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REGLAMENTO INTERNO Asociaciòn Cultural Caporales Centralistas Puno Bloque "Cirroz Candelaz" 17 de octubre de 2013 a la(s) 10:40 REGLAMENTO INTERNO ASOCIACION CULTURAL CAPORALES CENTRALISTAS PUNO BLOQUE "CIRROZ CANDELAZ" CAPITULO I GENERALIDADES El Bloque "Cirroz Candelaz" de la A.C. Caporales Centralistas Puno; es un grupo humano, caracterizado por la devoción a nuestra Patrona Virgen María de la Candelaria, la pasión por la danza del CAPORAL, la hermandad entre sus miembros y el trabajo conjunto que realizan sus integrantes, para lograr el bien común que es la armonía en conjunto de los miembros que conforman el bloque. El propósito de este reglamento es estandarizar los parámetros que deberán regir, dentro del mismo se publicaran, los principios, los capítulos, con sus correspondientes artículos, para el conocimiento y la práctica del mismo y así poder llevar con una mejor organización los destinos del BLOQUE CIRROZ CANDELAZ, que siempre se ha requerido, con la ayuda de todos Uds.; la sabiduría q nos otorgue Dios y la Mamita Candelaria, podamos desarrollar, regir y respetar este reglamento que tanto nos costó hacerlo, esperemos que sea de ejemplo para todos los demás bloques y que se forme un buen ejemplo de organización dentro de nuestro amado conjunto. El presente Reglamento Interno tiene como finalidad el normar las actividades del Bloque Cirroz Candelaz para su participación en la Festividad Virgen María de la Candelaria y/o presentaciones y actividades relacionadas o adicionales con el propósito de contribuir a mejorar permanentemente los aspectos operativos y de presentaciones del Bloque. Titulo I DE LA JUNTA DIRECTIVA, COMITÉ DE ETICA Y DISCIPLINA E INTEGRANTES Cirroz Candelaz viene fomentando la elección de la Junta Directiva con el fin de delegar funciones a más integrantes y estos a su vez conozcan sus funciones y propongan sus planes de trabajo, asimismo que estos encargos ayuden a las nuevas generaciones a mantener al bloque en una competitividad constante. Es por ello que a continuación damos a conocer las funciones de cada integrante:

REGLAMENTO INTERNO Asociaciòn Cultural Caporales Centralistas Puno Bloque

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Reglamento de un grupo de danzas, desde las de una asistencia de un integrante hasta las sanciones para los directores.

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REGLAMENTO INTERNO Asociacin Cultural Caporales Centralistas Puno Bloque "Cirroz Candelaz"17 de octubre de 2013 a la(s) 10:40REGLAMENTO INTERNOASOCIACION CULTURAL CAPORALES CENTRALISTAS PUNO BLOQUE "CIRROZ CANDELAZ"CAPITULO IGENERALIDADESEl Bloque "Cirroz Candelaz" de la A.C. Caporales Centralistas Puno; es un grupo humano, caracterizado por la devocin a nuestra Patrona Virgen Mara de la Candelaria, la pasin por la danza del CAPORAL, la hermandad entre sus miembros y el trabajo conjunto que realizan sus integrantes, para lograr el bien comn que es la armona en conjunto de los miembros que conforman el bloque.El propsito de este reglamento es estandarizar los parmetros que debern regir, dentro del mismo se publicaran, los principios, los captulos, con sus correspondientes artculos, para el conocimiento y la prctica del mismo y as poder llevar con una mejor organizacin los destinos del BLOQUE CIRROZ CANDELAZ, que siempre se ha requerido, con la ayuda de todos Uds.; la sabidura q nos otorgue Dios y la Mamita Candelaria, podamos desarrollar, regir y respetar este reglamento que tanto nos cost hacerlo, esperemos que sea de ejemplo para todos los dems bloques y que se forme un buen ejemplo de organizacin dentro de nuestro amado conjunto.El presente Reglamento Interno tiene como finalidad el normar las actividades del Bloque Cirroz Candelaz para su participacin en la Festividad Virgen Mara de la Candelaria y/o presentaciones y actividades relacionadas o adicionales con el propsito de contribuir a mejorar permanentemente los aspectos operativos y de presentaciones del Bloque.Titulo IDE LA JUNTA DIRECTIVA, COMIT DE ETICA Y DISCIPLINA E INTEGRANTESCirroz Candelaz viene fomentando la eleccin de la Junta Directiva con el fin de delegar funciones a ms integrantes y estos a su vez conozcan sus funciones y propongan sus planes de trabajo, asimismo que estos encargos ayuden a las nuevas generaciones a mantener al bloque en una competitividad constante.Es por ello que a continuacin damos a conocer las funciones de cada integrante:FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA.I.1.- Del presidente Presidir las reuniones de la Junta Directiva y de los Integrantes. En caso de no estar presente, delegara su funcin al vice-presidente. Convocar a las reuniones de la Junta Directiva y elaborar el orden del da. Actuar como representante legal del Bloque y ejercer sus funciones, asistir a las asambleas, reuniones que convoque la Asociacin Cultural Caporales Centralistas. Rendir informe a los Integrantes y Junta Directiva de las actividades realizadas durante su periodo. Abrir y manejar la(s) cuentas(s) necesarias en los bancos y firmar conjuntamente los cheques con el Tesorero. Determinar conjuntamente con el Tesorero y el vicepresidente, los gastos que con cargo al presupuesto vigente sean necesarios, para el pago de las cuotas y adelantos determinados por la Asociacin Cultural Caporales Centralistas. Determinar los lugares de ensayos, fecha y hora. Contratar conjuntamente con el Vicepresidente, Tesorero y secretario la Banda, casacas, polos, trajes. Presidir la filmacin, grabacin de videoclips, cancin del ao, as como convocar oportunamente a dichas actividades. Determinar los das de ensayos generales calificados y ensayos provisionales. Acatar e informar el reglamento Interno del Bloque Cirroz Candelaz Elaborar conjuntamente con los integrantes de la Junta Directivas el Plan de Trabajo correspondiente a su periodo. Custodiar los bienes del bloque(equipos de ensayos, laptop, etc) Custodiar y repartir los trajes, casacas, polos, accesorios varones y damas, as como asumir la responsabilidad de estos conjuntamente con el vicepresidente, secretario y tesorero.I.2 Del Vicepresidente Reemplazar al Presidente cuando fuere necesario, bien sea espordica o definitivamente, cuando por cualquier