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ESCUELA EDMUNDO QUEZADA ARAYA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA
Misión institucional es “Formar personas íntegras e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad, brindando un servicio educativo integral de calidad,
con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 1
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR
Año 2018
Escuela “Edmundo Quezada Araya”
Director (a) Ana Carina Velásquez Alday
Dirección del Establecimiento Av. Los Escritores s/n, Villa Vista Alegre
R.B.D. 13.167-9
Comuna Vallenar
Fono Fax 610695
E-mail [email protected]
Año de creación 2002
Aniversario Establecimiento Julio
Decreto Cooperador de la Función del Estado 214/2002
Régimen Semestral
AÑO
2018
ESCUELA EDMUNDO QUEZADA ARAYA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA
Misión institucional es “Formar personas íntegras e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad, brindando un servicio educativo integral de calidad,
con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 2
INDICE
Descripció Página(s)
Decreto
Disposiciones Generales
Artículo N° 1 Objetivo del Reglamento
Artículo N° 2 Bases del Reglamento
Artículo N° 3 Funciones de la Unidad Técnica Pedagógica
3
3
3
3
3
Artículo N° 4 Periodos Lectivos
Artículo N° 5 Aspectos no contemplados en el Reglamento
Artículo N°6 Función de la Evaluación
Artículo N° 7 Áreas de Evaluación
DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
Artículo N°8 Formas de Evaluar
a) Evaluación Diagnóstica
4
4
4
4
b)Evaluación Formativa
c)Evaluación Sumativa
5
5
Artículo N° 9 Instrumentos de Evaluación
Artículo N° 10 De la entrega de información al apoderado
Artículo N° 11 Criterios Pedagógicos
6
Artículo N° 12 Organización de las calificaciones.
Artículo N° 13 Escala de notas
Artículo N° 14 Números de calificaciones
7
7
Artículo N° 15 Del calendario de calificaciones.
Artículo N° 16 Plazo de entrega de evaluaciones Artículo N° 17 De la ausencia a las evaluaciones. Artículo N° 18 De las notas limítrofes.
Artículo N° 19 De la evaluación diferenciada.
8
8
Características Operacionales de la Evaluación Diferenciada Sugerencias
de Evaluaciones Diferenciadas
9
9
ESCUELA EDMUNDO QUEZADA ARAYA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA
Misión institucional es “Formar personas íntegras e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad, brindando un servicio educativo integral de calidad,
con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 3
DE LA PROMOCIÓN, CALIFICACIÓN Y CERTIFICACIÓN
Artículo N°20 Del Logro de los Objetivos de Aprendizajes Transversales
Artículo N°21 Artículo N° 21 De los requisitos de promoción Artículo
N° 22 De la promoción
10
10
DE LOS CERTIFICADOS ANUALES Y ACTAS DE REGISTRO CURRICULAR
Artículo N° 23 Situación especial alumnas embarazadas
Artículo N° 24 Situación Final
Artículo N° 25 Acta de registro de calificaciones
Artículo N° 26 De las licencias
Artículo N° 27 De la ceremonias
11
11
11
11
DECRETO
Lo dispuesto en las leyes Nº 16.526, 18.956 y 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, Artículos 18
y 16; Decretos Supremos de Educación Nºs. 9.555 de 1980, 40 y 832, ambos de 1996, Resolución Nº 520
de 1996 de la Contraloría General de la República y en los Artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política
de la República de Chile.
La Directora del establecimiento en conjunto con el Consejo de Profesores establecerá un
Reglamento de Evaluación sobre la base de las disposiciones del presente Decreto. Este Reglamento deberá ser comunicado oportunamente a todos los alumnos/as, padres y apoderados a más tardar en el
momento de la matrícula. Una copia del mismo deberá ser enviada para su información al Departamento
Provincial de Educación que corresponda.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1: Objetivo del reglamento
El presente reglamento interno establece las normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar para los alumnos/as de la escuela Edmundo Quezada Araya 2014 y se aplicará en nivel Educación Básica.
Artículo 2: Bases reglamento
ESCUELA EDMUNDO QUEZADA ARAYA UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA
Misión institucional es “Formar personas íntegras e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad, brindando un servicio educativo integral de calidad,
con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 4
Las bases para la elaboración de este reglamento son:
Proyecto Educativo Institucional.
Planes y Programas de Estudio vigentes (MINEDUC).
