40
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N°03 CEBA BARTOLOME HERRERA SAN MIGUEL “Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016” http://www.ugel03.gob.pe/ MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL N° 03 CEBA “BARTOLOMÉ HERRERA” Av. La Marina cdra. 12 s/n – San Miguel. REGLAMENTO INTERNO

Reglamento Interno 2013

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

San Miguel, 28 de Enero del 2013

OFICIO Nº 005 D CEBA ”BH”-2013SeñorMarco Antonio Arriaga La RosaDirector de la Unidad de Gestión Educativa LocalU.G.E.L. Nº 03Presente.- ASUNTO: Remito RELAMENTO INTERNO.- 2013 del CEBA “Bartolomé Herrera””- NOCHE.

Es grato dirigirme a Ud. para saludarlo de manera cordial y al mismo tiempo

remitir adjunto al presente en CD, el REGLAMENTO INTERNO Y NORMAS DE CONVIVENCIA, correspondiente al año, 2013, documentos de gestión del Centro de Educación Básica Alternativa “Bartolomé Herrera” - Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado PEBAJA del distrito San Miguel.

Me suscribo de Ud. con especial deferencia a su persona

. Atentamente.

BSN/mqsAdjunto: 01 CD.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

MINISTERIO DE EDUCACION

UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL N° 03

CEBA “BARTOLOMÉ HERRERA”

Av. La Marina cdra. 12 s/n –San Miguel.

REGLAMENTO INTERNO

2013

Page 2: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

San Miguel, 29 de Enero del 2013

RESOLUCIÓN DIRECTORIAL N° 005 D CEBA “BARTOLOMÉ HERRERA” – 2013

Visto y revisado el Proyecto del Reglamento Interno y Normas de Convivencia del CEBA

“Bartolomé Herrera”, de los programas de PEBAJA Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado para

el año 2013 y las modificaciones propuestas y aprobadas en Asamblea General y CONEI.

CONSIDERANDO:

Que, es necesario aprobar el Reglamento Interno y Normas de Convivencia del CEBA

“BARTOLOME HERRERA” para el año 2013, en concordancia con lo dispuesto en la

DIRECTIVA N°014-2012MINRDU/VMGP Normas y orientaciones para el desarrollo del año

escolar 2013 en la educación básica.

SE RESUELVE:

1° Aprobar el presente Reglamento Interno y Normas de Convivencia.

2° Difundirlo en todos los estamentos del C.E.B.A.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE

ÍNDICE

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 3: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

INTRODUCCIÓN :

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

CAPÍTULO I : DE LOS FINES Y BASES LEGALES

CAPÍTULO II : DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO III : DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ÓRGANOS Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN

CAPÍTULO IV : LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

CAPÍTULO V : DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO VI : DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO VII : DE LA MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICADOS

CAPÍTULO VIII : DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

CAPÍTULO IX : DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHICIONES, FALTAS SANCIONES Y ESTÍMULOS DEL PARTICIPANTES.

CAPÍTULO X : DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES.

CAPÍTULO XI : DE LOS SERVICIOS DE RECREACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL

CAPÍTULO XII : DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

CAPÍTULO XIII : DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 4: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno es un documento de gestión y control que establece y norma la organización y funcionamiento interno de la Institución Educativa- “BARTOLOMÉ HERRERA” en el nivel de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Alternativa - PEBAJA con la finalidad de facilitar y asegurar el logro de sus fines y objetivos , definir a la Institución, establecer objetivos, asignar funciones y responsabilidades y las relaciones que la componen, fijando los deberes y derechos de las personas que la conforman..

Su formulación obedece a la decisión de promover la armonía, seguridad y bienestar en el colegio mediante el diálogo de todos sus integrantes, la participación mancomunada en el logro de sus objetivos y el propósito de mejorar el prestigio ganado así como defender y preservar los recursos económicos y materiales con que cuenta.

Este documento que debe convertirse en un instrumento Técnico – Administrativo elemental en la buena marcha de nuestra Institución educativa ha sido estructurado en base a los dispositivos legales y administrativos vigentes. Consta de trece capítulos y cien artículos.

En su elaboración han participado una Comisión de – Docentes y la Asamblea General de Profesores a quienes expreso el sincero agradecimiento de la familia Herreriana

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 5: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

REGLAMENTO INTERNO

DE LA INSTITUCION EDUCATIVA “BARTOLOMÉ HERRERA”- DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA DE (PEBAJA)

CAPITULO I

DE LOS FINES Y BASES LEGALES

FINALIDAD

Artículo 1º Motivar, orientar y alcanzar los fines y objetivos de la educación en la modalidad considerando las aspiraciones de la comunidad Herreriana, normando su ordenamiento interno dentro de la modalidad.

BASES LEGALES

Artículo 2º Las normas que se establecen en este reglamento se sustenta en los Siguientes dispositivos Legales y Administrativos:

Constitución Política del Perú Ley General de Educación 28044 y su modificatoria Ley N°

28123. Ley del Profesorado Nº 24029, su modificatoria Nº25215 y su

reglamento DS. No.019-90 ED Decreto Legislativo 276 Ley de Bases de la Carrera

Administrativa y remuneraciones del Sector Público. Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos

2611 y su reglamento DS. 02-94-JUS. RM. Nº 574-94.Ed Reglamento de Asistencia y permanencia. Resolución Directoral 010-92 INAP-DNP Manual Normativo de Asistencia y Permanencia. D.S. No.015-2004-ED. Reglamento de Educación Básica

Alternativa. RM N° 0341-2009-ED. Orientaciones y Normas Nacionales

para la gestión educativa año 2010. RM.N° 542 – 2005 – ED. Proceso de conversión fase de

extensión.. RVM. N° 029-2001-ED. Evaluación de los aprendizajes. RD. N° 7284 05-12-05. Autorizan Centros de conversión de

Básica Alternativa: CEBA. R.D.R. N° 00117 – 2006. Autoriza Conversión en EL Centro

Educativo.

ALCANCE: Artículo 3º - Director

- Profesores- Personal Administrativo y de Servicio

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 6: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

- Participantes.

CAPÍTULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

FINES

Artículo 5º La finalidad del CEBA “BARTOLOMÉ HERRERA” de la Modalidad Básica Alternativa es la formación integral, preparación y el desarrollo de las capacidades empresariales del participante basada en la observación y práctica permanente de los valores morales, humanos cristianos y cívico - patrióticos, en concordancia con los objetivos y planes de desarrollo del Estado Peruano y el Perfil HERRERIANO.

