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REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY Abg. JOSÉ JHONATAN MUJICA ACOSTA Procurador General del Estado Yaracuy En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución del Estado Yaracuy vigente, en su Artículo 166; por el Artículo 57 de la Ley de Administración Pública del Estado Yaracuy vigente, en concordancia con los Artículos 25 numeral 1; Articulo 26; Articulo 36, numerales 1, 2, 3 y 9, y Articulo 43 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado Yaracuy publicada en Gaceta Oficial del Estado Yaracuy N° 2.759, en fecha 28 de Octubre de 2004. CONSIDERANDO: Que la Administración Pública del Estado Yaracuy está dirigida a los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, imparcialidad, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. 1

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REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

Abg. JOSÉ JHONATAN MUJICA ACOSTA

Procurador General del Estado Yaracuy

En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución del Estado

Yaracuy vigente, en su Artículo 166; por el Artículo 57 de la Ley de Administración

Pública del Estado Yaracuy vigente, en concordancia con los Artículos 25 numeral

1; Articulo 26; Articulo 36, numerales 1, 2, 3 y 9, y Articulo 43 de la Ley Orgánica

de la Procuraduría General del Estado Yaracuy publicada en Gaceta Oficial del

Estado Yaracuy N° 2.759, en fecha 28 de Octubre de 2004.

CONSIDERANDO:

Que la Administración Pública del Estado Yaracuy está dirigida a los

ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad, participación,

celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, imparcialidad, rendición de cuentas y

responsabilidad en el ejercicio de la función pública con sometimiento pleno a la

Ley y al Derecho.

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado Yaracuy

determina su competencia, organización y funcionamiento; y que además, este

ente procuradural gozará de autonomía administrativa, funcional y financiera en el

ejercicio de sus atribuciones.

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Page 2: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

CONSIDERANDO:

Que la Procuraduría General del Estado Yaracuy, como institución de rango

constitucional y legal, cuyos criterios jurídicos se exponen como orientación a los

órganos y entes de toda la estructura jurídica estadal para la adopción de las

decisiones o medidas a los que hubiere lugar de conformidad con la Ley, no puede

estar ajena a las efectivas transformaciones, tanto orgánicas como normativas de

la administración pública, por lo tanto debe adaptarse a los cambios estructurales

de su entorno para una exitosa gestión en la representación y defensa judicial y

extrajudicial de los bienes, derechos e intereses patrimoniales del Estado.

CONSIDERANDO:

Que en virtud de que la Constitución del Estado y la Ley Orgánica de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy, determinan que la Procuraduría

General del Estado es el órgano superior de consulta y asesoría jurídica de los

Poderes Públicos del Estado.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Articulo 18 de la Ley Orgánica de la Procuraduría

General del Estado Yaracuy es necesaria la creación del Consejo de Coordinación

Jurídica de la Administración Pública del Estado Yaracuy a los fines de coordinar y

armonizar los criterios y actuaciones jurídicas de la Administración Pública

Estadal.

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Page 3: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las NORMAS PARA FOMENTAR LA

PARTICIPACIÓN CIUDADANA determinadas por la Contraloría General de la

República, se establece la creación de instancias organizativas de atención a la

ciudadanía en todos los entes de la administración pública, por medio de las

cuales, los ciudadanos puedan presentar denuncias, quejas, reclamos,

sugerencias o peticiones, lo cual sustenta la creación de la Unidad de Atención al

Soberano.

.

CONSIDERANDO:

Que los Artículos del 131 al 135 de la Ley de Administración Financiera del

Sector Público, establece la creación de unidades de control interno en todos los

entes u organismos del sector público, para asegurar el acatamiento de las

normas legales, salvaguardar los recursos y bienes que integren el patrimonio

público, asegurar la obtención de información administrativa, financiera y operativa

útil, confiable y oportuna para la toma de decisiones, promover la eficiencia de las

operaciones y lograr el cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, en

concordancia con los planes operativos anuales, y paralelamente, garantizar la

rendición de cuentas veraces.

RESUELVE:Dictar el siguiente,

REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

Contentivo de cincuenta y ocho (58) Artículos, que conforman los títulos

fraccionados en capítulos y secciones de la siguiente manera:3

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Título I: Disposiciones Fundamentales.

Título II: De la Organización de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

Capítulo I: Del Despacho del Procurador General del Estado Yaracuy.Capítulo II: De los Órganos de Coordinación

Sección Primera: Del Consejo de Coordinación Jurídica de la

Administración Pública del Estado Yaracuy. Sección Segunda: Del Comité de Coordinación.

Capítulo III: De la Dirección General.

Capítulo IV: De las Unidades de Apoyo.

Sección Primera: Unidad de Atención al Soberano.

Sección Segunda: Unidad de Auditoría Interna.

Sección Tercera: Unidad de Planificación y Presupuesto.

Sección Cuarta: Unidad de Información, Relaciones Públicas y

Protocolo.

Capítulo V: De las Direcciones Operativas

Sección Primera: Dirección de Litigios y Representación.

Sección Segunda: Dirección de Opinión Legal y Asesoría Jurídica.

Sección Tercera: Dirección de Administración, con las respectivas

Coordinaciones de: Recursos Humanos, Informática, Servicios

Generales, Compras y Bienes.

Sección Tercera: Dirección de Registro Estadal de Contratistas,

Proveedores y Servicios.

Título III: Del Personal de la Procuraduría General del Estado.

Título IV: Disposiciones Transitorias y Finales.

TÍTULO I

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Artículo 1: El presente Reglamento tiene el propósito de establecer la estructura

orgánica y funcional de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, a través de la 4

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denominación, objetivos y funciones de cada una de las Unidades Orgánicas en el

marco de Misión, Visión, y Valores Institucionales y de acuerdo a la normativa

legal vigente y la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado. En este

sentido, los principios básicos de la Organización son:

a) La prestación de un servicio de calidad que genere la satisfacción de los

usuarios internos y externos.

b) La implantación de normas, procedimientos administrativos y jurídicos

de vanguardia que garanticen la transparencia, la eficacia y la eficiencia

de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

c) La integración de equipos de talento humano comprometidos con el

logro de la Misión y Visión Institucional.

d) Una organización flexible y competente para adaptarse a los cambios y

necesidades del entorno político jurídico.

Artículo 2: La Procuraduría General del Estado Yaracuy está conformada de

manera armónica por los niveles estratégicos, tácticos y operativos para generar

respuestas oportunas, conformados en forma descendente desde el Despacho del

Procurador del Estado, Dirección General, Unidades de Apoyo, Direcciones

Operativas, Dirección Administrativa y sus Coordinaciones, Instancias de

Coordinación Intra e Interinstitucional , tales como: El Comité de Coordinación y el

Consejo de Coordinación Jurídica de la Administración Pública del Estado

Yaracuy, respectivamente; todo en la búsqueda de una toma de decisiones

asertivas y oportunas.

El Consejo de Coordinación Jurídica de la Administración Pública del Estado

Yaracuy, es un órgano de relación funcional cuya actividad es regida por su

correspondiente Reglamento Interno.

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TÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL

ESTADO YARACUY

CAPÍTULO IDEL DESPACHO DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO

Artículo 3: El Despacho del Procurador está a cargo y bajo la dirección del

Procurador (a), el cual es designado por el Gobernador del Estado Yaracuy, con la

autorización previa del Consejo Legislativo Estadal, el mismo tiene como objeto

ejercer la defensa y representación judicial y extrajudicial de los derechos, bienes

e intereses patrimoniales del Estado Yaracuy, así como realizar la dirección y

administración de la Procuraduría General del Estado Yaracuy enmarcadas en los

límites y atribuciones de la Ley Orgánica que la rige.

Artículo 4: El Despacho del Procurador tiene las siguientes funciones:

1. Representa y defiende judicial y extrajudicialmente los derechos, bienes,

intereses patrimoniales y los ingresos públicos del Estado Yaracuy, ante la

jurisdicción contenciosa administrativa, constitucional, laboral, civil, penal,

mercantil y ante cualquier otra jurisdicción especial u ordinaria.

2. Sustituye mediante Oficio la representación del Estado Yaracuy en los

abogados de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, en forma amplia

o limitada en los asuntos que le sean confiados.