Decreto 511/1997 (1° a 8° Básico) modificado por el Decreto 107/2003)
Decreto 107/2003 (Flexibilización de la Promoción automática 1º y 3º Básico)
Decreto nº 2960/2012 ( Plan de estudio Bases Curriculares de 1º a 6º Básico)
Artículo 3: Función de la Unidad Técnica Pedagógica
Es función de la Unidad Técnica Pedagógica Planificar, Coordinar y Supervisar el proceso evaluativo de los estudiantes.
Artículo 4: Períodos lectivos
Para los efectos de la organización evaluativa y de las calificaciones de los estudiantes, el año escolar comprenderá
dos Períodos lectivos, es decir, dos Semestres.
Artículo 5: Aspectos no contemplados en este reglamento
Las situaciones o aspectos relativos al proceso de Evaluación, Calificación y Promoción de los estudiantes, no
previstas en el presente Reglamento, serán dirimidas por Dirección, previa consulta a la Unidad Técnico Pedagógica. Del mismo modo aquellas situaciones no previstas por los decretos mencionados en el reglamento
serán resueltas por la Secretaria Regional Ministerial de Educación.
Artículo 6: Función de la Evaluación
La función primordial de la evaluación, es proporcionar evidencias acerca de los avances en la construcción de los
aprendizajes de cada alumno, saber con certeza cuáles son los logros, fortalezas y los aspectos críticos o debilidades que se deberán superar para alcanzar plenamente las metas educativas.
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 5
Artículo 7: Áreas de evaluación
Los alumnos y alumnas serán evaluados en todos los ámbitos y núcleos (Educación Parvularia) y asignaturas de 1º
a 8º Bàsico incluidos en el Plan de Estudio vigente según nivel.
DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES.
Artículo 8: Formas de Evaluar
Las formas de evaluar y/o calificar el proceso educativo puede incluir: Evaluación Diagnóstica, Evaluación
Formativa y/o Sumativa, después de cada evaluación se debe realizar una retroalimentación.
El Reglamento de Evaluación del Establecimiento educacional debe contener:
a) Evaluación Diagnóstica
Se habla de evaluación diagnóstica cuando se tiene que ilustrar acerca de condiciones y posibilidades de
aprendizajes iniciales o de ejecución de una o varias tareas.
Esta evaluación no llevará calificación y sus resultados deberán consignarse en términos:
niveles superiores, medio e inferior.
b) Evaluación Formativa
Se habla de evaluación formativa, cuando se desea verificar si los aprendizajes esperados están siendo alcanzados o no, y lo que es preciso hacer para mejorar el desempeño de los alumnos.
En ella el docente aplicará la escala de notas de 2,0 al 7,0 y ocurrirá entre los meses de Abril a Diciembre.
A. Función:
1. Dosificar y regular adecuadamente el ritmo del aprendizaje.
2. Retroalimentar el aprendizaje con información obtenida de las evaluaciones.
3. Enfatizar la importancia de los contenidos más valiosos.
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 6
4. Dirigir el aprendizaje sobre las vías de procedimientos que demuestran mayor eficacia.
5. Informar a cada estudiante acerca de su nivel de logro.
B. Instrumentos sugeridos: pruebas informales, exámenes prácticos, observaciones y escalas de apreciación,
rúbricas, lista de cotejo, interrogaciones, u otro instrumento de evaluación pertinente.
C. Manejo de resultados: De acuerdo a las características del rendimiento obtenido, a fin de seleccionar
alternativas de acción inmediata.
c) Evaluación Sumativa
Se habla de evaluación sumativa para designar la forma mediante la cual se mide y se juzga el aprendizaje con el fin de certificarlo, asignar calificaciones, determinar promociones, entre otros.
A. Función: Explorar el aprendizaje de los contenidos incluidos en la unidad didáctica, indicando el logro de estos.
B. Momento: Al finalizar el hecho educativo, sean estas unidades o contenidos.
C. Instrumentos sugeridos: Pruebas objetivas, escritas u orales, o cualquier otro instrumento pertinente, que
incluyan muestras proporcionales de todos los aprendizajes esperados de la unidad que va a calificarse.
D. Manejo de resultados: Conversión de puntuaciones en calificaciones que describen el nivel de logro, en
relación con el total de aprendizajes esperados para el hecho educativo.
Artículo 9: Instrumentos de evaluación
Se podrán utilizar listas de cotejo, Ficha anecdótica, Pauta de autoevaluación y co- evaluación,
Test de aptitud, evaluación escrita, ensayos, Interrogación oral individual o grupal, o algún otro instrumento que estime conveniente el profesor (en el caso de auto y co-evaluación solo podrán ser de carácter acumulativa).