OBJETIVOS

Artículo 6º Son objetivos de la Institución Educativa:a) Lograr la formación integral de los participantes en armonía con sus

potencialidades, necesidades, aspiraciones y las de la sociedad.b) Fortalecer la conciencia cívico – patriótica de los participantes para

garantizar la armonía, desarrollo, integridad y defensa nacional.c) Desarrollar la tecnología educativa que permita mejorar la calidad del

servicio que ofrece el CEBA en la modalidad.d) Lograr la cooperación de la Comunidad en la Promoción y Gestión de

los servicios educativos que requiere el colegio.e) Potenciar las capacidades de los participantes para afrontar los retos de

la sociedad peruana y hacerse un lugar dentro de la economía nacional.f) Propiciar la internalización de valores de responsabilidad, solidaridad,

creatividad, criticidad, justicia, laboriosidad y todos aquellos que contribuyen a la formación de la conciencia moral de los participantes.

g) Propiciar acciones de promoción y desarrollo de la comunidad.h) Promover y desarrollar actividades culturales, deportivas y de

recreación.i) Brindar a los participantes los servicios de bienestar que contribuya al

Conocimiento y comprensión de sí mismo y el desarrollo de su personalidad

j) Fomentar y vivir los valores humanos y cristianos como alternativa a la crisis.

FUNCIONES GENERALES

Artículo 7º Son funciones generales de la Institución Educativa : a) Facilitar el aprendizaje en los programas de PEBAJA y Alfabetización,

programando, ejecutando y evaluando integralmente las acciones y servicios educativos que se relaciona con la política educativa.

b) Participar en las acciones de promoción y desarrollo de la comunidad Fomentando nuevos niveles éticos, sociales, culturales y económicos.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 7: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 8º La Institución Educativa “BARTOLOMÉ HERRERA” de la Modalidad Básica alternativa cuenta con la siguiente estructura:

ÓRGANO DE DIRECCIÓN: -Dirección. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN: Asamblea General, Personal Docente, Consejo Educativo Institucional, Consejo de Participación estudiantil, Tutores. ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO : Secretaría, Oficinista y Personal de servicio. ÓRGANO ACADÉMICO: Profesores. ÓRGANO DE EJECUCIÓN: Aulas .

Artículo 9º ÓRGANO DE DIRECCIÓN: La Dirección de la I. E. “BARTOLOMÉ HERRERA” de la Modalidad Básica Alternativa es la responsable de la organización y funcionamiento de la Institución Educativa y encargada de planificar, organizar, controlar, supervisar y evaluar las acciones de los organismos internos que intervienen en el proceso educativo.

Artículo 10º ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN: Son responsables de apoyar al Director de la Modalidad de la Institución Educativa para la promoción y mejoramiento de la calidad de la educación.

Artículo 11º ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO: Es el encargado de conducir los sistemas administrativos de secretaría, archivo, tesorería contabilidad, abastecimiento y seguridad de la Institución Educativa.

Artículo 12º ÓRGANO DE LÍNEA O ACADÉMICO: Son responsables de programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, la orientación y bienestar del educando y promoción comunal ; y de asegurar la disciplina que se requiere para el desarrollo de las actividades de la Institución Educativa.

Artículo 13º ÓRGANO DE EJECUCIÓN : Son las aulas de Educación de la Modalidad Básica Alternativa, donde se ejecuta, supervisa y evalúa las acciones educativas.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 8: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

CAPITULO III

DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS MIEMBROS QUE LO INTEGRAN

EL ORGANO DE DIRECCION El Director, tiene autonomía en el cumplimiento de sus funciones pedagógicas y administrativas en coordinación con el Director. Artículo 14º Funciones de Dirección: -En lo pedagógico

a) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos, promoviendo y estimulando permanentemente la innovación pedagógica.

b) Promulgar en la modalidad los documentos normativos que orientan la vida del centro educativo y que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales.

c) Monitorear, supervisar , asesorar y evaluar el servicio educativo.d) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades

pedagógicas en diversos lugares de la comunidad.e) Suscribir, en los centros educativos , convenios y/o contratos con fines

educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente.f) Estimular y organizar la participación de los alumnos de la modalidad en

eventos de carácter deportivo ,cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones , de acuerdo a las presente normas.

g) Impulsar jornadas pedagógicas que promueven espacios de Inter-aprendizaje y reflexión así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo.

-En los recursos y servicios del centro educativo.h) Planificar, organizar y administrar los servicios prestados por la Institución

Educativa siguiendo las orientaciones del Plan de trabajo y las normas oficiales.

i) Formular el presupuesto de la modalidad y velar por la correcta administración de todos los recursos , incluyendo los recursos propios.

j) Coordinar con el Consejo de Participación Estudiantil el uso de los fondos que recaude , teniendo en cuenta los requerimiento del Plan de Trabajo Anual.

En lo Administrativo

k) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con el personal directivo y jerárquico de la Institución Educativa.

l) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudios, dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exoneración de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidaciones y de ubicación en cualquier momento del año.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 9: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

m) Seleccionar y proponer a la autoridad educativa la contratación o el nombramiento del personal docente y administrativo que reúna los requisitos legales en función de las plazas que correspondan a la modalidad, teniendo en cuenta la propuesta de la Comisión Especial de Evaluación de la Modalidad educativa , especificando la justificación del requerimiento y la duración del contrato .El órgano intermedio ,de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en la ley No.24029 , formaliza el contrato o nombramiento en un plazo no mayor de diez días útiles.

n) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes.

o) Proponer el órgano intermedio la cobertura de las licencias de acuerdo a las normas vigentes, seleccionar y designar, en la Institución Educativa, previa propuesta de la respectiva Comisión Especial de Evaluación, el docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular comunicando oportunamente al órgano de intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Asimismo proponer el órgano intermedio licencias de personal administrativo y cubrir dicha licencias cuando es sin goce de haber.

p) Informar de manera pública y transparente del manejo de recursos y bienes de la modalidad a la comunidad educativa.

q) Elaborar el rol de vacaciones del personal administrativo y de servicio.

En las Relaciones con la Comunidad Educativa :r) Coordinar con el Consejo de participación estudiantil y el órgano

intermedio del Ministerio de Educación asuntos de interés común.s) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que

favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.

t) Promover actividades de promoción educativa comunal y actividades de apoyo a la alfabetización de adultos.

