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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO CORPORACION KHIPU S.A.C.

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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

CORPORACION KHIPU S.A.C.

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INDICE INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 3

CAPITULO I ................................................................................................................. 4

1) FINALIDAD ......................................................................................................................... 4

CAPITULO II ............................................................................................................... 4

2) DEL INGRESO DE LOS TRABAJADORES ................................................................. 4

CAPITULO III ............................................................................................................... 6

3) DE LAS REMUNERACIONES ......................................................................................... 6

CAPITULO IV ............................................................................................................... 6

4) DE LA JORNADA DE TRABAJO ................................................................................... 6

CAPITULO V ................................................................................................................ 7

5) DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD ........................................................................ 7

CAPITULO VI ............................................................................................................... 8

6) DE LA JORNADA U HORAS EXTRAORDINARIAS ................................................... 8

CAPITULO VII .............................................................................................................. 8

7) DE LAS VACACIONES ..................................................................................................... 8

CAPITULO VIII ............................................................................................................. 9

8) DE LAS LICENCIAS .......................................................................................................... 9

CAPITULO IX ............................................................................................................. 10

9) DE LA SEGURIDAD E HIGIENE ................................................................................... 10

CAPITULO X .............................................................................................................. 11

10) DESCANSOS SEMANALES .......................................................................................... 11

CAPITULO X .............................................................................................................. 12

11) OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y DE LA CORPORACIÓN KHIPU

S.A.C. ................................................................................................................................. 12

CAPITULO XII ............................................................................................................ 12

12) DE LA GERENCIA ADJUNTA Y GERENCIA DE ADMINISTRACION Y

FINANZAS DE LA CORPORACIÓN KHIPU S.A.C. .................................................. 12

CAPITULO XIII ........................................................................................................... 13

13) BIENESTAR SOCIAL ...................................................................................................... 13

CAPITULO XIV ........................................................................................................... 13

14) DE LOS DESPLAZAMIENTOS DE PERSONAL ....................................................... 13

CAPITULO XV ............................................................................................................ 13

15) ENCARGO DE LAS FUNCIONES DE PUESTO ........................................................ 13

CAPITULO XVI ........................................................................................................... 14

16) DE LA EVALUACION DE PERSONAL ........................................................................ 14

CAPITULO XVII .......................................................................................................... 14

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17) MEDIDAS DE DISCIPLINARIAS. ....................................................................................... 14

CAPITULO XVIII ......................................................................................................... 16

18) DE LAS FALTAS GRAVES DEL TRABAJADOR CAUSALES DE DESPIDO. .... 16

CAPITULO XIX ........................................................................................................... 17

19) CAUSAS DE EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO ................................... 17

CAPITULO XX ............................................................................................................ 17

20) CASOS NO CONTEMPLADOS, MODIFICACION Y APROBACION DEL

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO. ................................................................. 17

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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE

LA CORPORACION KHIPU S.A.C.

INTRODUCCIÓN

El reglamento Interno de Trabajo de la CORPORACION KHIPU S.A.C. tiene como

finalidad fijar las pautas que encaminen al mantenimiento de una relación laboral

adecuada y armónica entre los trabajadores y la Corporación. Es por ello que su

contenido consolida las bases que toda entidad que como en este caso Corporación

KHIPU S.A.C., reafirma su compromiso basado en que el desarrollo y crecimiento

depende en gran medida de su personal.

Consideramos que el activo más valioso de toda empresa es el factor humano, es por

ello que se ha considerado de suma importancia el apoyo y conservación del personal

más competente e idóneo, quienes tendrán prioridad en el apoyo que se brindará para

su realización personal.

En este sentido el Reglamento Interno de Trabajo en la Corporación KHIPU S.A.C.,

constituye una herramienta muy importante que además de regular las relaciones

laborales servirá como instrumento de desarrollo.

La entrega de este Reglamento se realiza en cumplimiento del D.S.039-TR-9I. El

presente Reglamento ha sido presentado y aprobado por el Ministerio de Trabajo y

Promoción Social, el 01 de Agosto de 2014.

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CORPORACION "KHIPU" S.A.C.

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

CAPITULO I

1) FINALIDAD

Artículo 1°.- EL presente Reglamento interno contiene las normas básicas y fundamentales, que regulan las relaciones laborales entre Corporación Khipu S.A.C. y sus trabajadores. Asimismo, es una garantía en el desarrollo de las labores y las condiciones de trabajo que hacen compatible la realización plena del trabajador para conseguir los fines de la Corporación, incentivando y manteniendo en todo momento el desarrollo de las actividades en un ambiente de armonía.