3. Asesora jurídicamente a los Institutos Autónomos, Fundaciones,

Asociaciones y Sociedades Civiles, Sociedades Mercantiles, Empresas

Estadales y demás entes o establecimientos públicos estadales o

municipales, cuando considere que el objeto de la consulta esté relacionado

con los derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado Yaracuy.

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4. Revisa jurídicamente los proyectos de leyes a ser sometidas al Consejo

Legislativo Estadal.

5. Establece directrices de integración y coordinación con las consultorías o

asesorías jurídicas de los Órganos del Poder Publico Estadal, así como con

la Procuraduría General de la Republica, las Procuradurías de los Estados y

Sindicaturas Municipales, para la mejor defensa de los derechos, bienes e

intereses patrimoniales del Estado Yaracuy.

6. Vela por la publicación de las leyes del Estado en Gaceta Oficial.

7. Solicita al Despacho del Gobernador la reimpresión de las leyes que

aparezcan erradas.

8. Emite opinión expresa y favorable en sede administrativa o judicial de

cualquier acto de disposición, relacionada directa o indirectamente con los

derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado Yaracuy.

9. Redacta y suscribe los documentos contentivos de actos, contratos o

negocios de su respectiva gestión, relacionados con los derechos bienes e

intereses patrimoniales del Estado Yaracuy.

10. Redacta y visa todo y cada uno de los documentos contentivos de actos,

contratos o gestión privada que conciernan al Estado Yaracuy.

11. Emite opinión jurídica sobre los proyectos de convenios o demás actos

jurídicos a ser suscritos por el Estado Yaracuy, cuyo contenido esté

relacionado con los derechos bienes e intereses patrimoniales del Estado

Yaracuy.

12. Recibe y tramita, mediante los órganos competentes, las denuncias sobre

los hechos o actos que afecte los derechos, bienes e intereses

patrimoniales del Estado Yaracuy.

13. Demanda la nulidad por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad de los

actos del Poder Publico Nacional, Estadal o Municipal.

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Page 8: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

14. Interviene en los juicios en los que directa e indirectamente son o pueden

ser afectados lo derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado

Yaracuy.

15. Elabora el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos y el Plan Operativo

Anual de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

16. Presenta al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy el informe anual de

gestión.

17. Aprueba los Manuales de Procedimientos y funcionamiento de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

18. Dicta el Reglamento Interno de la Procuraduría General del Estado, donde

se define y establece su estructura organizativa y funcional

correspondiente a las diferentes Unidades Orgánicas y el Reglamento

Interno de funcionamiento del Consejo de Coordinación Jurídica de la

Administración Pública Estadal.

19. Convoca y preside al Consejo de Coordinación Jurídica de la

Administración Pública Estadal y al Comité de Coordinación de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

20. Las demás que le sean atribuidas por la Constitución Estadal, las Leyes y

demás actos normativos.

CAPÍTULO II

DE LOS ORGANOS DE COORDINACIÒN

SECCIÒN PRIMERA

DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN JURÍDICA

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO YARACUY

Artículo 5: El Consejo de Coordinación Jurídica de la Administración Pública del

Estado Yaracuy es un órgano de coordinación interinstitucional, para armonizar los 8

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criterios y actuaciones jurídicas del Poder Ejecutivo Estadal y sus Entes

Descentralizados, Poder Ejecutivo Municipal, Poder Legislativo Estadal y

Municipal, Contraloría del Estado cuya relación funcional estará regida por su

correspondiente Reglamento, en cumplimiento con la Sección Segunda del

Capítulo V, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

SECCIÓN SEGUNDA

DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN

Artículo 6: El Procurador General del Estado Yaracuy, conjuntamente con el

Director General, los Directores, Coordinadores y Jefes de Unidades establecidas

en el Artículo 2 de la presente Reglamento y el Auditor Interno, conforman el

Comité de Coordinación de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, el cual es

una instancia consultiva que tiene por objeto consolidar la integración,

coordinación y concertación de las Unidades Orgánicas de la Procuraduría

General del Estado Yaracuy, con la finalidad de hacerle seguimiento a los Planes,

Programas y Proyectos y así lograr una gestión integral y homogénea

garantizando el cumplimiento de sus objetivos y metas.

Artículo 7: El Comité de Coordinación de la Procuraduría General del Estado

Yaracuy está presidido por el Procurador General del Estado, el cual tiene las

siguientes Funciones:

1. Promueve la vinculación con el entorno político-social del Estado, como

herramienta para conocer los requerimientos y las necesidades del

colectivo yaracuyano.

2. Propicia el desarrollo de la interacción entre las diferentes Unidades

Orgánicas de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, mediante el

intercambio y la transferencia de la información necesaria para el

cumplimiento y ejecución de sus funciones.

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Page 10: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

3. Establece políticas y líneas programáticas que apoyen la ejecución de los

Planes, Programas, Proyectos y las actividades de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy.

4. Emprende y establece relaciones interinstitucionales con organismos

nacionales, estadales, municipales, públicos y privados, que colaboren y

participen en el desarrollo de los Planes, Programas, Proyectos y

actividades de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

5. Establece mecanismos de supervisión, control y seguimiento a la

programación anual y a las actividades en ejecución.

6. Coordina las actividades para la formulación y elaboración del Plan

Operativo Anual y el Presupuesto de Ingresos y Gastos.

7. Planifica y administra eficientemente los recursos presupuestarios de

inversión y funcionamiento.

8. Supervisa y evalúa el cumplimiento de las Normas, Reglamentos y

Procedimientos existentes para el desarrollo de una eficiente gestión.

Artículo 8: El Comité de Coordinación estará conformado de la siguiente manera:

1. Un Coordinador o Coordinadora que será el Procurador o Procuradora

General del Estado Yaracuy, y un Secretario o Secretaria de libre

escogencia por parte de los miembros activos del Comité.

2. Los responsables de las Unidades de Apoyo, Directores o Directoras, Jefes

o Jefas y Coordinadores o Coordinadoras de Unidades.

3. Personalidades y/o instituciones invitadas cuando lo considere conveniente

el Comité, según el tema a tratar.

Artículo 9: El Coordinador o Coordinadora del Comité de Coordinación tiene las

siguientes funciones:

1. Convoca y suspende las reuniones del Comité.

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Page 11: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

2. Conforma la agenda de cada reunión.

3. Revisa, con anterioridad, las Actas-Minutas de las reuniones.

4. Verifica el cumplimiento y seguimiento de los Acuerdos y Compromisos

asumidos en las reuniones.

Artículo 10: La Secretaría del Comité de Coordinación tiene las siguientes

funciones:

1. Registra las opiniones e información suministradas por los miembros del

Comité.

2. Elabora las Actas-Minutas de cada reunión.

3. Elabora la agenda de reuniones, bajo el criterio del Coordinador.

4. Lleva un registro y archivo de las Actas-Minutas.

5. Distribuye las Actas-Minutas a cada participante del Comité.

Artículo 11: Los miembros del Comité de Coordinación serán solidariamente

responsables de los acuerdos y compromisos adoptados en las reuniones a las

que hayan asistido, salvo que hayan hecho constar su voto adverso o negativo.

Articulo 12: Las reuniones del Comité de Coordinación serán ordinarias y

extraordinarias y se realizarán ordinariamente por lo menos dos (2) veces al mes

y extraordinariamente, cuando lo requieran los intereses de la Procuraduría

General del Estado Yaracuy, a juicio del Coordinador o Coordinadora o por la

solicitud que realice alguno de sus miembros.

CAPÍTULO III

DE LAS UNIDADES DE APOYO

SECCIÓN PRIMERA

DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN AL SOBERANO11

Page 12: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

Artículo 13: La Unidad de Atención al Soberano es una instancia que tiene por

objeto promover la participación, para desarrollar una ciudadanía más activa,

informada, consciente de sus deberes, derechos y de su rol en el control de la

gestión pública; así como suministrar y ofrecer de forma oportuna, adecuada y

efectiva la información requerida y apoyar, orientar, recibir y tramitar denuncias,

quejas, reclamos sugerencias o peticiones de los ciudadanos o de las

organizaciones comunitarias.

Artículo 14: La Unidad de Atención al Soberano tiene las siguientes funciones:

1. Articula y vincula a la Procuraduría General del Estado Yaracuy con los

Consejos Comunales y cualquier otro tipo de Organización Comunitaria, a

los fines de potenciar los procesos de gestión socio-comunitario,

coadyuvando en la consolidación de su protagonismo y toma de decisiones

en asuntos que le sean inherentes para su desarrollo.

