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REGLAMENTO INTERNO 28 de febrero 20 11 INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA N 20188 “CENTRO DE MUJERES” Fundo San tustio (prolongaci ón José Gálvez s/n) [REGLAMENTO INTERNO] INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA N 20188 “CENTRO DE MUJERES” 2011 IEP N° 20188 CM

REGLAMENTO INTERNO - MI CENTRO … · Web viewArt. 13: ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL ORGANIGRAMA FUNCIONAL ORGANIGRAMA NOMINAL TÍTULO III LA GESTIÓN PEDAGÓGICA CAPÍTULO VIII DE LA CALENDARIZACIÓN

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REGLAMENTO INTERNO

28 de febrero

2011

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA N 20188 “CENTRO

DE MUJERES”

Fundo San tustio (prolongación José Gálvez s/n)

[REGLAMENTO INTERNO]INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA N 20188 “CENTRO DE MUJERES”

2011IEP N° 20188

CM

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIO

Art. 01: La I.E.P. N° 20188 se encuentra ubicada en FUNDO “SAN

TUSTIO” prolongación de la calle José Gálvez s/n

jurisdicción del distrito de San Vicente provincia de Cañete,

departamento de Lima.

Art. 02: Tiene como órgano intermedio a la Unidad de Gestión

Local N° 08, el Gobierno Regional de Lima Provincias y el Ministerio de

Educación.

Art. 03: La I.E.P. N° 20188 atiende los 3 niveles de Educación Básica

Regular:

Nivel Inicial

Nivel Primaria

Nivel Secundaria

CAPÍTULO II

DEL CONTENIDO Y ALCANCES

Art. 04: El Reglamento Interno de la Institución Educativa Pública

N° 20188 de San Vicente de Cañete, es un instrumento de

gestión, documento técnico-normativo de conducción y

apoyo a la gestión administrativa que permite facilitar y

asegurar el logro de los fines y objetivos que son inherentes

a la institución y al Proyecto Educativo Institucional. El

presente reglamento interno complementan las normas y

decretos establecidos por el Ministerio de Educación,

Gobierno Regional de Lima Provincias y UGEL Nº 08

Cañete; por tanto cualquier artículo del presente

Reglamento Interno que transgredan las normas

establecidas son nulas.

Art. 05: El presente Reglamento Interno incluye en sus alcances a:

a. CONEI

b. Personal Directivo

c. Personal Jerárquico

d. Personal Docente

e. Auxiliar de Educación

f. Personal administrativo

g. Padres de familia

h. Alumnas

CAPÍTULO III

VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

VISIÓN

Al 2012 nuestra Institución Educativa Publica Nº 20188 de Mujeres,

del distrito de San Vicente de Cañete, aspira ser una Institución

emblemática entre las demás. La Institución Educativa de

Educación Básica Regular, brindará formación integral de calidad y

excelencia académica en el campo humanístico, científico,

tecnológico, ecológico, y ético-moral, en beneficio de las

estudiantes, siendo éstos capaces de resolver situaciones

problemáticas con creatividad, responsabilidad, debiendo contar

con una infraestructura adecuada, equipamiento tecnología

moderna y potencial humano altamente calificados a fin de

contribuir con el desarrollo socio-económico-cultural y la

conservación, prevención y mantenimiento del medio ambiente de

nuestra comunidad y país

MISIÓN

La Institución Educativa tiene como misión contribuir con

responsabilidad y ética profesional al desarrollo de potencialidades

de las alumnas; estimulando su creatividad e investigación,

participando en la preservación del medio ambiente e integrando su

dimensión bio-psico-social y espiritual a través de una praxis

didáctica pertinente e innovadora, basado en un proyecto de vida

personal.

CAPÍTULO IV

FINES Y OBJETIVOS

Art. 06: El Reglamento Interno tiene por finalidad normar y

organizar las funciones de la I.E.P. Nº 20188 y los órganos

que la integran para su desarrollo.

Art. 07: Son fines del Reglamento:

Establecer las normas y disposiciones generales que

regulan el control y permanencia, cumplimientos de

derechos y obligaciones del Personal Directivo, Jerárquico,

Docente, Administrativo, Servicio y sus relaciones con la

APAFA, UGEL y otras Instituciones Educativas.

Cautelar y potenciar la política educativa para la formación

integral de las educando.

Son objetivos del Reglamento:

Art. 08: Dar cumplimiento a todo lo aprobado en el presente

Reglamento.

Art. 09: Aplicar los estímulos y sanciones establecidos de acuerdo a

las situaciones que se presenten en la Institución Educativa.

Art. 10: Promover la práctica de valores en beneficio personal e

Institucional.

CAPÍTULO V

BASE LEGAL Y ALCANCES

Art. 11: El Reglamento Interno se sustenta en las siguientes

disposiciones legales vigentes:

a. Constitución Política del Perú.

b. Ley N° 28044 “Ley General de Educación”.

c. Ley N° 24029 “Ley del Profesorado”.

d. Ley N° 25212 Modificatoria de la Ley del Profesorado.

e. D.S. N° 019-ED Reglamento de la Ley del Profesorado.

f. D.S. N° 04-83 Reglamento de Educación Secundaria.

g. D.S. N° 03-83 Reglamento de Educación Primaria.

h. D.S. N° 057-85-ED Reglamento de Desarrollo de Actividades

Productivas.

i. R.V.M. N° 077-84-ED Normas de Evaluación del Educando de

Educación Secundaria.

j. R.V.M. N° 069 N-R-ED Normas Complementarias de

Auxiliar de Educación.

k. R.M. N° 016-ED Normas Para la Gestión y Desarrollo de

Actividades en los Centros y Programas Educativos.

l. Ley N° 28628 regula la participación de las APAFA en la I.I.E.E.

m.D.S. N° 20-02-ED Reglamento de la asociación de Padres de

Familia.

n. D.S. N° 25035 Ley de Simplificación Administrativa.

o. D.S. N° 008-2006-ED Lineamientos y Control de la Labor

Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas

Públicas.

p. D.S. N° 009-2005-ED.

q. Directiva 209-2005.

r. R.M. N° 048-05-ED.

s. R.M. N° 030-04-ED.

t. D.S. 016-2007-ED Proyecto Huascarán.

TITULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA I.E.

CAPÍTULO VI

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Art. 12: La I.E.P. N° 20188 de San Vicente de Cañete tiene la

siguiente estructura orgánica:

A. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Director General.

Sub Directora del Nivel Primaria.

Sub Director del Nivel Secundaria

B. ÓRGANO DE EJECUCIÓN

Coordinador de Tutoría, Disciplina y Convivencia

Educativa

Coordinadores de Ciclo y Actividades

Docentes.

Auxiliares de Educación

C. ÓRGANO DE APOYO

Secretaria

Auxiliar de Biblioteca

Personal de Servicio

D.ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

Consejo Educativo Institucional

Consejo Académico

Contador

E. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN

Asociación de Padres de Familia

Comités de Aula Inicial, Primaria y Secundaria

Comités de Defensoría del Niño y del Adolescente

Municipio Escolar

CAPÍTULO VII

DE LA ESTRUCTURA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 13: ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE

INICIAL

DIRECCIÓN DE LA I.E.P.

DOCENTES

A.P.A.F.A

EQUIPO ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO DE

COORDINACIÓN, TUTORIA, DISCIPLINA Y CONVIVENCIA

EDUCATIVA

EQUIPO DOCENT EQUIPO

DOCENTE EQUIPO DOCENTE

CONSEJO ACADÉMICO

CONEI

SUB DIRECCIÓN

COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE

PRIMARIA

COORDINACIÓN DEL EQUIPO DE

SECUNDARIA

EQUIPO DE AUXILIARES

ORGANIGRAMA FUNCIONAL

DOCENTES INICIAL

Planifica, programa y ejecuta procesos de

CONEIParticipa, concierta y vigila

APAFACoordina, planifica y ejecuta

actividades del Plan de Trabajo

ADMINISTRATIVO

Brinda apoyo administrativo, logístico

y de servicios

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN,

TUTORIA, DISCIPLINA Y CONVIVENCIA

EDUCATIVA

CONSEJO ACADÉMICO

DIRECCIÓN

Asesora, organiza, conduce, supervisa y controla el

funcionamiento y recursos humanos

SUB DIRECCIÓNOrganiza, conduce y ejecuta procesos de enseñanza para

alcanzar los objetivos y metas de la I.E.

DOCENTES SECUNDARIA

Planifica, programa y ejecuta procesos de

enseñanza

DOCENTES PRIMARIA

Planifica, programa y ejecuta procesos de

enseñanza

AUXILIARESBrinda apoyo en

cuanto a disciplina

EQUIPO DE TALLERES

ORGANIGRAMA NOMINAL

SUB DIRECTORESLourdes Sánchez SánchezJimmy Vergara Gallegos

COORDINADOR DE OBE

COORDINADORES DE GRADO

COORDINADOR DE GRADO

II CICLO

DIRECTORPedro Tonny Luyo

Mendieta

CONEIProf. Pedro Luyo Mendieta

Prof. Lourdes Sánchez SánchezProf. Lina Sulca Godoy

Prof. Erika Panduro BardalesProf. Haydee Vera Cuzcano

APAFAPresidenta

Rigoberto CamposTesorera

María Yataco

TUTORES

TÍTULO III

LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPÍTULO VIII

DE LA CALENDARIZACIÓN Y HORARIO ACADÉMICO

Art. 14: Se cumplirá el desarrollo de las 40 semanas pedagógicas en los 3 niveles.

