Reglamento Interno Informatica-2016

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    REGLAMENTO INTERNO DE USO Y ADMINISTRACION DE RECURSOS

    INFORMATICOS EN LA

    FUNDACION INFOCAL COCHABAMBA

    CAPITULO I

    Disposiciones Generales

    Artculo 1.- Propsito del reglamento.-

    El presente reglamento tiene por finalidad consolidar las disposiciones ynormas existentes al interior de la Fundacin Infocal Cochabamba, pararegular el uso y administracin de los recursos informticos, a ser aplicados atodos los funcionarios pertenecientes a la institucin.

    Artculo 2.- mbito de aplicacin.-

    El reglamento es de aplicacin obligatorio para todos los funcionarios tantodocentes como administrativos de los centros Arocagua y Tupurayapertenecientes a la Fundacin Infocal Cochabamba y cualquier personavinculada con esta Institucin que necesite usar los recursos informticos dela misma.

    Artculo 3.- Competencia del rea de Informtica y Sistemas dependiente

    directo del vice rectorado administrativo.

    Corresponde:

    A. Brindar soporte informtico a los usuarios de la Fundacin InfocalCochabamba para tener un acceso eficiente a los sistemas deinformacin (acadmico, econmico, administrativo), equipos ofimticos(equipos de cmputo, impresoras, perifricos y fotocopiadoras), recursosde la red (Unidades de red i, comunicacin, correo electrnico, internet),comunicacin (telfonos); mediante la aplicacin de planes de trabajo yestrategias informticas, garantizando as la operacin contina de los

    mismos.

    B. Formular y ejecutar los mecanismos de seguridad de acceso a los equiposy recursos compartidos de la red de computadoras de la institucin.

    C. Realizar los procesos continuos de mantenimiento preventivo y correctivo, alos equipos de computacin y comunicaciones instalados en la FundacinInfocal Cochabamba.

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    D. Brindar el asesoramiento tcnico en la definicin y adquisicin de nuevoequipamiento informtico.

    E. Informar de manera oportuna sobre el uso inapropiado e incorrecto de losrecursos informticos instalados en la Fundacin Infocal Cochabamba.

    F. Definir y normar los lineamientos de diseo, desarrollo e implementacin deaplicaciones informticas relacionados al tema administrativo y docente,para su uso y explotacin al interior de la Fundacin Infocal Cochabamba.

    Artculo 4.- Competencia rea de Informtica y Sistemas de laFundacin Infocal Cochabamba.

    A. Brindar y garantizar el correcto funcionamiento de los equipos decmputo, servicios de red, telefona IP, correo electrnico, internet y

    pgina web de la Fundacin Infocal Cochabamba, as como de losservicios de interconexin virtual entre los centros Arocagua y Tupuraya.

    B. Administrar los sistemas de informacin, bases de datos y recursostecnolgicos del Fundacin Infocal Cochabamba, asegurando sudisponibilidad, integridad y visualizacin de los mismos.

    C. Velar, gestionar la actualizacin y mantenimiento permanente de lainfraestructura tecnolgica y de los sistemas soportados por la FundacinInfocal Cochabamba, mediante la adopcin de polticas normas yprocedimientos.

    Artculo 5.- Terminologa

    Para los efectos del presente reglamento interno se entiende por.-

    Recursos informticos.- Todo equipo informtico (servidores, computadoras deescritorios, laptops, impresoras y perifricos), infraestructura de comunicaciones(mdems, router, switch, hubs, access point, cableado de datos), software(ofimtica, desarrollo, grfico, diseo web, administracin de dominio,administracin de base de datos, seguridad de red, antivirus), aplicaciones ysistemas desarrollados para uso en el rea de salud, servicios (correo electrnico,

    sitio web, base de datos), documentos electrnicos generados (en cualquierformato) e informacin contenida en sus sistemas de informacin.

    Usuario.- Es todo funcionario vinculado a la Fundacin Infocal Cochabamba conla facultad de hacer uso de un recurso informtico.

    Responsable.-Es aquel usuario al que se le asigna la custodia de un determinadorecurso informtico al que acceden varios usuarios, existiendo un nico usuarioasignado a un recurso informtico se convierte automticamente en responsable

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    y/o custodio sin necesidad que exista el documento de alta del rea de ActivosFijos.

    Custodio.- Personal al cual se le ha asignado un recurso informtico formalmentepor documento o que no necesariamente hace uso directo del mismo.