Artículo 10: De la entrega de informes al apoderado
Semestralmente se hará entrega de un informe de Notas Semestral y de un informe de Logro de Objetivos
Transversales, de manera escrita. Además, las calificaciones parciales serán a través de un informe escrito en
los meses de mayo y septiembre, pudiendo ser constatado por los apoderados a través de la página http://www.napsis.cl/ ingresando rut y clave del apoderado.
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 7
En el caso de alumnos/as pertenecientes al ciclo de Pre-básica la evaluación será entregada a los padres
semestralmente a través de un Informe Pedagógico con registros cualitativos del desarrollo del niño. Al término del año escolar se hará entrega del certificado anual de estudios a quien lo solicite, de lo contrario quedará en el
archivo del alumno/a en Inspectoría.
Artículo 11: Criterios Técnico – Pedagógicos
Respecto del logro de los objetivos:
a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.
b) Serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º a 3º año y de 4º hasta 8º año de enseñanza
básica que no hubieren aprobado un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.
c) Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2º a 3º año y de 4º hasta 8º año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados.
Los criterios técnicos y pedagógicos que se aplicarán en el proceso de evaluación serán
supervisados por la Unidad Técnico Pedagógica.
Todas las evaluaciones deben apuntar en forma paulatina al desarrollo de las habilidades de orden superior.
Cualquier técnica de evaluación que se aplique, debe indicar en forma clara, breve y precisa las
instrucciones o indicadores relacionados con los instrumentos para responder cada exigencia, el
tiempo del que dispone para ello y el puntaje pertinente asignado para su calificación.
Una vez aplicado el instrumento evaluativo y conocidos los resultados, los docentes deberán realizar
en conjunto con sus alumnos un análisis y corrección de la prueba, dentro del horario normal de
clases, con el propósito de que los alumnos puedan identificar y superar sus falencias. Las notas
insuficientes de una evaluación no deberán superar a un 10% , dicha situación requiere un análisis
el instrumento entre profesor y UTP, acordando criterios para el nuevo instrumento evaluativo.
Artículo 12 : Organización de las calificaciones
Durante el año lectivo los alumnos tendrán las siguientes evaluaciones y promedios:
Evaluaciones parciales: Corresponde a las calificaciones de coeficiente uno. Conociendo los
resultados de sus evaluaciones hasta 15 días después de ser aplicada la evaluación.
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y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
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Promedio Semestral: Corresponde al promedio de las evaluaciones parciales, aproximando la
centésima a la décima.
En el caso de pre básica se obtiene de la sumatoria de los resultados de las evaluaciones parciales
conceptuales (Logrado, Medianamente Logrado , Por Logar)
Promedio Final: corresponde al promedio aritmético de los promedios del primer y segundo semestre, aproximando la centésima a la décima
Las evaluaciones semestrales finales o exámenes escritos, serán calendarizadas por U. T. P, a fin
de evitar 2 o 3 evaluaciones diarias. Debiendo ser informado sus resultados antes de la segunda
prueba o examen especial, estos resultados (exámenes o pruebas especiales) quedarán guardados
como evidencia en UTP.
Los padres serán informados del rendimiento parcial de sus hijos (as), una vez al semestre (mes de
mayo) 1º Semestre y (mes de octubre) 2º Semestre
Artículo 13: Escala de notas
Para evaluar las actividades de aprendizaje se utilizará una escala numérica de 1 ,0 a 7,0
expresándola con un decimal, con un 60% de exigencia. En el caso de pre-básica se utilizará una
escala conceptual (Logrado, Medianamente Logrado, Por Lograr) , de la misma forma se evaluara
la asignatura de Religión con escala conceptual ( Muy bueno, Bueno, Suficiente,
Insuficiente )
Artículo 14: Número de calificaciones por asignaturas (de 1° a 4 8° básico)
Número de horas semanal Nº mínimo calificaciones mínimo Nº máximo calificaciones
1 -3 3 4
4 – 5 5 6
6 en adelante 6 10
Artículo 15: Del calendario de evaluaciones
El docente deberá informar al inicio de cada mes las fechas, contenidos y tipo de instrumento de evaluación
que se aplicará a los alumnos/as. Las que a su vez deberán estar publicadas en la http://www.napsis.cl/ al inicio
de cada mes.
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Misión institucional es “Formar personas íntegras e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad, brindando un servicio educativo integral de calidad,
con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 9
Artículo 16: Plazos entrega de Evaluaciones a UTP
Todo procedimiento Evaluativo, deberán planificarse y entregarse en la Unidad Técnica Pedagógica tres días
antes de ser aplicada por los alumnos/as. La no presentación de estos instrumentos en la Unidad Técnica
Pedagógica, podrá invalidarse para su aplicación.