razn el Presidente se ausente o renuncie a su cargo. Cumplir las labores y responsabilidades que le delegue el Presidente o la Junta Directiva Apoyar en las reuniones de la junta directiva e integrantes Actuar como representante legal del Bloque y ejercer sus funciones (quedando segundo a cargo si el presidente se ausenta), asistir a las asambleas, reuniones que convoque la Asociacin Cultural Caporales Centralistas. Determinar los lugares de ensayos, fecha y hora Acatar e informar el reglamento Interno del Bloque Cirroz Candelaz Contratar conjuntamente con el presidente, Tesorero y secretario la Banda, casacas, polos, trajes. Presidir la filmacin, grabacin de videoclips, cancin del ao, as como convocar oportunamente a dichos actividades. Determinar los das de ensayos generales calificados y ensayos provisionales. Hacer seguimiento del plan de Trabajo y las actividades que se vienen realizando Custodiar y repartir los trajes, casacas, polos, accesorios varones y damas, as como asume la responsabilidad de estos conjuntamente con el presidente, secretario y tesorero.I.3 Del secretario Participar en todas las reuniones del bloque y anotar los puntos tratados. Citar a reuniones y asambleas por solicitud del Presidente mediante va telefnica, mensajes de texto, internet (Facebook, email). Verificar el qurum en las asambleas. Elaborar y firmar las actas de las reuniones celebradas. Llevar y mantener actualizado el registro de integrantes nuevos, antiguos y postulantes. Dar curso a la correspondencia que se presente y mantener el archivo debidamente organizado y actualizado. Tomar Asistencia en las reuniones, ensayos y actividades. En cada actividad informar sobre las funciones y cargos que se establezcan a sus integrantes, as como presentar un informe del cumplimiento de estos. Mantener un registro de fichas de datos de los integrantes. Custodiar y repartir los trajes, casacas, polos, accesorios varones y damas, as como asume la responsabilidad de estos conjuntamente con el vicepresidente, secretario y tesorero.I.4 Del tesorero Recibir, manejar y custodiar los fondos del Bloque as como determinar la forma de pago y determinar los sustentos de pagos de los integrantes. Determinar conjuntamente con el Presidente y el Vicepresidente, los gastos que con cargo al presupuesto vigente sean necesarios, para el pago de las cuotas y adelantos determinados por la Asociacin Cultural Caporales Centralistas. Presentar al Contador oportunamente todas las cuentas debidamente justificadas. Mantener cuenta(s) bancaria(s) a nombre del Presidente o vicepresidente y tesorero. Presentar el informe financiero a los integrantes, al final de cada periodo a los integrantes Cancelar a la Asociacin los adelantos de los trajes y banda cuando este lo determine. Cancelar a la confeccionista los adelantos de las casacas o polos confeccionados. Cancelar a la productora los adelantos del videoclip y cancin. Proponer ante la Junta Directiva acuerdos de gastos y formas de financiamiento. Elaborar el inventario de bienes de la Asociacin y mantenerlos actualizados. Custodiar y repartir los trajes, casacas, polos, accesorios varones y damas, as como asume la responsabilidad de estos conjuntamente con el vicepresidente, secretario y tesorero.I.5 De los integrantes. Coordinar los mecanismos de difusin e informacin que establezca la Asociacin. Colaborar en la organizacin de las actividades culturales, educativas y sociales. El respeto para con los dems. Asistir a todas las reuniones de la Junta Directiva. Las dems funciones que le asigne la Junta Directiva.I.6 De la Comisin de tica y Disciplina Velar por el estricto cumplimiento de los estatutos y reglamentos del Bloque. Velar porque la Junta Directiva cumpla las funciones que le fueron asignadas. Informar a la los integrantes del bloque de cualquier irregularidad que se observe en el bloque. Dar concepto acerca de los asuntos que se sometan a su consideracin, asignados por la Junta Directiva. Las dems funciones que le correspondan de acuerdo con los estatutos o que le asigne la Junta Directiva. Dentro de las atribuciones del Comit de tica tambin est el tener la potestad de deliberar sobre los puntos que no se detallan en el reglamento y emitir su informe, opiniones, reglamentaciones (en el caso de elecciones) o sanciones que vean por convenientes.TITULO IIPRINCIPIOS DEL BLOQUEII.1 -LEALTADTodos los integrantes le deber fidelidad a los miembros de nuestro bloque as tambin se deber cumplir con honor y gratitud la lealtad, la misma que es recproca entre sus miembros y no se deber actuar a espaldas de los mismos.II.2 - JUSTICIACuando un integrante del bloque cometa una falta se aplicara la sancin ms justa, sin caer en excesos, de manera que sea una medida correctiva, se debe obrar con el bien y no aplicar medidas injustas, y lograr que la parte sancionada sea consciente de su falta y sea hidalgo en reconocerla.II.3 - IGUALDADTodos los INTEGRANTES, se merecen respeto desde el antiguo al nuevo y del nuevo al antiguo, nadie es distinto dentro del bloque, salvo las excepciones como las funciones del Gua, Subguas, Contrguas y Junta Directiva, por lo tanto se conserva el respeto y la igualdad (como personas) entre todos sus integrantes, el integrante puede reclamar alguna mala actitud vista pero con la sabidura, el decoro y el orden q se sobrentienden cada personas sabe tcitamente su lugar, en el bloque puesto que todos se merecen el respeto debido, igualdad no quiere decir liberalidad donde todos hace lo que quiere tngase en claro esto.II.4 - MOTIVACIONTodo integrante del bloque est en la obligacin de aprender, de tener un nivel acorde con las expectativas del grupo, dentro de un ambiente alegre, lleno de armona y tranquilidad, es responsabilidad de los guas y seguas, y miembros antiguos lograr esta condicin entre sus integrantes para que puedan tener inters y esfuerzo espontaneo en cada actividad a realizar.Dar la potestad de la iniciativa a sus miembrosII.5 - ORGANIZACINTodos los integrantes del bloque estn en la capacidad de participar en la organizacin del bloque con respecto a la diversidad de eventos a realizar y actividades a participar, puesto que es necesario para lograr la eficacia en la labor de los miembros con cargos dentro del bloque (llmese