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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
INTRODUCCIÓN
EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., para cumplir lo establecido en
el artículo 434 del Código de trabajo. “En todo medio colectivo y permanente de
Trabajo que cuente con más de 10 trabajadores; los empleadores están obligados a
elaborar y someter a la aprobación del Ministerio de Relaciones Laborales el
Reglamento de Seguridad y Salud, el mismo que será renovado cada dos años “y en
concordancia con la guía para la elaboración de los Reglamentos Internos de
seguridad y Salud de los Centros del Trabajo, publicado en Registro Oficial No 83 de
fecha miércoles 17 de agosto del año 2005.
ACUERDA
Que es deber de el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS
CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
precautelar la Seguridad y fomentar el bienestar de los trabajadores, que es necesario
adoptar reglas de Seguridad Higiene y Salud en el centro de trabajo, orientados a la
prevención, para disminuir o eliminar los riesgos que pudieran generar incidentes,
accidentes y enfermedades profesionales en sus trabajadores, así como también al
mejoramiento del medio ambiente de trabajo, a través del siguiente Reglamento
Interno de Seguridad y Salud.
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POLÍTICA EMPRESARIAL
DE INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
En el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. estamos comprometidos en
brindar un entorno sano y seguro para nuestros colaboradores, estudiantes y
visitantes, desarrollando una cultura de seguridad y prevención de riesgos, así como la
conservación del medio ambiente a través de la Identificación, evaluación, control y
mejoramiento de los riesgos que pueden presentarse en nuestro proceso o actividad,
siempre estamos en la constante búsqueda de la mejora continua y la optimización
del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, queremos
fundamentalmente preservar la integridad física y psicológica de nuestro personal y a
la vez proteger los bienes materiales para asegurar la continuidad de la operación del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., por tal motivos aplicaremos los
siguientes compromisos:
1. Cumplir con la legislación vigente en Seguridad y Salud Ocupacional como
también con los convenios que voluntariamente el Ecuador suscriba sobre la
materia.
2. Lograr el compromiso de todos nuestros trabajadores y generar una cultura
empresarial que considere a la Seguridad y Salud como condición de empleo.
3. Capacitar a todos nuestros colaboradores sobre Seguridad y Prevención de
Riesgos Laborales.
4. Asignar recursos financieros, humanos y tecnológicos para promover y mejorar
continuamente nuestra gestión en Seguridad y Salud.
Guayaquil, Diciembre del 2011
DR. JORGE PATIÑO SALVADOR
Representante Legal
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INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
2.- RAZÓN SOCIAL Y DOMICILIO
Razón social:
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Domicilio:
Provincia: Guayas
Cantón: Guayaquil
Parroquia: Tarqui
Ciudad: Guayaquil
País: Ecuador
Dirección:
Cdla. Kennedy Norte Mz. 304 - Solar N° 1, Calle Eleodoro Arboleda entre Av.
Miguel H Alcivar y Av. De las Américas”
Teléfono: 04-2 990121.
3.- ACTIVIDAD ECONÓMICA
ACTIVIDADES DE ENSEÑANZA CULINARIA.
4.- OBJETIVOS DEL REGLAMENTO DE INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y
BEBIDAS.
El presente Reglamento tiene como objeto fundamental precautelar la integridad
física, Psicológica de sus trabajadores, el patrimonio del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS. y la preservación del medio ambiente.
a) Dictar normas para investigar y tomar todas las medidas necesarias para evitar
riesgos laborales, sean estos provenientes de incidentes, accidentes de
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trabajo, enfermedades profesionales o relacionadas con el medio ambiente
estableciendo sistemas adecuados para ello.
b) Señalar los actos y comportamientos potencialmente peligrosos de los
trabajadores, tanto para su propia salud como para el medio ambiente, durante
el proceso propio de la empresa
c) Concientizar a los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS., del beneficio de los sistemas de gestión y medidas
de seguridad implantadas por esta, en beneficio del bienestar de los
trabajadores y la protección del medio ambiente.
d) Instruir y entrenar al personal en el uso, aplicación y funcionamiento de los
sistemas y elementos de seguridad instalados o suministrados por el
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
e) Establecer normas y sanciones para el personal por el incumplimiento o
desacato de las disposiciones de los reglamentos internos de seguridad y salud
y del IESS., referentes a seguridad del trabajo, salud ocupacional y protección
del medio ambiente.
f) Reducir los efectos perjudiciales provocados por el trabajo en personas
enfermas o con discapacidad.
g) Velar por la salud ocupacional de los trabajadores.
h) Aumentar la productividad por medio de control del medio ambiente laboral.
CAPITULO 1
5.- DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS
OBLIGACIONES GENERALES
CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
Art. 1.- Cumplimiento de la legislación vigente
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
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ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., en su condición de
empleador, debe cumplir todos los derechos de los trabajadores, consagrados en:
1. La Constitución política de la República del Ecuador
2. Convenios, Tratados Internacionales ratificados por el Ecuador
3. Código del trabajo
4. Ley de Seguridad Social y demás reglas aplicables, así como las que
entren en vigencia con la posterioridad a la aprobación del reglamento
de Seguridad y Salud emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales.
Las obligaciones y prohibiciones que se señalan en el presente reglamento de
seguridad y salud para el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS., SE DEBE aplicar también a los trabajadores y en
general a todas las personas que se encuentren dentro de las instalaciones.
Art. 2.- Obligaciones Generales del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y
BEBIDAS.
El representante legal del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe cumplir lo siguiente:
a) Los riesgos provenientes del trabajo son de cargo del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., y cuando, a consecuencia de ellos, el
trabajador sufra daño personal, lo debe indemnizar de acuerdo al Código del
Trabajo, siempre que tal beneficio no sea concedido por el IESS.
b) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe asegurar a
sus trabajadores condiciones de trabajo que no presten peligro para su salud o
su seguridad.
c) Debe adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que
puedan afectar a la salud y el bienestar de los trabajadores en los lugares de
trabajo de su responsabilidad.
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d) Debe mantener en buen estado de servicio las instalaciones y materiales para
un trabajo seguro.
e) Debe organizar y facilitar los servicios médicos, comités y responsables de
seguridad, con sujeción a las reglas legales vigentes.
f) Debe entregar gratuitamente a sus trabajadores vestidos adecuados para el
trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios.
g) Debe efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., en actividades
peligrosos; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se
encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias
psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.
h) Debe especificar en los Reglamentos de Seguridad y Salud las facultades y
deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la
prevención de los riesgos del trabajo.
i) Debe instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y
métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en el INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL”
DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
j) Debe dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., con especial
atención a los directivos y mandos medios, a través de cursos regulares y
periódicos.
k) Debe adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de la
recomendaciones dadas por el Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo,
Servicios Médicos o por el Responsable de Prevención de Riesgos.
l) Debe poner a disposición de los trabajadores un ejemplar del Reglamento de
Seguridad y Salud del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA
DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
dejando constancia de dicha entrega.
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m) Debe facilitar la inspección y vigilancia que las autoridades practiquen en los
lugares de trabajo, para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones de
este reglamento de seguridad y salud y darles los informes que para este
efecto sean indispensables.
n) Debe dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al IESS de los
accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en su centro de trabajo y
entregar una copia al comité de seguridad e higiene del trabajo.
Art. 3.- Derechos y Obligaciones Generales de los trabajadores del INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE
ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS
a) Todos los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, tienen derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, que garanticen su salud, seguridad y bienestar.
b) Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, tienen derecho a estar informados sobre los riesgos laborales vinculados a las actividades que realizan.
c) Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS o sus representantes tienen derecho a solicitar a la autoridad competente la realización de una inspección al centro de trabajo, cuando consideren que no existen condiciones adecuadas de seguridad y salud en el mismo. Este derecho comprende el de estar presentes durante la realización de la respectiva diligencia y, en caso de considerarlo conveniente, dejar constancia de sus observaciones en el acta de inspección.
d) Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS tienen derecho a interrumpir su actividad cuando, por motivos razonables, consideren que existe un peligro inminente que ponga en riesgo su seguridad o la de otros trabajadores. En tal supuesto, no podrán sufrir perjuicio alguno, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave.
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e) Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS tienen derecho a cambiar de puesto de trabajo o de tarea por razones de salud, rehabilitación, reinserción y recapacitación.
f) Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, tienen derecho a conocer los resultados de los exámenes médicos, de laboratorio o estudios especiales practicados con ocasión de la relación laboral. Asimismo, tienen derecho a la confidencialidad de dichos resultados, limitándose el conocimiento de los mismos al personal médico, sin que puedan ser usados con fines discriminatorios ni en su perjuicio. Sólo podrá facilitarse al empleador información relativa a su estado de salud, cuando el trabajador preste su consentimiento expreso.
g) Los trabajadores de INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS tienen derecho a la información y formación continua en materia de prevención y protección de la salud en el trabajo
OBLIGACIONES
Las reglas de seguridad establecidas por este Reglamento de Seguridad y
Salud y por el Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo se deben considerar
por todo el personal como parte de sus obligaciones y no como una función
adicional.
Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE
LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
debe cumplir lo siguiente:
a) Deben cumplir las disposiciones del Reglamento Interno de Seguridad y salud
expedido en forma legal.
b) Deben comunicar al INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE
LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la
seguridad o los intereses de empleadores o trabajadores.
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c) Debe sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las
autoridades.
d) Deben participar activamente en prevención, control de riesgos y desastres, así
como el correcto mantenimiento de la higiene en las áreas de trabajo
cumpliendo las reglas vigentes.
e) Deben asistir a los cursos sobre control de incendios, prevención de riesgos
salvamento y socorrismo programados por el INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., u organismos especializados por el sector
público.
f) Deben usar correctamente los medios de protección personal y colectiva
proporcionados por el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA
DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
y cuidar de su conservación.
g) Deben informar al jefe inmediato de las averías y riesgos que puedan
ocasionar, peligros y comunicar al Responsable de Prevención de Riesgos o
en su defecto algún miembro del comité de Seguridad Industrial del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., a fin de que adopte
las medidas adecuadas y oportunas.
h) Deben cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio de
enfermedades y someterse a los reconocimientos médicos periódicos
programados por el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE
LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
i) No deben introducir bebidas alcohólicas ni otras sustancias tóxicas al Centro de
Trabajo, ni presentarse o permanecer en el mismo en estado de embriaguez o
bajo los efectos de dichas sustancias.
j) Deben colaborar en la investigación de los accidentes que hayan presenciado o
de los que tengan conocimiento.
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PHOHIBICIONES
Art. 4.- Prohibiciones de los Empleadores del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Se debe prohibir a los empleadores del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., lo siguiente:
a) No se debe obstaculizar, por cualquier medio, las visitas o inspecciones de las
autoridades del trabajo a los establecimientos o centros de trabajo, y la revisión
de la documentación referente a los trabajadores que dichas autoridades
practicaren.
b) No se debe obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por
efecto del polvo, gases o sustancias tóxicas; salvo que previamente se adopten
las medidas preventivas necesarias para la defensa de la salud.
c) No se debe permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado
de embriaguez o bajo la acción de cualquier tóxico.
d) No se debe facultar al trabajador el desempeño de sus labores sin el uso de la
ropa y equipo de protección personal
e) No se debe dejar de cumplir las disposiciones que sobre prevención de riesgos
que emane la Ley, Reglamentos y las disposiciones de la Dirección Provincial
de Riesgos del Trabajo del Litoral, del IESS.
f) No se debe dejar de acatar las indicaciones contenidas en los certificados
emitidos por la comisión de valuación de las incapacidades del IESS., sobre
cambio temporal o definitivo de los trabajadores, en las actividades o tareas
que puedan agravar sus lesiones o enfermedades adquiridas dentro del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
g) No se debe permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no
fue entrenado previamente.