Art. 15: Las alumnas tendrán vacaciones 2 veces al año en forma trimestral.

Art. 16: La calendarización del año escolar 2010 será la siguiente:

El año escolar 2010 se inicia el 01 de Marzo y concluye el 31 de Diciembre del 2010.

Después del I y II trimestre, las alumnas gozarán de un descanso de 01 semana siempre

y cuando se cumpla las Horas Efectivas.

Art. 17: En los niveles de Educación Inicial y Primaria cumplirán las horas

pedagógicas de 45 minutos haciendo un total de 30 horas y 25 horas semanales

respectivamente y un mínimo de 900 horas en Inicial y1100 horas anuales en Primaria

de trabajo pedagógico efectivo.

Art. 18: En el nivel secundaria se cumplirá los 45 minutos por hora pedagógica

haciendo un total de 35 horas semanales y un mínimo de 1,200 horas de trabajo

efectivo anuales.

CAPITULO IX

DEL PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA PÚBLICA Nº 20188.

Art. 19: Elaborado y aprobado el P.C.I. de la Institución Educativa por el pleno, se

convierte en un documento normativo, aplicándose en su totalidad, pudiendo ser

reajustado o actualizado anualmente.

CAPITULO X

DEL CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS

Art. 20:

a. El ámbito de acción del CRED es toda la Institución Educativa, primero porque

tiene como usuarios a la totalidad de los estudiantes y porque gestiona el uso

de calidad y la conservación de los recursos educativos existentes en los

diferentes espacios de la I.E.: Biblioteca, Laboratorio, Aula de Innovación

Pedagógica y toda aquello que pueda servir a los propósitos pedagógicos

señalados.

CAPITULO XI

DEL CALENDARIO CÍVICO

Art. 21: Las características de los números artísticos deben tener en cuenta el

desarrollo de las inteligencias múltiples (lingüística, musical, kinestésica, etc.) de sus

participantes.

Art. 22: Los números artísticos de las fechas cívicas deberán considerar a la promoción

y desarrollo de las capacidades, habilidades y valores de las alumnas.

Art. 23: Las actividades cívicas como: Día del Maestro, Aniversario de la I.E. y

Navidad se desarrollara en forma integrada (los tres niveles).

Art. 24: En las actividades internas deberán de tenerse en cuenta lo siguiente:

a. El docente encargado de una fecha cívica esta obligado a disertar, preparar y

ejecutar las actividades con participación de las estudiantes en acto público.

b. El horario para desarrollar las actividades cívicas internas será en la formación y

tendrá una duración de 20 minutos como máximo.

Art. 25: Para las actividades centrales deberán de:

a. Elaborar y presentar el Programa con 24 horas de anticipación a la Dirección

para su aprobación.

b. La cantidad de números artísticos deberán ser 05 como máximo.

c. Considerar un número artístico del nivel Inicial en las actividades centrales.

DE LAS RESPONSABILIDADES

Art. 26: Los Docentes, Tutores, Auxiliares y Profesores de turno serán responsables

del orden y disciplina de las alumnas en las fechas cívicas y en todas las actividades

permanentes que se realicen en la Institución Educativa.

DE LAS SANCIONES:

Art. 27: Los docentes que incumplan con la responsabilidad del desarrollo de las

actividades cívicas, serán acreedores a una llamada de atención por escrito

(memorándum) y será considerada como demérito en su ficha de desempeño laboral.

TITULO IV

GESTIÓN INSTITUCIONAL

CAPITULO XII

DE LA MATRICULA Y HORARIO DEL PERSONAL

DE LA MATRICULA

Art. 28: La matricula de las estudiantes de Educación Inicial,

Primaria y Secundaria, se realizará a petición del padre o apoderado

en el primer grado. Para efectos de matrícula se respetará los

dispositivos vigentes. La ratificación de la matricula es automática

en los tres niveles.

Art. 29: Los responsables de la matricula del nivel Inicial, Primaria

y Secundaria serán los Sub-Directores de cada nivel con apoyo de

las secretarias.

Art. 30: Las alumnas que procedan de otras Instituciones

Educativas, con traslado de matrícula, deberán presentar su

certificado de conducta aprobatoria y documentación completa

original, de acuerdo a normas, dentro de un tiempo límite.

Art. 31: Las estudiantes que proceden del nivel primario serán

matriculadas automáticamente en el nivel secundario y aquellas que

no proceden de la Institución y existan vacantes limitada deberán

ser sometidas a un examen de selección para coberturar las

vacantes existentes, teniendo en cuenta la zonificación siguiente:

1. Alumnas que procedan del distrito de San Vicente.

2. Alumnas que procedan del distrito de Imperial.

3. Alumnas que procedan del distrito de San Luis.

4. Alumnas que procedan del distrito de Nuevo Imperial.

5. Alumnas que procedan del distrito de Cerro Azul.

6. Alumnas que procedan de otro distrito de la provincia de

Cañete.

Art. 32: La evaluación de las estudiantes es permanente, integral y

sistemática en todas las áreas salvo exoneración.

Art. 33: Se deberá administrar las siguientes evaluaciones:

a. Evaluación de entrada (inicio de clases).

b. Evaluación de progreso (durante el desarrollo de clases).

c. Evaluación de salida (al termino de cada trimestre).

d. Evaluación de trimestre (al termino de cada trimestre).

e. Evaluación de aplazados (mes de marzo).

f. Evaluación de subsanaciones (mes de junio, julio y marzo).

g. No considerar en proceso de matricula a las alumnas

repitentes en el mismo grado (2 años consecutivos).

Art. 34: La certificación de los educando la realiza el Director.

Art. 35: Las evaluaciones de estudios independientes se realiza en

marzo y agosto.

Art. 36: Secciones que tengan más del 30% de desaprobadas, el

coordinador pedagógico realizara el informe correspondiente.

HORARIO DEL PERSONAL

Art. 37: La jornada de trabajo de la Institución Educativa, se

adecuará al funcionamiento del servicio educativo establecido.

Quedando establecido que no existe tolerancia.

A. DEL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO

La jornada laboral del personal directivo y jerárquico se

adecuará a las necesidades de la Institución Educativa con

una jornada diaria no menor a 08 horas cronológicas.

B. DEL PERSONAL DOCENTE

La jornada del personal docente será de acuerdo al turno en

que labora, cumpliendo su jornada la que establece su

nombramiento o contrato de acuerdo a la normatividad

vigente.

Mañana Tarde

8.00 a 1.00 p.m. 1.00 p.m. a 6.00 p.m.

Los profesores de 30 horas ingresan a trabajar de 8.00 a.m.

a 1.00 p.m. y los profesores de 24 horas ingresan a

trabajar de 1.00 p.m. a 6.00 p.m.

C. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

La jornada de trabajo que rige para el sector de la

administración pública, es de 7:45 horas diarias en los

meses de enero a diciembre, la jornada se cumplirá de

lunes a viernes, de conformidad con la normatividad

vigente.

La Dirección establecerá el horario del personal

administrativo y de servicio de acuerdo a las necesidades de

servicio de la Institución.

Art. 38: De la asistencia, tardanzas y permisos se efectuaran de la

siguiente manera:

a. El profesor debe ingresar al colegio 5 minutos antes de la

primera hora de clases.

b. . Se considera como inasistencia el no firmar no sólo la tarjeta

de asistencia de ingreso y salida si no también la omisión en la

firma del parte diario de asistencia de ingreso y de salida por

horas efectivas de aula. Los partes deberán estar desde la 1

p.m. a 6 p.m en el aula siendo responsables los Auxiliares de

Educación. De igual manera los trabajadores que sin causa

justificada abandonen su puesto de trabajo antes de cumplir su

jornada laboral diaria.

c. Las inasistencias por enfermedad serán justificadas

debidamente comprobada o por desgracia familiar será

comunicada a la Dirección dentro de las 48 horas será

regularizado con documentos sustentatorios.

d. El Director de la Institución estará facultado para otorgar

permiso por (03) tres días por motivos personales durante el

año pudiendo denegarlo por necesidades de servicio.

Art. 39: El personal Directivo y Administrativo de la I.E.P. harán

uso de sus vacaciones y licencia en base a dispositivos legales,

vigentes y el rol de vacaciones serán previamente establecidos por

la Dirección y aprobado mediante R. D. por la UGEL Nº 08.

CAPITULO XIII

DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Y PLAN ANUAL

DE TRABAJO

Art. 40: Respetar la aprobación del Plan Anual de Trabajo

apoyándolo en su desarrollo y ejecución.

Art. 41: Queda prohibido efectuar actividades que no este

contemplado en el PAT.

Art. 42: Bajo ninguna circunstancia se permitirá la creación de

nuevos comités ni cargo alguno, sólo serán reconocidos los que

estipulan las normas vigentes.

