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INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA R.D.R. Nº 052-2007 REGLAMENTO INTERNO (RI) 2019 - 2020

REGLAMENTO INTERNO (RI) · 2019-12-04 · Artículo 1º APROBAR el Reglamento Interno de la I.E. “Santísimo Jesús” El mismo que tendrá vigencia a partir del año 2019 al 2021

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R.D.R. Nº 052-2007

REGLAMENTO

INTERNO

(RI)

2019 - 2020

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CONTENIDO

Pág.

INDICE 02 RESOLUCIÓN DIRECTORAL 06 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA IEP “SANTÍSIMO JESÚS” 08 CALENDARIZACIÓN Y UNIDADES DEL AÑO 2019 – 2020 09 INTRODUCCIÓN 11 RESEÑA HISTÓRICA 12 HIMNO DEL COLEGIO “SANTÍSIMO JESÚS” 13 MISIÓN Y VISIÓN DEL COLEGIO “SANTISIMO JESÚS” 14

TITULO I 15 CAPÍTULO I CONCEPTO, FINES, BASE LEGAL Y ALCANCES ARTÍCULO 1° ARTÍCULO 2° 1ARTÍCULO 3° ARTÍCULO 4° ARTÍCULO 5° CAPÍTULO II 16

CREACIÓN, FINES Y OBJETIVOS ARTÍCULO 6° ARTÍCULO 7° ARTÍCULO 8° ARTÍCULO 9° ARTÍCULO 10°

TITULO II 19 CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ARTÍCULO 11° Órgano de Dirección Dirección Administrativa Dirección Académica Departamento psicológico CAPÍTULO II 20 FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ARTÍCULO 12° CAPÍTULO III 21 FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR Y FISCAL ESCOLAR

ARTÍCULO 13°

TÍTULO III 26 CAPÍTULO I ÒRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 14° ARTÍCULO 15° ARTÍCULO 16° ARTÍCULO 17° ARTÍCULO 18° ARTÍCULO 19° ARTÍCULO 20° ARTÍCULO 21° ARTÍCULO 22° ARTÍCULO 23° ARTÍCULO 24° ARTÍCULO 25°

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ARTÍCULO 26° ARTÍCULO 27° ARTÍCULO 28° ARTÍCULO 29° ARTÍCULO 30° ARTÍCULO 31° ARTÍCULO 32 ARTÍCULO 33° ARTÍCULO 34° ARTÍCULO 35° ARTÍCULO 36° ARTÍCULO 37° ARTÍCULO 38° ARTÍCULO 39° ARTÍCULO 40° ARTÍCULO 41° ARTÍCULO 42° ARTÍCULO 43° ARTÍCULO 44° ARTÍCULO 45° ARTÍCULO 46° ARTÍCULO 47° ARTÍCULO 48° ARTÍCULO 49° ARTÍCULO 50° CAPÍTULO II 36 DE LOS COMITËS DE AULA ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN

ARTÍCULO 51° ARTÍCULO 52° ARTÍCULO 53° ARTÍCULO 54° CAPITULO III 39 DE LAS PENSIONES DE ENSEÑANZA, CUOTAS DE INGRESO Y SIST. DE BECAS

ARTÍCULO 55° ARTÍCULO 56° ARTÍCULO 57° ARTÍCULO 58°

TÍTULO IV 42 CAPÍTULO I GESTIÓN PEDAGÓGICA ARTÍCULO 59° ARTÍCULO 60° ARTÍCULO 61° ARTÍCULO 62° ARTÍCULO 63° ARTÍCULO 64°

ARTÍCULO 65°

TÍTULO V 43 CAPÍTULO I 43 DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO ARTÍCULO 66° ARTÍCULO 67° CAPÍTULO II 43 DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ARTÍCULO 68° ARTÍCULO 69° ARTÍCULO 70° ARTÍCULO 71°

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ARTÍCULO 72° ARTÍCULO 73° ARTÍCULO 74° CAPÍTULO III 44 DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO 75° ARTÍCULO 76° ARTÍCULO 77° ARTÍCULO 78° ARTÍCULO 79° CAPÍTULO IV 48 DE LA MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN ARTÍCULO 80° ARTÍCULO 81° ARTÍCULO 82° ARTÍCULO 83° ARTÍCULO 84° CAPÍTULO V 52 NORMAS DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 85° ARTÍCULO 86° ARTÍCULO 87° ARTÍCULO 88º ARTÍCULO 89° ARTÍCULO 90° ARTÍCULO 91° ARTÍCULO 92º ARTÍCULO 93° ARTÍCULO 94° ARTÍCULO 95° ARTÍCULO 96° ARTÍCULO 97° ARTÍCULO 98° ARTÍCULO 99° ARTÍCULO 100° ARTÍCULO 101° ARTÍCULO 102° ARTÍCULO 103° ARTÍCULO 104° ARTÍCULO 105° ARTÍCULO 106° ARTÍCULO 107° ARTÍCULO 108° ARTÍCULO 109° ARTÍCULO 110° ARTÍCULO 111° ARTÍCULO 112° ARTÍCULO 113° ARTÍCULO 114° ARTÍCULO 115° ARTÍCULO 116° ARTÍCULO 117° ARTÍCULO 118° ARTÍCULO 119° ARTÍCULO 120° ARTÍCULO 121° ARTÍCULO 122° ARTÍCULO 123° ARTÍCULO 124°

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ARTÍCULO 125° ARTÍCULO 126° ARTÍCULO 127° ARTÍCULO 128° ARTÍCULO 129° ARTÍCULO 130° ARTÍCULO 131° ARTÍCULO 132° ARTÍCULO 133° ARTÍCULO 134° ARTÍCULO 135° ARTÍCULO 136° ARTÍCULO 137° ARTÍCULO 138° ARTÍCULO 139° ARTÍCULO 140° ARTÍCULO 141° ARTÍCULO 142° ARTÍCULO 143° ARTÍCULO 144° ARTÍCULO 145° ARTÍCULO 146° ARTÍCULO 147° ARTÍCULO 148° ARTÍCULO 149° ARTÍCULO 150° ARTÍCULO 151° ARTÍCULO 152° ARTÍCULO 153° ARTÍCULO 154° ARTÍCULO 155° ARTÍCULO 156° ARTÍCULO 157° ARTÍCULO 158° ARTÍCULO 159° ARTÍCULO 160° ARTÍCULO 161° ARTÍCULO 162° ARTÍCULO 163° ARTÍCULO 164° ARTÍCULO 165° ARTÍCULO 166° ARTÍCULO 167° ARTÍCULO 168° CAPÍTULO VI 77 DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES, FALTAS PROHIBICIONES, SANCIONES Y FELICITACIONES DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 169° ARTÍCULO 170° CAPÍTLO VII 87 DE LAS FUNCIONES DE LOS POLICÍAS ESCOLARES

ARTÍCULO 171°

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 055– 2018 I.E.P “SJ”

Ica, 17 de diciembre de 2018.

Vistos los informes de los diferentes equipos de trabajo integrados por el Personal

Directivo, Docentes y Padres de Familia de la I.E.P “Santísimo Jesús”, que cuenta

con el nivel de Educación Primaria y Secundaria, para elaborar y/o reestructurar el

Reglamento Interno.

Visto asimismo el Reglamento Interno consolidando y sistematizando cada uno de

los informes y trabajos efectuados, aprobado en la Asamblea General de los

Docentes con participación de los representantes de Padres de Familia.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que es

función de la Institución Educativa elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto

Educativo Institucional, el Plan Anual de Trabajo y el Reglamento Interno entre

otros.

Que, el artículo 137º Instrumento de Gestión Educativa del D.S. Nº 011-2012-ED,

Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, que establece el Reglamento

Interno (RI), regula la organización y funcionamiento integral. Establece funciones

específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación

entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

En este contexto, es necesario que la Institución Educativa cuente con un

instrumento de gestión que oriente su gestión pedagógica, administrativa e

institucional a corto, mediano y largo plazo; constituyéndose en un documento de

planteamiento estratégico que permita integrar orgánicamente las acciones a fin

de lograr una visión coherente con la realidad de la Institución Educativa en función

a las aspiraciones de sus integrantes.

Estando informado favorablemente a la comunidad educativa de la Institución

Educativa Privada “Santísimo Jesús; y De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley

General de Educación y sus modificatorias Leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329;

D.S. Nº 011-2012-ED “Reglamento de la Ley Nº 28044 Ley General de Educación”,

D.S. Nº 009-2006-ED. Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación

Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa SINEACE, Proyecto Educativo

Nacional al 2021, Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica

y Técnico Productiva; R.M. Nº 234-2005-ED, aprueba la Directiva Nº 004-VMGP-

2005, Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educación Básica

Regular, y su modificatoria R.M. Nº 0387-2005-ED; R.M. Nº 440-2008-ED, Marco

Curricular; R.M. N° 0431-2012-ED, R.M. N°712 – 2018. Aprueba la Norma Técnica

denominada Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2019 en

Instituciones Educativas y programas educativos de Educación Básica.

SE RESUELVE:

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Artículo 1º APROBAR el Reglamento Interno de la I.E. “Santísimo Jesús” El mismo

que tendrá vigencia a partir del año 2019 al 2021 que consta de 5 títulos, 16 capítulos

y 171 artículos.

Artículo 2º ENCARGAR al (los) Responsables: Coordinadores y Docentes para

el cumplimento e implementación del presente Reglamento Interno.

ARTÍCULO 3º COMUNICAR al personal directivo, jerárquico, docente,

administrativo, estudiantes y Padres de Familia la aplicación de éste documento

de gestión.

ARTICULO 4º DEJAR sin efecto las demás normas que sobre administración y

organización interna tenga la Institución Educativa.

Regístrese, Comuníquese y Archívese.

LIC. YUDY J. HERNÁNDEZ EGOCHEAGA DIRECTORA DE LA I.E.P.

“Santísimo Jesús”

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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA IEP “SANTÍSIMO JESÚS”

PROMOTORÍA DE LA A.E SANTÍSIMO JESÚS

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CALENDARIZACIÓN Y UNIDADES DEL AÑO 2019

PRIMARIA-SECUNDARIA

BIM

ES

TR

E

20

19

UN

IDA

DE

S

20

19

DURACIÓN

Nº DE SEMANA

S

HORAS DE

CLASE/ SEMANA

HORAS DE

CLASE/ UNIDAD/ RECESO

I I Del 04 de marzo al 29 de marzo 4 45 180

II Del 01 de abril al 21 de abril

4 45 180

1º VACACIONES: DEL 13 AL 17 DE MAYO 1 45 45

1RA. ENTREGA DE LIBRETAS 22 DE MAYO 0 0 0

II III Del 29 de abril al 31 de mayo 4 45 180

IV Del 03 de junio al 28 de junio

4 45 180

2DA. ENTREGA DE LIBRETAS 17 DE JULIO 0 0 0

III V Del 01 de julio al 26 de julio 4 45 180

2° VACACIONES: DEL 29 DE JULIO AL 09 DE AGOSTO

2 45 90

III VI Del 12 de agosto al 06 de setiembre 4 45 180

VII Del 09 de setiembre al 04 de octubre

4 45 180

3° VACACIONES: DEL 07 AL 11 DE OCTUBRE 1 45 45

3RA. ENTREGA DE LIBRETAS EL 25 DE OCTUBRE 0 0 0

IV VIII Del 14 de octubre al 09 de noviembre 4 45 180

IX Del 11 de noviembre al 03 de diciembre 4 45 180

X Del 09 de diciembre al 20 de diciembre 4 45 180

CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR 20 DE DICIEMBRE 0 0 0

4TA. ENTREGA DE LIBRETAS EL 23 DE DICIEMBRE 0 0 0

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CALENDARIZACIÓN Y UNIDADES DEL AÑO 2020

PRIMARIA-SECUNDARIA

BIM

ES

TR

E

2020

UN

IDA

DE

S

2020

DURACIÓN

Nº DE SEMANAS

HORAS DE

CLASE/ SEMANA

HORAS DE CLASE/ UNIDAD/ RECESO

I

I Del 02 de marzo al 27 de marzo

4 45 180

II Del 30 de marzo al 24 de abril

4 45 180

1º vacaciones: Del 11 al 15 de mayo 1 45 45

1RA. ENTREGA DE LIBRETAS 22 DE MAYO 0 0 0

II

III Del 27 de abril al 29 de mayo

4 45 180

IV Del 01 de junio al 26 de junio

4 45 180

2DA. ENTREGA DE LIBRETAS 17 DE JULIO 0 0 0

III V Del 29 de junio al 24 de julio 4 45 180

2° vacaciones: Del 27 de julio al 07 de agosto 2 45 90

III

VI Del 10 de agosto al 04 de setiembre 4 45 180

VII Del 07 de setiembre al 02 de octubre 4 45 180

3° vacaciones: Del 05 de octubre al 09 de octubre 1 45 45

3RA. ENTREGA DE LIBRETAS 28 DE OCTUBRE 0 0 0

IV

VIII Del 12 de octubre al 10 de noviembre

4 45 180

IX Del 09 de noviembre al 04 de diciembre

4 45 180

X Del 07 de diciembre al 18 de diciembre

4 45 180

Entrega de libretas el 22 de diciembre

4TA. ENTREGA DE LIBRETAS 23 DE DICIEMBRE

TOTAL ANUAL 44 1980

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R.D.R. Nº 052-2007

INTRODUCCIÓN

El Reglamento Interno de la Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús" tiene

como finalidad, regular, supervisar y controlar la parte Organizativa y de

Funcionamiento Interno de esta Institución Educativa, única forma de asegurar el

logro de metas y objetivos programados. En este Reglamento se establecen las

pautas para el mejor funcionamiento de la Institución Educativa "Santísimo Jesús",

regula la actuación directiva y docente, así como los servicios educativos que en

ella se ofertarán como en los Niveles de Educación Primaria y Educación

Secundaria de Menores. Entendemos que de esta manera se estará asegurando

la calidad en la marcha institucional de la Institución Privada, tanto en el aspecto

técnico pedagógico como administrativo.

En el presente documento se mencionan con toda claridad las funciones de cada

uno de los agentes educativos de la institución, detallado, en eI Manual de

Organización y Funciones MOF, mencionando también las sanciones y estímulos

en cada caso.

Este instrumento debe ser asumido por todos los integrantes de la comunidad

educativa, y todos los Padres de Familia y aceptadas al ingresar a la Institución

Educativa.

LA DIRECCIÓN.

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R.D.R. Nº 052-2007

RESEÑA HISTÓRICA

La I.E.P “Santísimo Jesús” fue creada con R.D.R N°052-2007 abrió sus puertas en el año escolar del 2007, con el Primer Año de Secundaria. Su primer año escolar contó con una población de 18 estudiantes. La I.E.P ”Santísimo Jesús”, nace con una concepción moderna de la educación, aplicando modernas y adecuadas metodologías en el proceso enseñanza-aprendizaje. La Directora Lic. Yudy Hernández Egocheaga ha sabido convocar a personal joven, con experiencia, con capacidad profesional y sobre todo con vocación de servicio, como es la tarea de educar buscando brindar una educación de calidad. Desde aquel día en que recibiéramos la autorización por parte de la Dirección Regional de Educación de Ica, hasta la fecha que cumplimos Nuestro Onceavo Aniversario han ocurrido innumerables acontecimientos, siempre al lado de nuestro más preciado tesoro, nuestros estudiantes. Es por eso que en medio de la crisis moral, social y económica debemos alzar firmes y seguros las banderas de la ética. La responsabilidad, la verdad, la honestidad para que nuestros estudiantes, no las pierdan de vista. Los valores deberán ser ejemplo y cimiento para entender, sostener, sortear y evaluar las dificultades que la vida actual les exige a nuestros estudiantes. Educar para aprender a hacer, educar para convivir y educar para ser, buscando siempre su autonomía, a convivir en armonía, generando una cultura de paz y formarse para ser personas de bien para sí mismo y para los demás. Es por ello que la educación tiene su concepción filosófica, la que nuestro centro educativo persigue, es el que nos lleva a la práctica de la “Calidad Educativa”, con programas de mejora continua, que nos permita asegurar el desarrollo integral de nuestros estudiantes, formando personas seguras, honestas, independient4es, acostumbrados a hacer bien las cosas y por ende personas acostumbradas a alcanzar el éxito en la vida.

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R.D.R. Nº 052-2007

HIMNO DE LA I.E. SANTÍSIMO JESÚS DE ICA

ESTROFA I

Los Diamantes te vieron nacer

Y la Huega te verá crecer,

Con tu lema del saber

Nos enseñarás a vencer.

Con números y letras

Logramos nuestras metas,

Los valores nos enseñan

Día a día nuestra guía.

CORO

Santísimo Jesús

Nadie como tú,

Tu nombre sin igual

Retumba en nuestra ciudad (bis)

ESTROFA II

Al estudio sabiduría

Al trabajo con mucho amor,

A la vida disciplina

Nos impulsan a ser mejor.

Esfuerzo y voluntades

Son fundamentales,

Sapiencia en mi maestro

Mi líder de verdad.

(Letra Mariana Irma Lajo Muñoz / Música Miguel Oblitas Bustamante)

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MISIÓN

“Somos una Institución Educativa que forma líderes responsables, que se distingan por su sólida formación en valores y excelencia académica”.

VISIÓN

“Ser reconocidos como una Institución Educativa de calidad, líder en la formación integral de los estudiantes para que contribuyan al engrandecimiento de nuestra patria, hacia una cultura de paz”.

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TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

CONCEPTO, FINES, BASE LEGAL Y ALCANCES

ARTÍCULO 1° El presente Reglamento es un documento de gestión y control que

establece y norma la organización y funcionamiento interno de la Institución

Educativa Privada "Santísimo Jesús”, con la finalidad de lograr sus fines y objetivos

propuestos.

ARTÍCULO 2° La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús", está ubicada

en la calle la Huega N° 481 del sector de San José de la Provincia y Departamento

de lca de la Jurisdicción de la Dirección Regional de Educación de lca.

ARTÍCULO 3° El fin que persigue el presente Reglamento Interno, es adecuar la

organización y funcionamiento de la Institución Educativa Privada "Santísimo

Jesús”, a las disposiciones educativas vigentes.

ARTÍCULO 4° El presente Reglamento tiene base legal y se sustenta en:

Constitución Política del Perú.

Ley Nº 24029, Ley del Profesorado y su Reglamento.

Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su

modificatoria la Ley Nº 26510.

Ley Nº 28044, Ley General de Educación, y sus modificatorias las Leyes

Nº 28123, Nº 28302, Nº 2832 y Nº 28740.

Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y

Certificación de la Calidad Educativa SINEACE.

Proyecto Educativo Nacional al 2021.

Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas

abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, modificada por

la ley N° 29839.

Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las

instituciones educativas.

Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de

Organización y Funciones (ROF) y el cuadro para asignación de personal

(CAP) del Ministerio de Educación.

Decreto Supremo Nº 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley

Nº 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio

Público Esencial.

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Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, que aprueba el Reglamento de las

Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico–

Productiva.

Ley Nº 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio

público esencial.

Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley

N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las

instituciones educativas.

Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley

N° 28044, Ley General de Educación.

ecreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°

29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en

la selección o adquisición de textos escolares.

D.S. N° 004 -2013 ED Reglamento de la Ley N° 29944. Reforma Magisterial.

ARTÍCULO 5° Están comprendidos en el cumplimiento del presente Reglamento

Interno, todo el personal Directivo, Docente, Administrativo, Auxiliares,

Psicólogo(a), Personal de Mantenimiento, Seguridad y vigilancia, Padres de

Familia y Estudiantes.

CAPÍTULO II

CREACIÓN, FINES Y OBJETIVOS

ARTÍCULO 6° La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús" fue creada con

R.D.R. Nº 052-2007, está ubicada en la Calle La Huega Nº 481, de la ciudad de

lca, es una Institución Educativa Privada de Gestión No Estatal, que oferta

servicios educativos en los Niveles de Educación Primaria y Educación Secundaria

de Menores y brinda, además, orientación a los Padres de Familia en lo

relacionado al cuidado y la educación de sus hijos. Desde el 2016 su promotora

es la Asociación Educativa Santísimo.

ARTÍCULO 7° Son fines de la Institución Educativa Privada:

Formar a través de una educación integral e innovadora para el desarrollo

de las potencialidades de los estudiantes, así como orientar a los Padres

de Familia y la comunidad.

Funcionar de acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes.

Difundir los alcances e importancia de los Niveles de Educación Primaria

y Educación Secundaria de Menores, así como, promover el desarrollo de

actividades educativas en la comunidad.

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ARTÍCULO 8° La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús", brinda los

siguientes servicios:

El Nivel de Educación Primaria y el Nivel de Educación Secundaria de

Menores según el Diseño Curricular y el Marco Curricular, por Ciclos de

acuerdo al Nuevo Enfoque Pedagógico por Competencias.

Educación Primaria de 1° a 6° grado y Educación Secundaria de 1° a 5° año.