Artículo 17: De la ausencia a evaluaciones
Los alumnos/as inasistentes a evaluaciones previamente avisadas (pruebas, exámenes, entrega de trabajos u
otros), faltando por enfermedad, viajes u otro motivo, deberán sus apoderados acercarse a justificar con el respaldo correspondiente a la secretaria del establecimiento. Posteriormente, el alumno y/o apoderado deberán
acercarse a la Unidad Técnica Pedagógica para recalendarización de la evaluación. El plazo para justificar es de 3
días hábiles posterior a la evaluación.
Las evaluaciones no realizadas en el periodo fijado, deberá ser ejecutada por el alumno, el primer día que se
reintegre a clases, según horario de la asignatura.
ARTÍCULO N° 18: De las notas limítrofes
Los alumnos/as de 3º a 6º año básico cuya situación final sean promedios limítrofes 3.85, 3.9,
4.45, podrán optar a una prueba especial, previa consulta al consejo de profesores.
Los alumnos/as de 7º y 8º año rendirán exámenes escritos en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación,
Matemática, Ciencias Naturales, Historia y Geografía, y Ciencias Sociales; siempre y cuando su promedio
sea inferior a 4,0. Los alumnos/as cuyo promedio general o final sea 4,0 o superior quedarán eximidos de
dichos exámenes.
En caso de obtener en el examen una nota deficiente, el alumno(a) conservará su nota de
presentación.
ARTÍCULO N° 19 De la Evaluación Diferenciada:
Serán evaluados de manera diferenciada o con adecuaciones curriculares los alumnos con necesidades
educativas especiales y los que asistan regularmente a Grupo de Educación Diferencial, en el último caso previo informe fundado por variadas evidencias del Profesor (A) Jefe del curso y especialista. Vale decir:
• Alumnos/as con discapacidad intelectual
• Alumnos/as con trastornos específicos del aprendizaje Alumnos/as con trastornos específicos del lenguaje.
• Alumnos/as con problemas motores.
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 10
• Alumnos/as con déficit atencional con hiperactividad y sin hiperactividad diagnosticados y con tratamiento,
diagnosticados sin tratamiento y sin diagnosticar.
• Alumnos/as limítrofes
• Alumnos/as con discapacidades físicas, problemas visuales y/o auditivos, etc.
• Alumnos/as con ritmos de aprendizaje sobre el promedio del curso.
• Alumnos/as con retraso pedagógico.
Características Operacionales De La Evaluación Diferenciada
La solicitud de Evaluación Diferenciada debe hacerse en U.T.P, previa coordinación con proyecto de
integración y/o grupo diferencial, durante los meses de Marzo y Abril, adjuntando las certificaciones del
especialista o informe fundado por (Psicólogo, Fonoaudiólogo, Psicopedagogo, Educadora Diferencial y o
Especial, Traumatólogo u otro especialista).
Una vez autorizada la evaluación diferenciada por UTP el profesor de integración o diferencial deberá
informar al docente correspondiente de la situación del alumno a través de un documento formal bajo firmas de los docentes el que debe ser remitido a UTP.
En el caso de los alumnos con necesidades educativas especiales no necesariamente implica la promoción
Automática, al finalizar el proceso se deberá conformar un equipo, con Proyecto PIE, UTP, profesor jefe,
para definir la situación de promoción del alumno/a.
En ningún caso, evaluar diferencialmente significa aplicar el mismo instrumento y la misma escala de
calificación que al resto del grupo curso, esto deberá ser apoyado por el docente de integración y/o
diferencial directamente al profesor de asignatura.
Debe permitir ajustar y adaptar el proceso evaluativo a las diferencias individuales de los alumnos/as, de tal forma de dar cabida a los niveles de inicio, ritmos de avances, estilos y procedimientos de aprendizajes,
entre otros.
Sugerencias de evaluaciones diferenciadas:
Extender el tiempo destinado al aprendizaje de los alumnos/as.
Aplicar instrumentos evaluativos en forma individual o en pequeños grupos.
Interrogación oral en vez de escrita, variar el tipo de ítem, de instrucciones
Reforzar las instrucciones y permitir el uso de material de apoyo si fuese procedente.
Utilizar escala con menor grado de exigencia o dando ponderación a ítems menos relacionados con su déficit.
Dar trabajos complementarios.