DEL ORGANO DE PARTICIPACION Y COORDINACIONLA ASAMBLEA GENERAL DEL PERSONAL DOCENTE. La asamblea General del Personal Docente de la modalidad, está conformado por el Director, que la preside y por los profesores. Se reúne en sesiones Ordinarias y

extraordinarias durante el año de acuerdo a una programación y a las necesidades de la modalidad.

Artículo 15º Son funciones de la Asamblea General de Profesores:a) Participar en la elaboración, ejecución del Plan Anual de trabajo,

Reglamento Interno, P.E.I. y P.C.C.b) Elaborar alternativas sobre la problemática de la Institución Educativa y la

aplicación de programas curriculares.c) Promover y apoyar la capacitación docente.d) Velar por el mantenimiento del local y el mobiliario.e) Participar en las reuniones técnico-pedagógicas.f) Garantizar la buena marcha de la Institución Educativa..

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 10: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI)

El Consejo Educativo Institucional de Educación Básica Alternativa está presidido por el Director, un profesor y por un delegado de los alumnos.

Artículo 16º Son funciones del CONEI.a) Elaborar el plan anual y reglamento del CONEI.b) Participar en la formulación, desarrollo y ejecución del Plan de Trabajo

Anual de la Institución Educativa.c) Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades de orientación

y los servicios de bienestar del educando con la participación de los profesores y el Consejo de participación estudiantil.

d) Detectar problemas que presentan los participantes y contribuir a la solución y tratamiento con el apoyo del área de salud y otros. e) Reunir, analizar y tomar acuerdos en los casos de indisciplina de participantes u otros problemas producidos dentro de la modalidad. f) Apoyar en la disciplina, organizando el cuerpo de Brigadieres, Delegados de Aula y algunas otras comisiones en ausencia de los Tutores.

DEL TUTOR

Apoya a los participantes de una de las secciones en los aspectos formativos de la personalidad, de su rendimiento académico y comportamiento .Depende del Director de la modalidad.

Artículo 17º Sus funciones son: Programar las actividades de Orientación en su respectiva sección. Asesorar a las Juntas Directivas para el éxito de las promociones. Motivar la ambientación del salón de clases. Elegir y renovar el Cuerpo de Delegados de la sección a su cargo. Entregar el carné escolar y la constancia de notas de su respectiva sección. Asesorar a los participantes de su sección en sus problemas personales, académicos o de

conducta. Promover la solución de problemas que surjan entre profesores y participantes de su

sección. Colaborar en la formación de los participantes en el patio en las diferentes actividades,

para mejorar la disciplina y su ejecución. El Tutor desempeña su rol en coordinación con otros docentes buscando en todo

momento favorecer el desarrollo integral de los participantes. Los tutores deben ser capacitados en el manejo de técnicas de participación. Comunicación, toma de decisiones y otras estrategias que favorezcan su rol. Llenar la constancia de notas, elaborar la pre-acta de su sección. Los Tutores serán designados por los participantes, siendo este cargo rotativo hasta

Quinto Año EDA y 4to. EBA, debiendo retornar a los grados inferiores.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 11: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

CONSEJO DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL (COPAE)

El Consejo de Participación Estudiantil está representado por la Junta Directiva, que es elegida para un periodo de un año y es asesorado por el Director y dos profesores de la Institución Educativa.

Artículo 18º Son funciones del Consejo de Participación Estudiantil:a) Participar en el proceso educativo en provecho de su propia formaciónb) Intervenir en el desarrollo de las actividades educativas que ejecuta la I.E.c) Contribuir el mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de la I.E.d) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el Plan Anual de Actividades y

presupuesto del Comité, en coordinación con el Director y los Asesores, inmediatamente después de su elección.

e) Proponer estímulos para los alumnos, personal docente y no docente y para los participantes de mayor rendimiento.

f) Controlar los ingresos por cuota de derecho del Consejo de Participación Estudiantil bajo su administración.

g) Mantener actualizado el libro de Actas de sesiones, libro de Caja y la documentación contable.

g) La Directiva del Consejo de Participación Estudiantil debe informar por lo menos dos veces al año a la asamblea de profesores y de delegados de participantes sobre el ejercicio de sus funciones adjuntando el correspondiente Balance Económico

h) Convocar a elecciones conformando el Comité Electoral con los Delegados del 5to. Año a más tardar la 1ra. semana de octubre.

Artículo 19º Sus actividades al interior de la I.E. deben ser coordinadas con la -Dirección , los Asesores y la Asamblea de Profesores.

ORGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO

Depende de la Dirección de la Modalidad. Artículo 20º Son funciones de la Secretarío:

1. Participar en la planificación del año escolar.2. Preparar la documentación general de la Institución Educativa.3. Recibir, distribuir, archivar los decretos, resoluciones, directivas, circulares y demás

disposiciones relacionadas con el sector educación.4. Preparar y remitir la correspondencia ordenada por el Director.5. Controlar la confección y expedición de Certificados de Estudios y de Conducta.6. Entregar bajo cargo los Certificados Oficiales y otros documentos.7. Actualizar la Ficha Única de Matrícula8. Organizar y archivar los documentos de matrícula.9. Remitir a la autoridad competente, dentro del plazo prescrito, las nóminas de matrícula y actas

de evaluación, convalidación, subsanación, recuperación y de pruebas de ubicación, informe estadístico de la I.E.

10. Controlar la elaboración de constancias de notas.11. Preparar las actas anuales, aplazados y subsanación de la modalidad.12. Registrar la salida y entrada de los documentos de la I.E. previendo la oportunidad y

cumplimiento.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 12: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

13. Mantener en reserva, orden y bajo seguridad la documentación confidencial y oficial administrativa y del Personal Docente.

14. Llevar el registro de asistencia del personal docente y administrativo. 15. Cumplir diariamente la labor de despacho de la Dirección.16. Mantener la existencia de material de oficina e impresión y se encarga de su

distribución.17. Informar a la Dirección sobre las diferencias e irregularidades que detecte en los documentos de

evaluación.18. Llevar al día el libro de Actas de la I.E.19. Recaudar y hacer el depósito de los fondos por concepto de ingresos propios, así como llevar

ordenadamente el archivo de los documentos sustentatorios de ingresos y egresos.