Art. 43: Se deberá planificar las actividades de la manera que no se

exagere en cuotas a los comités de padres de familia.

CAPITULO XIV

DE LOS DEBERES Y DRECHOS DEL PERSONAL

Art. 44: PERSONAL DIRECTIVO

DIRECTOR

El Director es la primera autoridad del plantel y su deber es

velar por el cumplimiento de los objetivos y fines de la ley de

Educación N° 28044 D.S. Nº 03-ED y tiene las siguientes

funciones:

a. Planificar, organizar, asesorar, coordinar, supervisar, controlar

y evaluar la gestión Educativa de los tres niveles.

b. Difundir la correcta aplicación de las disposiciones vigentes.

c. Velar por la conservación, mantenimiento y mejoramiento de la

infraestructura escolar.

d. Brindar buen trato o a todo el personal de la Institución.

e. Llevar el Libro de Inventario de los diferentes bienes de la

Institución Educativa.

f. Informar el balance general de acuerdo a las normas vigentes.

g. Cumplir con normas pedagógicas y administrativas de

acuerdo a los dispositivos vigentes.

h. Efectuar con los Sub-Directores la supervisión dentro del

plantel para asegurar la eficiencia de la formación integral

del educando basado en el plan de supervisión y monitoreo.

i. Promover y ejecutar talleres y capacitaciones propiciando la

asistencia obligatoria del personal.

j. Realizar la vización de los documentos del personal docente.

k. Realiza el informe general (memoria) y la documentación de

finalización del año escolar.

l. Organizar eventos para capacitar y actualizar al personal

docente.

m.Asegurar la participación la comunidad educativa en la

elaboración del PEI, PCC, PAT, RI y en todas las actividades

pedagógicas.

n. Coordinar y formalizar los mecanismos de articulación entre el

CRED y las Aulas de Innovación Tecnológicas, Huascarán

proyectos de Innovación Educativa, Municipios Escolares,

servicio de Tutoría, APAFA y todas las instancias pertinentes

a los fines del CRED.

o. Encabezar las campañas de lectura dentro y fuera de la

Institución Educativa.

p. Representa legalmente a la Institución.

q. Autoriza visitas de estudio, paseos excursiones, dentro del

ámbito del distrito de San Vicente de acuerdo a la

normatividad vigente.

r. Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los

educandos en los documentos pedagógicos oficiales de

acuerdo a las normas específicas.

s. Estimular y sanciona según el caso de las alumnas.

t. Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa al personal a su

cargo.

u. Llama la atención verbalmente o por escrito al personal a su

cargo por incumplimiento de funciones. En caso de

reincidencia o gravedad de la falta, informa por escrito la

superioridad.

v. Autoriza al uso eventual de ambientes y/o equipos a otras

Instituciones para los fines educativos, culturales y deportivos

exigiendo garantías del buen uso.

w. Aprueban el Plan Anual de Trabajo, Plan Anual de Supervisión

Educativa y el Reglamento de la Institución Educativo y los

demás instrumentos de gestión.

x. Controla la asistencia y permanencia de todo el personal de la

I.E.

y. Realiza el consolidado del parte de asistencia de los niveles

inicial, primaria y secundaria con apoyo de los sub directores..

LOS SUB DIRECTORES: (Primaria y Secundaria)

Los Sub-Directores son responsable de la planificación,

organización. Depende del Director y tienen las siguientes

funciones:

a. Planifican, organizan, supervisan y evalúan las actividades

Técnico Pedagógico de los niveles según corresponda

(Inicial, Primaria y Secundaria).

b. Orientan, supervisan y evalúan permanentemente las

funciones específicas del personal.

c. Coordinan y controlan la administración y uso racional de

los equipos, talleres, laboratorios, bibliotecas y demás

recursos y material educativo de la Institución.

d. Supervisan la correcta aplicación del proceso de evaluación.

e. Convocan y dirigen las reuniones técnico pedagógico para

coordinar y evaluar el trabajo técnico pedagógico y

educativo.

f. Asesoran al Director en asuntos técnicos pedagógicos.

g. Representa por delegación al Director.

h. Participan en la formulación del Plan de Trabajo.

i. Organizan las actividades de recuperación académicas

durante el año y el periodo vacacional. Informa

periódicamente al Director sobre la situación técnico

pedagógico y administrativa del programa.

j. Programan y realizan jornada de capacitación, actualización

pedagógica.

k. Realizan las supervisiones de los docentes según

corresponda( Inicial, Primaria o Secundaria)

l. Informan periódicamente al Director, a los profesores,

alumnas y padres de familia sobre el desarrollo del proceso

de enseñanza y aprendizaje.

m.Programan la organización de actividades de exploración

de interés, actitudes y orientación vocacional.

n. En caso de ausencia del Director, la Sub-Directora asume

las funciones del mismo.

o. Participa en la ejecución, supervisión y evaluación del Plan

Anual de Trabajo.

p. Revisan y visan las unidades didácticas y sesiones de los

docentes del nivel Inicial, Primaria o secundaria según

corresponda.

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE

Art. 45: DEBERES

a. Participar como miembro de la comunidad magisterial en las

labores que le competen.

b. Colaborar con la Dirección del plantel

c. Es responsable de la sección a su cargo en las obligaciones de

su función.

d. Elaborar las PRE-Nóminas de los alumnos de acuerdo al orden

alfabético en el nivel Inicial y Primaria.

e. Realizar la organización del aula.

f. Analizar y diversificar el DCN, tomando en cuenta la

metodología y evaluación para la elaboración del programa de

grado y posteriormente las unidades didácticas.

g. Conocer a la niña a su cargo en los aspectos físico, psíquico e

intelectual.

h. Efectuar evaluaciones pertinentes a las alumnas.

i. Firmar la tarjeta de asistencia al entrar y salir de la Institución

en inicial, primaria y en secundaria también deberán firmar

el parte de horas efectivas de clase.

j. Conocer, manejar y respetar los instrumentos de gestión.

k. Cumplir con su rol de turno llegando 15 minutos antes a la

Institución. Los turnos se darán en los tres niveles, Inicial,

Primaria y Secundaria.

l. Informar a la sub dirección, coordinación de tutoría o

auxiliares de las indisciplinas suscitadas por las alumnas

dentro y fuera del aula.

m.Cumplir con la entrega de sus documentos técnicos

pedagógicos en la fecha indicada.

n. Mantener las buenas relaciones humanas con los demás

docentes.

o. Asistir a las reuniones de coordinación de los tres niveles a

partir de 6.00 p.m.

p. Estar presente de inicio a fin en las reuniones de trabajo para

lo cual se efectuara el control de asistencia por el Director,

Sub Directores con el apoyo del CONEI.

q. No abandonar al alumnado en horas de clase.

r. Participar en las actividades permanentes en forma activa

entonando el Himno Nacional y frente a las alumnas.

s. Participar en forma obligatoria en el turno correspondiente.

t. Promover el desarrollo integral de las alumnas en el aspecto

cognoscitivo, afectivo y formativo.

u. El docente debe esforzarse por conocer nuevas aplicaciones

metodológicas de enseñanza y de evaluación para mejorar el

proceso Enseñanza-Aprendizaje.

v. El personal docente de los tres niveles debe participar en los

desfiles de fiestas patrias y en los aniversarios de la provincia,

en la disertación de las fechas cívicas entre otros.

w. No ingerir alimentos en el aula, en hora de clase.

x. Informar oportunamente sobre las evaluaciones de las

alumnas.

y. Asistir a capacitaciones y ejecutar el efecto multiplicador a los

docentes de la Institución Educativa.

z. No permitir el ingreso de los padres de familia a la Institución

o al aula en horas de clase.

Art. 46: La Dirección del plantel garantiza el cumplimiento no sólo

de los derechos si no también los deberes de los docentes,

estimulado por la Ley General de Educación y demás normas

vigentes.

Art. 47: DERECHOS

a. Tiene derecho a asociarse libremente en resguardo de sus

intereses.

b. Tiene derecho a capacitarse o perfeccionarse en su

especialidad, sin perjuicio de su remuneración según normas.

c. Recibir estímulos en reciprocidad a su cumplimiento, esfuerzo

y dedicación al trabajo.

d. Es derecho del docente gozar de un día libre en su jornada

laboral (nivel secundario) siempre y cuando no perjudique la

atención de las alumnas.

e. Tiene derecho a postular a los cargos jerárquicos donde

demuestre capacidad e identidad.

f. Tiene derecho a participar en la formación, ejecución y

evaluación de los planes de trabajo de la Institución Educativa.

g. Tiene derecho a recibir un trato justo y adecuado de la

autoridad y miembro de la comunidad educativa.

h. Tiene derecho a licencia con goce de haber, además de

permisos de acuerdo a La normatividad vigente y ley del

profesorado.

