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2014

Reglamento Interno Corregido Karla - Martin

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2014

PRESENTACIN

El presente Reglamento Interno es un documento administrativo de la Institucin Educativa Federico Villareal, que norma la relacin laboral de todos los componentes de la Institucin (Directivos, Docentes, Administrativos y Alumnos) donde se encuentra prescrito sus funciones, deberes, derechos, y sanciones. El cumplimiento formal de los diferentes estamentos incluyentes, propiciar un clima armonioso institucional.

Nuestro Reglamento Interno fue elaborado por los trabajadores de nuestra I.E. en el presente Ao Escolar, debiendo ser revisado y actualizado cada ao.

Su vigencia corre a partir de marzo del 2014, despus de su aprobacin por la Direccin de la Institucin Educativa.

Federico Villareal, marzo del 2014.

COMO DEBE SER EL PROFESOR

El profesor debe ser delicado, comprensivo, amigo, dedicado, paciente y de hablar bajo. Ser escrupuloso y justo para calificar. Ser consejero, cuidadoso con el lenguaje, la sinceridad, honestidad, respeto, disciplina, justicia, libertad y la democracia. Amar a los alumnos, no ser nervioso, ni colrico, ser atento, recordar que, a pesar de las diferencias sociales y econmicas, todos son alumnos de una clase, no sentir aversin ni discriminacin por un alumno, ser como un segundo padre. Dar clase para todos los alumnos y no para uno solo ser tratable y cordial con todos.

Adelaida Lisboa de Olivera.

RESOLUCIN DIRECTORAL N. 001 DIE N. 0016 LP BSH 2014

Federico Villareal, marzo del 2014

El Director de la Institucin Educativa N. 0016 Federico Villareal del Distrito de Tarapoto.

CONSIDERANDO:Que la Ley General de Educacin N. 28044, garantiza el derecho que tiene una Institucin Educativa de contar con su Reglamento Interno actualizado, que norma el funcionamiento de la Institucin en su Gestin Administrativa y Tcnico Pedaggica, con la finalidad de facilitar el logro de los fines y objetivos establecidos de su poltica educativa, cuyo alcance y cobertura es la Institucin Educativa N. 0016; integrando con sus niveles Primaria y Secundaria; para el personal Directivo, Docentes, Administrativo y de Servicio; y para los educandos del plantel, que tendr vigencia a partir de marzo del 2014 hasta marzo del 2017 cumplido este periodo ser revisado y actualizado de acuerdo a normas establecidas del Sector Educacin.

Considerando que de acuerdo a Ley General de Educacin N. 28044, 24029; Manual del Director y R.M.N.016-96-ED;DS N.007-2001 ED. autoriza a las I.E. Organizarse internamente, pendiente de otras Instituciones Educativos, que norme las acciones administrativas y tcnicas pedaggicas en Primaria y Secundaria de Menores, a fin de hacer un trabajo educativo conjunto dentro de un marco de calidad eficiencia y eficacia de los objetivos educativos programados.

De conformidad con las leyes y dispositivos vigentes del Sector Educacin y la Constitucin Poltica del Estado, esta Direccin en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley.

DECRETA:

1.Aprobar y Reconocer a partir del 01 de marzo del 2014 el REGLAMENTO INTERNO de la Institucin Educativa N. 0016 Federico Villareal, del distrito de Tarapoto, con cobertura para Primaria y Secundaria de menores.

2.Autorizar su vigencia debiendo ser revisado y actualizado cada ao .

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

CMG/D

REGLAMENTO INTERNO DE INSTITUCIN EDUCATIVA N. 0016 Federico VillarealPRIMARIA Y SECUNDARIA DE MENORES.

CAPITULO I

GENERALIDADES

DISPOSICIONES GENERALES:

Art. 1.FINESEl Reglamento Interno de la Institucin Educativa N. 0016, es un documento de ordenamiento y de gobierno de Administracin Educativa que contiene normas especficas , conformadas por pautas de comportamiento interno de cada uno de los estamentos y agentes que conforman o integran la familia de la I.E. as como las relaciones que deben existir entre los rganos internos y externos .El presente reglamento tiene los siguientes fines:a.Regular la organizacin, funcionamiento y desenvolvimiento de las actividades educativas de la Institucin Educativa N. 0016 Federico Villareal, del distrito de Tarapoto.b.Establecer normas referentes a deberes, derechos obligaciones de cada uno de los estamentos y agentes de la educacin que la conforman.

Art. 2.BASE LEGAL. El presente Reglamento Interno se sustenta en las siguientes bases legales:

- Constitucin Poltica del Per.-Nueva Ley General de Educacin N. 2804429072003.-D.S. 19-90 ED Ley de Profesorado N. 24029.-RM N. 016-96 ED. Normas para la gestin y desarrollo de actividades en Centros Educativos 16.-DS N. 03-83-ED. Reglamento de Educacin Primaria.-DS N. 03-83-ED. Reglamento de Educacin Secundaria.-RM N. 016-96-ED.-R.V.M. N. 071-91-ED, RM. N. 395-83 ED, Directiva N.034-VM-DIGEA-83 ED.-Directiva N. 03-04-ED-OBE.-R.M. N.016-96 ED. Manual del Director.-R.S. N. 07-2001-ED. Actualiza Bases Legales.- Ley de la carrera pblica magisterial ( LEY N 29062)- Directiva 004- VMGP-2005

Art. 3.ALCANCEPersonal Directiva, Docentes, Administrativos, Personal de Servicio y Guardiana, alumnos del Nivel Primaria y Secundaria de Menores y APAFA.

CAPITULO II

ORGANIZACIN Y FUNCIONES DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA N. 0016, CREACIN, FINES, OBJETIVOS Y ESTRUCTURA ORGNICA, MIEMBROS QUE LA INTEGRAN

Art. 4.FINES DE LA INSTITUCION EDUCATIVALa Institucin Educativa N. 0016, Nivel Primaria y Secundaria de Menores fue creada, el Nivel Primaria segn R.D. N. 0788-29-04-54, y el Nivel Secundaria segn R.D. N. 02011-23-03-96, con la finalidad de brindar una Educacin que contribuye al pleno desarrollo de la personalidad del educando, propiciando a la formacin integral de la persona y de la sociedad, inspirada en los principios de la democracia social, de acuerdo a Ley.

Art.5.OBJETIVOS DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA1.brindar la formacin integral al educando, que le permita el conocimiento Cientfico y Humanstico, as como sus deberes y derecho basado en los principios democrticos.2.Motivar a la cooperacin de la familia y la comunidad en la gestin de los servicios educativos que ofrece el plantel.3.Brindar una educacin formativa a travs de la reas correspondientes, tratando de lograr los objetivos planteados en los programas curriculares.4. Promover el conocimiento y la prctica de los valores cvicos patriticos, ticos y morales, para el desenvolvimiento personal y social del educando.

Art. 6.FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA N. 00161.La formacin cientfica humanista, orientado y capacitando a los educandos en diferentes campos vocacionales, para una integracin responsable en el ejercicio de la vida social.2.Organizar el trabajo educativo en funcin al nivel y modalidad que brinda.3.Participar en las acciones de promocin y desarrollo de la comunidad, interviniendo en las obras de inters social.4.Programar, ejecutar y evaluar ntegramente las acciones y servicios educativos que se desarrollan en la I.E. de acuerdo a la poltica educativa, la demanda y caractersticas propias de la comunidad.

Art. 7.ESTRUCTURA ORGNICALa estructura orgnica de la Institucin Educativa N. 0016, Primaria y Secundaria de menores son:a.rgano de Direccin y Ejecucin: La Direccin de I.E. N. 0016.b.rganos de apoyo de lneas:- Secretara.- Personal Administrativo (Trabajadores de Servicio y Guardiana).c.rganos de Ejecucin de apoyo de Lnea:- Docentes de Primaria y Secundaria de Menores.- Auxiliar de Educacin.d.rganos de Coordinacin de lnea:Comprende:- El COCOI.- La Asamblea General de Profesores de Primaria y Secundaria de menores.- Defensora Escolar.- Municipios Escolares.- Comit de TOE.- Comit de Trabajo del Centro Educativo.e.rganos de Participacin:Comprende:- Alumnos de Primaria y Secundaria de Menores.- Junta Directiva de la APAFA.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA N. 0016Federico Villareal

DIRECCIN

PERSONAL DE SERVICIO

SECRETARA

COORDINADOR

PROFESORESSECUNDARIA

PROFESORESPRIMARIA

AUXILIAR DE EDUCACIONALUMNOS:-PRIMARIAALUMNOS:-PRIMARIAALUMNOS:-PRIMARIAALUMNOS:-PRIMARIA-SECUNDARIAAPAFACOMIT DE TOEJUNTA DE PROFESORESDEFENSORA ESCOLARMUNICIPIO ESCOLAROTROS

FUNCIONES ESPECFICAS DE LOS RGANOS Y MIEMBROS DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA QUE LO INTEGRAN

Art. 8.DEL DIRECTOR DEL PLANTEL.Es la primera autoridad de la Institucin Educativa N.0016; es el representante legal de la Institucin encargado de la conduccin y ejecucin de las acciones tcnicos pedaggicas y administrativas, reformular, supervisin, evaluacin de los niveles de Educacin Primaria y Secundaria de Menores de la Institucin Educativa.