Artículo 2°.- El presente reglamento se ha elaborado teniendo en cuenta y en concordancia con las disposiciones legales vigentes. Comprende sin excepción a todos los trabajadores de la Corporación Khipu S.A.C., los casos no contemplados estarán regidos por las normas y procedimientos que fije la Corporación sin contravenir las normas laborales vigentes. Artículo 3°.- Los trabajadores de la Corporación Khipu S.A.C. están obligados a sujetarse a lo establecido en éste Reglamento, así como a las disposiciones verbales que de éste se deriven. Artículo 4°.- Todo trabajador recibirá una copia del presente Reglamento Interno de Trabajo, con la finalidad de que tome pleno conocimiento de sus deberes y obligaciones. Artículo 5°.- Las relaciones laborales de la Corporación Khipu S.A.C, están basadas principalmente en el espíritu de comprensión, armonía, solidaridad y colaboración, que debe existir entre todos los trabajadores.

CAPITULO II

2) DEL INGRESO DE LOS TRABAJADORES

Artículo 6°.- Los plazas vacantes, siempre que exista necesidad comprobada del servicio, se cubrirán mediante el respectivo proceso interno de selección, quedando a criterio de la Corporación Khipu S.A.C., cubrir las plazas vacantes con personal externo, previa evaluación. Artículo 7°.- La contratación y selección de los trabajadores en general, es competencia únicamente de la Gerencia Adjunta y Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación Khipu S.A.C.

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Artículo 8°.- EL personal que ingrese a prestar servicios de la Corporación, está sujeto a un periodo de prueba de tres, seis meses o de un año de ser el caso. Artículo 9°.- Los procesos de selección y contratación del personal se efectuara bajo la dirección de la Gerencia Adjunta y Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación Khipu S.A.C. quienes previamente evaluaran y verificaran si es la necesidad del servicio la que justifica la cobertura de las plazas vacantes.

Artículo 10°.- El personal se incorporará a la Corporación Khipu S.A.C. y será registrado en la planilla del pago de haberes, solo cuando se haya emitido oficialmente el respectivo documento que autorice la realización de su contrato de trabajo. Artículo 11°.- Es política de la Corporación Khipu S.A.C., capacitar al nuevo trabajador en el cargo que ocupara, el jefe inmediato superior del puesto a ocupar, será el encargado de la adecuada capacitación y absolución de consultas del ingresante. Asimismo se le deberá informar sobre las políticas de la empresa, sus fines y objetivos, su organización, jornada de trabajo, sus responsabilidades y otros asuntos que considere conveniente el Jefe de Recursos Humanos de la Corporación. Artículo 12°.- Son requisitos indispensables para ingresar a prestar servicios a la Corporación los siguientes:

a) Gozar de buena salud física y mental b) Cumplir con los requisitos mínimos para el puesto. c) No registrar antecedentes penales acreditados con el certificado de

antecedentes penales. d) No registrar antecedentes policiales acreditados con el certificado de

antecedentes policiales. e) Certificado domiciliario. f) Someterse al proceso de evaluación y selección de personal. g) Presentar los documentos que requiera la Corporación.

Artículo 13°.- No podrán ingresar a prestar servicios a la Corporación Khipu S.A.C., las personas que tengan parentesco con trabajadores hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad salvo autorización del Directorio o del Funcionario a quien se delegue esta facultad. Artículo 14°.- Los trabajadores durante el periodo de prueba serán evaluados mensualmente por el jefe inmediato superior del área respectiva, según los factores que establezca la Dirección Ejecutiva. Quince días antes del vencimiento de dicho periodo se propondrá la ratificación o resolución del Contrato de Trabajo. Artículo 15°.- Los días en que el trabajador no preste servicios por encontrarse en uso de licencias por motivos particulares, enfermedad, maternidad o por cualquier otra causa, no serán computadas para completar el periodo de prueba.

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CAPITULO III

3) DE LAS REMUNERACIONES

Artículo 16°.- La determinación de la política de remuneraciones es competencia directa y exclusiva del Directorio, Gerencia General y la Gerencia adjunta. Los reajustes que se determinen serán de acuerdo a ley y estarán en función de la disponibilidad económica y financiera de Corporación Khipu S.A.C.

Artículo 17°.- Las remuneraciones son intangibles e inembargables, salvo que se trate de descuento dispuesto por ley o por mandato judicial. Los descuentos de otra naturaleza procederán solo cuando el área de Recursos Humanos cuente con la autorización expresa de la Gerencia General o Gerencia Adjunta, previa autorización escrita del trabajador. Artículo 18°.- Las remuneraciones deberán ser pagadas, vía depósito en cuenta de ahorros aperturada para tal efecto en la institución financiera que determine la Corporación Khipu S.A.C. o el trabajador, asimismo el trabajador podrá designar a sus mandatarios acreditados personalmente o mediante Carta poder debidamente legalizada. Artículo 19°.- El trabajador al recibir sus remuneraciones firmara la boleta de pago y la planilla correspondiente, en señal de conformidad y satisfacción.

CAPITULO IV

4) DE LA JORNADA DE TRABAJO

Artículo 20°.- La jornada de trabajo es fijada por la Corporación Khipu S.A.C., de acuerdo a sus intereses y en armonía con las disposiciones legales vigentes. Artículo 21°.- La Corporación podrá establecer por necesidad de servicio jornadas o turnos especiales. Artículo 22°.- Es obligación de todos los trabajadores de Corporación Khipu S.A.C., cumplir con el horario de trabajo o turnos establecidos por la Corporación. Artículo 23°.- La jornada de trabajo establecida por la Corporación es de nueve horas diarias, debiendo los trabajadores acumular como mínimo 45 horas semanales.