EL COORDINADOR (A) DE TUTORÍA, DISCIPLINA Y

CONVIVENCIA

Art. 48: La coordinación de tutoría desempeña las siguientes

funciones:

a. Elabora el Plan Integral de Tutoría.

b. Elabora, ejecuta, evalúa e informa las acciones de tutoría con

las alumnas.

c. Programa, organiza, supervisa y evalúa las actividades de

tutoría en coordinación con los docentes tutores del plantel.

d. Elabora en coordinación con los docentes el calendario

escolar.

e. Implementar el botiquín escolar.

f. Orienta e implementa el manejo, aplicación y desarrollo de

técnicas de Tutoría.

g. Establece canales de coordinación y comunicación con

entidades, docentes y padres de familia por grado de estudios

con el propósito de lograr su participación.

h. Atiende problemas de los educandos presentados por los

profesores y padres de familia a través del comité de Tutoría.

i. Promueve la práctica de valores y principios éticos en los

educandos.

j. Controla la disciplina del educando en coordinación con las

auxiliares de educación.

k. Realiza y programa reuniones periódicas con los padres de

familia por grado de estudios para informarles el resultado de

su asistencia, tardanza y comportamiento de los educandos.

l. Participa directa y activamente con los docentes en actividades

cívicas y patrióticas, recreativas, religiosas y artísticas en las

que intervienen en la Institución Educativa.

m.Coordina con todos los docentes las acciones que aseguran la

correcta participación de la I.E. en los actos cívicos y desfiles

escolares.

n. Promueve la realización de charlas dirigidas a la comunidad y

padres de familia utilizando los diferentes medios de

comunicación.

o. Promueve la organización de Instituciones Estudiantiles.

p. Canaliza la realización de paseos, visitas de estudio y

excursiones escolares, para derivarse a la UGEL.

q. Realiza las demás funciones a fines al cargo que le asigne el

Director de la Institución Educativa.

r. Promueve reuniones periódicas con los tutores de cada grado o

sección.

s. Integra el comité de tutoría.

t. Vigilar que se cumpla la hora de tutoría.

FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE

Art. 49: Las funciones del personal docente son:

a. El docente debe marcar y firmar la tarjeta de asistencia al

ingresar y salir de la I.E.

b. El personal docente deber firmar el parte de asistencia de su

jornada laboral o de hora efectiva de trabajo. Detectar

problemas que afecten el desarrollo de los educandos en su

disciplina y/o aprendizaje derivándola a las que requieran

atención en O.B.E o Consejo Educativo Institucional.

c. Participa en las acciones programadas de investigación,

experimentación de nuevos métodos de trabajo y técnico

pedagógico.

d. Participa en la elaboración, ejecución y evaluación de los

documentos de gestión (PEI, PCI, RIN, PAT, IGA).

e. Cumple con sus horas pedagógicas, si faltase deja su sesión de

aprendizaje para atender a las alumnas.

f. El docente que solicite permiso deberá recuperar las horas

EFECTIVAS pedagógicas.

g. Integra las comisiones de trabajo y colabora con la Dirección

de la Institución Educativa en acciones que permita el

desarrollo y logros de objetivos para el bienestar intelectual de

los mismos.

h. Coopera en las acciones permanentes con los padres de familia

sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el

comportamiento del alumnado.

i. Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares y las

extracurriculares.

j. Colabora en las acciones de tutoría y disciplina.

k. Organiza y ambienta el aula preparando el material didáctico

con la participación de las alumnas y padres de familia.

l. Entrega oportunamente el resultado de las evaluaciones de las

alumnas.

m.El personal docente nombrado y contratado colabora en las

actividades de la Institución Educativa y participara con los

mismos derechos y obligaciones.

n. Las vacaciones de fin de año para los docentes será cuando

concluya el año escolar y la entrega respectiva de todas las

documentaciones a la Dirección y/o Sub-Dirección; así como la

programación del año siguiente.

o. Todo el personal docente deberá asistir a las actividades

cívicas, actuaciones con carácter de obligatoriedad.

p. Apoyar obligatoriamente en las actividades permanentes.

q. Orientar al educando para el depósito y clasificación de

material de desecho en aula y patio (Inicial, primaria y

secundaria)

r. El docente que le toca dictar clases en la última hora se

encargara que las alumnas salgan formadas del aula hasta el

portón de entrada bajo responsabilidad del caso.

s. Todos los docentes tienen la obligación de velar por el orden

manteniendo la limpieza y conservación del aula e

instalaciones de la Institución.

DEL AULA DE INNOVACIÓN

Art. 50: El uso y aprovechamiento pedagógico del Aula de

Innovación:

a. El Aula de Innovación es el escenario de aprendizaje en el que

las TIC reintegran en las actividades pedagógicas

programadas.

b. Toda actividad en el Aula de Innovación Pedagógica debe

conducir al aprovechamiento pedagógico de las TIC.

c. En el Aula de Innovación Pedagógica se deben de respetar las

normas éticas, morales, de buenas costumbres (ley 28119 que

prohíbe el acceso de menores a páginas Web que tengan

contenidos pornográficos).

d. Las estrategias metodológicas a desarrollar en el Aula de

Innovación deben adaptarse al equipamiento e infraestructura

existente (número de computadoras, tamaño de aula, software

disponible y similares) en ello radica el aprovechamiento

pedagógico de las TIC. En los CD de capacitación docente se

incluyen las orientaciones al respecto.

e. La página de inicio en todos los navegadores utilizados en el

Aula de Innovación debe ser el portal educativo

http://www.huascaran .edu.pe.

f. El Aula de Innovación debe de contar con un reglamento que

norme sus actividades, el uso de los recursos educativos,

equipamiento e infraestructuras. Tal documento debe ser

elaborado por el docente responsable, visado por el Director

de la Institución Educativa y emitido al órgano desconcentrado

correspondiente.

Dicho reglamento debe consignar:

Normas de empleo (uso, seguridad, preservación) de los

recursos, equipamiento e infraestructura, según lo

indicado en la directiva Nº 002-VMGP/P.HUASCARÁN-

2005 “Normas Para la Distribución de Equipos y

Materiales Educativos Para las Instituciones Educativas

Incorporadas al Proyecto Huascarán”.

Normas de convivencia y trabajo en el aula.

Organización y horarios de uso.

Criterios y regulación de uso de los recursos,

equipamiento e infraestructura (dentro y fuera del

periodo lectivo).

g. El docente responsable del Aula de Innovación, en

coordinación con la Dirección de la Institución Educativa,

elaborará el cuadro de distribución de uso del Aula, destinando

horas de práctica para los docentes.

FUNCIONES DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN

HUASCARÁN

ART. 51: Las funciones del docente responsable del Aula de

Innovación son:

a. Difundir promover y aplicar los planteamientos pedagógicos

de la Dirección general de tecnología educativos en la

Institución Educativa.

b. Organizar y planificar las actividades educativas del Aula de

Innovación, promover la implementación de bibliotecas

virtuales para la I.E. el desarrollo de materiales educativos por

docentes y estudiantes y el trabajo colaborativo en la

institución educativa y con sus padres de otras Instituciones

Educativas.

c. Promover la participación de docentes y estudiantes en las

comunidades virtuales del portal educativo Perú.

d. Incentivar el uso del Aula de Innovación por los docentes de

todos los niveles y modalidades. El aprovechamiento

pedagógico de las TIC es transversal a todas las áreas

curriculares.

e. Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos

educativos, equipamiento e infraestructura del Aula de

Innovación.

f. Coordinar con los(as) docentes bibliotecarios la elaboración

del catálogo de recursos educativos de la Institución utilizando

el TIC.

g. Mantener actualizado el registro de asistencia al Aula de

Innovación.

h. Elaborar los documentos vinculados con el funcionario del Aula

de Innovación (Plan Anual de Trabajo, Reglamentos, Catálogo

de recursos, Horarios, Registro de Asistencia, entre otros.

i. Asegurar que el software instalado cuente con la licencia

respectiva.

j. Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades

educativas con TIC.

k. Organizar actividades de capacitación para el

aprovechamiento de las TIC.

FUNCIONES DEL PROFESOR DE TURNO

Art. 52: Las funciones del profesor de turno son las siguientes:

a. El turno es obligatorio para los profesores de Inicial, Primaria,

Secundaria y Educación Física.

b. El turno es semanal, por causa justificada será posible el

cambio respectivo previa disposición de la Dirección.

c. El profesor observara a las alumnas en el ingreso,

d. recreo y salida.

e. El profesor estará a cargo de la motivación constante por el

estudio, revisión del aseo y otras actividades de fijación de los

buenos hábitos.

f. Esta prohibido delegar funciones a los alumnos.

g. Realiza las funciones pertinentes durante la semana.

h. Las actividades permanentes serán de 15 minutos.

i. Después del recreo las alumnas entraran de forma ordenada a

sus respectivas aulas.

j. Los docentes de turno ingresaran 15 minutos antes para la

formación en ambos turnos.

FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA

Art. 53: Las funciones del profesor de Educación Física son:

a. Impartir la cultura física a las alumnas a través de la gimnasia,

atletismo y demás deportes.

b. Fomentar clubes deportivos auxiliares.

c. Organizar campeonatos intersecciones en los diversos

deportes.

d. Cuidar la integridad física y mental de las alumnas al salir a

alguna invitación y retornar a la I.E.

e. Velar por el bienestar, conservación y mantenimiento de los

materiales deportivos.

f. Participar en todas las actividades cívicas y eventos deportivos

que requieran su presencia.

g. Elaborar y hacer llegar a la Dirección las nóminas de las

alumnas que participan en los eventos deportivos.

h. Es responsable de la preparación y/o entrenamiento de las

alumnas que participaran en las diferentes disciplinas

deportivas dentro y fuera de la Institución. En horario

extracurricular con autorización de la padres de familia.

i. Los profesores de Educación Física deben usar la loza de la

I.E.