Art. 9.SON FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA N. 0016.1.Representar legalmente a la Institucin.2.Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual del Plantel, con la participacin del Personal Docente y Asociacin de Padres de Familia.3.Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por el buen trato a los alumnos dentro y fuera del plantel.4.Organizar y dirigir el servicio de Supervisin Educativa Interna con fines y objetivos de mejorar la calidad educativa de la Institucin Educativa.5.Autorizar las visitas y excursiones dentro del mbito provincial y Departamental o Regional de acuerdo a las normas especficas.6.Organizar el proceso de matrcula y autorizar traslados, exoneraciones de asignatura, as como la aplicacin de pruebas de ubicacin.7.Matricular de oficio al menor en abandono en peligro moral, poniendo el caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes.8.Autorizar la rectificacin de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedaggicos oficiales, de acuerdo a normas establecidas.9.Expedir los certificados de estudio oficiales.10.Estimular o sancionar segn el caso, a los alumnos, de conformidad con lo nombrado en el reglamento y normas establecidas del Sector Educacin.11.Presentar el Cuadro de asignacin del Personal Nombrado y Contratado a la Unidad de Gestin Educativa - Tarapoto, para la cobertura de plazas docentes, administrativas vacantes y de contrato; y el reemplazo de personal en licencia.12.Otorgar permisos, licencias al personal a su cargo hasta por 20 das en casos debidamente justificados e informar a la Direccin de la UGEL San Martn mediante Decretos.13.Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras gestiones que redunde en beneficio del educando del plantel, o la comunidad. En casos sobresalientes o extraordinarios proponer a la Direccin Sub Regional de Educacin, su reconocimiento mediante Resolucin.14.Llamar la atencin, verbal o por escrito al personal de la Institucin Educativa por incumplimiento de sus funciones, en caso de reincidencia o gravedad de la falta, informar por escrito a la Autoridad Superior.15.Asesorar a la APAFA en la gestin administrativa.16.Administrar la documentacin oficial de la Institucin Educativa.17.Formular el cuadro de necesidades, de bienes y de servicio.18.Asesorar la Administracin de la Biblioteca, los equipos y materiales educativos.19.Presidir el Comit de Kioscos de la Institucin Educativa.20.Autorizar de acuerdo a lo normado, el uso eventual de los ambientes y/o equipos del plantel para fines educativos culturales.21. Administrar eficiente y honestamente los fondos provenientes de recursos propios, de acuerdo a las necesidades de la Institucin Educativa.22.Facilitar al personal del plantel la informacin de Normas Legales Vigentes.23.Aprobar; el Reglamento Interno de la Institucin educativa, PCC, PEI, PCI y Nominas de Matrcula, etc.24.Dar reconocimiento al nuevo Presidente de la APAFA y a la Junta Directiva.25.Difundir los alcances de las Directivas, Normas y Documento en reuniones especficas del profesorado.26.Enviar mensualmente a la superioridad los partes de asistencia del personal a su cargo.27.Organizar, Supervisar y presidir la comisin de evaluacin del cuadro de Mrito de de las promociones del plantel al finalizar el ao escolar.28.Aplicar las sanciones a los educandos de la Institucin Educativa de Primaria y Secundaria de Menores por faltas graves, previo informe del Comit de OBE.29.Presidir el Concejo Educativo Institucional I.E., el Comit de Especial de Evaluacin del Plantel.30.Informar trimestralmente a la UGEL San Martn Tarapoto el balance econmico de los recursos propios.31.Realizar la Supervisin Interna al personal docente y Administrativo de la Institucin Educativa.32.Autorizar los exmenes de recuperacin y subsanacin de los estudiantes.33.Firmar las Actas Consolidadas de Evaluacin de Fin de Ao Escolar.34.Conocer y aplicar los criterios para las propuestas de personal, licencias, permisos, estmulos y sanciones.35.Estimula y facilita capacitaciones a los docentes.36.Organizar y planificar el ao escolar al trmino e inicio del ao lectivo en coordinacin con los profesores, Directivos de la APAFA y autoridades de la comunidad.37.Organizar y elaborar el PAT, el PEI y el PCC, en coordinacin con los profesores, APAFA y autoridades de la comunidad.38.Realizar gestiones permanentes en coordinacin con la APAFA, sobre las necesidades de la I.E. ante las Instituciones Pblicas y Privadas.

Art. 10.DE LOS ESTAMENTOS DE COORDINACIN DE LA I.E.

La Institucin Educativa mantiene permanente coordinacin con los siguientes estamentos:A. DEL COMIT DE COORDINACIN INTERNA (COCOI) .Es el rgano de asesoramiento y apoyo de la Direccin del Plantel est formado: Por el Director, quien preside el comit. 01 docente de secundaria. 01 docente de primaria.

Son funciones del Comit de coordinacin Interna los siguientes:a. Apoyo a la Direccin del Plantel de la Organizacin, Programacin, ejecucin y evaluacin de la gestin administrativa.b. Presentar sugerencias de alternativa de solucin a los diferentes problemas administrativos, acadmicos, tcnico pedaggico, que se dan en el plantel.c. Evaluar la labor de cada uno de los estamentos y comits internos del plantel, sugiriendo recomendaciones de mejoramiento.d. Sugerir la programacin y ejecucin de actividades pedaggicas, culturales, recreativas, deportivas, capacitacin docente y administrativo.

B. ASAMBLEA GENERAL DE PROFESORES.Las Sesiones Ordinarias son convocados por el Director de la Institucin Educativa, 03 veces al ao, las extraordinarias son convocadas cuando el caso lo requiere con un da (24 horas) de anticipacin. Estas sesiones son de carcter obligatorias.

Art.11.DEL COMIT DE TUTORIA DE ORIENTACION EDUCATIVA (TOE) DEL PLANTEL.El Comit de TOE es el responsable de planificar, organizar, ejecutar y evaluar en primaria y secundaria de menores. Los servicios de TOE depende de la Direccin del Plantel, est presidido por el Director del Plantel.

SON FUNCIONES DEL COMIT DE TOE DEL PLANTEL EN PRIMARIA Y SECUNDARIA DE MENORES.1. Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de orientacin y los servicios de Bienestar del Educando en la Institucin.2. promover la participacin de los Padres de Familia en las actividades de OBE de la Institucin Educativa.3. Solicitar a la APAFA, a travs de la Direccin apoyo econmico para atender con medicinas y otros servicios que requieren nuestros alumnos.4. Promover el cultivo de valores ticos y sociales, que contribuyan a la formacin personal y social del educando.5. Promover y fortalecer actividades cvicas patriticas y comunales, logrando la identificacin del educando y el personal con la comuna.6. Promover el clima armnico entre docentes, padres de familia y alumnos.7. Atender en casos especiales que afronten los alumnos.8. Promover acciones de TOE en las reas personal, social, orientacin vocacional u ocupacional, salud preventiva integral, acadmica y proyeccin a la comunidad.9. Sugerir a la Direccin, alternativas de solucin para el cambio de conducta y/o mal comportamiento de los alumnos dentro y fuera del plantel.10. Tratar los casos de indisciplina de los alumnos, sujetndose a las normas, el buen juicio, sentido comn y administrar los casos con justicia, prudencia y responsabilidad.11. Los casos graves tratados en TOE que merecen sancin, debern pasar a la Direccin del plantel, con un informe a fin que sta determine la respectiva sancin en coordinacin con su COCOI.

Art.12.EL COMIT DE ACTIVIDADES CVICAS Y DESFILES ESCOLARES DEL PLANTEL.

A.SON FUNCIONES Y ATRIBUCIONES:1. Est conformada por 03 docentes. Lo preside el Director un Profesor de primaria y uno de secundaria.2. Este Comit es elegido en sesin de Asamblea General de profesores cumpliendo sus funciones por el periodo de 02 ao, y podrn ser ratificados en su cargo de acuerdo a asamblea.3. Coordinar, programar actividades de ensayos para marchas, desfiles, distribucin de batallones, participacin en actividades cvicas escolares y patriticas bajo el asesoramiento y coordinacin con la Direccin del Plantel.4. organizar la participacin en actividades cvicas, trabajos comunales, recojo de inservibles, limpieza comunales, calles, cementerios, censos, etc.5. Presentar a la Direccin del plantel el rol y/o la relacin de Docentes que apoyarn en la conduccin en representacin del plantel.

C. CONCEJO DIRECTIVO DE LA APAFA.

Son los representantes legales de la APAFA por funcin dependen de la Asamblea General de la APAFA de la Institucin Educativa; el Director de la I.E. es el Asesor, mantiene una relacin mutua de coordinacin e informacin recprocas; por la APAFA un rgano de apoyo en bien y progreso de la Institucin Educativa. La asistencia del Director a las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General de la APAFA es obligatoria. La APAFA mantiene sus deberes y derechos de acuerdo al reglamento de la APAFA D.S. N 020 ED 2003.

D. DEFENSORA ESCOLAR.

Es una instancia de Promocin y Defensa de los Derechos y Deberes de los Nios y Adolescentes de Institucin Educativa convirtindose en eje articular y/p coordinador de los servicios y programas existentes en la Institucin Educativa y fuera de este. Este servicio implica alertar sobre los riesgos y problemas que han detectado en las Instituciones Educativas difundiendo permanentemente los derechos del Nio y el Adolescente escolar.Sus funciones son: Informar y orientar creando y aprovechando espacios de dilogo como las clases escolares, reuniones, asamblea y eventos pblicos. Detener y atender casos, conciliando y/o derivando a otras Defensoras de instancia superior. Orientar a los alumnos que acuden a la Defensora Escolar dndoles a conocer la proteccin de sus derechos. La Defensora Escolar est comprendida por el Director, sus miembros son: un profesor representante de primaria, un profesor de secundaria y un padre de familia por un periodo de dos aos.

E. MUNICIPIO ESCOLAR

Es una organizacin de carcter educativo dependiente de la Institucin Educativa y est conformado por alumnos por un periodo de un ao con el propsito de participar en la realizacin de actividades cvicas de servicios en el mbito de su jurisdiccin de la Institucin Educativa. Las atribuciones del municipio escolar son:a. Vigilar el cumplimiento de las normas, reglamentos y dems dispositivos legales en coordinacin con las autoridades educativas de la Institucin Educativa.b. Colaborar en las acciones en bien de la Institucin Educativa.c. Presentar iniciativas y sugerencias para el mejoramiento de la Institucin Educativa.d. Intervenir y participar en representacin de su Institucin Educativa, en todos los programas, reuniones y otras instancias de la escolar.e. Organizar actividades educativas, culturales, recreativas, canalizando las iniciativas de los estudiantes.f. Promover y defender los derechos del nio y del adolescente.g. Contribuir a la formacin de valores cvicos al propiciar el sentido de responsabilidad y la participacin democrtica de los estudiantes.h. Trabajar por el progreso y desarrollo de su Institucin Educativa en coordinacin con el Asesor, Profesor y Padres de Familia.i. Proyectar su labor a la comunidad de la que forman parte, colaborando en la solucin de sus problemas.

j. El Municipio Escolar est conformado por:1. Alcalde.2. Teniente Alcalde.3. Regidor de Educacin, Cultura, Recreacin y Deporte.4. Regidor de Salud y Ambiente.5. Regidor de Emprendimiento y Actividades Productivas.6. Regidor de Derecho del nio, nia y del Adolescente.7. Regidor de Comunicacin y Tecnologa de la Informacin8. Informar a la Direccin sobre el incumplimiento a disertacin del Calendario Cvico Escolar para su respectivo tratamiento.9. Sugerir a la Direccin la bonificacin de puntos a favor de los alumnos que asisten a desfiles o actos cvicos; sea en comportamiento o reas.