Guas, Subguas, Contraguas y Junta Directiva), con el aporte positivo y constructivo dentro de los mismos, todo se basa en propuestas organizativas.II.6 - PUNTUALIDADUn principio fundamental es la puntualidad, es el valor que se le reconoce a la persona puntual, los integrantes del bloque deben hacer un buen uso del tiempo, para las citas de ensayos y reuniones, la impuntualidad no es una herencia, es una actitud que se arraiga en la falta de respeto al otro, se debe aprender el valor del tiempo tanto el propio como de los dems, ser puntual nos otorga varias ventajas, como: nos hace crebles y confiables, nos hace atentos y considerados, nos hace ordenados y eficientes, evita que perdamos tiempo y dinero, es esencial para cuidar amistades y relaciones, puntos en que todo miembro de nuestro bloque deber estar sujeto.II.7- SOLIDARIDADSer solidario entre los integrantes de nuestro bloque hace que se promueva la colaboracin, el progreso y el desarrollo del grupo, este principio otorga el ir de una manera positiva a los dems a tener una comunicacin fluida entre sus integrantes para lograr un bien comn el ser mejores para el bloque y nosotros mismos.II.8- JERARQUAExiste la lnea de Autoridad o de jerarqua, del escaln ms alto al escaln ms bajo de la Organizacin, es decir que hablamos desde INTEGRANTES, CONTRAGUIAS, SUBGUIAS, GUIAS hasta la JUNTA DIRECTIVA del bloque. Toda orden pasa por todos los escalones intermedios hasta llegar al punto donde deba ser ejecutada, para una mejor organizacin.CAPITULO IISELECCIN E INGRESO DE LOS INTEGRANTESArtculo 1.-Se reconoce como integrante a todos quienes hayan danzado en la Festividad Virgen Mara de la Candelaria; participando del Acto Protocolar denominado BAUTIZO de NUEVOS; los cuales se Realizan en la Ciudad de Puno; que hayan cumplido con todas las obligaciones que demanda o demande el bloque y principalmente que no tengan deuda monetaria alguna ni obligaciones de informacin o descargo pendientes con la A.C.C.C.P.Artculo 2.-La inscripcin de los nuevos integrantes est abierta durante todo el Ao sin embargo se cerrar dos semanas antes de la Presentacin ms prxima de la A.C.C.C.P. y debern tener conocimiento del Reglamento Interno del Bloque Cirroz Candelaz.Artculo 3.-Los postulantes debern Cumplir con todas las obligaciones econmicas y organizativas que fueran decididas y comunicadas.Artculo 4.-Los postulantes, estn en la obligacin de asistir a los talleres programados por los guas y/o Subguas.Artculo 5.-Todos los integrantes nuevos del Bloque Cirroz Candelaz sern evaluados por los guas o Sub Guas.Artculo 6.-El miembro ingresante deber:a) Haber aprobado el proceso de seleccin respectivo.b) Presentar su ficha de registro firmada con huella digital y copia de DNI.c) Cumplir con cualquier otra formalidad que exija los directivos del bloque, cuando as lo considere conveniente.d) No adeudar al Bloque ni al Conjunto.Artculo 7.-El bloque Cirroz Candelaz no admitir el ingreso de personas que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:a) Haber sido expulsado de otros bloques y/u organizaciones culturales.b) Ser reincidente en cometer faltas y/o presentar antecedentes desfavorables.CAPITULO IIISON DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTESArtculo 8.-Son obligaciones de los integrantes las siguientes:a) Cumplir con proporcionar los datos y documentos que se les solicite por los directivos.b) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento, as como las ordenes que por razones relacionadas a las actividades aprobadas les sean impuestas por los Guas, Subguas, Contraguas y Directivos.c) Guardar el debido respeto lealtad y consideracin a los miembros integrantes, debiendo mantener con ellos completa armona.d) Mantener reserva con los asuntos relacionados con las actividades del Bloque.e) Cumplir con los horarios establecidos para cada actividad.f) Salvaguardar la economa de los integrantes, evitando toda accin que signifique perdida, despilfarro, uso indebido o que vaya en perjuicio de la economa de los miembros integrantes y de sus bienes.g) Abstenerse de opinar, publicar o hacer declaraciones pblicas relativas a la organizacin, actividades del bloque sin la autorizacin de los directivos.h) Promover la efectividad, eficiencia, economa y calidad de las actividades.Articulo 9.-Se considera Integrante Activo y por ende quedara agregado en el GRUPO OFICIAL DEL BLOQUE CIRROZ CANDELAZ a todo aquel Integrante que participe en la Festividad Virgen de la Candelaria. Los integrantes que por motivos no justificados no bailasen los das Viernes, Domingo, Lunes y as mismo no asista a los ensayos de coreografa para el estadio a los que la A.C.C.C.P. convoque, quedara suspendido de toda actividad del bloque hasta el siguiente ao, o acatara la sancin que emita la Junta Directiva en coordinacin con el Comit de tica y Disciplina.CAPITULO IVDE LOS DERECHOS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES EN ACTIVIDADESArtculo 10.-Los Ensayos oficiales para la Festividad Virgen de la Candelaria se llevaran a cabo en primera instancia desde Octubre; los das sbados por la tarde en el lugar y a las horas que se determine y se Iniciaran Oficialmente despus de Celebrar la Misa de Salud de todo el Conjunto. Esto en el mes de Enero. De la misma forma se har efectivo para los Eventos Oficiales con el cronograma y fechas programadas como mnimo con una semana de anticipacin al inicio de ensayos para cada Evento Oficial. Salvo modificacin autorizada por los directivos del Bloque Cirroz Candelaz.Artculo 11.-Es obligacin de los integrantes del Bloque Cirroz Candelaz el asistir a los ensayos y participar de los mismo de principio a fin, salvo justificacin por escrito y debidamente documentado. El control de asistencia, participacin y disciplina en los ensayos estar a cargo de los Guas, Subguas y Contraguas, segn el cronograma designado.Articulo 12.-El (la) gua del Bloque es la mxima autoridad de decisiones artsticas sobre hechos y acciones acontecidos durante el ensayo. Todo integrante tiene la obligacin de acatar las instrucciones y decisiones de los Guas, Subguas y Contraguas designados durante todo el ensayo.Artculo 13.