Art. 5.- Prohibiciones De Los Trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
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CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS.
En razón del riesgo que implica para los trabajadores, para los medios de
trabajo, debe quedar estrictamente PROHIBIDO lo siguiente:
a) No debe efectuar trabajos sin el debido entrenamiento previo, para la labor que
van a realizar.
b) No debe fumar a prender fuego en estado de embriaguez o habiendo ingerido
cualquier tóxico.
c) Se respetará la norma de No fumar en las instalaciones o prender fuego en
lugares señalados como peligrosos o de alto riesgo, almacenamiento de
líquidos combustibles e inflamables, para causar incendios, explosiones o
daños en las instalaciones.
d) No debe distraer la atención en sus labores, con juegos, riñas, discusiones que
puedan ocasionar accidentes.
e) No debe alterar, cambiar, reparar o accionar maquinas, instalaciones, que
puedan ocasionar accidentes.
f) No debe dejar de observar las reglamentaciones colocadas para promoción de
las medidas de prevención de riesgos, en toda la edificación.
SANCIONES
Art. 6.- Sanciones y Multas para los Trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Todo trabajador al servicio del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe cumplir todas las reglas y medidas de
seguridad que se dicten, y el incumplimiento de las mismas sean generales o
específicas constituyen falta grave, aún en el caso de que no se produzca
lesión o daño de las instalaciones o equipos de oficina, etc. Por lo expuesto
para evitar cualquier sanción siendo la máxima la terminación del contrato,
previo visto bueno, los trabajadores deben cumplir en su totalidad este
Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional.
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La Gerencia General debe calificar las infracciones y determinar las sanciones,
así como la condición de negligencia inexcusable de cualquier acto u omisión
que signifique transgresión al presente reglamento.
Los trabajadores deben cumplir las medidas de prevención en seguridad e
higiene del presente reglamento, el incumplimiento constituye una causa legal
para dar por terminado el contrato del trabajador, previo visto nuevo, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 172 numeral 7 del Código del Trabajo.
Se deben establecer los siguientes tipos de sanciones al personal que
infringiere el presente reglamento, según la falta comedida y de acuerdo al
Código del Trabajo:
Amonestación verbal
Amonestación escrita
Multa de hasta el 10% del equivalente de la remuneración diaria.
Visto Bueno
Falta leve: Son aquellas que contravienen el reglamento de Seguridad y Salud,
pero no ponen en peligro la integridad física del trabajador, la de terceras
personas o la seguridad física del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN
SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE
ALIMENTOS Y BEBIDAS., Se lo debe sancionar con amonestación verbal o
escrita o con multa máxima de hasta el 5% de su remuneración diaria, la que
será impuesta por el Jefe/Gerente de Área y la Jefatura de Gestión Humana a
petición del Responsable de Prevención de Riesgos o del Comité de Seguridad
e Higiene del Trabajo. Falta grave: Son consideradas faltas graves, reincidir en
faltas leves, hacer caso omiso de cualquiera de las prohibiciones establecidas
en el capítulo 1 Art. 7, con conocimiento de riesgo, o con mala intención el
trabajador pone en peligro su seguridad física y/o la de terceras personas, o a
la seguridad del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS
CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
Se lo debe sancionar con multas que fluctúen entre el 6 % y 10% de su
remuneración diaria o con la separación del trabajo, iniciándose por ende el
trámite de visto bueno.
No se considera riesgo de trabajo con derecho a las indemnizaciones y de
acuerdo con lo que para el efecto contempla las legislación del IESS; el
trabajador en estado de embriaguez, bajo la acción de cualquier sustancia
estupefacientes, por el uso indebido de herramientas, protecciones o por
incumplimientos de procedimientos o si el siniestro fuera el resultado de un
acto y/o delito por el que se hubiere acusado al propio trabajador.
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CAPITULO II
DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DEL INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE
ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Art. 7.- Cumplimiento de mandatos legales en Seguridad y Salud.-
Según lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Empleo, el INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL”
DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., cumplirá las siguientes
obligaciones legales:
1.- Contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud.
2.- Organizar un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo.
3.- Contar con un Responsable de Prevención de Riesgos
4.- Contar con Servicio de Enfermería.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
Art. 8.- Sistema de Gestión de Seguridad y Salud.-
El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., contará con un
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud.
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO DE INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE
ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 9.- Estructura del Comité Paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo
Conforme lo dispuesto en los Art. 14 del Decreto 2393, publicado en el
Registro Oficial No 565 de 17 de Noviembre de 1986 y según las reformas al
mismo en el Decreto No 4217 publicado en el Registro Oficial 997 el 10 de
agosto de 1988, en el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA
DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,
debe existir un Comité Paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo. El
Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo debe cuidar el cumplimiento de las
normas legales y reglamentarias de prevención de riesgos en el trabajo.
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El Comité Paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo se lo debe conformar de
la siguiente manera.
a) Tres representantes de los trabajadores y tres representantes del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y
BEBIDAS., quienes entre sus miembros designaran un presidente y un
secretario. Si el presidente representa al empleador, el secretario
representará a los trabajadores y viceversa. Cada representante tendrá un
suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado
en caso de falta o impedimento de éste. Concluido el periodo para el que
fue elegido deberá designarse al presidente y secretario tomando en
consideración la alterabilidad entre las partes.
b) Para ser miembro del Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo, se debe laborar en el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., ser mayor de edad, saber leer y escribir y tener conocimientos básicos de Seguridad y Salud Ocupacional.
c) El titular responsable de Prevención de Riesgos debe ser parte del comité,
actuando con voz pero sin voto.
d) Todos los acuerdos del Comité de Seguridad se adoptarán por mayoría simple, y en caso de igualdad de las votaciones, se repetirá la misma hasta por dos veces más, en un plazo no mayor de ocho días. De subsistir el empate se recurrirá a la dirimencia de los Jefes de la Dirección Provincial de Riesgos del Trabajo de IESS de las jurisdicciones respectivas.
e) Las actas de constitución del Comité de Seguridad se deben comunicar por
escrito al Ministerio de Relaciones Laborales y al IESS., así como al empleador y a los representantes de los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., Igualmente se remitirá durante el mes de Enero, un informe anual sobre los principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior.
f) El Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo, sesionará ordinariamente
cada mes y extraordinariamente cuando ocurriere algún accidente “grave” o al criterio de Presidente o petición de la mayoría de sus miembros. Las sesiones se deben efectuar en horas laborales.
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g) Los miembros del Comité durarán en sus funciones un año, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
El Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., impartirá las instrucciones necesarias para evitar accidentes en general y a través de la estructura organizacional entre otras actividades hará lo siguiente.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Art. 10.- Funciones del Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Deben analizar e investigar los accidentes ocurridos y/o enfermedades profesionales para determinar las causas y aplicar los métodos correctivos que se requieran para prevenir otros riesgos.
b) Deben efectuar promociones y divulgar las reglas y medidas de seguridad, manteniendo el constante interés para la prevención de accidentes.
c) Deben inspeccionar en forma programada, todos los ambientes de trabajo del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., verificando si todas las reglas y medidas de Seguridad se cumplen, detectando condiciones inseguras para corregirlas a tiempo.
d) Se deben reunir por lo menos una vez al mes o cuando sea necesario, para ejercer las distintas funciones, analizar el avance en materia de seguridad y proponer mejoras a los programas; se levantará un acta de cada reunión.
e) Deben efectuar recomendaciones de Seguridad, Salud Ocupacional y Seguridad Ambiental para todas las actividades del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., y proveer condiciones satisfactorias de trabajo.
f) Deben corregir los malos hábitos o costumbres negativas para el trabajo y entregar a todo el personal las reglas de Seguridad que deban cumplir.
g) Deben enviar a Riesgos del Trabajo de IESS y al Ministerio de Relaciones Laborales, anualmente, un informe de toda la gestión de Seguridad, Salud y Ambiente.
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h) A todo trabajador de nuevo riesgo, se debe obligar que efectúe el curso de
instrucción programada sobre adiestramiento en prevención de accidentes.
i) Se debe proponer siempre el mejoramiento de seguridad en sistemas contra incendios y emergencias del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS..
RESPONSABLE DE PREVENCION DE RIESGOS DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 11.- Del Responsable de Prevención de Riesgos
En concordancia en el artículo 15 del Decreto ejecutivo 2393, el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., y según los mandatos legales en Seguridad y Salud acorde al tamaño de la empresa, indica que por el número de empleados del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. debe contar con un RESPONSABLE DE PREVENCION DE RIESGOS, quién se hará cargo de mantener la seguridad y salud cuyas funciones serán: a) Identificar y evaluar los riesgos en los puestos de trabajo.
b) Implantar medidas de control de riesgos profesionales y ocupacionales.
c) Realizar seguimiento y monitoreo de riesgos.
d) Realizar programas de capacitación y adiestramiento en materia de Seguridad
y Prevención para todos los trabajadores.
e) Investigar, registrar y reportar accidentes de trabajo y llevar registro de la accidentalidad, ausentismo y evaluación estadística de los resultados.
f) Debe organizar y capacitar las brigadas contra incendios.
g) Debe supervisar el sistema contra incendio y mantenerlo en condiciones
satisfactorias.
h) Debe ingresar el Comité de seguridad e Higiene de Trabajo del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
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i) Debe colaborar con la prevención de riesgos; que efectúen el organismo de control del sector público y comunicar los accidentes y enfermedades profesionales que se produzcan, a la Dirección de Riesgos de trabajo de IESS.
j) Debe cuidar el cumplimiento de las reglas de seguridad del presente reglamento.
k) Debe vigilar el orden y limpieza del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
l) Debe proporcionar asesoramiento técnico, en materias de control de incendios, almacenamiento adecuado, protección de maquinarias, herramientas, instalaciones eléctricas, protección personal y demás materias contenidas en el presente reglamento y leyes Ecuatorianas.
DEL SERVICIO MÉDICO DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Art. 12.- Del Servicio Médico
El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe cumplir las obligaciones establecidas en el Art. 430 del Código del Trabajo y su reglamento.
Asistencia médica y farmacéutica.
a) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe conservar en el lugar del trabajo un botiquín con los medicamentos indispensables para la atención de sus trabajadores en los casos de emergencia, por accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina.
b) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Establecerá un local adecuado para el efecto, y está sujeto al Reglamento para el Funcionamiento de los Servicios Médicos de Empresas (Res No. 390)
c) Si en el concepto del médico o de la persona encargada del servicio, según el
caso, no se pudiera proporcionar al trabajador la asistencia que precisa, en el lugar de trabajo, ordenara el traslado del trabajador a costo del empleador a la unidad médica del IESS o al centro médico más cercano del lugar de trabajo, para la pronta y oportuna atención.
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d) Todo aspirante a ingresar a el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., se debe someter a los exámenes médicos y complementarios establecidos y los resultados de los mismos serán de propiedad exclusiva de la empleadora, cuando sean financiada por esta.
e) A todo personal del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. se le debe realizar fichas médicas pre-ocupacionales y ocupacionales.
f) Todos los trabajadores al servicio del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. deben adquirir el Certificado de salud, expedido por las autoridades del Ministerio de Salud y deben revalidarlo cada año para garantizar así la salud del personal que trabaja en esta dependencia.