Art.13.DE LOS ASESORES Y/O TUTORES DE AULA DEL PLANTELEs el responsable de asesorar, apoyar al Comit de Aula y a los educandos para solucionar problemas bajo su responsabilidad programando actividades.

SON FUNCIONES DEL ASESOR Y/O TUTORES DE AULA DE PRIMARIA, SECUNDARIA DE MENORES.a. Orientar al educando que asuma la responsabilidad de su formacin.b. Contribuir como el eje motivador e impulsar en el alumno alternativas de solucin a sus problemas.c. Servir de nexo a fin de brindar las facilidades a los alumnos con escasos recursos econmicos, y abandono moral, etc.d. Coordinar con TOE, para mejorar el comportamiento de los alumnos.e. Coordinar con los profesores de reas para motivar las acciones orientadoras a travs del currculo, buscando alternativas a los problemas sobre el bajo rendimiento escolar de sus alumnos o pupilos.f. Organizar los Comits de Aula programando sesiones peridicas y brindar asesora econmica.g. Elaborar el Plan de Accin Tutorial y asesorar el Plan Anual de Trabajo del Comit de Aula e informar a la Direccin de las acciones que se realicen.h. Informar a los padres de familia sobre el rendimiento escolar de sus hijos y dar recomendaciones sobre casos que ameriten.i. Entregar las libretas de evaluacin a los padres de familia.j. Incentivar y promover la comunicacin y participacin de los Comits de Aula, apoyando el trabajo de la Escuela de Padres.k. Coordinar permanentemente con los auxiliares de Educacin.

Art.14.EL DECLOGO DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA 0016 DE MENORES-PRIMARIA Y SECUNDARIA

1. Ser responsable.2. Practicar la honestidad.3. Demostrar puntualidad.4. Practicar la solidaridad.5. Ser amables, armnicos y democrticos.6. Practicar la lealtad.7. Tener deseos de superacin.8. Ser digno ejemplo de los alumnos.9. Identificarse con la Institucin.10. Ser un lder, consejero, orientador y amigo de los alumnos.11.

Art.15.DEL AUXILIAR DE EDUCACIN SECUNDARIA DE MENORES.El auxiliar de Educacin del nivel secundaria del plantel, es el responsable de orientar, dirigir, controlar y evaluar el comportamiento de los alumnos, de acuerdo a normas vigentes en el reglamento interno y en coordinacin con la Direccin del plantel.

Son funciones y atribuciones de los auxiliares de educacin lo siguiente:1. Conservar la disciplina y moral de los alumnos mediante una constante vigilancia, comprensiva y amistosa en coordinacin con el Comit de TOE.2. Llevar el control, manejo y cuidado del registro de asistencia, inasistencias tardanzas comportamiento de los alumnos.3. Controla a los alumnos durante las horas de clases, descanso y formaciones.4. Revisa de lunes a viernes el aseo personal de los alumnos y del uniforme escolar.5. Informa permanentemente a los alumnos en las formaciones sobre el reglamento interno de la Institucin.6. Apoya a los profesores asesores de seccin en la distribucin de las libretas de evaluacin de los alumnos as como la devolucin de las mismas debidamente firmadas por el padre de familia, apoderado con un plazo determinado.7. Recordar al docente sobre su responsabilidad con el calendario cvico escolar.8. Informa al comit de TOE sobre conducta negativa del alumno, con un parte informativo sobre la falta cometida.9. En ausencia de los docentes suple a estos para realizar la actividad programada y orientar la conducta del estudiante, dialogar sobre temas educativos, propios de sus edades y grados.10. Llena las libretas de evaluacin de los alumnos de cada trimestre tomando como base los registros de evaluacin. del docente. y hacerlo sin borrones, y con mucha honestidad.11. Orienta a los alumnos en el buen uso y conservacin del mobiliario escolar y enseres de la institucin.12. Orienta a los brigadieres y subrigadieres de seccin en el desempeo de sus funciones de acuerdo al reglamento interno.13. Dirige las formaciones generales de los alumnos.14. Iniciar sus labores 30 minutos antes de la hora de ingreso de los alumnos y terminar su labor cuando haya salido el ltimo alumno bajo su responsabilidad.15. No abandonar los pabellones que le corresponde controlar y/o cuidar durante su jornada laboral, salvo vigilancia y control de los brigadieres de aulas a su cargo.16. No desempear actividades ajenas a sus funciones dentro de su jornada laboral.17. Dar aviso mediante el timbre las formaciones, horas de entrada y salida, cambio de hora, recreo, etc.

18. Organiza y controla los grupos de aseo de las aulas y vela por su conservacin.19. Informa a la Direccin la ausencia del profesor pasado diez minutos en cada cambio de hora de ingreso.20. Acompaa obligatoriamente en las actividades cvico-patriticas dentro y fuera del plantel.21. Realiza otras funciones a fines. a su responsabilidad asignado por el Director del plantel. Invita a los profesores a presenciar el acto de formacin los lunes y viernes.

Art.16.DEL PROFESOR DE TURNO DEL NIVEL PRIMARIA.Es el encargo de controlar y apoyar en el cumplimiento de las normas establecidos en su turno..a. Dirige las formaciones, da recomendaciones a los alumnos en su respectivo turno.b. Controla a los alumnos en horas de recreo, en colaboracin con los brigadieres, manteniendo el orden y la disciplina.c. Informa al director de las tardanzas e inasistencias de los docentes d. Trata situaciones de primera instancia, derivando los casos de gravedad al director y este a su vez al comit de TOE. e. Velar con el cumplimiento del reglamento interno de la Institucin Educativa.f. Recuerda a los docentes sobre su responsabilidad con el Calendario Cvico Escolar para cumplir con su disertacin.g. Asistir al plantel 30 minutos antes del ingreso a clases a fin de coordinar con el Director acciones de su responsabilidad.

Art.17.DE LA SECRETARA DE LA DIRECCIN DEL PLANTEL.Es el rgano de apoyo administrativo de la Institucin Educativa, que centraliza la documentacin oficial relacionadas con las actividades internas y externas de la Institucin Educativa y tramita las directivas impartidas por el director. Orgnicamente depende de la direccin del plantel.Son funciones y atribuciones del secretario del plantel:1. Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentacin del plantel. 2. Presentar al director los documentos recibidos, adjuntando los antecedentes e informes que faciliten su trmite.3. Organiza, controlar y coordinar las acciones apoyo administrativo.4. Orientar al pblico sobre consultas y gestiones requeridos o solicitados.5. Realizar el seguimiento de la documentacin, promoviendo su fluidez para su cumplimiento, resultado y/o respuesta para el usuario.6. Llenar las actas consolidadas de evaluacin.7. Preparar los certificados de estudios para la expedicin por parte de la Direccin, previa solicitud del interesado.8. Realizar la tramitacin de documentos sin retenciones en forma inmediata, haciendo gil y dinmica la administracin en beneficio del pblico.9. Mantener el orden en la documentacin administrativa.10. Guardar la tica profesional de confidencia del cargo que desempea, que le confa la Direccin y personal de la Institucin Educativa.11. Elaborar las nminas y apoyar en la matrcula escolar.12. Cuidar celosamente los archivos de secretara, del plantel.13. Guardar ordenadamente la documentacin en sus respectivos archivos.14. Toda documentacin que decepciona la secretara, que est dirigido al Director del plantel debe dar ha conocer inmediatamente para su trmite respectivo.15. Cada fin de ao debe consolidar los archivos en volmenes encuadernados, cuidando su conservacin y orden respectivo.16. Debe mantener actualizado el inventario de secretara del plantel a su cargo, de todos los bienes y enseres, como tambin de la Direccin del plantel.17. Administrar ordenadamente los materiales de escritorio y de impresiones de su responsabilidad.18. Llevar ordenadamente el libro de actas de sesiones que realiza la direccin con los niveles y turnos o sesiones con juntas.19. Est prohibido tramitar documento de autorizacin del Director si el usuario no realice los pagos respectivos por derechos de gastos administrativos, de acuerdo a normas establecidas.20. Cumplir puntualmente en su horario de trabajo.21. Elaborar las nminas de matrcula en forma alfabtica por grado y secciones de primaria y secundaria.22. Elaborar las actas consolidadas de evaluacin del nivel secundario llenndoles sin borrones y con mucha honestidad.23. Publicar en la vitrina escolar, en forma oportuna los acuerdos tomados por la asamblea previa autorizacin del director.24. Mantener actualizado el currculo vital.25. Apoyar al docente en la documentacin que requiere.

Art.18.DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA.Es la persona responsable de la administracin, control, conservacin y cuidado de la biblioteca escolar, orgnicamente depende de la Direccin, tomar atribucin de la administracin de la biblioteca y secretara en turnos respectivos.Tiene las funciones:1. Participar en la elaboracin e ejecucin del plan general de biblioteca de la Institucin Educativa.2. Organizar la biblioteca del plantel, en conformidad con disposiciones especficas.3. Proponer normas para resguardar y conservar el patrimonio bibliogrfico de la Institucin Educativa.4. Atender y orientar a los educandos en el manejo de libros, as como la conservacin de los mismos.5. Llevar el registro y control de los lectores, de acuerdo a las normas establecidas, tanto de alumnos como de docentes.6. Tener actualiza el inventario bibliogrfico y materiales didcticos del plantel que se encuentran bajo su responsabilidad.7. Realizar la administracin de la biblioteca de acuerdo al reglamento interno.8. Planificar y ejecutar campaas para adquisicin de libros dentro del plantel de implementacin de la biblioteca escolar.9. Informar a la Direccin del plantel sobre la prdida, destruccin o deterioro de los libros por parte de los alumnos, a fin de sancionar o resolver el problema de acuerdo a normas establecidas.10. Todo prstamo de libro debe ser registrado previa entrega del respectivo carn del lector.11. Realizar otras funciones a fines a su cargo que le asigna el Director del plantel.12. Toda prdida de libros, deterioro y/o actitudes negativas que demuestran los alumnos en la biblioteca debe ser informado en forma oportuna a la Direccin la Institucin Educativa a fin de tomar medidas correctivas.13. Organizar y mantener actualizado el catlogo de los libros por rea.14. Elaborar fichas bibliogrficas.

Art.19.DEL PERSONAL DE SERVICIO DEL PLANTEL.Orgnicamente depende de la Direccin del plantel. Son funciones y atribuciones:1. Son los responsables del cuidado y la limpieza del plantel en su respectivo turno.2. Realiza limpieza de las aulas y ambientes administrativos asignados y de los servicios higinicos, reas libres dentro y fuera del plantel; mantiene la I.E. siempre aseado.3. Prepara con anticipacin los ambientes para diversas actividades que realiza el plantel.4. Da inmediatamente cuenta de prdida y otras acciones negativas que se susciten dentro del plantel en su turno respectivo.5. Recibe y distribuye documento y materiales, muebles y enseres que le asignan.6. Realiza tareas de portera, responsabilizndose del cuidado de las llaves.7. Cumple puntualmente su horario de trabajo, De 06:00 am a 02:00 pm y de 10:00 am a 06:00 pm.8. No permitir el ingreso al plantel de personas extraas sin antes pedir su identificacin, preguntar sobre el motivo de su visita.9. Al trmino de la limpieza de las aulas, deber cerrar las aulas y dejar con llave.10. Deber cuidar con responsabilidad el servicio de consumo de agua y luz, controlando que no se desperdicie.11. apoyar en el cuidado de las plantas de los jardines y reas verdes de la Institucin Educativa.12. cuidar del mobiliario no permitiendo que quede fuera de las aulas.13. Controla los enseres que salen de la institucin educativa en el turno de su responsabilidad.

Art.20.DEL GUARDIAN NOCTURNO DEL PLANTEL.El responsable del cuidado del patrimonio del plantel en el turno de la noche y est bajo su responsabilidad debiendo de realizar rondas dentro y fuera del plantel.Son funciones y atribuciones del portero guardin del plantel que cumple esta funcin:1. Realiza tareas de rondas nocturnas dentro del permetro del plantel, responsabilizndose del cuidado de las llaves de todos los ambientes del plantel.2. Custodia los ambientes e infraestructuras del plantel, bajo estricta vigilancia de seguridad.3. Guarda en las aulas los muebles y enseres que se utilizan en diferentes actividades realizadas en el plantel durante el turno de la noche.4. Da cuenta inmediata sobre prdida y/o hechos negativos suscitado en el plantel en su turno respectivo.5. Realiza el relevo de cargo a la hora exacta de entrada y salida a su jornada de trabajo con el personal de servicio de turno respectivo.6. Cumple responsablemente su horario de trabajo de 6 p.m. a 6:30 a.m.7. Controlar los enceres que salen del plantel y anotar en el libro de relevo de cargo de la Institucin Educativa, cuya salidas deben ser autorizadas por el Director del Plantel.8. No se permite la entrada a la Institucin Educativa a personas extraas sin su respectiva identificacin o sin la autorizacin del Director del plantel.9. Cumple tareas asignadas por el Director de la Institucin Educativa.10. Llena debidamente y en forma correcta el libro de relevo de cargo y las ocurrencias suscitadas en el servicio.11. Controla las instalaciones elctricas, el servicio de agua y otros e informar al Director oportunamente de su deterioro o percance bajo responsabilidad.

Art.21.DE LA ASAMBLEA GENERAL DE TRABAJADORES DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA

La asamblea general lo integran el personal directivo, los profesores de primaria y secundaria, auxiliar de educacin, personal administrativo de servicio y de guardiana. Cada turno respectivo de acuerdo a la necesidad y naturaleza de su nivel y/o modalidad podr tener sesiones o asambleas para tratar asuntos o problemas propios de su turno y estar dirigido por el Director del plantel:1. La asamblea general tendr dos tipos de reuniones: ordinarias y extra ordinarias, los cuales son convocados por el Director de la Institucin Educativa.2. Las reuniones ordinarias se realiza al final de cada bimestre para evaluar las actividades tcnico Pedaggico y otros temas.3. Las reuniones extraordinarias se realizarn cada vez que sean necesarias con iniciativa del Director4. Las asambleas generales tienen como funcin: conocer, analizar y evaluar el Plan de Trabajo Anual del Plantel y tratar sobre la problemtica tcnico pedaggico, administrativo y marcha de la Institucin Educativa.5. Las asambleas generales ordinarias se realizarn por las maanas, a partir de las 12:00 pm los das laborables.6. La asamblea general de profesores estar presidida por el Director de la Institucin Educativa.7. La secretara deber asistir con responsabilidad a las reuniones para anotar los acuerdos de la asamblea y se responsabilizar de llevar el libro de actas, con correccin, seguridad y la autenticidad de las intervenciones de los profesores. En cada reunin dar lectura el acta anterior para su aprobacin de la asamblea.8. La asistencia del personal de la Institucin Educativa a las asambleas ordinarias y extra ordinarias es obligatorio, salvo casos debidamente justificados.9. Los profesores que no asistan a dos sesiones de asamblea general recibirn llamadas de atencin verbal por parte de la Direccin y si reincide la llamada de atencin ser por escrito.10. La asamblea se realizar contando con la asistencia de la mayora de docentes (la mitad ms uno) los acuerdos sern tomados por la mayora simple de los asistentes a las asambleas. En caso de empate el Director tiene el derecho al voto dirimente.11. Toda acta ser firmado por todo los asistentes de la asamblea o sesin, despus de su aprobacin.12. El control de asistencia a las asambleas generales ser controlado por el Director del plantel y la secretara de la junta de profesores.

Art.22.EL COMIT DE AULALos comits de aula del nivel primaria y secundaria estn conformados por los padres de familia de cada seccin o grado.

1. Colaborar estrechamente con el profesor asesor o tutor de aula.2. Propicia en el aula normas y valores que ayudan a la formacin de los educandos.3. Promueve el mejoramiento de la ambientacin del aula.4. Elabora, aprueba y ejecuta su plan de actividades durante el ao lectivo.5. Mantiene un clima de cooperacin, amistad, solidaridad entre los docentes, educandos y padres de familia.6. Propicia actividades formativas, (visitas, charlas, exposiciones, teatro talleres, etc.), y actividades para recaudacin de fondos promocinales en el nivel primaria y secundaria.7. Propicia actividades recreativas, deportivas con la participacin de Padres de Familia y/o alumnos de aula o con otras instituciones.

CAPTULO III

GESTIN PEDAGGICA

La organizacin y desarrollo de las actividades acadmicas curriculares, metodologa, evaluacin, supervisin, horarios de la Institucin Educativa. Se contemplan en los siguientes artculos.

Art.23.LA ORGANIZACIN DEL TRABAJO EDUCATIVOLa organizacin del trabajo en la Institucin Educativa N. 0016 de las Palmas se desarrollar en el mes de Diciembre con la participacin del personal directivo, jerrquico, docente y administrativo, organizados en equipo de trabajo, teniendo en cuenta el proyecto de desarrollo institucional y de acuerdo a las normas establecidas.

Art.24. ACCIONES DE LA ORGANIZACIN DEL TRABAJO EDUCATIVOA. Las acciones de organizacin del trabajo administrativo en la institucin educativa comprende : - Matrcula y ratificacin de matrcula.. Elaboracin del cuadro de distribucin de horas de clases. Elaboracin de las nminas de los alumnos por grados y secciones en forma alfabtica. Elaboracin del horario de clases. Revisin y actualizacin del Reglamento Interno del Plantel. Organizacin de los Comits y/o comisiones de trabajos de la I.E. Elaboracin del Plan Anual de Trabajo del plantel, ser elaborado y ejecutado y evaluado por el personal directivo, docente y administrativo del plantel y comprende aspectos como:1. Objetivos.2. Organizacin de la I.E.3. Caracterizacin de la problemtica reas: Administrativo. Tcnico Pedaggico. Supervisin Educativa. Infraestructura.4. Metas.5. Programacin de actividades.6. Recursos.7. Evaluacin.

B. Las acciones de organizacin del trabajo pedaggico en la institucin educativa comprenden: - Evaluacin de los alumnos aplaza Elaboracin de los programas curriculares por reas. Elaboracin del Calendario Cvico Escolar Confeccin de materiales educativos

C.- El ao escolar se inicia en el mes de Marzo y concluye en el mes de Diciembre y comprende tres trimestres en primaria y secundaria.En el mes de diciembre el periodo de planificacin y organizacin del ao escolar se eligen las comisiones de trabajo. Comisin de revisin y actualizacin del Reglamento Interno, PEI, PCI. Comisin de elaboracin del Horario de Clases. Comit de Asunto Sociales. Comit de Defensa Civil. Comit de PPI, (Programa de Prevencin Integral). Comit de Proyeccin Comunal. Comit de Infraestructura Educativa. Comit de Conservacin del Medio Ambiente. Comit de OBE. Comit de Defensora Escolar. Comit de Deportes y Recreacin. Comit de Municipios Escolares.Los mencionados Comits son renovados cada dos aos.

D. Elaboracin de la documentacin de fin de ao ser una semana entes de la clausura del ao escolar y la Direccin en reunin formar las siguientes comisiones: Revisin de Registros de Evaluacin. Llenado de Actas de Consolidacin. Cuadro de orden de mritos. Inventario de bienes y enseres.

F. Al finalizar el ao escolar los docentes presentarn al Director de la I.E. los siguientes documentos: Registro de Evaluacin del rea y/o asignaturas, bajo su responsabilidad, sin borrones ni enmendaduras. Informe pedaggico de los logros, dificultades y sugerencias del rea y/o asignatura desarrolladas bajo su responsabilidad. Informe econmico de los asesores o profesores de aula, del movimiento econmico de su comit de aula, indicando los saldos y cargo de quien les dejan.

G. El mes de Diciembre y Marzo, los docentes se organizan en equipos de trabajos por asignatura y/o especialidad para elaborar sus programas curriculares con el apoyo de otros profesores de su especialidad o de otras instituciones educativas, tomando como base el diseo curricular y los programas remitidos por el Ministerio de Educacin.H. Las acciones de supervisin educativa y asesoramiento se ejecutan en forma permanente de Abril a Diciembre a cargo del Director de la Institucin Educativa.

Art.25.DE LA ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA DE LA INSTITUCIN EDUCATIVALos rganos administrativos que tiene la Institucin son:a. Direccin .b. efe de campo.c. Personal de servicio El horario de trabajo del personal administrativo o de servicio de la Institucin Educativa es el siguiente: De lunes a viernes: de 6:00 am a 2:00 pm. (turno maana). de 10:00 am a 6:00 pm. (turno tarde). La biblioteca prestar servicios al alumno en el horario de clases.d. El servicio de biblioteca estar a cargo de la comisin por nivel y del personal de servicio en su respectivo turno, hasta que se cuente con un personal exclusivo.

Art.26.DEL FUNCIONAMIENTOLa Institucin Educativa N 0016, funciona en un turno:a. Turno de la maana:Horario de trabajo del Director de la I.E. de 6:00 am a 2:00 pm.Horario de trabajo de docentes nivel primaria de 7:15 am a 12:15 pm.Horario de clases de docentes nivel secundaria de: 7.15 am a 12.45 pm

Los das lunes y viernes los profesores de primaria y secundaria en sus respectivos turnos, debern asistir con carcter obligatorio a las formaciones matutinas y de medioda, a fin de acompaar a los alumnos dando ejemplo de responsabilidad cvico-patritico de homenaje a nuestros smbolos patrios y hroes nacionales; para tal efecto se presentarn a la Institucin Educativa con 15 minutos de anticipacin.

Art.27.EL CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVAEstar a cargo del director de la institucin. El profesor firmar el libro de control de asistencia despus del dictado de sus clases y al trmino de su jornada laboral y los permisos de salida durante el horario de clases. Ser autorizado por el director del plantel.Se controlar la entrada y salida del personal docente y administrativo.

Art.28.EL PERSONAL DIRECTIVO DEL PLANTEL.Cumplir su jornada laboral de 40 horas cronolgicas, sern distribuidas racionalmente para la mejor atencin de las necesidades del servicio educativo y deber firmar el libro de control de asistencia dando ejemplo de responsabilidad y puntualidad. Sus salidas sern previo aviso al responsable por nivel.

Art.29.SE CONSIDERA TARDANZA DEL PERSONAL DOCENTE Cuando ingresa al aula pasado los 10 minutos de la hora establecida de entrada, no debiendo constituir motivo de justificacin a la misma.

Art.30.TODO EL PERSONAL DEL PLANTEL TIENEDerecho a justificar su inasistencia dentro del plazo de 24 horas con la presentacin de una solicitud adjuntando los documentos sustenta torios de acuerdo a ley y, quienes no lo hacen en el trmino sealado no podrn justificar posteriormente por considerarse extemporneo y se aplicar el descuento respectivo.

Art.31.LOS ALUMNOSQue llegan con tardanzas ingresarn a su aula previa autorizacin del director o del profesor.Art.32.LAS INASISTENCIAS, JUSTIFICACIONES Y PERMISOSDe los alumnos sern atendidos por el Director a peticin verbal y/o escrita del padre de familia o apoderado.

Art.33.DE LA MATRCULALa matrcula se realizar teniendo en cuenta los Instructivos que emana del Ministerio de Educacin por Intermedio del Gobierno Regional.

Art.34.PUEDEN MATRICULARSE EN EL NIVEL SECUNDARIA En primer grado, los menores egresados de escuelas primarias de menores hasta los 15 aos de edad, y en casos excepcionales de ms de edad. Requisitos para la matrcula:

PRIMARIA DE MENORES:a. Partida de nacimiento. y/o DNIb. Ficha nica de matriculac. Libreta de informacin.d. Cdigo del estudiante

SECUNDARIA DE MENORES:a. Partida de nacimiento y/o DNIb. Certificado de estudios del nivel o grado.c. Ficha nica de matrcula e. Cdigo del estudiante

Art.35.PARA REALIZAR LA MATRCULA Y RATIFICACIN DE LA MISMA.Se requiere la presencia del padre o apoderado.

Art.36.LA MATRCULA O RATIFICACIN DE LA MISMASe realizar en el mes de diciembre, enero, febrero y marzo organizndose en cada nivel y/o turno respectivo, y de acuerdo a normas establecidas por la autoridad inmediata.

Art.37.LOS TRASLADOS DE MATRCULAS TENDRN LA AUTORIZACIN DE:El director del plantel se efectuara hasta culminar el segundo trimestre. Se acompaarn los siguientes documentos escolares:Tanto para primaria y secundaria de menores:a. Ficha de matrcula.b. Partida de nacimiento Y/o DNIc. Certificado de estudios hasta el grado que cuenta.d. Informe de escolaridad con sus notas respectivas hasta el Trimestre correspondiente que ha estudiado.

Art.38.LA EVALUACIN DEL APRENDIZAJE DEL EDUCANDO. Del aprendizaje:La evaluacin del aprendizaje se realizar en forma integral, flexible y permanente a fin de concordar el logro de los objetivos de aprendizaje y para realizar el reajuste o complementacin de objetivos no logrados, empleando procedimientos de acuerdo a la naturaleza y dems dispositivos pertinentes.

Art.39 PARA CADA TRIMESTREDespus del llenado de los registros con los calificativos correspondiente, estos sern presentados en la direccin del plantel respectivo.

Art.40.DEL PROCESO DE EVALUACIN DE APRENDIZAJEDurante el ao lectivo se ajusta a las siguiente directiva N 004-VMGP-2005 donde contempla la evaluacin de los estudiantes de la educacin bsica regular.

Art.41.EVALUACIN DE LA CONDUCTA DEL ALUMNOLa evaluacin de la conducta del alumno ser registrado en una tarjeta de evaluacin; los criterios de evaluacin son:1. Asistencia y puntualidad.2. La higiene y aseo, cuidado del mobiliario escolar y enseres de la Institucin Educativa.3. Responsabilidad, respeto, honradez y honestidad.4. Colaboracin y solidaridad.5. Capacidad creativa, su cumplimiento ocasionar puntos a su favor o puntos en contra por incumplimiento.

Art.42. LOS RECLAMOS SOBRE EVALUACIN Y CERTIFICACIN DE ESTUDIOS.Se presentar ante la direccin de la Institucin Educativa. La instancia de apelacin de los resultados que expide la Direccin de la I.E., es la UGEL San Martn de Tarapoto.

Art.43. EL 25% DE INASISTENCIA JUSTIFICADA Y EL 30% DE INJUSTIFICAS:A las clases desarrolladas de una asignatura de lugar al retiro del alumno.

CAPITULO IV

GESTIN ADMINISTRATIVA

RGIMEN INTERNO DE LOS DERECHOS Y DEBERES, ESTMULOS, FALTAS Y SANCIONES

Art.44.SON LOS DERECHOS DEL PROFESORADO DEL PLANTEL:a. Estabilidad laboral en el servicio.b. Permanecer en el nivel, cargo e Institucin, salvo sentencia, sancin de la autoridad competente.c. Percibir remuneraciones de acuerdo a ley.d. Reconocimiento de oficio el tiempo de servicios.e. Capacitacin y especializacin.f. Hacer uso de sus vacaciones.g. Libre sindicalizacin y asociacin.h. Recibir trato justo y equitativo sin discriminaciones ni favoritismo.i. Ser informado oportunamente de las directivas pertinentes emanadas de la superioridad.j. Licencias con goce de haberes previamente justificadas, con goce a solicitud del interesado hasta por un ao.k. A un da de descanso por onomstico.l. A tres das de permiso al ao por motivos personales con autorizacin del director ms un da de permiso por el da del maestro.m. Hacer uso de la biblioteca, mobiliario y enseres del plantel para realizar sus clases.n. Hacer uso de las losas deportivas, patios previa coordinacin con la direccin.o. A realizar sus clases fuera del aula, realizando visitas acorde con el tema o contenido curricular.p. Realizar visitas de excursin con los alumnos dentro de la jurisdiccin, con fines educativos, los das laborales previa planificacin y coordinacin con la direccin.q. Usar las aulas durante las vacaciones para fines educativos.r. ser estimulados por el eficiente desempeo de sus funciones o cargos en beneficio del plantel o comunidad. Se hace acreedor a constancias, certificados, resoluciones, emitidos por la UGEL San martn

Art.45.SON DEBERES DEL PROFESORADO DEL PLANTEL.a. Cumplir sus funciones con dignidad y eficiencia.b. Orientar al educando respetando su libertad.c. Cooperar con los padres de familia en acciones de orientacin.d. Evaluar a los educandos de acuerdo a lo establecido por la superioridad.e. Emplear mtodos, tcnicas actualizadas para mejorar la enseanza aprendizaje.f. Contribuir y velar por la buena conservacin de la infraestructura, mobiliaria, enseres, limpieza e higiene del plantel.g. Realizar sus clases en las horas establecidas.h. Respetar el recreo de los alumnos.a. Elaborar presentar y desarrollar la Programacin Curricular de las reas a su cargo.b. Cumplir con el proceso de evaluacin.c. Participar en la elaboracin del Plan de Trabajo Anual de la I.E.d. Participar en el desarrollo del Calendario Cvico Escolar disertando los temas alusivos a la fecha.e. Firmar su asistencia en el libro de control de asistencia diaria.f. Asistir a las reuniones, actividades y actos cvicos convocados por la direccin.g. Presentar su plan de clase.h. Integrar las comisiones de trabajo en beneficio del plantel.i. Colaborar con la disciplina y buena marcha del plantel.j. Colaborar con la direccin en acciones educativas que se realicen durante el ao lectivo.k. Dar cuenta a la direccin sobre cualquier dificultad o problema que se encuentre dentro de so labor en el turno correspondiente.l. Dar cuenta a la direccin sobre cualquier accin positiva que desea realizar en beneficio del alumno o de la institucin.m. Velar por el buen uso y conservacin del patrimonio del plantel.n. Asistir en forma obligatoria a las asambleas ordinarias y extraordinarias convocados por la direccin.o. Los Docentes del nivel Primaria, elaborar, presentar y desarrollar sus proyectos para la enseanza del aprendizaje.p. Usar correctamente los registros de evaluacin de acuerdo a normas establecidas.q. Demostrar un trabajo justo, correcto y honesto en palabras y/o hechos a los alumnos, utilizando un lenguaje apropiado.r. Reajustar e incentivar a los alumnos que participen en las diferentes actividades extra curriculares, culturales, cvicas, cientficas, deportivas, etc.s. Controlar la asistencia de los alumnos en forma permanente.t. Presentar su registro oficial de evaluacin a la direccin del plantel.

Art.46.PROHIBICIONES.

El profesor del plantel est prohibido:.a. Concretar la enseanza en un determinado grupo, descuidando a los dems.b. Imponer a los educandos contribuciones y cuotas en dinero para otros fines que no sean en beneficio del aula o del plantel o para beneficio personal.c. .Abandonar a sus alumnos en horas de clases, salvo casos justificados.d. Abandonar las clases de los alumnos practicantes de los Institutos superiores Pedaggicos y/o universidades no cumpliendo con su permanencia en el aula para la supervisin.e. Abandonar el aula antes de la hora de salida.f. Emplear a los alumnos para su servicio personal en horas de clase.g. Convocar reuniones a los padres Y/o alumnos en horas de clase sin previa coordinacin con la direccin de la I.E.h. Abandonar las asambleas sin autorizacin de la mesa directiva.i. Citar a los alumnos(as) a sus casas para entregar sus tareas o asignacin escolar.j. Usar medios de comunicacin ( Celular ) en horas de clases, salvo a ecepciones justificadas.

Art.47 .FALTAS DEL PERSONAL DOCENTESon consideradas faltas del personal, las siguientes acciones o hechos:a. Incumplimiento de sus funciones del cargo que desempea.b. No asistir a reuniones o asambleas convocadas por la direccin sin justificacin alguna.c. Ausentarse del plantel sin justificacin dentro de su hora de clase.d. Atentar contra la integridad fsica y moral de los alumnos.e. Abandonar o exponer al peligro a los alumnos durante su hora clase,f. Ingresar reiteradamente con tardanza al aula, transcurrido los 10 minutos de tolerancia establecida.g. Asistir a sus clases en estado de ebriedad.h. Fumar cigarrillo dentro de la I.E. o en horas de clases.i. Hacer fiestas bailables con los alumnos sin autorizacin de la direccin y con fines lucrativos.j. Sacar de los archivos del plantel documentos con fines personales o propalar informacin negativa en prestigio de la I.E.k. Usar la infraestructura y enseres de la I.E. para fines lucrativos.l. Incurrir en acoso y/o violencia sexual a los alumnos dentro y fuera de la I.E. haciendo propuestas deshonestas.m. Maltratar con palabras o hechos al personal jerrquico o a sus colegas de trabajo.n. Hacer cobros indebidos a los alumnos/as.

Art.48SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO, DE SERVICIO, Y PERSONAL DIRECTIVO DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA.Se aplicar de acuerdo a la falta cometida.a. Amonestacin o llamada de atencin verbal.b. Amonestacin escrita.c. Informe a la superioridad por: Incumplimiento de sus funciones en casos de reincidencia..Art.49.DE LOS ESTMULOS AL PERSONAL DEL PLANTELSe otorgarn estmulos al personal del plantel por realizar acciones extraordinarias y extracurriculares en beneficio de los alumnos de la institucin y de la comunidad. Expedidos por la UGEL San martn a solicitud de la direccin de la institucin.

Art.50.DEL DESARROLLO CONDUCTUAL DEL ALUMNO DEL PLANTELLos alumnos de la Institucin Educativa N.0096, deben conducirse de acuerdo a las normas emanadas del presente reglamento, dentro y fuera del plantel, logrando en ellos formar una actitud conciente y responsable, contribuyendo en su formacin integral, practicando normas para su formacin tica y normal.

Art.51.DECLAGO DEL ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA.El declogo del estudiante de la Institucin Educativa N. 0016 Federico Villareal, es:1. Demostrar puntualidad.2. Ser estudioso.3. Ser disciplinado.4. Ser respetuoso.5. Actuar con responsabilidad.6. Ser trabajador.7. Cultivar la lealtad.8. Cultivar la solidaridad.9. Cultivar la honestidad.10. Tener valor y formacin moral para decir NO a las drogas, bebidas alcohlicas y cigarrillos, porque daan la salud personal y social.

Art.52.DEBERES DE LOS EDUCANDOS DEL PLANTELa. Representar y/o defender con honor y dignidad al plantel.b. Asistir con puntualidad al plantel a las actividades programadas por la direccin.c. Asistir correctamente uniformados al plantel y en actividades Cvicas Escolares y patriticas al inicio del ao escolar, se tomar actitud tolerante con respecto al uniforme escolar.d. Permanecer en el plantel dentro del horario establecido.e. En primaria y secundaria de menores asistir con el uniforme nico: Varones: Pantaln azul acero, camisa blanca manga corta con su respectiva corbata, zapatos negros y limpios y con calcetines blancos, cabello corte escolar, con distintivo o insignia, correa, uas limpias y cortas. No usar bigote o barba. Mujeres: Falda azul acero a cuadros, blusa blanca manga corta y su respectiva corbata, zapato escolar nico color negro, medias blancas. Cabello limpio, recogido; si es largo lo llevar sujeto con carmn blanco o negro, uas recortadas y limpias sin maquillaje ni joyas.f. Respetar las dispocisiones generales de las autoridades del plantel durante: Las formaciones, recreos, permanencia dentro del colegio, paseo excursiones, eventos deportivos, culturales, cvicos y sociales.g. Respetar al personal de Institucin Educativa.h. Participar en forma responsable en las actividades educativas del plantel abstenindose de intervenir en actividades polticas y en actos reidos contra la moral y las buenas costumbres.i. Cuidar la conservacin de los ambientes, mobiliario escolar, enseres con que cuente el plantel.j. Mantener limpio el aula y reas del plantel, velando por el buen uso y conservacin de los ambientes y equipos.k. Practicar la higiene personal.l. Solicitar permiso para ingresar a la sala de profesores y ambientes administrativos.m. Practicar normas de urbanidad y buenos modales dentro y fuera del plantel.n. Denunciar al profesor en caso de observar chantaje a sus compaeros, as como el negocio de notas para aprobar reas de estudio.o. Para hacer uso de la biblioteca escolar en el turno diferente al suyo, los alumnos debern asistir vestidos adecuadamente portando carnet respectivo.p. Los alumnos de la Institucin Educativa podrn asistir con uniforme de Educacin Fsica siempre y cuando cuenten con el buzo, caso contrario con el uniforme escolar.q. Respetar la propiedad ajena y la honorabilidad de las personas.r. Entregar y devolver la libreta de informacin en un plazo determinado.

Art.53.DERECHOS DE LOS EDUCANDOS DEL PLANTELLos Alumnos de la Institucin Educativa N. 0016 tienen los siguientes derechos:a. Recibir una formacin integral en cada grado de estudios, dentro de un ambiente que les brinde seguridad fsica y moral.b. Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminacin, informndoles de las disposiciones que les concierne como estudiantes.c. Recibir en forma gratuita los servicios educativos y de OBE.d. Recibir estmulos educativos en mrito al cumplimiento de sus deberes y obligaciones.e. Recibir sus pruebas y asignaciones corregidas, con puntualidad.f. Recibir sus libretas de informacin acadmicas cada fin de trimestre en caso de alumnos invictos, caso de alumnos que uno o ms desaprobados se les har entrega a los padres de familia o apoderado.g. Justificar sus inasistencias y/o tardanzas por escrito y en forma oportuna.h. Tener oportunidad para dar sus evaluaciones, que no rindieron oportunamente previa justificacin, en caso de no hacerlo se har merecedor de la nota mnima.i. Ser evaluados con honestidad, justicia y rectitud.j. Denunciar al personal del plantel sobre conductas inadecuadas, indecentes, inapropiadas, reidas contra la moral y las buenas costumbres.k. Elegir y ser elegidos en los municipios escolares.l. Hacer uso de la biblioteca, laboratorio y otros servicios bajo el asesoramiento de los profesores responsables.m. Opinar en clases o en actividades del plantel dentro de los principios de la democracia.n. Proponer o dar sugerencias al profesor asesor de su aula.o. Ser exonerados en reas que establece la ley y el reglamento siempre y cuando cumpla con los requisitos indispensables.p. Participar activamente en la organizacin interna del aula, coordinando con el asesor o tutor.q. Participar en excursiones, trabajos de campo u otras actividades planificadas por el profesor de aula y autorizada por la Direccin.r. Formular reclamos, en forma respetuosa y oportunamente ante las autoridades del plantel sobre los aspectos que considere justo.s. Recibir charlas educativas.

Art.54.PROHIBICIONES DEL EDUCANDO DEL PLANTELLos alumnos estn prohibidos a:a. A portar dentro de Institucin Educativa alhajas, revistas pornogrficas, celulares, radios, armas y productos de belleza, los cuales sern requisados por los profesores y auxiliares de educacin sin derecho a reclamos.b. Faltar o llegar con tardanza sin motivo justificado.c. Adulterar notas de las tarjetas de informacin o evaluacin.d. Falsificar firmas de los padres o apoderados.e. Salir del colegio en horas de clases, sin la autorizacin respectiva o evadirse de la I.E.f. Promover actividades econmicas sin la autorizacin de la Direccin.g. Maltratar de palabras y obras a sus compaeros dentro y fuera del plantel.h. Beber licor y fumar dentro de la I. E.i. Asistir inadecuadamente vestido.j. Recibir visitas de personas extraas a la Institucin en horas de clases.k. Asistir al domicilio de los profesores para rendir exmenes y/o entregar trabajos.l. Mantener relaciones amorosas con sus profesores.m. Asistir a la Institucin despeinados, con polos de colores, modas y maquillajes.a. Falta de respeto al personal del plantel.b. Falta de respeto a los smbolos patrios.c. Calumniar a sus compaeros o contra el personal de la Institucin Educativa.d. Emplear palabras groseras y obscenas con sus compaeros y personal del plantel..e. Apropiarse ilcitamente de los vienes de su compaeros u otras personas.f. Por arrojar papeles y basuras fuera de los tachos o basurerosg. Hacer mal uso de los materiales educativos.h. Hacer inscripciones de cualquier ndole manchando las paredes, mobiliario, textos y servicio higinico y cuadernos de sus compaeros, con palabras deshonestas reidos contra la moral y las buenas costumbres.i. fomentar escndalos (rias, peleas, alborotos) dentro y fuera del plantel.j. Ingresar a la I.E. trepando el cerco o huerta del plantel.k. Asistir a la Institucin en estado de ebriedad o bajo efecto de sustancias psicoactivas.l. Portar arma de fuego o punzo cortante que pueden ocasionar daos a la integridad fsica de sus compaeros, o del personal del plantel.m. Practicar juegos prohibidos naipes, guija, etc.n. Comprobada participacin en actos delictivos.o. Por fumar dentro del centro educativo.

Art.55.SANCIONES A LOS EDUCANDOS DEL PLANTELSe considera falta a toda infraccin u omisin en el cumplimiento del presente reglamento; toda falta para su respectiva sancin exige un proceso de orientacin, de recuperacin, a travs de acciones pertinentes y correctivas, las mismas que se sustentan en el reconocimiento de la libertad humana, el espritu de justicia y verdad, y la comprensin de las edades de los alumnos.Estas acciones de orientacin, recuperacin y/o rehabilitacin a tomar son:1. Recomendacin general para educar la voluntad y conciencia del alumno.2. Consejos individuales en caso de faltas leves(profesor)3. amonestacin verbal del Director; mediante el comit de TOE.4. Disminucin del puntaje en comportamiento segn la falta.5. advertencia y amonestacin del estudiante con la presencia de sus padres o apoderados.6. Toda falta muy grave que cometa el alumno lleva implcito que su matrcula queda condicionada previa firma de acta de compromiso, y se deber aplicar sancin de acuerdo a la gravedad.

Art.56.SANCIN POR FALTAS GRAVES

a. Suspensin de 01 a 08 das segn la falta grave que comprometan la integridad fsica o moral de los alumnos o personal de la I.E.b. Separacin temporal a la falta y en caso de reincidencia, ser trasladado a otra Institucin Educativa.c. Los alumnos que son separados o expulsados temporalmente no tienen derecho a evaluacin, ni presentacin de trabajos durante el tiempo de cumplimiento de su sancin.d. En caso que el estudiante y el padre de familia no se comprometa a modificar el comportamiento quedar observado en la matrcula de su hijo o pupilo y ser orientado que lo matricule en otra Institucin Educativa.

Art.57.ESTMULOS DEL EDUCANDO DEL PLANTEL

El alumno que se destaque en una u otra actividad defendiendo y dejando en alto el honor de la Institucin, sea en forma individual o grupal:As como ocupar lugares de prestigio en eventos locales, nacionales o merced a su buen aprovechamiento y conducta, se har acreedor a los siguientes estmulos:

a. Felicitacin verbal en pblico por su participacin en actividades: deportivas, artsticas o cientficas.b. Felicitacin escrita por diversas participaciones.c. Diploma en mrito y/o constancia o certificados.d. Menciones honrosas.e. Premios con un presente.f. Diploma de excelencia por aprovechamiento en el rendimiento escolar de acuerdo a directivas.g. Al finalizar el ao escolar, la direccin premiar a los alumnos de cada nivel que hayan ocupado los primeros puestos del grado y de la promocin a travs de diploma y el derecho de participar en los exmenes de exonerados de cualquier Instituto o Universidad del pas.h. Estimular con puntajes en cada trimestre en su libreta de conducta, segn el mrito logrado.i. Estimular con paseos a la seccin o secciones que obtenida destacada participacin en eventos internos ocupando los primeros puestos.j. El alumno, grupo de alumnos que salen ganadores con premios econmicos en concursos artsticos, cientficos o deportivos a nivel interno o externo, donde la Institucin invierte su economa en su preparacin sern devueltos a fondos de recursos propios, los gastos realizados y el resto de dinero ser del alumno y/o se har una distribucin equitativamente con sus compaeros de grupo, que ganaron o campeonaron, etc.

Art.58.DE LOS RESPONSABLES DEL CONTROL, EJECUCIN Y ORIENTACIN DE DISCIPLINA EN LE INSTITUCIN EDUCATIVASon responsables del control disciplinario y orientacin en la I.E.:a. Director, docentes y auxiliar de educacin.

Art.59.DE LAS PROMOCIONES EN EL NIVEL PRIMARIAY SECUNDARIA DE MENORESa. Las secciones de cada uno de los grados del plantel, podrn organizarse en promocin, elegir un nombre para la promocin.b. Para organizacin de la promocin, la Direccin y/o los alumnos elegirn un profesor asesor, quien organiza el comit de aula de la promocin con su respectiva directiva que sern padres de familia de los alumnos de la promocin.c. Elaborar el Plan de Trabajo Anual de la promocin, por los asesores en coordinacin con el comit de aula y sern presentados a la direccin para su aprobacin respectiva.d. Los fondos econmicos recaudados sern en beneficio de la promocin y el manejo del dinero es responsabilidad del comit a travs de un secretario de economa o tesorero.e. En caso de prdida de dinero recaudado por la promocin, es responsabilidad del tesorero, del presidente y del asesor por no controlar su cuidado. Segn resultados de las investigaciones.f. Para la realizacin de la fiesta promocional en el nivel secundaria debe contar con la autorizacin de la Direccin del plantel.g. Los viajes promocionales dentro del departamento o regin, ser autorizado por la direccin del plantel, cuando es fuera de ella ser autorizada por la Direccin Regional de Educacin mediante resoluciones sujetndose a las disposiciones vigentes.h. La delegacin excursionista sern acompaados por el profesor asesor, una profesora y tambin acompaado por una madre de familia.i. Al terminar las actividades promocionales, segn las normas o directivas, las promociones estn obligadas a dejar un recuerdo o bien material para la Institucin.j. Queda prohibido a los asesores del comit de aula prestar dinero de la promocin.

Art.60.DE LOS BRIGADIERES Y SUB BRIGADIERESEN PRIMARIA Y SECUNDARIA DE MENORES: FUNCIONES Y ARTRIBUCIONES.El cuerpo de brigadieres de la Institucin Educativa N. 0016, est compuesto de la siguiente manera:a. En el nivel primaria Brigadier de aula, b. En el nivel secundaria Un Brigadier General. Brigadieres de seccin Art.61.EL BRIGADIER GENERALEs el mximo representante y la mxima autoridad del cuerpo de brigadieres, sern alumnos del 5 secundaria y/o del 4 de secundaria si el caso lo requiere.

Art.62.DE LA DESIGNACIN DE BRIGADIERES DE AULAEn primaria, se har por el Direccin en coordinacin con el profesor de aula.

En secundaria se harn coordinaciones con el auxiliar de educacin teniendo en cuenta: El cuadro de mritos e, aprovechamiento y conducta; en caso de no dar resultado este criterio se tomar en cuenta voz de mando, estatura, capacidad o vocacin de lder.

Art.63.LA DESIGNACIN DE BRIGADIER GENERALSe har en el mes de marzo de cada ao.

Art.64.EL TIEMPO DE DURACINDel cargo de brigadieres podrn ser rectificados en sus funciones si se desempean satisfactoriamente en el ao inmediato inferior.

Art.65.EL CUERPO DE BRIGADIERESEs el rgano de apoyo a la Direccin, a los docentes y al auxiliar de educacin en la disciplina escolar.

Art.66.FUNCIONESa. Los Brigadieres y Sub Brigadieres de seccin, deben ser jefes de batallones.b. Recibirn una formacin fsica e intelectual.c. El Brigadier General, coordinar y controlar las actividades de los Brigadieres de seccin y dirigir las formaciones en el patio de honor.d. Desempear sus funciones en coordinacin con los Auxiliares de Educacin, Profesorado, Directores.e. Los Brigadieres de seccin informarn permanentemente a los Auxiliares sobre el cumplimiento de funciones de los Sub Brigadieres.f. Controlar la disciplina dentro y fuera del aula.g. Hacer revista de pelo, uas, aditivos, insignias, pauelo, etc. durante las formaciones.h. Hacer revisin y limpieza del aula y borrar la pizarra al trmino de clase y ver si sus compaeros estn correctamente uniformados.i. Presentarse en el plantel antes de la hora de entrada y apoyar en agilizar las formaciones.j. Hacer las partes de disciplina y presentarles a los auxiliares de educacin.k. Demostrar buen comportamiento y aprovechamiento ante sus compaeros y cuidar el aula con responsabilidad.l. No hacer abuso de autoridad, ser honesto y justo.m. El Sub Brigadier de seccin asume las funciones del Brigadier de seccin en caso de ausencia del titular.n. Colaborar en el control de asistencia de los alumnos en las diferentes actividades que programe el plantel (cvico escolar, actuaciones, trabajos en la comunidad, etc.).o. Mantenerse correctamente uniformados, usando los siguientes aditamentos o distintivos y dar un buen ejemplo en conducta.

BRIGADIER GENERAL Distintivos: Cordn dorado de cuatro (04) trenzas, adheridas: brazalete morado con el sol radiante dorado.

SUB BRIGADIER GENERAL Cordn dorado con tres (03) trenzas, adherido brazalete celeste con el sol dorado.

Art.67.DEL ESTADO MAYOR DEL CENTRO EDUCATIVOSus funciones y atribuciones:a. Est conformada por el Brigadier, Sub Brigadier General y Brigadier de Campaa.b. Usar su distintivo dentro y fuera del plantel en actividades programadas por la Direccin de Institucin Educativa.c. Encabezar los desfiles cvicos escolares y patritico.d. Est formado por alumnos de 1er. A 5to. Grado de secundaria.e. Presentarse correctamente uniformados en actividades cvicos patriticos.f. Tendrn los mismos estmulos y beneficios que los brigadieres.

Art.68. DE LA ESCOLTA DE LA BANDERA EN LOS DOS TURNOS DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA.Su organizacin, funcin y atribuciones:a. Est formado por seis (06) que son los encargados de conducir la bandera.b. La escolta es dirigida por el Director, auxiliar de educacin y el comit de OBE.c. Sern elegidos de acuerdo a los siguientes criterios:1. Buena estatura.2. Firmeza.3. Gallarda al marchar.d. La presencia de la escolta es ineludible en cualquier actividad externa de desfiles, que programe el plantel o ante una invitacin de alguna institucin o autoridad local provincial.e. Tendrn los mismos estmulos que los brigadieres y estado mayor, etc.f. Presentarse en las actividades correspondientes uniformados.g. Sern llamados la atencin en caso de incumplimiento a sus funciones como tal.h. La escolta debe ser seleccionadas a partir de los grados inferiores de 1er a 5to grado.