2. Atiende, orienta, apoya y asesora a los ciudadanos que acudan a solicitar

información, requerir documentos o interponer denuncias, quejas, reclamos,

sugerencias o peticiones.

3. Informa a la ciudadanía sobre la utilización de los recursos que integran el

patrimonio público de la Procuraduría General del Estado Yaracuy a través

de innovadores medios de información o comunicación.

4. Pone a disposición de la ciudadanía información relativa a la Procuraduría

General del Estado Yaracuy, en términos de: Estructura Organizativa,

Programas, Funciones, procedimientos administrativos y operativos,

responsables, entre otros aspectos.

5. Recibe, valora, decide o tramita, denuncias, quejas, reclamos, sugerencias

o peticiones y, según el caso, las remite a las Instituciones o Unidades de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy que tenga competencia sobre el

asunto tratado.

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Page 13: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

6. Realiza el seguimiento y las acciones necesarias para garantizar que la

información Institucional esté al día y disponible para los ciudadanos.

7. Lleva un registro automatizado de las denuncias, quejas, reclamos,

sugerencias o peticiones, con el objeto de establecer un Sistema de Control

y Seguimiento de todos los caso planteados por ante la Unidad de Atención

al Soberano.

8. Comunica a los ciudadanos, con la oportunidad debida, las decisiones o

respuestas de sus denuncias, quejas, reclamos, sugerencia y peticiones

formuladas por ellos.

9. Promueve la participación ciudadana en conjunto con otras Unidades

Orgánicas de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

10. Lleva el registro de las comunidades organizadas, consejos comunales,

cooperativas, entre otros.

11. En la medida de sus posibilidades, gestiona y/o coordina con otras

Instituciones, actividades de capacitación de la comunidad en los aspectos

de control de la gestión pública y contraloría social.

12. Atiende, asesora y orienta en relación a los actos de: Compra-Venta,

Arrendamiento, Comodato, Constitución de Asociaciones Civiles, Fundaciones,

Solicitudes de Títulos Supletorios, Solicitudes de Divorcios no contenciosos,

Declaraciones Juradas de no poseer vivienda, Cartas de Soltería, Rectificación

de Partidas de Nacimiento, Pensión de Alimentación, agresiones físicas,

verbales y sicológicas a la mujer y demás actos de jurisdicción voluntaria, que

sean requeridos por los ciudadanos y/o Organizaciones Comunitarias de

escasos recursos, para cuya comprobación se exigirá constancia emitida por el

Consejo Comunal u otra instancia con competencia.

13. Asesora y orienta jurídicamente a los ciudadanos y ciudadanas que acudan

a la Procuraduría General del Estado Yaracuy, en búsqueda de protección

de los derechos consagrados en la Constitución y las leyes.

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Page 14: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

14. Atiende iniciativas de la comunidad vinculadas con el ejercicio de la

participación ciudadana en términos del control de la gestión pública.

15. Las demás funciones que le sean asignadas por el Procurador(a) según

los requerimientos institucionales y legales.

Artículo 15: La Unidad de Atención al Soberano está a cargo de un Jefe el cual es

un funcionario de libre nombramiento y remoción por parte del Procurador o

Procuradora General del Estado.

El Jefe de Atención al Soberano distribuirá las asignaciones y tareas por materias

y aptitudes, que permitan distinguir áreas de especialización de trabajo.

SECCIÓN SEGUNDA

DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

Artículo 16: Corresponde a la Unidad de Auditoría Interna, coordinar y dirigir las

actividades orientadas a evaluar y controlar el sistema de control interno, la

utilización de recursos financieros y administrativos de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy, con el fin de verificar la legalidad, pertinencia y confiabilidad

de las operaciones que se realizan, promover la eficacia, eficiencia y

economicidad de la gestión, velar por la probidad y legalidad de la gestión de la

Procuraduría, promover el fortalecimiento del sistema de control interno y del

sistema de control de gestión; todo según los lineamientos establecidos por la

Contraloría General de la República y la Contraloría General del Estado Yaracuy,

así como las demás Leyes y Reglamentos que regulan esta materia. Las

funciones de esta Unidad son las siguientes:

1. Evalúa la pertinencia, suficiencia, eficacia y cumplimiento del Sistema de

Control Interno y formula propuesta para mejorar su organización y

funcionamiento.

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Page 15: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

2. Vela por la legalidad y probidad de la gestión de la Procuraduría, en el

marco de la normativa del sistema de control fiscal y demás leyes

relacionadas.

3. Fomenta la participación ciudadana en el Control Social de la Gestión.

4. Somete a consideración del Procurador o Procuradora los informes de

evaluación del Control Interno, del Control de la Gestión, del resultado de

los estudios, investigaciones y auditorías y demás actuaciones que por Ley

le corresponda.

5. Asesora a las Unidades Orgánicas (operativas y administrativas) de la

Procuraduría con respecto a la operacionalización de las decisiones en

relación al mejoramiento del Sistema de Control Interno y del Control de

Gestión, y promueve ante el Procurador o Procuradora la aprobación de

acciones orientadas a su fortalecimiento.

6. Informa al Procurador o Procuradora, para su debido conocimiento, de los

resultados y conclusiones de las diferentes actuaciones que realice en el

ámbito de sus atribuciones. Al igual, informa de los resultados y

conclusiones a las dependencias involucradas con la finalidad de que se

apliquen los correctivos correspondientes y efectúen el seguimiento

respectivo de los mismos.

7. Recibe, atiende y da el curso que corresponda, a las denuncias

presentadas formalmente ante la Unidad de Auditoría Interna, realizando

los estudios, investigaciones y/o auditorías que correspondan.

8. Vela por el cumplimiento de leyes, normas, políticas, estrategias,

procedimientos, planes, programas y metas de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy y recomienda los ajustes a que hubiera lugar.

9. Planifica, coordina, dirige y controla el cumplimiento de los objetivos,

funciones, planes, programas, procedimientos, entre otros, de la Unidad de

Auditoría Interna.

15

Page 16: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

10. Elabora el Plan Operativo Anual de la Unidad de Auditoría Interna y lo

somete a la consideración del Procurador(a).

11. Informa a la Contraloría General de la República sobre la apertura de

Procedimientos Administrativos, siguiendo las pautas establecidas.

12. Atiende las consultas que se le formulen en el área de su competencia.

13. Ejerce la potestad sancionatoria que le corresponde en el ámbito de su

competencia.

14. Realiza y promueve actividades de capacitación del personal de las

distintas Unidades Orgánicas de la Procuraduría en materia de Control

Interno y de Control de Gestión.

15. Las demás que le sean asignada por el Procurador(a) y los Órganos de

Control Fiscal, sin menoscabo de su autonomía funcional.

Artículo 17: La Unidad de Auditoría Interna, está integrada por las áreas de

trabajo que determine la normativa que regula la materia y cualquier otra que se

considere necesaria para el desarrollo de sus competencias. La conformación de

los equipos de talento humano para el cumplimiento de sus responsabilidades, se

hará en función de las áreas de trabajo que la integran.

Articulo 18: La Unidad de Auditoría Interna está dirigida por un Jefe de Unidad, el

cual es designado mediante concurso público según lo establecido en la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de

Control Fiscal y el Decreto Nº 2621 (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela Nº 38.386 del 23-02-2006), mediante el cual se dicta el Reglamento

sobre la Organización del Control Interno en la Administración Pública Nacional.

Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes Descentralizados.

16

Page 17: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

CAPÍTULO IV

DE LA DIRECCIÓN GENERAL

Artículo 19: La Dirección General, es la entidad encargada de Controlar, dirigir,

apoyar y supervisar las actividades de: representación judicial y extrajudicial, de

asesoría, aspectos técnicos y administrativos atribuidos a la Procuraduría General

del Estado, en coordinación con las diferentes Direcciones, Coordinaciones y

Unidades que la integran y los demás órganos públicos estadales y municipales.

Artículo 20: La Dirección General realiza las siguientes funciones:

1. Impulsa, coordina y revisa los dictámenes, opiniones y escritos necesarios

para el funcionamiento de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

2. Garantiza el desempeño efectivo de las actividades de la Procuraduría

General del Estado Yaracuy.