Artículo 24°.- La Corporación Khipu S.A.C., concede diez minutos de tolerancia a la hora de ingreso. Este tiempo está sujeto a descuento, se concede éste tiempo a trabajadores que ocasionalmente y por causas justificadas ingresan con un tiempo que no exceda del periodo de tolerancia. Las tardanzas por ningún motivo serán remuneradas. Artículo 25°.- De conformidad con las normas legales vigentes y en el presente reglamento, está terminantemente prohibido el pago de remuneraciones por días y horas hábiles no laboradas.

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Artículo 26°.- La remuneración que abona la Corporación Khipu S.A.C., es la contraprestación por el trabajo efectivo, por lo tanto, no está permitido ausentarse de su puesto de trabajo sin autorización, ni realizar actividades ajenas a sus actividades u omitir las que corresponda.

CAPITULO V

5) DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Artículo 27°.- Todos los trabajadores están obligados a concurrir diaria y puntualmente a su centro de trabajo observando los horarios establecidos por la Corporación Khipu S.A.C. Asimismo, una vez registrado en el sistema de asistencia y permanencia que para tal efecto se tiene implementado en la Corporación, deberá presentarse en su puesto de trabajo, se puntualiza que todos los trabajadores están obligados a registrar y controlar su asistencia salvo excepciones considerados en la ley o por acuerdo de Directorio. Artículo 28°.- De ser necesaria alguna exoneración para el registro de asistencia, esta deberá ser autorizada por la Gerencia Adjunta o la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo 29°.- La permanencia del personal en sus puestos de trabajo es responsabilidad directa de los respectivos jefes inmediatos.

Artículo 30°.- Al iniciar las labores del día, es obligación de los jefes de Área, comprobar la presencia del personal a su cargo en sus respectivos puestos de trabajo y comunicar al Jefe de Recursos Humanos en caso de ausencia de sus colaboradores directos. Artículo 31°.- Cada trabajador es responsable de registrar su asistencia, tanto a la hora de entrada como a la hora de salida. Artículo 32°.- Se considera inasistencia, cuando el trabajador:

a) No registra su ingreso y/o salida de su centro de trabajo. b) Abandona su centro de trabajo, sin comunicación previa a su jefe

inmediato y Jefe de Recursos Humanos. c) Llega a la Corporación Khipu S.A.C. pasado el tiempo de tolerancia.

Artículo 33°.- Esta terminantemente prohibido:

a) Registrar la asistencia de otras personas o hacer que terceras personas lo hagan por él trabajador.

b) Registrar su asistencia y no presentarse a su puesto de trabajo dentro del tiempo establecido.

c) Apoderarse o hacer desaparecer en su beneficio o de terceros, los registros y/o controles de asistencia o cualquier otro documento relacionado con estos controles, o hacer inscripciones no autorizadas en el registro o máquina de registro.

Artículo 34°.- Las inasistencias injustificadas previa comprobación, se sancionaran según el perjuicio ocasionado a la Corporación Khipu S.A.C., la reincidencia quedara sujeta a lo establecido por ley.

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Artículo 35°.- Se considera también inasistencia injustificada cuando el motivo expuesto por el servidor sea falso. Artículo 36°.- Los únicos certificados médicos que reconoce la Corporación Khipu S.A.C., son los otorgados por EsSalud u otra entidad oficial o el certificado médico particular, que se encuentre visado por el área de salud correspondiente.

CAPITULO VI

6) DE LA JORNADA U HORAS EXTRAORDINARIAS

Artículo 37°.- Constituye hora extraordinaria remunerada aquella que previamente autorizada por la Gerencia Adjunta o la Gerencia de Administración y Finanzas, exceda la jornada normal establecida. Artículo 38°.- El servicio prestado fuera de la jornada ordinaria de trabajo que no haya sido previamente autorizado, no será reconocido para efectos remunerativos. Artículo 39°.- La simple presencia en las instalaciones de la Corporación Khipu S.A.C. no implica trabajo en horas extraordinarias. Artículo 40°.- La Corporación Khipu S.A.C., se reserva el derecho de autorizar trabajos fuera de los horarios establecidos, así como de elegir a los trabajadores que laboren en sobretiempo y/o trabajen en días Domingos y feriados. Artículo 41°.- Las horas trabajadas en sobretiempo, así como el trabajo realizado en días de descanso no se computaran para completar la jornada semanal, ni para compensar faltas y permisos. Artículo 42°.- Las prestaciones de trabajo en adición a la jornada legal es potestativa y voluntaria, sin embargo, si un trabajador se compromete a trabajar sobretiempo en días de descanso, queda obligado a cumplir con su compromiso y su inasistencia constituye incumplimiento de sus obligaciones de trabajo, en consecuencia incurre en falta disciplinaria, sujeta a sanción.