FUNCIONES DE LOS PROFESORES TUTORES

Art. 54: Las funciones del profesor tutor son:

a. Organiza con el cordinador (a) las acciones y actividades

tutoriales.

b. El servicio de tutoría es responsabilidad de todo profesor de la

asignatura, asumiendo la tutoría de una sección obligatoria

como función inherente del educador y en primaria estará a

cargo del profesora de aula.

c. Hacer conocer el Reglamento Interno de la institución

educativa, establecido como un conjunto de normas

indispensables para lograr la disciplina y responsabilidad de

toda la comunidad educativa.

d. Programar y contribuir en las actividades de tutoría, en el

salón y en la Institución Educativa.

e. Participar activamente en la formación integral de las

alumnas, creando conciencia de orden, respeto, solidaridad,

ayuda mutua, práctica de valores cristianos. Respeto a los

símbolos patrios y al colegio.

f. Elabora un micro diagnóstico de las alumnas a su cargo a fin

de elaborar el Plan Tutorial a nivel de aula.

g. Forma el comité de aula, para poder ejercer la consejería

individual tanto de los alumnos como de los padres de familia.

h. Cita a los padres de familia cuyos hijos presenten problemas

de orden económico, físico, psicológico y conductual.

i. Entrega a los padres de familia la Tarjeta de Información de

evaluación del aprendizaje y conducta.

j. El docente incluirá en las actividades, aspectos relacionados

con la formación integral de la alumna en las áreas de

personal, salud y vocacional. Así como las otras áreas de la

tutoría.

AUXILIARES DE EDUCACIÓN

Art. 55: Las auxiliares de educación, son el personal que realiza

funciones de apoyo técnico pedagógico y son responsables de la

orientación, control disciplinario y asistencia de las educandos.

Dependen del sub director del nivel secundaria y desempeñan sus

labores en coordinación con él.

Art. 56: Las auxiliares de educación desempeñan las siguientes

funciones:

a. Orienta el comportamiento del educando en armonía con las

normas establecidas y llevan el registro anecdótico o de

incidencias de las alumnas bajo su responsabilidad.

b. Mantiene actualizado el registro de tardanzas, asistencia y

control de los educandos por grados y secciones, informando a

las alumnas que no asisten con frecuencia semanalmente.

c. Elaboran la información sobre las causas de inasistencia y

tardanzas del educando.

d. Colaboran con los padres de familia en el tratamiento de los

problemas sencillos de conducta.

e. Controlan la realización de las tareas escolares en las aulas en

caso de ausencia de los profesores.

f. Mantiene la disciplina y el orden de las alumnas en la I.E.

g. Realiza la formación de los alumnos en el patio y en las

actividades cívicas patrióticas, dentro y fuera del plantel.

h. Exigen a los educandos, adecuada presentación personal, uso

de las prendas de vestir y observación del aseo personal, así

como la conservación de la infraestructura, el material

educativo y el mobiliario escolar y su uniforme.

i. Apoyan las acciones de bienestar del educando programado

por el plantel.

j. Auxilian a las alumnas en caso de emergencia.

k. Orientan y controlan el cumplimiento de las normas sobre el

comportamiento de las alumnas que emanen de la Dirección

del plantel.

l. Es responsable de los grados y secciones de estudios que se le

asigne, incluyendo el mobiliario y parte de la infraestructura

del pabellón a su cargo.

m.Las auxiliares serán las encargadas de tocar el timbre para el

cambio de hora, entrada, salida y refrigerio.

n. Apoyan la previsión de recursos y materiales didácticos

(motas, tizas, etc).

o. Efectúan rondas permanentes por los diferentes lugares de la

Institución Educativa, velando por el estricto cumplimiento de

las normas de disciplina en horas de clase y de recreo.

p. Se encargarán del llenado de las libretas de notas de la

sección que le corresponde.

q. Elabora y llena los registros de evaluaciones de conducta de

las alumnas.

ÓRGANO DE APOYO

SECRETARIA

Art. 57: Las funciones de secretaria son las siguientes:

a. Brindar buen trato y atención al personal de la I.E. y/o

usuarios.

b. Elabora los certificados de estudio oficiales de los tres niveles

que como servicio educativo se efectúan en el plantel.

c. Recepciona pre nóminas y elabora nóminas de los tres niveles.

d. Recepciona pre actas y elabora las actas de los tres niveles.

e. Recepciona, verifica, clasifica, organiza y archiva las actas de

evaluación promocional, exámenes de cargo, aplazados y otros

documentos relacionado con el plantel.

f. Transcribe y publica normas, documentos de gestión y otros

relacionados con la I.E.

g. Orienta el proceso de obtención de becas a las alumnas con

ingreso libre a los Institutos y Universidades transcribiendo el

decreto respectivo.

h. Apoya al CRED.

i. Participa en todas las comisiones y actividades que realiza la

Institución.

AUXILIAR DE CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS

Art. 58: La auxiliar del CRE es responsable de la organización y

administración del CRE del plantel y depende de la Dirección.

Sus funciones son las siguientes:

a. Registro de ingreso - inventario del patrimonio del centro de

recursos educativos en formato electrónico, ya sea en Word,

Excel o en microsoft

b. Distribuye el material didáctico a su cargo a los docentes que

lo solicitan.

c. Realiza la clasificación y codificación de materiales

bibliográficos de acuerdo al sistema y método específico.

d. soluciona consultas de los alumnos y profesores, propone

bibliografía sobre materia específica.

e. Propicia campaña de actualización de las bibliotecas de la I.E.

f. Supervisa el ingreso y egreso del material bibliográfico.

g. Mantiene actualizado el inventario de la biblioteca.

h. Lleva registro de editoriales y libretas, propone la adquisición

de nuevas publicaciones.

i. Lleva la responsabilidad del cuaderno de control de: libros,

materiales didácticos utilizados por los docentes y las alumnas.

j. Atiende con esmero al usuario.

k. Apoya en las funciones de secretaría y en la elaboración de los

documentos siempre que sea solicitado por el Director.

l. Organiza las actividades por la semana de la biblioteca en

coordinación con el respectivo comité.

m.Orienta a los lectores (alumnos y docentes) el uso adecuado

del material bibliográfico a su cargo.

n. Su jornada laboral es de acuerdo a las necesidades de las

alumnas y profesores.

o. El cambio de horario de atención se hará previa coordinación

con la Dirección de la I.E.

p. En caso de pérdida de los libros se hará responsable el usuario

y la auxiliar de biblioteca según sea el caso.

q. Participa en las comisiones que realiza la Institución.

r. Brinda un trato adecuado a los profesores y alumnas.

DEL PERSONAL DE SERVICIO I Y II

Art. 59: El personal de servicio I y II es el personal que vela por la

conservación de la infraestructura e higiene del colegio, guardianía,

portería, mantenimiento del local, instalaciones, mobiliario y

equipamiento del plantel. Depende orgánicamente de acuerdo al

organigrama del Director y Sub Directores del plantel.

Art. 60: El trabajador de servicio I y II realiza las siguientes

funciones:

a. Controla el ingreso y salida de los usuarios del plantel.

b. Realiza labores de mantenimiento y limpieza de las

instalaciones del plantel opera en la portería.

c. Anota en el cuaderno de ocurrencias todas las incidencias

desarrolladas durante sus horas de labor.

d. Controla el ingreso de personas extrañas al plantel e informa a

la Dirección de cualquier anormalidad.

e. Entrega al personal de servicio de turno que lo reemplaza el

cuaderno de ocurrencias e incidencias, llaves y otros.

f. Controla el ingreso y salida de los enseres que tengan

autorización por la Dirección.

g. Vela por la buena conservación de los jardines y campos

deportivos.

h. Realiza limpieza y mantenimiento de las oficinas, aulas,

servicios higiénicos y perímetro externo de la Institución

Educativa.

i. Prohíbe el ingreso al local a personas ajenas a la Institución y

al público usuario, después de concluir su jornada en el

plantel, salvo autorización expresa del Director.

j. Controla y custodia el local, equipos, mobiliarios y materiales

del plantel.

k. Realiza las demás funciones al cargo que le asigne el Director

o Sub Directores.

l. En caso de producirse robo o intromisión en la parte física del

plantel, comunica inmediatamente al Director o autoridades

públicas.

m.Es de entera responsabilidad del personal de servicio (portero,

guardián, barredor) responder en caso de sustracción de

enseres o perjuicios a la planta física ocurridas en su horario

de trabajo.

n. La limpieza especial o general se llevará a cabo un sábado de

cada mes.

o. La jornada laboral es de 08 horas cronológicas diarias. Y de

acuerdo a las necesidades de la Institución Educativa.