Evaluar en forma verbal lo que se pregunta en vez de forma escrita
Dar ejemplos previos
Leer la evaluación
Dar la oportunidad de superar nota a través de guías de ejercicios anexos.
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
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En la asignatura de inglés específicamente podrán ser evaluadas en forma diferenciada siempre y cuando
lo acredite el certificado emitido por un profesional competente. Podrán eximirse de esta asignatura los alumnos(as) que así lo requieran, evaluado por un Fonoaudiólogo, quien emitirá el informe
fundado. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá la confidencialidad de dicha eximición y el alumno(a)
permanecerá en su sala de clases.
ARTÍCULO N°20: Del logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT)
Se registrará mediante un informe de Logro de Objetivos Transversales la que será entregado a
los padres y apoderados en cada semestre , junto con el Informe de Rendimiento o de Calificaciones, que
llevará las notas parciales y finales de cada asignatura o sector.
DE LA PROMOCIÓN, CALIFICACIÓN FINAL Y CERTIFICACION
Artículo 21: De los requisitos de promoción
Para la promoción al curso inmediatamente superior, se considerarán conjuntamente la asistencia y el rendimiento
de los alumnos.
Artículo 22: Promoción
Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica que hayan asistido, a
lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los
Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos.
El Director (a) del establecimiento de que se trate y el Profesor (a) Jefe del respectivo curso podrán autorizar la promoción de alumnos (as) con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el (la) Director (a) del respectivo establecimiento podrá
decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los
alumnos (as) afectados (as), no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a aquellos (as) que presenten
un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los
programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.
Además, para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno (a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los
padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto.
Asimismo, los alumnos (as) con necesidades educativas especiales integrados (as) a la educación regular,
considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes
señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor (a) especialista.
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 12
d) Los alumnos/as con necesidades educativas especiales integrados a la educación regular, considerando las
adecuaciones curriculares realizadas para cada caso, están sujetos a las mismas normas antes señaladas, agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor especialista. (Dcto. 170/2009).
Artículo 23: Situación especial alumnas embarazadas
Para la promoción en el caso de alumnas en situación de embarazo, tendrán que cumplir con a lo menos un 50%
de asistencia, siempre y cuando éstas tengan como causa problemas de salud debido a su embarazo, parto, post
parto, enfermedades del hijo menor de un año, asistencia a control de embarazo, pediátrico u otras similares.
Conjuntamente se considerará el logro de objetivos de los sectores del Plan de Estudios correspondiente.
DE LOS CERTIFICADOS ANUALES Y ACTAS DE REGISTRO CURRICULAR
ARTÍCULO N° 24 Situación Final
La situación final de promoción de los alumnos/as deberá quedar resuelta al término de cada año escolar.
Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos un certificado
anual de estudios que indique las asignaturas o actividades de aprendizajes con las calificaciones
obtenidas y la situación final correspondiente.
El certificado anual de estudio no podrá ser retenido por ningún motivo.
Quedará como evidencia de la entrega y recepción de dicho certificado, la firma del Padre y/o Apoderado en el Registro de Asistencia a Reunión de Apoderados que se encuentra en poder de cada Profesor Jefe.
ARTÍCULO N° 25 Actas de Registro de Calificaciones
Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos.
Las actas se confeccionarán en forma digital por el encargado de laboratorio de computación, siendo enviadas por plataforma al MINEDUC quedando copias impresas en el establecimiento
DE LA LICENCIA Y CEREMONIA DE LICENCIATURA
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con un nuevo enfoque pedagógico. Lo cual permite a nuestros alumnos(as) desarrollar plenamente las potencialidades creativas y la actitud emprendedora, asumir valores y virtudes de libertad, justicia, democracia, por medio de un pensamiento crítico
y divergente, que les facilitará desarrollar su proyecto de vida. Promoviendo en nuestros(as) educadores(as) su identificación institucional, realización personal y profesional; y en los padres de familia, con su participación comprometida con
nuestra niñez a quienes servimos con amor y fe”. 13
Artículo Nº 26 : De las Licencias
La Licencia de Educación Básica, será obtenida por todos los alumnos que hubieren aprobado el 8º año de
Enseñanza Básica.
Artículo Nº 27 De la Ceremonia
La Ceremonia de entrega de las Licencias de Octavo Básico, es un acto propio y voluntario del colegio,
cuya finalidad es resaltar en un marco de respeto y solemnidad, el logro académico y personal alcanzado por nuestro alumnado. Por lo tanto, se realizará según las disposiciones de la Dirección del
Establecimiento.