CAPITULO VII

7) DE LAS VACACIONES

Artículo 43°.- Todo trabajador tiene derecho a treinta (30) días de vacaciones después de cada año completo de servicios de acuerdo a ley. Artículo 44°.- Para tener derecho al goce vacacional el trabajador deberá cumplir con el record mínimo de 260 días efectivos de trabajo durante el año de servicios, su jornada de trabajo se extiende a seis (06) días a la semana o 25 días de trabajo y 05 días de descanso por mes, de acuerdo a lo que disponga la Gerencia Adjunta o la Gerencia de Administración y Finanzas en cada caso.

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Artículo 45°.- El derecho de goce vacacional será otorgado por la Corporación Khipu S.A.C., siempre que el trabajador haya cumplido con los requisitos establecidos en las leyes vigentes. Artículo 46°.- Durante el descanso vacacional el trabajador no tiene la obligación de prestar sus servicios a la Corporación Khipu S.A.C. Pero continua sujeto a los demás deberes que le imponga la relación de trabajo no podrá realizar las acciones que se detallan:

a) Realizar por cuenta propia actividades que signifiquen competencia con las actividades que realiza Corporación Khipu S.A.C.

b)Atentar o dañar la propiedad de la Corporación. c) Trabajar para la competencia, si la hubiera. d)Realizar cualquier acto que la Corporación Khipu S.A.C. considere

atentatorio a la disciplina y a la administración de la misma. e) Presentarse a la Corporación Khipu S.A.C. con síntomas de haber ingerido

bebidas alcohólicas o encontrarse en estado de ebriedad. f) Faltar el respeto y consideración debida a sus jefes y compañeros de trabajo.

Artículo 47°.- Todo trabajador hará uso de sus vacaciones dentro de los once (11) meses siguientes al año de trabajo cumplido. El periodo vacacional comenzara preferentemente los días 01 de cada mes. Artículo 48°.- La oportunidad de descanso vacacional será fijada de acuerdo entre la Corporación Khipu S.A.C. y el trabajador. A falta de acuerdo decidirá la Corporación en uso de su facultad directiva.

CAPITULO VIII

8) DE LAS LICENCIAS Artículo 49°.- La licencia o permiso es la autorización que concede la Corporación Khipu S.A.C., para que el trabajador no asista temporalmente a su centro de trabajo. Esta autorización implica la suspensión de la relación laboral y se otorga con o sin goce de remuneraciones. Artículo 50°.- Se consideran las siguientes clases de licencias o permisos:

a) Maternidad Pre y Post Natal Este descanso se goza desde los 45 días anteriores a la fecha probable de parto hasta los 45 días posteriores. Se tiene derecho a percibir durante el descanso el subsidio por maternidad pagado por EsSalud.

b) Enfermedad o accidente Se considera por Licencia por enfermedad a la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. Por este concepto los primeros 20 días los abona la Corporación Khipu S.A.C., a partir del día 21, como subsidio a cargo de EsSalud.

c) Capacitación Se otorga por este concepto con goce de remuneraciones solo cuando los estudios sean de interés de Corporación Khipu S.A.C., o se encuentren dentro del plan de capacitación de la Corporación.

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d) Duelo Con goce de remuneraciones por fallecimiento del cónyuge, hijos, padres y hermanos. Si el fallecimiento se produce en la Región donde labora el servidor, el permiso es de tres días, y cinco días si el fallecimiento ocurre en otra región.

e) Por asuntos particulares Se otorgara sin goce remunerativo siempre que no afecte el normal desarrollo de las actividades de la Corporación Khipu S.A.C., es facultad de la corporación otorgar o no este permiso o licencia. Se otorgara también permisos y licencias establecidos por normas legales vigentes y expresas.

Artículo 51°.- Se considera licencia a la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. Artículo 52°.- Se considera permiso a la autorización para ausentarse por horas del centro de trabajo. Artículo 53°.- Las licencias por asuntos particulares podrán ser concedidas únicamente por la Gerencia Adjunta o la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo 54°.- Los permisos y las licencias, según corresponda, serán comunicados al encargado de Recursos Humanos que lleva los registros correspondientes. Artículo 55°.- Las licencias y los permisos deberán de ser solicitados con 24 horas de anticipación y por escrito a la Gerencia Adjunta o Gerencia de Administración y Finanzas.

CAPITULO IX

9) DE LA SEGURIDAD E HIGIENE

Artículo 56°.- Todo trabajador deberá conocer y cumplir con las medidas de seguridad e higiene que determine la Corporación Khipu S.A.C., el incumplimiento de estas normas será sancionado por poner en peligro su vida o la de los otros trabajadores. Artículo 57°.- Durante el desempeño de sus labores, el trabajador está obligado a protegerse a sí mismo y a sus compañeros de trabajo contra toda clase de accidentes y contingencias. Artículo 58°.- Los servicios higiénicos están instalados en resguardo de la salud e higiene de todo el personal, por lo tanto, su correcto uso y conservación son de carácter obligatorio. Artículo 59°.- Los trabajadores deberán Informar inmediatamente a quien corresponda si, detectan o toman conocimiento de cualquier lugar o condiciones de trabajo que consideren peligrosas. Artículo 60°.- Queda terminantemente prohibido ensuciar las paredes, los techos, hacer inscripciones en las mismas o pegar carteles, avisos, volantes, etc.