3. Coopera con las tareas y trabajos asignados a las Direcciones,

Coordinaciones y demás Unidades a los fines de lograr un mejor

desempeño en la gestión.

4. Revisa y direcciona la correspondencia.

5. Revisa y envía al Procurador (a) General del Estado Yaracuy para la firma,

los Dictámenes, opiniones jurídicas y cualquier otro documento o informe

que por su naturaleza requiera la firma o el aval del mismo.

6. Coordina con el Despacho del Procurador, la realización de las reuniones

del Consejo de Coordinación Jurídica de la Administración Pública del

Estado Yaracuy y las del Comité de Coordinación de la Procuraduría

General del Estado.

7. Mantiene informado al Procurador (a) General del Estado Yaracuy del

desarrollo, resultados y logros de las actividades programadas en la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

17

Page 18: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

8. Vela por el cumplimiento de las normas, reglamentos y procedimientos

internos de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

9. Garantiza que el proceso de elaboración del Presupuesto de Ingresos y

Gastos, Formulación del Plan Operativo Anual y la Memoria y Cuenta se

haga con la oportunidad y la calidad que se requiere.

10. Realiza las actividades y tareas que le sean asignadas por el Procurador(a)

General del Estado Yaracuy.

Artículo 21: La Dirección General, estará dirigida por un Director, el cual es de

libre nombramiento y remoción por el Procurador General del Estado en pleno

ejercicio de sus atribuciones en virtud del carácter de alto nivel del cargo.

SECCIÓN PRIMERA

DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

Artículo 22: La Unidad de Planificación y Presupuesto tiene por objeto asegurar el

óptimo desempeño en los procesos y sistemas de planificación y de formulación,

modificación y control de la ejecución del presupuesto de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy, así como promover la definición de los lineamientos y

objetivos estratégicos de la Procuraduría, todo ello con el fin de facilitar la toma de

decisiones y la evaluación del impacto de los mismos.

Artículo 23: La Unidad de Planificación y Presupuesto tiene las siguientes

funciones:

1. Establece criterios y orientaciones para la concepción y diseño de políticas,

lineamientos y demás elementos metodológicos necesarios para la

elaboración y ejecución de los planes operativos anuales, programas,

proyectos y actividades de funcionamiento de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy y la respectiva asignación de los recursos presupuestarios.

18

Page 19: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

2. Asesora al Procurador o Procuradora en la toma de decisiones

relacionadas con la definición de políticas, objetivos y metas operativas y

estratégicas, así como en la asignación de los recursos presupuestarios.

3. Define los criterios y lineamientos para el diseño, desarrollo o

mantenimiento de bases de datos e información, metodologías,

procedimientos, estadísticas, actividades y demás elementos necesarios

para la adecuada y oportuna ejecución de los ciclos anuales de formulación

de los planes operativos y los respectivos presupuestos de las diferentes

Unidades Orgánicas.

4. Orienta y efectúa control y seguimiento sobre las acciones necesarias para

la obtención y procesamiento de información, informes u otros instrumentos

inherentes al proceso de planificación y presupuesto.

5. Coordina y supervisa el diseño de indicadores de gestión de la Direcciones,

Coordinaciones y demás Unidades Operativas de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy.

6. Dicta las pautas y criterios metodológicos y estratégicos para el análisis,

definición o diagnóstico de las proyecciones de gastos e ingresos, la

ejecución de los planes y presupuestos, así como de las variables de

entorno que las afectan, a fin de contar con el adecuado soporte para la

formulación de políticas, planes y presupuestos, establecer conclusiones y

recomendaciones sobre la eficiencia y eficacia de los mismos y proponer

los ajustes necesarios en los correspondientes objetivos, metas o recursos

asignados.

7. Establece las pautas y lineamientos para llevar a cabo la evaluación de las

actividades, incluyendo el desarrollo de metodologías para valorar la

efectividad del costo estimado en función de parámetros o indicadores que

reflejen los objetivos estratégicos de la gestión institucional.

19

Page 20: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

8. Orienta y promueve la discusión de la misión, visión y objetivos estratégicos

de la Procuraduría, a fin de establecer el marco de referencia para el

desarrollo de planes y proyectos a mediano y largo plazo.

9. Analiza y revisa las solicitudes de modificaciones o traslados

presupuestarios que deban ser sometidas a su consideración y emite

opinión al respecto.

10. Apoya a las unidades ejecutoras de fondos en avance en las

reorientaciones de recursos durante la ejecución de los mismos.

11. Asesora a las Unidades Orgánicas de la Procuraduría en la correcta

imputación presupuestaria de sus recursos financieros.

12. Prepara el Plan Operativo Anual y el Proyecto de Presupuesto Anual de

Ingresos y Gastos.

13. Dicta la pauta metodológica, presta asesoría técnica y consolida la

información de gestión y presupuestaria de las diferentes Unidades

Orgánicas en la elaboración del Informe de la Memoria y Cuenta Anual.

14. Coordina las relaciones con entes externos, a fin de obtener o proveer

información inherente a los procesos de planificación y presupuesto de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

15. Participa en el Comité de Coordinación del la Procuraduría General del

Estado Yaracuy.

16. Las demás funciones que le asigne el Procurador(a) y/o la Dirección de

Administración.

Artículo 24: La Unidad de Planificación y Presupuesto está a cargo de un Jefe el

cual es un funcionario de confianza de libre nombramiento y remoción del

Procurador (a) General del Estado.

20

Page 21: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

SECCIÓN SEGUNDA

DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN, RELACIONES PÚBLICAS Y PROTOCOLO

Artículo 25: La Unidad de Información, Relaciones Públicas y Protocolo tiene por

objeto diseñar todo lo relacionado con la imagen corporativa de la Procuraduría

General del Estado, la difusión de sus logros y resultados, así como la

coordinación de eventos donde intervenga el Procurador (a) General del Estado

junto a su equipo de trabajo, cuidando y cumpliendo las normas que rigen el

protocolo.

Artículo 26: La Unidad de Información, Relaciones Públicas y Protocolo tiene las

siguientes funciones:

1. Recopila información de gestión y promoción de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy para difundirla a través de los medios de

comunicación: prensa escrita, radio y televisión.

2. Diseña estrategias orientadas a mantener vigente la imagen del

Procurador(a) y de la Institución que representa.

3. Mantiene contacto permanente con los diversos medios de comunicación

para lograr el adecuado tratamiento y difusión de las informaciones que

genera la Procuraduría General del Estado Yaracuy

4. Coordina la eficaz cobertura de las pautas para que la información que se

genere sea difundida por los diversos medios de comunicación.

5. Supervisa la redacción, elaboración y emisión de las notas de prensa, a

objetos que éstas sean publicadas por los medios de comunicación.

6. Coordina y ejecuta un plan de acción destinado a las mejores relaciones

con los medios de comunicación social para conservar la imagen de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy ante la colectividad.

21

Page 22: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

7. Supervisa el correcto manejo y funcionamiento de los archivos fotográficos

y audiovisuales, para preservar la información de las actividades, eventos,

entre otros, donde participe la Procuraduría General del Estado.

8. Promueve y fortalece las relaciones institucionales con los diferentes

organismos públicos, privados e instituciones no gubernamentales.

9. Mantiene actualizado el directorio protocolar de las Instituciones Públicas

con la cual mantiene relaciones la Procuraduría General del Estado.

10. Coordina la logística requerida en las diferentes actividades que organiza o

participa la Procuraduría General del Estado.

11. Realiza las actividades y tareas que le sean asignadas por el Procurador o

Procuradora General del Estado Yaracuy.

Artículo 27: La Unidad de Información, Relaciones Públicas y Protocolo está a

cargo de un Jefe, el cual es un funcionario de confianza de libre nombramiento y

remoción del Procurador o Procuradora General del Estado.

CAPÍTULO V

DE LAS DIRECCIONES OPERATIVAS

SECCIÓN PRIMERA

DE LA DIRECCIÓN DE LITIGIOS Y REPRESENTACIÓN

Artículo 28: La Dirección de Litigios y Representación tiene por objeto planificar,

coordinar, organizar y controlar los procesos judiciales y extrajudiciales con el fin

de defender y representar los derechos, bienes e intereses patrimoniales del

Estado Yaracuy.

