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ELABORADO POR VIDALMA LÓPEZ REGLAMENTO INTERNO-PANAMÁ

Reglamento interno-panamá

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Page 1: Reglamento interno-panamá

E L A B O R A D O P O R V I D A L M A L Ó P E Z

REGLAMENTO INTERNO-PANAMÁ

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• Toda empresa que tenga 10 o más empleados debe contar con un

Reglamento Interno de Trabajo. Esta tramitación

la puede realizar el Representante Legal de la

empresa, en caso contrario emitir petición mediante abogado al

Señor Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral. El

poder debe estar autenticado ante Notario.

REGLAMENTO INTERNO DE

TRABAJO

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IMPORTANCIA

• Siempre que no afecte los derechos mínimos del trabajador, es una herramienta indispensable para resolver los conflictos que se llegaren a presentar dentro de la empresa, y es tan importante que si no existiera, sería muy difícil sancionar a un trabajador por algún acto impropio, puesto que no habría ninguna sustentación normativa o regulatoria que ampare una decisión sancionatoria.

• El reglamento interno del trabajo, se encarga de contemplar aquellos aspectos no contemplados de forma expresa por la ley, o que simplemente han quedado al libre albedrío de las partes.

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• La empresa establece las reglas laborales y administrativas que se aplican, tales como las sanciones por faltas cometidas por el trabajador, horarios de trabajo, resolución de conflictos, y demás temas que no caben dentro del contrato de trabajo.

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BASE LEGAL

• Artículos 181 al 192 del Código de Trabajo

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CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO

EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO,

NO PODRÁ VULNERAR LOS DERECHOS

CONSIGNADOS EN LOS CONTRATOS Y

CONVENCIONES DE TRABAJO

Hora de entrada y salida de los

trabajadores

Tiempo destinado para las comidas

Períodos de descanso durante la jornada

Lugar y momento en que deben

comenzar y terminar las Jornadas de

trabajo

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Forma de remuneración y el

lugar, día y hora de pago

Las disposiciones disciplinarias y

forma de aplicarlas

La designación de los primeros

miembros del Comité de Empresa

Las labores que no deben ejecutar

las mujeres, ni los menores de 16

años

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El tiempo y forma en que los

trabajadores deben someterse a

exámenes médicos

Además de las medidas profilácticas

que dicten las autoridades

Las demás reglas o indicaciones

necesarias para mantener la mayor

higiene, regularidad y seguridad en

el trabajo.

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COMITÉ DE EMPRESA

• Artículo 186.

• En todo centro de trabajo, empresa o establecimiento,

que ocupe a veinte o más trabajadores, funcionará un

comité de empresa, constituido de modo paritario, por

dos representantes del empleador y dos trabajadores

sindicalizados, designados anualmente por el sindicato

respectivo.

• El empleador o sus representantes y el sindicato o los

trabajadores, podrán someter a discusión del comité de

empresa cuestiones relativas a la producción, a la

productividad y a su mejoramiento, a la capacitación

de los trabajadores y otros asuntos.

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• .El comité de empresa, a solicitud de parte

interesada, tendrá la atribución de conciliar, en las

controversias que surjan con motivo de

incumplimiento de las obligaciones del trabajador

o del empleador .Que da en todo momento, a

disposición de las partes, la vía expedita ante las

autoridades administrativas o jurisdiccionales de

trabajo

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A TENER EN CUENTA

1. El reglamento interno debe estar ubicado en un lugar por donde circule diariamente el personal, con el fin de asegurar que el documento sea de

conocimiento de todos los colaboradores.

2. Lo ideal es que cuando se contrata a un trabajador se le entregue una copia del

reglamento para que lo conozca y consulte

1. Algunas empresas realizan charlas informativas para divulgar su contenido.

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MUCHAS GRACIAS !