-Todo integrante que se niegue a acatar una decisin o instruccin de los Guas, Subguas y Contraguas ser llamado de atencin y de persistir invitado a dejar el ensayo. No se permitirn integrantes del bloque en estado de ebriedad evidente. Si el integrante pretende seguir participando en ese estado a pesar de la solicitud verbal del Gua, ste ser invitado a dejar el ensayo.Artculo 14.-La indumentaria oficial para los ensayos oficiales ser determinada por la Directiva. No se permite ensayar sin la indumentaria requerida. Todo integrante del bloque que se presente con indumentaria inapropiada o incompleta se considerar como inasistente, la reincidencia ser motivo de sancin.Articulo 15.-Todo integrante del bloque que asista a los ensayos, pero que no ensaye no se le tomar la asistencia y en consecuencia puntaje del ranking, la reincidencia ser motivo de sancin.Artculo 16.- Ningn integrante deber interferir el normal desarrollo del ensayo (saludar, preguntar, coordinar, etc. deber hacerse en un receso o concluido el ensayo).Artculo 17.-Todo integrante del bloque para solicitar permiso deber de dar a conocer a cualquier miembro de la Directiva en forma escrita y documentada.Articulo 18.-Queda terminantemente prohibido que en los ensayos, reuniones y actividades del bloque se formen grupos que fomenten el divisionismo en el bloque. Los guas, Subguas y Contraguas, estn en todo el derecho de presentar un informe a la Directiva.Artculo 19.-Se elaborar un Ranking de integrantes que deber reflejar los siguientes aspectos: Asistencia a los ensayos con miras a las presentaciones oficiales y extraoficiales, Participacin tanto en eventos oficiales y extra oficiales como en las actividades del Bloque, Ranking Artstico y Puntualidad de cuotas. De ninguna manera se permitir la intromisin de los integrantes Cirroz en la formacin de las integrantes Candelaz y viceversa.Artculo 20.-Todo acuerdo al respecto de la indumentaria deber ser respetado, por ningn motivo los integrantes podrn participar en las actividades del bloque si no cumplen los requisitos o se encuentren en estado de ebriedad. La indumentaria puede tener variantes segn el cronograma de actividades.CAPITULO VDE LA UBICACIN DE LOS INTEGRANTES EN LA ESTRUCTURA DEL BLOQUEArtculo 21.- Los Guas harn conocer la ubicacin de los integrantes del bloque con la anticipacin debida al evento. La decisin sobre el particular se dar a conocer mediante el grupo oficial del bloque, luego de haber sido coordinada con los Subguas. Los integrantes del bloque que no estn de acuerdo con sus ubicaciones dentro de la estructura del Bloque podrn hacer constar dicho desacuerdo fundamentado en Asamblea del Bloque. La Estructura final del Bloque Cirroz Candelaz para la participacin en la Festividad Virgen de la Candelaria se dar a conocer el ltimo da de ensayo del conjunto que estar firmado por los, Guas y Subguas.Artculo 22.-Cuando por algn motivo de inasistencia, estado de ebriedad, indisciplina durante cualquier presentacin oficial del Bloque Cirroz Candelaz se hubiese generado puestos vacos en la estructura del Bloque, sern los Guas quienes definirn que integrante deber ocupar dicho espacio vaco.CAPITULO VIDE LAS OBLIGACIONES DE LOS GUAS, SUB GUAS, Y CONTRAGUASArtculo 23.-Son puestos de Privilegio dentro del Bloque Cirroz Candelaz: Guas, Subguias y Contraguas, los mismos que Sern elegidos por concurso ante el Bloque y por votacin de los propios integrantes habilitados, en un acto democrtico.Artculo 24.-Los postulantes para estos puestos debern cumplir con las siguientes formalidades, caso contrario sern excluidos de participar:a) Presentarse de manera puntual y con la indumentaria segn corresponda.b) Presentarse sin signos de haber consumido bebidas alcohlicas.c) Cumplir con las bases para el evento.Artculo 25.-Los Guas, Subguas y Contraguas tienen la obligacin de tratar a los integrantes del bloque con respeto y debern tomar decisiones razonables no pudiendo ejercer actos de discriminacin, de preferencia, prepotencia ni brindar malos tratos, los mismos que pueden ser quejados por el afectado segn corresponda.Artculo 26.-Los Guas y Subguas tiene la obligacin de presentar los nuevos Pasos antes del primer ensayo Oficial del Bloque Cirroz Candelaz.Artculo 27.-los Guas y Subguas tienen la obligacin de estar en cada actividad programada de manera puntual, con una tolerancia de 20 minutos, caso contrario sern susceptibles de sancin.Artculo 28.-los Guas o Subguas que no se encuentren en su puesto a la hora de iniciar la actividad dancstica perdern su ubicacin y ser asumida por el Contragua, de no encontrarse los Contraguas ser asumido en orden de fila.Articulo 29.-Los Guas estn en la obligacin de pasar revista al inicio, los Subguas durante, y Contraguias al final de cada presentacin, hacindose responsables todos ellos de las columnas las cuales les corresponde por formacin de Bloque.CAPITULO VIIDE LAS PRESENTACIONESArtculo 30.-Los integrantes del Bloque Cirroz Candelaz tienen la obligacin de asistir de forma puntual a todas las presentaciones de la A.C.C.C.P, a las que fueran convocados en los ensayos generales del conjunto o por va electrnica, debido a que somos parte integrante de la misma. Salvo caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente justificadas y aceptadas.Artculo 31.-Los integrantes que lleguen despus de que se hizo la formacin para la partida del bloque, perder su puesto obtenido en el ranking, quedando sujeto a las disposiciones de los Guas, Subguas y Contraguas.Artculo 32.-Todos los integrantes del Bloque deben presentarse correctamente vestidos y con el traje completo como sigue:1. Ensayos oficiales y Pasacalles: botas, sombrero, pollera, polo (Polera Casaca) del Bloque.2. Festividad Virgen de la Candelaria: Traje completo, Sin Gafas de sol, ni polos que desvirten el diseo y armona del Traje.3. c. Fiesta de Cacharpari: EtiquetaCAPITULO VIIIDE LAS ACTIVIDADES OFICIALES.Artculo 33.-La presidencia del conjunto est en la obligacin de hacer una convocatoria con la debida anticipacin antes de cada evento, las mismas que sern oficializadas por los directivos del bloque para la participacin de sus integrantes.Artculo 34.