    Red.- Cualquier sistema de cableado o equipos fsicos como routers, switches,mdems, sistemas de datos y dispositivos de almacenamiento. De igual modo seconsideran los sistemas basados en redes inalmbricas.

    reas Centralizadas.- En ambos centros Arocagua y Tupuraya; sala dedocentes, direcciones, administrativas, contabilidad, cajas y registros, que estnbajo la administracin de la Fundacin Infocal Cochabamba.

    Acceso Remoto: Acceso al correo electrnico institucional realizado fuera dellugar de trabajo regular de un usuario y conexiones mediante VPN (Red privada

    virtual).

    Cuenta Personal: Cuenta de correo electrnico asignada a un funcionarioespecfico, por ejemplo [email protected]

    Informacin Confidencial: Todo dato o documento que ha sido generado en lainstitucin.

    Requerimiento: Formalizacin de la solicitud usuaria registrada.

    Hardware: Parte fsica de un dispositivo electrnico, as como a las partes

    internas y perifricos de un computador personal.

    Incidente o violacin de Seguridad: Toda accin ejecutada o intento de accinsobre los recursos, que tenga la potencialidad o que ponga en riesgo suintegridad, disponibilidad, eficacia, eficiencia, confidencialidad y/o fiabilidad en elprocesamiento de informacin. As mismo se considera un incidente de seguridadel abuso o mal uso de los recursos que perjudiquen a la Fundacin InfocalCochabamba. y/o estn en contra de su Normativa Interna.

    PC: Es un Computador Personal que comprende indistintamente:

    PC de Escritorio: Computador personal asignado a los usuarios que norequieren movilidad para el cumplimiento de sus funciones.

    PC porttil: Computador personal asignado a los usuarios querequieren movilidad para el cumplimiento de sus funciones.

    Software: Parte lgica de un dispositivo electrnico; tambin denominado"Programa", que permiten el funcionamiento del mismo.

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]
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    Tambin se utiliza este trmino para referirse a los programas instalados en elhardware, los programas Sistema Operativo, programas de escritorio, aplicacionesinstitucionales, utilitaris y todo que represente herramientas lgicas en uncomputador personal institucional.

    TIC: Tecnologas de Informacin y Comunicacin.

    Contrasea: Es una serie secreta de caracteres que permite al usuario teneracceso a un archivo, programa o servicio de un computador.

    Artculo 6.- Cuentas de usuario de acceso a la red de la Fundacin InfocalCochabamba.

    A. Las altas, modificaciones de acceso, bajas o bloqueos de usuarios debernser solicitadas por los ejecutivos, jefes de carrera o rea, responsablescarrera o rea a la que corresponda el usuario, por ser stas las nicas

    responsables del personal asignado a su rea.

    B. Todo usuario registrado, ser responsable de proteger su cuenta deusuario, contrasea y datos de cualquier acceso no autorizado.

    C. Cualquier acceso no autorizado a una cuenta de usuario o a datos serinmediatamente comunicado por el usuario afectado al rea de Informticay Sistemas para tomar precauciones de seguridad.

    D. Un usuario registrado nunca efectuar un acceso no autorizado al cdigo odatos de otro usuario.

    E. Todo usuario respetar la naturaleza confidencial de datos o cualquier otrainformacin que pueda caer en su poder, bien como parte de su trabajo opor accidente.

    F. Toda responsabilidad derivada del uso de la cuenta de usuario distinto alpropio, recaer sobre aquel usuario al que corresponda el cdigoindebidamente utilizado.

    G. Los usuarios deben custodiar convenientemente su cuenta de usuario ycontrasea, no revelarn o dispondrn a terceros, ms bien sern

    responsables de toda la actividad relacionada con el uso de sus accesos.

    Artculo 7.- Servicio de Internet

    La Fundacin Infocal Cochabamba a travs del rea de Informtica ySistemas, se encarga de brindar los servicios de internet a todos losusuarios de la red de la Fundacin Infocal Cochabamba, para el desarrolloy desenvolvimiento de las actividades relacionados a la institucin tomandoen cuenta las normativas de uso de este servicio.

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    Artculo 9.- Contenidos Autorizados

    A. Los funcionarios debern visitar nicamente pginas que estn

    relacionados con sus funciones o con los intereses institucionales.

    B. Se prohbe visitar pginas cuyos contenidos atenten contra la moral ybuenas costumbres, imagen del hombre, la mujer o los nios.