RESPONSABILIDADES DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS GERENTES, JEFES Y SUPERVISORES DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Art. 13.- De Las Responsabilidades De Los Gerentes, Jefes y Supervisores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Los Gerentes deben cumplir lo siguiente.
a) Debe vigilar el cumplimiento de las políticas generales de Seguridad.
b) Debe brindar todo apoyo logístico, administrativo y económico para que el programa de seguridad cumpla con los objetivos propuestos.
c) Debe revisar y aprobar los planes de emergencia, contingencia y prevención de accidentes.
d) Debe conocer los resultados de los programas de prevención de accidentes e investigación de accidentes.
e) Debe fortalecer el trabajo del Comité de Seguridad e Higiene del trabajo, mediante mecanismos de motivación para la participación e integración de todo el personal del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
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f) Debe revisar y aprobar el proyecto de Reglamento Interno de Seguridad y salud del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., y el examen inicial de riesgo, realizado por el profesional acreditado, antes de solicitar su aprobación al Ministerio del Trabajo.
Art. 14.- Responsabilidades de los Jefes y Supervisores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Los jefes y supervisores motivarán a sus trabajadores para que actúen con Seguridad, por medio del ejemplo.
b) Deben aplicar las reglas de seguridad con todo el personal a su cargo.
c) Debe observar regularmente al trabajo de sus subordinados y tomar acciones correctivas inmediatas para minimizar y eliminar el desarrollo de prácticas inseguras y violaciones a las reglas de seguridad.
d) Deben vigilar que se apliquen los procedimientos de operación en cada una de sus áreas.
e) Deben participar conjuntamente con su personal en los programas de capacitación para minimizar los riesgos de trabajo.
f) Deben reportar al responsable de Prevención de Riesgos de forma inmediata actos y condiciones inseguras que pongan en peligro al trabajo del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., equipo, materiales y/o medio ambiente, tomando las medidas preventivas de forma inmediata.
g) Deben verificar que exista información descriptiva en los puestos de trabajo del personal a su cargo con toda la información sobre equipos de protección, riesgo del puesto y capacitación obligatoria para desempeñar el cargo.
h) Deben acompañar las visitas periódicas de inspección de seguridad y salud en su área de trabajo.
i) Deben colaborar durante la realización de Inspecciones planeadas de seguridad en su área de trabajo.
j) Deben colaborar durante la realización de Auditorías Internas de Seguridad en su área de trabajo.
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CAPITULO III
PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 15.- Prevención de Riesgos para Mujeres
La administración del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., en los procesos de inducción debe informar a su personal femenino los factores de riesgo a los que están expuestos en sus áreas de trabajo y las medidas de prevención de riesgos que deben observar para evitar lesiones.
Para lo cual ellas:
a) Deben cumplir con actividades de acuerdo a su capacitación, experiencia,
edad y condiciones físicas. b) No deben cumplir trabajos que demanden excesivo esfuerzo físico, que
ponga en riesgo su integridad. c) Se debe entregar equipos de protección personales de acuerdo a la
actividad d) A las mujeres embarazadas se le debe facilitar los permisos de acuerdo a
las exigencias de ley. e) A las mujeres embarazadas, se la debe reubicar en áreas no contaminadas
o que no produzca fatiga con la finalidad de proteger al feto y a la madre. f) Se debe obligar a los Jefes de área o Supervisores informar oportunamente
cualquier necesidad. g) No se debe contratar mujeres menores de edad. h) El personal femenino debe obedecer las disposiciones del presente
Reglamento de Seguridad y Salud y otras las que el Comité Paritario de Seguridad del Trabajo determine en su momento.
Art. 16.- Prevención de Riesgos para Menores
Es política del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Contratar a mayores de 18 años de edad.
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Art. 17.- Prevención de Riesgos para Pasantes.
Los pasantes antes de integrarse al sitio que le ha sido asignado por el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., para el desarrollo de su pasantía, recibirán una charla de inducción sobre las normas de Seguridad y Salud establecidas por el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., además según los riesgos existentes en el sitio asignado para el desarrollo de sus pasantías, y cuando sea necesario, los pasantes recibirán el Equipo de Protección Personal respectivo, el mismo que será devuelto una vez terminado el periodo de pasantías.
Art. 18.- Prevención de Riesgos para las Personas con Discapacidad.
EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe cumplir con lo dispuesto en las leyes ecuatorianas, contratará a personas con discapacidad, se le asignará labores específicas y sencillas.
a) Deben cumplir actividades de acuerdo a su capacidad cognoscitiva y física;
para lo cual la administración, analizará la mejor opción, de acuerdo al índice o porcentaje de discapacidad establecida por el CONADIS.
b) Deben recibir la capacitación, inducción y práctica relacionada con la
actividad a cumplir. c) Se debe dotar de equipo de protección personal adaptada a sus
necesidades si es del caso. d) La administración del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA
DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. debe informar las disposiciones de Reglamento de Seguridad y Salud a través de los procesos de inducción y capacitación.
e) El personal con la discapacidad se debe comprometer a cumplir las
disposiciones del presente Reglamento de Seguridad y Salud y todas las que el comité Paritario de Seguridad e Higiene del Trabajo determine en su momento.
Art. 19.- Prevención de Riesgos para Extranjeros.-
Las medidas para controlar los riesgos inherentes a las actividades del
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
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DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., son únicas y se
aplican para todos los trabajadores de esta organización, sin importar su
nacionalidad.
CAPITULO IV
DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO PROPIOS DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
GESTIÓN DE RIESGOS.- Art. 20.- Gestión de Riesgos
El responsable de Prevención de Riesgos dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., realizará continuamente las siguientes acciones correspondientes a la gestión de riesgos.
1. Identificación de peligros y factores de riesgo 2. Evaluación de riesgos 3. Medición de Contaminantes 4. Control de riesgos.
Art. 21.- Identificación de peligros y factores de riesgo.
El responsable de Prevención de Riesgos dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., establecerá, implementará y mantendrá procedimientos para la identificación continua de peligros y factores de riesgo.
Art. 22.- Evaluación de Riesgos.-
El Responsable de Prevención de Riesgos dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., establecerá, implementará y mantendrá procedimientos para la evaluación de riesgos.
Art. 23.- Medición de Contaminantes.-
El responsable de de Prevención de Riesgos dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., establecerá, implementará y mantendrá procedimientos para el uso de equipos de medición, métodos de medición, registro de datos y calibración de equipos de medición utilizados para monitorear los contaminantes existentes en el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL”
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DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 24.- Priorización de Riesgos.-
El responsable de de Prevención de Riesgos dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., realizará el control de los riesgos inherentes a las actividades propias de la escuela, dando prioridad a los riesgos que por su consecuencia, exposición y probabilidad sean calificados como intolerables e importantes, o en su defecto, los más peligrosos o los que tienen mayor repercusión en la escuela, según el método de evaluación utilizado.
Art. 25.- Control de Riesgos.-
El responsable de Prevención de Riesgos dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., establecerá medidas que permitan controlar los riesgos ocupaciones, cumpliendo el siguiente orden de actuación:
1. Eliminación 2. Sustitución 3. Controles de Ingeniería 4. Controles Administrativos 5. Equipos de protección personal
Art. 26.- Clasificación de los Riesgos Ocupacionales.-
El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., ha agrupado a los riesgos inherentes a sus actividades, según la siguiente clasificación:
1. Riesgos Físicos 2. Riesgos Mecánicos 3. Riesgos Químicos 4. Riesgos Biológicos 5. Riesgos Psicosociales 6. Riesgos Ergonómicos
Art. 27.- RIESGOS FÍSICOS.
El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe facilitar procedimientos escritos claramente establecidos sobre todo los procesos que
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involucran riesgos para los colaboradores que lo ejecutan y difundirlos a todo el personal.
1. REGLAS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS FÍSICOS DEL
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) El personal debe cumplir todas y cada una de las disposiciones de
Seguridad y Salud que el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., disponga.
b) El personal debe recibir la capacitación necesaria sobre la Seguridad y
Salud del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
c) Los espacios de circulación, permanecerán despejados y libres de
obstáculos, sus pisos limpios a fin de evitar deslizamientos y caídas.
d) No se debe correr por las aulas, oficinas, pasillos y gradas, para evitar accidentes por resbalones y tropiezos que puedan resultar graves.
e) Se debe evitar hojas de afeitar, alfileres, tijeras y otros objetos
puntiagudos regados en las gavetas del escritorio, conservarlos en cajas cerradas.
f) Se debe mantener su silla descansando sobre sus patas, nunca se
recueste hacia atrás de manera tal que las patas se levanten del suelo.
g) No se debe parar sobre una silla, taburete o escritorio para alcanzar objetos altos, utilizar una escalera.
h) Los escritorios, archivadores, anaqueles y otros muebles provistos de
puertas y gavetas, se mantendrás cerrados para evitar golpes o caídas inesperadas de las personas.
i) Se evitará todo tipo de cables, cuerdas en los pisos de pasadizos que
pudieran originar caídas y otros accidentes serios.
2. REGLAS PARA LA VENTILACIÓN, TEMPERATURA Y HUMEDAD.
a) En las instalaciones del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., se procurará mantener, por medios naturales o artificiales, condiciones atmosféricas
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(climatización, extracción), que aseguran un ambiente cómodo y saludable para los trabajadores.
b) El personal expuesto a temperaturas altas se debe hidratar
constantemente.
c) Todas las áreas de oficinas y aulas se las debe dotar de ventilación natural o sistemas de climatización artificial con el fin de proporcionar ambientes de trabajo con temperatura confortable.
3. REGLAS PARA LA ILUMINACIÓN DEL INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) todos los lugares de trabajo y tránsito se lo deben dotar de suficiente
iluminación (200 a 500 luxes), acorde a los estándares establecidos para el tipo de actividad que realicen y serán medidos con luxómetro, registrando los hallazgos y comunicándolos a las autoridades del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., para solicitar el control del riesgo.
b) Se debe realizar una limpieza periódica y la renovación, en caso
necesario, de las superficies iluminantes (pantallas de lámparas, planchas traslúcidas) para asegurar su constante transparencia.
c) En las zonas de trabajo que por su naturaleza carezcan de iluminación
natural, sea esta insuficiente, o se proyecten sombras que dificulten las operaciones, se debe emplear la iluminación artificial adecuada, 200 a 500 luxes, que debe ofrecer garantías de seguridad, no se debe exceder con iluminación la atmósfera de la zona de trabajo, ni debe presentar peligro de incendios o explosión.
d) Se deben señalar y especificar las áreas de conformidad con las
disposiciones del presente Reglamento de Seguridad y Salud y de otras reglas que tengan relación con la energía eléctrica, puedan constituir peligro.
e) Se debe prohibir el empleo de fuentes de luz que produzcan
oscilaciones en la emisión de flujo luminoso, con excepciones de las luces de advertencia.
f) En los lugares en que existan riesgos de explosión o incendio por las
actividades que en ellos se desarrollen o por las materias almacenadas en los mismos, deben colocarse dispositivos de control.
g) En las zonas de trabajo en los que se realicen labores nocturnas, se
instalará, dispositivos de iluminación de emergencia, cuya fuente de energía será independiente de la fuente normal de iluminación y tendrá
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una intensidad mínima suficiente para identificar las partes más importantes y peligrosos de la instalación.
h) En todos los recintos de oficinas y aulas se debe instalar una adecuada
iluminación suficiente en cantidades y calidad (300 a 500 luxes), sea natural o artificial que permita desarrollar trabajos intelectuales sin fatigas oculares.