-En forma adicional a la Festividad Virgen Mara de la Candelaria, se consideran como actividades Oficiales Secundarias las que estn sujetas a oficializar por la gestin de la Junta Directiva del Bloque Cirroz Candelaz: Corso Alegrico de Jos Luis Bustamante y Rivero Corso de la Amistad de la Ciudad de Arequipa. Saludo por el Aniversario de Puno.Invitaciones Extraoficiales: Remate del Carnaval Tacna. Pasacalle por el Aniversario de la Ciudad del Cusco. Otras que puedan ser determinadas por la Presidencia del bloque.CAPITULO IXDE LAS OBLIGACIONES ECONMICAS DE LOS INTEGRANTES Y DEL MANEJO ECONMICO DEL BLOQUE CIRROZ CANDELAZ.Artculo 35.-El monto y el periodo de las cuotas sern (Anuales, Mensuales, Semestrales o por Evento) y sern Informados por la Directiva en la reuniones y ensayos programados.Artculo 36.-El pago de la cuota ordinaria por concepto de derecho a implementos y uniforme se har en las fechas programadas. Se considera implementos los siguiente: Polos del Bloque, Poleras del Bloque, Casacas del Bloque, Polleras de Ensayo, Botas de Ensayo, Sombreros de Ensayo.Artculo 37.-Las cuotas extraordinarias para la participacin del Bloque Cirroz Candelaz en las Actividades adicionales requieren de cuotas para cubrir gastos de transporte, vestuario y hospedaje.Artculo 38.-El manejo de las cuotas es Responsabilidad del tesorero (a). En casos excepcionales, la Directiva podr designar una comisin de cobranza ya que las cuotas sern pagadas o recibidas en efectivo.El presidente est en la obligacin de presentar la respectiva rendicin de cuentas debidamente documentada del manejo econmico realizado en cada actividad.CAPITULO XREGIMEN DISCIPLINARIOArtculo 39.- En caso de infraccin de las rdenes, directivas, y el presente reglamento las sanciones a imponerse son las siguientes:a) Amonestacin verbal.b) Amonestacin escrita.c) Suspensin.d) Expulsin.El orden de las sanciones es meramente enunciativo, se aplicara cualquiera de las mismas de acuerdo a la gravedad de la falta y a los antecedentes del integrante y se publicara en las redes sociales del Bloque.Artculo 40.- Todo integrante tiene derecho a exponer sus puntos de vista sobre la falta que se le imputa, teniendo el derecho de presentar su descargo para ser evaluado segn amerite el caso.Artculo 41.-Se considera falta causal de sancin lo siguiente:a) La transgresin al presente reglamento.b) La inasistencia a las asambleas del bloque, tres continuas y cinco discontinuas, con suspensin de voz y voto en las actividades y reuniones para eventos oficiales.c) La inasistencia a ensayos que no son para la Festividad Virgen de la Candelaria, tres continuas y cinco discontinuas con la disminucin de 5 puntos en el ranking acumulado, salvo justificacin por escrito y debidamente documentado.d) La inasistencia a ensayos para la Festividad Virgen de la Candelaria, Corso de la Amistad Arequipa, cuatro continuas y seis discontinuas, con la suspensin total para esa actividad, salvo justificacin por escrito y debidamente documentado.e) La inasistencia a cualquiera de las presentaciones obligatorias se considera como falta grave, considerndose suspendido hasta que se emita el fallo del Comit de tica y Disciplina del Bloque.f) El incumplimiento de sus obligaciones econmicas en el plazo determinado se ver reflejado en el rendimiento personal (ranking).Artculo 42.-Se considera falta causal de expulsin lo siguiente:a) Los integrantes que daen la imagen del bloque.b) Todo integrante del bloque que baile en otra institucin de caporales y que ensee nuestros pasos a personas o instituciones, a menos que consigan permiso expreso de la Junta Directiva del bloque.c) El uso de emblemas o insignias sin permiso de la Junta Directiva del bloque.d) Las no rendiciones de cuentas, malversaciones de fondos, malos manejos econmicos, la defraudacin de dineros del bloque, la apropiacin indebida de bienes y otros hechos que daen gravemente la organizacin del bloque.e) Aquellos integrantes del bloque que teniendo cuotas pendientes con la institucin, no las solucionen en un plazo perentorio propuesto por la Junta Directiva del bloque.f) Toda integrante del bloque que maltrate, falte el respeto, melle o dae la integridad moral de cualquier otro miembro del bloque.g) Todo integrante del bloque en estado etlico y que protagonice actos que puedan daar la integridad del bloque y/o atente contra algn integrante del conjunto.h) Todo integrante del bloque que tome decisiones a ttulo personal-arbitraria y que perjudique al bloque.i) Todo miembro del bloque que sea promotor de llevar a los miembros del bloque a cualquier presentacin ya sea a nombre de la institucin o a otro nombre sin permiso.j) Todo miembro del bloque que se preste para circular informacin errnea y dae la integridad del bloque.Artculo 43.-El incumplimiento a los artculos estipulados en el presente reglamento, cuyas sanciones no se detallan en forma explcita, son susceptibles de dos memorndums, un tercer memorndum determinar la automtica expulsin.CAPITULO XIDE LAS REDES SOCIALESArtculo 44.-La administracin de redes sociales est a cargo del Presidente, de la Junta Directiva y de las personas que estos autoricen.Artculo 45.-Al trmino del periodo de la Junta Directiva, se deber hacer entrega de las claves de acceso de las diferentes cuentas en redes sociales del Bloque CIrroz Candelaz, a la nueva Junta Directiva electa ya sea en reunin ordinaria y/o extraordinaria.Artculo 46.-Dentro de las facultades de las personas autorizadas al acceso a las redes sociales (Facebook, Twitter, etc) del Bloque Cirroz Candelaz se encuentra:a) Realizar publicaciones, incorporar integrantes y/o eliminar a los mismos.b) Mantener actualizadas las precitadas redes sociales del Bloque Cirroz Candelaz.c) Actualizar el estado de los miembros integrantes.d) Actividades que por su naturaleza sean demandadas y requeridasCAPITULO XIICOMIT DE TICA Y DISCIPLINAArtculo 47.-El Comit de tica del bloque ser elegido por la Junta Directiva.Artculo 48.-Para integrar el Comit de tica es necesario haber sido Ex - Presidente del bloque y que estn activos.Artculo 49.-El Comit de tica deber ser ratificado por Guas, Subguas y Contraguas del bloque.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES.El Bloque Cirroz Candelaz se reserva el derecho a ampliar el presente reglamento, as mismo las infracciones no contempladas en el presente reglamento que pudieran cometer los integrantes, sern resueltas en cada caso, por el presidente de la Junta Directiva, previo informe del Comit de tica y Disciplina.