    C. Esta estrictamente prohibido el acceso en horarios de trabajo a redessociales como ser (Facebook, Twitter, Myspace, Google+, etc).

    D. El rea de Informtica y Sistemas, se reservarn los derechos de utilizarmedios y herramientas informticas, para controlar, bloquear y/o monitorearlos contenidos accedidos mediante su red interna, independientemente del

    horario, el cargo, o la jerarqua del funcionario o el usuario.

    Artculo 10.- Descarga desde Internet

    A. Los funcionarios no debern descargar material, informacin, software,datos de pginas de dudosa procedencia o de origen desconocido, por elpeligro de virus, violacin de la propiedad intelectual, o dao a la moral,buenas costumbres o imagen de la Fundacin Infocal Cochabamba.

    De igual manera no debern descargar grandes volmenes de datos enhorarios laborales por la saturacin del trfico que puedan ocasionar en

    desmedro de otros usuarios o servicios.

    B. El rea de Informtica y Sistemas, definirn de manera semestral losparmetros de uso y administracin de este servicio.

    Artculo 11.- Servicio de Conexin inalmbrica (WifI)

    A. El acceso a la conexin inalmbrica est administrada y controladadirectamente por el rea de Informtica y Sistemas, para cualquier solicituddeber realizarse directamente con el personal de Informtica en amboscentros.

    B. Por temas de seguridad los accesos inalmbricos estn separados de lared interna de La Fundacin Infocal Cochabamba, ya que el rea deInformtica y Sistemas no tiene control sobre el software instalado en losequipos porttiles que no son propiedad de la institucin, y esto podracausar daos a la infraestructura de red.

    Artculo 12.- Envi de Informacin por Internet

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    A. Se restringe e l envo de informacin confidencial que comprometa alos intereses de la Fundacin Infocal Cochabamba.

    B. El envo de informacin institucional deber ser siempre mediante loscorreos corporativos asignados y no as mediante correos personales

    (hotmail, yahoo. gmail y otros).

    Artculo 13.- Mensajera Instantnea por Internet

    A. El acceso de mensajera instantnea por internet (Messenger, Skype, etc),debe ser solicitado por el funcionario que lo requiera a su respectivaunidad o funcionario de jerarqua, justificando su necesidad para losfines laborales de la Institucin.

    B. Este servicio no debe comprometer la confidencialidad de la informacin,debe ser utilizado nicamente para facilitar la comunicacin continua, y no

    as para la recepcin y envi de archivos.

    C. l envi o recepcin de archivos, debe realizarse a travs del servicio decorreo electrnico corporativo, para garantizar el principio deconfidencialidad.

    Artculo 14.- Servicio de Correo Electrnico Institucional

    A. El rea de Informtica y Sistemas asignar un correo electrnicocorporativo de acuerdo a la factibilidad funcional al personal de laFundacin Infocal Cochabamba que lo requiera mediante solicitud formal a

    su jefe inmediato superior, esta cuenta de correo ser vlida desde elmomento de inicio de las actividades laborales hasta que finalice la misma.

    Artculo 15.- Administracin de Cuentas de Correo Electrnico

    A. El rea de Informtica y Sistemas, gestionar las cuentas de correoelectrnico en el dominio infocalcbba.edu.bo.

    B. Los criterios nominales de creacin de cuentas corporativas, ser de lasiguiente forma:

    @infocalcbba.edu.bo

    C. Desactivacin de cuentas de correo, se realizaran en los siguientes casos:

    Cuentas Corporativas: cuando Recu rsos Humanoscomuniquen la finalizacin de la relacin contractual del usuariocon la Fundacin Infocal Cochabamba. El uso inapropiado o elabuso del servicio de correo electrnico (no revisin peridicadel mismo) pueden ocasionar la desactivacin temporal o

    mailto:@sns.gob.bomailto:@sns.gob.bo
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    permanente de las cuentas. Las acciones en este sentidopueden llevarse a cabo en funcin de las incidencias quepuedan causar un problema para el buen funcionamiento delservicio.

    Artculo 16.- Uso del Correo Electrnico

    A. El correo electrnico corporativo debe ser utilizado con exclusividad paralas actividades propiamente laborales de la institucin; y no en relacin aactividades de encuestas, concursos, cartas en cadena, mensajes nodeseados, correos molestos u otros mensajes duplicativos o no solicitados,asimismo no se permite publicar, distribuir o divulgar cualquier informacininapropiada o material ilcito, obsceno, indecente; o difamar, insultar,acosar, acechar, amenazar e infringir de cualquier otra forma los derechosde terceros y todo concerniente a la ilegalidad.