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Artículo 61°.- Es obligación del colaborar en la conservación e higiene del lugar de trabajo. Artículo 62°.- Los trabajadores están obligados a cumplir con las siguientes normas:

a) Cumplir con las normas de seguridad establecidas. b)Prestar auxilio en caso de siniestro o accidente que ocurriera en el trabajo. c) No fumar en los ambientes de trabajo cotidiano y en lugares prohibidos. d)Al finalizar la jornada de trabajo, el trabajador está obligado a desconectar las

máquinas y equipos que pudieran originar un siniestro. Artículo 63°.- Los trabajadores deberán colaborar con los controles establecidos y ejecutados por el personal de seguridad, accediendo a la revisión de paquetes, vehículos, bolsas u otros bienes que les sean requeridos. Por lo tanto son obligaciones de todo trabajador de Corporación Khipu S.A.C.:

a) Cumplir, con las normas prescritas en el presente Reglamento y con lo

establecido en las leyes laborales respectivas. b)Realizar las labores que se le encomienden dentro de un marco de lealtad,

eficiencia y moralidad, mostrando respeto hacia sus superiores en el desempeño de sus labores y cortesía en el trato de los demás.

c) Hacer uso del uniforme de trabajo, en caso que la Corporación Khipu S.A.C., así lo determine.

d)Velar en todo momento por la buena imagen de la Corporación Khipu S.A.C., y realizar aquellas acciones que las circunstancias generen se hagan necesarias para el cumplimiento del objetivo.

e) Cautelar por la seguridad y asumir la defensa de los intereses de la Corporación Khipu S.A.C., denunciando ante quien corresponda aquellas acciones que atenten contra ella.

f) Salvaguardar la economía de la Corporación Khipu S.A.C., evitando toda acción que represente despilfarro o que vaya en perjuicio de sus bienes o de su servicio.

g)Observar en todo momento buena moral y buenas costumbres. h)Someterse a los reconocimientos médicos que establezca la Corporación

Khipu S.A.C., los mismos que deberán ser puestos en conocimiento de la Gerencia adjunta (resultados), con la finalidad de prevenir y tomar las medidas de seguridad que el caso amerite.

i) Comunicar en forma obligatoria y por escrito cualquier cambio de domicilio. j) Someterse a las evaluaciones de desempeño laboral que disponga la

Corporación Khipu S.A.C. k) Guardar discretamente la información técnica, comercial, financiera y

administrativa de la Corporación Khipu S.A.C.

CAPITULO X

10) DESCANSOS SEMANALES Artículo 64°.- Los descansos semanales y otros remunerados, se otorgan de acuerdo a lo dispuesto por la normatividad legal vigente. Artículo 65°.- Cuando los requerimientos del servicio lo hagan necesario, la Corporación Khipu S.A.C., comunicara a los trabajadores, que hayan sido

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designados sobre la variación de su horario de trabajo, designando como días de descanso sustituto, otro distinto al de costumbre, de conformidad a lo establecido en las disposiciones legales vigentes.

CAPITULO XI

11) OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y DE LA CORPORACIÓN

KHIPU S.A.C. Artículo 66°.- Los Trabajadores de la Corporación Khipu S.A.C., deben orientar su conducta, conocimiento, capacidad y experiencia a optimizar la eficiencia de sus servicios en el ámbito de sus funciones. Artículo 67°.- Observar los Reglamentos y Manuales de Organización y Funciones, así como las Directivas, Circulares, Normas, Procedimientos y otros que dicte la Corporación. Artículo 68°.- Son obligaciones de la Corporación:

a) Proponer la Realización plena del trabajador de Corporación Khipu S.A.C., en armonía con los fines de la Corporación, atendiendo su desarrollo integral de acuerdo a sus propias aspiraciones.

b) Cumplir y hacer cumplir con las disposiciones laborales vigentes y los compromisos asumidos en los contratos de trabajo celebrados.

c) Abonar una remuneración justa, en concordancia con la naturaleza, funciones y responsabilidad del cargo desempeñado y de acuerdo con las posibilidades de la Corporación Khipu S.A.C.

d) Asegurar, relaciones justas y equitativas, entre el personal, en un marco de respeto a la dignidad de todo trabajador.

e) Mantener, mejorar la eficiencia y rendimiento de todo trabajador mediante su permanente capacitación.

f) Ofrecer las medidas de seguridad necesarias al interior del centro de trabajo para garantizar la salud de los trabajadores y el normal desenvolvimiento de sus labores.

g) Efectuar acciones periódicas que permitan motivar, incentivar y capacitar al trabajador, preservando su salud física y psicológica.