Artículo 29: La Dirección de Litigios y Representación tiene las siguientes

funciones:

22

Page 23: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

1. Planifica y establece estrategias en cada uno de los juicios incoados en

contra de los derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado

Yaracuy.

2. Representa y defiende en sede jurisdiccional y administrativa las

demandas o reclamos que se susciten entre el Estado y personas públicas

o privadas.

3. Redacta y suscribe, conforme a lo establecido en las normativas legales, los

documentos contentivos de acuerdos, convenios, desistimientos,

transacciones, relacionados con las demandas y reclamaciones donde se

afecten los derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado Yaracuy.

4. Realiza el seguimiento y control en todos y cada uno de los juicios y

reclamaciones llevados por la Procuraduría General de Estado Yaracuy.

5. Garantiza los principios de transparencia, eficacia, eficiencia, oportunidad,

acceso a la información en todos y cada uno de los actos administrativos,

juicios y reclamaciones llevados por la Procuraduría General de Estado

Yaracuy o en contra del Estado o sus Instituciones.

6. Acompaña y asesora en los juicios en que intervengan o sean parte los

Institutos Autónomos, Fundaciones, Empresas, Asociaciones, Sociedades

Civiles o Mercantiles o demás entes dependientes de la Gobernación del

Estado.

7. Apoya en la elaboración de proyectos de demandas de nulidad, por razones

de inconstitucionalidad e ilegalidad de los actos del Poder Público Nacional,

Estadal y Municipal.

8. Apoya en la elaboración de proyectos de resoluciones internas de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

9. Sistematiza en una base de datos todos y cada uno de los juicios o

reclamaciones llevados por o contra la Procuraduría General de Estado

Yaracuy.

23

Page 24: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

10. Elabora informe sobre sus actividades realizadas y remite al Procurador

General del Estado Yaracuy.

11. Mantiene informado al Director(a) General de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy, del desarrollo, resultado y logros de las actividades

programadas en la Dirección.

12. Las demás funciones que le asigne el Procurador o Procuradora según los

requerimientos institucionales.

Artículo 30: La Dirección de Litigios y Representación está a cargo de un Director

o Directora el cual es un funcionario de libre nombramiento y remoción por parte

del Procurador General del Estado.

Artículo 31: El Director o Directora de Litigios y Representación podrá distribuir

internamente las asignaciones y tareas por aptitudes y materias, con relación a los

tribunales que conozcan de los asuntos donde el Estado Yaracuy tenga interés,

que permitan distinguir áreas de especialización de trabajo.

SECCIÓN SEGUNDA

DE LA DIRECCIÓN DE OPINIÓN LEGAL Y ASESORÍA JURÍDICA

Artículo 32: La Dirección de Opinión Legal y Asesoría Jurídica tiene por objeto

planificar, coordinar y organizar las asesorías relacionadas con derechos, bienes e

intereses patrimoniales, requeridas por Organismos del Poder Ejecutivo Estadal y

sus Entes Descentralizados, Poder Ejecutivo Municipal, Poder Legislativo Estadal

y Municipal, la Contraloría General del Estado, así como dictaminar y emitir

opinión jurídica de conformidad a los establecido en la leyes, normas, decretos y

reglamentos.

Artículo 33: La Dirección de Opinión Legal y Asesoría Jurídica tiene las siguientes

funciones:

24

Page 25: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

1. Asesora jurídicamente, en materia laboral y administrativa, a los Órganos

del Poder Ejecutivo Estadal y sus Entes Descentralizados, Poder Ejecutivo

Municipal, Poder Legislativo Estadal y Municipal, la Contraloría General del

Estado, sobre los actos que estén relacionados o afecten los derechos,

bienes e intereses patrimoniales del Estado Yaracuy.

2. Apoya al Despacho del Gobernador del Estado en la redacción de las

decisiones de los recursos jerárquicos intentados o solicitados.

3. Elabora proyectos de dictámenes en materia de incapacidad, jubilación,

pensión de sobreviviente, prestaciones sociales, deudas adquiridas en

ejercicios fiscales anteriores o cualquier acto de disposición relacionada

directa o indirectamente con los derechos, bienes e intereses patrimoniales

del Estado Yaracuy.

4. Revisa y formula opinión jurídica sobre los proyectos de convenios,

contratos o demás actos jurídicos a ser suscritos por el Estado Yaracuy,

cuyo contenido esté relacionado directa o indirectamente con sus derechos,

bienes e intereses patrimoniales.

5. Apoya en la elaboración de proyectos de resoluciones internas de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy en materia de su competencia.

6. Apoya al Despacho del Procurador o Procuradora del Estado Yaracuy en la

redacción de las decisiones de los recursos jerárquicos intentados o

solicitados.

7. Realiza los estudios jurídicos especiales que le sean encomendados por el

Procurador o Procuradora General del Estado Yaracuy.

8. Ejerce funciones de órgano consultivo jurídico interno dentro de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

9. Sistematiza en una base datos todos y cada una de las actividades

realizadas por la Dirección.

25

Page 26: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

10. Elabora informe sobre sus actividades realizadas y remite al Procurador o

Procuradora General del Estado Yaracuy

11. Mantiene informado al Director(a) General de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy, del desarrollo, resultado y logros de las actividades

programadas en la Dirección.

12. Las demás funciones que le asigne el Procurador o Procuradora según los

requerimientos institucionales.

Artículo 34: La Dirección de Opinión Legal y Asesoría Jurídica está a cargo de un

Director o Directora, el cual es un funcionario de libre nombramiento y remoción

por parte del Procurador o Procuradora General del Estado.

Articulo 35: El Director de Opinión Legal y Asesoría Jurídica podrá distribuir

internamente las asignaciones y tareas por materias y aptitudes, que permitan

distinguir áreas de especialización de trabajo.

SECCIÓN TERCERA

DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

Artículo 36: La Dirección de Administración tiene por objeto planificar, dirigir,

coordinar, supervisar y controlar las operaciones administrativas, los movimientos

de ingresos y egresos de los recursos financieros, el proceso de adquisición,

registro y control de bienes y contratación de servicios, a fin de garantizar el uso

racional de los recursos, su máximo rendimiento y aprovechamiento, el resguardo

del patrimonio de la Institución, cumpliendo con las disposiciones legales,

principios, normas y procedimientos establecidos, permitiendo procesar,

interpretar y exponer los hechos económicos-financieros de la Organización,

satisfacer los requerimientos de las distintas Unidades Orgánicas que la

conforman y el cumplimiento de sus objetivos y metas; y estará integrada por las

siguientes Coordinaciones:

26

Page 27: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

1. Coordinación de Recursos Humanos.

2. Coordinación de Informática.

3. Coordinación de Servicios Generales.

4. Coordinación de Compras y Bienes.

Artículo 37: La Dirección de Administración tiene las siguientes funciones:

1. Establece los mecanismos necesarios para la óptima racionalización de los

recursos financieros y administrativos de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy.

2. Coordina y supervisa las diferentes actividades administrativas, financieras

y contables, según los procedimientos administrativos y operativos

vigentes.

3. Garantiza el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos

para el registro de las operaciones que se ejecutan y su contabilización en

el Sistema Automatizado existente.

4. Efectúa el proceso de revisión y conformación de los documentos de

soporte que sustentan los registros contables, a fin de garantizar la

exactitud y confiabilidad de la información.

5. Efectúa el proceso de tramitación y elaboración de cheques y transferencias

correspondientes a los pagos a realizar por la Procuraduría General del

Estado Yaracuy, a fin de garantizar el cabal cumplimiento de los

compromisos contraídos

6. Garantiza el estricto cumplimiento de las políticas, disposiciones legales y

normativa establecida para el control y manejo del Tesoro Institucional.

7. Coordina, controla y mantiene actualizadas las diferentes cuentas que

maneja la Institución con las Entidades Bancarias con que se relaciona.

8. Programa los desembolsos financieros en coordinación con la Dirección de

Planificación y Presupuesto.

27

Page 28: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

9. Garantiza la preparación de los informes mensuales del Flujo de Caja y

Bancos, para la debida información y soporte del proceso de toma de

decisiones.

10. Ejercer la custodia de los valores, títulos y cheques recibidos y otros

instrumentos financieros pertenecientes a la Procuraduría General del

Estado Yaracuy.