    B. Todo usuario deber notificar inmediatamente al rea de Informtica ySistemas, en caso de sospechar que su correo est siendo utilizado porotra persona ajena y/o terceros.

    C. Todo usuario que cuenta con el correo electrnico corporativo tiene eldeber de examinar cotidianamente y con recurrencia el mismo con elpropsito de cumplir con las actividades de la Institucin y que el espacioasignado sea excedido motivo por el cual los correos no lleguen a destino.

    D. Los responsables de la administracin del correo electrnico corporativorespetarn la privacidad de los usuarios, no divulgarn informacin acerca

    de las cuentas de usuario o del uso que haga del servicio a menos que searequerido para cumplir con procedimientos legales.

    E. El rea de Recursos Humanos, tiene la obligacin de comunicar el alta, bajarotacin del funcionario de la Fundacin Infocal Cochabamba.

    Artculo 17.- Antivirus

    A. Todos los equipos de computacin perteneciente a la Institucin debencontar con un mismo antivirus establecido por el de Informtica y Sistemas.

    B. En caso que el equipo de computacin no cuente con el antivirus, el usuariodebe solicitar la instalacin del antivirus al rea de Informtica y Sistemas.

    C. El usuario tiene la obligacin de realizar la limpieza peridica externa de laCPU, Monitor y la limpieza peridica de la informacin de sus cuentas paramejorar la administracin de la misma

    D. Si existieran anomalas en los equipos de computacin debido a sospechasde virus que no estn siendo detectados por el antivirus, el usuario debe

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    notificar de esta situacin al rea de Informtica y Sistemas.

    Artculo 18.- Administracin y respaldo de informacin

    A. Cada usuario es el responsable de resguardar la informacin pertinente. El

    rea de Informtica y Sistemas coadyuvar en el resguardo de dichainformacin a travs de medios de backup fsicos, o por la red. Las copiasde seguridad se harn de acuerdo a un cronograma convenido segn laprioridad de los sistemas de informacin.

    B. Debe existir un control escrupuloso y restringido de acceso del personal enlos recintos donde se encuentre los sistemas de almacenamiento yservidores.

    C. El personal autorizado debe notificar cualquier violacin de las normas deseguridad o de vulnerabilidad de los sistemas de informacin que detecten,

    no revelando en ningn caso a terceros estas debilidades, excepto a lapersona autorizada que reciba el encargo de realizar los trabajos para sucorreccin.

    D. El rea de Informtica y Sistemas tiene la facultad de facilitar el ingreso aotro usuario previa autorizacin del Jefe Inmediato Superior de la unidadsolicitante, cuando exista la necesidad de obtener informacin.

    E. Los usuarios de los servicios informticos de la Fundacin InfocalCochabamba cuentan con una unidad de red denominada i en la cualdeben resguardar su informacin de trabajo evitando copiar contenidos

    como ser datos personales, audio, video y archivos ejecutables, esta unidadde red tiene el objetivo de replicar esta informacin en cualquier mquinaque el usuario acceda usando su nombre de usuario y contrasea.

    F. Los usuarios de los servicios informticos de la Fundacin InfocalCochabamba estn en la obligacin de copiar sus datos dentro de la unidadde red i, para evitar la prdida de los mismos si el equipo de cmputosufre daos fsicos irreparables.

    G. Absolutamente toda informacin generada, descargada y usada por elpersonal de la Fundacin Infocal Cochabamba es propiedad de la misma de

    tal manera el usuario de servicios informticos puede mantener una copiade la misma en unidades extrables (pendrives, flash drives, discosexternos, CD, DVD) pero est en la obligacin de dejar una copia del mismoen las unidades de red respectivas.

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    CAPITULO II

    De la administracin de los recursos informticos (hardware)

    Artculo 19.- Pertenencia del recurso informtico

    A. La Entidad no asumir responsabilidad alguna por el mal uso de los equiposde computacin y comunicacin asignados a los usuarios; sin embargo, lainstitucin como propietaria de los equipos y sistemas de informacin,puede disponer de la informacin generada en ellos para apoyar lasacciones disciplinarias y legales que sean convenientes.