Evaluación psicológica.

Desarrollo de habilidades artísticas, literarias y musicales de los

estudiantes, a través de talleres de arte, danza y música.

ARTÍCULO 9° Nuestros objetivos son: Brindar atención integral a los estudiantes, propiciándoles el ambiente educativo adecuado, necesario para la conservación y prevención de su salud y medios de seguridad.

Promover el conocimiento y práctica de los valores cívico-patrióticos,

estéticos y religioso.

Detectar y tratar oportunamente los problemas de orden bio-psico-sociales

del estudiante y derivar al especialista para el tratamiento correspondiente,

bajo la responsabilidad del padre de familia.

Orientar y asesorar a los Padres de Familia para que cumplan con la misión

educadora de sus hijos.

Lograr la participación permanente de los Padres de Familia en apoyo de

las actividades educativas propuestas por la Institución Educativa.

ARTÍCULO 10° Son funciones generales de la Institución Privada:

Implementar, actualizar y supervisar permanentemente al personal

docente y administrativo de la Institución Educativa.

Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional,

Proyecto Curricular de la Institución Educativa, Manual de Organización y

Funciones, Plan Anual de Trabajo, Proyecto de Innovaciones, Tutoría y

Orientación al Estudiante (TOE), Plan de Sana Convivencia, Reglamento

Interno, Plan de Monitoreo y Acompañamiento, Plan Lector, Plan de

Trabajo con Padres de Familia y otros documentos técnico pedagógicos y

administrativos.

Tratar y desarrollar adecuadamente los Programas Curriculares vigentes.

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Evaluar, real, objetiva y permanentemente al personal en general que

presta sus servicios a la Institución Privada, así como a los estudiantes en

pleno.

Proyectarse y mantener una infraestructura y mobiliario acorde a la calidad

del servicio que ofrece.

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TÍTULO II

ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO I

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ARTÍCULO 11° La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús", está

conformada por los siguientes órganos:

Órgano de Dirección

Promotoría

Dirección Académica

Dirección Administrativa

Dirección Administrativa

Área de Contabilidad

Área de Mantenimiento

Área de Seguridad y Vigilancia

Publicidad e Imagen Institucional

Servicio de impresiones y / o fotocopiado

Tópico de Enfermería

Secretaría

Dirección Académica

Coordinación Académica de Primaria

Coordinación Académica de Secundaria

Tutoría y Orientación Educativa (TOE)

Docentes

Auxiliares

Tutores(as) Talleres /

Laboratorios:

Laboratorio de Ciencias

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Laboratorio de Informática

Laboratorio de Idiomas

Laboratorio de Mecatrónica

Laboratorio de Robótica

Taller de Danza

Taller de Música

Taller de Genios Matemáticos

Taller de refuerzo

Talleres de deporte

Departamento Psicológico

Psicólogo(a) Primaria

Psicólogo(a) Secundaria

Todos los agentes de la Institución Educativa deben cumplir fielmente con todas

sus funciones que se suscriben en el Manual de Organización y Funciones MOF,

caso contario estarían incumpliendo con el Reglamento Interno RI, y serán

debidamente sancionados de acuerdo a la falta.

CAPÍTULO II

FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

(CONEI)

ARTÍCULO 12° La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús", cuenta con un

Consejo Educativo Institucional (CONEI), y sus funciones son las siguientes:

Participar en la formulación y evaluación del PEI.

Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E.P

Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad,

equidad y calidad en la Institución Educativa.

Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa

provenientes de actividades realizadas por los ACAPF - SJ, y aquellos que,

de acuerdo a lo establecido en su Reglamento.

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Colaborar con la Directora en garantizar el cumplimiento de las horas

efectivas de aprendizaje, número de semanas lectivas y la jornada del

personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje

requerido para los diferentes niveles y modalidades.

Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la Institución

Educativa, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias

que no impliquen delito.

Ser integrante del Comité de Disciplina y Convivencia Escolar.

Apoyar los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la

calidad educativa previstos en la Ley General de Educación y en la ley

específica sobre la materia.

Participar en el proceso de autoevaluación de la Institución Educativa.

Conformar la comisión del CONEI, cada 2 años.

Integrantes del CONEI

APELLIDOS Y NOMBRES

D.N.I

ESTAMENTO

Lic. Yudy Hernández Egocheaga

07022750

Directora

Lic. Carmen Alvarado Cayllahua

42914966 Representante del Docente Nivel Primaria

Lic. Guliana Uchuya Coello

42657135 Representante del Docente Nivel Secundaria

Aux. Rosa Tipismana Ramos

70049091 Representante de Auxiliares de Educación

Lic. Madeleine Enciso Guerra

41833959 Representante del Personal Administrativo

Sra. Gissela Cancho Montes

22099831 Representante de Padres de Familia

Sra. Zelene Bohórquez Pisconte

21522284 Representante de Padres de Familia

Est. Gabriel Zárate Domínguez

74220165 Representante de los Estudiantes

Joaquín Omar Flores Aguado

72020570 Representante de los Ex Estudiantes

CAPÍTULO III

FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR Y FISCAL ESCOLAR

ARTÍCULO 13° La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús", cuenta con

un Municipio Escolar, y sus funciones son las siguientes:

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EL ALCALDE O ALCALDESA ESCOLAR

Representar a la Institución Educativa, en actividades internas o externas

referidas a actividades propias del Municipio Escolar. Requiere de la

autorización de la Dirección de la Institución Educativa para participar de

las invitaciones a dichas actividades.

Colaborar en la Elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar, con

el apoyo del Docente Asesor, incluyendo las actividades en el calendario

escolar

Convocar y dirigir las sesiones y asambleas del Municipio Escolar, con

carácter informativo y cuando sea necesario. Para ello debe contar con el

voto de la mitad más uno de los integrantes de la Directiva del Municipio

Escolar y la autorización de la Directora de la Institución Educativa.

Trabajar coordinadamente con sus Regidores y apoyar las comisiones de trabajo.

Promover consultas a nivel de los estudiantes sobre las principales

necesidades de la Institución Educativa y los intereses y necesidades de

los mismos.

Reconocer a los estudiantes por sus acciones solidarias y ejemplares.

Apoyar las actividades del Departamento de Tutoría y Orientación

Educativa de la Institución Educativa delegando su realización al Regidor

respectivo.

Dar informe ante el Concejo Escolar al término de la gestión, con copia al

Director de la Institución Educativa.

Rendir cuentas de su gestión a los estudiantes, mediante un informe

público virtual o impreso (Periódicos murales, página web, blog, facebook,

impresos, etc.) a la culminación de cada actividad y al término de su

gestión.

Informar por escrito los acuerdos tomados por la Directiva del Municipio

Escolar a la Directora de la Institución Educativa.

Vigilar e informar sobre el desempeño docente en la Institución.

TENIENTE ALCALDESA O TENIENTE ALCALDE.

Reemplazar a la Alcaldesa o Alcalde Escolar en caso de ausencia.

Revisar y aprobar los informes de las Comisiones de Trabajo, los mismos que deben reflejar y respetar los acuerdos de Asamblea.

REGIDOR (A) DE EDUCACIÓN, CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

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Coordinar las actividades de la Comisión de Educación, Cultura,

Recreación y Deporte del Municipio Escolar de la Institución Educativa.

Coordinar la implementación de actividades culturales, recreativas y

deportivas de la Institución Educativa con el apoyo de los responsables de

las diversas áreas del desarrollo curricular del grado y la Directora de la

Institución Educativa.

Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

REGIDOR (A) DE SALUD Y AMBIENTE.

Coordinar las actividades de la Comisión de Salud y Ambiente del Municipio Escolar.

Promover campañas que favorezcan la salud, el ornato y el cuidado del

ambiente en la Institución Educativa y su entorno, coordinando con las

autoridades e instituciones locales que cumplan dichos fines.

Prevenir situaciones que pongan en riesgos la salud de los estudiantes en

la Institución Educativa.

Formar parte del Comité Ambiental y de sus comisiones: Comisión de

Gestión del Riesgo y Comisión de Salud.

Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

REGIDOR (A) DE EMPRENDIMIENTO Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.

Coordinar las actividades de la Comisión de Emprendimiento y Actividades

Productivas del Municipio Escolar, promoviendo la implementación de

diferentes proyectos productivos y de servicios en la institución Educativa.

Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la

Institución Educativa.

Coordinar con instituciones públicas y privadas de la localidad la

implementación de proyectos productivos y de servicios en la Institución

Educativa.

Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Concejo Escolar.

REGIDOR (A) DE DERECHOS DEL NIÑO (A) Y ADOLESCENTE.

Coordinar las actividades de la comisión de los Derechos del Niño, Niña y

Adolescente del Municipio Escolar.

Difundir los derechos y responsabilidades de los niños, niñas y

adolescentes en la Institución Educativa.

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Promover la participación activa de la Institución Educativa en la campaña

por la Semana Nacional de los Derechos del Niño (a) y Adolescente.

Promover la participación de los estudiantes en la Campaña “Tengo Derecho al Buen

Trato”, que impulsa la Institución Educativa, enfatizando la prevención del

maltrato o acoso entre estudiantes y toda forma de violencia.

Promover en la Institución Educativa acciones relacionadas al derecho a la

identidad, a través de campañas para la entrega del Documento Nacional

de Identidad (DNI) a los niños y adolescentes que no lo tuvieran.

Promover la participación de los estudiantes en las Defensorías Escolares

de Niños y Adolescentes (DESNAS) y/o defensorías Municipales como

Promotores Defensores.

Coordinar acciones de promoción y protección de los Derechos de las

Niñas, Niños y Adolescentes, con la Defensoría Municipal del Niño y

Adolescentes (DEMUNA) y otras instancias que velan por el respeto a sus

derechos.

Formar parte de la Brigada de Seguridad Vial en la Institución Educativa.

Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Concejo Escolar.

REGIDOR (A) DE COMUNICACIÓN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

Coordinar con los Regidores (a) para la implementación de medios de

comunicación escolar en diversos formatos, orientados a la difusión de

actividades de la Institución Educativa.

Editar y difundir un medio informativo (boletín, periódico mural, blog. etc.)

del Municipio Escolar.

Desarrollar acciones que promuevan la identidad institucional y local de los

estudiantes, empleando las tecnologías de información y comunicación.

Promover acciones de prevención de situaciones de riesgo relacionados al

uso de las tecnologías de la información y comunicación (pornografía

infantil, trata de personas, citas con desconocidos a través del internet,

chat, cyberbullyng.

FISCAL ESCOLAR

La Institución Educativa Privada "Santísimo Jesús", cuenta con un Fiscal

Escolar y sus funciones son las siguientes:

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Orientar a sus compañeros sobre los Derechos y Deberes de los Niños,

Niñas y/o Adolecentes, procurando promover conductas positivas y

saludables en la comunidad educativa.

Coordinar de forma continua y permanente con la Fiscalía Provincial de

Prevención del Delito de su localidad, lo relacionado al desarrollo de las

campañas de difusión de las normas y disposiciones para el fortalecimiento

de los valores y principios que inspiran al Estado de Derecho y sustentan

a la familia y la sociedad.

Prevenir conductas inadecuadas mediante acciones de difusión y

sensibilización entre sus compañeros, en coordinación con la Fiscalía.

Persuadir a sus compañeros a no incurrir en comportamientos que puedan

configurar algún tipo de infracción a la Ley.

Desarrollar acciones que le permitan ejercer su función de liderazgo,

velando por el apoyo de sus compañeros cuya situación académica y/o

personal sea preocupante,

debiendo informar a la autoridad máxima de la Institución Educativa,

además de brindar las facilidades del caso, disponer lo conveniente para la

solución del problema específico en coordinación con la Fiscalía.

Comunicar a la Directora de la Institución Educativa, directora de la UGEL,

o al fiscal provincial de Prevención del Delito de su localidad, de las

conductas indebidas que ocurran en agravio de sus compañeros. Conocer

el Sistema de Convivencia Escolar Ley N° 29711 y su Reglamento D.S

N°10 – 2012 – ED.

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TÍTULO III

ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA

CAPÍTULO I

ARTÍCULO 14° Los Padres de Familia son los educadores naturales de sus hijos

y se relacionan con la Institución Educativa mediante la matrícula oficial, dentro de

los derechos y obligaciones que la ley la faculta y se obligan a cumplir lo

establecido en el Reglamento Interno de la Institución Educativa.

ARTÍCULO 15° Los Padres de Familia y/o apoderados se constituyen en

ASOCIACIÓN DE COMITÉS DE AULA DE PADRES DE FAMILIA DE LA I.E.P.

SANTÍSIMO JESÚS (ACAPF-SJ), la cual es una asociación civil sin fines de lucro,

no posee personería jurídica, siendo facultad de la dirección de la Institución

Educativa conformarla, cuando sus fines y objetivos nacen del presente

Reglamento. Está constituida por los Padres de Familia y/o apoderados de los

alumnos matriculados en la Institución Educativa.

La ACAPF-SJ participa en la Institución Educativa apoyando con la tarea educativa

a fin de alcanzar una excelente capacitación y formación humana y cristiana de

toda la comunidad educativa, mejorando la infraestructura y acopiando material

educativo de última generación.

ARTÍCULO 16° La Dirección de la Institución Educativa tiene la potestad de

nombrar a la Directiva de la Asociación de Comités de Aula de Padres de Familia

o considerar su elección democrática.

ARTÍCULO 17° Los Padres de Familia y tutores promueven el desarrollo integral

del núcleo familiar a través de las siguientes acciones:

Participa activamente en la Escuela de Padres, asumiendo el compromiso

de la práctica de valores en su familia.

Promueve y participa en actividades, culturales, espirituales, recreativas y

deportivas orientadas a la integración familiar.

Es partícipe en las acciones de consejería familiar orientadas a la mejora

de su formación personal y familiar.

ARTÍCULO 18° Los Padres de Familia o apoderados del estudiante de la I.E.P

“Santísimo Jesús” asumen la responsabilidad y compromiso de las pautas que la

Institución Educativa propone a continuación:

Es responsabilidad del Padre de Familia leer el Boletín Informativo N° 001

que se le entrega en el momento de la matrícula y también informarse del

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Reglamento Interno de la Institución Educativa con sus Normas de

Convivencia en la página web: www.santisimojesus.edu.pe o su fan page

iepsantisimojesus, al inicio del año escolar, así como acatar todas sus

normas y disposiciones.

El Padre de Familia al matricular a su menor hijo(a) acepta las

responsabilidades que emanan del Reglamento Interno.

Procurar que exista la mayor coherencia entre la vida familiar y el perfil

ideal del estudiante de La Institución Educativa, asumiendo personalmente

su formación integral.

Guiar la educación en la fe de su hijo(a) según las orientaciones de la

Iglesia y del Proyecto Educativo de la Institución Educativa.

En caso que el Padre de Familia desee que su menor hijo(a) se retire

solo(a) de la Institución Educativa, debe enviar al Tutor(a) una autorización

por escrito en el cuaderno de Comunicados, dejando claro que está bajo

su responsabilidad.

Fortalecer la relación entre la Institución Educativa y la familia asistiendo

activamente a la Escuela de Padres, a las reuniones, a las entrevistas y a

las actividades escolares organizadas por la Institución Educativa.

Darse por notificado de toda comunicación que remita la Institución

Educativa por escrito, a través del “cuaderno de comunicados” u otro medio

de difusión como son su fan page ( iepsantísimojesús ) o página web (

www.santisimojesus.edu.pe)

Justificar las inasistencias de los estudiantes a través de una solicitud por

escrito adjuntando medios probatorios (Certificado Médico, receta médica,

u otro documento probatorio) al día siguiente de la inasistencia. En caso de

haber una evaluación programada y no se justifique oportunamente la

inasistencia se le colocará la nota mínima desaprobatoria.

Si su menor hijo tiene una enfermedad contagiosa, deberá informar

oportunamente. Los estudiantes con tos, resfrío fuerte, varicela,

sarampión, hepatitis, etc. Se deben quedar en casa, en caso de varicela

por 15 días, en caso de hepatitis por un mes, además traer una alta médica

para reincorporarse. En caso de otras enfermedades, es responsabilidad

de los padres comunicar, solicitar, gestionar el descanso que requiera para

no afectar la salud del estudiante y el de sus compañeros.

Pagar una multa de S/. 40.00 por concepto de inasistencia injustificada

a una reunión convocada y que se haya notificado con sanción económica

por parte del Comité de Aula y que en LA EVALUACIÓN AL PADRE DEL

FAMILIA TENGA UNA CALIFICACIÓN DESAPROBATORIA, EN EL

CRITERIO CORRESPONDIENTE.

Respetar la autonomía de la Dirección en la conducción de la Institución

Educativa y en la elección de los educadores.

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Colaborar con el personal docente reconociendo su autoridad y

proporcionándole los datos que consideren necesarios para facilitar el

reconocimiento del estudiante y comprender mejor la realidad que vive.

Es responsable en su calidad de apoderado del cuidado del mobiliario

entregado a mi menor hijo(a), en caso de deterioro prematuro, actúa en su

reposición o reparación.

Cumplir puntualmente con el pago de las pensiones, para el óptimo

desenvolvimiento de la Institución Educativa a nivel económico.

Entregar la Lista de Útiles Escolares completa al tutor(a) de aula, con un

cargo o constancia, antes de la finalización del Año Escolar, de lo contrario

asumirá las sanciones y/o prohibiciones correspondientes para que cumpla

sus responsabilidades oportunamente.

Enviar los materiales o recursos extras, que no estuvieran incluidos en la

Lista de Útiles y que hayan sido aprobados por acuerdo del Comité de Aula,

a los docentes de manera oportuna para trabajar en las actividades que

sean programadas con los estudiantes.

Entregar oportunamente la documentación que la Secretaría de la Dirección solicite.

Conocer el Sistema de Convivencia Escolar en caso, en que sus hijos

incurran en violencia están obligados a brindar toda su colaboración para

corregir dichos actos y deben comprometerse a cumplir con la consejería

respectiva, en aplicación de la Ley N° 29719 y su Reglamento aprobado

por Decreto Supremo N° 010-2012-ED.

Es deber de los Padres de Familia asesorar para que el estudiante formule

su proyecto personal de vida.

Asistir puntualmente a las citas y reuniones convocadas por el docente de

aula o tutor o por la Dirección de la Institución Educativa.

Conocer que la acción de los padres de familia es fundamental para el logro de los objetivos educacionales y formativos, por lo que, asume participar activamente en el proceso educativo de su menor hijo (a) como son: a) Actividades académicas (Asistir en las reuniones convocadas por los Directivos, Profesores y/o Departamento de Psicología, Tutor, etc.) y seguir las recomendaciones dadas por las autoridades del Colegio; b) Actividades formativas y c) Actividades recreativas.

Permitir que el personal de vigilancia, por medidas de seguridad, revise

vehículos, carteras, maletines y bultos, que ingresen o retiren de Institución

Educativa. No pueden ingresar a la Institución Educativa determinados

objetos, vehículos o personas sin permiso de la Administración.

Asumir responsabilidad y colaborar con la Institución Educativa:

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- Evitando hacer comentarios desfavorables de manera oral, escrita y/o haciendo uso de redes sociales.

- Cumpliendo las normas e indicaciones, como: asistencia,

puntualidad, presentación personal (cabello corto para los varones, para las mujeres el cabello sujetado y sin teñir, sin maquillaje, etc.) y uso del uniforme que indica la Institución Educativa.

- Presentando sus inquietudes, sugerencias y/o reclamos a quien

corresponda de manera oportuna dentro de un diálogo respetuoso y adecuado.

- Participando en las comisiones u actividades según organice la

Asociación de Comités de Aulas de la Institución Educativa, apoyando en actividades que beneficien directamente a los estudiantes.

- Firmar las Tarjetas Informativas, pruebas de evaluación y los

documentos que le remita la Institución Educativa.

- Los Padres de Familia tienen el Derecho a:

- Que sus hijos reciban formación acorde a los objetivos y fines de la Institución Educativa.

- Ser informados oportunamente del rendimiento académico y de

conducta de sus hijos a través de las Tarjetas Informativas, cada Bimestre.

- Ser atendido respetuosa y oportunamente por los docentes,

directivos y personal de la Institución Educativa, en horario de atención pre-establecido por la institución.

- Solicitar información en situaciones que amerite explicaciones,

utilizando el conducto regular (Tutor(a), Docente de Área, Coordinadores de Área, Dirección, según sea el caso).

- Conocer y cumplir lo prescrito en el presente Reglamento.

- Recibir información oportuna sobre el desempeño conductual y actitudinal de sus menores hijos(as) por parte del Tutor(a) y/o el departamento psicológico, en los horarios establecidos. La Institución Educativa solo asume la parte formativa y educativa de los estudiantes, en caso de presentarse una situación en que el estudiante amerite una atención especializada esto será de entera responsabilidad y obligación del Padre de Familia. Debiendo acatar las sugerencias del (la) tutor(a) y del Departamento Psicológico.