11. Apoya y asesora al Procurador(a) en la formulación de políticas y normas

de carácter administrativo que contribuyan a la eficiente operatividad de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

12. Apoya el proceso de formulación de Presupuesto de Ingreso y Gastos de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy, según los procedimientos y

lineamientos establecidos para tal fin.

13. Dirige y controla las actividades para la adquisición de bienes y servicios,

de acuerdo con la normativa interna y legal pertinente.

14. Diseña normas y lineamientos generales que contribuyan a optimizar los

recursos destinados para la adquisición de bienes y servicios, así como

acciones tendentes a garantizar su uso racional y efectivo por parte de las

distintas dependencias.

15. Elabora y presenta los informes periódicos sobre la Gestión Administrativa

Financiera de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

16. Establece mecanismos que permitan mantener una información

actualizada y fidedigna, sobre los aspectos financieros y transacciones

bancarias que ejecuta la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

17. Planifica, dirige y supervisa los procesos de pagos que efectúe la

Procuraduría General del Estado Yaracuy con terceros, garantizando que

se realicen de manera oportuna y efectiva.

18. Revisa y conforma los Estados Financieros del la Procuraduría General del

Estado Yaracuy y los presenta al Procurador(a) para su aprobación.28

Page 29: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

19. Establece y mantiene relaciones con los entes nacionales, regionales y

locales, así como con organismos de tipo financiero a fin de garantizar el

buen funcionamiento de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

20. Dirige y controla el registro del inventario de bienes muebles e inmuebles de

la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

21. Vigila y controla la política de cobranza y facturación.

22. Revisa y aprueba las Rendiciones de Cuentas de los Fondos en Avance

que sean constituidos.

23. Cumple con cualquier otra función que le sea asignada por el Procurador(a)

según los requerimientos institucionales.

Artículo 38: La Dirección de Administración está a cargo de un Director o

Directora, el cual es un funcionario de libre nombramiento y remoción por parte del

Procurador General del Estado.

Artículo 39: La Coordinación de Recursos Humanos tiene por objeto gestionar y

aplicar los procesos vinculados al Recurso Humano de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy a través de las técnicas, normas, planes, programas y

políticas de personal vigentes, a fin de disponer y conservar al mejor capital

humano en función de la Misión y la Visión de la Organización.

Artículo 40: La Coordinación de Recursos Humanos tiene las siguientes

funciones:

1. Dirige y coordina la implantación de los subsistemas de reclutamiento y

selección, adiestramiento y desarrollo, clasificación y remuneración,

evaluación, control y documentación, nómina y beneficios laborales.

2. Formula el Plan de Recursos Humanos de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy y lo somete a la aprobación del Procurador(a) General del

Estado Yaracuy, para asegurar su ejecución y seguimiento.

29

Page 30: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

3. Asiste a la Procurador(a) General del Estado Yaracuy en materia de

Recursos Humanos.

4. Asesora a las Unidades de la Procuraduría General del Estado Yaracuy

en la aplicación de políticas, normas y procedimientos de Recursos

Humanos.

5. Vela por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas y demás

legislaciones que regulen la administración de los recursos humanos.

6. Propone ante el Procurador(a) General del Estado Yaracuy los

nombramientos de ingreso, retiros y demás movimientos de personal.

7. Planifica, coordina y realiza los concursos para el ingreso o ascenso en

la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

8. Aplica programas de inducción al personal de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy.

9. Propicia y fomenta la coordinación del trabajo entre las diferentes

Direcciones y Unidades.

10. Representa la Procuraduría General del Estado Yaracuy ante los

organismos gubernamentales relacionados con la gestión de Recursos

Humanos.

11. Establece convenios con Instituciones públicas y privadas para la

capacitación del personal de la Procuraduría General del Estado Yaracuy,

en las áreas que se consideren prioritarias.

12. Maneja, aplica y mantiene actualizado el Manual Descriptivo de Cargos

de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

13. Coordina con la Dirección de Administración, las diferentes incidencias

presupuestarias derivadas por el incremento de sueldos, primas, bonos y

otros complementos del personal.

30

Page 31: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

14. Organiza, coordina y supervisa las actividades de custodia y

mantenimiento del archivo del personal de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy.

15. Controla la puntualidad y asistencia de todo el personal de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy, mediante sistemas y métodos

adecuados.

16. Asesora a las diferentes Direcciones y Unidades Orgánicas de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy, sobre la solución de problemas

de índole disciplinaria que se presenten, de acuerdo a las normas,

reglamentos y leyes en materia de personal.

17. Coordina y tramita todo lo relacionado con el Seguro Social Obligatorio,

el Fondo de Jubilación y Pensiones, Ley de Política Habitacional, entre

otras obligaciones legales.

18. Instruye los expedientes disciplinarios a los funcionarios o funcionarias

incursos en hechos que pudieran dar lugar a las sanciones disciplinarias

previstas en la ley.

19. Coordina la elaboración del Plan Operativo Anual y del Presupuesto de

su Coordinación.

20. Establece y coordina las operaciones relacionadas con las normas y

procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la

organización en el marco de la Ley que rige la materia y sus Reglamentos.

21. Las demás funciones que le asigne el Procurador(a) y/o la Dirección de

Administración.

Artículo 41: La Coordinación de Recursos Humanos, estará a cargo de un

Coordinador o Coordinadora, el cual es un funcionario de confianza de libre

nombramiento y remoción por parte del Procurador General del Estado.

31

Page 32: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

Artículo 42: La Coordinación de Informática tiene por objeto diseñar, implantar,

planificar, evaluar, controlar y efectuar el seguimiento y mantenimiento a los

diferentes sistemas y equipos de computación que se manejan en la Procuraduría

General del Estado Yaracuy, a fin de garantizar su funcionabilidad y adaptabilidad

a los diferentes procesos que se ejecutan en las Unidades Administrativas,

Operativas y de Apoyo.

Artículo 43: La Coordinación de Informática tiene las siguientes funciones:

1. Define y supervisa el cumplimiento de los estándares de diseño, desarrollo,

mantenimiento e implantación de sistemas automatizados.

2. Desarrolla e implanta normas y el procedimiento a seguir en el proceso de

mantener actualizado el registro de usuarios de la Red, Aplicaciones y

Sistema administrativos, y demás servicio informático instalado en la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

3. Planifica, Coordina, ejecuta y resguarda las copias de seguridad o Backup’s

de la información relevante y necesaria para la realización de los distintos

procesos soportados en la plataforma informática de la Procuraduría

General del Estado Yaracuy.

4. Diseña, ejecuta e implanta mecanismos de seguridad e integridad de los

recursos de informática, base de datos, programas de aplicación, sistemas

de redes y en general la información registrada en los sistemas, a fin de

garantizar su consistencia, protección y resguardo.

5. Plantea, ejecuta e implanta las adecuaciones o creación de aplicaciones

informáticas, conforme a las necesidades de las Unidades Orgánicas de la

Procuraduría General del Estado Yaracuy.

6. Atiende y encauza los requerimientos que en el área de sistemas

informáticos formulen las diferentes dependencias de la Procuraduría

General del Estado Yaracuy.

32

Page 33: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

7. Programa y ejecuta las actividades de mantenimiento preventivo y

correctivo de los equipos de computación y de software de aplicaciones,

sistemas operativos, red de transmisión de datos y bases de datos.

8. Instituye mecanismos que permitan detectar, analizar, desarrollar y evaluar

las necesidades de automatización de la información en lo referente al

software en las diferentes dependencias de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy.

9. Formula, aplica y difunde adecuadas normas de seguridad para la

conservación de los equipos, sistemas operativos, aplicaciones,

documentación y archivos de computación.

10. Define los criterios de evaluación de los proveedores de bienes y servicios

informáticos para los procesos de contratación a que haya lugar, en

concordancia con la normativa legal vigente.

11. Programa y ejecuta auditorias a los sistemas de la Procuraduría General del

Estado Yaracuy, con el objeto de detectar posibles deficiencias, medir el

cumplimiento de las normas de control interno, introducir mejoras en los

mismos y asegurar que sean incluidos los patrones mínimos de desarrollo y

especificaciones de diseño.

12. Diseña, administra y mantiene actualizado un portal oficial digital con

información de la Procuraduría General del Estado Yaracuy referente a los

objetivos, misión, visión, valores, programas, proyectos, resultados y logros,

entre otras.

13. Asesora a los usuarios en el manejo y uso de los equipos de computación,

suministrándole las recomendaciones y lineamentos necesarios para

garantizar la operatividad de los mismos.

14. Desarrolla programas de adiestramiento en base a las necesidades de los

usuarios de los diferentes sistemas que operan en la Procuraduría General

del Estado Yaracuy.

33

Page 34: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

15. Las demás funciones que le asigne el Procurador(a) según los

requerimientos institucionales.

Artículo 44: La Coordinación de Informática está a cargo de un Coordinador, el

cual es un funcionario de confianza de libre nombramiento y remoción por parte

del Procurador (a) General del Estado.

Artículo 45: La Coordinación de Servicios Generales tiene por objeto normar,

implantar, supervisar y controlar los procedimientos orientados a brindar servicios

de aseo, mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de reparaciones menores relacionadas con trabajos de albañilería, plomería, herrería, pintura,

electricidad, instalaciones de agua potable y servida y similar, en todas y cada una

de las dependencias e instalaciones de la Procuraduría General del Estado

Yaracuy, prestando dicho servicio en forma, oportuna, eficaz, eficiente y segura.

Artículo 46: La Coordinación de Servicios Generales tiene las siguientes

funciones:

1. Planea, organiza, dirige, controla, evalúa, supervisa y coordina toda acción

propuesta dentro de los servicios de aseo y mantenimiento preventivo,

predictivo y correctivo de reparaciones menores de las diferentes

dependencias de la Procuraduría General del Estado Yaracuy,

garantizando un adecuado ambiente de trabajo.

2. Controla las actividades de seguridad industrial e higiene ocupacional,

estableciendo planes, programas, políticas y normas, a fin de garantizar la

eficacia y la eficiencia de las operaciones de prevención de accidentes y/o

enfermedades ocupacionales, de acuerdo a las disposiciones y principios

emanados por las leyes, reglamentos, normas y los entes reguladores de la

materia.

3. Promueve la constitución del Comité de Seguridad y Salud Laboral

mediante los mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Prevención,

Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y sus Reglamentos.34

Page 35: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

4. Supervisa, evalúa y controla la ejecución de los contratos de servicios, en

materia de mantenimiento, suscritos con la Procuraduría General del

Estado Yaracuy.

5. Recibe, revisa, almacena, custodia y distribuye todos los bienes, materiales,

suministros, herramientas, equipos y otros que se requieran para las

labores de aseo y mantenimiento.

6. Garantiza que los bienes, materiales, suministros, herramientas, equipos y

otros requeridos para las labores de aseo y mantenimiento se encuentren

bien resguardados.

7. Planifica y programa la frecuencia de revisiones del sistema eléctrico e

iluminación, pintura, instalaciones de aguas, funcionamiento de puertas y

ventanas, mobiliarios, cortinas y alfombras, sistema de seguridad contra

incendios, aire acondicionados, entre otros.

8. Garantiza que los productos de limpieza y desinfectantes que se utilizan en

las operaciones de aseo, estén debidamente registrados y respaldados por

los proveedores y mantengan un grado aceptable de seguridad. Cuando

sean de uso especial se dará a conocer las instrucciones de uso al personal

de aseo.

9. Se asegura de llenar el formulario de control de las actividades de aseo y

mantenimiento, el cual deberá ser firmado por el funcionario responsable

que haya recibido el servicio.

10. Suministra la información necesaria con las ofertas para la prestación de

servicios de mantenimiento, con el objeto de seleccionar la empresa que

ofrezca el servicio de mayor calidad y mejor precio.

11. Controla que el personal a su cargo cumpla con las disposiciones

establecidas en lo que se refiere a los métodos sobre aseo, mantenimiento,

uso y localización de los bienes, materiales, suministros, herramientas,

equipos y otros.

35

Page 36: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

12. Programa las entregas de los bienes, materiales, suministros,

herramientas, equipos y otros requeridos por las operaciones de aseo y

mantenimiento.

13. Acredita en documentos a través de la firma y el sello, su conformidad con

bienes, materiales, suministros, herramientas, equipos y otros que ingresan

y los que se retiran del área definida para su depósito.  

14. Establece un sistema apropiado para la conservación, seguridad, manejo y

control de los bienes, materiales, suministros, herramientas, equipos y

otros, bajo su responsabilidad.

15. Verifica que los bienes, materiales, suministros, herramientas, equipos y

otros que se reciban así como la factura, cumplan totalmente con las

especificaciones asentadas en el pedido en términos de características,

calidad, precio, cantidad, entre otros.

16. Vela para que los funcionarios encargados del servicio de aseo y

mantenimiento realicen sus funciones con seguridad, calidad y la prontitud

requerida.

17. Garantiza el suministro de información sincera, veraz y oportuna sobre el

Estado y la cuantía de bienes, materiales, suministros, equipos y otros, a

los efectos de mostrar cifras ciertas y una adecuada y completa descripción

de cada uno, de forma que sea posible su valoración, ubicación e

identificación.

18. Las demás funciones que le asigne el Procurador(a) y/o la Dirección de

Administración.

Artículo 47: La Coordinación de Servicios Generales está a cargo de un

Coordinador el cual es un funcionario de confianza de libre nombramiento y

remoción por parte del Procurador (a) General del Estado.

36

Page 37: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

Artículo 48: La Coordinación de Compras y Bienes tiene por objeto planificar,

coordinar, ejecutar, supervisar y controlar el proceso, previo al análisis

comparativo de precios, de la adquisición y registro de bienes y contratación de

servicios, para satisfacer los requerimientos de las distintas Unidades Orgánicas

que conforman a la Procuraduría General del Estado Yaracuy, garantizando

calidad, precios justos y razonables, su entrega oportuna y asegurando la

permanencia y resguardo de esos bienes, en estricto apego a lo establecido en las

Leyes y Reglamentos que regulan la materia.

Artículo 49: La Coordinación de Compras y Bienes tiene las siguientes

funciones:

1. Efectúa el registro y control de las operaciones relativas a los bienes

muebles e inmuebles de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, tales

como compras, ventas, permutas, traslados, desincorporaciones y en

general toda transacción que esté vinculada con los bienes.

2. Coordina y controla las actividades para la adquisición de bienes y

servicios, de acuerdo con la normativa interna y legal pertinente y en

atención a las especificaciones suministradas por las dependencias

solicitantes.

3. Asesora a las distintas dependencias de la Procuraduría General del Estado

Yaracuy durante el proceso de formulación del anteproyecto de

presupuesto anual, en lo concerniente al costo de materiales y equipos.

4. Programa los requerimientos de equipos, materiales y artículos de oficina,

entre otros, que demanden las dependencias de la Procuraduría General

del Estado Yaracuy.

5. Implanta normas y lineamientos generales que contribuyan a optimizar los

recursos destinados para la adquisición de bienes y servicios, así como

acciones tendentes a garantizar su uso racional y efectivo por parte de las

distintas dependencias de la Procuraduría General del Estado Yaracuy.

37

Page 38: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

6. Realiza solicitudes y el análisis de cotizaciones de cada uno de los bienes y

servicios a ser adquiridos en atención a las solicitudes de las Unidades

Orgánicas de la Procuraduría, con la finalidad de garantizar la transparencia

del proceso de compras, y adquirir los bienes y servicios de mayor calidad y

a un precio justo y razonable.

7. Lleva un registro interno de proveedores de bienes y servicios,

estableciendo la coordinación correspondiente con la Dirección de Registro

Estadal de Contratistas, Proveedores y Servicios para mantener su

actualización.

8. Plantea al Director(a) de Administración la correspondiente tramitación ante

la Comisión de Contrataciones, de las solicitudes de compra de bienes y

servicios que por su naturaleza así lo requieran.

9. Verifica la recepción de bienes y servicios adquiridos y garantiza su

concordancia cuantitativa y cualitativa; respecto a las especificaciones

contenidas en las solicitudes y/o órdenes de compras.

10. Vela, dentro del ámbito de su competencia, por el cumplimiento de las

obligaciones establecidas en los contratos de compras y gestiona ante el

Director(a) de Administración, las reclamaciones que sean pertinentes en

relación con las mismas.

11. Verifica las disponibilidades presupuestarias de las dependencias que

emiten solicitudes de bienes y servicios.