    B. El uso de los equipos de computacin y comunicacin sern utilizados paralas labores estrictamente relacionadas a las actividades del usuarioasignadas por la Institucin.

    C. El uso de los equipos de computacin y comunicacin est prohibido parafines personales, comerciales y ajenos a la Institucin.

    D. El soporte tcnico en hardware y software en los equipos de computacin,estar a cargo exclusivamente por personal autorizado por el rea deInformtica y Sistemas

    E. El rea de Informtica y Sistemas, por razones de seguridad, podrfiscalizar el hardware y software instalados en los equipos de computacin einformar a las autoridades correspondientes.

    F. El rea de Informtica y Sistemas est autorizado para acceder a losequipos informticos asignado al usuario cada vez que deban realizarmantenimiento preventivo y correctivo. Tambin tiene la facultad deeliminar archivos innecesarios que degraden el buen funcionamiento delequipo y que no estn autorizados, sin previo aviso o justificacin.

    G. No est permitido desinstalar ningn tipo de software, borrar archivos delsistema o cambiar configuraciones pre-establecidas para los equiposinformticos sin autorizacin del rea de Informtica y Sistemas.

    H. Se asignar cdigos a todas las CPUs o porttiles relacionado con el lugar,

    al cual estn asignados.Artculo 20.- Manipulacin del recurso informtico

    A. nicamente el personal autorizado del rea de Informtica y Sistemaspuede configurar o reconfigurar, programar o reprogramar e instalar odesinstalar programas; asimismo, abrir, remover y cambiar componentesinternos de los equipos informticos.

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    B. Se considera al usuario como directo responsable en faltas graves cuando:

    I. Abra y manipule las partes internas de los equipos de computacin ycomunicacin sin autorizacin del rea de Informtica y Sistemas.

    II. Manipula comidas, bebidas cerca de los equipos de computacin ycomunicacin que puedan originar, directa o indirectamente su malfuncionamiento.

    III. Cuando los equipos de computacin y comunicacin permanecenencendidos en horas no laborables, para evitar el consumo innecesariode energa y desgaste del equipo.

    IV. No informar de forma inmediata al rea de Informtica y Sistemas, deanomalas y fallas de software y hardware.

    C. Cuando se pretenda realizar el traslado de los equipos de computacin ycomunicacin de una ubicacin predeterminada a otra, deben notificar al

    rea de Informtica y Sistemas y/o Activos Fijos con anticipacin, parapreservar la integridad de los mismos.

    D. Los precintos de seguridad que se adhiere a los equipos de computacin yaccesorios, no podrn ser alterados, removidos, etc., el usuario que infrinjacon lo mencionado ser directo responsable de la prdida de: la garanta ycomponentes internos del activo, asimismo correr con todos los gastosrespectivos.

    Artculo 21.- Red de datos

    A. Se prohbe compartir recursos como archivos de msica, videos, juegos enred y similares con fines ajenos a las actividades designadas por laInstitucin.

    B. Se restringe la instalacin de puntos de acceso inalmbricos (Access point- WIFI) o fijos (HUB SWITCH y otros) que se encuentren fuera dela administracin (configuracin y supervisin) del rea de Informtica ySistemas.

    C. Toda reubicacin de espacios asignados a los usuarios que utilizan unrecurso informtico, no debe ser efectuado sin previo anlisis y decisin delrea de Informtica y Sistemas, para no ocasionar el deterioro derendimiento en la red datos.

    D. Todo intento de vulneracin contra los sistemas de proteccin de seguridady de la red, ser comunicado a su inmediato superior para que ste puedainiciar acciones de carcter disciplinaria, laboral o legal que corresponda.

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    E. Se prohbe acceder a travs de la red a los sistemas de informacin,servicios y bases de datos propios de la Institucin, para los cuales no se leha otorgado expresamente permiso, para utilizarlos con fines personales oajenos a la Institucin.

    F. Se prohbe instalar software de espionaje, monitoreo de trfico o programasen la red de datos que originen: violaciones a la seguridad, interrupcionesde la comunicacin en red, que eviten o intercepten la autenticacin delusuario (inicio de sesin en el dominio) por cualquier mtodo, o quebusquen acceder a recursos a los que no se les ha permitido expresamenteel acceso.

    G. Cualquier instalacin de conexin inalmbrica slo se debe aplicar paraequipos porttiles y no as para equipos de escritorio, adems debe contarcon la respectiva autorizacin rea de Informtica y Sistemas.