Prohibiciones a los Padres de Familia:

- Faltar el respeto y/o ejercer presiones sobre el personal de la

Institución Educativa.

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- Contratar a los docentes de la Institución Educativa para dar clases particulares a estudiantes de su propia sección.

- Invitar a los docentes a sus domicilios y otros lugares ajenos a la Institución Educativa, para tratar asuntos relacionados con la Institución Educativa.

- Dar obsequios al personal de la Institución Educativa a fin de lograr favores no éticos (Influenciar en las notas de aprovechamiento y/o conducta).

- Fomentar y/o realizar reuniones en sus domicilios u otros lugares ajenos a la institución para tratar asuntos relacionados a la institución educativa.

ARTÍCULO 19° En la Institución Educativa habrá tan solo una Asociación de

Comités de Aula de Padres de familia ACAPF-SJ que se rige por el presente

Reglamento y que han sido aprobados por la Dirección. La Dirección de la

Institución Educativa es la asesora natural de la ACAPF-SJ.

ARTÍCULO 20° Los miembros de la ACAPF-SJ está conformado por:

Padre y/o madre del estudiante.

Tutor, persona que sin ser padre o madre del estudiante menor de edad,

cuente con la autorización legal para ejercer la patria potestad

ARTÍCULO 21° La estructura orgánica de la ACAPF-SJ está integrada por:

Asamblea General de Comités de Aula de Padres de Familia.

El Comité Central.

Los Comités de Aulas.

ARTÍCULO 22° La Asociación de Comités de Aulas se constituye en el órgano de

representación de sus respectivos asociados y está constituida por la reunión de todos

los Comités de Aula, quienes representan a los Padres de Familia de cada sección de

la Institución Educativa. Los acuerdos, sugerencias y pedidos aprobados en beneficio

de mejorar el servicio educativo, obliga a sus integrantes a cumplirlos de conformidad

con su Reglamento.

ARTÍCULO 23° Las atribuciones de la Asamblea General de Comités son:

Elegir entre sus integrantes a los miembros del Comité Central.

Informar y ser informados de los diversos proyectos de la Institución Educativa.

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Informar y ser informados de los requerimientos para la Enseñanza-

Aprendizaje presentados por la Comunidad Educativa; sobre los

presupuestos, de los recursos y gastos, para que a su vez informe a sus

respectivas aulas.

Apoyar los Planes de Mejora, Proyectos curriculares, los Proyectos del

Desarrollo Humano Y otros que se contemplan en el Plan Anual de Trabajo.

Ser informados de los ingresos y egresos del Comité Central, por escrito

cada fin de año.

Aprobar el Plan de Trabajo del ACAPF-SJ, formulado por el Comité Central.

Aprobar la selección de textos para el Año Escolar en curso, en

coordinación con la Dirección y el personal Docente, con un Acta.

Aprobar la selección de textos para el Año Escolar en curso, en

coordinación con la Dirección y el personal Docente, con un Acta.

ARTÍCULO 24° Las Asambleas Generales son convocadas por el Presidente del

Comité Central en coordinación con la Dirección. Se realizan por lo menos dos

veces al año y se convocan en forma extraordinaria cuando se juzgue necesario.

Las Asambleas son dirigidas y canalizadas por el Presidente y/o la Dirección de la

Institución Educativa.

ARTÍCULO 25° La convocatoria a la Asamblea se hará con 48 horas de

anticipación, mediante esquelas firmadas por el Presidente y la Dirección,

precisando la fecha, hora y lugar, así como los puntos de la agenda a tratar.

ARTÍCULO 26° Los acuerdos de las Asambleas ordinarias y las extraordinarias,

se anotarán en el libro de actas y es llevado por el secretario de la directiva. Las

actas serán rubricadas por el Presidente, Secretario y por la Dirección de la

Institución Educativa para garantizar su transparencia.

ARTÍCULO 27° Los representantes de los Comités de Aula, participan con voz y

voto.

ARTÍCULO 28° El Comité Central de Padres de Familia de la ACAPF-SJ, se

constituye en un órgano organizativo y ejecutivo del buen gobierno de la

asociación.

ARTÍCULO 29° El Comité Central está integrado por:

Un Presidente(a)

Un Vicepresidente(a)

Un Tesorero(a).

Un Secretario(a).

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Un Vocal.

ARTÍCULO 30° Las funciones del Comité Central son las siguientes:

Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo en coordinación con la Dirección.

Ejecutar las acciones que aseguren el cumplimiento del Plan de Trabajo,

contando con las sugerencias, aportes y apoyos incondicionales de la

Asamblea General por tratarse del mejor servicio a nuestros estudiantes.

Organizar, dirigir, ejecutar e informar sobre las actividades

extracurriculares (kermesse, bingos y otros) realizadas en la Institución

Educativa, siempre con un representante de la sustitución.

Coordinar con la Dirección de los recursos económicos captados en las

diferentes actividades realizadas en conjunto con la Institución educativa y

cualquier otra actividad extraordinaria con la aprobación de la Dirección.

El manejo financiero, es gestionado por el Comité Central en coordinación

con la Dirección y la Administración de la Institución Educativa.

Comité Central con la Dirección están obligados a resolver cualquier

reclamo que presenten los asociados con el debido sustento y por escrito,

caso contrario tales Reclamos serán rechazados de plano. El Comité

Central y la Dirección se reservan el derecho de acudir a la justicia y tomar

las medidas del caso.

ARTÍCULO 31° Las sesiones del Comité Central ordinarias y/o extraordinarias,

registradas en el Libro de Actas, estas reuniones deben celebrarse en los

ambientes de la institución.

ARTÍCULO 32° Las sesiones ordinarias y extraordinarias serán convocadas con

la debida anticipación, ya sea por el Presidente del Comité Central o por la

Dirección. Las reuniones deben ser para programar, ejecutar y evaluar las tareas

concernientes para la buena marcha de la Comunidad Educativa; en caso de ser

necesario se deberá aplicar los correctivos para el logro de los fines y objetivos

que nos permitan llegar a la excelencia deseada.

ARTÍCULO 33° El Quórum para las sesiones del Comité Central, será la mitad

más uno y los acuerdos que se adopten se tomarán por unanimidad o por mayoría

simple.

ARTÍCULO 34° Los miembros del Comité Central son designados en Asamblea

General de Comités de Aula y los miembros de los Comités de Aula son

designados en reunión general de Padres de familia del aula respectiva. Para tal

fin los integrantes deben reunir los requisitos mínimos requeridos por la propia

Institución Educativa: Lealtad, honestidad, identidad, disponibilidad y espíritu de

servicio.

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ARTÍCULO 35° El tiempo de duración del mandato del Comité Central y de las

Directivas de los Comités de Aula de Padres será de dos años, pudiendo ser

ratificados por un año más. La Dirección de la Institución Educativa, podrá sustituir

a los miembros del Comité Central en los siguientes casos:

Por renuncia al cargo de algún miembro del Comité Central.

Por haber terminado sus estudios el hijo(a) del directivo del Comité Central.

Por haber sido trasladado de Institución Educativa, el hijo(a) del directivo del Comité Central.

Los miembros del Comité Central, serán elegidos de entre los miembros de los

Comités de Aula, a propuesta de los Tutores de Aula y de la Asamblea General,

por unanimidad o mayoría simple, la Dirección se reserva el derecho de la

respectiva aprobación.

ARTÍCULO 36° La Dirección de la Institución Educativa pondrá en conocimiento

de todas las áreas, la designación de los miembros de la Junta Directiva del Comité

Central, así como del Comité de Aula, para mejor desarrollo de sus funciones.

ARTÍCULO 37° Los miembros del Comité Central y Comités de Aula mantendrán

su cargo mientras el alumno esté matriculado en la Institución Educativa.

Del Presidente:

ARTÍCULO 38° Son funciones del Presidente:

Representar a la Asociación en actos oficiales y siempre que las

circunstancias así lo demande.

Cumplir y hacer cumplir los acuerdos aprobados en Asamblea General y

El Comité Central

Presidir y dirigir las sesiones, ordenando el debate.

Autorizar y suscribir con la Dirección de la Institución Educativa y el

Secretario de Actas de la Junta Directiva, los documentos oficiales.

Autorizar y visar con el Tesorero de la ACAPF-SJ y el Administrador de la

Institución Educativa, los pagos, gastos y egresos que se hagan en forma

regular y documentada, disponiendo a la vez el más eficaz control sobre las

cuentas, balances y demás efectos.

Nombrar y supervisar la labor de las comisiones que se constituyan.

Del Vice-presidente:

ARTÍCULO 39º Son funciones del Vice-presidente:

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Reemplazar al Presidente por ausencia o impedimento, con todas las

funciones inherentes al cargo dando cuenta posteriormente a la Asamblea

General y El Comité Central.

Apoyar y colaborar en las acciones de los demás miembros del Comité Central.

Del Secretario:

ARTÍCULO 40º Son funciones del Secretario:

Asistir con puntualidad a todas las sesiones del Comité Central, para

ordenar y dar cuenta del despacho, refrendando los oficios y demás

documentos que se tramitan u ordenen.

Redactar y firmar las actas, resoluciones y correspondencia, así como

todas las esquelas de citaciones, avisos, circulares, y lo que se disponga

en las sesiones.

Llevar los libros de actas de sesiones, el padrón de registro de asociados,

los bienes asignados a la Secretaria, cuidar del archivo, bajo inventario y

su organización.

Efectuar las demás funciones inherentes a su cargo y auxiliar a la

Presidencia de manera general.

Apoyar y colaborar en las acciones de los demás miembros del Comité Central.

Del Tesorero:

ARTÍCULO 41º Son funciones del Tesorero:

Ser responsable conjuntamente con el Presidente del Comité Central y el

Administrador del colegio de los fondos de la Asociación.

Recabar y controlar los ingresos ordinarios y extraordinarios que

correspondan a la Asociación.

Llevar la contabilidad, presentando los estados de cuentas mensuales y el

balance general al término del ejercicio.

Verificar los gastos y obligaciones que se generen, de acuerdo con las

disposiciones establecidas, recabando para su pago las visaciones

respectivas del Presidente, Administrador y Director.

Llevar todas las otras funciones propias de su cargo.

Apoyar y colaborar en las acciones de los miembros del Comité Central.

De las Vocalías:

ARTÍCULO 42º Son funciones de las Vocalías las siguientes:

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Asesorar y colaborar con la Junta Directiva en los aspectos culturales, de

bienestar, recreación y deportivos de la Institución Educativa. Asimismo,

acompañar para cualquier actividad para todo el proceso de charlas para

la Escuela de Padres, de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la

Dirección.

Colaborar con los Órganos de Dirección y Ejecución de la Institución

Educativa, en los aspectos de bienestar, recreación y deportivo, de

acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Dirección.

Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva.

Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Presidente de la

Junta Directiva, así como el reglamento de la ACAPF–SJ.

RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA ASOCIACIÓN DEL COMITÉ DE AULA DE

PADRES DE FAMILIA DE LA I.E.P. SANTÍSIMO JESÚS (ACAPF - SJ)

ARTÍCULO 43º Constituyen recursos de la Asociación:

Los fondos que recaude la Asociación en las actividades realizadas,

conforme a lo aprobado por la Dirección de la Institución Educativa.

Los cobros que se realicen por conceptos de multas, impuestas a los Padres de Familias por sus inasistencias injustificadas a las reuniones.

Donaciones y legados.

Otros recursos que le sean asignados o que procedan de otra fuente.

ARTÍCULO 44º Los recursos de la Asociación serán destinados exclusivamente

para el mejoramiento del servicio educativo, equipamiento y mobiliario escolar de

la Institución Educativa.

Para el funcionamiento de la ASOCIACIÓN DE COMITÉS DE AULA DE PADRES

DE FAMILIA (ACAPF), solo se podrá adquirir los útiles de oficina que sean

indispensables para el desarrollo de las actividades formuladas en su Plan de

Trabajo, en coordinación con la Administración de la Institución Educativa.

ARTÍCULO 45º La cuenta o cuentas bancarias que se habrán con los fondos

recaudados por la Asociación de Padres de Familia deben ser a nombres del

Presidente del Comité Central y la Dirección de la Institución Educativa.

ARTÍCULO 46º Todos los bienes que se adquieran con los fondos de la ACAPF-

SJ, deben realizarse a nombre de la Institución Educativa.

ARTÍCULO 47º El Comité Central cesante hará entrega del cargo a la Junta

Directiva entrante, dentro de los cinco días calendarios a partir de la fecha de su

designación, levantándose el acta de relevo de cargo respectivo.

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La entrega de cargo se hará bajo inventario, comprendiendo todo el acervo

documentario (libros de contabilidad, balance y toda otra documentación), así

como la relación de los bienes muebles determinados por el número de serie de

ser el caso; dicha entrega física será suscrita por ambas juntas directivas. En caso

de incumplimiento de la entrega de cargo y del inventario, el nuevo Comité Central

hará la denuncia correspondiente ante la Autoridad Educativa, Policial o Judicial

competente para su investigación y sanción del caso.

ARTÍCULO 48º La Dirección de la Institución Educativa brinda las facilidades necesarias a la

ACAPF-SJ de la manera siguiente:

Uso del local para las reuniones ordinarias y extraordinarias.

Distribuciones de citaciones, boletines y circulares.

Uso de servicios, equipo y mobiliario, dependiendo de su disposición y destino.

ARTÍCULO 49º La continuidad de los miembros del Comité Central es definida por

la Dirección, por un periodo de dos (02) años, pudiendo ser ratificados por un año

más, con la condición que tengan hijo o hijos matriculados en la Institución

Educativa.

ARTÍCULO 50º El Comité Central no podrá ser integrado por:

El personal Directivo jerárquico, docente o administrativo de la Institución Educativa.

Las integrantes de la orden Promotora de la Institución Educativa y sus

familiares, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.

Los apoderados que en forma transitoria asumen responsabilidades sobre

el estudiante.

CAPÍTULO II

DE LOS COMITÉS DE AULA

ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

ARTÍCULO 51° Los Comités de Aula de cada sección son órganos de

participación y apoyo de las actividades del tutor(a) o Docente del Aula, tiene por

finalidad propiciar la participación de los Padres de Familia en el proceso educativo

de sus hijos, el mismo que hace las veces de asesor. Los Comités de Aula forman

parte de los órganos de gobierno de la Asociación de Comités de Aula de Padres

de Familia de la I.E.P “Santísimo Jesús”. No es autónomo y depende

jerárquicamente de esta última y de la Dirección de la Institución.

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Los Comités formados como agentes de la educación, tendrán una especial

competencia en los campos de las actividades complementarias al proceso

educativo.

Específicamente buscarán:

Difundir y reafirmar los principios axiológicos de la Institución Educativa entre los Padres de Familia y los estudiantes del grado a su cargo.

Estimular la participación mayoritaria de los Padres de Familia del respectivo grado o año, favoreciendo el espíritu de unión y en beneficio de los estudiantes. Ser responsable y gestionar con el tutor(a) los movimientos económicos en el aula.

ARTÍCULO 52° En el mes de marzo de cada año, la dirección convoca a los

Padres de Familia o apoderados de aula, a efectos de organizar el Comité de Aula

de Padres de Familia. Para su constitución se toma en cuenta lo siguiente:

Cada Comité estará compuesto por un número de Padres de Familias de

acuerdo con los objetivos y las necesidades; siendo el mínimo requerido

de cuatro miembros.

Entre los elegidos se nombrará a un Presidente, un Vicepresidente, un

Tesorero y un Secretario. Adicionalmente de nombrará un Vocal que

reemplazará en caso de retiro a uno de los miembros, en una reunión de

Padres de Familia en el aula.

Los Comités de Aula trabajarán en coordinación con el Comité Central de

Padres de Familia, la Dirección de la Institución, Subdirecciones,

Coordinadores de Área, Maestros o Tutores del grado a su cargo.

Los miembros de los Comités, una vez elegidos, continuarán en el cargo

hasta que ellos soliciten su retiro o la Autoridad estime oportuno un cambio.

Normalmente, al término del año de cada Comité de Aula se considerará

que todos los Comités han puesto a disposición su cargo, quedando la

Dirección facultada para el nombramiento de la nueva Junta Directiva y del

nuevo Comité de Aula.

ARTÍCULO 53° Son funciones de los miembros de los Comités de Aula:

Presidente y/o Vicepresidente:

Representar al Comité de Aula.

Coordinar con la autoridad educativa todas las actividades previamente

aprobadas en el Comité de Aula.

Firmar con el secretario el libro de actas que reporta los acuerdos del

Comité y las actividades realizadas.

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Convocar y presidir las reuniones del Comité.

Resolver, con la asesoría de la Dirección, cualquier situación en

desacuerdo, acompañado con la mayoría de integrantes del Comité de

Aula.

Secretario:

Llevar el libro de actas del Comité y firmarlo con el Presidente.

Redactar, suscribir y remitir las comunicaciones que el presidente le indique.

Realizar aquellas actividades propias a su cargo, o las que el Presidente solicite.

Tesorero:

Firmar con el Presidente la documentación propia del caso.

Mantener al día un libro de ingreso y gastos.

Proponer acciones de carácter económico que beneficien al fondo del Comité.

Recaudar el dinero obtenido de las multas de los Padres de Familia que no

han asistido a las reuniones convocadas, por la Institución Educativa o por

el Comité de Aula y/o Comité Central y destinar el monto en beneficio de

su aula.

Elaborar presupuestos y balances, así como informes económicos para la

Dirección, la Directiva de la Asociación de Padres de Familia y los Padres

del grado a su cargo, incluyendo la permanente actualización contable y

los reportes de individualización de las cuentas de los estudiantes de la

Promoción.

Gestionar ante la Dirección la aprobación de gastos aprobados

previamente por el Comité, acompañado de la firma del Presidente del

Comité.

Vocales:

Colaborar en las actividades que el Comité programe.

Ejecutar aquellas acciones que el Comité acuerde.

ARTÍCULO 54° Cada Comité de Aula, elaborará un Plan de Trabajo Anual con el

Tutor o Docente del aula, el mismo que será aprobado y evaluado por la Dirección.

Los Presidentes de los Comités de Aula podrán reunirse y conformar la asamblea

General de Comités de Aula, bajo la presidencia de un Comité Central.

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CAPÍTULO III

DE LAS PENSIONES DE ENSEÑANZA, CUOTAS DE INGRESO

Y SISTEMAS DE BECAS

ARTÍCULO 55° Las pensiones de enseñanza son determinados por la Administración y Dirección de Institución Educativa establecidos de acuerdo al régimen económico de la Institución Educativa, que busca cumplir las necesidades que los niños requieren.

El costo de las pensiones de enseñanza y otros conceptos son los siguientes:

El pago de la cuota de ingreso o inscripción es solo para los estudiantes

nuevos y se fija anualmente. El pago es por estudiante para cualquiera de los

niveles de Primaria o Secundaria.

POR 01 ESTUDIANTE POR DOS HERMANOS

S/ 300.00 S/600.00

o Se cancela en la agencia del Banco Continental

El pago por concepto de Matrícula y/o ratificación de Matrícula para los dos

niveles de Primaria y Secundaria es el mismo que se realiza una sola vez

al año:

POR 01 ESTUDIANTE

POR 02 HERMANOS

S/ 430.00

S/ 800.00

POR 03 HERMANOS

POR 04 HERMANOS

S/ 1,170.00 S/ 1,520.00

o Se cancelan en los medios indicados por el Banco

Continental. Hay promociones de descuento especiales

en el mes de diciembre para los Padres de Familia que

pagan puntualmente durante el año escolar.

Las pensiones mensuales se pagan de marzo a diciembre, corresponden

a 10 pagos de pensiones durante el año. Para Primaria (1° a 6°) y

Secundaria (1° a 3°) en el presente año las pensiones serán las siguientes:

POR 01 ESTUDIANTE POR 02 HERMANOS

S/ 430.00 S/ 800.00

POR 03 HERMANOS

POR 04 HERMANOS

S/ 1,170.00 S/ 1,520.00

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Las pensiones para los alumnos de 4° y 5° grado de Secundaria serán:

POR 01 ESTUDIANTE

S/ 450.00

o Los estudiantes del 4° y 5°, tienen clases hasta las 5:15 p.m., tres veces

por semana, vale decir tienen un incremento de S/ 20.00 adicionales.

o Los estudiantes de 2°, 3° y 4° de secundaria tendrán un recargo de S/

15.00 adicionales los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y

diciembre por el Taller de Mecatrónica.

Oportunidad de pago de las pensiones: La pensión de enseñanza debe

cancelarse mensualmente, a más tardar en la última semana del mes hasta

el 30 o 31 del mismo, en la(s) agencia(s) y/o lugares establecidos por ella.

La cancelación de la matrícula o ratificación de matrícula 2019 será desde

diciembre 2018 hasta el 22 de enero de 2019, pasada esta fecha la Institución

Educativa se reservará el derecho de la vacante.