REGLAMENTO INTERNO(Siete Captulosycincuenta Artculos)CAPTULO IDE LOS FINES Y ALCANCESArtculo1.-El presente Reglamento Interno establece normas genricas de comportamiento, que deben observar todos los miembros del Taller de Danzas Folklricas TODAS LAS SANGRES, con la finalidad de mantener y fomentar la comprensin y unin entre todos, salvaguardando el orden institucional y disciplinario.Artculo2.-Todo miembro del Taller debe conocer el contenido del presente Reglamento, y por tanto tiene derecho y obligacin de poseer un ejemplar del que se encuentre vigente para su cumplimiento.Artculo3.-Siendo el presente Reglamento un instrumento normativo previsto por el Estatuto Institucional y dictado por la Directiva, puede ser modificado cuando as lo exija el desarrollo, necesidades e intereses del Taller.CAPTULO IIDEL FISCAL Y LA COMISIN DE DISCIPLINAArtculo 4.-El encargado de velar por el cumplimiento del Estatuto, de los Reglamentos, de las resoluciones o acuerdos de Asamblea General o de Directiva, as como de salvaguardar el orden institucional y disciplinario del Taller, es el Fiscal de la Directiva, el cual es elegido de acuerdo a lo dispuesto en el Artculo Trigsimo Tercero del Estatuto Institucional.Artculo5.-El Fiscal para el cumplimiento de sus deberes, obligaciones y atribuciones, se auxilia de una Comisin de Disciplina de acuerdo a lo dispuesto en el Artculo Trigsimo Cuarto del Estatuto Institucional.Artculo6.-La Comisin de Disciplina es autnoma y est integrada por el Fiscal de la Directiva, quien la preside, y adems por cuatro miembros activos hbiles con una antigedad de un ao o ms, que no sean miembros de la Directiva, de conformidad con los Artculos Vigsimo Octavo incisos ) y o), Trigsimo Primero inciso f), Trigsimo Cuarto inciso g), Cuadragsimo Quinto, Cuadragsimo Sexto y Cuadragsimo Stimo del Estatuto Institucional.Artculo7.-La Comisin de Disciplina queda constituida una vez que sus miembros son elegidos por la Directiva, emitindose el acuerdo correspondiente, los mismos que son juramentados por el Fiscal.Artculo8.-La Comisin de Disciplina tiene una duracin igual a la de la Directiva que la elija, concluyendo su labor al trmino del mandato de sta.Artculo9.-Para ser miembro de la Comisin de Disciplina es obligatorio tener buena reputacin y estar en pleno goce de sus derechos conforme a lo establecido por los Artculos Cuadragsimo Sexto y Cuadragsimo Noveno del Estatuto Institucional.Artculo10.-Son funciones y atribuciones de la Comisin de Disciplina:a)Velar por la buena marcha, organizacin, orden institucional y disciplinario dentro del Taller o cuando se acta en representacin de l, as como de su prestigio tanto interior como exteriormente.b)Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones del Estatuto, Reglamentos, resoluciones o acuerdos de la Asamblea General o de Directiva, denunciando todo incumplimiento por parte de los miembros.c)Proponer la sancin o exclusin de miembros del Taller ante la Directiva. CAPTULO IIIDEL ORDEN INSTITUCIONAL Y DISCIPLINARIOArtculo11.-El Taller est orientado a los fines debidamente especificados en el Estatuto Institucional; lo s que se deben cumplir dentro de un marco de camaradera y respeto a las ideas.Artculo12.-Todos los miembros deben contribuir en todo momento a alcanzar el logro de los fines del Taller, y en especial fomentar la comprensin y unin entre todos, as como estrechar los vnculos de camaradera con un continuo acercamiento social y espiritual.Artculo 13.-Todos los miembros deben cumplir estrictamente todas las disposiciones del Estatuto y Reglamentos, as como acatar todas las resoluciones o acuerdos de la Asamblea General o de Directiva, el incumplimiento acarrea sancin.Artculo14.-Todos los miembros deben lealtad al Taller de Danzas Folklricas TODAS LAS SANGRES, por lo que no pueden pertenecer ni participar y/o representar a entidad que realice actividades similares, salvo autorizacin expresa de la Directiva y de la Comisin Artstica.Artculo15.-Todos los miembros tienen la obligacin moral de asistir a las asambleas y reuniones, de sufragar en las elecciones, de votar sobre las mociones que se hayan sometido a debate y de aceptar los cargos para los que se les proponga o elija en comisiones.Artculo16.- En las Asambleas, los miembros del Taller debern guardar correccin, cordura, respeto y orden, tanto para dirigirse a la Mesa Directiva como a los asamblestas asistentes. A los miembros que se alteren, injurien o profieran frases ofensivas, sean estas verbales o escritas, a los miembros de la Mesa Directiva o a cualquier miembro asamblesta, el fiscal pedir que retiren la injuria o frase ofensiva y si a la segunda invocacin no lo hicieran, dichos miembros pasarn a disposicin de la Comisin de Disciplina.Artculo17.-Los miembros del Taller que propicien reuniones o hagan circular escritos o volantes que menoscaben la unidad y prestigio de la institucin, incitando a rebelda contra la Directiva vigente legalmente elegida, incurrirn en falta grave sancionada con la expulsin o exclusin del Taller.Artculo18.-La Directiva debe cumplir estrictamente con los fines del Taller as como cumplir y hacer cumplir el Estatuto, los Reglamentos y las resoluciones o acuerdos de Asamblea General o de Directiva. La Comisin de Disciplina vela por dicho cumplimiento.Artculo19.