4. REGLAS EN AMBIENTES CON RUIDOS Y VIBRACIONES DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) El anclaje de máquinas y aparatos que produzcan ruidos o vibraciones,
generador, lavadoras, etc., se debe efectuar con las técnicas que permiten lograr su optimo equilibrio estático y dinámico, aislamiento de la estructura o empleo de soportes anti vibratorios.
b) Las máquinas o equipos, que produzcan ruidos o vibraciones se deben
ubicar en recintos aislados si el proceso lo permite, y serán objetos de un programa de mantenimiento adecuado que aminore en lo posible la emisión de tales contaminantes físicos.
c) Se debe prohibir instalar máquinas o aparatos que produzcan ruidos o
vibraciones, adosados a paredes o columnas excluyéndose los dispositivos de alarma o señales acústicas.
d) Los trabajadores sometidos a tales condiciones se deben efectuar
estudio y control audio métrico, anualmente.
5. REGLAS PARA EL USO DE CARRETILLAS O CARROS MANUALES DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. El personal que manipula las carretillas transportadoras o coches debe cumplir con lo siguiente:
a) No se debe usar la velocidad.
b) No se lo debe sobrecargar.
c) Las carretillas se le deben empujar no halar.
d) Las empuñaduras deben estar dotadas de guardamanos.
e) La carga no debe sobrepasar la altura que dificulte la visibilidad.
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f) Uso obligatorio de guantes.
6. REGLAS PARA LA BODEGA EN GENERAL DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) el personal que labora en esta área debe cumplir las medidas del caso a
fin de que los materiales, productos, mercadería, sean almacenadas en forma correcta, y en los lugares asignados de acuerdo al instructivo y características de cada producto; se deberán almacenar en perchas, neveras y lugares adecuados de acuerdo a la asignación de cada producto debidamente clasificado evitando ubicarlos en pasadizos y salidas de emergencia.
b) Se debe utilizar el equipo de protección personal adecuado cuando se
manipulen productos peligrosos.
c) Los materiales pesados, se deben almacenar lo más cercano al piso.
d) No se debe permitir que ningún material rebase o sobresalga de las perchas invadiendo espacios de circulación para personas.
e) Jamás se debe retirar un material que pueda poner en riesgo el
almacenamiento o pilas de materiales.
f) Se debe prohibir el ingreso de personas no autorizadas o ajenas a estas dependencias.
g) Toda persona ajena a los trabajos específicos de carga o descarga de
materiales debe permanecer alejada de las maniobras de descarga.
h) Se debe mantener siempre limpio el piso en las bodegas del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
i) Los trabajadores encargados de la manipulación de mercadería se lo
deben instruir sobre la forma adecuada para efectuar las citadas operaciones, de acuerdo con las reglas de seguridad.
j) No se debe exigir ni permitir a un trabajador, el transporte manual de
carga cuyo peso puede comprometer su salud o seguridad.
k) Todo producto almacenado deberá conservar un espacio de 61 cm., con respecto a la pared.
l) Las áreas de almacenamiento de combustibles deben estar provistas de
un dique que pueda almacenar el líquido para evitar eventuales derrames de los productos.
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7. REGLAS PARA LOS TRABAJADORES DE REPARACIÓN O
MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS Y EQUIPOS EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) El personal que realiza trabajo de reparación o mantenimiento de
máquinas y equipo, no debe realizar ningún trabajo sin la orden escrita aprobada por los supervisores.
b) Se debe prohibir el acceso a las áreas de trabajo a personas que no
tenga la autorización correspondiente.
c) Al realizar trabajos en altura, se debe acordar el área inferior u otra medida equivalente y colocar en lugares visibles, señales de advertencia sobre el tipo de trabajo en ejecución.
d) Los avisos de bloqueo de equipo y/o máquinas, se deben colocar sobre
los órganos de bloqueo de los aparatos y sobre los figurativos correspondientes en el tablero de comando.
e) Solo el personal técnico especializado y calificado se debe encargar de
instalar, regular, revisar o reparar equipos o circuitos eléctricos.
f) Al trabajar en máquinas y equipos de cualquier naturaleza, se debe seguir las instrucciones de operación y mantenimiento respectivos, dado por el fabricante.
g) Cuando por razones de reparación o mantenimiento sea necesario
retirar cualquier tipo de cerca, malla, guarda o reja de seguridad, se debe colocar prestaciones y la suficiente señalización para evitar cualquier accidente.
h) Se debe verificar la ausencia de la tensión en todas la partes de la
instalación a reparar y, llegado el caso, sobre las partes vecinas en las cuales debe quitarse la tensión por precaución.
i) El trabajo de reparación o mantenimiento de equipo no se debe
considerar finalizado hasta tanto no se haya realizado el ordenamiento y la limpieza del lugar de trabajo.
j) Para trabajos con equipos de soldadura eléctrica se debe tener en
cuenta primordialmente mantener una segura línea a tierra.
k) Cuando se realicen trabajos de soldadura se utilizará un biombo portátil para evitar y/o limitar la luminosidad excesiva del arco eléctrico al resto del personal a distancia.
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l) El personal asignado se debe cerciorar que los trabajadores de suelda no tengan lugar en las inmediaciones de combustible y otros materiales inflamables.
m) Se debe mantener siempre una unidad de extintor contra incendios en
las inmediaciones mientras se realizan trabajos de soldadura.
n) Cuando se realicen trabajos de soldadura dentro de las instalaciones se debe coordinar con el Responsable de Prevención de Riesgos.
8. REGLAS PARA TRABAJOS EN ALTURA EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Para todo trabajo considerado de altura de sebe requerir
obligatoriamente la emisión de permiso de trabajo especializado (mayor de 1,8 metros).
b) Toda persona que vaya a realizar trabajos en altura debe estar apta
físicamente y poseer el adecuado entrenamiento.
c) La zona en donde se harán los trabajos se debe señalizar y demarcar claramente, mediante barreras o cinta plástica, con el fin de proteger a las personas que circulen por el lugar.
d) Si hay equipos o materiales que puedan sufrir daño por la caída de
objetos, se deben retirar o proteger convenientemente.
e) Las superficies de trabajo deben estar limpias, libres de grasa, humedad y cualquier agente que pueda aumentar la posibilidad de deslizamiento y caída.
f) Todo trabajo a la intemperie se debe suspender en caso de lluvia,
fuertes vientos o tormentas eléctricas y volverá a retomarlo cuando las condiciones sean favorables.
g) Se debe prever con anticipación las necesidades de levantamiento y
movilización de materiales que eviten el izaje o movimiento inseguro del mismo.
h) No se debe llevar objetos pesados por escaleras o andamios (Ej.
Cilindros, materiales voluminosos).
i) No debe lanzar materiales o herramientas manuales desde ninguna superficie elevada al suelo.
j) No se debe realizar el trabajo sin los elementos de protección personal
necesarios: casco, botas antideslizantes, bolsas porta herramientas, arnés.
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k) Se debe asegurar los andamios o escaleras en una estructura segura y
colocar frenos para evitar deslizamiento o volamiento.
9. REGLAS PARA EL USO DE LAS HERRAMIENTAS MANUALES DE LOS EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Se debe seleccionar y usar las herramientas manuales diseñadas y
adecuadas para facilitar el trabajo de una manera segura como instruyen los manuales técnicos.
b) No se debe utilizar herramientas en mal estado, deben ser reparadas o
dadas de baja, informar inmediatamente al supervisor para su reposición
c) Las herramientas manuales para golpes, cortes y torsión, solo se deben
utilizar únicamente para el trabajo que fueron diseñadas.
d) Las herramientas no se deben lanzar al pasarlas al otro trabajador.
e) No se deben dejar herramientas puntiagudas, cortantes o que estén calientes para su utilización, en sitios donde ofrezcan peligro.
f) No se debe utilizar herramientas para golpear que tengan rebabas.
g) Para los trabajos en áreas energizadas se debe utilizar herramientas
aisladas.
h) No se debe olvidar colocar sus herramientas, al finalizar su tarea, en el lugar que le corresponde.
i) No se debe dejar materiales ni herramientas en lugares que interrumpa
el libre tránsito.
j) Se debe limpiar la herramienta y el sitio de trabajo después de haber terminado la labor asignada.
10. REGLAS PARA LOS TRABAJADORES ELECTRICOS EN EL INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Ningún electricista o contratista debe participar en un trabajo en
instalaciones energizadas de alta y muy baja tensión, si no dispone de toda su dotación personal ya definida así como de aquel previsto por los modos operatorios que aplicara.
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b) Solamente el personal técnico eléctrico calificado, como conocedores de estas actividades, deben instalar, regular, examinar, reparar equipos o circuitos eléctricos.
c) Después de las instalaciones de un nuevo sistema eléctrico o después
que se hayan efectuado alteraciones de importancia en un sistema ya existente, se debe comunicar al personal del área involucrada.
d) Todos los conductores y circuitos eléctricos, se deben aislar y proteger y
en lo posible dispuestos de tal forma que puedan controlarse fácilmente. Todos los interruptores y demás sistemas de control, deben tener siempre sus cajas apropiadas, señalizadas y cerradas.
e) Todo equipo que requiera energía eléctrica para su funcionamiento tales
como calculadoras, terminales de computación, impresoras, copiadoras, etc., tendrán sus respectivos cordones y enchufes en buen estado de aislamiento y ordenados.
f) Todo los útiles y artefactos eléctricos se deben desconectar al término
de su utilización y al finalizar cada jornada de labores, a fin de evitar sobrecalentamiento y circuito eléctricos capaces de generar fuegos.
g) Los cajetines eléctricos o cajas de breakers, se debe dejar total acceso
a los mismos y, en el caso de los últimos, no colocar materiales de ningún tipo de 0.40 metros.
11. REGLAS PARA LOS TRABAJADORES EN TABLEROS ELÉCTRICOS,
PANELES DE DISTRIBUCIÓN Y TRANSFORMADOR EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Sólo personal autorizado debe ingresar a estos sitios quedando
prohibido el ingreso de personas ajenas a la operación de estos.
b) Se debe chequear periódicamente para comprobar su buen funcionamiento.
c) Para realizar mantenimiento o reparaciones el personal debe utilizar los
equipos de protección personal como casco de seguridad, botas y guantes dieléctricos, cinturón de seguridad y herramientas aislantes.
12. REGLAS PARA LA MANIPULACIÓN DE GASES COMPRIMIDOS EN EL
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
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a) Se debe evitar fugas de gases (GLP) y cuando se produzca, debe ser reparados inmediatamente. Las fugas no deben ser detectadas utilizando elemento que produzcan llama abierta.
b) No se debe intentar adaptar o utilizar conexiones, mangueras o
reguladores de cilindros de contenido diferente.
c) Los cilindros de gas se deben manipular con cuidado extremo y no se deben levantar o manipular una botella cogiéndola por la válvula y deben ser guardados en lugares seguros, cerrados, bien ventilados, poniéndolos en posición vertical y amarrados, con la tapa de la válvula en su lugar.
d) Los cilindros de gas (GLP), no se lo deben exponer a calor excesivo. e) Los cilindros de gas deben estar lejos de chispas o llamas.
f) Los cilindros de gas no se deben almacenar con aceites, grasas o
líquidos inflamables.
g) Se debe prohibir fumar o producir llama abierta en las áreas donde se almacene o trabaje con gas.
h) El aceite y la grasa no deben estar en contacto con las válvulas
reguladoras o cualquier otra parte del cilindro. El contacto de gas con aceite o grasa causa explosión.
i) No se debe usar gases comprimidos de cilindro, tanques o múltiples que
no tengan instalados un apropiado regulador de presión.
j) No se debe rodar a golpes los cilindros, ni los coloque en lugares donde puedan ser dañados.