En caso del vencimiento del plazo, se le recargará el concepto de mora, es

decir, habrá un incremento para el pago de la pensión, por pago fuera de

fecha, por cada mes.

El monto designado se dará a conocer al inicio de clases.

Transcurridos dos meses en los cuales el Padre de Familia y/o apoderado

no hubiera cumplido con la cancelación total de las obligaciones a su cargo,

la Institución Educativa citará a reunión para dar tratamiento al problema,

en el cual se podrá suscribir un acuerdo que establezca nuevos

mecanismos de pago (nuevo cronograma de pago). De incumplirse dicho

cronograma de pago o de no lograrse ningún entendimiento, la Institución

Educativa estará facultada para suspender el servicio educativo y de no

entregar ninguna documentación hasta que el Padre de Familia regularice

sus pendientes económicos.

Se considera pensión atrasada o fuera de fecha cuando se vence el plazo

para su pago. No se condiciona la evaluación al pago de la pensión, sin

perjuicio del derecho de la Institución Educativa de retención de los

informes de evaluación, certificado u otros documentos correspondientes

a periodos no pagados.

En la institución Educativa no se usan procedimientos y/o mecanismos de

intimidación, que afecten la dignidad, la integridad física y/o moral de los

estudiantes para el cobro de pensiones. No están incluidos en este

supuesto, los mecanismos de notificación ordinarios orientados al cobro de

las mismas.

Por finalización del año escolar, en el mes de diciembre de 2019, las

pensiones deberán estar canceladas en su totalidad. Esto es indispensable

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para la matrícula y ratificación de la misma para el siguiente año. El haber

sido puntual en sus pagos o haber cumplido con los cronogramas

establecidos.

La pensión del mes de diciembre debe estar cancelada, asimismo cumplir

con la entrega total de los útiles escolares para recoger el Informe de

Progreso y/o Ficha Informativa de la finalización del año escolar

obligatoriamente.

Posibles aumentos: Se estima no habrá aumento en el año escolar, salvo

que se produzca un eventual incremento en los gastos y/o disminución de

los ingresos de la Institución Educativa, derivados de circunstancias ajenas

a la Institución Educativa, como un proceso inflacionario, nuevas

disposiciones legales que la afecten, devaluación y otros.

Otros conceptos, por los que se pagará solo cuando usted lo solicite, son:

Constancias

S/ 15.00

Certificado de Estudios

S/ 35.00

Traslado de Matrícula

S/ 80.00

Duplicado de Informe de Progreso y/o Ficha Informativa

S/ 15.00

Examen de Recuperación por Área

S/ 80.00

ARTÍCULO 56° La pensión de enseñanza debe ser cancelada por el Padre de

Familia con puntualidad.

ARTÍCULO 57° El monto de la Matrícula, por ningún motivo excederá al monto de

la pensión. El cual esta detallada en el BOLETÍN INFORMATIVO N° 001 de la

Institución Educativa, es distribuido en el momento de la matrícula del año escolar

cada año.

ARTÍCULO 58° La Dirección de la Institución Educativa determinará las becas a

aquellos Padres de Familia con dificultades económicas o personal luego de

haberse estudiado el caso, probadas y de acuerdo a la disponibilidad económica

de la Institución

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TÍTULO IV

GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPÍTULO I

DE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS

PLANEAMIENTO EDUCATIVO:

ARTÍCULO 59° El Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa Privada

"Santísimo Jesús" es anual e integrado, y es elaborado por la Directora con la

participación activa de toda la comunidad educativa.

ARTÍCULO 60° El personal de la Institución Educativa, formarán comisiones de

trabajo por áreas, con el fin de formular el cuerpo del Plan Anual de Trabajo,

establecer las coordinaciones a lo largo del año escolar.

ARTÍCULO 61° Concluido el trabajo de las comisiones, se articularán los resultados,

formando un solo documento que se llamará Plan Anual de Trabajo de la Institución

Educativa Privada "Santísimo Jesús", el mismo que será aprobado por Resolución

Directoral por la Dirección.

ARTÍCULO 62° La duración del año escolar será de acuerdo a lo estipulado por

las Normas de Inicio del Año Escolar. En caso de presentarse una situación de

emergencia con suspensión de clases, se esperará la decisión de la DREI o UGEL

para que en una reunión de emergencia los coordinadores de área elaboren un

plan de acción según sea el caso para la continuidad del avance curricular.

ACTUALIZACIÓN DE LOS DOCENTES

ARTÍCULO 63° La Dirección, promoverá y brindará facilidades para la

actualización del personal docente.

ARTÍCULO 64° De conformidad a los dispositivos vigentes, el acompañamiento y

asesoramiento interno estará a cargo del órgano directivo y de los Coordinadores

de Área,

La supervisión externa, a cargo de los Especialistas en Educación de la Dirección

Regional de Educación de lca.

RECURSOS DIDÁCTICOS:

ARTÍCULO 65° Los recursos didácticos (LIBROS) que no puedan ser elaborados

por los docentes serán proporcionados por la Dirección de la Institución, a los

docentes que lo soliciten, los mismos que serán devueltos en las mismas

condiciones con que lo recibieron.

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TÍTULO V

GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO I

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO 66° La Administración es responsable del funcionamiento coherente

del órgano administrativo, así como de supervisar y coordinar directamente con

secretaría, personal de mantenimiento, verificando se cumpla con lo establecido

en el Plan de Trabajo del Área de la Gestión Administrativa.

ARTÍCULO 67° La Supervisión de la Gestión Educativa Interna, está a cargo de

la Directora, y la externa a cargo de los Especialistas de la Dirección Regional de

Educación de lca (DRE-ICA).

CAPÍTULO II

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ARTÍCULO 68° La jornada diaria de trabajo del personal completo será de 7:30

am a 5:00 pm de lunes a viernes y los sábados de 7:45 a.m. a 1:00 p.m.

Las clases para los estudiantes serán en el siguiente horario:

Nivel de Educación Primaria de 7:45 a.m. a 2:40 p.m.

Nivel de Educación Secundaria de 7:40 a.m. a 3:15 p.m.

Los lunes, miércoles y viernes, los estudiantes de 4° y 5° secundaria

saldrán a las 5.15pm.

ARTÍCULO 69° Todo el personal sin excepción registrará su hora de ingreso y

salida en el control digital de Asistencia Diaria de la Institución.

ARTÍCULO 70° Seis tardanzas injustificadas, constituye una inasistencia

injustificada, la que será sancionada con un descuento equivalente a las 1/30 avas

partes de su haber mensual.

ARTÍCULO 71° EI Personal que falte a sus labores, deberá comunicarse por

cualquier medio a la Administración de la Institución, dentro de la primera hora de

su jornada laboral; pasada esta tolerancia, será considerada como inasistencia

injustificada.

ARTÍCULO 72° Toda ausencia al trabajo debe ser justificada por escrito y con

documentos probatorios dentro de las 24 horas de reincorporado el trabajador a la

Institución.

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ARTÍCULO 73° Toda ausencia injustificada será descontada con 1/30 partes del haber

mensual. Cuatro inasistencias consecutivas no avisadas, será causal de rescisión de

contrato; asimismo, quienes faltasen 10 o más días no consecutivos en el lapso de 60

días calendarios.

ARTÍCULO 74° Los trabajadores gozarán de 15 días de vacaciones al año, en las

fechas que programa el área de administración.

CAPÍTULO III

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES,

ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO

DE LOS DERECHOS:

ARTÍCULO 75° Los trabajadores de la Institución Educativa "Santísimo Jesús"

tienen derecho a:

Los docentes, auxiliares de educación y personal en general a una

remuneración con sus beneficios de Ley.

Realizar sus funciones en forma creativa dentro del marco de la

organización institucional.

Recibir el apoyo permanente para su capacitación y perfeccionamiento profesional.

Recibir una información oportuna acerca de las funciones y actividades

que se programen en el desarrollo de sus labores cotidianas.

Gozar de sus vacaciones que son irrenunciables.

Ser informado de su evaluación personal.

Ser reconocido por sus méritos.

Laborar en ambiente con condiciones de seguridad y salubridad.

Gozar de Seguro Social y familiar.

Licencias por enfermedad y maternidad / paternidad

En el caso de las colaboradoras que sean madres, tienen derecho a:

En cumplimiento de la Ley 27240, la madre trabajadora al término del período post natal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que su hijo tenga un año de edad. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral; y

Al uso del Lactario Institucional, con el que cuenta la Institución Educativa, esto en cumplimiento del Decreto Supremo N° 009-

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2006-MIMDES, el mismo que puede ser usado en forma diaria con un máximo de una hora al día, independientemente de la hora de lactancia materna. Este derecho de uso del Lactario Institucional, la madre trabajadora lo tiene hasta que su hijo tenga dos años de edad. Este espacio físico cuenta con todas las características necesarias para poder conservar la leche materna correctamente. El Procedimiento del Lactario Institucional es el siguiente:

1. Registro: Toda madre trabajadora deberá ser registrada en la Oficina de Tópico en un Kardex, en el cual figuren sus datos completos y los de su menor hijo. Estos datos incluirán su situación laboral, área donde labora, fecha de inicio de uso de Lactario, fecha de fin de uso del lactario, uso de veces a la semana del lactario.

2. Luego del registro en la Oficina de Tópico, podrá acudir al Lactario para el uso correspondiente, previa inducción en el mismo.

3. Se debe llenar un formato de registro de asistencia, el mismo que se encontrará a disposición de la usuaria en el Lactario.

4. Las usuarias son responsables del uso adecuado del lactario y cualquier irregularidad deberá ser comunicado a la a la Oficina de Tópico y a la Oficina de Administración.

El Lactario está disponible durante todo el día desde las 07:45 am hasta las 04:00 pm de Lunes a Viernes y de 08:00 am hasta la 1:00 pm los días Sábados.

DE LOS DEBERES:

ARTÍCULO 76° Son deberes de los trabajadores de la Institución Educativa:

Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los documentos de gestión.

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Desempeñar sus funciones con ética, dignidad y eficacia, y con lealtad

velando por la Misión y Visión de la Institución Educativa.

Orientar al educando con respecto a su libertad, coordinando con los

Padres de Familia y la Dirección de la Institución Educativa, para su

formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las

acciones correspondientes para asegurar óptimos resultados.

Revisar la plataforma y correos institucionales de manera continua,

oportuna y obligatoria dentro de la jornada laboral. Así como facilitar la

comunicación por este medio.

Deberá llenar oportunamente y correctamente sus Registros de Evaluación,

sin dejar notas en blanco. En caso de justificación de las faltas de los

estudiantes a las evaluaciones y otros casos el docente informará a la

dirección para realizar la gestión necesaria, ya que es la dirección es el único

órgano para realizar alguna modificación.

Respetar el código de ética firmado al inicio de cada año escolar en el cual

establece que no debe dictar clases particulares a los estudiantes de la

institución, lo cual se considera una falta grave.

Respetar los valores éticos y sociales de la comunidad y participar en su

desarrollo cultural, cívico y patriótico.

Velar por el mantenimiento adecuado del local escolar, instalaciones y

equipamiento de la Institución.

Abstenerse de realizar en la Institución, actividades que contravengan a los

fines y objetivos de la misma, ni mucho menos hacer proselitismo político.

Deberá tener vocación de servicio y dar buen trato a los estudiantes sobre

todo en situaciones difíciles.

EI (La) docente(a) deberá presentarse puntualmente a la Institución Educativa.

Deberá atender a los problemas de los estudiantes, deberá buscar la

participación activa y constante del Padre de Familia en la tarea educativa.

Los docentes deberán llenar oportunamente los formatos establecidos

según el Procedimiento de Comunicación con los Padres de Familia, así

como también informar a las instancias correspondientes (Departamento

Psicológico y Dirección).

Deberá realizar reuniones planificadas con los Padres de Familia y/o el

Comité de Aula, en coordinación con la Dirección, para tratar los problemas

de sus estudiantes oportunamente. Llenando los formatos establecidos

según el procedimiento de comunicación con los Padres de Familia. Así

como informar oportunamente a las instancias correspondientes

(Departamento Psicológico y Dirección).

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Las actividades propuestas en el calendario Cívico Escolar, en caso que

implique movimiento económico, el docente Tutor(a), coordinará con el

Comité de Aula y se encargará de realizar la gestión correspondiente.

Durante la aplicación de una evaluación, los docentes tienen prohibido dar

recomendaciones o absolver dudas a los estudiantes, excepto en los

primeros grados de primeria, durante el primer semestre.

Tendrá al día su Carpeta Pedagógica y documentación en general. Así

como ser responsable del uso correcto del Cuaderno Anecdotario del aula

a su cargo y del cumplimiento de sus fines.

Remodelará el panel de ambientación de acuerdo a los criterios de

programación curricular establecidos.

Llevará a cabo las sesiones de aprendizaje, planificando adecuadamente cada una de ellas, elaborando sus materiales para todas las clases.

Toda inasistencia será debidamente justificada con documentos probatorios.

Deberá cumplir con los turnos y responsabilidades asignadas.

Deberá tener iniciativa, creatividad, aporte innovador en el cumplimiento

de sus funciones. Así como cumplir responsablemente con las actividades

y trabajos grupales, respetando la equidad y consolidando un resultado

óptimo.

Debe estar identificado con su DNI y asistir con el uniforme diariamente.

Respetará los acuerdos y directivas en su oportunidad.

Participará asertiva y oportunamente en las reuniones, respetando y cumpliendo los acuerdos y directivas.

Está terminantemente prohibido hablar por teléfono celular dentro del aula

y en reuniones de coordinación.

Asumirá el compromiso de su formación y capacitación permanente y

demostrar predisposición al cambio, sobre todo en el uso de los TIC’s.

Todo el personal firmará su carta de compromiso al inicio del año escolar.

La honestidad, comunicación efectiva y trabajo en equipo deben ser sus ejes de acción.

ESTÍMULOS:

ARTÍCULO 77° Los trabajadores de la Institución Educativa, se harán acreedores

a los siguientes estímulos:

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ESTÍMULOS ECONÓMICOS:

Bono a los docentes que cumplan los objetivos propuestos y el perfil del docente.

RECONOCIMIENTO

Se entregará resoluciones a los docentes que cumplan con el ciento por

ciento de las actividades programadas en el año.

FALTAS

ARTÍCULO 78° Los trabajadores de la Institución, incurren en falta cuando:

Realicen actos que riñen con la moral y las buenas costumbres dentro o

fuera del local de la Institución Educativa.

Dejar de concurrir a su centro de trabajo sin dejar aviso alguno.

Den maltratos físicos o psicológicos a los estudiantes.

No trabajan con honestidad, comunicación efectiva o en equipo.

Realizar ventas en la institución de alimentos y otros productos.

SANCIONES:

ARTÍCULO 79° En caso de incumplimiento de sus deberes y obligaciones, a los

trabajadores les son aplicables las siguientes sanciones:

Amonestación verbal.

Amonestación escrita.

Suspensión temporal en el ejercicio de sus funciones, sin remuneración alguna.

De faltar al código de ética firmado al inicio del año escolar será causal de rescindir el contrato.

Rescisión del contrato.

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CAPÍTULO IV

DE LA MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN

DE LA MATRÍCULA:

ARTÍCULO 80° Tendrán acceso a la Institución Educativa, niños que deseen

recibir atención Educativa de conformidad al reglamento y normas de los Niveles

de Educación Primaria y Educación Secundaria de Menores.

ARTÍCULO 81° Son requisitos para ratificación de la matrícula:

Partida de Nacimiento (original o copia legalizada).

Copia del DNI.

Certificado de Estudios en Primaria.

Resolución de Traslado (si viene de otra I.E.).

Dos fotografías tamaño carné

Cancelar pagos de ley Matrícula y pensiones mensuales.

Firmar el contrato de servicio y/o solicitud de matrícula.

Presencia de los padres.

Que exista vacante en el grado de estudio solicitado.

Ficha de Matrícula.

Certificado de Estudios

Libreta de Notas del colegio de procedencia.

Firma de la solicitud de matrícula.

Partida de Nacimiento.

Copia del D.N.I del estudiante y el de los apoderados.

Dos fotos tamaño carné.

Resolución de traslado vía SIAGIE y en físico.

Constancia de no adeudo.

Constancia de buena conducta.

Cancelar los derechos correspondientes.

Presencia de los padres u apoderados.

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Entrevista psicológica

Participar de la Lista de Cotejo.

ARTÍCULO 82° Traslado de la Institución Educativa a otra Institución Educativa:

Solicitud escrita de la persona que matriculó al niño.

Constancia de Vacante de la Institución Educativa de destino.

Estar al día en sus obligaciones económicas en la Institución.

Resolución de Traslado.

Certificado de Estudios de los años estudiados en la Institución.

Realizar el pago correspondiente.

DE LA EVALUACIÓN:

Es un proceso permanente de comunicación y reflexión sobre los resultados de los aprendizajes de los estudiantes. Este proceso se considera formativo, integral y continuo, y busca identificar los avances, dificultades y logros de los estudiantes con el fin de brindarles el apoyo pedagógico que necesiten para mejorar.

Artículo 83º La evaluación en la Institución Educativa “Santísimo Jesús” es en base a las competencias del Currículo Nacional de la Educación Básica y se tomará en cuenta los siguientes puntos:

La calificación en el nivel primaria será cualitativa, teniendo en cuenta la siguiente escala:

CALIFICACIÓN DESCRIPCIÓN

AD Logro destacado

Cuando el estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto a la competencia. Esto quiere decir que demuestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado.

A Logro esperado Cuando el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, demostrando manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado.

B En proceso Cuando el estudiante está próximo o cerca al nivel esperado respecto a la competencia, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.

C En inicio Cuando el estudiante muestra un progreso mínimo en una competencia de acuerdo al nivel esperado. Evidencia con

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La calificación en el nivel secundaria será cuantitativa o como disponga al inicio del año escolar el Ministerio de Educación.

En todas las Áreas curriculares recibirán exámenes corregidos en un plazo máximo de tres días, para ser analizados con el docente.

La Dirección Académica puede autorizar por escrito previa solicitud con documentos probatorios, el adelanto o postergación de las evaluaciones escritas, en los casos de enfermedad o por cualquier otro motivo.

Las calificaciones de las diferentes áreas se colocarán de acuerdo al siguiente cuadro:

Grados ÁREAS Comunicación Matemática Ciencias

Sociales Ciencia y tecnología

Otras áreas

1RO A EVALUACION EVALUACION EVALUACION EVALUACION EVALUACI 3RO ES ESCRITAS ES ESCRITAS ES ESCRITAS ES ESCRITAS ÓN

CADA TRES CADA TRES CADA TRES CADA TRES ESCRITA SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS MENSUAL EVALUACION EVALUACION FOROS CADA FOROS CADA

ES ES BIMESTRE BIMESTRE

VIRTUALES VIRTUALES NOTA MAXIMA NOTA MAXIMA

CADA CADA DE 20 DE 20

QUINCENA QUINCENA

NOTA MAXIMA NOTA MAXIMA

DE 20 DE 20

4TO Y EVALUACION EVALUACION EVALUACION EVALUACION EVALUACI 5TO ES ESCRITAS ES ESCRITAS ES ESCRITAS ES ESCRITAS ÓN

CADA CADA CADA CADA ESCRITA QUINCENA QUINCENA QUINCENA QUINCENA MENSUAL SEMANAS SEMANAS SEMANAS SEMANAS

EVALUACION EVALUACION NOTA MAXIMA NOTA MAXIMA

ES ES DE 20 DE 20

VIRTUALES VIRTUALES

CADA CADA

QUINCENA QUINCENA

NOTA MAXIMA NOTA MAXIMA

DE 20 DE 20

En las diferentes áreas se toman evaluaciones de proceso con nota máxima: 18 ó AD

Los cuadernos tienen una nota máxima de: 18 ó AD

En el área de Matemática se presentan Prácticas Calificadas Quincenales,

cuya nota máxima es: 18 ó AD

El promedio de área se saca teniendo en cuenta el promedio de cada

capacidad de cada curso.

Para sacar el puntaje general de puestos se suman los promedios de cada curso más la nota de conducta multiplicada por diez.

frecuencia dificultades en el desarrollo de las tareas, por lo que necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente.

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Los criterios para evaluar conducta son: Presentación personal, puntualidad,

cuidado del patrimonio de la institución, orden y limpieza, respeto de las

normas de convivencia, nota de conducta del auxiliar y notas de conducta del

Tutor(a), Psicóloga y Directora.

Las Evaluaciones virtuales también serán consideradas para promediar.

DE LA CERTIFICACIÓN

- Los estudiantes que terminan su Nivel Académico de Primaria y/o Nivel académico de Secundaria deben presentar una solicitud pidiendo la emisión de su Certificado de Estudios de acuerdo al nivel que estén culminando, realizar el pago correspondiente, a la vez deben presentar 2 fotos tamaño carnet en la cual porten el uniforme de la Institución.