20. Llevar el libro de Caja, Actas, de Inventario Físico y de Registro de Asistencia de la I. E.21. Supervisar la labor del oficinista que apoya las oficinas técnico – pedagógica y administrativa.22. Controlar la asistencia del personal retirando el cuaderno de firmas ,después de la tolerancia y

colocándolas 5 minutos antes de la salida.

OFICINISTA

Depende directamente de la DirecciónArtículo 21º Sus funciones son:

a) Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir y archivar la documentación que ingresa y se genera en la Secretaría.

b) Brindar atención al público con prontitud y esmero.c) Mecanografiar documentos que se le asigna.d) Elaborar la lista de los participantes, nóminas de matrícula, constancia de

evaluación, actas anuales, aplazados, subsanación en las fechas programadas.

e) Llenar la hoja de rendimiento diario y elevar a la Dirección .f) Informar a la Dirección de cualquier deficiencia o anomalía que detecte en

los documentos de evaluación.g) Preparar la lista de los alumnos que llevan curso de recuperación y de los

retiradosh) Organizar y mantener actualizado el archivo de los documentos de

matrícula.i) Cumplir otras tareas que le asigna el jefe inmediato.

PERSONAL DE SERVICIO

Artículo 22º Sus funciones son: a) Ejecutar labor de limpieza y mantenimiento de todos los ambientes de la I.E. (aulas, servicios, higiénicos, patio, pasadizos, oficinas de la Dirección.

b) Velar por la conservación de la infraestructura y mobiliario de la I.E.c) Realizar tareas de portería, vigilancia en la I.E., empleando un control

estricto en forma permanente.d) Realizar los trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de

materiales.e) Mantener iluminadas las aulas, patios y servicios higiénicos.f) Mantener las buenas relaciones con el personal docente, participantes y

público en general.g) Realizar reparaciones ligeras de las instalaciones, servicios higiénicos y

mobiliario de la I.E.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 13: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

h) Distribuir correspondencia oficial de la Dirección de la I.E.i) Solicitar oportunamente el material de limpieza.j) Informar a la Dirección de las incidencias de deterioro de la

infraestructura, mobiliario y material de la I.E.k) Realizar otras tareas afines que le asigne la Dirección.l) No permitir el ingreso de alumnos y personas ajenas a la institución, sino

con previa autorización del Director.

ORGANO DE LINEA O ACADEMICO Esta integrado por los profesores de aula y asignaturas .Depende del Director.

Artículo 23º Son funciones del Personal Docente:

a) Participar en la elaboración ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual, Reglamento Interno, PEI y P.C.C.

b) Integrar las Comisiones de Trabajo y colaborar con la Dirección en la realización de las tareas que tiendan a la solución de los problemas educativos, el mantenimiento de la disciplina en general y elevar el prestigio de la I.E.

c) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, en base a la R.V.M.N° 028-2001.ED. Antes del inicio de las clases escolares deberá presentar por duplicado su programación Curricular o carpeta didáctica.

d) Evaluar permanentemente el proceso de aprendizaje y proponer las acciones para mejorar los resultados. e) Evaluar al participante en forma integral y permanentemente.f) Cumplir con la elaboración oportuna de la documentación pedagógica y

administrativa de la sección o asignatura a su cargo; calificar oportunamente los trabajos, los exámenes escritos, mantener al día los registros de evaluación, presentándolo en las fechas establecidas, confeccionar las Actas Promocionales y otras tareas.

g) Cumplir su labor con eficiencia, puntualidad y espíritu de colaboración contribuyendo con el ejemplo a realizar su misión educativa.

h) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la Dirección o las instancias superiores. i) Colaborar con el mantenimiento de la disciplina de los participantes en el aula y formación en el patio. j) Cumplir con el rol de formación del alumnado en el patio los días señalados para rendir honores a los símbolos de la patria. k) Informar a la Dirección de las deficiencias observadas en el rendimiento y comportamiento de los participantes para la oportuna adopción de las medidas más correctivas. l) Orientar a los participantes con respecto a su libertad y velar por su seguridad el tiempo que permanece en la I.E. m) Realizar acciones de recuperación pedagógica dentro de su jornada horaria, evaluación de recuperación, subsanación dentro de su especialidad. n) Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de

la I.E. o) Firmar los partes de asistencia y cumplir con los minutos establecidos de cada hora de clase. p) Exigir a los participantes corrección en clase, utilización de un lenguaje

apropiado y seriedad en su manera de comportarse. q ) Participar y asistir al desarrollo de las actividades permanentes, Calendario

Cívico-escolar y los días programados para rendir honores a los símbolos de la Patria.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 14: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

r) Presentar anualmente y/o cuando se le solicite los informes técnico-pedagógicos con las indicaciones de los logros, dificultades y sugerencias.

CAPITULO IVDE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Artículo 24º El personal Directivo, Docente, Administrativo y de Servicio del colegio durante el mes de noviembre y diciembre cumplirá las acciones de planeamiento y organización de las actividades a ejecutarse en el año lectivo.Artículo 25º En la Institución Educativa “BARTOLOMÉ HERRERA” en la Modalidad expresa

la orientación del servicio educativo en: Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, P.C.P., Calendario Cívico Escolar, Captación de Participantes, Horario Escolar , Informe de la gestión del Director que debe desarrollarse en las siguientes etapas:a) Caracterización de la problemática de la Institución Educativa.b) Formulación de la documentación requerida, partiendo de la

caracterización de la problemática y definiendo los objetivos, metas y actividades.

c) La discusión y aprobación de los documentos finales.d) La ejecución de las propuestas de los documentos.e) La Evaluación y control de lo realizado ,comparando metas y logros

alcanzadosArtículo 26º El Trabajo educativo se organizará determinando tareas específicas para a cada personal de la I.E. de acuerdo al cargo y funciones que desarrolla en forma individual o grupal según las características de cada actividad, se regirá por el reglamento interno y otras normas complementarias.

Artículo 27 º Las áreas que comprende el trabajo educativo entre otros son:

Plan Anual de trabajo, Reglamento Interno, Calendarización del Año Escolar, Programación Curricular, Calendario Cívico Escolar, Elaboración del Cuadro de Horas, Horario de Clases, Matrícula, Exámenes de recuperación y Subsanación, organización de materiales educativos, entrega de constancias de notas, actividades deportivas y de recreación.

Artículo 28 º La programación Curricular se realizará previo estudio, análisis y adecuación de los objetivos y acciones de los programas de estudios por cursos y grados en concordancia con la periodificación del año escolar diseñando los criterios e instrumentos de evaluación, el uso manejo y elaboración de material.