13. REGLAS DE LA SEGURIDAD FÍSICA INTERNA EN EL INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Es responsabilidad de la guardianía, la seguridad física interna deben
revisar, controlar el ingreso y salida de cada persona, vehículo en las instalaciones y de notificar de forma inmediata cualquier novedad, al Responsable de Prevención de Riesgos
b) Tendrá a su responsabilidad el cumplimiento de las disposiciones específicas
que ordene la administración o gerencia del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
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c) En caso de situaciones emergentes de cualquier naturaleza, fuera del
horario normal de trabajo o feriados, el personal de vigilancia se debe poner de inmediato bajo las órdenes del Responsable de Prevención de Riesgos o Gerente o persona que se designe para este efecto.
d) En caso de incendio, los guardias únicamente permitirán la entrada al
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., a los vehículos del cuerpo de bomberos, ambulancias y personal directivo.
14. REGLAS PARA LOS GRUPOS DE SERVICIOS TÉCNICOS
ESPECIALIZADO CONTRATADOS.
a) se los debe tratar con las limitaciones que establezca la ley y cumplirán con lo establecido en este Reglamento de Seguridad y Salud.
b) Deben cumplir sus fases de capacitación, inducción, práctica acorde
con la actividad.
c) Los grupos de servicios técnicos especializados, que concurren a realizar trabajo específico en las instalaciones del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., deben notificar previamente al Responsable de Prevención de Riesgos la naturaleza de su trabajo, a fin de evaluar riesgos potenciales y prevenir daños a personas y a las instalaciones.
d) Se debe someter a cumplir las reglas y disposiciones de este
Reglamento de Seguridad y Salud, en especial el uso de equipos de protección personal que el Responsable de Prevención de Riesgos estime conveniente para prevenir riesgos específicos y accidentes dentro de las instalaciones.
e) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS
CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., se reserva el derecho de dar por finalizado el contrato por incumplimiento de las medidas de seguridad debiendo constar así en el documento contractual.
f) Al ingresar equipos eléctricos y/o mecánicos, herramientas o materiales
deben tener presente que no debe bloquear pasillos, entradas o salidas, ni extintores contra incendios.
g) El contratista debe entregar la lista de su personal incluido nombres y
edad, asi como una copia de la afiliación al IESS al Responsable de Prevención de Riesgos
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Art. 28.- RIESGOS MECÁNICOS.
15. REGLAS PARA LAS OPERACIONES DE EQUIPOS, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Se debe garantizar que los equipos máquinas y herramientas, en sus
condiciones de uso reales, no presenta riesgo para la salud de los trabajadores o que dichos riesgos se han reducido al mínimo.
b) Se debe disponer lo necesario para que los equipos (cocinas, hornos,
cortadoras, utencillos) y herramientas se usen de acuerdo con sus prescripciones técnicas de seguridad y cumplimiento lo dispuesto en las leyes.
c) Se debe asegurar el mantenimiento necesario de los equipos y
máquinas, mediante planes de mantenimiento preventivo y predictivo, para que ésta conserve las condiciones de seguridad exigidas.
d) Se debe restringir el uso de equipos y máquinas, que por razones de
seguridad y salud, requieran conocimientos especiales de las personas asignadas y preparadas para ello.
e) Se debe mantener limpio y ordenado el lugar y puesto de trabajo:
equipos, máquinas, suelos y paredes libres de desechos.
f) Ante cualquier tipo de anomalía, problema o emergencia, se debe avisar al encargado de inmediato.
g) En ningún caso se debe adoptar actitudes peligrosas o temerarias a la
hora de manipular maquinaria, equipos y herramientas.
16. REGLAS PARA LAS OPERACIONES DE LAS MAQUINARIAS Y EQUIPOS AUXILIARES EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Se debe inspeccionar personalmente la maquinaria o el equipo antes de
ponerlas en movimiento, verificar que no existan restricciones operativas, peligro personal o colectivo.
b) Se debe avisar por cualquier medio al encargado responsable antes de
poner en movimiento una máquina o equipo como medida de prevención de accidente.
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c) No se debe permitir que las maquinas y equipos sean operados por otros trabajadores, solo debe hacerlo la persona asignada para el efecto y con la respectiva autorización.
d) Se debe asegurar que todas las maquinas y equipos tengan las
respectivas guardas o pantallas de protección.
e) Pera limpiar una máquina o equipo, se debe apagar y esperar a que las
partes móviles o clientes estén aptas para su manipulación, verificar los dispositivos de seguridad.
f) Si no está seguro de cómo actuar en caso de una emergencia, se debe
pedir ayuda o instrucciones al jefe inmediato.
g) Se debe mantener atento a la posibilidad de tener que parar la máquina o equipo por una situación de riesgo.
h) No debe permitir que lo distraigan y no se acerque a las partes salientes
y/o móviles de la maquina o equipo.
i) Se debe prohibir el uso de toda clase de joyas en dedos, manos, cuellos, así como de cabellos largos en la operación o mantenimiento de máquinas y equipos, capaces de producir lesiones por enganches con partes móviles.
Todos los trabajadores se deben adiestrar en los manejos de las máquinas y los equipos, incluyendo en la conducta que debe observar en caso de emergencia, de acuerdo con el Reglamento Interno, con las especificaciones técnicas del equipo y con las instalaciones del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
17. REGLAS PARA EL TRÁFICO VEHICULAR DEL INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) La velocidad máxima para el rodaje de vehículos motorizados se debe
fijar en 10 km/h.
b) Todo vehículo que ingresa o egresa de las instalaciones, ya sea que pertenezca o no al INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe pasar por un registro de seguridad completa a cargo del personal de guardias.
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c) Los conductores no deben ingresar en estado etílico o bajo los efectos
de estupefacientes, no ingresaran armas de cualquier índole.
d) Los conductores de vehículos que ingresan productos y otros materiales a las instalaciones del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. se sujetarán a los turnos y ordenamientos que indique el personal encargado.
e) Los espacios del parqueo y estacionamiento para vehículos serán
señalizados en las áreas donde se pueda hacerlo y en las que por sus características no se puedan señalizar se sujetarán a las normas correspondientes de estacionamiento dictadas por las autoridades. La señalización en todas las áreas de estacionamiento debe ser respetada por todos los conductores.
f) Todo conductor al ingresar o salir de las instalaciones del edificio
principal, hará conocer su propósito al guardia.
g) El guardia registrará todo movimiento vehicular que ingrese o salga de las instalaciones del edificio principal.
h) Los vehículos que transportan productos no deben bloquear las vías de
salida en ningún área de las instalaciones.
i) Todo vehículo de carga debe portar un extintor contra incendios de polvo químico seco, mínimo, de 5 libras.
j) El parqueo de vehículos obligatoriamente se hará en posición de salida,
es decir de reservas.
18. REGLAS PARA EL ORDEN, LIMPIEZA Y CONDICIONES DE LAS INSTALACIONES EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Siempre el área de trabajo se mantendrá limpia y ordenada.
b) El piso y escaleras deben estar libres de residuos, grasas y otros
materiales resbaladizos.
c) Los pasillos de circulación peatonal se deben liberar de obstáculos, así como las salidas de emergencias y los equipos contra incendio.
d) La basura y desechos se concentrarán en los sitios predestinados para
tal efecto, los cuales deben mantenerse ordenados, limpios y se dispondrá de acuerdo a horarios de recolección.
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e) Los servicios higiénicos se deben mantener en completo aseo, desinfección y desodorización.
f) Las instalaciones, paredes, pisos, techos, tumbados, ductos de aire, se
deben mantener en condiciones operativas, controlando los riesgos que estos puedan generar.
g) Se debe mantener el orden para el desarrollo del INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., saber utilizar los corredores, espacios de tráfico, áreas definidas de circulación y la delimitación de zonas de paso representan un ordenamiento eficaz.
h) A más de este ordenamiento, se debe mantener las oficinas, bodegas,
aulas y demás áreas limpias; cuidando con este proceder los intereses y seguridad física de las instalaciones; ya que las áreas de trabajo sin aseo y desordenados provocan accidentes y siniestros.
i) Mantener el orden y la limpieza otorgan innumerables ventajas, tales
como:
j) Economía de espacios. k) Menor riesgo de accidentes, intoxicaciones, enfermedades e incendios. l) Mejor ambiente de trabajo. m) Economía del tiempo y mejora de producción de las tareas. n) Menos desprecios y daños a los equipos y materiales. o) Motivación y productividad del personal p) Salud q) El orden y la limpieza lo deben supervisar los encargados o los
representantes del Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo. r) En cada área de aulas, bodegas y oficinas, debe estar un trabajador
encargado del orden y limpieza, quien tiene a su responsabilidad el mantenimiento constante del orden y la limpieza en función de un esquema de prioridades y tiempo de ejecución.
s) Ante algún trabajo de limpieza que se estime potencialmente riesgoso,
el trabajador solicitará instrucciones e información clara y segura para su ejecución.
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t) Se debe eliminar cualquier obstáculo ubicado frente a aparatos de extinción contra incendios que existieren en su área y efectuar la limpieza de los mismos.
u) Se debe desalojar y transportar tachos o recipientes de desperdicios del
sector al exterior de las instalaciones (patio o área de almacenamiento de desechos)
v) Al finalizar cada jornada, el personal de limpieza debe guardar los
implementos de trabajo y herramientas, utensilios, equipos de protección personal en el lugar asignado para tales propósitos, ya que estará bajo su responsabilidad.
w) Para efectuar trabajos de limpieza en las instalaciones, se debe obligar
el uso de equipos de protección personal de acuerdo a las necesidades de la tarea.
x) La labor de orden y limpieza no corresponde únicamente a las personas
encargadas de ello, sino también lo debe hacer cada trabajador del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
y) En las diferentes áreas del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO
“ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., oficinas, aulas, ,bodegas patios se debe mantener distribuidos convenientemente, recipientes colectores de desperdicios, los mismos que son retirados diariamente por el personal de limpieza encargado y depositado en los el área asignada hasta que se realice la recolección de la cuidad o de convenios en caso de reciclar.
Art. 29.- RIESGOS QUÍMICOS.
1. REGLAS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS QUÍMICOS EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Los trabajadores sometidos a la acción de sustancias químicas que
impliquen riesgos especiales, se deben instruir teórica y prácticamente.
b) Los trabajadores del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., que manipulan, empleen productos químicos para la limpieza de baños, urinarios, vajilla, trampas de grasa, etc. cloro, desinfectante, ácidos, cáusticos, corrosivos, se protegerán
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con equipos especiales y vigilarán las instalaciones y equipos contra el efecto, de tal forma que no se derive ningún riesgo para la salud de los trabajadores. A tal efecto, los recipientes y bidones y demás recipientes que las contengan estarán debidamente rotulados.
c) Donde exista riesgo derivado de sustancias químicas, por
almacenamiento, está prohibida la introducción, preparación o consumo de alimentos y bebidas.
2. REGLAS PARA MANIPULACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE
PRODUCTOS QUÍMICOS EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Para la manipulación y almacenamiento seguro de productos químicos,
el Responsable de Prevención de Riesgos, identificará los productos químicos y mantendrá actualizado instructivos y hojas técnicas de los mismos en los lugares de trabajo, para garantizar en forma segura la manipulación, almacenamiento, emergencia, contaminación de los mismos.
b) La manipulación de productos químicos se debe llevar a cabo utilizando
el equipo de protección personal apropiado para tal propósito. Siendo obligatorio el uso de respiradores, guantes según el producto, protección de ojos, protección de cuerpo.
c) Todo derrame de productos químicos se debe limpiar inmediatamente.
d) Si cualquier producto químico se riega sobre el cuerpo, manos o salpica
a los ojos, inmediatamente se debe lavar con abundante agua el área afectada y acudir a la atención médica.
e) Después de la manipulación de los productos químicos se debe lavar o
bañar y evitar su contacto con la piel.
f) Todos los recipientes que contengan productos químicos se deben identificar claramente y desechar según procedimientos establecidos.
g) Se debe utilizar el equipo de protección personal adecuado cuando se
manipulen productos químicos, pues su acción nociva puede presentarse por inhalación, absorción o ingestión del producto.
h) Las áreas de almacenamiento de químicos se les deben proveer de
material absorbente para el combate de eventuales derrames de productos químicos.