- ARTÍCULO 84° La Dirección de la Institución Educativa, proporcionará a los

docentes los documentos de evaluación: registros, fichas de información,

fichas integrales, etc.

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ARTÍCULO 85º.-

DEFINICIÓN.

CAPÍTULO V

NORMAS DE CONVIVENCIA

Se entiende por normas de convivencia al conjunto de relaciones individuales y

grupales que conforman la vida escolar.

Se trata que los estudiantes vivan la experiencia de que las normas respetan sus

derechos y que ellos aprenden a respetar el derecho de los demás.

La elaboración de las Normas de Convivencia de la Institución Educativa y los

acuerdos de aula sus consensuadas y vinculantes a todos los integrantes de la

Institución Educativa.

Las normas y acuerdos garantizan la organización y participación estudiantil a nivel

de la Institución Educativa y de aula. También contempla a los estudiantes con

necesidades educativas especiales, asociadas o no, a discapacidad sobre

dotación y talento.

En las normas se deben tomar en cuenta el respeto a las costumbres y

manifestaciones de las diferentes culturas que influyen en la Institución Educativa,

considerando también las diversas creencias y manifestaciones religiosas.

La elaboración de las normas de convivencias escolar se elaboró respetando la

ley N° 29719, ley que promueve la convivencia sin violencia en la Institución

Educativa y su reglamento aprobado por D.S. N° 010 – 2012, donde indica los

lineamientos para la gestión de la Convivencia Escolar.

La convivencia democrática tiene como finalidad propiciar procesos de

democratización en las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa,

como fundamento de una cultura de paz y equidad entre personas contribuyendo

de este modo a la prevención del acoso y otras formas de violencia entre

estudiantes.

En la institución educativa Santísimo Jesús se promueve permanentemente la

convivencia armoniosa y se aborda bajo un enfoque preventivo e integral los casos

de violencia escolar que puedan suscitarse en la institución por ello nuestra

institución:

a. Implementa talleres de prevención de la violencia escolar como parte del

programa de tutoría en todos los grados y niveles.

b. Implementa el registro de incidencias, a cargo de la Dirección, en el que

se reportan las acciones realizadas al respecto.

c. Conforma el Comité de Tutoría, orientación educativa y convivencia escolar

sin violencia conformada por la Directora, el coordinador académico, el

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departamento psicológico, representante de los padres de familia y el fiscal

escolar, así como el o los tutores de los estudiantes, que tienen la

responsabilidad de indagar e intervenir en los casos reportados.

d. Elabora anualmente el plan de T.O.E. y comunica a las autoridades pertinentes.

e. Integrantes del Comité de Disciplina y Convivencia Escolar, CONEI 2019

Directora

Lic. Yudy, Hernández Egocheaga

Dpto. psicológico

Lic. María Fernanda Martínez Polanco

Representante de los PPFF

Sr. Julio Pacheco

Fiscal escolar 2019

Est. Gabriel Zárate Domínguez

ARTÍCULO 86° DEL ROL Y COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.

La promoción de convivencia escolar requiere de la coordinación permanente con

los Padres de Familia, para lo cual se efectúan los siguientes pasos:

a. Citar a los padres de los estudiantes involucrados y coordinar con ellos

sobre las acciones a realizar para intervenir en cada caso.

b. Realizar reuniones para coordinar acciones de prevención.

c. Aplica prácticas restaurativas para la solución del conflicto.

d. Garantizar el bienestar integral del estudiante y, por tanto, asegurar un

manejo prudente de la información en cada caso, así como el derecho de

todo estudiante a ser tratado de una forma digna y justa.

e. Registrar en el Libro de Incidencias sobre violencia y acoso entre

escolares, el trámite seguido a cada caso, el resultado de la investigación

y la sanción aplicada, cuando corresponda.

f. Toma las medidas adecuadas para asegurar el apoyo correspondiente a

los estudiantes que hayan recibido agresión en la institución.

g. Reportar al portal del SISEVE según sea el caso.

ARTÍCULO 87° DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR

El equipo de la convivencia escolar está conformado de la siguiente manera:

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Dirección

Lic. Yudy Hernández Egocheaga

Coordinador Académico

Lic. Eduardo Valencia Peña

Coordinador de Tutoría

Lic. María Fernanda Martínez Polanco

Tutores de los estudiantes

Responsable del SISEVE

María Teresa Arones Anchante y María Fernanda Martínez Polanco.

Representantes de los PP.FF

Sr. Julio Pacheco Postigo

Fiscal Escolar 2019

Est. Gabriel Zárate Domínguez

ARTÍCULO 88° FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Son funciones del equipo de Comité de la convivencia escolar:

a. Planificar, implementar, ejecutar y evaluar el plan de TOE con la

participación de los estudiantes, el mismo que debe incluir acciones

formativas, preventivas y de atención integral.

b. Incentivar la participación de los integrantes de la comunidad educativa en

la promoción de la buena convivencia escolar.

c. Promover la incorporación de la convivencia escolar en los instrumentos de

gestión de la institución educativa.

d. Liderar el proceso de construcción de las normas de convivencia

consensuadas entre los integrantes de la comunidad educativa.

e. Desarrollar acciones que favorezcan la calidad de las relaciones entre los

integrantes de la comunidad educativa; especialmente entre la relación

docente-estudiante y estudiante-docente.

f. Promover al desarrollo de las competencias y actitudes de las y los docentes,

así como del personal directivo, administrativo y de servicio que permita la

implementación de acciones para la convivencia democrática en la institución

educativa.

g. Registrar los casos de violencia y acoso entre los estudiantes en el libro de

Registro de Incidencias de la Institución Educativa, así como consolidar

información existente en los cuadernos de incidencias y los anecdotarios

del aula, a fin de que tomen las medidas pertinentes y permitan la

elaboración de las estadísticas correspondiente.

h. Adoptar medidas de protección, contención y corrección, frente a los casos

de violencia y acoso entre estudiantes, en coordinación con la dirección.

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i. Informar periódicamente por escrito, a la directora de la Institución

Educativa acerca de los casos de violencia y acoso entre estudiantes,

anotados en el Libro de Registro de Incidencias, y de las medidas

adoptadas.

j. Informar a la directora sobre los estudiantes que requieran derivación para

una atención especializada a las entidades públicas y/o privadas.

k. Realizar en coordinación con la directora y los padres de familia y/o

apoderados el seguimiento respectivo de los y los estudiantes a

instituciones especializadas, garantizando su atención integral y

permanencia en la institución.

l. Reportar a las autoridades competentes de manera mensual sobre los

casos registrados.

m. Revisar y reformular los acuerdos del aula cada bimestre para consolidar

la buena convivencia escolar y el buen clima institucional.

n. Reporte al portal del SISEVE, según sea el caso.

ARTÍCULO 89° INDICADORES DE CONVIVENCIA EN LA DIMENSIÓN PERSONAL Y SOCIAL

DIMENSIÓN PERSONAL

SANCIONES

ACTITUDES

Incumplimiento de sus deberes o muestre conductas inadecuadas. -Amonestación verbal. -Amonestación escrita, consta en ficha de entrevista, con deméritos de acuerdo a las dimensiones, valor y actitud.

ORDEN

Usa uniforme completo de acuerdo con el reglamento. Es pulcro y ordenado en su presentación y en el contexto donde se desenvuelve.

PUNTUALIDAD

Es puntual en su asistencia al plantel, a clase y a la formación.

RESPONSABILIDAD

Participa activa y positivamente en las diferentes actividades. Demuestra eficacia en el cargo o misión encomendada con un espíritu colaborador, creativo e innovador. Presenta firmado su cuaderno de comunicados y desglosable puntualmente.

HONESTIDAD

Dice siempre la verdad y demuestra honradez en sus acciones.

-Citación al padre de familia que consta en la ficha de

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Respeta los derechos de autor, citando las fuentes de donde se obtuvo la información.

entrevista con acuerdos de ambos lados. -Carta de compromiso. -Matrícula condicional. -Separación definitiva documentado ante la UGEL y organismos pertinentes.

Comité de Disciplina: -Evalúa casos complejos. -Actividades reparadoras. -Nota de conducta afectada de acuerdo al grado y proporción del hecho. -Citación al PP.FF y estudiante. -Sanción y tomar conciencia de sus actos.

AUTONOMÍA

Muestra dominio de sí mimo en todas sus acciones. Respeta su ubicación según el plano de clase.

PERSEVERANCIA

Mantiene siempre una actitud responsable y proactiva en su quehacer educativo.

OBEDIENCIA

Acepta y cumple las normas establecidas en la Institución Educativa. Obedece a la autoridad que represente a la Institución.

DIMENSIÓN SOCIAL

SANCIONES

Sabe escuchar y respeta las opiniones de

Normas de Convivencia: los demás. Documento que ayuda a Se expresa y actúa con corrección y regular en los educandos las mesura. Normas de Convivencia. RESPETO Hace uso de las zonas asignadas. -Sistema de méritos y

Conserva en buen estado los bienes de la deméritos. institución. -Medidas correctivas. Destaca por sus buenos modales, siendo -Medidas preventivas. ejemplo para los demás. -Estímulos y sanciones. -Prohibiciones.

Colabora con las actividades del salón y

del colegio.

SOLIDARIDAD Demuestra interés por los demás y les

presta ayuda desinteresa

damente.

Brinda con frecuencia apoyo académico a

sus compañeros que lo solicitan.

TOLERANCIA

Acepta a sus compañeros, respetando

diferencia de opiniones.

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ARTÍCULO 90° MATRIZ PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA EN EL AULA.

VALORES

ACTITUDES

MICROACTITUDES

PROBLEMAS

RAZONES POR LAS CUALES CUMPLIR

CONSECUENCIAS POR NO CUMPLIR EL ACUERDO: MEDIDAS CORRECTIVAS

O

RD

EN

1. Orden

1. Ordenamos los materiales en su lugar.

2. Practicamos hábitos de higiene y limpieza.

Los estudiantes aún no han consolidado los hábitos de orden y aseo, sobre todo en sus materiales educativos.

1. Para ser mejores personas y ciudadanos.

2. Para ser ordenados y aseados con nuestra persona y con los materiales que utilizamos.

1. Pedir disculpas. 2. Amonestación verbal. 3. Nota en la agenda por parte

del tutor. 4. Reunión con el estudiante,

tutor y el padre de familia. 5. Nota desaprobatoria.

2. Demuestra.

3. Demostramos hábitos de higiene y limpieza en sus actividades escolares 4. Demostramos hábitos de higiene y limpieza en su presentación personal.

RE

SP

ON

SA

BIL

IDA

D

1. Mostrar.

1.1 Realizamos los trabajos en forma ordenada y responsable.

1.2 Ordenamos las exposiciones y presentación del material audiovisual.

1.3 Esperamos al profesor con el material correspondiente al curso.

1.4 Acatamos las indicaciones correspondientes al área en clase.

Los estudiantes no han

consolidado sus niveles de

1. Para formar el valor de la

responsabilidad en los

1. Pedir disculpas.

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2. Esfuerzo.

2.1 Trabajamos responsablemente durante la hora de clase.

2.2 Nos exigimos hacer el trabajo bien hecho.

2.3 Cumplimos con las obligaciones escolares.

2.4 Nos esforzamos para lograr niveles académicos acordes con las habilidades personales, demostrando iniciativa y creatividad.

responsabilidades como en

mostrar responsabilidad

esfuerzo, puntualidad y

perseverancia.

estudiantes, en sus

actividades académicas, su

formación emocional y

desarrollo integral

2. Dialogo con el tutor o

tutora del aula.

3. Citación al padre de

familia por parte del

tutor(a).

4. Reunión con el

estudiante, el tutor y el

padre de familia.

5. Nota desaprobatoria.

3. Puntualidad

.

3.1 Presentamos los trabajos y tareas puntualmente.

3.2 Finalizamos el trabajo asignado en el tiempo previsto.

3.3 Manejamos bien nuestros tiempos y horarios para el cumplimiento cabal de nuestras responsabilidades

3.4 Colaboramos con el inicio puntual de clase.

4. Perseveran

cia.

4.1 Demostramos un rendimiento académico adecuado en forma permanente.

4.2 Perseveramos en la superación de nuestras dificultades.

4.3 Cumplimos con los objetivos trazados en común acuerdo con los docentes.

4.4 Somos tenaces en la consecución de nuestros objetivos trazados.

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R

ES

PE

TO

1. Actitud

de

escucha.

1.1. Seguimos con atención las indicaciones y dictado de clase del profesor.

1.2. Escuchamos las intervenciones de los compañeros.

1.3. Respondemos en forma reflexiva. 1.4. Acatamos las normas de

seguridad y prevención.

Falta afianzar el valor del

respeto en nuestros

estudiantes, sobre todo en

sus relaciones

interpersonales en cuanto a:

- Actitud de escucha

- Dialogo

- Valoración de la

diversidad

- tolerancia

Para ser mejores personas con

la práctica de valores en sí

mismo(a) en sus relaciones

interpersonales del contexto en

el que se desenvuelve.

1. Pedir disculpas.

2. Amonestación verbal.

3. Citación al padre de

familia por parte del

tutor(a) y psicología.

4. Nota desaprobatoria.

2. Dialoga.

2.1 Mostramos apertura hacia las opiniones de los demás.

2.2 Respetamos el turno de intervención de nuestro interlocutor y compañeros.

2.3 Interactuamos y nos expresamos en forma cortes y adecuada.

2.4 Utilizamos el dialogo para resolver situaciones de conflicto.

3. Valoració

n de la

diversida

d

3.1 Reconocemos y valoramos la singularidad de los semejantes.

3.2 Demostramos respeto y flexibilidad frente a las diferencias.

3.3 Valoramos las diferentes expresiones culturales del país y otras realidades.

3.4 Respetamos a los educadores en su estilo y singularidad personal y demostramos honestidad en el desempeño de la clase.

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4. Toleranci

a

4.1 Respetamos los diferentes estilos y ritmos de aprendizaje de los compañeros.

4.2 Demostramos autocontrol y flexibilidad.

4.3 Aceptamos la crítica constructiva. 4.4 Mantenemos una actitud

equilibrada en el intercambio de opiniones.

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ARTÍCULO 91°: Las correcciones y/o sanciones se aplican a través de acciones preventivas y correctivas.

a. Las acciones preventivas son:

MEDIDAS PREVENTIVAS

Acordar con los estudiantes al inicio del año las Normas de Convivencia

y Reglamento que figura en el Cuaderno de Comunicados.

El padre de familia deberá firmar y devolver la hoja de compromiso

personal que figura en el Cuaderno de Comunicados, donde acepta que

conoce las Normas de Convivencia y Reglamento estipulados en el

mismo y pueda conversar con su hijo(a) al respecto.

Las orientaciones y/o reflexiones dadas a los alumnos por los diversos

estamentos.

Recomendaciones generales para formar la voluntad y el comportamiento ético en los estudiantes, consolidando los valores que los PP.FF. deben procurar, siendo estos los primeros responsables en la formación de los educandos.

Recomendaciones individuales, que los PP.FF. avalan en consecuencia con

su compromiso de colaborar, mutuamente, con LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA en la formación de sus hijos(as).

b. Las acciones correctivas generales para todos los estudiantes son:

Amonestaciones con disminución del puntaje en la calificación de conducta.

Advertencia oral o escrita al alumno(a) con notificación a sus padres o

apoderados y, según el caso, en presencia de ellos, quedando constancia

escrita del procedimiento.

Suspensión, según el proceso de análisis y evaluación realizado por LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA en los estamentos correspondientes. Y en casos

graves de indisciplina el Comité de Disciplina de cada nivel, según sus

funciones estipuladas en el Manual de Funciones.

Separación definitiva, según lo establecido y atendiendo al proceso que LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA emplea en estas situaciones, con respecto de las

normativas sancionadas en estos casos.

ARTÍCULO 92°La suspensión es aplicada por decisión de la Dirección, previo Informe del Comité de Disciplina, siguiente la reglamentación descrita en el Cuaderno de Comunicados del respectivo Nivel. La separación definitiva del Centro Educativo se hará por Decreto de Dirección, siguiendo el procedimiento establecido en el Manual de procedimientos.

ARTÍCULO 93° Se consideran faltas graves y, según la gravedad o reincidencia, causales de separación definitiva de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA dentro del marco de las disposiciones educativas emitidas por la Institución.

ARTÍCULO 94° Se procede a la separación definitiva del Centro Educativo y

cancelación de la matrícula, en los casos siguientes:

a. Todos los casos de faltas graves mencionados en este Reglamento o las

especificadas para cada Nivel en el Cuaderno de Comunicados y Reglamento

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Interno, debidamente comprobada y calificada por la Dirección General,

cometidas dentro o fuera del Colegio y después del proceso de investigación

determinado por el Colegio en sus procedimientos establecidos.

b. Incumplimiento de lo establecido en la Matrícula Condicional, porque no muestran

cambios positivos y significativos en sus actitudes y/o presentan rendimiento

académico deficiente.

c. No cumplir las exigencias académicas y/o conductuales del Colegio.

Demostrar falta reiterada y desinterés en los estudios.

d. Los estudiantes padres muestran actitudes de indiferencia, falta de decisión y

voluntad de cambio, pero de modo específico.

1. Falta de colaboración con todo aquello que contribuya a la mejora y al cambio

de las actitudes requeridas a su hijo(a) en función a su desarrollo integral

como persona. Se considera también como contrario a esta colaboración las

actitudes (verbales, gestuales y/o escritas) de falta de respecto y agresión a

la dignidad de la persona, en su integridad, a cualquier miembro de la

Comunidad Educativa.

2. Falta de participación en las actividades del Colegio.

ARTÍCULO 95°Los estudiantes que incurren en falta grave, a decisión de la Dirección General y con criterio discrecional, podrán ser separados definitivamente del Colegio o se harán acreedores a una suspensión de duración proporcional a la gravedad de su falta, según lo indica el Reglamento Interno.

ARTÍCULO 96° MATRICULA CONDICIONAL- Tiene Matrícula Condicional:

1. Los alumnos que cometan faltas graves y no respondan positivamente a

los correctivos aplicados.

2. Los alumnos desaprobados en conducta al finalizar el año.

ARTÍCULO 97° Superan esta condición los alumnos que demuestran cambio actitudinal positivo y permanente, supervisado y constado por las instancias correspondientes (Comité de Disciplina y Convivencia Escolar).

ARTÍCULO 98° Los estudiantes con matrícula condicional por razones conductuales recibirán un apoyo terapéutico externo constante por cuenta de los Padres de Familia, supervisado por el Departamento de Psicología.

ARTÍCULO 99° CARTA DE COMPROMISO.- Aquellos estudiantes que con conducta observada y el respectivo seguimiento por el Departamento Psicológico y como requisito para continuar en el Colegio deberán firmar con sus padres una Carta de Compromiso, para un semestre o un año lectivo con la finalidad de mejorar el aspecto conductual.

ARTÍCULO 100° El estudiante con Carta de Compromiso por razones conductuales está obligado a recibir el apoyo terapéutico constante del Departamento de Psicología, tanto a nivel interno como a nivel externa. Si el motivo de la carta es de tipo académico, igualmente recibirá el apoyo del Coordinador del Área Académica respectivas que le ayuden elevar su rendimiento académico.

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ARTÍCULO 101° Si concluido el tiempo de vigencia de la carta no se registra ninguna mejora en el estudiante, o bien si comete algún otro hecho irregular, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, comunicará a los padres y/o apoderado la exigencia de una Matrícula Condicional y/o otra medida pertinente que señale la Dirección.

ARTÍCULO 102° ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD.- la asistencia y la puntualidad son aspectos considerados importantes para la formación del comportamiento y en un criterio de calificación y, en consecuencia, todo estudiante debe asistir con puntualidad al Colegio, de acuerdo al horario señalado.

ARTÍCULO 104° La reglamentación sobre las tardanzas y las inasistencias es según

el Nivel Académico.

ARTÍCULO 105° Tenemos como Criterios de Conducta:

Puntualidad y Responsabilidad

Presentación Personal

Cuidado del Patrimonio Cultural

Fomentar el Orden y Limpieza

Cumplen los Acuerdos

ARTÍCULO 106° La justificación de inasistencia en fechas programadas para las evaluaciones durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, deberá venir acompañada por una carta de los padres o apoderado del estudiante que la sustente y explique debidamente. Igualmente, de ser el caso, deberá acompañar el respectivo certificado médico.

ARTÍCULO 107° El 30% de inasistencia injustificada de un estudiante a las clases

programadas y desarrolladas en una asignatura, dará lugar a la desaprobación en dicha asignatura.

ARTÍCULO 108° Después de la hora de la salida sólo deben permanecer en el Colegio los alumnos(as) que tienen alguna actividad organizada por LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA (deportivas, talleres, etc.)

ARTÍCULO 109° Es obligación de los padres de familia y apoderados ser puntuales en recoger a sus hijos(as) para evitar que se queden fuera del horario escolar sin el control de sus respectivos tutores(as). Los padres de los estudiantes y sus apoderados asumirán la responsabilidad ante cualquier evento al no recoger a tiempo a sus hijos(as).