Artículo 29 º El primer día laborable del segundo y tercer bimestre será determinado para realizar una jornada pedagógica, con la participación del Director y los profesores sin asistencia de alumnos.Artículo 30 º La Jornada pedagógica tendrá como objetivo evaluar y programar las actividades planificadas en el mes de diciembre.Artículo 31º La supervisión educativa es de responsabilidad de la Dirección.

Los métodos y técnicas de supervisón deben alcanzar los siguientes objetivos:a) Contribuir a la formación integral del educando.b) Lograr la eficiencia en el proceso educativo.c) Evaluar y estimular el trabajo del profesor.La Supervisión Educativa atenderá los siguientes aspectos:a) Al participante y profesor en su mutua relación de educando educador.b) La tecnología educativa en cuanto a:

Normatividad técnico-Pedagógica. Desarrollo de las acciones educativas. Avance de los planes y programas.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 15: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

Método, técnicas y procedimientos de enseñanza. Material educativo, y Criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación del participante.

CAPITULO VDE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Artículo 32º La Dirección de la I.E. y los profesores elaborarán el Plan de Trabajo Anual Adecuado a la realidad educativa actual de la Institución Educativa.

Artículo 33º El Reglamento Interno se actualizará anualmente de acuerdo a la realidad de la I.E. y a los dispositivos legales.

Artículo 34º La Dirección elaborará un organigrama de la I.E. en el que graficará su organización y funcionamiento en términos de estructura, funciones y personal.

Artículo 35º La Dirección de la I.E. dará a conocer el cronograma general de actividades de la I.E. y los horarios escolares.

Artículo 36º Se tendrá previsto un Cronograma de supervisión que se ha de utilizar.

Artículo 37º Los documentos que se tienen que desarrollar como trabajo administrativo entre otros son : P.E.I., Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno , P.C.C., Cuadro de Horas y Horario laboral, Ficha de Matrícula y Nóminas , Inventario de Bienes , Certificados de Estudios y Conducta, Constancia de estudios y de trabajo, Registro de Actas, Fichas de Supervisión, Fichas de Registros de Asistencias.

CAPITULO VIDEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.

Artículo 38º El Año escolar se inicia desde el 1° de marzo a diciembre, tiene una duración de 40 semanas, dividida en trimestre.

Artículo 39º El horario de funcionamiento de la I.E. en la Modalidad es de 4.00.pm. a 10.pm.

Artículo 40º La jornada diaria académica es de cinco horas pedagógicas de 45 minutos.

Artículo 41º El personal de la I.E. de la modalidad distribuirá su jornada de trabajo en la siguiente forma:

a) El Director ejerce su cargo a tiempo completo de acuerdo a lo que estipula la norma, de 4.00 .pm. a 10 p.m.

b) Los profesores de Educación Primaria y Secundaria de 6:15.pm. a 10:15.pm.

c) El personal Administrativo y de Servicio de 4.00 pm a 10.pm.DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DEL PERSONAL

Artículo 42º La Secretaria de la Dirección, encargada del control de asistencia del personal , es la responsable de asegurar que la hora registrada en el cuaderno corresponda a la hora oficial, tanto al ingreso como a la salida del personal.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 16: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

Artículo 43º Es obligatorio que todo el personal registre su asistencia al ingreso y salida de la I.E. mediante el sistema de control establecido.

Artículo 44º El control de la permanencia del personal en su puesto de trabajo es responsabilidad del Director sin excluir lo que corresponde al propio trabajador.

Artículo 45º Se considera como asistencia a clases del profesor por horas hasta un máximo de (5) cinco minutos después del cambio de hora, luego del cual se considera como falta a la hora de clases.

DE LAS TARDANZAS

Artículo 46º Constituye tardanza el ingreso a la I.E. hasta diez (10) minutos después de la hora de entrada establecida por la I.E.

Artículo 47º Toda tardanza da lugar a un descuento equivalente al total del rango de la tardanza, el trabajador docente y no docente solo puede ser uso de la tolerancia de los diez (10) minutos de tardanza. Se aplicarán las sanciones establecida por ley, la primera vez Art. 26º Inc. a), la reincidencia Artículo 26 Inc. b) del D.L. No. 276.

Artículo 48º La Secretaria de la Dirección, responsable del control de asistencia, deberá retirar el libro de asistencia, exactamente al terminar los diez minutos de tolerancia.

DE LAS INASISTENCIAS

Artículo 49º Constituye inasistencia: a) La no concurrencia al colegio, sin causa justificada.

b) El retiro del CEBA antes del término de su jornada diaria de trabajo sin Justificación alguna.

c) El ingreso al CEBA después del término de la tolerancia, según Art.47º. d) A la hora de clases, después de haber transcurrido los cinco minutos del cambio de hora.

Artículo 50º Las inasistencias serán justificadas por los trabajadores dentro de la primera hora del día que se reincorporan al servicio, adjuntando los documentos probatorios que originó la ausencia.

Artículo 51º Para que una inasistencia se considere justificada debe darse uno de los siguientes casos:

a). Acreditar con el certificado médico del ESSALUD.b).Haber solicitado permiso a la Dirección y que este haya sido concedido.

Artículo 52º Las inasistencias injustificadas, no solo darán lugar a los descuentos correspondientes sino que los mismos constituyen falta de naturaleza disciplinaria de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

DE LOS PERMISOS

Articulo 53º El permiso es la autorización para ausentarse por horas de la I.E. El uso del permiso se inicia a petición de parte y esta condicionada a las necesidades del servicio y a la autorización del Director.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 17: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

El permiso se formalizará mediante la papeleta y la visación del Director. Por el horario reducido de la Modalidad de Adultos, estas autorizaciones se limitarán a lo estrictamente indispensable debidamente justificadas.

Artículo 54º Los permisos se otorgan por las siguientes causas: a) Permisos con goce de remuneraciones: -Por enfermedad, por gravidez, por capacitación oficializada. -Por citación expresa, judicial, militar y policial por función edil y otros de acuerdo a ley. b) Permisos sin goce de remuneraciones: Por motivos particulares, por capacitación no oficializada. c) Permisos a cuenta del periodo vacacional: sólo para el personal administrativo y de servicio.

d) Por matrimonio, por enfermedad grave del cónyuge, padres e hijos, por capacitación oficializada por citación expresa.