Tiene derecho al refrigerio contabilizándose para ello 15

minutos de su jornada laboral

PERSONAL DE SERVICIO II

Art. 61: Cargo guardián nocturno, depende del Director de la

Institución Educativa.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

a. Cumplir actividades de vigilancia y seguridad en horario

nocturno.

b. Controlar que los muebles, enseres y otras pertenencias no

salgan de la Institución Educativa dentro de su horario de

trabajo, de ser así, debe de contar con la autorización firmada

del Director de la Institución Educativa.

c. No permitir el ingreso de personas a la Institución Educativa

fuera del horario normal de trabajo, salvo autorización firmada

por el Director de la I.E.

d. Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la

Institución Educativa, durante su horario de trabajo.

e. Realizar rondas permanentes por todos los ámbitos de la

Institución Educativa, verificando que todo este sin novedad,

caso contrario tomará las acciones más convenientes.

f. Realizar el relevo de turno con el portero o personal de

servicio del turno diurno, verificando la conformidad o las

novedades presentadas en su jornada de trabajo.

g. Registrar en el cuaderno de ocurrencias las novedades

producidas dentro del horario de trabajo, el cual será

verificado por su jefe inmediato.

h. Velar por el mantenimiento y conservación de los materiales,

herramientas e implementos de trabajo a su cargo.

CAPITULO XV

ESTÍMULOS Y SANCIONES

Art. 62: DE LOS ESTÍMULOS A LOS DOCENTES

Los docentes que cumplan con sus funciones y realicen acciones

excepcionales a favor de la educación, se harán acreedores de los

siguientes estímulos:

a. Agradecimiento mediante oficios o Resolución Directoral.

b. Felicitaciones

c. Diploma de mérito

d. Estímulo, materiales de acuerdo a la disponibilidad

presupuestal de la entidad.

e. Información a las autoridades para estímulos y

reconocimientos.

Art. 63: FALTAS ADMINISTRATIVAS (PROHIBICIONES)

a. Incumplir las funciones del cargo o desempeño con

negligencia.

b. Inasistencia y tardanzas a la Institución Educativa sin causa

justificada.

c. Atentar contra la integridad física y moral de las alumnas.

d. Faltar de palabra u otra a la autoridad educativa y colegas.

e. Permitir el ingreso de padres de familia al aula dentro de la

jornada laboral.

f. Acumular tres tardanzas o más al mes.

g. Abandonar el salón de clases en horas de labor sin la debida

autorización de su jefe inmediato superior o realizar

actividades distintas a sus funciones.

h. Registrar y/o firmar indebidamente en el parte de asistencia

diaria, así mismo sustraerla o alterarla.

i. Traer niños a la Institución Educativa durante la jornada

laboral.

j. Solicitar o motivar a los padres de familia la compra de textos

escolares.

Art. 64: SANCIÓN AL PERSONAL DOCENTE

a. Amonestación verbal, en caso de reincidencia se dará por

escrito.

b. Por tres tardanzas o más al mes.

Primera vez llamada de atención verbal por el jefe inmediato

superior.

Segunda reincidencia, amonestación escrita suscrita por la

Dirección y descuento respectivo.

c. Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor sin la

debida autorización de su jefe inmediato superior o realizar

labores distintas a sus funciones.

Primera vez, llamada de atención verbal por el jefe inmediato

superior.

Segunda reincidencia, amonestación escrita, suscrita por la

dirección.

d. Registrar y/o firmar indebidamente la tarjeta de control o

parte de asistencia diaria de otro personal, así mismo sustraer

o alterar la tarjeta de control propia o ajena o parte diario de

asistencia.

Primera vez llamada de atención por escrito por el jefe

inmediato superior.

Segunda reincidencia informe a la UGEL del hecho para su

procesamiento.

e. Prohibido traer niños a la Institución Educativa durante la

jornada laboral.

Primera vez, llamada de atención verbal por el jefe inmediato

superior.

Segunda reincidencia llamada de atención por escrito.

CAPITULO XVI

DE LA SUPERVISIÓN Y ASESORAMIENTO DE

SUPERVISIÓN

Art. 65: Capacitar, monitorear y supervisar las actividades técnicos

pedagógicos de acuerdo al plan de supervisión y asesoramiento.

DE ASESORAMIENTO

Art. 66: El Director, Sub-Director(a) y el Consejo Académico es el

órgano que asesora y/o coordina las acciones que aseguran un mejor

funcionamiento del plantel.

Art. 67: El Consejo Académico desempeña las siguientes funciones:

a. Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (PCC).

b. Analiza el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones

para mejorar el aprendizaje de las alumnas.

c. Diseñar estrategias para optimizar el servicio de tutoría y

orientación vocacional.

d. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica

de las alumnas.

e. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.

f. Elaborar los criterios e indicadores de auto evaluación

institucional.

g. Participar en el marco del Proyecto Educativo Institucional,

Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Informe De

Gestión Anual y Memoria de Gestión, en la organización de

actividades y programas de la Institución Educativa.

CAPITULO XVII

LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 68: El planeamiento educativo de año siguiente, se realiza

durante el mes de diciembre y si fuese necesario en el mes de

enero, con la participación del personal directivo, jerárquico,

docente, administrativo y padres de familia del plantel.

Comprende las siguientes acciones:

a. Organización del proceso de matrícula y la ratificación de la

misma.

b. Elaboración y aprobación del Plan Anual de Trabajo (PAT)

c. Elaboración y aprobación del Plan Anual de Supervisión

Educativa.

d. Reajuste, y aprobación del Reglamento Interno.

e. Organización de la evaluación, recuperación y subsanación

f. Elaboración del Cuadro de Horas.

g. Distribución de las secciones.

h. Elaboración y aprobación del horario de clases.

i. Calendarización del año escolar.

j. Elaboración o reajuste del PEI y PCI.

k. Distribución de las fechas del calendario cívico escolar.

l. Formación de los diferentes comité.

Art. 69: Cada una de las acciones consignadas en el artículo

anterior se ejecutarán teniendo en cuenta las normas y

orientaciones contenidas en los dispositivos legales vigentes para

cada caso así como identidad y la disponibilidad de tiempo de los

docentes.

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 70: Constituye el órgano administrativo de la Institución

Educativa:

a. El Director

b. El Sub-Director

c. Secretaria

d. Auxiliar de Biblioteca

e. Trabajador de Servicio

Art. 71: El personal que se indica en el artículo anterior es el que

está a cargo de todo lo relacionado con la infraestructura como

mobiliario, documentación y marcha administrativa del plantel.

Art. 72: Cada una de estas acciones se cumplirá de acuerdo a las

normas legales y vigentes y de acuerdo a las funciones asignadas a

cada integrante del área.

Art. 73: FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO

INSTITUCIONAL (CONEI)

EN ASPECTOS DE PARTICIPACIÓN

a. Participa en la formulación, ejecución y evaluación del PEI,

PAT, RI, PCC instrumentos de gestión educativa en el contexto

de la realidad local e institucional.

b. Promover mecanismos y modelos de participación de los

actores educativos de la sociedad civil, para contribuir al buen

clima y liderazgo institucional.

c. Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de

“Círculos de mejoramiento de la calidad del Aprendizaje y

Enseñanza”, “Círculos de Investigación” y otras formas de

organización de estudiantes como personal docente y

administrativo con el fin de elevar la calidad de los servicios

educativos.

d. Proponer a la Dirección normas de convivencia para el

personal y alumnado de la I.E. y criterios de participación en

actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas

en el marco de la ley.

e. Promover eventos de tipo académico deportivo y cultural con

otras Instituciones y la conformación de organizaciones

juveniles.

f. Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al

personal docente y administrativo que destaquen en su

desempeño en el aula y en la I.E. y a los estudiantes según los

resultados obtenidos en el marco del PCI y la misión

institucional prevista en el PEI.

g. Proponer a la APAFA por medio de su representante

mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora de los

aprendizajes de sus hijos, desde la familia y la Institución

Educativa a partir de aprender a escuchar a los hijos, del

mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar, el apoyo en la

ejecución de las tareas escolares y la práctica vivencial de los

valores.

h. Cumplir con las normas vigentes establecidas.

CAPITULO XVIII

DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA

Art 74: DEL PRESUPUESTO

a. Establecer y conformar los representantes del Comité de

Gestión de Recursos Propios y velar por la buena diligencia.

Está conformado:

Director quien lo preside.

La Sub Director Tesorero

Un docente elegido en asamblea general

Un trabajador administrativo

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

a. La administración de la plana física de la I.E. la realiza el

Director con el Comité de Infraestructura.

b. La administración, control y mantenimiento de enseres de la

propiedad de la I.E. se registra en el libro de inventario que

actualmente se hace conocer a la UGEL-08-C.

c. Los fondos económicos que ingresan por derecho de asociados

de los padres de familia son administrados por la APAFA.

d. Los fondos económicos que ingresan a la Institución Educativa

por cualquier concepto deben ser administrados por el Comité

de Recursos Financieros.

e. Información de balance trimestral.