ARTÍCULO 110° NORMAS DE CONDUCTA EN EL AULA.- Estipulamos aquí los deberes que aplican en general para todos los estudiantes según el Nivel (Primaria y Secundaria). Son deberes de todo estudiante Jesusino:

a) Tener un comportamiento respetuoso con las personas que ingresen al aula.

b) Tener un comportamiento disciplinado, atento y participativo durante el desarrollo

de las actividades académicas.

c) Mantener la limpieza y orden del salón.

d) Respetar el plano de ubicación en el aula (elaborado y publicado por el tutor(a)).

e) Reparar y/o reponer todo daño material ocasionado en el aula.

f) Permanecer dentro del aula durante los cambios de hora.

g) Saludar de manera respetuosa, a toda persona que visite el aula.

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h) Utilizar los materiales propios del curso que se está desarrollando; en caso

contrario, se aplicará la medida correctiva según lo estipulado en el Cuaderno de

Comunicados.

i) Tener autocontrol y no comer ni beber durante clases.

ARTÍCULO 111° NORMAS DE CONDUCTA EN EL PATIO.- En las horas de recreo,

todos los estudiantes saldrán al patio, permaneciendo solo en las zonas asignadas a su grado, evitando toda acción de violencia y de peligro en sus juegos, así como hablar groserías y posturas impropias en un Colegio, en especial las expresiones entre enamorados.

ARTÍCULO 112° Los estudiantes deben mantener los patios limpios depositando la basura en los recipientes, cuidando el medio ambiente.

ARTÍCULO 113° Los estudiantes que acudan al comedor deberán ser siempre respetuosos del orden de llegada y, de acuerdo con ello, respetar el orden en la atención.

ARTÍCULO 114° Los estudiantes que hacen uso del comedor, deberán mostrar buenos modales al ingerir sus alimentos, manteniendo la mesa limpia y dejando la bandeja en su lugar.

ARTÍCULO 115° Al finalizar el recreo, ingresarán de inmediato a sus aulas para re- iniciar sus clases.

ARTÍCULO 116° Los estudiantes respetarán el uso de los servicios higiénicos, utilizando sólo el que les corresponde, según las indicaciones y carteles indicados para dichos fines.

ARTÍCULO 117° NORMAS PARA EL USO DEL TALLER DE ARTE, TALLER DE VIOLÍN, LAB. CÓMPUTO, MECATRÓNICA, IDIOMAS E INFORMÁTICA.- El

alumno(a) se hace responsable del cuidado y orden de los diferentes ambientes del colegio. Cualquier daño a esos ambientes será reparado por los responsables.

Artículo 118° El estudiante se dirigirá en forma disciplinada (en orden y en silencio) a cualquier de estos ambientes, durante el traslado.

Artículo 119° Los estudiantes harán uso de estos ambientes en compañía del profesor(a) o tutor(a), quien es responsable de la permanencia y de la disciplina de sus alumnos(as).

Artículo 120°En los laboratorios de idiomas, ciencias y cómputo, el estudiante sólo deben realizar las actividades que hayan sido organizadas y autorizadas por el profesor(a) del curso.

Artículo 121° En las competencias deportivas a nivel internas y externas, los

estudiantes deben mostrar una actitud respetuosa, con un comportamiento en gestos y palabras, que refleje el respeto a sus competidores.

Artículo 122° El comportamiento del estudiante durante las actividades religiosas en

especial el lunes cívico estará regido por el orden, disciplina y el respeto, como expresión de la identidad del estudiante jesusino.

ARTÍCULO 123° NORMAS DE CONDUCTA EN JORNADAS DE REFLEXIÓN, PASEOS DE INTEGRACIÓN, ACTIVIDADES DE PASTORAL, VIAJES DE

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ESTUDIO Y/O PROMOCIÓN Y VISITAS CULTURALES.- Los estudiantes deben tener los implementos exigidos y necesarios para el desarrollo de la actividad. A estas actividades los estudiantes asisten con el buzo oficial del colegio, salvo indicación contraria hecha explícitamente por el profesor(a) responsable de las actividades.

Respecto a los viajes de estudio, visitas culturales jornadas y paseo de integración, participación en eventos deportivos y culturales se aplicaran las normas aprobadas por Resolución Viceministerial N°086-2015-MINEDU, de fecha 9 de diciembre del 2015.

COMPROMISO DE HONOR REGLAMENTO VIAJE DE PROMOCIÓN

El viaje de promoción es una actividad promovida exclusivamente por los PPFF y está planificado para lograr los siguientes objetivos en nuestros estudiantes:

1. Complementar la formación académica y desarrollar la formación conductual de

nuestros estudiantes, la cual debe traducirse en un comportamiento responsable

y respetuoso en todos los aspectos.

2. Reconocer y sensibilizar sobre la riqueza y el valor cultural de nuestro Perú, para

que cuiden y respeten nuestro legado cultural así como el medio ambiente.

3. Generar espacios para la fraternidad entre compañeros, inspirados y orientados

por el estilo Jesusino de ser familia, como una forma de la expresión cristiana de

convivencia.

4. Expresar y manejar con respeto los principios de las relaciones interpersonales.

5. Sensibilizar y promover la responsabilidad social, teniendo en cuenta la

problemática de pobreza y marginación de muchas familias peruanas,

especialmente niños y niñas.

A fin de cumplir con los objetivos propuestos, se establece el siguiente reglamento:

1. Siendo la excursión dentro del periodo escolar, el estudiante de LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA “SANTÍSIMO JESÚS” representa a la misma, como

imagen institucional; por lo tanto debe, en todo momento del viaje, asumir el

comportamiento adecuado a su condición de estudiante. En particular, se valora

el respeto a toda persona, sea del grupo de viaje así como todas aquellas con

las que interactuarán.

2. Los estudiantes serán agrupados en un número de 20 a 25 personas, teniendo

como responsable inmediato a uno de los profesores acompañantes.

3. Si algún estudiante se enfermara, se quedará en el hotel de estadía con uno de

los adultos que acompaña al grupo.

4. Cada estudiante es responsable de sus pertenencias y debe preocuparse del

cuidado y vigilancia de las mismas.

5. Si los alumnos ocasionaran algún daño o perjuicio en las instalaciones del hotel

o de cualquier establecimiento al que asistan tendrán que asumir los gastos que

esto implique. Se informará inmediatamente sobre los hechos a la dirección

general del colegio y, especialmente a sus padres quienes deberán enviar el

dinero para cubrir los daños causados.

6. Durante las visitas guiadas, tanto en el trayecto como durante las explicaciones

informativas y de estudio, los estudiantes deben prestar la debida atención y

mostrar un correcto comportamiento. De modo particular, propiciarán y tendrán

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la disposición adecuada para permitir que todos escuchen las explicaciones

respectivas.

7. Solo se podrá asistir a cualquier espectáculo nocturno acompañados por el

profesor responsable y con todo el grupo. La hora máxima de finalización de esta

actividad será 11:00 p.m.

8. Si el estudiante no estuviera seguro de cómo actuar en alguna circunstancia,

debe consultar a su profesor acompañante.

9. Si un estudiante por causa de su comportamiento inadecuado, contrario a los

objetivos del viaje diera motivo para determinar su regreso a Ica, tendrá que

asumir su responsabilidad frente a sus padres y al colegio.

10. Para el uso de las habitaciones al momento de dormir:

a. No pueden intercambiarse de cuarto.

b. Para la distribución en las habitaciones se forman grupos de hombres y

mujeres, pero no mixtos.

c. La hora de dormir se dará inmediatamente después del regreso de la

actividad nocturna programada.

d. No se puede fumar, según las normas legales que rigen para todo

establecimiento público y también como lo señala el reglamento del colegio.

e. No se puede llevar o invitar a personas extrañas al grupo a los dormitorios o

ambientes privados del hotel.

f. No se puede salir de los cuartos y caminar por los pasillos del hotel en el

horario señalado para dormir.

g. No se puede consumir bebidas energizantes.

11. Se considera falta:

a. Apartarse o abandonar su grupo durante las excursiones.

b. La impuntualidad que retrase el inicio de las excursiones y que perjudique al

grupo.

c. Dañar las instalaciones y/o mobiliario de los lugares visitados (Hotel,

restaurante, lugares turísticos, avión, buses, etc.)

d. Molestar a los huéspedes y personal del hotel o de lugares a donde se realice

la excursión.

e. Hacer ruidos o bullicio, salir de las habitaciones luego de la hora indicada

para dormir, molestar a sus compañeros y profesores.

f. Consumir bebidas energizantes que pueden poner en riesgo la salud del

alumno (a).

12. Se considera falta grave:

a. El consumir bebidas alcohólicas y/o fumar durante el viaje.

b. Ingerir cualquier tipo de droga.

c. Desobedecer una indicación o norma puntual impartida por un profesor o

profesora.

d. Poner en riesgo su vida o la de otra persona.

e. Promover o incitar riñas.

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13. De las sanciones:

a. La falta grave se sanciona con el regreso a Ica de quienes cometieron la falta.

b. Las otras faltas podrían ser sancionadas, después de la evaluación de los

hechos y considerando la disposición de los estudiantes.

c. Si la falta no estuviera tipificada, se realizará un consejo y se decidirá la

sanción correspondiente.

NORMAS PARA LA FIESTA DE PROMOCIÓN

Siendo la fiesta de promoción una actividad promovida por los PP.FF tiene como objetivos: la integración y el compartir por parte de los estudiantes en una actividad al final de su ciclo escolar y de esa manera dejar como recuerdo para ellos una experiencia grupal alegre y divertida.

Es deseo que esta fiesta cumpla con estos objetivos de una diversión sana y responsable, motivo por el cual se establece el siguiente reglamento:

Todos los estudiantes que asistan a la fiesta deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:

1. Participan de la fiesta de promoción los estudiantes matriculados en quinto grado

de secundaria en la fecha de su realización que así lo deseen los Padres de

Familia.

2. Los estudiantes participarán en la fiesta de promoción de acuerdo a las

condiciones establecidas por la comisión de fiesta y en el lugar señalado por ella

para su realización.

3. Los alumnos se presentan en la fiesta dentro del horario establecido para su

realización y con las formalidades señaladas por la comisión.

4. Los estudiantes dentro del periodo de la realización de la fiesta deberán

mantener un comportamiento respetuoso y cortés, consigo y con los demás

participantes de ella, lo cual se deberá traducir en lo siguiente:

a) Respetar las indicaciones y recomendaciones señaladas por los

responsables del manejo y cuidado de la realización de la fiesta.

b) Participar alegre y respetuosamente de los bailes, sin realizar ni promover

actos que vayan en contra de la moral y las buenas costumbres.

c) No está permitido la ingesta de alcohol, y/o cigarrillos durante el evento ni

llegar a ella con síntomas de haberlo consumido, bajo el esparcimiento de no

permitirles el ingreso a ella.

5. Los estudiantes harán uso responsable y cuidadoso de los utensilios, muebles e

infraestructura del local donde se realizará la fiesta. Cualquier daño que pudieran

causar a alguno de ellos, serán pagados por sus padres o apoderados.

6. Los estudiantes que se queden en hasta el final de la fiesta, se retiraran en el

momento indicado por los organizadores.

7. La fiesta de promoción debe realizarse antes de finalizar el año escolar.

8. Los padres organizadores de la fiesta son los responsables de hacer cumplir

este reglamento con el apoyo de todos los padres de familia de la promoción.

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ARTÍCULO 124° Cualquier falta a lo dispuesto anteriormente, merecerá una sanción de acuerdo al grado de la falta.

ARTÍCULO 125° PUBLICACIONES EN LOS MURALES.- Los temas de los murales conmemorativos del año, relacionados con hechos culturales, religiosos, históricos, cívicos y deportivos más trascendentales, se elaboran teniendo la participación de los estudiantes, docentes y Padres de Familia.

ARTÍCULO 126° PROHIBICIONES.- Se encuentra prohibido:

a. Ingresar, portar y/o consumir las sustancias toxicas mencionadas en los

acápites a y b, dentro del colegio, en sus alrededores o en las actividades

programadas por la institución educativa, serán consideradas faltas graves y

sancionadas como corresponde según reglamento.

b. Traer objetos que puedan ocasionar desorden, lesiones a las personas o atentar

contra la privacidad, ética, moral y las buenas costumbres de la comunidad

Educativa. En caso de incumplimiento, se afectará negativamente la calificación

en conducta y los objetos serán retenidos en la oficina de Normas Educativas,

hasta que el padre de familia se acerque a recogerlos.

c. Traer al local escolar armas de fuego y/o punzo cortantes. Transgredir esta

norma es falta grave y causa de separación del colegio, en coordinación con las

instancias oficiales del Ministerio de Educación.

d. Portar cualquier artículo electrónico (computadoras, teléfonos celulares, de

sonido, etc.) al colegio dentro del horario escolar y/o actividades programadas

por el Colegio. El colegio no se responsabiliza por la pérdida de estos objetos.

e. Realizar ventas o rifas, salvo aquellos autorizados por la dirección general.

f. Practicar juegos de azar y/o de interés económico y los que puedan

comprometer la salud y/o la integridad de las personas.

g. El uso de bicicletas, skates y patines en el interior del Colegio. En el caso de las

bicicletas, al ingresar al colegio, el alumno(a) deberá estacionarlos en el lugar

indicado.

h. El uso de maquillaje “Piercing”, tatuajes, cabello teñido y uñas pintadas.

i. Participar en cualquier acción (escrita, verbal, virtual, etc.) que atenta y lesiona

la dignidad, la ética, la fama, el buen nombre, la moral, las buenas costumbres,

los principios de todas y cada uno de aquellos que integran la Comunidad

Educativa de nuestro Colegio.

j. El ingreso de los alumnos(as) a lugares o ambientes no permitidos para ellos y

quedarse solos sin la autorización expresa de la autoridad respectiva.

k. Dañar o estropear los uniformes propios y/o de otros compañeros(as).

l. Traer objetos de valor, el Colegio no se responsabiliza por las pérdidas de dichos

objetos.

ARTÍCULO 127° NORMAS PARA EL USO DE UNIFORME ESCOLAR.- Para asistir al

colegio, el uso del uniforme escolar es obligatorio; así como, en todos los actos y ceremonias internas o externas. Y se tendrá en consideración:

a. Los estudiantes asistirán con el uniforme completo según diseño oficial de

verano o de invierno, de acuerdo a la disposición de la Dirección. Se usará en

buen estado, sin combinar prendas.

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b. El uniforme de deporte (buzo) es el modelo establecido por el colegio; su uso es

obligatorio durante las clases de Educación Física y/o en los trabajos de campo,

y se debe usar de martes a viernes.

c. Durante el año el estudiante se responsabiliza por el buen uso, cuidado y

presentación del uniforme, de sus útiles escolares, los cuales deben estar

marcados con sus nombres y apellidos.

d. Los varones deben tener el cabello corto, ordenado y limpio. Las damas deben

llevar el cabello ordenado

e. Está prohibido el uso de accesorios o cualquier implemento que atente contra la

sencillez, sobriedad y buena presentación establecida por el colegio.

ARTÍCULO 128° Cuando los estudiantes usen el uniforme tanto dentro como fuera de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA según lo establecido por el Reglamento, deben cuidar el prestigio y buen nombre del colegio.

ARTÍCULO 129° NORMAS PARA ENTREGA DE INFORME DE PROGRESO.-

Durante el año lectivo, las Fichas Informativas de progreso únicamente se entregarán a los padres o apoderados de los estudiantes que mantienen sus pensiones al día, sólo podrán recoger las Fichas Informativas de progreso los estudiantes cuyos padres no mantengan deuda pendiente.

ARTÍCULO 130° LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA se reserva el derecho a la matrícula del estudiante con deudas pendientes durante el año escolar anterior.

ARTÍCULO 131° Para las actividades propias de cada promoción se elige un Comité de Aula, cuya directiva estará constituida por padres de familia representante de la sección. El Comité de Aulas es responsable de la organización, consensuando democráticamente con el Padre de Familia. La participación en la promoción no es obligatoria, es voluntaria.

DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTÍCULO 132° LA INSTITUCIÓN promueve las normas de convivencia sin violencia y para ello aplica de manera sostenida las normas previstas en la ley N° 29719 y su Reglamento, que regula el acoso escolar en cualquiera de sus modalidades, cometidos entre sí, que provoca violencia y saldo de víctimas.

ARTÍCULO 133° LA INSTITUCIÓN cuenta con un Comité de Disciplina (conformado por Dirección, Coordinación de T.O.E., Coordinador Académico, Psicóloga(o), Fiscal Escolar y un representante del CONEI) quien lidera el trabajo de Tutoría y Convivencia Democrática, que diagnóstica, previene, evita, sanciona y erradica la violencia escolar tal como lo define el reglamento de ley N° 29719.

ARTÍCULO 134° LA INSTITUCIÓN, cuenta con un Libro de Registro de Incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes a cargo del Comité de Disciplina, en el que se anotan todos los hechos sobre violencia, acoso entre estudiantes, el trámite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y la sanción aplicada, cuando corresponda. Además la Directora informa de forma oportuna a la Defensoría del Pueblo sobre los casos de violencia y de acoso entre estudiantes que se hayan presentado en la institución educativa.

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ARTÍCULO 135° LA INSTITUCIÓN, entrega durante la Matrícula al Padre de Familia un Boletín Informativo que difunde las normas y principios de la sana convivencia y disciplina escolar a través de un Plan de Sana Convivencia de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA y de toda forma de hostigamiento y de defensa y represión, cometido por cualquier medio, incluyendo virtuales, telefónicos, electrónicos u otros estudiantes en la comunidad educativa.

ARTÍCULO 136° Se entiende por acoso entre estudiantes (bullying) al tipo de violencia que se caracteriza por conductas intencionales de hostigamiento, falta de respeto y maltrato verbal o físico que recibe un estudiante en forma reiterada por parte de uno o varios estudiantes, con el objeto de intimidarlo o excluirlo, atentando así contra su dignidad y derecho a gozar de su entorno escolar libre de violencia.

ARTÍCULO 137° Para efectos de este Reglamento se entiende por “violencia“ el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea del grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o pueda causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.

ARTÍCULO 138° LA INSTITUCIÓN establece mecanismos suficientes para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso entre los estudiantes.

LA INSTITUCIÓN favorece el desarrollo de vínculos afectivos y de identidad, así como el desarrollo integral de los estudiantes, en un marco ético de respeto, inclusión y de ejercicio de derechos y responsabilidades, contribuyendo a la solución pacífica de conflictos y la construcción de un entorno seguro y protector.

ARTÍCULO 139° En todas sus acciones LA INSTITUCIÓN prioriza aquellas que sean más beneficiosas para el desarrollo integral de los estudiantes niños, niñas y adolescentes.

El sistema educativo de nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA incluye medidas de promoción y protección del derecho a la integridad física, psíquica y moral de las y los integrantes de la Comunidad Educativa.

ARTÍCULO 140° LA INSTITUCIÓN no acepta el acoso escolar en ninguna de sus modalidades cometida por los estudiantes.

ARTÍCULO 141° LA INSTITUCIÓN designa por lo menos un (a) profesional de psicología encargada de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y de violencia entre los estudiantes, en atención a las directivas dictadas por el Ministerio de Educación respeto a las funciones de este profesional, en el marco de la orientación, formación y terapia educacional individual o colectiva.

ARTÍCULO 142° LA INSTITUCIÓN tiene un estamento equivalente al Consejo Educativo Institucional (CONEI), que es el Comité de Disciplina tanto para Primaria y Secundaria, quien se encarga de impulsar las acciones necesarias para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre escolares en cualquiera de sus manifestaciones, acuerda las sanciones que correspondan y elabora un Plan de Sana Convivencia y Disciplina Escolar, siguiendo las indicaciones emanadas del Ministerio de Educación, que recogen y concretan los valores, objetivos y prioridades de actuación que orientan y guían el muto respeto y la solución pacífica de los conflictos.

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ARTÍCULO 143° El Comité de Disciplina en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, cumple las siguientes funciones:

a) Contribuir con la supervisión de la implementación del Plan Sana Convivencia en

LA INSTITUCIÓN, en coordinación con el Directora.

b) Apoyar las acciones de implementación y ejecución del Plan de Sana

Convivencia en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

c) Cautelar que la aplicación de los procedimientos y medidas correctivas,

señaladas en este Reglamento Interno, se ejecute en el marco de la Ley N°

29719 y su reglamento.

d) Promover la participación de instituciones locales, organizaciones no

gubernamentales y profesionales para apoyar la implementación del Plan de

Convivencia.

e) Resolver, en últimas instancias, de manera concertada y con el visto bueno de

la Directora, las controversias y conflictos dentro del Colegio en materia de

violencia, hostigamiento y la intimidación y cualquier acto considerado como

acoso entre los estudiantes.