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    CAPITULO III

    De la adquisicin de recursos informtico y control de inventarios

    Artculo 22.- Adquisicin de recursos informticos

    A. El rea de Informtica y Sistemas, brindar asesoramiento tcnico en ladefinicin para una nueva adquisicin y/o reemplazo de un recursoinformtico bajo las siguientes condiciones: cuando el recurso se encuentreobsoleto, deteriorado o por otra causa especial justificada, siempre tomandoen cuenta las necesidades funcionales de las actividades del usuario de laInstitucin

    B. Una vez realizada las nuevas adquisiciones de los recursos informticos y/oaccesorios, el rea solicitante deber coordinar con el rea de Informticay Sistemas para la instalacin y/o configuracin respectiva.

    Artculo 23.- Control de Inventarios

    A. Con la finalidad de tomar determinaciones tcnicas para un funcionamientoptimo de los PC, el rea de Informtica y Sistemas realizar un registro desus componentes internos bsicos.

    B. La Unidad correspondiente que administra los Activos Fijos de la FundacinInfocal Cochabamba, tiene la obligacin de informar al rea de Informticay Sistemas de los movimientos de los recursos informticos en laInstitucin.

    C. La Unidad correspondiente que administra los Activos Fijos de la FundacinInfocal Cochabamba debe notificar al rea de Informtica y Sistemascualquier alteracin del precinto de seguridad adherido a los PC, paraverificar las condiciones internas de los mismos.

    Artculo 24.- Responsabilidad de los Jefes de Unidad y/o Responsables

    A. Los Directivos, Jefes de Unidad y/o Responsables de reas, estn en laobligacin de comunicar al rea de Sistemas e Informtica, del ingreso deequipos de computacin que fueron donados y/o transferencias externas

    que hayan ingresado a la unidad organizacional, para actualizar el registro.

    B. El jefe inmediato superior de cualquier Unidad, tiene la obligacin deinformar al rea de Informtica y Sistemas, sobre las altas y bajas de supersonal dependiente para actualizar las cuentas de usuario la FundacinInfocal Cochabamba.

    C. Cuando se realiza una solicitud para asesoramiento, apoyo tcnico eneventos (talleres, cursos, seminarios, etc.), o solicitud de un recurso

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    Informtico, sta deber realizarse en forma escrita y autorizada por eljefe inmediato de la unidad solicitante.

    D. Cuando las Unidades pretendan realizar reubicaciones o traslados, el Jefeinmediato superior deber coordinar con el rea de Informtica y Sistemas,

    con el fin de verificar la factibilidad ptima del funcionamiento de losrecursos informticos.

    E. Cualquier usuario que pretenda ingresar a otro equipo que no sea el suyopara fines laborales, ser solicitado por el Jefe Inmediato Superior de laUnidad al rea de Informtica y Sistemas.

    Artculo 25.- Facilitacin de recursos Informticos y/o accesorios

    A. Cuando exista la necesidad de uso de un recurso informtico, las unidadescompetentes facilitaran la dotacin del mismo previa solicitud escrita, a fin

    de tomar las previsiones que ameriten sobre el caso.

    B. El usuario al que se facilit el recurso informtico, es directo responsable decualquier dao fsico y/o extravi del mismo, una vez proporcionado elrecurso informtico.

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    CAPITULO IV

    De la administracin de los recursos de software

    Artculo 26.- Autorizacin de uso.-

    A. Los usuarios de la red de la Fundacin Infocal Cochabamba, podrn usaren los equipos de computacin asignado, el software instalado, estterminantemente prohibido la instalacin de software que no haya sidoaprobado por el rea de Informtica y Sistemas.

    B. Restricciones de uso

    Las unidades competentes por los medios que correspondan, realizarn elmonitoreo y control respectivo, para tomar las acciones correspondientesque se den al mal uso del software no autorizado.

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    CAPITULO V

    Del uso, administracin y mantenimiento de los Laboratorios de Computopara enseanza

    Artculo 26.- Acceso.-

    A. Los laboratorios de cmputo de la Fundacin Infocal Cochabamba estn adisposicin de las distintas carreras de formacin y capacitacin previacoordinacin de uso segn los horarios dispuestos durante la planificacindel semestre.