Artículo 55º Los permisos acumulados durante un mes debidamente justificados no podrán exceder del equivalente a un día de trabajo. Artículo 56º Los permisos por motivos de salud concedido por uno o más días, serán considerados para el cómputo de los 20 días de licencia por enfermedad con goce de remuneraciones a cargo del empleador.

DE LAS VACACIONES

Artículo 57º Las vacaciones anuales es el descanso físico al que tiene derecho los trabajadores, su duración es de la siguiente manera: a). Para los profesores están considerados en Enero y Febrero 60 días anuales, que se inicia al día siguiente de la clausura del año escolar hasta el último día del mes de febrero. b). Para el personal Administrativo y de Servicio 30 días anuales, hará uso de ella cualquier mes del año .siempre y cuando no interfiera con la eficiencia del servicio c). Para el Director 30 días anuales, hará uso de ellas cuando no interfiera con la eficiencia del servicio.

DE LAS LICENCIAS

Artículo 58º La licencia es la autorización para no asistir al Centro de Trabajo uno o más días. El uso del derecho de la licencia se inicia a petición de parte y está condicionado a la conformidad institucional, la licencia se formalizará mediante resolución. A los trabajadores del colegio se les otorgará licencia por: Administrativo y de Servicio :

a) Con goce de remuneración: Por enfermedad, por gravidez, por fallecimiento del cónyuge , padres ,hijo, o hermanos, por capacitación oficializada, por citación expresa : judicial militar policial..b) Sin goce de remuneración :

Por motivos particulares , por capacitación no oficializada.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 18: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

c) A cuenta de periodo vacacional :Por matrimonio , por enfermedad grave del cónyuge , padre e hijos.

Docente : a) Con goce de remuneración :

Por maternidad , por enfermedad o accidente común , por tuberculosis, enajenación mental, enfermedad profesional, insuficiencia inmunológica adquirida, neoplásica maligna y accidente con ocasión del servicio, siniestros por fallecimiento del cónyuge , padres, hijos o hermanos, por becas para estudio en el Perú o el extranjero, por representación del Perú, en eventos internacionales, para el proceso de sustentación de tesis.

b) Sin goce de remuneración : Por motivos particulares; por estudios de especialización no oficializada, por desempeño de funciones publicas; por enfermedad grave del cónyuge , hijos , padres y hermanos.Artículo 59 El trámite de la licencia se inicia con la presentación de la solicitud por la parte interesada, dirigida al Director de la UGEL. Artículo 60 El servidor para hacer uso de la licencia por motivo que no sean de salud primero deberá contar con la visación del Director de la Modalidad, requisito sin el cual no se iniciará el trámite correspondiente.

DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS PARTICIPANTES

Artículo 61 El ingreso de los participantes a la I.E. es a las 6.15.p.m., tendrá una tolerancia hasta las 6.20.p.m..Pudiendo ingresar al CEBA hasta las 7 p.m., sólo los alumnos que cuenten con pase extendido por la Dirección.

CAPITULO VII

DE LA MATRICULA, EVALUACION Y CERTIFICACION

Artículo 62 La Matrícula, su ratificación o traslado de los participantes hasta el Quinto grado de Secundaria se efectúa del primer día útil de enero hasta según cronograma.

Artículo 63 La matrícula se efectúa por única vez al ingresar al sistema educativo.Artículo 64 Son requisitos para la matrícula: Partida de nacimiento, fotocopia de DNI. Artículo 65 La ratificación de matrícula se realiza con la presentación de la constancia de notas. Artículo 66 Para el traslado de matrícula, el participante debe poseer la constancia de vacante del plantel de destino. Sólo se aceptará traslados hasta el mes de octubre.Artículo 67 Para el ingreso de participantes por traslado de matrícula es requisito la Ficha de Matrícula, partida de nacimiento o fotocopia del DNI, certificado de estudios del grado concluido.

DE LA EVALUACION

Artículo 68 a) La evaluación se realizará de acuerdo a las normas vigentes en forma integral, flexible y permanente. b) La evaluación de aprendizaje es independiente del comportamiento.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 19: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

c) El resultado de las evaluaciones deben informarse oportuna y periódicamente al participante.

d) Son documentos de evaluación : - El registro auxiliar de evaluación elaborado por cada profesor- El registro oficial en el que se consignan los procedimientos y/o promedio de los participantes, para informar a los alumnos del rendimiento y conducta.

- La constancia de notas se entregará al final de cada bimestre y debe ser devuelto firmada por los participantes.

- Actas Promociónales.

DE LA CERTIFICACION

Artículo 69 El Certificado de estudios de un alumno es el único documento que acredita haber concluido satisfactoriamente un determinado ciclo y/o grado, debiendo ser la trascripción exacta del ACTA PROMOCIONAL.

CAPITULO VIII

LOS DERECHOS ATRIBUCIONES-PROHIBICIONES-ESTIMULOS PAUTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL.

Artículo 70 El personal de la I.E. goza de los siguientes derechos: a) Recibir trato digno y respetuoso de todas las instancias.

b) Capacitarse, perfeccionarse sin perjuicio a su estabilidad laboral. c) Estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo lugar y turno de trabajo. d) Hacer uso de licencias y vacaciones de acuerdo a ley. e) Proponer las sugerencias que estime conveniente para la mejora de la I.E. f) Organizarse con fines laborales, culturales, deportivos, asistenciales y otras de acuerdo a la norma sobre el particular sin menoscabo de los intereses del participante.

g) Recibir estímulo y/o reconocimiento en mérito al cumplimiento, esfuerzo y proyección a la comunidad.

ATRIBUCIONES

Artículo 71 º Está prohibido al personal de la I.E.:a) Atentar de cualquier forma contra la integridad física , moral o intelectual

del personal o participantes en desmedro de su dignidad humana.b) Inasistir a su jornada sin causas debidamente justificadas.c) Utilizar o extraer bienes del plantel en beneficio personal o de terceros.d) Incitar al personal o participantes actitudes de indisciplina o rebelión en

contra delprincipio de autoridad.

e) Permanecer en horas de trabajo fuera de sus ambientes o en otros que no le correspondan, no ingresar a clase a la hora prevista.

f) Fomentar o distribuir el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes o concurrir bajo los efectos de éstos.

g) Tratar en clase asuntos extraños al programa o emplear el tiempo de clases para

calificar exámenes , avances de registros u otras tareas que no se relacione con el proceso de enseñanza - aprendizaje.

h) Adulterar documentos oficiales o inducir a ella.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 20: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

i) Hacer declaraciones o publicaciones que dañan al prestigio del plantel o personal, así como, asumir su representación sin autorización de la Dirección.

j) Delegar su función o cargo a otra persona.k) Solicitar dinero o especies por los servicios dados a los participantes. l) Observar conducta inmoral o gravemente reprensible.m) Permitir la indisciplina en el aula u otros ambientes de la I.E. sin adoptar

medidas ni informar a la Dirección.n) Realizar ventas de objetos, material de trabajo, libros y otros artículos y efectuar rifas dentro de la I.E.

o) Repartir dentro de la I.E. tarjetas, boletines, circulares, volantes, programas, etc. que no hayan sido autorizados por el Director. p) No cuidar responsablemente la rendición de las pruebas escritas.