12. Coordina la formación del inventario de la Procuraduría General del Estado

Yaracuy, considerando los recursos y materiales, la legislación vigente en la

materia y la estructura orgánica.

13. Mantiene informada a todas las dependencias de la Procuraduría, sobre la

normativa, instrucciones y formularios que deben utilizar para la formación

del inventario de cada una de ellas, igualmente acerca de las sanciones

civiles, penales y pecuniarias de que pueden ser objeto por la

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Page 39: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

responsabilidad administrativa producto del incumplimiento del marco legal

en esta materia.

14. Vigila que todas las Unidades Orgánicas de la Procuraduría, informen

oportuna y verazmente sobre el Estado y la existencia de los bienes bajo su

custodia, constatando la validez de la información a través de auditorías,

inspecciones oculares y otros mecanismos aleatorios de verificación.

15. Informa a la Dirección de Administración, sobre la conformación y

mantenimiento del inventario de bienes con indicación clara y precisa de los

logros alcanzados y las limitaciones encontradas durante el mencionado

proceso.

16. Mantiene informada al Director(a) de Administración sobre la conformación

y mantenimiento del inventario de bienes con indicación clara y precisa de

los logros alcanzados y las limitaciones encontradas durante el mencionado

proceso.

17. Elabora los expedientes necesarios para cada bien mueble o inmuebles a

los fines de la verificación de la información de cada uno de ellos.

18. Salvaguarda los bienes, muebles y equipos a su cargo y administra

racionalmente los recursos asignados a su unidad, de acuerdo a los

lineamientos administrativos de la Procuraduría General del Estado

Yaracuy.

19. Las demás funciones que le asigne el Procurador(a) según los

requerimientos institucionales.

Artículo 50: La Coordinación de Compras y Bienes, está a cargo de un

Coordinador el cual es un funcionario de confianza de libre nombramiento y

remoción por parte del Procurador General del Estado.

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Page 40: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

SECCIÓN CUARTA

DE LA DIRECCIÓN DEL REGISTRO ESTADAL DE CONTRATISTAS, PROVEEDORES Y SERVICIOS

Artículo 51: Corresponde a la Procuraduría General del Estado Yaracuy llevar el

control del Registro Estadal de Contratistas, Proveedores y Servicios, coordinando

y supervisando su aplicación, de conformidad a los que establezcan las leyes y los

reglamentos sobre la materia; en conformidad con lo establecido en el literal 5, del

Artículo 57, Capítulo V, de la Ley Orgánica de Administración Pública del Estado

Yaracuy.

Artículo 52: La Dirección del Registro Estadal de Contratistas Proveedores y

Servicios tiene como objeto centralizar, organizar, y suministrar en forma eficiente,

confiable y oportuna, información básica sobre la constitución, creación, capacidad

técnica, económica, financiera y demás aspectos legales fundamentales, de las

personas jurídicas o naturales interesadas en contratar con el Estado Yaracuy. Así

como también, clasificar y evaluar las empresas contratistas, proveedores de

Bienes y/o prestadores de servicios de conformidad con lo establecido en la

normativa legal correspondiente.

Artículo 53: La Dirección del Registro Estadal de Contratistas, Proveedores y

Servicios, tiene las siguientes funciones:

1. Establece las normas, organización y funcionamiento del Registro

Estadal de Contratistas, Proveedores y Servicios, así como los criterios

conforme a los cuales se realizaran las clasificaciones de especialidad y la

calificación legal y financiera de los interesados a los fines de su inscripción

en el Registro.

2. Diseña y coordina la implementación de sistemas de información y

procedimientos referidos a la aplicación de las leyes, normas y reglamentos

que rige la materia.

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Page 41: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

3. Mantiene en condiciones adecuadas para su funcionamiento el Registro

Estadal de Contratistas, Proveedores y Servicios.

4. Recibe las solicitudes de los proveedores para su inscripción y/o

actualización en el Registro Estadal de Contratistas.

5. Requiere de los contratistas toda la documentación que determine,

mediante Providencia, el Servicio Nacional de Contrataciones para su

debida identificación, calificación legal y financiera.

6. Efectúa de conforme a la normativa legal vigente y lo que establece el

Servicio Nacional de Contrataciones el análisis y verificación de la

información legal financiera y de la especialidad que suministra el proveedor

para la obtención de su certificado.

7. Envía al Registro Nacional de Contratistas la información requerida

sobre: La Inscripción, actualización o renovación en base a las normas

establecidas por el Servicio Nacional de Contrataciones.

8. Suministra la información a los solicitantes sobre el proceso de

inscripción y/o actualización del certificado según la normativa legal.

9. Suspende del Registro Estadal de Contratistas, Proveedores y Servicios

a los infractores de la normativa legal que regula la materia.

10. Propone al Procurador(a) del Estado Yaracuy las reglamentaciones

necesarias para el eficaz, efectivo y oportuno funcionamiento del Registro

Estadal de Contratistas, Proveedores y Servicios.

11. Prepara proyectos de reglamentos internos y lo somete a consideración

del Procurador (a) General del Estado.

12. Emite dictámenes sobre los asuntos de su competencia, cuando así lo

requieran las autoridades judiciales o administrativas.

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Page 42: REGLAMENTO INTERNO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY

13. Solicita, recaba, sistematiza, divulga y suministra a todas las personas

que soliciten información sobre la programación anual y el sumario

trimestral de contrataciones.

14. Sistematiza, organiza, consolida y hace seguimiento de los datos

enviados por los registros auxiliares.

15. Estudia los sistemas de información de los Registros Auxiliares y formula

las observaciones y recomendaciones que estime pertinentes.

16. Otorga certificados de inscripción en el Registro Estadal de las empresas

Contratistas, Proveedores y servicios registrados.

17. Elabora y publica periódicamente un directorio que contenga la razón

social, especialidad y numero de inscripción de las empresas contratistas,

proveedores de bienes y/o prestadores de servicios.

18. Las demás funciones que le asigne el Procurador(a) según los

requerimientos institucionales.

Artículo 54: La Dirección del Registro Estadal de Contratistas, Proveedores y

Servicios está a cargo de un Director o Directora, el cual es un funcionario de libre

nombramiento y remoción por parte del Procurador (a) General del Estado.

TÍTULO III

DEL PERSONAL DE LA

PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO

Artículo 55: Son cargos de Alto Nivel de la Procuraduría General del Estado

Yaracuy, los siguientes:

a) Procurador (a) General del Estado.

b) Director (a) General.

c) Director (a) de Litigios y Representación.

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d) Director (a) de Opinión Legal y Asesoría Jurídica.

e) Director (a) de Administración.

f) Director (a) de Registro Estadal de Contratistas, Proveedores y

Servicios.

Artículo 56: Son cargos de confianza de la Procuraduría General del Estado, los

siguientes:

a) Asesores (as) del Procurador General.

b) Coordinadores (as)

c) Jefes de Unidades.

Artículo 57: Todo el Recurso Humano que forma parte de la Procuraduría

General del Estado debe contar con el perfil, conocimiento, habilidades y

destrezas exigido en el Manual Descriptivo de Cargos, que le permita cumplir con

las tares y responsabilidades.

Artículo 58: Acorde a la disponibilidad presupuestaria y las actividades que se

planteen en el Plan Operativo Anual, el Procurador (a) tiene la facultad de

modificar la estructura orgánica y funcional, y las remuneración (sueldos, salarios,

primas y bonos extraordinarios); cambios que se dictarán a través de

Resoluciones internas emanadas del Despacho del Procurador.

TÍTULO IV

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

PRIMERA: El Procurador General del Estado Yaracuy dispondrá todo lo necesario

a los fines de adecuar las actuales dependencias de la Procuraduría General del

Estado, a la nueva estructura orgánica y funcional prevista en el presente

Reglamento. La Dirección General velará por el cumplimiento de las medidas que

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instruya el Procurador General a los fines de implementar todo lo previsto en el

presente Reglamento.

SEGUNDA: Queda derogada toda norma que colide con el presente Reglamento.

TERCERA: El presente Reglamento entrara en vigencia a partir de su publicación

en la Gaceta Oficial del Estado Yaracuy.

ABOG. JOSÉ JHONATAN MUJICA ACOSTA

PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO YARACUY

Decreto Nº E-059, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria del

Estado Yaracuy Nº 181 de fecha 10/02/2010

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