CAPITULO XIX

DEL CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN

INSTITUCIONAL

Art. 75: DEL CLIMA

El personal directivo, docente y administrativo, alumnos y padres de

familia deben crear un clima favorable siendo responsables y

solidarios de propiciarlo, coadyuvando al logro de los fines y

objetivos institucionales.

Las coordinaciones con la Dirección deben ser fluidas y estratégicas

dando soluciones a los problemas que se presentan en la Institución

Educativa.

Mantener el equilibrio de las relaciones humanas entre la

Dirección, personal docente, alumnas, personales administrativos y

padres de familia.

Art. 76: DE LA COORDINACIÓN Y RELACIÓN

Los padres de familia tendrán derecho a presentar cualquier

reclamo sobre sus hijas a la Dirección, siguiendo las

indicaciones regulares: profesor, sub dirección, y/o

coordinación de tutoría y Dirección.

Los padres de familia respetaran los aspectos técnicos

pedagógicos de los docentes y administración educativa.

a. Los padres de familia apoyaran las actividades del personal

docente.

TITULO V

RELACIONES DE COORDINACIÓN CON LA FAMILIA Y LA

COMUNIDAD

CAPITULO XX

DEBERES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE

Art. 77: DERECHOS

Las educando tiene los siguientes derechos:

a. Recibir formación integral y los servicios de orientación y

bienestar del educando, en cada grado de estudio dentro de un

ambiente que le brinde seguridad moral y física.

b. Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser

informado de las disposiciones que le conciernen como

alumna.

c. Puede defender sus derechos a través de sus padres o tutores

cuando considere injusta cualquier sanción en un plazo que no

exceda los 02 días calendarios.

d. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes.

e. Integrar los grupos de participación estudiantil en trabajos de

promoción comunal.

f. Recibir información del reglamento interno.

Art. 78: DEBERES

El educando de la I.E. tiene los siguientes deberes:

a. Respetar y cumplir de buen agrado y buena fe el régimen

educativo de la Institución Educativa.

b. El ingreso para las alumnas del turno mañana es de 7.45 a.m.

y la salida es a las 12.45 p.m.

c. El ingreso para las alumnas del turno tarde es de 12.45 a.m. y

la salida es a las 5.45 p.m.

d. Respetar a sus profesores, condiscípulos y personal del colegio

y otras personas y no usar el nombre del colegio en actividades

o acciones no autorizadas por la Dirección.

e. Participar en forma responsable en las actividades educativas

de la Institución Educativa absteniéndose de intervenir en

actividades político partidarista dentro del colegio y en actos

reñidos con la moral y las buenas costumbres o que atenten

con la salud física y moral.

f. Cumplir con las evaluaciones, tareas y asignaciones en las

fechas señaladas, salvo por enfermedad comprobada.

g. Asistir con puntualidad a las clases.

h. Aceptar con hidalguía, con espíritu de disciplina los consejos o

medidas correctivas que impongan las autoridades de la

Institución Educativa.

i. Cuidar el edificio, aulas de clases, mobiliarios, material de

enseñanza, baños, laboratorios, biblioteca de la Institución.

j. Reparar y si fuese necesario sustituir los muebles y enseres

dañadas en forma casual o intencional.

k. Asistir al colegio correctamente uniformada, portando

diariamente la insignia de la I.E. así como a las actuaciones

oficiales en las que participa la Institución Educativa.

l. Demostrar esmerado aseo de su persona, vestido y útiles

escolares.

m.Hacer buen uso de los servicios higiénicos y de la cafeteria.

n. Mantener con sus compañeros de clase y demás aulas

estrechos vínculos de solidaridad y colaboración mutua.

o. Respetar los símbolos patrios y entonar el Himno Nacional.

p. En caso de ausencia del profesor las alumnas permanecerán

en el aula con la presencia del auxiliar de educación,

brigadieres y policías escolares.

q. Las alumnas deberán obligatoriamente presentar tareas,

actividades de extensión en la fecha señalada de no haberlo

hecho se comunica a su padre.

Art. 79: PROHIBICIONES

El educando de la I.E. tienes las siguientes prohibiciones:

a. Valerse de recomendaciones para alcanzar ventajas y

privilegios

b. Dedicarse dentro de la I.E. a ocupaciones distintas de la

escolar o deambular por el patio, pasadizos, baños sin ingresar

al aula.

c. Emitir juicios injuriosos sobre las autoridades, profesores,

personal administrativo y de servicio.

d. Firmar actas o peticiones a favor o en contra de sus profesores

y/o condiscípulos sobre asuntos que comprometa la disciplina.

e. Solicitar en forma de posición coactiva, la adopción de

medidas de cualquier especie.

f. Hacer obsequios a sus superiores, con ánimos de conseguir

ventajas.

g. Realizar ventas o rifas no autorizadas

h. Portar cigarrillos, licor, beber o fumar dentro o fuera del aula,

cerca o en las inmediaciones del colegio.

i. Llevar consigo instrumentos punzo cortantes que puedan

causar daño.

j. Evadirse del plantel, de las aulas, de las actividades educativas

programadas.

k. Introducir en el colegio objetos de valor, de uso secundario

tales como: radio, celular, relojes, MP3, alhajas, maquillaje y

otros.

l. Cometer o intentar fraude en las pruebas, tareas, documentos

escolares como certificados de estudios y libretas de

información.

m.Guardarse para así las esquelas, citaciones, libreta de notas u

otras.

n. Causar deterioro en el local escolar, mobiliario y demás

enseres del colegio.

o. Maltrato de palabra u otras a sus compañeras ya sea en grupos

o individualmente.

p. Emplear lenguaje obsceno o realizar actos reñidos con la

moral.

q. Hacer inscripciones en las paredes, puertas, ventanas y

mobiliario del plantel.

CAPITULO XXI

DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Art. 80: Los docentes de los grados de 6to de primaria y 5to

secundaria serán responsables de planificar y ejecutar la acciones

previstas para la elección de la alcaldesa institucional por niveles.

Art. 81: L os docentes responsables deberán presentar su plan de

actividades a la comisión del PAT para evitar cruce de otras

actividades.

CAPITULO XXII

DE LOS VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO

Art. 82: Los viajes y visita de estudio se realizaran teniendo en

cuenta lo siguiente:

a. Tener un buen reporte de buena conducta del 80% del

alumnado o alumna.

b. Los viajes de estudios pueden tener un máximo de 02 días

calendario.

c. Para que se ejecute el viaje de estudio deben de participar un

mínimo de 80% del alumnado del mismo grado y sección.

d. Las personas que deben participar son el tutor, docente,

profesora de aula y un auxiliar.

e. La visita de estudio dentro del distrito deberá estar planificada

con anticipación y estar registrado en la programación

pedagógica.

f. Antes de salir de viaje prever el cumplimiento con todas las

actividades programadas. Permiso otorgado por la UGEL

g. Cumplir con los requisitos estipulado en la ley vigente.

h. Las promociones del nivel Inicial, Primaria y Secundaria

deberán dejar un bien material en beneficio de la Institución.

CAPITULO XXIII

PROHIBICIONES, PREMIOS Y ESTÍMULOS

Art. 83: Son prohibiciones, premios y estímulos los siguientes:

a. Queda completamente prohibido el ingreso de los padres de

familia en horas de clase a la I.E.

b. Solo los padres de familia que tengan reunión portaran el

cuaderno de control o una contraseña del grado que hayan

sido convocados para su ingreso.

c. Los docentes informaran a los padres de familia que serán

atendidos a partir de las 12:45 p.m. en la mañana y 5:45 p.m.

en la tarde según el informe del cuaderno de control.

d. En caso de emergencia autorizada por la Dirección, podrá

ingresar el padre de familia.

e. Está terminantemente prohibido el ingreso a todo tipo de

vendedores.

f. Los docentes que cumplan con los dispositivos se les dará una

resolución de felicitación por el cumplimiento de sus funciones

y los que incumplan serán merecedores a la llamada de

atención por escrito (memorándum).

CAPITULO XXIV

DE LOS PADRES DE FAMILIA DE LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA

Art. 84: Derechos de los padres de familia:

a. Que los hijos reciban formación acorde con los objetivos y fines

del colegio.

b. Solicitar entrevistas con los Profesores, Tutores, Director.

c. Recibir periódicamente informaciones del rendimiento

académico y de conducta de sus hijos.

d. Recibir orientación del colegio para tratar problemas que

pudieran existir en el rendimiento y conducta de sus hijos.

Art. 85: Deberes de los padres de familia:

a. Matricular a sus hijos en nuestra Institución, así como

adquieren derechos también contraen compromisos.

b. Participar consciente y activamente en los actos o reuniones

programadas por los padres de familia.

c. Colaborar en la gestión educativa del plantel.

d. Respetar a las autoridades y personal del plantel.

e. Participar en el proceso educativo de sus hijos a través de los

comités de aula.

f. Asumir y apoyar la axiología de la I.E.

Art. 86: Esta prohibido a los padres de familia:

a. Intervenir en la dirección, organización y administración de los

asuntos propios de Dirección.

b. Participar en acciones injustificadas que conduzcan al

desprestigio de la Institución Educativa.

c. Difamar a las autoridades y personal del plantel.

d. Resolver por su propia cuenta problemas que son de absoluta

responsabilidad de los profesores y Dirección de la Institución

Educativa.

e. Queda prohibido el ingreso de los padres de familia al colegio

y aula en horas de clase.

f. Queda prohibido que los padres de familia faciliten a sus hijas,

celulares, dinero y otras prendas para traer a la Institución.