CAPITULO XII

12) DE LA GERENCIA ADJUNTA Y GERENCIA DE ADMINISTRACION Y

FINANZAS DE LA CORPORACIÓN KHIPU S.A.C.

Artículo 69°.- La Corporación Khipu S.A.C., tiene como política brindar un trato respetuoso y cordial a sus trabajadores, quienes podrán exponer en forma libre y por conducto regular las dificultades que encuentren en su labor. Artículo 70°.- La Corporación Khipu S.A.C., tiene facultad para administrar, organizar, controlar y evaluar el trabajo, así como:

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a) Ser el único, que pueda determinar la capacidad e idoneidad de cualquier trabajador para el puesto o labor que haya sido designado, así como apreciar sus méritos y decidir su ascenso o mejora de remuneración.

b) Establecer la programación de horas de trabajo, turnos y horarios en concordancia con las disposiciones legales vigentes y la necesidad de la empresa.

c) Fijar las remuneraciones de sus trabajadores dentro del marco de la ley. d) Introducir, modificar, mejorar y ampliar los métodos, formas tecnología de

trabajo más convenientes. e) Seleccionar y contratar nuevo personal. f) Establecer la descripción de cada cargo de trabajo y sus obligaciones

correspondientes. g) Determinar el cargo y puesto de trabajo de cada trabajador. h) Formular normas, reglamentos y directivas que regulen el desempeño de la

labor, la conducta y seguridad del trabajador. Se entiende que estas atribuciones son solamente enunciativas, más no limitativas, corresponde a la Corporación Khipu S.A.C., todos los derechos y facultades que la ley le atribuye en materia laboral.

CAPITULO XIII

13) BIENESTAR SOCIAL

Artículo 71°.- La Corporación Khipu S.A.C., mantendrá el bienestar social dedicándose a propiciar actividades de apoyo a sus trabajadores, fomentando la armonía del personal dentro de la misma. Artículo 72°.- La Corporación Khipu S.A.C., no está obligada a otorgar adelantos de remuneraciones o por cualquier otro concepto a sus trabajadores. Artículo 73°.- La Corporación Khipu S.A.C., proveerá toda clase de medidas para preservar la salud y bienestar de sus trabajadores.

CAPITULO XIV

14) DE LOS DESPLAZAMIENTOS DE PERSONAL

Artículo 74°.- La Corporación Khipu S.A.C., puede efectuar los movimientos de personal que considere necesarios para el eficaz funcionamiento de los servicios que presta; es facultad de la Gerencia Adjunta o Gerencia de Administración y Finanzas resolver los desplazamientos de personal.

CAPITULO XV

15) ENCARGO DE LAS FUNCIONES DE PUESTO Artículo 75°.- Comprende a la acción mediante la cual se autoriza a un trabajador para el desempeño temporal de las funciones de un puesto no vacante por el tiempo que dure la ausencia del titular del cargo o se designe a la persona que ocupara dicho cargo en calidad de “encargo” temporal.

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Artículo 76°.- El desempeño temporal de un puesto de trabajo no vacante en calidad de “encargo”, no implica el pago de una subvención adicional, salvo que la designación se extienda en el tiempo hasta después de un mes calendario luego de asumida la responsabilidad.

Artículo 77°.- La subvención que se otorgará por el desempeño de un puesto de trabajo por encargo, tomando en consideración el Art. 76°, será el que corresponde al componente denominado “asignación al cargo” y se otorgara únicamente en el caso de reemplazo en cargos de dirección.

CAPITULO XVI

16) DE LA EVALUACION DE PERSONAL Artículo 78°.- La evaluación del personal comprenderá la apreciación cuantitativa y cualitativa de rendimiento en el trabajo y el comportamiento organizacional del trabajador. Artículo 79°.- Los trabajadores serán evaluados por lo menos una vez al año, los resultados de dichas evaluaciones constaran en los antecedentes o legajo personal de cada trabajador. La Corporación Khipu S.A.C., se reserva el derecho de efectuar, adicionalmente, evaluaciones individualizadas cuando lo juzgue pertinente.

CAPITULO XVII

17) MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

Artículo 80°.- Manteniendo las normas de buenas relaciones entre La Corporación Khipu S.A.C., y los trabajadores, todo trato debe darse dentro de las normas de cortesía, respeto mutuo y buena fe. Artículo 81°.- Con la finalidad de preservar el orden, la disciplina y la moral dentro de la Corporación Khipu S.A.C., se ha establecido las siguientes normas disciplinarias que se aplicaran en caso de quebrantarse las órdenes, directivas y/o normas del Reglamento Interno de Trabajo, disposiciones legales y contractuales vigentes:

a) Amonestación Verbal. b) Amonestación escrita. c) Suspensión temporal sin goce de remuneraciones de acuerdo a la

gravedad de la falta y hasta por diez días. d) Despido de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

El orden de las sanciones es solamente enunciativo, como tal, la Corporación aplicara cualquiera de las medidas disciplinarias de acuerdo a los hechos, a la gravedad de las faltas y a los antecedentes del trabajador. Artículo 82°.- La sanción será impuesta por el Gerente adjunto o el Gerente de Administración y Finanzas, aplicando los principios de análisis, evaluación, calificación e inmediatez.