Artículo 72 El Director de Educación Básica Alternativa dentro de sus funciones está prohibido:a) Ser Apoderado de los participantes a excepción en casos especiales.b) Parcializarse a favor de un miembro o de un grupo de personal que labora

en el centro educativo.c) Tomar decisiones arbitrarias por encima de las comisiones nombradas en la

asamblea de profesores.d) Realizar compras sin la coordinación con el Consejo de Participación

Estudiantil y la opinión de la asamblea de profesores.e) Abrir cuentas bancarias.

DE LOS ESTIMULOS:Artículo 73 Las acciones relevantes del personal docente y no docente son estimulados a

Través de :a) Agradecimiento.b) Felicitación por escrito.c) Distinción con el Amauta herreriano por trabajo eficiente.

DE LAS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL.

Artículo 74º Constituyen falta del personal de la Institución Educativa:

a) Prevaricato contra la autoridad.b) Incumplir las funciones de su cargo, desempeñarlos con negligencia y/o

incompetencia. c) Inasistir, abandonar o ausentarse del colegio sin justificación alguna.d) Exponer o atentar contra la integridad física o moral de los trabajadores o

alumnos.e) Uso del cargo con fines indebidos o usurpación de funciones.

Artículo 75 Toda falta reiterada agrava la situación del trabajador.

Artículo 76 Las sanciones aplicable al personal son:

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 21: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

a) Amonestación verbal.b) Amonestación escrita.c) Información a la superioridad d) Si la falta es grave se obvia los incisos a y b.e) Informar al Colegio de Profesores para que se sancione de acuerdo a los

Art. N° 56-57-58 y 59 de la Ley del Profesorado.

CAPITULO IX

DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, DERECHOS , DEBERES , PROHIBICIONES, ESTIMULOS Y SANCIONES DE LOS

ESTUDIANTES PARTICIPANTE.

DERECHOS

Artículo 77 Son derechos de los participantes :a) Recibir una formación en los aspectos cognoscitivos , afectivo y actitudinal

acorde con los objetivos y fines de La Institución Educativa.b) Ser respetado en su integridad física, intelectual, moral y social.c) Participar en las actividades de investigación, recreación y eventos sociales

que organiza la I.E. interna o externamente.d) Ser evaluado con justicia y gozar de los estímulos establecidos por la I.E.e) Ser atendido oportunamente en sus peticiones de carácter académico,

administrativo y de servicio gestionado por conducto regular.f) Ser atendido en caso de accidentes e indisposición física con los primeros

auxilios.g) Recibir del personal anticipadamente los contenidos temáticos , h) Elegir y ser elegido democráticamente en el Consejo de Participación

Estudiantil, delegados, brigadieres y sub brigadieres.

DEBERES

Artículo 78º Son deberes de los participantes:a) Respetar y venerar a los símbolos de la patria y valores morales.b) Aceptar y cumplir las normas del reglamento interno.c) Respetar la I.E., a todo el personal y a sus compañeros de estudio.d) Asistir con puntualidad con la debida presentación a sus clases y demás

actividades escolares.e) Representar con espíritu alturado a su sección y a la I.E. en los certámenes

internos o cuando la Dirección lo determine.f) Concurrir obligatoriamente a los exámenes durante el año lectivo y

demostrar honestidad.CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av.

Militar Nº 2144, Lince Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673

http://www.ugel03.gob.pe/

Page 22: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

g) Contribuir y velar por la conservación, mantenimiento y limpieza de la infraestructura y material educativo. Presentar las tareas escolares con oportunidad

h) Mantener con sus compañeros vínculos de camaradería, solidaridad y colaboración.

i) Asistir con cabello recortado, sin descuidar su higiene y su presentación personal.

j) Observar en forma permanente, las normas de urbanidad y buenas maneras, evitando los ademanes, expresiones vulgares y el uso de apodo para nombrar a sus compañeros.

PROHIBICIONES Artículo 79º Está prohibido a los participantes:

a) Velarse de recomendaciones para alcanzar ventajas y privilegios.b) Dedicarse dentro del plantel a ocupaciones distintas a los escolares.c) Dedicarse a actividades partidarias dentro de la I.E.d) Realizar ventas o rifas no autorizadas por la Dirección de la I.E.e) Fumar o tomar bebidas alcohólicas en la I.E.f) Portar instrumentos que pudieran hacer daño o causar daño a los demás.g) Evadirse de la I.E., de las clases o de las actividades educativas.h) Cometer o intentar fraude en los exámenes, tareas y documentos.i) Causar deterioro al local, mobiliario y demás enseres del colegio o dañar el

vestuario y útiles escolares de sus compañeros.j) Maltratar de palabra u obra a sus compañeros.k) Apropiarse indebidamente de las prendas, útiles de sus compañeros o de la

I.E.l) Emplear lenguaje obsceno o realizar actos reñidos con la moral.m) Traer a la I.E. revistas pornográficas, radio grabadora, walkman discman,

gorros, celulares y otros que serán decomisados para ser devueltos a fin de año.

n) Salir de las aulas en ausencia del profesor.o) Consumir o comercializar drogas dentro del plantel.

SANCIONES

Artículo 80º El incumplimiento de las obligaciones y la ejecución de los actos prohibidos en los artículos precedentes se previenen o sancionan con las siguientes medidas:

a) Recomendaciones generales en el patio por el Director profesores.b) Consejos individuales por los tutores o profesores.c) Amonestaciones orales en el patio.d) Advertencia (si son menores de edad a los apoderados.)e) Descuento de puntaje sobre la nota de conductaf) Suspensión del colegio hasta por un periodo de ocho días útiles.