ARTÍCULO 144° La Dirección hace cumplir las directivas dadas por el Ministerio de

Educación destinadas a diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre los estudiantes, de modo que sea entendida por todos los miembros de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

ARTÍCULO 145° La Dirección se encarga de difundir los principios de sana

convivencia entre todos los estamentos del Colegio y regula las sanciones en función de la proporcionalidad del acoso escolar, según las Directivas dadas por el Ministerio de Educación, como lo establece la Ley N° 27942 y su Reglamento.

ARTÍCULO 146° La Dirección se encarga de supervisar el cumplimiento de la Ley N° 27942 y su Reglamento y formula estadísticas de conformidad con el Libro de Registro de Incidencia sobre violencia y acoso entre estudiantes.

ARTÍCULO 147° Los docentes, los miembros no docentes y el resto del personal de LA INSTITUCIÓN tiene la obligación de detectar, atender y denunciar de inmediato ante el Comité de Disciplina en nuestra INSTITUCIÓN, los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los(as) estudiantes, incluyendo aquellos que se cometan por medios telefónicos, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados. Para tales casos, dicho Comité de Disciplina se reúne dentro de los días siguientes para investigar la denuncia recibida y la resuelve en un plazo máximo de siete días.

Cuando se trate de casos de poca gravedad, los docentes deben sancionar directamente a los estudiantes agresores, sin perjuicio de su obligación de informar sobre dicho incidente al Comité de Disciplina para los efectos de su inscripción en el Libro de Registro de Incidencia sobre violencia y acoso entre estudiantes.

ARTÍCULO 148° La Directora de LA INSTITUCIÓN orienta al Comité de Disciplina para los fines de una convivencia pacífica de los(as) estudiante y de convocarlo de inmediato cuando tenga conocimiento de un incidente de acoso de violencia. También lo convoca a las reuniones ordinarias destinadas a establecer mecanismos de prevención de la violencia y acoso entre estudiantes.

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La Directora del Colegio además proporciona la información debida a los padres o apoderados (as) del estudiante o estudiantes que son víctimas de violencia o de acoso en cualquiera de sus modalidades, así como a los padres o apoderados(as) del agresor o agresores; comunica las sanciones acordadas por el Comité de Disciplina cuando se determine la responsabilidad de un(a) estudiante agresor en un incidente de violencia o de acoso; informa a la Defensoría del Pueblo sobre los casos de violencia y de acoso entre estudiantes que se hayan presentado en el colegio.

ARTÍCULO 149° Los padres y los apoderados (as) de los estudiantes víctimas de

violencia, hostigamiento, intimidación o de cualquier conducta que sea considerada como acoso deben denunciarla ante la Dirección o ante el Comité de Disciplina en nuestra Institución.

El equipo responsable cumple con las siguientes funciones:

a. Planificar, implementar, ejecutar y evaluar el Plan de Sana Convivencia con la

participación de los (as) estudiantes, el mismo que debe incluir acciones

formativas, preventivas y de atención integral.

b. Incentivar la participación de los integrantes de la Comunidad Educativa en la

promoción de la convivencia democrática.

c. Promover la incorporación de la convivencia democrática en los instrumentos de

gestión de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

d. Liderar el proceso de construcción de Normas de Convivencia consensuada

entre los integrantes de la Comunidad Educativa.

e. Desarrollar acciones que favorezcan la calidad de las relaciones entre los

integrantes de la Comunidad Educativa.

f. Promover el desarrollo de capacidades y actitudes de las y los docentes, así

como del personal directivo, administrativo y de servicio, que permitan la

implementación de acciones para la Convivencia Sana en LA INSTITUCIÓN.

g. Solicitar a la Dirección el registro de los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el Libro de Registro de incidencias de la Institución Educativa.

h. Consolidar información existente en los Cuadernos de Anecdotarios de clase de los(as) docentes, a fin de que se tomen las medidas pertinentes.

i. Adoptar medidas de protección, contención y corrección, frente a los casos de violencia y acoso entre estudiantes, en coordinación con la Directora.

j. Informar periódicamente por escrito a la Directora de LA INSTITUCIÓN acerca de los casos de violencia y acoso entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de Incidencias y de las medidas adoptadas.

k. Informar a la Directora sobre los(as) estudiantes que requieran derivación para una atención especializada en entidades públicas o privadas.

l. Realizar, en Coordinación con la Directora y los padres de familia o apoderado(a) de los estudiantes, el seguimiento respectivo de los(as) estudiantes derivados a instituciones especializadas, garantizando su atención integral y permanencia en LA INSTITUCIÓN.

ARTÍCULO 150° LA INSTITUCIÓN establece formas y modalidades de soporte

emocional y asistencia dirigida a las personas para darle la ayuda que puede ser útil para afrontar sucesos y condiciones de vida adversos, ofreciendo un recurso positivo para superarlos.

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ARTÍCULO 151° LA INSTITUCIÓN cuenta con un Libro de Registros de Incidencias para ambos niveles (Primaria y Secundaria) que contiene información de carácter confidencial y forma parte del archivo de la Institución Educativa, que se encuentra a cargo de la Dirección.

En el Libro de Registro de Incidencias se registran los hechos y acontecimientos que ocurren en LA INSTITUCIÓN relacionados a la violencia y acoso entre estudiantes, así como las medidas correctivas que se imponen.

ARTÍCULO 152° LA INSTITUCIÓN dicta y emite medidas correctivas, de acuerdo a la edad y nivel de desarrollo del educando, con el objeto de orientar la formación y el cambio de comportamientos inadecuados en los(as) estudiantes, estas medidas implican diálogo y la solución pacífica de conflictos, así como promover hábitos, costumbres y prácticas que contribuyan a las buenas relaciones democráticas.

ARTÍCULO 153° La Dirección de LA INSTITUCIÓN conjuntamente con el Comité de Disciplina en nuestro colegio. Aprobará anualmente un Plan de Sana Convivencia como instrumento de planificación escolar conteniendo los lineamientos, objetivos y acciones para el desarrollo de la convivencia en LA INSTITUCIÓN.

ARTÍCULO 154° Los(as) estudiantes cuyos derechos e integridad hayan sido

vulnerables, tienen derecho a la privacidad, confidencialidad y reserva de su identidad.

ARTÍCULO 155° La Directora de LA INSTITUCIÓN tiene las siguientes funciones:

a. Garantiza la elaboración e implementación del Plan de Sana Convivencia de la

Institución.

b. Supervisa que los procedimientos y medidas correctivas se establezcan y

ejecuten en el marco de la Ley y el presente Reglamento.

c. Apoya las acciones del equipo responsable de la Sana Convivencia en LA

INSTITUCIÓN.

d. Comunica e informa acerca de los procesos y logros de la convivencia

democrática en la reunión con los Comité de Aulas y a los demás integrantes de

la Comunidad Educativa.

ARTÍCULO 156° En LA INSTITUCIÓN los procedimientos y las medidas correctivas para atender situaciones de violencia y acoso entre estudiantes respetan los derechos de los(as) estudiantes, en el marco de la Convención de los Derechos el Niño y el Código del Niño y el Adolescente.

Los procedimientos establecidos en LA INSTITUCIÓN deben contribuir a la Sana Convivencia y garantiza la equidad y el respeto hacia los(as) estudiantes, bajo las siguientes premisas:

a. Cualquier integrante de la Comunidad Educativa debe informar oportunamente,

bajo responsabilidad, la Directora, o quien haga sus veces, de los casos de

violencia y acoso entre estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a

otras autoridades de ser necesario.

b. La Directora, en coordinación con el equipo responsable y otro integrante mayor

de edad de la Comunidad Educativa, bajo responsabilidad, adoptará

inmediatamente las medidas necesarias para detener los casos de violencia y

acoso entre estudiantes.

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c. La Directora, en coordinación con el quipo responsable de la Sana Convivencia,

convocará, luego de reportado el hecho, a los padres de familia o

apoderados(as) de los(as) estudiantes víctimas, agresores y espectadores, para

informarles lo ocurrido y adoptar las medidas de protección y corrección. Estas

medidas incluyen el apoyo pedagógico y el soporte emocional a los(as)

estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

d. Los padres de familia o apoderados de los(as) estudiantes víctimas, agresores

y espectadores asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la

Sana Convivencia en LA INSTITUCIÓN.

e. Es responsabilidad de las autoridades educativas, adoptar las medidas de

protección para mantener la reserva y confidencialidad relacionadas a la

identidad e imagen de los(as) estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

f. La Directora de LA INSTITUCIÓN, en coordinación con los padres de familia o

apoderados(as), derivará a los(as) estudiantes que requieran una atención

especializada a los establecimientos de salud, las Defensorías Municipales del

Niño y del Adolescente (DEMUNA) u otras instituciones, según sea el caso, que

brinden las prestaciones necesarias que salvaguarden el bienestar de los(as)

estudiantes. En aquellos lugares donde no existiesen estos servicios se recurrirá

a las instituciones públicas o privadas.

g. El equipo responsable de la Sana Convivencia realizará el seguimiento de las

medidas de protección, las medidas correctiva y los compromisos adoptados por

los padres de familia los(as) estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

h. El equipo responsable de la Sana Convivencia, en coordinación con la Directora,

acompañará a las familias de los(as) estudiantes víctimas y agresores

solicitando informes a las instituciones que participen de la atención

especializada.

ARTÍCULO 157° LA INSTITUCIÓN ha establecido un procedimiento para prevenir y

sancionar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre escolares, en cualquiera de sus manifestaciones, permitiendo a la víctima o a sus padres interponer una queja.

El estudiante o sus padres, podrán presentar la queja de acuerdo con el siguiente procedimiento interno:

a. La queja deberá observar la debida inmediatez y ser interpuesta de preferencia

en forma escrita directamente ante el tutor(a), quien derivará el caso a la

Dirección General a través del Comité de Disciplina.

b. La Dirección correrá traslado inmediato de la queja del agredido dentro del tercer

día útil de presentada.

c. El supuesto agresor cuenta con 5 días útiles para presentar sus descargos,

adjuntando las pruebas que considera oportunas.

d. Las pruebas que podrán ser utilizadas son documentales, grabaciones,

fotografías y todas aquellas permitidas por Ley. Las pruebas podrán ser

presentadas hasta antes que se emita la Conclusión Final.

e. La Dirección, que recibe la queja, correrá traslado de la respuesta al acusado y

deberá poner en conocimiento de ambas partes todos los documentos que se

presenten.

f. La Dirección cuenta con 10 días hábiles para realizar las investigaciones, que

considere necesarias, a fin de determinar el acto de violencia, hostigamiento o

intimidación entre escolares en cualquiera de sus manifestaciones, de acuerdo

a los criterios establecidos en la ley.

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g. La Dirección podrá imponer medidas cautelares durante el tiempo que dure el

procedimiento. Se entiende por medida cautelar todo aquello destinado a

proteger a la víctima.

h. La Dirección contará con 5 días hábiles para emitir una Conclusión motivada que

ponga fin del procedimiento interno con un Acta.

En caso se determine la existencia del acto de violencia, hostigamiento o intimidación entre escolares en cualquiera de sus manifestaciones, las sanciones aplicables dependerán de la gravedad, debiéndose tener en cuenta que pueden ser: amonestación, suspensión o expulsión.

ARTÍCULO 158°Como resultado del procedimiento mencionado en el artículo anterior, LA INSTITUCIÓN podrá aplicar medidas correctivas. Toda medida correctiva dirigida a los(as) estudiantes deberá tener las siguientes características:

a. Claridad

b. Oportuna, reparadora y formativa

c. Coherente y respetuosa de la etapa de desarrollo del (la) estudiante.

d. Pertinente al desarrollo pedagógico.

e. Respetuosa de la integridad física, psíquica y moral del (la) estudiante.

f. Proporcionar a la falta cometida.

g. Deberá estar establecida formalmente ante la comunidad Educativa y adaptada

a las condiciones y necesidades del (la) estudiante.

h. Respetuosa de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y los derechos

humanos.

i. Relacionada con la promoción de la Sana Convivencia.

j. Consistente, equitativa e imparcial, que no dependen del estado anímico de

quienes apliquen las medidas correctivas.

Las medidas correctivas deben permitir que los(as) estudiantes puedan reflexionar y aprender de la experiencia vivida, para lo cual es necesario contar con la participación y compromiso de la familia en su conjunto, a fin de contribuir a su formación integral y a la convivencia democrática.

ARTÍCULO 159° LA INSTITUCIÓN no tiene como práctica que las medidas correctivas

o disciplinarias constituyan actos de violencia, trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, ni sanción que pueda poner en peligro la salud y el desarrollo integral de sus estudiantes.

ARTÍCULO 160° LA INSTITUCIÓN tiene un profesional de psicología integrado al equipo responsable de la implementación de las acciones de la Sana Convivencia de LA INSTITUCIÓN, con competencia en la formación. En ningún caso realiza terapias dentro del colegio.

Como integrante del equipo responsable, el profesional de psicología tiene entre sus funciones:

a. Sensibilizar a los integrantes de la Comunidad Educativa sobre la importancia de

la Sana Convivencia.

b. Participar en el proceso de incorporación de la Sana Convivencia democrática

en los instrumentos de gestión de LA INSTITUCIÓN.

c. Contribuir a la elaboración, implementación, ejecución y evaluación del Plan de

Sana Convivencia de LA INSTITUCIÓN, participando en:

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El diagnóstico de la situación de la convivencia democrática y el clima

institucional.

El diseño, implementación, ejecución y evaluación del Plan de

Prevención e Intervención ante situaciones que afectan la convivencia

escolar y el clima institucional.

La producción de material educativo pertinente para la Comunidad

Educativa.

d. Participar en la implementación de los programas y proyectos que el Ministerio

de educación promueve para fortalecer la convivencia democrática en las

instituciones educativas.

e. Coordinar con los(as) docentes y tutores(as) a fin de orientar su acción en los

casos de violencia y acoso entre estudiantes.

f. Promover y participar en redes de aprendizaje e intercambio profesional y

laboral.

g. Presentar a la Dirección un informe de sus acciones profesionales.

h. Contribuir a la elaboración del informe de la implementación y ejecución del Plan

de Sana Convivencia de LA INSTITUCIÓN.

DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 161° Los padres de familia participan a través de La Directora de sus representantes con el centro educativo mediante reuniones periódicas con el Director o sus representantes, reuniones que pueden versar sobre los siguientes puntos:

a. Colaborar en las actividades deportivas y Social Cultural.

b. Políticas Institucionales dirigidas a consolidar los valores familiares, la

defensa de los niños, significados culturales, nacionales y locales.

c. Proporcionar la comprensión, cooperación y unión de los padres de la

Institución.

d. Contribuir al mejoramiento de los servicios, infraestructura y equipamiento

mobiliario.

e. Elección de los textos escolares, ante las propuestas realizadas por La

Directora y los docentes quienes elaboran una terna de textos de cada área,

utilizando los criterios pedagógicos e indicadores de calidad aprobados por

el Ministerio de Educación ley N° 29694 ley que protege a los consumidores

de las prácticas abusivas en la elección o adquisición de textos escolares.

DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA EN LA SELECCIÓN DE TEXTOS ESCOLARES

ARTICULO 162° LA INSTITUCIÓN velará por el cumplimento de todas las disposiciones previstas en la Ley N° 29839 Ley que modifica la Ley 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares y su reglamento aprobado por Decreto supremo N° 015-2012 ED.

En aplicación de la precitada norma de LA INSTITUCIÓN no obliga a los padres de familia a adquirir textos escolares y/o cuentos o útiles escolares nuevos o de primer uso o que estén diseñados para un solo uso. Los padres de familia tienen derecho a adquirir y utilizar textos de segundo uso como fuente de consulta o material de estudio y de trabajo, protegiéndose de esta manera también la economía de los padres de familia.

ARTICULO 163° Los representantes del Comité Central y miembros de los Comités de Aula y otras autoridades de LA INSTITUCIÓN, ante la convocatoria expresa de la

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Directora de LA INSTITUCIÓN, asistirán a la sesión de trabajo con la finalidad de escuchar las presentación de ternas de los textos escolares que se usan para la prestación de servicio educativo, y luego participa emitiendo su opinión respecto de los textos presentados, suscribiendo el acta que deja constancia de su participación en dicha sesión.

ARTICULO 164° Los miembros del Comité Central y los representantes de los Comités de Aula, son responsables de comunicar a y a todos los padres de familia; que presenta sobre su participación en la selección de textos escolares informándoles el detalle de los textos seleccionados y las razones expuestas en dicha sesión.

ARTICULO 165° La participación de los representantes de los Padres de Familia en el proceso de selección de textos escolares cumple de manera estricta las normas vigentes y disposiciones que emite el Ministerio de Educación a través del portal del OBNATE.

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES ARTICULO 166° LA INSTITUCIÓN procurará las más cordiales relaciones con las diferentes instituciones de la organización y la comunidad local de manera general, procurando el respeto recíproco.

ARTICULO 167° LA INSTITUCIÓN procurará cercana vinculación con los otros colegios de su ámbito, así como con las instituciones sociales, culturales y deportivas de la comunidad local, cuyos objetos sean similares y compatibles con los de la Instituciones.

ARTICULO 168° LA INSTITUCIÓN propiciará eventos culturales, deportivos y

recreativos con otros colegios de la comunidad local.

CAPÍTULO VI

DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, FALTAS,

PROHIBICIONES, SANCIONES Y FELICITACIONES DE LOS ESTUDIANTES

DE LOS DERECHOS:

ARTÍCULO 169° Son derechos de los estudiantes:

Recibir una educación acorde con los postulados establecidos por la

Constitución Política del estado, la Ley General de Educación y la

propuesta educativa del Colegio expresada en su Proyecto Educativo

Institucional.

Recibir información sobre las normas expresadas en el Reglamento Interno

y el Diario de Tareas.

Ser informado oportunamente acerca del Programa de Estudios en cada

área, del apoyo bibliográfico y de las modalidades y estrategias de

evaluación.

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Recibir los servicios de los distintos Estamentos, respetando el

organigrama de organización y funciones.

Ser orientado para comprender y afrontar sus problemas personales:

académicos, actitudinales, espirituales, familiares y los referentes a su

formación vocacional.

Formular con cortesía reclamos fundamentados, respetando los canales

establecidos, siendo su primer contacto el tutor(a) de su aula.

Ser aceptados en la Institución Educativa, sin discriminación alguna por

razones de sexo, color, idioma, religión o de otra índole. Ya sea del propio

estudiante o de su familia.

Ser tratado con dignidad respetando las diferencias individuales y el ritmo

de su propio desarrollo.

Recibir atención integral para su desarrollo físico, intelectual y socio emocional.

Solicitar con respeto la reconsideración de sus evaluaciones al tutor en

caso de tener una duda razonable de su calificación, en un plazo máximo

de tres días posteriores a la entrega de la misma.

Recibir los Certificados de Estudios y Tarjeta Informativa, con el requisito

de estar al día en todos los pagos requeridos por la institución y la entrega

oportuna de la lista de útiles escolares.

Expresar sus ideas, opiniones de manera asertiva

Los niños, niñas y adolescentes, sin exclusión alguna, tienen derecho al buen trato que implica recibir cuidados, afecto, protección, socialización y educación no violenta en un ambiente armonioso, solidario y afectivo en el que se le brinde protección integral por parte del personal docente, administrativo o cualquier otra persona de la comunidad educativa.

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES:

ARTÍCULO 170° Son obligaciones de los estudiantes:

Cumplir con las normas establecidas en el presente reglamento y las que

dicten las autoridades de la Institución Educativa

El brigadier del aula debe colaborar con el tutor (a) y demás docentes en

el correcto uso del Cuaderno Anecdotario.

Asistir a la Institución Privada puntualmente según el horario establecido.

Respetar el honor y dignidad de cada miembro de la comunidad educativa.

Mantener el espíritu familiar – cristiano del Colegio, cultivando la oración.

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Participar responsablemente y con una buena disposición en las actividades de extensión educativa: deportes, recreación, actividades religiosas, artísticas u otras que se desarrollen en cumplimiento al calendario Cívico Escolar o por invitaciones de otras instituciones.

Participar con responsabilidad en las acciones de Defensa Civil y cuidado del medio ambiente organizadas por el Colegio.

En caso de tardanza ingresará al aula después del cambio de la primera

hora; a la primera y segunda tardanza en el mes se le comunicará por

escrito y en la tercera oportunidad deberá asistir a la Institución Educativa

con el padre de familia y/o apoderado(a), teniendo el PPFF que firmar un

compromiso. Esto le restará puntos en la nota de comportamiento.

Asistir a la institución educativa correctamente uniformado, evitando el uso

de adornos o prendas distintas al uniforme. De manera opcional podrá usar

short, polera y casaca; las medias serán azules y las zapatillas blancas y/o

azules; el pantalón del buzo será llevado a la cintura.