19. REGLAS PARA EL ALMACENAMIENTO Y MANIPULACIÓN DE
LÍQUIDOS O SUSTANCIAS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
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ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Los líquidos inflamables y combustibles (gasolina, diesel) se deben
almacenar en lugares distintos a los de trabajo, y si fuera posible, en recintos completamente aislados.
b) En los puestos o lugares de trabajo no podrán haber este tipo de
líquidos por su peligrosidad que representa su almacenamiento y uso.
c) Antes de almacenar sustancias inflamables y combustibles (Gasolina, diesel) se comprobará que su temperatura no rebase el nivel de seguridad efectuados los controles periódicos mediante aparatos de evaluación de las atmósferas inflamables.
d) El llenado de los depósitos de líquidos o sustancias inflamables y
combustible se efectuará lentamente y evitando la caída libre desde orificios de la parte superior, para evitar la mezcla de aire con los vapores explosivos.
e) Los recipientes de líquidos o sustancias inflamables y combustibles se
rotularán indicando su contenido, peligrosidad y precauciones necesarias para su empleo (Norma NFPA).
f) Con anterioridad al almacenamiento de productos inflamables
envasados, se comprobará el cierre hermético de los envases y si han sufrido deterioro o rotura.
g) El envasado y embalaje de sustancias inflamables se efectuará siempre
con las precauciones y equipo personal de protección adecuado en cada caso.
h) En los lugares cerrados, en los que se almacenan sustancias
inflamables, se debe poner énfasis en la recomendación de NO FUMAR, así como llevar cualquier objeto o prenda que pudiera producir chispa o llama.
i) Todas las personas que realicen el trabajo conocerán las precauciones
que deben adoptar al limpiar o reparar un tanque de combustible, debiéndose avisar de los riesgos existentes a los trabajadores de los lugares cercanos.
j) El acoplamiento y desacoplamiento de mangueras, así como todas las
operaciones y trasvase, se lo debe realizar de forma que no se produzcan derrames de combustibles.
k) La sustancia inflamable se almacenará en recipientes adecuados sobre
una superficie impermeable y un cubeto, que realice la recolección de algún eventual derrame.
Art. 30.- RIESGOS BIOLÓGICOS.
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20. - REGLAS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS BIOLÓGICOS EN
EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Todo trabajador expuesto a microbios, roedores, etc., nocivos para la
salud se deben proteger en la forma indicada por la ciencia médica y la técnica en general (vacunas)
b) Se debe evitar la acumulación de materias orgánicas susceptibles de
putrefacción en la cocina. Igualmente deben mantenerse libres de insectos y roedores las bodegas, patios, oficinas, aulas y alrededores, mediante planes de control y eliminación de plagas.
c) Las áreas de trabajo y dependencias se deben mantener siempre
limpias y en buen estado.
d) En las áreas susceptibles, en donde se produzca suciedad, la limpieza se efectuará periódicamente y preferentemente por medios húmedos.
e) Se evacuará los residuos de las instalaciones de oficinas, bodegas y
aulas mediante recipientes adecuados e identificados, y cerrados con tapa si los residuos resultan molestos o fácilmente combustibles.
f) La limpieza de ventanas y tragaluces se efectuará, con la regularidad e
intensidad necesaria.
g) Se proveerá se un sistema de depuración de aguas para el consumo humano, monitoreado con controles de laboratorio.
h) Para las operaciones de limpieza y trampas de grasa se dotará el
personal de herramientas y ropa de trabajo adecuadas y, según el caso, equipo de protección personal.
i) Los ductos de los sistemas de aire climatizado y equipos de aire
acondicionado se deben someter a limpieza periódica con el fin de eliminar agentes biológicos que proliferan con la humedad.
j) A fin de contribuir al mantenimiento de la higiene en todas las áreas se
debe prohibir terminantemente escupir en los pisos.
21. - REGLAS PARA LAS AREAS DE COCINA – COMEDOR DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) El personal que labora o realiza prácticasen esta área debe mantener el
área completamente limpia en coordinación con el personal de limpieza.
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b) Las labores de fumigación dentro del área del comedor se realizarán previniendo que no se contaminen los productos y fuera de hora de servicio.
c) Dispondrán de agua potable para la limpieza de utensilios y vajillas con
sus respectivos medios de desinfección.
d) Las campanas de extracción de olores y vapores se las debe limpiar frecuentemente, para evitar acumulación de grasas.
e) Las conexiones entre el recipiente de gas y la cocina, se deben
inspeccionar periódicamente.
f) Los recipientes de gas se deben almacenar mínimo a 15 metros del área donde se encuentra la llama de la cocina.
g) El personal que realiza las labores de preparación de los alimentos no
debe fumar durante su jornada.
h) El personal que maneja los alimentos debe estar higiénicamente limpios, sin heridas de ninguna naturaleza, debe utilizar uniforme zapatos adecuados al área, incluido el gorro.
i) Todo el personal de cocina que manipula alimentos para consumo del
personal o practicas con los mismos se debe someter a exámenes médicos y de laboratorio mínimo una vez al año, bajo la supervisión de un médico, o el Responsable de Prevención de Riesgos.
j) El personal de cocina debe mantener en condiciones higiénicas y
limpias todas las instalaciones una vez terminada la utilización del área.
k) Mantenimiento y Operaciones en conjunto con el Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo, realizan inspecciones periódicas del estado de funcionamiento de los sistemas de cocinas, válvulas, equipos y herramientas, así como las instalaciones de gas.
l) El Responsable de Prevención de Riesgos se encargará de mantener
un correcto orden, limpieza y desinfección de todos los utencillos y vajillas utilizados por el personal para su alimentación
22. - REGLAS DE HIGIÉNE EN BAÑOS, VESTIDORES Y BATERIAS
SANITARIAS DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Las oficinas, áreas de cocina y bodegas, deben tener baños,
lavamanos, y baterías sanitarias en número suficientes y de acuerdo con la reglamentación técnica de higiene, para él uso del personal de
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cada área de trabajo, siendo obligatorio para los usuarios contribuir al mantenimiento del aseo o integridad de estas instalaciones.
b) La limpieza, aseo y desinfección de estas instalaciones se debe llevar a
cabo en forma continua por el personal de limpieza encargado y de acuerdo a los procedimientos del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
c) Para botar los desperdicios se lo debe realizar en los recipientes
destinados para ello.
d) Los accesorios que poseen estas instalaciones son para uso exclusivo de todo el personal, por lo tanto se debe evitar destruir o retirarlos de su sitio.
Art. 31.- RIESGOS PSICOSOCIALES
23. - REGLAS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Las medidas para prevenir y controlar estos riesgos se deben apoyar en la gestión y comunicación tales como:
a) Se debe aclarar los objetivos del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., así como la contribución individual de los trabajadores para cumplir estos objetivos.
b) Se debe capacitar a la dirección, jefes, supervisores y trabajadores con
el fin de informar acerca del estrés y su comprensión, sus posibles causas y la manera de hacerte frente y/o de adaptarse al cambio.
c) Se debe mejorar los sistemas de comunicación ascendente, horizontal y
descendente. Sistemas escritos y aprobados por distintas jerarquías.
d) Debe quedar absolutamente claro los estándares éticos que rigen en el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. y que debe ser asumido y aceptado por todos los trabajadores en el código respectivo.
e) Ante una notificación de un riesgo psicosocial, EN EL INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y
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ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. debe asignar responsables para seguimiento y orientación a la solución del problema; si el trabajador viniera recibiendo tratamiento psicológico o psiquiátrico, se solicitará el correspondiente informe, respetando la confidencialidad respectiva.
f) Si una persona afectada por una situación de estrés laboral, o de acoso
moral en el trabajo, no denuncia dicho comportamiento a las autoridades del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., ésta no será responsable de tales conductas.
g) Se debe administrar adecuadamente la carga y ritmo de trabajo.
h) Se debe facilitar la cohesión interna del grupo para mejorar la calidad de
las relaciones laborales, ambiente de trabajo y propender al trabajo en equipo para el logro de los objetivos.
Art. 32.- RIESGOS ERGONÓMICOS.
24. - REGLAS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS ERGONÓMICOS EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) A fin de que las condiciones de trabajo resulten más seguras, se debe
mantener en las mejores condiciones en las instalaciones EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., así como el funcionamiento seguro de los equipos y el mobiliario adecuado dependiendo del puesto o área de trabajo.
b) La detección de fallas o anomalías en mobiliario, instalaciones,
máquinas, equipos y en general en el ambiente laboral que se considere capaz de generar peligros potenciales, se debe reportar de inmediato a los jefes encargados.
c) EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS
CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.,proporcionará a sus trabajadores, ropas de trabajo y equipos de protección de acuerdo a lo que la técnica prescribe para los diversos tipos de protección en que fueren necesarios, siendo su utilización de carácter obligatorio durante la ejecución de las tareas. El incumplimiento a ésta cláusula se considerará como falta grave del trabajador.
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d) Se debe procurar que los trabajadores asistan a Seminarios, Curos o Charlas organizadas y programadas relacionadas con el uso de los EPP, Ergonomía, Manipulación de cargas, posturas correctas.
e) Los equipos de protección personal, serán de uso individual y
obligatorio, no lo debe prestar o vender. Serán renovados por deterioro como consecuencia de su uso.
f) El Comité de Seguridad debe orientar sobre los equipos de protección
personal de acuerdo a las actividades de sus trabajadores. El uso del equipo de protección forma parte de las medidas correctivas destinadas a eliminar las causas de los accidentes.
g) Los equipos de protección personal se deben seleccionar en base a un
estudio cuidadoso del trabajo y sus necesidades en función de los factores de riesgo y los riesgos del trabajador, las condiciones de trabajo, las partes del cuerpo a proteger y el trabajador que las usará.
h) Los jefes, Responsable de Prevención de Riesgos y el Comité de
Seguridad son los responsables, de hacer cumplir el uso y mantenimiento de los equipos de protección personal y vigilar su eficiente utilización y cuidado.
i) Los equipos de protección personal deben cumplir las siguientes
características:
1) Deben proteger en forma adecuada.
2) Se debe diseñar conforme al equipo de trabajo a ejecutar y a las condiciones en las áreas de trabajo.
3) Deben ser prácticos en su uso.
4) Deben ser de fácil mantenimiento.
5) Deben cumplir con las reglas nacionales o internacionales.
j) Los elementos de protección y ropa de trabajo, que deben recibir los
trabajadores, son de propiedad exclusiva del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.; por lo tanto:
1) Se debe prohibir venderlos, deteriorarlos deliberadamente o
canjearlos.
2) Se debe prohibir sacarlos fuera del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., salvo que el trabajo así lo requiera.
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3) Para solicitar reposición del nuevo elemento de protección o
ropa de trabajo, el trabajador debe entregar los usados o deteriorados.
4) En caso de pérdida comprobada, se debe entregar el nuevo
equipo de protección o ropa de trabajo, sin costo para el trabajador y en caso de pérdida no comprobada se le descontará el valor del equipo de su remuneración.
5) El Comité de Seguridad y las jefaturas del INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., deben llevar un control de los elementos de protección y ropa de trabajo, mediante formato individual con la firma de recepción del trabajador.