Artículo 81 Las prevenciones y sanciones establecidas en el artículo anterior se aplicarán según la naturaleza, gravedad y consecuencia de la falta por el tutor y el Consejo Educativo Institucional.Artículo 82º Las sanciones de suspensión o cambio de colegio se aplicarán con los antecedentes del participante y la intención y consecuencia de la falta en los casos siguientes:

a) Calumnia.b) Malos tratos de palabra y obra.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 23: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

c) Hurtod) Falta de respeto a los superiores.e) Promover desorden dentro y fuera de la I.E.f) Dedicarse a actividades de carácter político.g) Obscenidad.h) Atentar contra el honor sexual.i) Faltas graves contra la moral, las leyes y la insubordinación.j) El incumplimiento reiterado del reglamento de la I.E.k) Consumo y/o tráfico de drogas al interior de la I.E.l) Consumo de bebidas alcohólicas

Artículo 83º El participante que cause daños al material de la I.E., a sus compañeros. Además de la sanción deberá repararlo o reponerlo.Artículo 84º La sanción de SUSPENSION DE LA I.E. y la sanción cambio de I.E. se

determinará por decreto Directoral, previo informe del profesor de aula o tutores y opinión del Comité de Consejo Educativo Institucional.

ESTIMULO

Artículo 85º Los participantes destacados en aprovechamiento y comportamiento, actividades de carácter científico, literario, artístico y cívico, programado por el plantel u otra entidad, serán distinguidos con los siguientes estímulos:

a) Mención honrosa o felicitación por escrito.b) Premio de medalla y diploma de honor al alumno que haya obtenido el más

alto promedio durante los cinco años en el plantel.c) Premio por aprovechamiento: exoneración de pago por derecho de Consejo

de Participación Estudiantil y diploma al alumno de cada sección de estudios que haya obtenido la más altas calificaciones durante el año escolar.

d) Diploma al mejor brigadier que se haya distinguido durante el año escolar en el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 86º Para la adjudicación de los premios citados es requerimiento indispensable que el participante haya observado buena conducta y puntualidad , causales que así mismo , se tomará en consideración para discernir los casos de empate

CAPITULO X

DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES

Artículo 87º Establecer las mejores relaciones entre la Dirección , personal de la I.E. y losCEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av.

Militar Nº 2144, Lince Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673

http://www.ugel03.gob.pe/

Page 24: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

participantes.Artículo 88º Promover una estrecha relación permanente y coordinación con las instituciones públicas y privadas.Artículo 89º Las coordinaciones se orientan principalmente en el logro de los objetivos siguientes:

a) Elaboración y ejecución del Plan Anual.b) En la ejecución de actividades que genere recursos económicos en

beneficio del plantel.c) Mantener o mejorar el prestigio ganado de la I.E.d) En la experimentación de nuevos métodos y técnicas de enseñanza –

aprendizaje e) En la simplificación y agilización del procedimiento administrativo.

CAPITULO XI

DE LOS SERVICIOS, RECREACION Y BIENESTAR SOCIAL

Artículo 90º La orientación es un proceso inherente al que hacer educativo, tiene por finalidad apoyar el desarrollo armónico de la personalidad del educando.

Artículo 91º Los servicios que se brindan son :a) Tutoría.b) Biblioteca.c) Lozas deportivas.d) Laboratorio.e) Instalaciones higiénicas.f) Ambiente ventilados e iluminados.g) Talleres.h) Auditorio.

Artículo 92º Se organizarán y ejecutarán actividades deportivas, culturales y recreativas en Beneficio del personal y de los participantes.

CAPITULO XII

DE LA ADMINISTRACION DE RECURSOS.

Artículo 93º Son fuentes de recursos económicos:a) Partida presupuestal del gobierno.b) Derecho del Consejo de Participación Estudiantil.c) Donacionesd) Trámite documentario.e) Actividades programadas.

Artículo 94º La distribución de los recursos se orientan a :CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av.

Militar Nº 2144, Lince Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673

http://www.ugel03.gob.pe/

Page 25: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

a) Mejora y ampliación de infraestructura.b) Capacitación del personal.c) Adquisición mantenimiento de aparatos y materiales educativos.d) Actividades cívico patrióticas.e) Estímulos.

Artículo 95º La Dirección, el Consejo de Participantes Estudiantiles y comisiones encargadas, informarán por escrito a la asamblea de profesores, a la superioridad, la administración de recursos.

CAPITULO XIII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 96º El presente Reglamento Interno será aprobado por la asamblea de profesores y refrendado por Resolución Directoral respectivo a partir del cual entrará en vigencia.

Artículo 97º Los aspectos no considerados en el presente reglamento interno serán resueltos teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.

Artículo 98º Difundir el reglamento interno al participante transcribiendo la parte correspondiente para ser explicados a los participantes por el profesor de Educación Cívica y Tutores.

Artículo 99º La Directiva del Consejo de Participación Institucional debe informar por lo menos dos veces al año a la asamblea de profesores y de delegados de participantes sobre el ejercicio de sus funciones adjuntando el correspondiente Balance Económico.

Rotar las Tutorías del 4to. de Avanzado cada año. No abandonar a los alumnos en horas de clase. Realizar formaciones cada 15 días en forma rotativa bajo responsabilidad de dos

docentes No realizar ensayos, bailes en el primer patio para evitar interferencia de clase. Cumplir bajo estricto respeto el Rol de Evaluaciones (ni adelantarse ni atrasarse) No dictar clases en fechas crono gramadas para las evaluaciones bimestrales Hacer entrega de los documentos técnico-pedagógicos en fechas crono gramadas, bajo

cargo de demérito-responsabilidad. Supervisión permanente. Publicar la lista de retirados el 30 de noviembre previa coordinación con los con los

Tutores Respeto al horario de nuestro turno.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/

Page 26: Reglamento Interno 2013

UNIDAD DE GESTIÓN

EDUCATIVA LOCAL N°03

CEBA BARTOLOME HERRERA

SAN MIGUEL

“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “Decenio de las personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

Presentar las pruebas de evaluaciones 24 horas antes. No tomar evaluación de asignaturas que no están comprendidas en el cronograma

establecido. Prohibir la entrada de los alumnos una vez concluido las evaluaciones del tercer

trimestre.

CEBA Bartolome Herrera Av. La Marina cuadra 12, San Miguel UGEL 03: Av. Militar Nº 2144, Lince

Teléfono: 6879974 Teléfono: 2066673 http://www.ugel03.gob.pe/