- La Comisin de Disciplina de acuerdo al Artculo precedente mantiene por tanto una constante vigilancia de la labor del Taller por intermedio de su Directiva, denunciando cualquier anomala en su funcionamiento, estando facultada a requerir cualquier documento a la Directiva cuando lo crea conveniente.Artculo20.-Los miembros de la Directiva que inasistan a las reuniones de Directiva, eludan responsabilidades o atribuciones del cargo o incumplan con el mismo, pasarn a consideracin de la Comisin de Disciplina para la sancin correspondiente, de conformidad con los Artculos Vigsimo Quinto y vigsimo Sexto del Estatuto Institucional.CAPTULO IVDEL PROCEDIMIENTOArtculo21.-La Comisin de Disciplina conoce, investiga, evala, juzga y emite resoluciones conteniendo sus conclusiones y opiniones, con criterio de conciencia en nombre del Taller y con arreglo a sus normatividad vigente, proponiendo las acciones y sanciones respectivas ante la Directiva.Artculo22.-La Comisin de Disciplina de entre sus miembros nombrar un secretario, el cual es el encargado de recibir las denuncias y de toda tramitacin de la documentacin.Artculo23.-La Comisin de Disciplina para que conozca de una falta o infraccin, debe ser sta debidamente denunciada y presentada por cualquier miembro o a travs de la vocala de turno, por escrito y por conducto regular dentro de las setentids horas de cometido el hecho denunciado.Artculo24.- La Comisin de Disciplina de las denuncias presentadas, evaluar las que ameriten se abra proceso disciplinario y proceder a efectuar las investigaciones y citaciones del caso.Artculo25.- Al miembro del Taller que se le inicie proceso disciplinario, le son suspendidos sus derechos, los mismos que le sern restablecidos si es que al final de ste no se le encuentra culpabilidad. Durante el proceso disciplinario el denunciado tiene derecho a nombrar a otro miembro que lo represente ante la Comisin de Disciplina, ste ltimo tendr derecho a voz y no a voto.Artculo26.-En caso que el denunciado no se someta a proceso disciplinario, pese a tres citaciones consecutivas, se le tendr como rebelde y se emitir resolucin teniendo en cuenta el mrito de las pruebas presentadas en su contra.Artculo27.-La Comisin de Disciplina dentro de los treinta das calendarios de recibida la denuncia, emitir resolucin dando opinin y proponiendo las acciones y sanciones respectivas ante la Directiva, o declarando no tener culpabilidad el denunciado.Artculo28.-El miembro denunciado, durante el proceso disciplinario, no podr alegar en su defensa desconocimiento o ignorancia del Estatuto, de los Reglamentos, de las resoluciones o acuerdos de Asamblea General o de Directiva.Artculo29.- Todas las resoluciones de la Comisin de Disciplina sern emitidas previo acuerdo adoptado por mayora simple de sus miembros.Artculo30.-Todas las resoluciones emitidas por la Comisin de Disciplina sern remitidas a la Directiva, para que esta considere los hechos, conclusiones, recomendaciones u opiniones alcanzadas y resuelva imponiendo la sancin respectiva, de ser el caso.Artculo31.-Todas las resoluciones sern ledas en la Asamblea General siguiente a su emisin para informacin y conocimiento de los miembros del Taller.Artculo32.-Los miembros sancionados dentro de los diez das calendarios de notificados, podrn interponer por escrito un recurso de revisin ante la Comisin de Disciplina, la que previo nuevo estudio, emitir otra resolucin dentro de los quince das calendarios de recibido el recurso, la misma que pondr en consideracin de la Directiva.Artculo33.- El recurso de reconsideracin cabe en materia disciplinaria, una vez resuelto el recurso de revisin, y se deber sujetar a lo dispuesto en el Artculo Vigsimo del Estatuto Institucional.CAPTULO VDE LAS FALTAS Y SANCIONESArtculo 34.- La Directiva en base a las resoluciones emitidas por la Comisin de Disciplina, impondr las sanciones correspondientes a las faltas e infracciones cometidas, las que debern ser registradas en la ficha personal de cada miembro del Taller.Artculo35.-El presente Reglamento contempla las siguientes sanciones:a)Amonestacin escrita.b)Suspensin de derechos.c)Exclusin o expulsin.Artculo36.-Queda terminantemente prohibido toda modalidad de sancin econmica, lo que no es bice para que se exija el resarcimiento correspondiente en caso de daos materiales causados al patrimonio del Taller, o al local donde realice sus actividades.Artculo37.-Son faltas que conllevan amonestacin escrita:a)No observar en todo momento el debido respeto y consideracin que se merecen los miembros del Taller. El respeto debe ser mutuo y de franca camaradera.b)No contribuir a que el Taller alcance el logro de sus fines, haciendo caso omiso a las acciones y comisiones encomendadas.c)No cumplir estrictamente todas las disposiciones del Estatuto y Reglamentos, de las resoluciones o acuerdos de la Asamblea General o de Directiva.d)Desconocer la autoridad de los miembros de la Directiva, de la Comisin de Disciplina y de las Comisiones dentro del mbito y lmites de sus respectivas funciones.e)Atentar contra el patrimonio del Taller o del local donde realice sus actividades.f)Hacer uso indebido de los emblemas, smbolos, insignias, o distintivos del Taller, as como de la indumentaria que distinga como a sus miembros, quedando terminantemente prohibido ingresar con ellos a establecimientos de mal reputacin.g)Inasistir injustificadamente a las actividades a que se haya comprometido, programadas por el Taller.Artculo38.