-2006 – ED- Aprueban Reglamento de las Instituciones Privadas de

Educación Básica y Educación Técnico Productiva. RVM N° 085-03. Aprueban el Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones

Art. 4 AlcancesEl presente reglamento regirá a todo el personal Directivo, Docente, Administrativo y Participantes.

CAPITULO IIDEL PROCESO EDUCATIVO

Art. 5 El Curriculum se desarrollará en concordancia con lo que establece el Ministerio de Educación, en cuanto a los programas curriculares modulares conforme a las normas legales vigentes.

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Art. 6 Programación CurricularLos Docentes son los encargados de elaborar la programación curricular modular en base a las estructuras vigentes en centros de Educación Técnico productiva, eligiendo Opciones ocupacionales de acuerdo a la demanda productiva.

Art. 7 MetodologíaLos Docentes tienen la obligación de diversificar la metodología, seleccionar los medios y de apoyo al proceso de enseñanza-aprendizaje de modo que:

Estén en función a la demanda laboral Cumplan con las expectativas de los Participantes. Utilicen los medios, materiales y estrategias adecuadas. Inserten la capacitación en Proyectos productivos.

Art. 8 EvaluaciónLos Participantes se sujetaran a las normas vigentes, aplicando diversos criterios, instrumentos y de evaluación.En cada Módulo ocupacional se obtendrá un promedio de cada capacidad terminal, siendo de responsabilidad del Profesor de Aula hacer conocer la evaluación de los estudiantes.

Art. 9 Monitoreo y SeguimientoSe elaborará un Plan Anual, aplicándose el monitoreo y seguimiento de las actividades programadas.En cada monitoreo se brindará el asesoramiento de evaluación.

Art. 10 TurnosLas actividades educativas se desarrollarán en turnos de: Mañana Tarde Noche

Art. 11 ControlSe tendrá presente la asistencia del participante y el control de su permanencia dentro del plantel.

TÍTULO IIDE LOS AGENTES EDUCATIVOS

CAPÍTULO IDE LOS PARTICIPANTES

Art. 12 Son derechos de los Participantes:

Recibir una educación integral de acuerdo a la Opción Ocupacional a la que pertenece y en el horario correspondiente.

Ser tratado con respeto sin discriminación alguna.

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Tener acceso a equipos y herramientas de la Institución, según los requerimientos del curso y en coordinación con su profesor.

Recibir estímulos y reconocimiento por su labor sobresaliente en el rendimiento de su especialidad cuando la circunstancia lo amerite.

Art. 13 Son deberes de los estudiantes Llegar temprano a clases, siendo prohibido quedarse en los pasadizos. Practicar actitudes y valores, respetando a los Profesores, alumnos e institución. Participar obligatoriamente en las actividades cívico-patrióticas y culturales

programadas por la Institución. Traer el material requerido para la práctica de Taller y así cumplir con las tareas

y proyectos programados. Colaborar en acciones de implementación de su aula taller. Participar en la conservación y mantenimiento de los bienes del plantel. Cumplir puntualmente con los compromisos económicos en beneficio de la

Institución. Evitar realizar actividades sin permiso de la Dirección del CETPRO. Cuidado del medio ambiente.

Art. 14 Los Participantes que no cumplan con los deberes antes mencionados, incurren en falta, optándose en aplicar las siguientes sanciones.

Amonestación verbal. Amonestación escrita.

CAPÍTULO IIDE LOS DOCENTES

Art. 15 Son deberes de los Profesores: Mantener en toda ocasión un comportamiento personal y social acorde con la

dignidad de su función como Educador. Utilizar técnicas y métodos adecuados que garanticen el proceso de

enseñanza-aprendizaje, incidiendo permanentemente en la formación integral del Participante.

Participar en reuniones de trabajo de actualización permanentemente, manteniéndose al día en la línea de acción educativa.

Realizar las labores Docentes con eficiencia, puntualidad y espíritu de colaboración, contribuyendo en forma efectiva con la buena marcha y logro de los objetivos del CETPRO y de la Educación en general.

Asumir las disposiciones generales, según la normatividad vigente y ayudar a cumplir el presente reglamento.

Cumplir fielmente en su horario de trabajo, conforme a su jornada laboral.

Art. 16 Son derechos de los profesores: Recibir una remuneración completa de acuerdo a las normas vigentes. Profesionalizarse, actualizarse y capacitarse con goce de haber en los casos que

corresponda.

CAPÍTULO III

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DE LA DIRECCIÓN Y EL PERSONAL JERÁRQUICO

Art. 18 El Director (a) es la primera autoridad del CETPRO que representa a la Institución.

Art. 19 Son deberes del Director (a) Es el responsable de la programación, organización, conducción, supervisión,

evaluación y control de las acciones técnico pedagógico y administrativo de los diferentes servicios que brinda el CETPRO.

Velar por el cumplimiento de los objetivos planteados en el Proyecto de Desarrollo Institucional, fomentando las buenas relaciones entre los agentes educativos.

Aplicar sanciones en forma verbal y escrita al personal a su cargo por causa de incumplimiento en sus funciones conforme al manual de funciones.

Art. 20 La jefatura de actividades productivas y empresariales

Implementar un banco de proyectos productivos en el CETPRO y promover su ejecución como estrategias para el fortalecimiento de capacidades de los estudiantes en su proceso formativo, así como impulsar proyectos productivos para generar recursos propios para la sostenibilidad del CETPRO y como un mecanismo para el proceso de titulación de los egresados y el desarrollo de sus prácticas pre profesionales.

Velar por la protección y el mantenimiento de las máquinas, herramientas y equipos de los talleres.