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Artículo 83°.- Se consideran, entre otras como causales de sanción disciplinaria las siguientes:

a) Llegar frecuentemente con retraso a su centro de trabajo. b) Faltar injustificadamente a sus labores. c) Abandonar injustificadamente su centro de trabajo sin permiso. d) Ingresar a las oficinas de la Corporación Khipu S.A.C., sin autorización alguna,

fuera del horario de trabajo. e) Cometer dentro de las horas de trabajo o fuera de ellas actos contrarios a la

disciplina, higiene o reñidos contra la moral. f) Colocar ilustraciones, afiches, grabados, cuadros, leyendas, etc., inapropiados

en oficinas y en los diferentes ambientes de la Corporación Khipu S.A.C. g) Hacer uso de los activos de la Corporación Khipu S.A.C., para fines distintos a

los que están destinados. h) Distraer a sus compañeros en horas de trabajo, así como leer periódicos,

revistas, libros, etc., sin ser parte de sus funciones. i) Realizar negocios, actividades de lucro, juegos de azar o envite, o desatender

sus labores para atender a cobradores o vendedores particulares o cualquier otra actividad ajena al cumplimiento de sus funciones.

j) Formar aglomeraciones o tertulias que alteren la disciplina y el normal desenvolvimiento del trabajo.

k) La concurrencia al centro de trabajo con síntomas de embriaguez o de haber consumido drogas en horas de labor.

l) Incurrir en actos de violencia en agravio de sus compañeros de labor dentro o fuera del centro de trabajo.

m) Portar armas en el centro de trabajo sin la debida autorización. n) Cometer robos o sustracción de bienes en agravio de sus compañeros de

labor o de la Corporación Khipu S.A.C. o) Causar daños materiales a las instalaciones de la Corporación Khipu S.A.C. p) Permitir la manipulación o acceso a trabajadores o personas ajenas el manejo

de máquinas, aparatos, equipos u otros bienes de la Corporación Khipu S.A.C., confiados a su cuidado y responsabilidad.

q) Interferir y/o ocultar documentación interna o externa adulterada sin conocimiento y aprobación de los destinatarios.

r) Negarse a concurrir a los exámenes y controles médicos o psicotécnicos que disponga la Corporación Khipu S.A.C.

s) Adulterar y/o inducir a error a sus jefes inmediatos con informes falsos. t) Ingresar información no autorizada o la base de datos, sistemas y otros

vinculados a la seguridad informática de la Corporación Khipu S.A.C. o hacer cambios sin la autorización escrita correspondiente poniendo en riesgo la información.

u) Negarse al cumplimiento de las órdenes y disposiciones de sus superiores, así como desatender sus obligaciones de trabajo.

v) Utilizar o usufructuar para actividades ajenas a la Corporación Khipu S.A.C., los teléfonos, maquinas, equipos u otros bienes o permitir su uso a terceras personas.

w) No usar el uniforme de trabajo que se les indique.

Las faltas señaladas en el presente artículo tienen carácter enunciativo mas no limitativas, por lo tanto la Corporación Khipu S.A.C., a su solo criterio puede aplicar las acciones que crea pertinentes ante cualquier transgresión de las cormas de educación y respeto.

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CAPITULO XVIII

18) DE LAS FALTAS GRAVES DEL TRABAJADOR CAUSALES DE

DESPIDO.

Artículo 84°.- La falta grave es la infracción cometida por el trabajador a los deberes esenciales que emana del contrato, de tal suerte que haga no razonable la subsistencia de la relación laboral. Artículo 85°.- Constituyen faltas graves que dan lugar al despido del trabajador las contempladas en la ley, como son: a) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el

quebrantamiento de la buena fe laboral, la reiterada resistencia a las ordenes relacionadas con las labores, la reiterada paralización intempestiva de labores y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo u otras normas aprobadas o expedidas según corresponda, por la autoridad competente que revistan gravedad.

b) La reiterada paralización intempestiva de las labores debe ser verificada fehacientemente con el concurso de la Autoridad Administrativa del Ministerio de Trabajo, o en su defecto, de la policía o de la Fiscalía si fuere el caso, quienes están obligados bajo responsabilidad a prestar apoyo necesario para la constatación de estos hechos, debiendo individualizarse en el acta respectiva a los trabajadores que incurran en esta falta.

c) La disminución reiterada y deliberada en el rendimiento de las labores o del volumen o de la calidad de la producción, verificada fehacientemente o con el concurso de los servicios inspectivos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

d) La apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios del empleador o que se encuentren bajo su custodia, así como la retención o utilización de los mismos, en beneficio propio o de terceros, con prescindencia de su valor.