Art. 87: De las sanciones a los padres de familia:

a. El colegio reservara el derecho de no renovar la matricula de

los alumnos cuyos padres o apoderados legales hayan

incumplido en forma grave lo prescrito en el presente

reglamento.

DE LA ASOCIACIÓN DE PADRE DE FAMILIA

Art. 88: La Asociación de Padres de Familia apoya a la Dirección

en aquellos aspectos que le encomienda o que gestionen por propia

iniciativa con el fin de mejorar el servicio educativo que brinda el

colegio. Sus actividades al interior de la I.E. deber ser coordinadas y

aprobadas por Dirección.

DEL KIOSKO O CAFETÍN

ART. 89: La finalidad es la atención y buen servicio al estudiante y

personal de la I.E.

ART. 90: El costo del menú no excederá los S/ 3.00 nuevos soles ya

que el servicio es en una I.E.

ART. 91: El personal que atiende en el kiosco debe estar

uniformado y prestar un buen servicio a los estudiantes y docentes,

de no ser así deberá de rescindir el contrato.

ART. 92: El expendio de los insumos y comidas deberán seguir las

normas de nutrición me higiene de acuerdo al Ministerio de Salud.

ART. 93: Menú variado y balanceado.

NORMAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR DE LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA Nº 20188

CAPÍTULO XXV

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES

DE LOS EDUCANDOS

ART. 94.- DERECHOS:

a. Las alumnas tiene derecho a recibir formación integral en cada

grado de estudio, dentro de un ambiente que les brinde

seguridad, moral y física, así como los servicios de bienestar.

b. Ser tratado con dignidad y respeto.

c. Recibir en forma gratuita los servicios educativos.

d. Recibir estimulo al mérito en cumplimiento de sus deberes.

e. No ser castigado físicamente y psicológicamente con sanciones

que dañen su dignidad como persona.

f. A ser evacuados en caso de enfermedad a un hospital u

organismo de salud si así lo requiere.

ART. 95.- DEBERES:

a. Los educandos tienen el deber de respetar al Director,

personal jerárquico, docentes, auxiliares de educación y

personal de servicio dentro y fuera del plantel.

b. Asistir a la Institución Educativa debidamente uniformada, con

la insignia al lado superior izquierdo de la blusa o chompa,

perfectamente aseada y sin adornos llamativos.

c. Asistir con puntualidad a la Institución Educativa según el

horario o turno establecido, en la mañana 7:45 a.m y en la

tarde 12:45 p.m.

d. Participar responsablemente en las actividades educativas en

forma obligatoria tales como: actuaciones, desfiles escolares y

otros dispuestos por la autoridad de la Institución Educativa.

e. Participar obligatoriamente en el aseo del aula y mantenerlo

limpio, así como los pasadizos, patios y/o otros.

AMBIENTES.

a. Cuidar los ambientes, equipos y demás enseres de la

Institución Educativa.

b. Permanecer en la Institución Educativa durante las horas de

clases y salir solamente a la hora establecida.

c. Justificar las inasistencias con la participación de sus padres o

apoderado en un tiempo máximo de 48 horas.

d. Las alumnas guardaran conducta ejemplar fuera y dentro de

la I.E. mientras muestre el uniforme escolar. Especialmente

cuando asistan a eventos y/o actividades extra curriculares.

e. Las alumnas tienen el deber de cantar el Himno Nacional y el

de la Institución Educativa con fervor cívico.

f. No permanecer en horas de clase en los pasadizos, cafetín y

biblioteca.

g. No comer ningún tipo de alimento dentro del aula.

h. Cumplir con el sufragio para el municipio escolar.

Art. 96.- FALTAS Y SANCIONES

Por incumplimiento de sus deberes o faltas cometidas por las

alumnas, se les aplicará las siguientes sanciones:

a. Dedicarse dentro del colegio a ocupaciones distintas o

paseándose por patios, pasadizos, baños o jardines, etc.

Sanciones:

Llamada de atención.

Descuento de 05 puntos de conducta.

En caso de reincidencia, se hará de conocimiento por los

padres de familia, que de seguir incumpliendo se les

suspenderá por 02 días en derecho a evaluación.

b. No ingresar, llegar pasado 10 minutos de la hora de entrada

(tardanza), evadirse del plantel en horas de clase y de

actividades programadas.

Sanciones:

Llamada a los padres de familia.

Suspensión de 01 a 05 días según sea el caso.

Aplicación del 30% de inasistencia.

Descuento de 03 a 10 puntos de conducta, según sea el

caso.

c. No respetar los símbolos patrios, en especial el Himno

Nacional, al Pabellón Nacional y no guardar compostura en la

formación, actuación y desfiles.

Sanciones:

Llamada de atención.

Descuento de 20 puntos de conducta.

Suspensión de 01 a 02 días.

Llamar a los padres de familia.

d. Negarse a participar en actividades cívicos-patrióticos

habiendo aceptado el compromiso.

Sanciones:

Amonestación

Descuento de 20 puntos de conducta.

Suspensión de 01 a 02 días.

Llamar a los padres de familia.

e. Asistir a clase desaseado o con apariencia extravagante como

con los labios pintados o ropa sport.

Sanciones:

Descuento de 20 puntos de conducta.

Llamar a los padres de familia.

f. Alas alumnas que portando el uniforme de la Institución y se

encuentren fuera de la Institución a cualquier hora del día y

cometieran actos reñidos contra la moral y la buena

costumbre.

Sanciones:

Descuento de 20 puntos de conducta.

Llamar a los padres de familia.

Suspensión de 01 a 08 días según sea el caso.

g. Sustraer documentos y/o objetos a sus compañeras: así como

malograr, dañar o inutilizar enseres del colegio.

Sanciones:

Descuento de 20 puntos de conducta.

Devolución de lo sustraído y/o arreglo de lo deteriorado.

Suspensión en caso de repetir la falta.

h. Realizar actos reñidos contra la urbanidad y respeto, dignidad

a las personas (escribiendo groserías, ofensas, etc.) y/o emitir

juicio lujuriosos sobre las autoridades, personal

administrativos y de servicio, familiares de las alumnas y

condiscípulos.

Sanciones:

Llamar a los padres de familia.

Descuento de 15 puntos de conducta.

Suspensión de 01 a 08 días según sea el caso.

i. Realizar cambios de notas o guardarse para si la Libreta de

Información, esquelas y otros documentos dirigidos a los

padres de familia.

Sanciones:

Llamada de atención después del caso.

Descuento de 10 puntos de conducta.

Suspensión en caso de reincidencia.

j. Iniciar pugilatos dentro y fuera del plantel, golpear a sus

compañeras abuzando de su condición física y edad.

Sanciones:

Descuento de 15 puntos de conducta.

Suspensión de 01 a 08 días según sea el caso.

k. Introducir al colegio objetos de valor como alhajas, dinero, etc.

La Institución Educativa no es responsable ni se responsabiliza

por pérdida alguna.

Sanciones:

Llamada de atención.

En caso de reincidencia llamar a los padres de familia o

apoderado.

Decomiso del objeto y devolución a los padres de familia

o apoderado.

Descuento de 20 puntos de conducta.

l. Realizar eventos o rifas no autorizadas por la dirección del

colegio.

Sanciones:

Llamada de atención.

Requisamiento del producto.

Descuento de 10 puntos de conducta.

m.Firmar documentos o peticiones a favor o en contra del

superior y/o condiscípulos o sobre asuntos que competen con

la disciplina.

Sanciones:

Llamada al padre de familia o apoderado.

En caso de doble falta descuento de 10 puntos de

conducta.

n. Usar el nombre del colegio sin la debida autorización.

Sanciones:

Llamada de atención al padre de familia o apoderado.

Descuento de 10 puntos de conducta.

o. Pintar las paredes de los corredores, aulas, pasadizos, jardines

o patio del plantel.

Sanciones:

Llamada de atención.

Descuento de 01 a 10 puntos de conducta.

Limpiar o sanear lo dañado.

p. Las alumnas que incurran en faltas disciplinarias serán

sancionadas.

Sanciones:

Amonestación verbal o escrita del profesor.

Amonestación verbal o escrita de la Dirección.

Disminución del puntaje de conducta.

Suspensión parcial o total del colegio.

NOTAS:

En la aplicación de las sanciones a las alumnas, se evita la

humillación y se le brindará la orientación correspondiente

para su recuperación.

En caso de separación temporal de la alumna, será

necesario la reunión de las siguientes personas:

Director de la Institución Educativa.

Sub-Directora

Profesora tutora de aula

Coordinador de tutoría

Representante de los profesores ante el CONEI

En caso de expulsión o separación definitiva de la alumna,

será tratada en la junta de profesores, integrado por:

Director de la Institución Educativa.

Sub-Directora

Representante de los profesores ante el CONEI

Coordinador de tutoría-tutor(a) de la alumna.