Todo estudiante debe asistir a la Institución con el cabello corto y ordenado,

evitando cortes de moda; las estudiantes deberán llevarlo ordenado y

sujetado con un solo sujetador de cabello de un color que identifique a la

Institución, evitando que el cabello le cubra el rostro. En ambos casos se

abstendrán de teñirse el cabello y el pintado de las uñas.

El estudiante al recibir su inmobiliario educativo debe verificar que se

encuentre en buen estado, de lo contrario deberá informar a su tutor(a). Si

el inmobiliario educativo designado a cada estudiante es dañado de

manera voluntaria o involuntaria, es responsabilidad del estudiante.

Saludar cuando un docente u otro visitante ingresen al salón de clase,

poniéndose de pie, manteniendo el silencio y luego tomarán asiento a

indicación del docente.

Está prohibido el uso de piercing y tatuajes; en el caso de las estudiantes

sólo pueden llevar un arete pequeño en cada oreja, tampoco deben llevar

pulseras ni collares ni ningún otro accesorio.

Abstenerse de realizar actos que atenten contra la disciplina, dignidad,

honradez, moral e integridad física propia y ajena.

Demostrar permanentemente un buen comportamiento, mostrarse

atento(a) dentro y fuera de la Institución Educativa y cuando sea designado

para participar en actividades curriculares o extracurriculares con respeto

y responsabilidad.

Está prohibido realizar cualquier tipo de actividad (fiestas, ventas o rifas,

etc.) que tome el nombre de la Institución, dentro o fuera de ella, que no

sea con permiso de la Dirección.

En el caso de los estudiantes que mantengan vínculos afectivos que no

correspondan al amical, deberán respetar los ambientes del colegio y fuera

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de ellos cuando porten el uniforme de la Institución, de lo contrario su nota

de conducta se verá perjudicada.

Deberá colaborar con el orden y aseo de todos los ambientes de la

Institución Educativa. Cuidar el local, muebles y útiles de enseñanza,

responsabilizando económicamente a sus padres por los daños

ocasionados.

Al ingresar al aula los estudiantes de primaria y secundaria entregarán al

Tutor (a) su Cuaderno de Comunicados firmada por su apoderado. En caso

de no traerlo el Padre de Familia y el estudiante tendrán que informarse

sobre los comunicados emitidos ese día bajo su responsabilidad. Salvo en

el primer grado de primaria, se colocará el comunicado en otro cuaderno.

En caso de inasistencia la justificación deberá ser presentada a la

secretaría de la Dirección con anticipación o anexando los documentos

probatorios. Si esta se produjera un día en que el estudiante deba ser

evaluado deberá justificar con certificado o constancia médica; de lo

contrario no se reprogramará la evaluación y obtendrá una calificación

desaprobatoria.

En caso de enfermedad el estudiante deberá cumplir con las indicaciones

médicas y descansos prescritos por el especialista y si se reincorpora a la

institución deberá presentar su certificado de Alta.

Los estudiantes sólo podrán ser recogidos a la salida por la persona

indicada por el apoderado; si fuera necesario que otra persona los recoja,

deberán indicarlo por escrito a través del Agenda, mencionando el nombre

de la persona autorizada quien se presentará a la Institución Educativa con

DNI para su identificación.

Los estudiantes podrán retirarse solos de la Institución, si es que existe la

autorización del Padre de Familia o apoderado, caso contrario se considera

evasión de la institución y como falta grave.

En caso de paseos fuera de la Institución, los estudiantes solo podrán salir

con la debida autorización del Padre de Familia o apoderado.

Las pertenencias de los estudiantes deberán estar marcadas con nombres y apellidos (prendas de vestir, loncheras, entre otros)

Asistir a clase con los útiles que se requieren para el proceso de enseñanza – aprendizaje.

No está permitido que los estudiantes traigan artículos electrónicos o de valor

(celulares, tablets, cámaras de fotos, ipods, MP3-4, juguetes electrónicos,

entre otros), de encontrarse dichos objetos entre sus pertenencias se

decomisarán hasta fin de año.

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Los estudiantes serán sancionados si es que hacen uso indebido de las

redes sociales, como: comentarios y/o publicaciones ofensivas (burlas,

insultos y groserías) en contra de otros estudiantes y miembros de la

institución, también por difundir fotos e imágenes inapropiadas que afecten

la imagen institucional.

Queda terminantemente prohibido subir fotos, videos y estados con el

uniforme de la Institución que afecten directamente el prestigio de la misma.

Los estudiantes que deseen subir fotos a cualquier medio social deberán

contar con la autorización de sus padres o apoderado.

Durante los recreos, los estudiantes podrán utilizar las instalaciones y

campos deportivos desocupados, salvo las siguientes limitaciones: las

cercanías de los pabellones o salones que están en clases, pasadizos, las

oficinas de la Administración y la Dirección.

El estudiante sólo podrá utilizar los servicios higiénicos durante el cambio

de hora o en casos de fuerza mayor.

Durante el horario escolar no se recibirá en la portería de la Institución útiles

escolares, loncheras, trabajos escolares u otros objetos que los estudiantes

hayan olvidado.

Cantar el Himno Nacional durante los lunes cívicos.

Respetar y obedecer al brigadier, policía escolar y compañeros del aula y

de otras aulas.

Respetar a toda persona que labora en la Institución Educativa, como

directivos, docentes, personal administrativo de mantenimiento, vigilancia

y demás.

En caso de plagio durante una evaluación, inmediatamente el docente a

cargo procederá a retirarle el examen y se colocará la nota de cero, sin reclamo alguno.

Además de todo lo estipulado, el estudiante deberá cumplir las siguientes

normas de conducta:

Utilizar adecuadamente los servicios higiénicos.

No caminar por los pasadizos durante las horas de clases.

No salir del aula durante el cambio de hora.

No entrar a un salón que no sea de su propio grado.

No recurrir a medios ilícitos durante los exámenes.

No comer durante las horas de clases.

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No fomentar el bullying entre sus compañeros.

No coger las cosas que no sean de su pertenencia sin previa autorización.

No hablar groserías.

El estudiante debe mostrar actitudes positivas evitando acciones que atenten contra su formación integral y hacia los demás, tales como:

a) Comportamientos despreciativos, discriminatorios, racistas,

agresivos o violentos (incluso verbal) que afecten a los(as) demás, tanto psíquica, emocional, como físicamente, así como comportamientos contrarios a la madurez según edad, para llamar la atención.

b) Hacer uso de vocabulario inapropiado o soez y de apelativos atentatorios contra la dignidad de la persona.

c) Traer al Colegio objetos (revistas, periódicos, radios, naipes, valores pecuniarios, fósforos, etc.) que perturben el normal desarrollo académico o causen daño a los demás, así como a los inmuebles.

d) Sustraer o apropiarse de objetos que no le pertenecen. e) Hacer proselitismo político partidistas o dedicarse a ellas dentro

de las instalaciones del Colegio. f) Falsificar la firma del padre o apoderado. g) Adulterar las notas del Informe de Progreso. h) Salir sin autorización correspondiente del aula o del Colegio

durante las clases o el horario escolar. i) Permanecer sin autorización en el aula en horas de recreo u

otras actividades, sin autorización de su tutor(a) y/o profesor. j) Ingresar sin la autorización correspondiente a otra aula, que no

es la suya, o a cualquier otra dependencia del Colegio. k) Promover rifas, colectas u otras actividades, sin la debida

autorización de la Dirección General del Colegio, a través de la solicitud a su Dirección de Nivel correspondiente.

l) Participar sin permiso en reuniones o competencias que alteren el normal desenvolvimiento del horario escolar.

m) Usar el nombre del Colegio para fines no autorizados por la Dirección General del Colegio.

n) Faltar a las normas de cortesía y buenas costumbres. o) Participar en apuestas y/o juegos de azar. p) Comprar golosinas u otros artículos a los vendedores

ambulantes, mientras esté en las instalaciones del Colegio. q) Los PP.FF no deben enviar al Colegio a su hijo(a) cuando esté

enfermo, más aun si la enfermedad es infecto contagiosa. r) Otros actos que a juicio de los directivos o docentes merezcan

sanción.

DE LAS FALTAS Y PROHIBICIONES

Se entiende por falta, toda acción u omisión voluntaria que contravenga las

disposiciones establecidas, que dificultan y/o entorpezcan el proceso educativo

individual o grupal, en el orden intelectual, moral, social o disciplinario. Las faltas

se tipifican en leves, graves y muy graves.La gravedad de la falta se determina

evaluando las siguientes condiciones: circunstancia en la que se comete, forma de

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la falta, recurrencia de varias faltas, participación del estudiante y efectos que

produce.

Falta leve. Es la trasgresión simple de las normas de conducta, que no

comprometen la integridad física y/o material, ni revela una actitud sistemática del

infractor. Se consideran faltas leves:

Falta de respeto y autocontrol: no obedece, grita, deambula por el aula, molesta a algún compañero.

Incumplir con sus tareas escolares.

Dedicarse a una asignatura distinta a la que se está desarrollando en clase.

Dejar abandonados en el colegio sus prendas de vestir y/o útiles escolares.

Presentarse con el uniforme incompleto o siendo usada en forma inadecuada.

Olvidar sus útiles escolares.

No traer la Agenda o Tarjetas Informativas, o presentarlo sin firma del

padre o apoderado al Tutor.

Llegar tarde a sus clases, talleres, actividades curriculares,

extracurriculares y de permanencia.

Ingresar o salir del aula sin permiso del docente presente o del brigadier.

Falta grave. Es la acción reiterada de faltas leves o aquellas que por sus

características van en contra de la moral y las buenas costumbres. Se consideran

faltas graves las siguientes:

Reincidencia en cualquier falta leve.

Faltar el respeto al personal de la Institución Educativa y/o a sus

compañeros a través de páginas sociales de Internet o cualquier otro

medio.

Quitar hojas de cuadernos, textos, cuaderno de control con la finalidad de

ocultar alguna información;

Hacer inscripciones en el mobiliario y/o en la infraestructura de la Institución Educativa.

Traer celular y otros artículos electrónicos y/o hacer uso de los mismos.

No entregar a sus padres los documentos enviados por las autoridades del colegio y no devolver firmada la constancia de recepción de los mismos.

Reincidencia en el incumplimiento de sus tareas.

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Mentir u ocultar la verdad al personal del Institución Educativa o a sus padres.

Faltar el respeto a los símbolos patrios.

Faltar injustificadamente o llegar tarde reiteradamente al Institución Educativa.

Evadirse del salón de clase, talleres, actividades curriculares,

extracurriculares y de permanencia.

Provocar desorden e indisciplina durante el desarrollo de las clases,

actividades cívico patriótica, deportiva, religiosas y otras acciones dentro,

en los alrededores del Institución Educativa y fuera de ella.

Desprestigiar a la Institución Educativa.

Malograr o perder los implementos utilizados en clase.

Proferir palabras soeces en cualquier circunstancia, así como, levantar calumnias.

Sustraer pertenencias de la Institución Educativa, del personal o de los compañeros.

Salir de la Institución Educativa antes de la hora sin autorización será

considerado como evasión. En caso de suma urgencia, sólo podrán salir

en compañía del padre o tutor. Se sugiere que las consultas al médico y/o

dentista, sean fuera del horario de clases.

Negarse sin causa justificada a participar en los eventos cívico - culturales

y deportivos. para los cuales ha sido nominado.

Y otras que por su naturaleza se consideren faltas graves.

Falta muy grave. Es la condición de actos que afectan la moral, las buenas

costumbres y/o ponen en peligro la integridad física y moral de los estudiantes. Se

consideran faltas muy graves las siguientes:

Traer o exhibir material pornográfico.

Fomentar escándalos y conflictos, así como liarse a golpes dentro o fuera de la Institución Educativa.

Traer objetos de valor y/o equipos electrónicos a la Institución Educativa,

siendo estos de su entera responsabilidad y del PPFF en caso de pérdida.

Copiar o intentar copiar durante una evaluación. El docente aplicador

tendrá la potestad de anular la evaluación y colocar la nota mínima

desaprobatoria al estudiante. Comunicar al tutor(a), para aplicar la sanción

respectiva y citar al Padre de Familia, para tratar el caso.

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Alterar notas, falsificar firmas o sustraer documentos reservados o confidenciales.

Fumar y/o adoptar posturas incorrectas dentro de la Institución Educativa

o en la calle, vistiendo el uniforme.

Hacer caso omiso a una responsabilidad o sanción.

Adoptar conductas lesivas, consumir licor o realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.

Traer o consumir cualquier tipo de droga o fomentar su uso.

Realizar actos que atenten contra la disciplina; respeto, dignidad, honradez

e integridad física, emocional y moral, propia a la de otros.

Y otras que por su naturaleza se consideren faltas muy graves.

DE LAS SANCIONES

La imposición de una medida disciplinaria responde al propósito de corregir y evitar

mayores faltas, antes que castigar; por tanto, la reincidencia y la reiteración

constituyen agravantes. Las sanciones se aplican de acuerdo a la gravedad de la

falta, tomando en cuenta la edad de los estudiantes y afectarán sus calificaciones.

Las sanciones son de carácter excluyente, pudiendo aplicarse cualquiera de ellas

según la gravedad de la falta. Las sanciones consisten en:

Amonestación verbal y registro en el Cuaderno Anecdotario o en Agenda

dependiendo la gravedad de la falta.

Papeleta verde por faltas leves, en la Agenda.

Papeleta verde disciplinaria por haber acumulado tres anotaciones en el

cuaderno anecdotario en forma mensual.

Papeleta roja de acuerdo a la falta cometida.

Papeleta roja y SUSPENSIÓN por uno, dos o tres días, según la gravedad

de la falta determinada por el Consejo de Disciplina o por haber acumulado

3 papeletas verdes.

De conducta, cuando la falta es grave o muy grave. También se aplicará en casos de reincidencia de cualquiera de las faltas.

De responsabilidad, a los estudiantes que en forma reiterada olviden sus

materiales de estudio, no presenten las tareas escolares, etc.

Por acumulación de papeletas verdes, cuando el estudiante acumule tres papeletas verdes durante el año escolar.

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De orden y aseo, a los estudiantes que incumplan reiteradamente con las obligaciones como:

o Asistir a la institución educativa correctamente uniformados,

evitando el uso de adornos o prendas distintas al uniforme. De

manera opcional podrá usar short, polera y casaca; las medias

serán azules y las zapatillas blancas y/o azules; el pantalón del

buzo será llevado a la cintura.

o Todo estudiante debe asistir a la Institución con el cabello corto,

limpio y ordenado, evitando cortes de moda; las estudiantes

deberán llevarlo ordenado y sujetado, evitando que el cabello

le cubra el rostro. En ambos casos se abstendrán de teñirse el

cabello y el pintado de las uñas.

Papeleta roja y SUSPENSIÓN por uno, dos o tres días, según la gravedad

de la falta determinada por el Consejo de Disciplina o por haber acumulado

3 papeletas verdes.

Por demérito:

Si un(a) estudiante(a) se encuentra entre los primeros 5 puestos de mérito

en aprovechamiento y conducta, no será considerado(a) si durante el año

escolar registró papeleta roja.

Matrícula condicional. Este mecanismo procede:

Por incumplimiento del estudiante y del PPFF de compromisos asumidos al momento de la matrícula o durante el año escolar como, evaluaciones para ser realizadas por especialistas externos, terapias y entrega de avances de las mismas e inasistencia a las reuniones para la elaboración de los planes de mejora personal del estudiante. Cuando el estudiante en el año anterior registró conducta inadecuada y/o su rendimiento fue deficiente por actitud negligente, pese a las medidas correctivas aplicadas en su oportunidad. Por impuntualidad reiterada en el pago de las pensiones. Cuando los padres de familia no cumplan con las recomendaciones dadas, acuerdos y/o compromisos asumidos.

Separación definitiva, procede:

Cuando el estudiante acumula tres papeletas rojas durante el mismo año escolar, o en los casos considerados como falta muy grave por el Departamento de Tutoría y Orientación Educativa(TOE) Cuando el estudiante repite el año por negligencia. Cuando la gravedad de la falta disciplinaria lo amerita, considerado así por el Departamento de Tutoría y Orientación Educativa (TOE). La separación definitiva por medida disciplinaria tiene carácter definitivo y no procede el reingreso. De lo anterior se le invitará al PPFF y/o apoderado retirar al estudiante de la Institución Educativa.

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DE LOS ESTÍMULOS DEL EDUCANDO

El organismo que otorgará los estímulos o impondrá las sanciones a

los Policías Escolares será el Comité de Honor.

Los estímulos o sanciones son otorgados en forma individual o grupal

El Comité de Honor, representado por la Directora, coordinará con los

Padres de Familia el otorgamiento de premios y estímulos a los Policías

Escolares, por su labor destacada durante el año escolar.

Los estímulos a otorgarse son: Felicitaciones verbal o escrita por

eficientes servicios prestados hacia el Centro Educativo, dando a

conocer cada acción.

Teniendo en consideración que su acción es netamente cívica, debe

recibir estímulos de los docentes de actividades cívicas.

Una calificación de excelente en el rubro de conducta para ser incluida

en su Tarjeta Informativa y otorgamiento de una papeleta de

felicitaciones. En caso de acciones, actitudes, resultados gratificantes

o destacados, la Institución Educativa estimulará al (los)

estudiante(s)de la siguiente manera:

Felicitaciones a través de papeletas amarillas cuando los estudiantes

realicen actos distinguidos durante el año escolar, o que tengan

destacada participación en actividades de carácter cultural, científico,

artístico, social o deportivo.

Felicitaciones a través de Diplomas y Medallas cuando el estudiante

haya ganado alguna competencia de carácter académico o deportivo.

Diversos estímulos de carácter grupal adecuados a cada clase

(paseos, tardes deportivas, almuerzos, cenas, etc.

CAPÍTULO VII

DE LAS FUNCIONES DE LOS POLICÍAS ESCOLARES

ARTÍCULO 171° La Policía Escolar, está conformado por un Comité de Honor y

cumple con las siguientes funciones:

El Comité de Honor del Policía Escolar de la Institución Educativa "Santísimo

Jesús" está integrado por los siguientes miembros:

ÓRGANO SUPERVISOR

∙ Directora del Institución Educativa : Hernández Egocheaga,

Yudy.

Docente Responsable

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Instructor

Brigadier General

1er. Sub Brigadier

2do. Sub Brigadier

FUNCIONES DEL INSTRUCTOR

Asesorar y organizar la Policía Escolar en coordinación con la Dirección.

Participar conjuntamente con la Directora, así como el docente

responsable en la selección de estudiantes que integran la Policía Escolar.

Elaborar y ejecutar el Plan de Instrucción, para el desfile cívico escolar en

la Institución educativa o en la Plaza de Armas.

Evaluar el rendimiento de los estudiantes durante el año escolar y presentar

el cuadro de méritos ante el Comité de Honor para su posterior nominación

en los cargos respectivos.

Coordinar con las autoridades de la Institución Educativa las horas cívicas

del Centro Educativo.

Coordinar con la división social de la DINANDRO-PNP, a fin de tener

conocimiento de las disposiciones normativas tendientes a optimizarla

labor del Policía Escolar.

FUNCIONES DE LOS POLICÍAS ESCOLARES

Los Policías Escolares, cumplirán las siguientes funciones:

Mantener el orden de los estudiantes durante las formaciones

desplazamientos y otras ceremonias.

Velar en todo momento por el cumplimiento de las normas de disciplina y

conducta del alumnado.

Colaborar en el cumplimiento de las normas y el Reglamento Interno del

Centro Educativo.

Prevenir los accidentes de tránsito, orientado a sus compañeros en el

cumplimiento de las normas de Educación y Seguridad Vial. Representar

a la Institución Educativa en los actos cívicos culturales y deportivos.

Participar en las acciones de Defensa Civil, Seguridad Vial prevención de

uso indebido de drogas, violencia estudiantil y otros que se programen.

FUNCIONES DEL BRIGADIER GENERAL

Cumplirá las siguientes funciones:

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Coordinará y controlará el desempeño del Brigadier de Compañía y

Brigadier de sección respectivamente.

Velar por la disciplina y la buena presentación de la Policía Escolar en el

cumplimiento del Reglamento Interno, de la Institución Educativa y las normas

del servicio. Colaborará con los responsables en la práctica de instrucción y

desplazamiento.

Coordinará con el instructor o docente responsable para establecer los

sectores de servicio que cubrirán de acuerdo a las necesidades del Centro

Educativo.

1ER. SUB BRIGADIER

En ausencia del brigadier general asumirá las funciones de éste.

BRIGADIER DE COMPAÑÍA

En ausencia del 1er. brigadier, asumirá las funciones de éste.

DEL BRIGADIER DE SECCIÓN

Dependerá del Brigadier General o del Brigadier de Compañía, que cumpla las

siguientes funciones:

Supervisar y controlar los servicios de la Policía Escolar a su mando,

distribuyendo por grupos de acuerdo a las circunstancias.

Informará de las incidencias que se presente durante el servicio al tutor

responsable, Brigadier de Compañía o Brigadier General.

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