ÁREA ADMINISTRATIVA

Art. 22 El área administrativa son los órganos de apoyo encargados de planificar, organizar y brindar servicios y recursos que permitan un eficiente financiamiento del CETPRO así como ejecutar las actividades correspondientes a su función.

Art. 23Funcionamiento En el CETPRO Hermenegildo Vargas se imparten Opciones Ocupacionales de

Construcción metálica, peluquería básica, electrónica, confección textil, manualidades, computación, panadería y pastelería, servicios de asistente en cocina, cuyo funcionamiento es turnos mañana, tarde y noche, según la demanda del mercado laboral, personal Docente, infraestructura y equipamiento.

La jornada laboral del personal directivo es de cuarenta (40) horas cronológicas semanales, y, debiendo distribuir su jornada laboral en los turnos de funcionamiento del CETPRO, para ejecutar acciones de Dirección, supervisión, coordinación y gestión de los servicios que ofrece el CETPRO. El personal jerárquico 40 horas pedagógicas y el personal docente tiene una jornada laboral de treinta (30) horas pedagógicas de 45 minutos cada una.

El personal de Servicio tiene una jornada laboral de cuarenta (40) horas cronológicas y su horario se adecuará y/o modificará por convenir al servicio.

Los Participantes tendrán una jornada de clases de treinta (30) horas semanales de 45 minutos de acuerdo a la naturaleza de los módulos ocupacionales.

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Art. 24 Asignación y desplazamiento del personal Para el mejor cumplimiento de la gestión se formará el COMITÉ DE

EVALUACIÓN DEL PERSONAL, elegido por la asamblea de profesores y será presidido por la Dirección.

Al personal Docente se le designa responsable de su taller, teniendo en cuenta la necesidad de un mejor servicio.

La distribución de aula – taller será de acuerdo a la especialidad del Docente y según el tipo de módulo ocupacional. Sólo por racionalización podrá reestructurarse esta distribución del personal en el presente año electivo.

En caso de movimiento de personal, el Docente reemplazante sea contratado, reasignado, destacado o nombrado, ocupara la plaza vacante del titular del aula que deje, salvo mejor parecer del la Dirección del CETPRO por convenir al servicio educativo.

Designar al personal Docente que hace uso de licencias, con o sin goce de haber por 30 días o más, se cubrirá con un Docente del mismo CETPRO sin recurrir a nuevos contratos.

Art. 25 RegistrosEl CETPRO “Hermenegildo Vargas” cuenta con diversos registros que constituyen instrumentos técnicos con la finalidad de brindar una eficiente labor, entre ellos mencionaremos: Registro de asistencia de personal Docente. Registro de asistencia de personal administrativo. Registro de asistencia y evaluación del Participante. Registro de documentos recibidos. Registro de documentos remitidos. Registro de archivos (activo-pasivo). Inventario de bienes muebles- -altas y bajas

TÍTULO IIIDE LOS ÓRGANOS DE APOYO

CAPÍTULO IVCOMITES ESPECIALIZADOS

Art. 26 Comité De Defensa Civil Estará conformado por Docentes, uno de cada turno, y será presidido por la

Dirección del CETPRO. En sus funciones estará la ejecución de simulacros de desastres naturales,

programados periódicamente por INDECI. Fomentar en los Participantes acciones preventivas de desastres naturales. Dirigir y/o ejecutar las tareas de señalización de las zonas de seguridad, vías

de escape y evacuación.

Art. 27 Comité de Recursos

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Estará conformado por dos (2) docentes presidido por Dirección. Funciones:

Será el encargado de elaborar el presupuesto económico del CETPRO del presente año lectivo.

Deberá presentar un informe económico trimestral al personal docente. Los ingresos y egresos se registran el Libro Caja, siendo la

responsabilidad del Director del CETPRO, presentar a la autoridad competente el informe financiero anual.

Art. 28 Comité de Actividades Estará conformado por cuatro (04) docentes y será presidido por Dirección. Funciones:

Está encargado de planificar las actividades celebratorias del Calendario Cívico escolar.

Presentara un Plan de Trabajo con su cronograma de actividades y debidamente presupuestado.

Propiciará actividades pedagógicas y económicas que beneficien a los agentes educativos de la Institución.

Art. 29 Comité de Inventario de Altas y Bajas Estará conformado por un (1) personal docente y un (1) personal administrativo

y presidido por Dirección. Funciones:

Verificar anualmente el inventario de bienes muebles del CETPRO.Velar permanentemente por el uso racional de los bienes muebles de la

Institución.Dará de alta a los bienes adquiridos el año anterior por el CETPRO, ya sea

por donaciones externas, adquisición directa con recursos propios, por actividades organizadas por los Participantes y otros conceptos.

Dará de baja a los bienes que por diversas consideraciones fueran declaradas inoperativas u obsoletas.

CAPÍTULO IVRELACIONES Y COMUNICACIONES CON LA

COMUNIDAD

Art. 30 Padres de Familia y ParticipantesEl Director y Personal Docente del CETPRO “Hermenegildo Vargas” tienen la obligación de establecer coordinaciones y buenas relaciones con los Participantes y comprometerlos para lograr su debida participación en el mejoramiento de los servicios educativos del CETPRO y contribuyendo a solucionar la problemática.

Art. 31 A nivel de CETPRO se conformará la Asociación de participantes y en cada sección se formará un Comité de Aula con la finalidad de: Apoyar el desarrollo de las actividades académicas y de otra índole en beneficio

del CETPRO.

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Contribuir al mejoramiento, equipamiento del Aula – Taller.

Art. 32 InstitucionesEl Director y Personal Docente del CETPRO “Hermenegildo Vargas” tienen la obligación de establecer alianzas estratégicas con diversas Instituciones y/o entidades de la localidad para solicitarles su participación en los proyectos de Gestión Institucional.