    B. Las llaves de acceso a los laboratorios de cmputo deben ser requeridas alos auxiliares operativos.

    C. Si algn servicio informtico dentro del laboratorio no estuviera habilitado

    deber ser solicitado al rea de Informtica y Sistemas para que el personalde soporte informtico pueda dar pronta solucin al mismo.

    Artculo 27.- Administracin.-

    A. Responsabilidad:

    1. Los docentes que hagan uso de los laboratorios de computo sonresponsables directos del mismo, debiendo tener control de todos loselementos componentes del laboratorio evitando que los estudiantes

    sustraigan o daen dichos elementos.

    2. Una vez que cada docente tenga acceso a determinado laboratorio decomputo deber realizar una inspeccin para constatar que todo est enorden antes de comenzar su clase, si verificase que algn elemento faltao presenta algn dao deber inmediatamente comunicar a losauxiliares operativos para deslindar responsabilidades.

    3. Se sancionar a los docentes que abandonen su clase dejando solos alos estudiantes dentro los laboratorios de cmputo, si tienen urgencia desalir debern dejar a un auxiliar operativo u otro docente responsable del

    mismo.

    4. Terminada la clase los docentes no podrn abandonar el laboratorio decmputo hasta verificar que todos los estudiantes hayan abandonado elmismo y que todos los equipos, luces, ventiladores, extractores hayansido apagados.

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    Artculo 28.- Mantenimiento.-

    A. El rea de Informtica y Sistemas est en la obligacin de realizar elmantenimiento peridico de software y hardware de los laboratorios decmputo.

    B. Si existiese algn equipo informtico que presente daos debe ser reportadopor los docentes que hacen uso de los laboratorios para que el personal del

    rea de Informtica y Sistemas pueda realizar la evaluacin del equipo yproceder con la reparacin del mismo.

    C. El tiempo de reposicin de equipos daados y/o reparados deber sercomunicada a los jefes de carrera o docentes para la planificacinrespectiva, este tiempo de reposicin est sujeto a factores externos comogestin de compra de repuestos, disponibilidad de tiempo del personal desoporte informtico.

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    CAPITULO VIDeberes de los usuarios

    Artculo 29.- Son deberes de los usuarios

    Los usuarios responsables de los recursos informticos propiedad de laFundacin Infocal Cochabamba tienen los siguientes deberes:

    A. Mantener la confidencialidad de las claves de acceso asignadas por lasunidades competentes (contrasea), y abstenerse de divulgar a tercerospor cualquier motivo.

    B. Velar por el cuidado y la integridad de los recursos informticos asignados,manteniendo los recursos informticos en un espacio que permita laventilacin adecuada, adems de mantener un espacio limpio a sualrededor libre de elementos que puedan ocasionar perjuicio a los mismos

    C. Reportar a las instancias y unidades competentes, sobre cualquieranomala que se presentare en el funcionamiento del recurso informticoasignado y/o movimiento del mismo.

    D. No modificar o eliminar la informacin almacenada en el equipo asignadocuando el usuario sea transferido de unidad, centro y/o retirado de laInstitucin.

    E. El usuario deber realizar el apagado completo del equipo de cmputo unavez finalizado su trabajo (Cpu, monitor, impresora, estabilizador y/o

    supresor de picos).

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    CAPITULO VIIDisposiciones finales

    Artculo 30.- Modificaciones al presente reglamento

    A. El presente reglamento podr ser modificado o complementado cuando aslo requiera para fortalecer el mismo y luego de un anlisis tcnico deaplicacin del mismo.

    Artculo 31.- Acciones disciplinarias

    A. El incumplimiento del presente reglamento y condiciones de uso o decualquier otra establecidas por la Fundacin Infocal Cochabamba, permitirla suspensin de los servicios, con el fin de garantizar el buenfuncionamiento de los servicios de los TICs.

    B. El plantel ejecutivo y/o directivos de la Fundacin Infocal Cochabamba,decidirn las acciones a tomar en el caso de incumplimiento del presentereglamento del uso de los servicios y recursos informticos de la Institucin.Todo ello sin perjuicio de las acciones disciplinarias, administrativas,civiles o penales que en su caso corresponda, a las personaspresuntamente implicadas en dicho incumplimiento.

    C. El presente documento debe estar resguardado por la institucin, ademsde poner en conocimiento a todo el personal correspondiente.

    D. El desconocimiento de este documento no omite derechos de culpabilidad a

    ningn funcionario de la Fundacin Infocal Cochabamba.