RGIMEN ADMINISTRATIVO

Art.69.DE LAS RELACIONES DE LA INSTITUTCIN EDUCATIVALa Institucin Educativa mantiene relaciones y coordina permanentemente acciones con:a. La APAFA, que es un rgano de apoyo a la Institucin Educativa.b. El sindicato (SUTEP) de la Institucin Educativa.c. Autoridades de la comunidad, Instituciones Polticas, civiles, religiosas, sociales y militares, locales, distritales, provinciales, nacionales e internacionales.d. Instituciones del comercio, la banca y la industria.-Las relaciones y coordinaciones con los padres de familia y otras instituciones se realizan con fines de apoyo para el progreso y adelanto de la Institucin Educativa con la comunidad y autoridad locales en participacin de actividades de proyeccin comunal y actividades cvicos patriticas.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA1. no interferir en las actividades pedaggicas y/o administrativas de la Institucin Educativa.

RGIMEN ECONMICO

Art.70.DE LA ADMINISTRACIN

a. la Institucin Educativa su economa independientemente de la APAFA, tiene como base; los ingresos propios en primera instancia la cual es administrada por la Direccin del plantel y el tesorero de la Junta de profesores, para las necesidades de la Institucin Educativa y gestiones del Director; En segunda instancia el aporte de los PP. FF. y/o economa de la APAFA, la cual es administrada por su concejo directivo para beneficio de la Institucin Educativa.

b. Se considera recursos propios del plantel al dinero que se recaude por los siguientes conceptos:1. Expedir constancias, certificados, traslados de matrculas, acceso de matrcula a alumnos que proceden de otros colegios.2. Venta de especies valoradas: libretas que manda imprimir la I.E., insignias, carn de estudiante, carn de lector.3. Derechos de evaluacin de recuperacin y subsanacin.4. Por exoneracin de asignatura.5. Por pensin de enseanza.6. Prestaciones de servicios de la I.E.7. Los recursos propios del plantel sern utilizados para solventar los diversos gastos de mantenimiento de los servicios que brinda la I.E.c. Del total de lo recaudado por derecho de asociado, en el momento de la matrcula, como cuota fija, el 20% pasar ntegramente a implementacin y actualizacin de la Biblioteca Escolar (D.S. N 018-Art. 58 y D.S. N 52-785-ED).

d. El 80% restante de lo recaudado podr utilizarse en la solucin de problemas y necesidades del plantel, en forma prioritaria, previa aprobacin del proyecto de inversin anual y de acuerdo a la Asamblea de la APAFA, considerndose para ello los siguientes rubros: Implementacin, arreglo de mobiliario escolar, aulas y pizarras. Implementacin de laboratorio. Implementacin de material didctico para la enseanza. Implementacin del departamento de Educacin Fsica. Implementacin con fotocopiadora. Mejoramiento de la infraestructura educativa. Pago por servicios de consumo de agua y energa elctrica(taza fija anual) Mantenimiento de la sala de cmputo. Implementacin institucional con material de limpieza. Para arreglo y repuesto de sistema de agua potable, energa elctrica, equipo de amplificacin, sonido y mimegrafo y otros. Asimismo, para gastos de agasajo a los alumnos de excelencia acadmica, que al finalizar el ao ocupen los primeros puestos en primaria y secundaria de menores.

e. Los fondos econmicos que generan por suscripcin de convenios y donaciones ser de uso para los fines establecidos de convenio.

f. R.M. N. 016 96 ED. Manual de funciones del Director.

g. Para una mejor administracin de los recursos propios se designar a un docente del plantel como apoyo a la Direccin del Plantel para llevar la contabilidad en un libro de caja bien documentado de acuerdo a normas establecidas y se informar trimestralmente a la UGEL de acuerdo Ley.

h. Los bienes, muebles y enseres, son administrados a travs del inventario general de la Institucin Educativa el mismo que se actualiza cada fin de ao de acuerdo a normas establecidas.

CAPTULO V

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art.71.DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO INTERNOa. El presente Reglamento ha sido informado a la Asamblea General de profesores y aprobado por Resolucin Directoral N. 001-DIET-0096-Las Palmas marzo 2007.b. El presente reglamento est regido a partir del mes de marzo del 2007, mes de su aprobacin y ser revisado y actualizado de acuerdo a normas establecidos emanadas por la superioridad.c. Cualquier aspecto no previsto en el presente reglamento, ser contemplado por la Direccin y por la asamblea general de profesores.

Art.72.LOS COLORES QUE IDENTIFICAN A LA INSTITUCIN EDUCATIVA.Como smbolo del plantel son blanco, verde, y bazul consignadas en la insignia, las cuales dejan notar en el uniforme de la banda de msica de la Institucin Educativa.

Art.73.NORMAS INTERNAS DEL SERVICIO DE BIBLIOTECASon normas generales del servicio de biblioteca:a. Los servicios de biblioteca son absolutamente gratuitos.b. La biblioteca sirve a toda la comunidad de Las Palmas, profesores, alumnos, administrativos, etc. sin ninguna distincin o discriminacin a los turnos.c. Ningn alumno o persona extraa tendr acceso a los estantes de la biblioteca. Toda peticin de libros se har al auxiliar de biblioteca del plantel de horas de trabajo.d. Todo alumno de la Institucin Educativa, se inscribir para adquirir su carn de biblioteca u otro documento de identificacin.e. Para obtener cualquier material bibliogrfico ser necesario que el alumno presente su carnet de biblioteca u otro documento de identificacin.f. Para adquirir un libro o material bibliogrfico en turnos diferentes se llenar se llenar una papeleta de pedido lo cual ser presentado con el carnet de biblioteca o documento de identidad.g. Para hacer uso de los servicios de biblioteca en un turno diferente los alumnos de la Institucin Educativa deben presentarse a la biblioteca.h. Los profesores para preparar sus clases o investigar algn tema podrn sacar libros en constante permanencia.i. Los profesores se responsabilizarn de los libros que sacan o mandan a sacar a alumnos para el uso en sus horas de clase.j. El horario de atencin en la biblioteca es de lunes a viernes, maanas de 7:00 am, a 12:30 pm por la tarde de 1:00 pm a 5:30 pm.k. El auxiliar de biblioteca tendr un catlogo de bibliografa por especialidad y asignaturas, etc de todo lo existente en la biblioteca.l. El auxiliar de biblioteca tendr un inventario actualizado de todos los bienes y enseres de la biblioteca bajo su responsabilidad.

Art.74.PROHIBICIONES DEL LECTORa. Est prohibido escribir, dibujar, calcar, manchar el libro.b. Desglosar las hojas del libro prestado.c. Prestar el material fuera de la biblioteca.d. Hablar en voz alta o alterar el orden establecido en la sala de lectura.e. Comer en la de lectura, fumar y beber.f. Ingresar a la biblioteca los alumnos que no requieren este servicio.g. Asistir a la biblioteca sin uniforme escolar.

Art.75.SANCIONES DEL LECTORa. Todo dao que el lector ocasione en el material bibliogrfico, mobiliario o enseres de la biblioteca debe responsabilizarse en el arreglo o costo del dao.b. Suspender el servicio por 15 das en caso de reincidencia y 30 das segunda reincidencia.c. Se suspender al lector por todo el ao lectivo, si persiste en la falta.d. Si el lector que haya extraviado, mutilado el material prestado responder o abonar el gasto material.

Art.76.CONSERVACIN ECOLGICA DE LA INSTITUCIN EDUCATIVAa. Directivos, docentes, administrativos y alumnado debern apoyar en cuidado, conservacin y proteccin de los jardines y arborizacin del plantel.b. Los docentes se organizarn a travs de un comit ecolgico y presentarn su plan de trabajo anual en beneficio de la ecologa dentro del plantel.c. Los docentes debern programar dentro de sus clases orientaciones. Consejos, concientizando a los alumnos sobre la importancia de la conservacin del medio ambiente y la ecologa dentro del plantel.d. El personal de servicio y guardiana nocturna apoyarn en el riesgo y el cuidado de los jardines, plantones en la tarde.e. Los alumnos que destruyen los jardines internos del plantel se les llamar la atencin y se les aplicar las sanciones respectivas-

Art.77.NORMAS INTERNAS SOBRE LAS TAREAS ESCOLARES Y OTROS a. Durante el periodo de exmenes, el docente debe dar tareas a los alumnos o que expongan temas, debern dedicarse a estudiar para sus exmenes.b. Las tareas que dan los docentes a los alumnos deben ser dosificados, para reforzamiento, afianzamiento de temas dadas en clases.c. Los profesores deben dar facilidades de bibliografa a los alumnos para el cumplimiento de sus tareas.d. Los trabajos de investigacin se aplicarn a los alumnos de 1ro a 5to ao de secundaria, bajo un tiempo establecido y razonable para su presentacin.e. Todas las tareas se realizarn por reas deben ser revisadas por los profesores adoptando criterios para su revisin.f. Las tareas se realizarn segn las condiciones del alumno, a mano, mquina, computadora, etc. y deben tener el mismo valor en su presentacin, valorando el contenido del trabajo.g. Si los alumnos no cumplen con reincidencia las tareas escolares dadas por el profesor se le llamar la atencin al alumno y se lo citar a su padre o apoderado, para informarle de la irresponsabilidad del alumno, a fin que mejore y supere su conducta.

Art. 78.DISPOCISIONES TRANSITORIAS 1. Los alumnos que ocupen los primeros puestos de excelencia en aprovechamiento al finalizar el ao de primaria y secundaria sern agasajados por la Direccin del plantel en coordinacin con la APAFA.2. El uso de la fotocopiadora est a disposicin de los alumnos, bajo la responsabilidad del personal autorizado y capacitado para este fin.3. los fondos que provienen de proyectos agrcolas servirn para la ejecucin de nuevos proyectos y para compra de materiales agrcolas de formacin laboral.4. Todo bien, enseres, mobiliario, etc. escolar de propiedad de la Institucin Educativa deber ser inventariado, todo los productos de adquisiciones, donaciones, en un libro de inventarios del plantel.5. Las Promociones y Comits de aulas que manden a construir o confeccionar algn mobiliario escolar, mesa, silla, armario, estante, etc. para uso exclusivo de los alumnos del aula pasar automticamente a ser inventariado en el marges de bienes y enseres de la Institucin Educativa, est prohibido su venta por la APAFA, Comits de Aula o algn personal de la I.E.6. El uso del Centro de Cmputo est a disposicin de los dos niveles, bajo responsabilidad de los profesores encargados.