e) El uso o entrega a terceros de información reservada del empleador, la sustracción o utilización no autorizada de documentos de la Corporación, la información falsa del empleador con la intención de causarle perjuicio u obtener una ventaja; y la competencia desleal.

f) La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencias de drogas o sustancias estupefacientes, y aunque no sea reiterada cuando por naturaleza de su función o del trabajo revista excepcional gravedad. La autoridad policial prestara su concurso para coadyuvar en la verificación de tales hechos; la negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondiente se considerará como reconocimiento de dicho estado, lo que se hará constar en el atestado policial respectivo.

g) Los actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, de sus representantes, del personal jerárquico o de otros trabajadores, sea que se cometan dentro del centro de trabajo o fuera de él, cuando los hechos se deriven directamente de la relación laboral. Los actos de extrema violencia, tales como, toma de locales o rehenes, podrán adicionalmente ser denunciados ante la autoridad judicial competente.

h) El daño intencional de los edificios, instalaciones, obras, maquinarias e instrumentos, documentos, materias primas y demás bienes de propiedad de la Corporación Khipu S.A.C., o en posesión de esta.

i) El abandono de trabajo por más de tres días consecutivos, la ausencia injustificada por más de cinco días en un periodo de treinta días calendario o más de quince días en un periodo de 180 días calendario, hayan sido o no

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sancionadas disciplinariamente en cada caso; la impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador, siempre que se haya aplicado sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y suspensiones.

Artículo 86°.- Igualmente es causal de despido justificado la sanción de inhabilitación impuesta al trabajador por la Autoridad Judicial o Administrativa para el ejercicio de la actividad que desempeñe en el centro de trabajo, si lo es por un periodo de tres meses o más. Artículo 87°.- Cualquier paralización deliberada del trabajo, individual o colectiva, constituye falta de carácter disciplinario y dará lugar a sanciones correspondientes, incluso el despido, de conformidad a los dispositivos legales vigentes.

CAPITULO XIX

19) CAUSAS DE EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO

Artículo 88°.- Son causas de extinción del Contrato de Trabajo. a) El fallecimiento del trabajador o del empleador si es persona natural. b) La renuncia o retiro voluntario del trabajador. c) La terminación de la obra o servicio, el cumplimiento de la condición

resolutoria y el vencimiento del plazo en los contratos legalmente celebrados bajo modalidad.

d) El mutuo disenso entre el empleador y trabajador e) La invalidez absoluta permanente. f) La jubilación. g) El despido, en los casos y forma permitidos por ley. h) La terminación de la relación laboral por causa objetiva, en los casos y forma

permitidos por ley.

CAPITULO XX

20) CASOS NO CONTEMPLADOS, MODIFICACION Y APROBACION DEL

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO.

Artículo 89°.- La Corporación Khipu S.A.C. a través de su área de Tecnologías de la Información otorga a sus colaboradores correos electrónicos y contraseñas privadas de uso personal, por tanto constituye responsabilidad del colaborador velar por que este medio de comunicación interna sea de uso netamente institucional, de detectarse que este medio de comunicación formal está siendo o ha sido utilizado para fines diferentes a los autorizados, será considerada falta grave. Artículo 90°.- Los directivos de la Corporación Khipu S.A.C., utilizan el correo electrónico, como un medio de comunicación formal con sus colaboradores, salvo aquellas comunicaciones vinculadas a decisiones u operaciones que por su naturaleza, requieren la utilización de medios de comunicación formal convencional.

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Artículo 91°.- Todos los casos no previstos expresamente en este reglamento se regirán por las disposiciones que para tal efecto la Corporación Khipu S.A.C, dicte en uso del legítimo ejercicio de sus derechos dentro del margen de facultades que le reconoce el ordenamiento legal vigente. Artículo 92°.- Dado que pueda resultar indispensable para la mejor aplicación de determinadas disposiciones del presente Reglamento Interno de Trabajo, que se disponga de una mecánica minuciosa y detallada, la Corporación Khipu S.A.C, emitirá, a medida que las necesidades lo requieran directivas y/o normas explicativas y complementarias que, sin apartarse del espíritu de la disposición reglamentaria, indiquen claramente la manera de darle cumplimiento. Artículo 93°.- La Corporación Khipu S.A.C, se reserva el derecho de ampliar o modificar el presente Reglamento cuando las necesidades del servicio así lo requieran. Artículo 94°.- El presente Reglamento Interno de Trabajo será remitido a la Autoridad Administrativa de Trabajo para su correspondiente aprobación.

CARGO DE RECEPCION DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

DE LA CORPORACIÓN KHIPU S.A.C.

Cusco, ______ de _______________20___

YO _______________________________________________________

DECLARO HABER RECIBIDO Y TOMADO CONOCIMIENTO DEL

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA CORPORACIÓN KHIPU

S.A.C. COMPROMETIENDOME A SU CUMPLIMIENTO EN TODO SU

CONTENIDO, FIRMANDO EN SEÑAL DE CONFORMIDAD

_____________________

FIRMA DEL TRABAJADOR

DNI: