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ESCUELA ROSALINA PESCIO VARGAS PEÑAFLOR REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018 Visión de la Escuela: La capacidad emprendedora, afianzada en valores, desarrolla autonomía

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR · 2.11.- Colaborar eficazmente con las medidas de protección y seguridad que la Escuela implante para resguardar la integridad de los alumnos

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ESCUELA

ROSALINA PESCIO VARGAS

PEÑAFLOR

REGLAMENTO INTERNO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

2018

Visión de la Escuela:

“La capacidad emprendedora, afianzada

en valores, desarrolla autonomía”

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COLEGIO “ROSALINA PESCIO VARGAS”

Fundamentación

Como miembros de la Comunidad Educativa todos podemos promover y asegurar una sana convivencia

escolar y realizar las actividades bajo las máximas del RESPETO MUTUO Y LA TOLERANCIA.

La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los actores de la Comunidad

Educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un

aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo, implementado en un ambiente tolerante y libre

de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes.

Consultadas las opiniones de los Padres, Apoderados, Alumnos, Profesores y Asistentes de la

Educación del Colegio, hemos consensuado tener un Reglamento de Convivencia Escolar para nuestra Comunidad acorde a todas las premisas anteriormente planteadas.

Deseamos que a través de él, todos los integrantes que coexisten en la Unidad Educativa, tengan claro los contenidos minimos exigidos en la reglamentación institucional y los acuerdos de sana convivencia, para

que así incorporen los valores y hábitos que en el futuro serán fundamentales en su vida.

Invitamos a toda la Comunidad Educativa a conocer con claridad nuestro Reglamento Interno de Convivencia Escolar, de esta forma podremos avanzar de forma prospera e integra en este aspecto tan

importante para nuestro Establecimiento Educacional.-

Respecto al Apoderado:

1. Derechos:

1.1. - Ser informado del progreso de su pupilo, del comportamiento y rendimiento en reuniones de apoderado.

1.2. - Ser informado de las notas parciales de su hijo, en un documento oficial firmado por el Profesor Jefe a

mitad de cada Semestre.

1.3. - Ser atendido por los diferentes estamentos del Colegio, según disposición horaria.

1.4. - Participar responsable y activamente en reuniones de apoderados y eventos que realice el Establecimiento.

1.5.- Tener representación en Asambleas y/o reuniones del Centro General de Padres a través del Subcentro de su curso, mediante uno o dos delegados.

1.6.- Leer y firmar la hoja de vida de su hijo o hija cada vez que asista a reunión de apoderados o cuando

sea expresamente citado (a) por el Prof. Jefe, el del Subsector , la Dirección u otra entidad de la Escuela .

1.7.- Ser informado de algún tipo de accidente o incidente que amerite el llamado telefónico del apoderado

2- Deberes:

2.1. - El apoderado debe ser de preferencia mayor de edad.

2.2. - Enviar regularmente a su pupilo a clases.

2.3.- Asumir la responsabilidad en base a posibles sanciones por actos realizados por su pupilo en contra de la

sana convivencia y regulados en el siguiente documento.

2.4.- Asistir activamente a las reuniones de apoderados o citaciones del Establecimiento por parte de

profesores, especialistas o Dirección.

2.5. - Respetar los horarios del colegio, fomentando la responsabilidad y puntualidad de su pupilo en

actividades propuestas por la Escuela.

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2.6. - Ingresar al Colegio sólo cuando se le requiera o por motivos de alguna urgencia o gravedad en el hogar,

así se obtendrá una mejor atención.

2.7.- Anunciarse ante algún funcionario del establecimiento para ser derivado a la entidad correspondiente.

2.8. - De no asistir a reunión de apoderados deberá justificar por escrito o personalmente su inasistencia.

2.9 - Otorgar a su pupilo (a) las condiciones adecuadas para que pueda cumplir todas sus obligaciones como estudiante: rendimiento, asistencia, puntualidad, comportamiento, presentación personal, tareas, y todo

aquello que diga relación con la formación y desarrollo integral.

2.10.- Evitar que su pupilo porte elementos corto punzantes o ilícitos.

2.11.- Colaborar eficazmente con las medidas de protección y seguridad que la Escuela implante para

resguardar la integridad de los alumnos.

2.12.- Justificar por escrito, la inasistencia de su pupilo a clases o a cualquier actividad a la que haya sido

citado.

2.13.- Cumplir con los acuerdos tomados en las reuniones de apoderados. En caso de no asistir, aceptar lo

resuelto por la mayoría.

2.14.- Revisar diariamente: tareas comunicaciones y en general la mochila de su hijo o pupilo.

2.15.- Proveer a su hijo o pupilo de los materiales necesarios para que pueda cumplir con sus tareas y trabajos. (no podrá hacer llegar tareas o materiales fuera del horario)

2.16.- Proveer a su hijo (a) o pupilo (a) de colación saludable para traer al Colegio: Frutas, Productos Lácteos,

jugos naturales etc.-

2.17.- Supervisar la permanencia y comportamiento de su pupilo después del horario de clases fuera de la

Escuela.

2.18.- No Fumar, no beber e ingresar alcohol al Colegio, esto incluye: Reuniones de apoderados, Eventos

Deportivos, Recreativos o Culturales que organice la Unidad Educativa.

2.19.- Tener conocimiento, que el Colegio en ningún caso se hace responsable por la pérdida o extravío de

objetos de valor que su hijo, hija o pupilo lleve al Colegio. (Joyas, Relojes, Bicicletas, Dinero,

Celulares, Cámaras Fotográficas, Grabadoras, Mp3, Mp4, Ipod, etc). Portarlas en el interior del

Colegio, es de exclusiva responsabilidad del o la estudiante.

NOTA: 1 La Agenda o el Cuaderno de Comunicaciones es el documento oficial para comunicarse por

escrito con el Colegio

De los alumnos.

3- Derechos:

3.1.- Ser respetado como persona, entre sus pares y entre la Comunidad Educativa.

3.2.- Ser atendidos y escuchados cuando lo soliciten, por todos los estamentos del establecimiento.

3.3.- Conocer sus anotaciones tanto positivas como negativas.

3.4.- Ser informados de sus evaluaciones en forma clara y oportuna.

3.5.- Tener acceso a la sala de computación, bajo supervisión.

3.6.- Hacer uso del Seguro Escolar por accidente ocurrido en el colegio, hacia o desde el hogar.

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3.7.- A participar en ejercicios de Evacuación u otros de Prevención, para evitar poner en peligro su seguridad

e integridad física.

3.8.- A pertenecer al Municipio Escolar.

3.9.- A que el espacio denominado “Consejo de Curso” sea de participación activa y permanente.

3.10.- Permanecer en la Escuela como alumno regular, si la alumna es madre o se encuentra embarazada.

4- Deberes:

4.1.- Sera deber de los alumnos cuidar su higiene y aseo personal.

4.2.- Usar uniforme escolar:

Damas: Falda del colegio – Blusa blanca – Polera del Colegio – Chaleco azul – Blazer azul con la insignia de parche (bordada) - Corbata del Colegio – Medias, calcetas o pantys azules – Zapatos negros -

Parka o polar azul.

Varones: Pantalón gris – Camisa blanca – Polera del Colegio- Corbata e insignia del colegio – Chaleco o sweater azul marino – Vestón, polar o Parka azul - Zapatos negros.

Clases de Ed. Física: Buzo oficial del Colegio, zapatillas negras o blancas.

4.3.- Mostrar a quien corresponda justificativos o comunicaciones que envía el apoderado.

4.4.- Mantener diariamente entre sus útiles escolares, la agenda de comunicaciones o el cuaderno de

comunicaciones del Establecimiento.

4.5.- Rendir pruebas pendientes a las que no asistió por motivos de salud u otros debidamente justificados;

cuando el profesor del subsector se lo solicite.

4.6.- Entregar trabajos de investigación u otros en los plazos estipulados por el profesor.

4.7.- Tener una conducta de respeto y orden en el casino escolar, portando individual, servilleta, y retirando o devolviendo la bandeja una vez finalizada su colación.

4.8.- Respetar a todas las personas, sin discriminación alguna (que piensen diferente, nacionalidad, color de piel, etc.). Respeto a la diversidad.

4.9.- Asistir a las actividades 0 eventos que organice el colegio, ellos contribuyen en su formación integral, reforzamiento de hábitos y especialmente los de carácter valórico.

4.10.- Respetar a sus pares, y también, profesores y funcionarios de la Escuela.

4.11.- Se incentivará el espíritu solidario en todas las actividades sociales.

4.12.- Sufragar en las elecciones del Municipio Escolar de tercero a octavo año básico, a menos que el apoderado lo rechace por escrito.

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De los Profesores:

5. Derechos:

5.1.- Ser respetado como persona y profesional por los alumnos, apoderados y demás funcionarios del

Establecimiento.

5.2.- Exigir, desempeñarse en la Unidad Educativa, en un ambiente limpio y con un mínimo de comodidad

para desarrollar su labor pedagógica.

5.3.- Tener una dependencia apta para la colación.

5.4.- Tener acceso a los medios audiovisuales y/o tecnológicos que dispone el Colegio para preparar sus clases.

5.5.- Hacer uso de seis días administrativos al año.

5.6.- Tener acceso a las oportunidades de perfeccionamiento que ofrecen Universidades, o Institutos.

5.7.- A participar comprometidamente en Consejos de Profesores, Técnicos o Administrativos o en otras

entidades que la Unidad Educativa posea.

6. Deberes:

6.1.- Cumplir responsablemente con la hora de entrada a sus labores docentes.

6.2.- Atender sin dilación, el horario que se le ha asignado diariamente.

6.3.- Cumplir lealmente los acuerdos de consejos de profesores.

6.4.- Planificar y organizar sus clases, según acuerdos o sugerencias de UTP.

6.5.- Cumplir responsablemente la tarea o comisión solicitada – delegada por la Dirección del Colegio, o uno

de sus pares, responsable de la actividad.

6.6.- Velar por la salud e integridad física de los alumnos.

6.7.- Hacer cumplir las normas básicas del Reglamento de Convivencia Escolar, como también las de higiene y seguridad.

6.8.- Promover y motivar la participación de sus alumnos en todas las actividades recreativas, culturales, deportivas y cívicas que el Colegio organice

6.9.- Adoptar las medidas necesarias destinadas a mantener, con los alumnos, los recintos o aulas limpias e

higiénicas.

6.10.- Dar a conocer las notas que serán consignadas en el Libro de Clases.

6.11.- Respetar a sus alumnos, a sus colegas y demás funcionarios del establecimiento.

6.12.- Informar al apoderado el rendimiento de su hijo según lo establece el Reglamento de Evaluación del

Colegio.

6.13.- Realizar reuniones de apoderados según la modalidad imperante.

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7. Respecto de la Normativa en el Recinto

7.1.- El alumno debe velar, cuidar y proteger las dependencias del colegio, ellas le pertenecen y están para su beneficio y bienestar.

7.2.- La Escuela no se hará responsable por la pérdida o robos de objetos tecnológicos, dinero u especies de

valor que porte el alumno dentro del establecimiento.

7.3.- Se habilitara un libro de actas para sugerencias/ reclamos/ felicitaciones, el cual estará siempre

disponible para toda la comunidad escolar. El libro será revisado frecuentemente, para tomar

conocimiento y acciones según las circunstancias.

8. Puntualidad y Asistencia.

8.1. El horario de clases es el siguiente:

Jornada Mañana Jornada Tarde

Pre-básica

Lunes a Viernes Pre kínder de 8:00 a 12:20 hrs.

Kínder de 8:00 a 12:00 hrs.

Lunes a Viernes Pre kínder de 14:00 a 18:20 hrs.

Kínder de 14:00 a 18:00 hrs.

Primero y Segundo Básico

Lunes a Viernes 8:00 a 13:00 hrs

Lunes a Viernes 14:00 a 19:00 hrs.

Jornada Completa

Tercero a Octavo básico

Lunes a Jueves 8:00 a 15:25

Viernes

8:00 a 13:10

8.2. El docente realizará un registro diario de faltas de asistencia de los estudiantes de cada uno de los cursos, en

documento anexado en el libro de clases. Siendo recopilado por Asistente Social desde los libros, cuando se

encuentren en Inspectoría luego del primer bloque de clases.

8.3. Asistente Social contactará telefónicamente a madre, padre y/o apoderado para constatar las razones de la

ausencia

8.4. Luego de dos o más ausencias seguidas, o bien cinco o más ausencias alternadas durante el periodo de un

mes, o bien cuando se ausente sistemáticamente un día de la semana. Se realizará visita domiciliaria por Asistente Social.

8.5. El retiro del alumno de clases será realizado exclusivamente por el apoderado y no a través de comunicación escrita o telefónica. Si el apoderado no puede retirarlo (a) personalmente, podrá enviar a un

adulto responsable.

9. Disposiciones de permanencia

9.1.- No se considerará la condición socioeconómica del alumno o el cambio de ésta para permanecer en el

recinto escolar.

9.2.- A pesar de la situación insatisfactoria que mantenga un alumno, ésta no coartará la posibilidad de

conservar su matrícula en el establecimiento.

9.3.- No será condicionante de ingreso o permanencia de un alumno en el establecimiento, la situación familiar, el estado civil de los padres del niño o cambio de ésta.

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9.4.- No se considerará una exclusión del sistema escolar, la condición de alumna embarazada y/o en período

de lactancia.

10. Alumnas en situación de embarazo, maternidad y/o paternidad.

10.1.- Las alumnas tendrán derecho a ser evaluadas con diferentes procedimientos de evaluación (pruebas,

carpetas, trabajos de investigación, etc.) según sea necesario por su condición.

10.2.- Podrán ser promovidos con porcentaje inferior al 85% de asistencia previa presentación de certificado

médico, carnet de salud y cumplimiento de requerimientos académicos.

10.3.- La alumna al ingresar al Establecimiento post parto deberá comunicar a Dirección su horario de lactancia que no podrá exceder las dos horas.

10.4.- En caso de controles medico la alumna o alumno padre tendrá derecho a ausentarse en dicho horario previamente justificado.

11. Pruebas y Evaluaciones:

11.1.- Los alumnos serán evaluados en todas las asignaturas de aprendizaje del Plan de estudios en periodos semestrales.

11.2.- A mitad de cada semestre de entregara un informe de notas parciales y al final de ellos se entregara un informe de notas semestral que además incluirá los promedios generales de cada asignatura.

11.3.- Rendir pruebas, controles del libro de lectura complementaria y trabajos con fecha establecida, su

inasistencia e incumplimiento deberá ser justificado con certificado médico o por el apoderado dependiendo del tipo de evaluación.

11.4.- Los alumnos que presenten alguna condición médica incompatible con la asistencia regular a clases, serán evaluados según criterios de U.T.P. Dicha situación deberá ser justificada con informes médicos

presentados previamente en Dirección y los cuales deberán ser actualizados semestralmente.

11.5.- Cuando un estudiante se encuentre incapacitado, temporal o permanentemente para ser evaluado en la

asignatura de Educación Física, éste será evaluado mediante el desarrollo de trabajos de investigación,

cuya pauta será entregada por el profesor encargado.

12. Necesidades Educativas Especiales NEE:

12.1.- Todo alumno con NEE tiene derecho a recibir el apoyo necesario acorde a su problemática.

12.2.-Programa de Integración Escolar.

El Programa de Integración Escolar PIE es una estrategia inclusiva de nuestro sistema escolar con el fin de

entregar apoyos adicionales en el contexto de aula común y fuera de ella a los alumnos con NEE, sean éstas de

carácter permanente o transitorio.

12.2.1.- Normas Generales

Artículo 2

Inciso A

Necesidades Educativas especiales de Carácter Permanente: son aquellas barreras para aprender y participar

que determinados estudiantes experimenten durante toda su escolaridad como consecuencia de una discapacidad

diagnosticada por un profesional competente y que demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos extraordinarios para asegurar el aprendizaje escolar.

Necesidades Educativas especiales de Carácter Transitorio: son aquellas no permanentes que requieren los

alumnos en algún momento de su vida escolar a consecuencia de un trastorno o discapacidad diagnosticada por un profesional competente y que necesitan de ayudas y apoyos extraordinarios para acceder o progresar en el

curriculum por un determinado período de su escolarización.

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12.2.3- Del Ingreso

Artículo 2

Inciso B

Evaluación Diagnóstica: constituye un proceso de indagación objetivo e integral realizado por profesionales

competentes, que consiste en la aplicación de un conjunto de procedimientos e instrumentos de evaluación que tienen por objeto precisar, mediante un abordaje interdisciplinario, la condición de aprendizaje y de salud del o

la estudiante y el carácter evolutivo de éstas.

Artículo 6 Los diagnósticos y expedientes de evaluación serán confidenciales, debiendo los profesionales que efectúen la

evaluación y el sostenedor del establecimiento educacional tomar las medidas necesarias para resguardar este

derecho, sin perjuicio de las facultades que la ley confiere al Ministerio de Educación.

Artículo 13 Toda la documentación que se reúna en el proceso de evaluación es de propiedad de la familia del o la estudiante

o del estudiante adulto. Sin embargo, ésta deberá estar disponible para efectos del control y fiscalización del

Ministerio de Educación.

12.2.4 De los Apoyos.

Artículo 86

Inciso B

Coordinación, trabajo colaborativo y evaluación del Programa de Integración Escolar: la planificación de

este aspecto debe considerar las orientaciones técnicas que el Ministerio de Educación defina en esta materia. Contempla la asignación de 3 horas cronológicas para los profesores de educación regular para la planificación,

evaluación y seguimiento de este programa, involucrando en estos procesos a la familia. Entendiendo que el

equipo multidisciplinario del Proyecto de Integración Escolar cumple una función colaborativa y de orientación en este proceso.

Artículo 89

El programa de integración escolar deberá establecer una planificación con los tiempos que los profesionales

competentes destinarán al desarrollo de las siguientes acciones:

a) Apoyo a los estudiantes en la sala de clases regular;

b) Acciones de planificación, evaluación, preparación de materiales educativos y otros, en colaboración con

el o los profesores de la educación regular;

c) Trabajo con el alumno de forma individual o en grupos pequeños; con la familia; con otros

profesionales, y con el equipo directivo del establecimiento educacional.

Con todo el tiempo destinado al apoyo de los estudiantes en la sala de clases regular no podrá ser inferior a 8

horas pedagógicas semanales en establecimientos con jornada escolar completa diurna y de 6 horas pedagógicas semanales en establecimientos sin jornada escolar completa diurna (Pre-Escolar).

Artículo 94

Los establecimientos con programas de integración escolar podrán incluir por curso un máximo de 2 alumnos con necesidades educativas especiales permanentes y 5 con necesidades educativas especiales transitorias.

Tratándose de estudiantes sordos, excepcionalmente podrán incluirse más de 2 alumnos en una sala de clases.

12.2.5.- Del Egreso.

Artículo 14

El egreso deberá ser documentado con un informe psicopedagógico que dé cuenta del trabajo realizado con él o

la estudiante y las orientaciones pertinentes. La familia o los apoderados o el estudiante adulto, deberán recibir un informe con la síntesis de los aspectos más importantes del trabajo realizado y con recomendaciones que

orienten los apoyos que deben continuar dándole al estudiante.

12.3.- Los alumnos con alguna necesidad que requiera de incorporación al Programa de Integración Escolar

PIE por derivación realizadas por especialistas externos (Neurólogo, Psiquiatra u otro) deberán presentar sus informes oportunamente a la Escuela.

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12.4.-. Apoyo Especialistas SEP

12.4.1.- Todo alumno con NEE que no aplique para ingresar a PIE y que necesite de evaluación e intervención de especialistas para apoyar su desempeño en el proceso enseñanza aprendizaje e inclusión escolar, serán

atendidos por los profesionales SEP de la Escuela.

12.4.- Para entregar el apoyo adicional a PIE, el Colegio cuenta con las especialidades de Psicopedagogía,

Fonoaudiología, Psicología y Asistente Social, tanto en trabajo individual como multidisciplinario para apoyo de

las NEE y diversidad de problemáticas que el alumnado presenten.

13. Respecto a la libertad de culto

13.1.- Los alumnos podrán asistir a clases de religión previa autorización por escrito del apoderado.

13.2.- Los alumnos podrán excluirse de actividades religiosas previa autorización por escrito del apoderado.

13.3.- Los alumnos que no asistan a clases de religión y actividades que no sean compatibles con su orientación

religiosa, serán asistidos por personal dispuesto por establecimiento.

14. Giras, viajes de estudios y/o salidas pedagógicas.

14.1.- Las salidas serán supervisadas y acompañadas por un docente, de preferencia profesor jefe.

14.2- Los alumnos deben presentar una autorización firmada por el apoderado para efectuarse su salida del recinto.

14.3- Se sugiere que los alumnos sean retirados a la llegada de la actividad por un adulto responsable.

15. Redes Sociales, Fotografía o Videos.

15.1- No se debe filmar o fotografiar a algún miembro de la comunidad educativa sin su autorización.

15.2- Los adultos que se desempeñan en el Establecimiento no deben incluir a los estudiantes como contactos en redes sociales, a menos que sea de carácter institucional.

16. Comportamiento y Actitudes:

REGLAMENTACIÓN RESPECTO A CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA

ESCOLAR.

16.1.- De acuerdo a la ley n°20.536 sobre violencia escolar, que modifica la ley general de educación, agrega

un inciso al art. 15 donde se hace obligatorio para todos los establecimientos educacionales del país contar con un Encargado de Convivencia Escolar, que principalmente implemente acciones y medidas en relación a la sana

convivencia.

16.2.- Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnere la sana convivencia escolar. Se sancionara de a cuerdo a los protocolos pertinentes.

Conceptos Básicos:

16.3.- Respecto al maltrato escolar se entenderá por éste cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o

psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, entre

pares o de alumnos a cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar que se cometa, siempre que pueda:

- Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

- Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo;

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- Dificultar o impedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral,

intelectual, espiritual o físico del niño/a.

16.4.- Respecto a los anterior, se considerara Bullying, un continuo y deliberado maltrato verbal, físico y moral

que recibe un niño por parte de otro u otros, que se comportan con él/ella cruelmente con objetivo de someter, arrinconar, amenazar, intimidar u obtener algo de la víctima, caracterizado por producirse entre

pares, con un abuso de poder y que se sostenga en el tiempo.

16.5- Respecto a la transgresión de normas se describirán y clasificaran las medidas y acciones formativas a

seguir:

Mediación: herramienta de resolución de conflicto que implica llegar a acuerdos de convivencia frente a un tercero competente.

Apoyo Psicosocial: frente a alguna problemática que requiera intervención especializada, contención y derivación para las partes involucradas en conflicto.

Cambio de Curso: Si el ambiente previo interfiere irreconciliablemente en la adaptación del niño dentro del Establecimiento.

Sanciones: medidas disciplinarias como parte del proceso formativo del estudiante y reguladas en el

manual de convivencia.

Faltas: se consideraran faltas todas aquellas conductas que transgreden las normas que rigen la sana

convivencia. - Faltas Leves: son aquellas actitudes o comportamiento que no provocan daños o perjuicios a

algún miembro de la comunidad educativa, pero que transgreden la normativa de básica de

convivencia. La reiteración de tres faltas leves serán sancionadas como faltas graves.

- Faltas Graves: son aquellas actitudes o comportamientos que provocan daño o perjuicio a algún miembro de la comunidad educativa, pero que no reviste característica de delito, sin embargo

atenta considerablemente la sana convivencia. La reiteración de dos faltas graves serán

sancionadas como faltas muy graves. - Faltas Gravísima: son aquellas actitudes o comportamientos que atentan gravemente la

integridad de la comunidad educativa.

Clasificación de Faltas:

Faltas Leves:

1- Botar basura en lugares que no corresponda (pasillos, escaleras, sala de clases, ventanas, etc.)

2- Perturbar el desarrollo normal de las clases, formaciones u actos cívicos.

3- Utilizar elementos distractores en clases (juguetes, aparatos tecnológicos, etc.) 4- Llegar atrasado a la Escuela sin justificativo

5- Entrar tarde después del timbre estando en el establecimiento y sin justificación.

6- Presentarse sin la indumentaria que corresponda injustificadamente. 7- No realizar las actividades propias de la clase, así como el incumplimiento de trabajos, tareas, etc.

8- Rayar las mesas o paredes del establecimiento

9- Utilizar vocabulario inadecuado hacia algún miembro de la comunidad educativa.

10- No votar en las elecciones municipales sin justificación. 11- Burlarse de un alumno u otro miembro de la Comunidad Educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres,

mofarse de características físicas, etc).

12- Uso excesivo de maquillaje, pinturas o adornos corporales.

Faltas Graves:

1- Tres atrasos durante el mes sin justificación del apoderado. 2- Fugarse del establecimiento.

3- Infringir marcas o heridas corporales.

4- Copiar en las pruebas. 5- Dibujar imágenes o escribir groserías que atenten contra la moral y buenas costumbres.

6- Discriminar a algún integrante de la comunidad educativa

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7- Destruir pertenencias de algún miembro de la comunidad educativa.

8- Dañar la infraestructura del colegio.

9- Subir o escalar a la techumbre del Establecimiento. 10- Maltrato verbal a algún mimbro de la comunidad educativa.

11- Lanzar objetos que impliquen provocar daños físicos en otras personas.

12- Falsificar firma del apoderado. 13- Tomar fotografías, Grabar y difundir sin autorización a algún miembro de la comunidad educativa.

Falta Gravísima:

1- Portar todo tipo de arma.

2- Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otra persona.

Esto aplica dentro del recinto, en el trayecto del colegio al hogar o en alguna actividad formal de la Escuela.

3- Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la Comunidad

Educativa a través de redes sociales (facebook, instagram, whats app, etc) 4- Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean constitutivos de delito.

5- Portar, vender, comprar, distribuir o consumir cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas o sustancias

ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

6- Adulterar, sustraer o falsificar documentos oficiales.

7- Sustraer, hurtar o robar especies de la propiedad o de algún miembro de la comunidad educativa.

8- Llegar en estado de intemperancia alcohólica o bajo efecto de algún alucinógeno.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN:

1. Faltas Leves:

- Diálogo personal con alumno (a) y Prof. Jefe.

- Amonestación verbal.

- Registro en la hoja de vida. - Entrevista Personal entre el alumno y la Dirección el contexto de la falta lo amerita.

2. Faltas Graves: - Diálogo personal con alumno (a) y Prof. Jefe.

- Amonestación verbal.

- Registro en la hoja de vida. - Entrevista personal entre alumno y Dirección (con un tercero imparcial si lo amerita)

- Citación de apoderado. (con un tercero imparcial si lo amerita)

- Compromiso de cambio firmado por escrito por parte del apoderado, alumno, profesor y/o

Dirección. - Mediación (si lo amerita)

- Derivación (Si lo amerita)

- Reflexión en el hogar. (Receso de hasta 5 días)

3. Faltas Gravísima:

- Diálogo personal con alumno (a) y Prof. Jefe. - Amonestación verbal.

- Registro en la hoja de vida.

- Entrevista personal entre alumno y Dirección (con un tercero imparcial si lo amerita).

- Citación de apoderado. (con un tercero imparcial si lo amerita) - Compromiso de cambio firmado por escrito por parte del apoderado, alumno, profesor y/o

Dirección.

- Mediación (si lo amerita) - Cambio de curso (si lo amerita)

- Derivación (Si lo amerita)

- Reflexión en el hogar (Receso de hasta 5 días)

- Carta de Condicionalidad.

Si la falta se reitera:

- Cambio de clima escolar y/o cancelación de la matricula terminado el semestre o año escolar. El apoderado tendrá 48 hrs. para apelar por escrito a dicha medida siendo sometida a consejo

escolar, de lo contrario mantendrá dicha decisión.

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ANEXO.

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACCIÓN FRENTE AL ABUSO SEXUAL

INTRODUCCIÓN.

El presente documento tiene como fin prevenir y proteger a nuestros estudiantes de todo tipo de riesgo en

relación al abuso sexual. Estableciendo criterios comunes de trasparencia entre trabajadores, apoderados,

prestadores de servicios y alumnos(a) de modo de asegurar la confianza en el colegio.

De este modo, el presente protocolo nos permitirá advertir, develar y proceder frente a posibles situaciones

inadecuadas que puedan atentar contra la integridad de nuestro alumnado.

1- Medidas Preventivas.

Aspectos Generales:

Las personas de transporte contratados por los padres, así también personal del comedor y quiosco del colegio

también se regirán por la normativa de este protocolo

- Se prohíbe proporcionar a cualquier alumno(a) cigarrillos, alcohol o drogas dentro del colegio.

- No regalar dinero u objetos de valor a cualquier alumno o alumna.

- No mantener contacto personal con los estudiantes (teléfono, mail, redes sociales) a menos que sean

asuntos propiamente relacionados a temáticas académicas.

- No se pueden mantener secretos personales con los alumnos.

- Evitar acercamientos que implican tocarse de manera inapropiada con algún miembro del colegio.

- Evitar demostraciones de afectos que incomoden a cualquier miembro del colegio

- Se prohíbe mantener relaciones afectivas y emocionales con alumnos.

- Utilizar lenguaje acorde al contexto educativo con los alumnos.

Baños:

- Se prohíbe el uso de baños y camarines de niños por personas externas al colegio durante la jornada de

clases y horarios de actividades extraprogramáticas.

- Los adultos trabajadores del colegio deben evitar entrar a los baños y camarines de los alumnos

- Los pre-escolares no deben entrar a baños sin la supervisión de la educadora o tía ayudante.

- Durante la jornada de clases y actividades extraprogramáticas debe haber una persona encargada de los

baños de los alumnos.

- Los alumnos deben ser autónomos en el uso del baño y hábitos de higiene personal.

Recreos:

- Durante los recreos los alumnos no deben estar sin supervisión de personal del colegio.

- Todos los patios deben tener personal competente para la supervisión de niños durante los recreos.

Accesos:

- Toda dependencia en la que se encuentre uno o más alumnos debe tener accesibilidad inmediata desde el

exterior por el personal del colegio

- No mantener puertas con cerrojo y llave en dependencias donde se encuentren personas dentro del

colegio.

- Evitar tener cerradas las cortinas de cualquier dependencia del colegio en donde se encuentren

estudiantes en su interior.

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- Evitar el contacto a solas con niños en lugares aislados o de difícil acceso.

- Las puertas de acceso al colegio se deben mantener cerradas durante los horarios de clases.

- No se debe dejar solos a los niños en actividades durante horario de clases.

- Durante el horario de clases los patios deberán ser supervisados por inspectores.

- El control de la puerta de entrada debe ser permanente durante el horario de clases y actividades

extraprogramáticas.

- Durante los talleres no se permite el ingreso de apoderados salvo en ocasiones previamente informadas

en portería

- Toda persona que preste servicios al colegio debe anunciarse al entrar al establecimiento.

- Los alumnos y niños no deben asistir a las reuniones de apoderados. El colegio no se hará responsable de

la supervisión de alumnos durante ese horario

- Los alumnos deben ser retirados por su apoderado o persona autorizada previamente por éste,

informando al Establecimiento.

- El retiro de los alumnos no puede extenderse más allá de 20 min., después de su jornada de clases.

- Los alumnos preescolares que lleguen entre 7:30 y 8:00 serán supervisados por personal autorizado por

el establecimiento.

- Las salas de clase serán abiertas a las 7:50 hrs a menos que se encuentre su profesor jefe dentro de éstas.

2. Medidas de Acción.

Cuando se tenga conocimiento, se sospeche o exista la comunicación explicita de abuso sexual por parte

de cualquier integrante la de comunidad educativa sobre un caso de posible abuso sexual sufrido por

algún miembro del Establecimiento.

El procedimiento a implementar toma las especificaciones del entregado por la Fiscalía Nacional:

- Se actuará con respeto y rapidez de acuerdo a la situación cuando se esté en conocimiento de un posible

caso de abuso sexual.

- Se guardará la confidencialidad del caso, estando en conocimiento de éste el menor número de personas

posible.

- Cualquier adulto de la escuela, que tome conocimiento de un delito, aún cuando no cuente con todos los

antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios, deberá poner en conocimiento del hecho, en el

menor tiempo posible, a la Fiscalía o a la Dirección del Establecimiento Educacional.

- El Director está obligado a denunciar el hecho (art. 175 CPP) ante la Fiscalía, PDI ó Carabineros antes

de transcurridas 24 horas desde que toma conocimiento de la situación de abuso.

- En caso que el victimario sea el Director se pondrá en antecedentes al Departamento de Educación

Municipal y será el Jefe de ese departamento el responsable de hacer la denuncia.

- Se debe poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, en caso que sea un estudiante y

salvo que se sospeche que éste podría tener participación en los hechos

- En caso de existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito, evitar manipular y

guardarlos en una bolsa cerrada de papel.

- En caso que se estime que la víctima se encuentre en situación de riesgo, esto deberá ser informado

inmediatamente

- Respecto a la víctima de abuso:

Se escucha y contiene en contexto de resguardo y protegido.

Se escucha sin cuestionar ni confrontar su versión.

Se evitará emitir juicios sobre las personas o la situación que le afecta.

Se evitará atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido o en su posible evitación.

Se manejará de forma restringida la información, evitando con ello la estigmatización y

victimización secundaria.

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PROTOCOLO PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES CUANDO EL DENUNCIADO DE MALTRATO

DE VIOLENCIA (FÍSICA Y/O PSICOLÓGICA) ES UN DOCENTE O FUNCIONARIO DE LA

ESCUELA HACIA UN ALUMNO.

Acciones.

1. El Director será el responsable de recabar la información pertinente respecto a la acusación de maltrato y

de ser el Director el involucrado, será el Departamento de Educación Municipal que tome los antecedentes

del caso.

2. El Director será el responsable de citar al funcionario o docente involucrado para informarle del

procedimiento a seguir frente a la denuncia.

3. El Director será el encargado de informar al apoderado del resultado de la investigación y si se confirma el

episodio de violencia dará a conocer las sanciones aplicadas.