6) La frecuencia de reemplazo de los equipos de protección
personal, lo debe registrar el jefe o supervisor.
k) Se debe usar respirador con filtros apropiados, al realizar labores en lugares donde la atmósfera circundante se encuentre contaminada o que sea desagradable, molestosa (manipulación de líquidos combustibles e inflamables, grasa, desechos, polvo) o cuyo efecto a largo plazo sea nocivo a la salud.
l) En todo lugar donde exista el riesgo de caída de objetos o en trabajos
debajo de maquinas o equipos, durante el mantenimiento, se debe usar casco contra impacto para su protección.
m) Cuando se necesite realizar trabajos en altura (limpieza, mantenimiento,
arreglos en general, construcción, etc.), debe utilizar arnés de seguridad tipo para caídas, el cual debe estar sujeto a una superficie fija, línea de seguridad (vida).
n) El tipo de guantes que debe usar un trabajador es de acuerdo al riesgo
a que estará y materiales que va a manipular.
o) Todo el personal del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., que trabaja en bodega y cocina, debe usar obligatoriamente zapatos de seguridad de acuerdo al trabajo que realiza.
p) Se debe usar gafas de seguridad de acuerdo al riesgo expuesto, por
ejemplo el personal que trabaja en mantenimiento, personal operativo, limpieza de SS.HH., etc.
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q) Para los trabajadores expuestos en oficinas se deben dictar cursos sobre la adecuación del mobiliario, posturas de acuerdo a sus capacidades psicofísicas y los riesgos que conlleva la no aplicación de las técnicas adecuadas de ergonomía en el puesto de trabajo
CAPITULO V
DE LOS ACCIDENTES MAYORES EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. Art. 33.- De Los Planes de Emergencia, Contingencia y Prevención de Accidentes
En el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., se debe realizar un estudio de los riesgos actuales y potenciales a objeto de planificar su eliminación. Se hace necesario considerar especialmente aquellos que puedan ocasionar una catástrofe, lo que producirá lesiones a los trabajadores y daño considerable a las instalaciones, equipos y maquinarias. Para este efecto se debe tener un plan de emergencia general que tendrá aplicación especialmente en caso de incendio, explosiones, terremotos, inundaciones, robo, emergencias médicas etc. En este plan cada persona debe tener una labor específica que cumplir, para lo cual se debe establecer funciones y obligaciones por cada una de ellas.
Los puntos más importantes que se debe considerar en el Plan de Emergencia son:
a) Designación de un Director y Coordinador de emergencia que deben
tener a su cargo el control total de ella.
b) Sistema de alarma y comunicaciones.
c) Conformación y adiestramiento de Brigadas de Emergencia
d) Procedimientos de Emergencia Antes, durante y después.
e) Capacitación y entrenamiento.
f) Procedimientos de Evacuación.
g) Simulacro.
Art. 34.- PROCEDIMIENTO PARA EVACUAR EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
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a) Todos los trabajadores deben aplicar lo siguiente, cuando la emergencia
lo requiera:
b) Conserve la calma.
c) No contribuya al pánico
d) Acate serenamente instrucciones de los líderes o asistentes.
e) Espere la orden de salida. No trate de comunicarse telefónicamente con familiares cualquiera que sea la situación.
f) No corra. Camine normalmente.
g) No pierda tiempo en recoger objetos personales.
h) Circule únicamente por el costado derecho, mientras se moviliza en las
rutas de escape (escaleras).Nadie debe gritar, trate de permanecer en
silencio, esto evita el pánico.
i) No use zapatos de taco alto, quíteselos durante la evacuación, lo que le
permitirá movilizarse rápidamente
j) Se alguien cae, trate de circular por un lado hasta que esa persona se
levante.
k) Si sufre una caída ruede hacia la izquierda para evitar amontonamiento
e interferir la evacuación, una sola persona debe ayudar a incorporarse
al caído.
l) Si se le caen objetos personales, así sean de valor no trate de
recuperarlo, su vida es más importante.
m) Preste atención a los cables u otros objetos caídos, así como, charcos
de agua, en la ruta de evacuación, rodéelos.
n) Concurra al sitio de reunión, si por alguna razón debe abandonarlo
ponga en conocimiento de su Jefe de Departamento o Líder de Brigada,
para así evitar considerarlo ausente y no duplicar esfuerzo de
búsqueda.
o) En el sitio de reunión permanezca dentro del grupo y en el área
asignada, hasta verificar si se encuentran todos sus compañeros,
espere nuevas instrucciones.
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p) Ninguna persona está autorizada a movilizar sus vehículos del
estacionamiento; únicamente podrán realizarlo si se dispone de otro
lugar de reunión.
q) No regrese al área evacuada sin autorización del Coordinador General
de Emergencia
r) Deben interrumpir las actividades cuando escuche la voz o sirena de alarma para evacuación.
s) Deben seguir las instrucciones de los Brigadistas o líder.
t) Al momento de salir al o puntos de reunión se debe mantener la calma,
no gritar, no correr desesperadamente.
u) Al escuchar la alarma se debe dirigir por las rutas de escape, no llevar consigo cualquier otro objeto que pueda producir heridas o accidentes.
v) Se debe alejarse de los cables energizados, depósitos de combustibles,
o de sustancias químicas.
w) Si la emergencia es por un incendio o contaminación por químicos y existe mucho humo no debe echar al piso y salir a rastras.
x) Cuando se encuentre en el punto de reunión los brigadistas o líderes
tomarán lista y se debe contestar la misma con voz fuerte y clara.
y) Se debe comunicar cualquier novedad que haya ocurrido durante la salida de emergencia al Brigadista o líder.
z) No se debe regresar a las laborares hasta cuando el Jefe de
emergencias no lo haya ordenado. Art. 35.- PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIO EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) De ser posible, todas las escaleras, estructuras, edificios, etc., se deben construir con materiales resistentes al fuego.
b) Dentro del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE
LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. en general, se debe prohibir fumar.
c) En todos los ambientes del predio deben existir elementos, extintores
apropiados y en función del área considerada peligrosa.
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d) Todo trabajador del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. que observe indicios de propagación de fuego, debe dar la alarma y sofocarlo con los medios de extinción que estén a su alcance.
e) El Responsable de Prevención de Riesgos, permanentemente entrenará
a los trabajadores sobre las reglas de utilización de estos equipos de prevención de incendios de tal manera que siempre estén aptos para casos de incendios.
f) Todos los trabajadores en general deben mantener sus áreas y sitios de trabajos limpios y ordenados para de esta forma eliminar en gran parte las causas de los incendios.
g) El Responsable de Prevención de Riesgos del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., formará en cada área, brigadas de emergencia para dirigir y realizar simulacros de siniestros y emergencias; las mismas que estarán integradas por colaboradores de la propia área, bajo la dirección de los líderes de las mismas.
h) El Responsable de Prevención de Riesgos del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe evaluar de forma periódica a los colaboradores y líderes de los planes de emergencia que dispone
i) Los planes de prevención y control de siniestros se deben poner en conocimiento de todo el personal utilizando los mecanismos de difusión existentes en el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
j) El Responsable de Prevención de debe tener un programa de
mantenimiento preventivo que le permita mantener en buen estado de servicio, las instalaciones, equipos eléctricos y electrónicos, etc., para que desempeñen un trabajo seguro, conforme las recomendaciones de los fabricantes o proveedores especialistas en el ramo.
k) El personal administrativo debe asistir al entrenamiento necesario para
casos de emergencia como casos de incendio, desastres Naturales y de Evacuación.
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l) El personal debe colaborar con el trabajo que efectúan las brigadas de Respuesta a Emergencia y el Comité de Seguridad del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
m) Las puertas de acceso, así como las salidas de emergencias
permanecerán despejadas y libres de obstáculos, con sus respectivos letreros y señales visibles. Además abatirán hacia afuera.
n) Todo el personal debe conocer el funcionamiento y ubicación de los
extintores.
o) El Responsable de Prevención de Riesgos del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe llevar un registro de todos los siniestros ocurridos en la escuela, así como de las lesiones o enfermedades asociadas al cumplimiento de las labores encomendadas.
p) Todo conato o incendio lo debe informar e investigar el Responsable de
Prevención de Riesgos, dentro de un plazo límite de veinticuatro horas hábiles.
q) Toda puerta a exterior, ventanas y pasillos de salida deben estar
claramente rotulados con señales indelebles y perfectamente iluminadas.
r) A fin de evitar generación de fuegos se debe recomendar las siguientes
reglas preventivas:
s) Se debe revisar periódicamente las líneas de conducción eléctrica expuesta al contacto con agua o humedad excesiva.
t) Toda caja eléctrica se debe mantener cerrada. u) Evitar encender fuegos abiertos en áreas peligrosas adyacentes a
recipientes de combustibles. v) Se debe mantener siempre a mano equipos portátiles de extinción
durante operaciones de trabajos en caliente o que generen chispas de cualquier tipo, especialmente en lugares cerrados o cercanos a combustibles.
w) No se debe fumar dentro de las instalaciones.
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Art. 36.- De los Equipos de Protección Contra Incendios en el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
a) Debe mantener en sus instalaciones equipos de extinción de incendios adecuados, de conformidad con el tipo de riesgo que pudiere producirse.
b) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS
CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., capacitará a los trabajadores sobre el sistema de prevención y manejo de los equipos de extinción de incendios, los mismos que estarán ubicados en lugares de fácil acceso y en condiciones de funcionamiento inmediato.
c) Cuando se ha utilizado un equipo contra incendios se debe comunicar
en forma inmediata al Responsable de Prevención de Riesgos para su recarga inmediata.
d) Los extintores contra incendios se debe inspeccionar constantemente,
por lo menos una vez cada mes.
e) Se debe respetar los lugares en que se encuentran ubicados los equipos contra incendios, no ubicar obstáculos, ni moverlos de su lugar.
f) Todo trabajador al detectar un incendio, debe actuar inmediatamente e
informar al supervisor o jefe de lo sucedido.
g) Cuando existan fuegos en líquidos combustibles, grasas o pinturas se debe usar extintores de acuerdo al riesgo.
h) Cuando pueda ocurrir fuegos en equipos eléctricos, no se utilizará agua,
sino extintores de dióxido de carbono (CO2).
CAPITULO VI
DE LA SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 37.- De la Señalización de Seguridad
La señalización de seguridad se debe hacer conocer con la mayor rapidez, la posibilidad de sufrir accidentes e identificar la existencia de riesgos particulares.
Las señales de seguridad se deben emplear de forma tal que el riesgo que indica el letrero o pancarta sea fácilmente advertido e identificado por todo el
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personal. Y su tamaño será congruente con el lugar en que se colocan o el tamaño de los objetos, dispositivos o materiales a los cuales se fijan, en todos los casos la señal debe ser identificada desde una distancia segura. A Todo el personal del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., se lo debe instruir acerca de la existencia, ubicación y significado de la señalización de seguridad empleada, sobre todo en el caso en que se utilicen señales especiales.
En el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., definirá los colores de las señales y símbolos de seguridad basada en la norma INEN 439.
Art. 38.- Rótulos y Etiquetas.
Por su color, forma y dibujos, los rótulos y etiquetas deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Deben identificar la naturaleza del riesgo que implica; y,
b) Los colores de los rótulos y etiquetas deben ser resistentes al agua y
reflectivos.
Art. 39.- Señales y Colores.
a) Señales de prohibición (Color Rojo): material, equipo y sistema de combate de incendio. Por ejemplo:
Ubicación de extintor, alarma de incendio, etc.
b) Señales de advertencia de peligro o Alerta (Color Amarillo): delimitación
de áreas, advertencia de peligros por radiaciones ionizantes, atención, precaución y verificación. Por ejemplo:
Peligro de fuego, agentes corrosivos, veneno, explosión Intoxicación.