-Son faltas que conllevan la suspensin de derechos de uno a tres meses de acuerdo a su reiteracin:a)Reincidir en las faltas a que se refiere el Artculo 37 del presente Reglamento.b)Incurrir en las faltas contempladas en el Artculo 39 del Reglamento Artstico y es puesto a consideracin de la Directiva conforme al Artculo 42 del mismo.c)Tomar el nombre del Taller sin autorizacin o para hacer gestiones o tramitaciones particulares de inters personal.d)Asistir a las asambleas, ensayos o presentaciones del Taller con signos evidentes de haber abusado del consumo de alcohol o de haber ingerido drogas.e)Dilatar el cumplimiento de las resoluciones o acuerdos de Asamblea General o de Directiva por negligencia o por falta de voluntad.Artculo39.-Son faltas que conllevan la exclusin o expulsin del Taller:a)Incurrir constantemente o reincidir en las faltas a que se refiere el Artculo 38 del presente Reglamento.b)Incurrir en las faltas contempladas en el Artculo 40 del Reglamento Artstico y es puesto a consideracin de la Directiva conforme al Artculo 42 del mismo.c)Difamar o calumniar a los miembros de la Directiva atentando y daando la integridad y prestigio moral de los mismos.d)Atentar contra la integridad fsica y/o moral de algn miembro del Taller, faltamiento de palabra u obra.e)Efectuar actos reidos contra la moral y las buenas costumbres.f)Hacer uso indebido y en beneficio propio de los fondos del Taller.g)Iniciar juicios contra el Taller.h)Irrogarse la representacin del Taller sin autorizacin de la Directiva.i)Propiciar reuniones o hacer circular escritos o volantes que menoscaben la unidad y prestigio de la Institucin, conforme al Artculo 17 del presente Reglamento.j)Transgredir en forma reiterada el presente Reglamento y ya ha sido amonestado y suspendido.Artculo40.-La separacin del Taller perdiendo la calidad de miembro, por alejamiento de la Institucin por ms de tres meses, dejando de aportar la respectiva cuota social mensual, y no habiendo presentado por escrito su solicitud de licencia, no constituye una sancin sino una medida de carcter administrativo, dentro de las atribuciones conferidas a la Directiva conforme al Artculo Vigsimo Octavo inciso d) del Estatuto.Artculo41.-Conforme al Artculo Cuadragsimo Noveno del Estatuto, se considera miembro activo hbil, vale decir en pleno ejercicio de sus derechos, al que est al da en el pago de sus cuotas y no tiene ningn tipo de deuda vencida y pendiente de pago con el Taller, por lo tanto la suspensin de derechos en este caso, es como consecuencia de incumplimiento de una obligacin econmica y no por haberse abierto proceso disciplinario o por cumplimiento de sancin.Artculo42.-La sancin de suspensin de derechos se computa desde el da siguiente en que se inicia el proceso disciplinario, mediante la citacin o notificacin escrita al denunciado.CAPTULO VIDE LOS MRITOS Y HONORESArtculo43.-Los miembros del Taller que se distingan por su buena conducta, colaboracin, asistencia e identificacin con la Institucin, se harn acreedores por parte de la Directiva, al reconocimiento correspondiente, lo que deber ser registrado en la ficha personal respectiva.Artculo44.-Se podrn otorgar de manera indistinta y/o acumulativa, sin que el orden de enumeracin signifique su aplicacin en forma correlativa o sucesiva, los siguientes mritos y honores:a)Voto de aplauso o mencin honrosa.b)Felicitacin escrita.c)Diploma de honor.d)Medalla de honor.e)Distincin como miembro honorario.Artculo45.-La distincin como miembro honorario se sujeta a lo dispuesto en el Artculo Octavo del Estatuto Institucional, y es conferido en ceremonia especial otorgndose la diploma correspondiente.Artculo46.-La medalla de honor y la diploma de honor se conceden por servicios o acciones extraordinarias prestados al Taller y son conferidas en ceremonia especial. Para el otorgamiento de estos honores es indispensable el voto favorable de por lo menos ocho miembros de la Directiva.Artculo47.- La felicitacin escrita y el voto de aplauso o mencin honrosa se conceden por servicios o acciones destacadas en beneficio del Taller y son conferidas en las ocasiones y oportunidades que se crean convenientes, necesitndose el voto favorable de la mayora de los miembros de la Directiva reunidos para tal fin.Artculo48.- Las normas referentes a la concesin de mritos u honores que contempla el presente Reglamento, son de aplicacin tambin a las personas no pertenecientes al Taller.CAPTULO VIIDISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIASArtculo49.-Cualquier caso no contemplado en el presente Reglamento ser resuelto por el Directiva, debiendo dar cuenta a la Asamblea General.Artculo50.-El presente Reglamento ser reproducido en nmero suficiente para su divulgacin y entrar en vigencia a partir del da siguiente de su publicacin, no teniendo efecto retroactivo frente a actos contrarios a l efectuados antes de su vigencia.Aprobado en la ciudad de Lima a los veintids das del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco, conforme a lo dispuesto en el Artculo Vigsimo Octavo inciso o) del Estatuto Institucional.JUAN MEDINA ZAVALAPresidenteROGER DVILA LUJN RIPOLLFiscal

CARMEN MARA INDACOCHEA AICARDISecretaria GeneralLILIANA YPEZ DE VIZCARRATesorera General

FRANCISCA DELGADO DE BUENOSecretaria de Relaciones PblicasJORGE CARMEN CAMACHOVocal

MARA ANTONIETA SNCHEZ DE MEREVocalDOMINIA GARAYAR DE SALASVocal