Procedimiento:

1. Entrevista al funcionario denunciado.

2. Entrevista a los funcionarios, apoderados o adultos que cuentan como testigos y con

antecedentes acerca de la situación denunciada como maltrato.

3. Entrevista al alumno supuesta víctima de maltrato.

Sanciones: (si lo amerita)

1. Amonestación verbal y escrita en la hoja de vida del funcionario

2. Denuncia a la institución que corresponda (en caso de delito)

3. Denuncia DAEM. (si lo amerita)

4. Sugerir al Sostenedor Investigación Sumaria o desvinculación del establecimiento. (si lo amerita)

PROTOCOLO RESPECTO CONFLICTOS ENTREA TRABAJADORES DE LA ESCUELA,

ADULTOS Y/O ALUMNOS,

1- El responsable de sancionar a los adultos miembros de la comunidad educativa involucrados en una

situación de maltrato, violencia o agresión contra otro integrante de dicha comunidad, será la

dirección del Establecimiento.

2- En caso que la situación lo amerite el Director del establecimiento puede enviar a los trabajadores de

la escuela que se vean involucrados en algún conflicto a la Medición.

3- En caso de agresión constitutiva de delito por parte de un miembro de la comunidad educativa a un

estudiante será la Dirección de la Escuela y en conocimiento del apoderado, quien deberá denunciar

a la justicia (Carabineros, PDI o Tribunales) los hechos ocurridos.

4- En caso que los Apoderados u adultos incurran en agresiones constitutivas de delito contra menores

de edad será la Dirección del establecimiento, quienes denuncie a la justicia (Carabineros, PDI o

Tribunales) los hechos ocurridos.

5- En caso de agresiones constitutivas de delito de apoderados u adultos en contra de algún trabajador

de la Escuela, estos deberán constatar lesiones y realizar la respectiva denuncia en contra del

agresor.

6- En caso de agresiones constitutivas de delito de un trabajador de la Escuela en contra de otro

trabajador del establecimiento, estos deberán constatar lesiones y realizar la respectiva denuncia ante

la Ley. Además el Director del Establecimiento deberá aplicar las sanciones que estime

convenientes y que su cargo le permita. Así como también informar al Sostenedor.

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACCIÓN FRENTE AL PORTE, USO O CONSUMO DE

ALCOHOL, DROGAS Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO.

Acerca de la prevención:

Todos podemos asumir un papel activo para aborda la prevención del consumo de alcohol y drogas. Sí

reducimos la influencia de aquellos factores que nos exponen a situaciones de riesgo o si fortalecemos los

factores que nos protegen de las sustancias ilícitas.

De esta forma como Escuela cumplimos un rol preponderante en este abordaje ya que, somos los principales

agentes de sociabilización, junto con la familia y el grupo de pares.

Es así que nuestro objetivo preventivo se orienta a:

- Evitar el consumo de alcohol y drogas entre los estudiantes.

- Promover estilos de vida y entornos educativos saludables.

- Fortalecer vínculos y organización en la comunidad educativa.

- Detectar e intervenir tempranamente el consumo de drogas.

- Desarrollar actitudes, valores, competencias en los docentes para asumir un rol activo en la prevención.

- Sencibilizar y apoyar a las familias a asumir un rol activo en la prevención.

Acerca de la acción:

1- El porte, consumo o venta de alcohol, drogas y porte de armas de fuego dentro del colegio es

considerada una falta gravísima, por lo que se sancionara de acuerdo a lo estipulado en el reglamento

interno de convivencia escolar.

2- Frente a un caso de porte, consumo o venta de droga ilícita y porte de armas de fuego dentro del colegio

el Director realizara la denuncia al la PDI o Carabineros

3- Frente a la situación descrita anteriormente será contactado el apoderado del alumno para informarle de

lo acontecido.

4- Se realizara la derivación Psicosocial pertinente.

5- El Encargado de Convivencia Escolar hará un seguimiento de la problemática suscitada.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES.

De acuerdo a la Ley 16.744 Art. 3º, señala que estarán protegidos todos los estudiantes de Establecimientos

fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios.

Accidente escolar será considerado como toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo

de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño.

También se consideran como accidente, aquel que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta

sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia como básica, están

afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en nuestro colegio

Ante un accidente:

1. Al momento que un alumno se accidente al interior del Establecimiento Educacional, se acudirá a la

persona más cercana para coordinar su traslado a enfermería de la escuela. 2. Una Asistente de la Educación se contactara con el apoderado para que acompañe al alumno hasta el

centro asistencial de salud pública. En caso de no contactar al apoderado o familiar, el Director coordinara el

traslado del estudiante.

3. En caso que el accidente lo amerite por su gravedad será coordinara prontamente el traslado del alumno a un centro de urgencia y en forma paralela se dará aviso al apoderado.

4. La persona encargada debe llenar el formulario de “Accidente Escolar” de modo que la atención médica

quede cubierta por el Seguro Escolar.