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c) Señales de evacuación (Color Verde): Sitios de reunión, equipos de
emergencia. Por ejemplo:
En dirección de salida, ruta de evacuación, equipos de emergencia, salida de emergencia.
d) Señales de obligación (Color Azul): señalamiento para realizar acciones específicas. Por ejemplo:
Obligatorio uso de equipo de protección personal.
e) Los letreros y avisos de seguridad se debe ubicar en lugares visibles y con
letras y símbolos legibles por lo menos entre 10 y 15 metros de distancia. f) La señalización de evacuación se la debe completar en todos los ambientes
de trabajo, debiendo informar a los trabajadores sobre su ubicación y su significado.
g) Los avisos que sean colocados para indicar los riesgos, no se los debe
retirar dejando sin protección o señal de peligro al sitio que por su condición pueda dar lugar a accidentes de trabajo. La contravención a esta causa cláusula será sancionada como falta grave.
h) El aviso de alerta cuando un equipo máquina, etc., está en mantenimiento,
no se los debe retirar dejando sin protección o señal de peligro para el personal. La contravención a esta cláusula será sancionada como falta grave.
i) Dentro de las áreas de cocina, bodegas, etc., la señalización se la debe
instalar de acuerdo a su condición de riesgo y con la debida información que corresponda.
j) La señalización de emergencia en oficinas se debe reforzar con lámparas
de iluminación de emergencia.
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CAPITULO VII
DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABJADORES DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE
ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 40.- De La Vigilancia De La Salud de los Trabajadores
En el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., en coordinación con el IESS., debe realizar la vigilancia de la salud, este se inicia desde la fase de aspirante solicitando los exámenes básicos y el certificado de salud otorgado por la Dirección Provincial de Salud. El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., también debe llevar un registro de lo siguiente:
a) Examen médico pre-ocupacional.
b) Exámenes médicos periódicos (el tipo de examen y la periodicidad
dependerá de las evaluaciones de los factores de riesgos en los puestos de
trabajo).
c) Exámenes de incorporación o reingresó al trabajo.
d) Examen de retiro (revisión del estado de salud al final de la relación)
Art. 41.- PREVENCIÓN PARA LA SALUD.
e) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe proporcionar:
f) Agua fresca y potable para consumo de los trabajadores; en caso de utilizar
dispensadores, se debe mantener la limpieza de los filtros, y hacer los
mantenimientos periódicos mayores al equipo conforme las
especificaciones del fabricante.
g) Se debe suministrar suficiente iluminación natural y artificial, para que el
trabador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para sus
ojos.
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h) Se debe verificar que la iluminación general o artificial sea uniforme y
distribuida de tal manera que se eviten sombras intensas, contrastes y
deslumbramientos.
i) Se debe disponer de persianas u otros mecanismos en ventanas exteriores
que protejan el ingreso de excesiva luz solar directa a los puestos de
trabajo.
j) Se debe instalar luces de emergencia y una adecuada señalización de
modo que se pueda asegurar la orientación del personal hacia la salida de
las puertas de emergencia, escaleras, pasillos y salidas de escape.
k) Se debe mantener limpias y con los suministros adecuados las
instalaciones sanitarias.
l) Se debe aspirar y limpiar ventanas, persianas, pisos, techos y alfombras de
tal manera que no muestren señales de acumulación de polvo o suciedad.
m) Se debe realizar conferencias periódicas sobre el mantenimiento de buenos
hábitos de alimentación y de estilos de vida sana.
n) Se debe verificar que no se incurra en continuas jornadas de trabajo de
duraciones que pongan en riesgo la efectividad de las funciones físicas y
mentales de las personas en el desempeño de su trabajo, y que por esta
causa se originen accidentes o problemas para la empresa.
CAPITULO VIII
DEL REGISTRO E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES INSTITUTO
SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE
ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS
DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 42.- PROCEDIMIENTO.
a) El supervisor o Jefe inmediato debe informar el suceso al Responsable de Prevención de Riesgos y a la Gerencia, llenando un Registro Interno de accidentes y colaborará en el llenado del formulario de investigación de accidentes.
b) El Jefe o Supervisor directo, debe participar en la investigación del
accidente estableciendo en forma clara las causas y firmará el informe
requerido el Responsable de Prevención de Riesgos.
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c) Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente el Responsable de Prevención
de Riesgos y el Comité de Seguridad, deben realizar investigaciones
cuando así lo estimen conveniente, en el menor tiempo posible.
d) Cualquier falsedad o engaño por parte del trabajador al suministrar los
datos, para el reporte del accidente, se la deben considerar como falta
grave al Reglamento Interno del trabajo.
e) El Responsable de Prevención de Riesgos del INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE
CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe comunicar del
particular a la Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo, del
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, mediante formulario previamente
establecido, dentro de los diez días a partir de la fecha del accidente.
f) La incapacidad originada por la culpa grave del propio trabajador, no se
debe considerar como accidente o riesgo del trabajo para el otorgamiento
de las prestaciones correspondientes por parte del IESS en concordancia
con lo dispuesto en el Código del Trabajo.
g) Cuando un trabajador se negare o colaborar con los funcionarios del IESS en el trámite o investigación de un accidente de trabajo o no cumpliere con las medidas preventivas contempladas en el presente reglamento, el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe comunicar del particular a la Autoridad del trabajo respectiva, para que aplique las sanciones contempladas en el Código de la materia.
h) Los trabajadores que estuvieren presentes en el accidente deben colaborar
con sus testimonios y así lo harán conocer a sus respectivos Supervisores,
y a las Autoridades competentes si el caso lo requiere.
CAPITULO IX
DE LA INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 43.- Información y Capacitación.
a) El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y
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BEBIDAS., debe informar al trabajador sobre los procesos productivos que se desarrollan, los factores de riesgos que producen daños y al puesto de trabajo manteniendo una comunicación idónea.
b) La Gerencia y el Responsable de Prevención de Riesgos, debe llevar a
cabo el programa de capacitación general y específico en Seguridad y
Salud de acuerdo a los riesgos que se determinen como prioritarios, la
misma que debe tener una secuencia lógica y progresiva.
c) La inducción al personal relacionado al funcionamiento del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe ser fundamental como medida de la prevención de riesgos.
d) Temas de carácter específico que abarquen la gestión técnica deben ser
contemplados en la planificación anual y dirigida a cada área relacionada.
e) La Gerencia, indagará permanente para coordinar los mejores programas
de capacitación.
f) Se debe priorizar en aquellas áreas que el proceso lo requiera. Y
especialmente se formará y capacitará a los niveles medios y
administrativos en Seguridad y Salud.
g) La capacitación para prevenir peligros debe estar orientada en enfocar los
factores de riesgos como físicos, químicos, biológicos, mecánico,
ergonómico, ambiental, y psicosocial.
h) Los Jefes de área deben capacitar a los trabajadores en los procedimientos
específicos de la actividad que ejecutarán en su puesto de trabajo.
i) Se debe considerar también capacitación en el uso del equipo de
protección personal (EPP).
CAPITULO X
DE LA GESTIÓN AMBIENTAL DEL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Art. 44.- Normativa Ambiental
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El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION
DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., cumplirá con toda la
normativa ambiental vigente en el Ecuador y con los convenios que
voluntariamente suscriba sobre la materia.
Art. 45.- Manejo de Desechos
Durante la ejecución de los trabajos y procesos y las demás instalaciones, se
las debe ejecutar por las personas asignadas para esta labor.
Todo el personal del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. y partes interesadas deben ser responsables de manejo ambiental.
Es responsabilidad de la Gerencia y del Responsable de Prevención de
Riesgos en la implantación del siguiente procedimiento:
a) Desechos reciclables (Papel, plástico, vidrio, metales), se la deben
evacuar hacia los centros de almacenaje y luego seguir su
procedimiento o entregados en los encargados de recolección de la
ciudad.
b) Desechos orgánicos de comidas se deben colocar en fundas plásticas
de color verde y permanecen dentro de un contenedor con tapa, luego
son derivados a los rellenos sanitarios a través de los carros
recolectores de la ciudad.
c) Materiales contaminados guantes, trapos, estopas absorbentes, etc.
Son almacenados en tambores metálicos debidamente tapados,
asentados sobre pisos impermeables y bajo cubierta, son entregados a
los recolectores de desechos de la ciudad.
d) Residuos de hidrocarburos líquidos y grasas, se deben almacenar en
tambores de 55 galones, identificados, cerrados con la tapa en la parte
superior del tanque, se ubicarán sobre pisos impermeables. Estos se
venden para reciclaje a empresas autorizadas por el Municipio.
e) Manejo de desechos especiales, como pilas, baterías, fluorescentes,
foco ahorra luz, son depositados en contenedores, se debe vender a
empresas encargadas de reciclar o se entrega a los recolectores para
su disposición en relleno municipal.
f) Los envases vacíos de productos químicos, se las debe entregar al
proveedor para su disposición final.
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g) Los combustibles se deben almacenar en recipientes diseñados para
este uso, permanecerán sobre un piso impermeable, bajo techo y
ventilado, además se protegerán de un número suficiente de extintores
tipo ABC.
Art. 46.- Prevención de los Riesgos Ambientales.
a) No se debe descargar a las redes de alcantarillado, ríos esteros, etc.,
las sustancias residuales que no posean el debido tratamiento y que
contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la
fauna y a las propiedades.
b) Se debe prevenir minimizar o reparar los daños que cause la realización
de obras o actividades que afecten el ambiente, así como a asumir los
costos que dicha afección implique.
c) Se debe optimizar los procesos para reducir las emisiones y la
concentración de contaminantes.
d) Se debe reubicar el material de desechos utilizando posible reciclaje.
e) Adyacente a los escritorios, se ubicarán recipientes para los desechos.
Art. 47.- se mantendrá un control sobre la generación de desechos y su eliminación de
tal manera que no vayan a ocasionar degradación de los suelos, contaminación
atmosférica y contaminación del agua.
Art. 48.- Todo desecho sea líquido o sólido adoptará un procedimiento de control y de
tratamiento previo a su evacuación si lo requiere.
Art. 49.- Para la manipulación de desechos se utilizará e EPP apropiado; con la
finalidad de evitar accidentes o enfermedades profesionales.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 50.- El presente reglamento debe entra en vigencia desde la fecha de aprobación
por parte de la Autoridad Regional del Trabajo.
Art. 51.- El presente Reglamento debe estar sujeto a modificaciones y cambios de
acuerdo a las necesidades internas, los mismos que serán sometidos a la aprobación
de la Autoridad Laboral correspondiente.
Art. 52.- El presente Reglamento tendrá una vigencia de dos años.
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Art.53.- El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., debe imprimir y distribuir oportunamente ejemplares del presente Reglamento, para su difusión y conocimiento a todos los trabajadores que presten sus servicios en esta.
Art. 54.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento, se aplicará lo dispuesto en el
Código de Trabajo y sus anexos; y, los Reglamentos de Seguridad e Higiene de
Trabajo, Seguridad del trabajo contra Riesgos e Instalaciones de Energía Eléctrica y
más disposiciones legales que sobre el tema establezca el Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social.
Art. 55.- El INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS., exhibirá copia del presente reglamento aprobado por la Autoridad del Trabajo, en un lugar visible de sus instalaciones para conocimiento de todo el personal sin perjuicio de entregar un ejemplar a cada trabajador.
Para constancia de la prestación del presente Reglamento Interno de Seguridad y
Salud, firman:
Dr. .Jorge Patiño Salvador
Representante Legal
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO “ESCUELA DE LOS CHEFS DE
GUAYAQUIL” DE ARTE CULINARIO EN SERVICIOS Y ADMINISTRACION DE
ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Ing.Emilio Bermeo