Reglas de Interpretacion de Lo

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/25/2019 Reglas de Interpretacion de Lo

    1/2

    Reglas de interpretacin de los contratos predispuestospor RUBN STIGLITZ

    1987TOMO LA LEY Nro. 1987, pg. 1075LA LEY S.A.E. e I.Id Infojus: DACN870155

    Los contratos con clusulas predispuestas son aquellos cuyo contenido es dispuesto anticipadamente por una de laspartes de la futura relacin, el predisponente; la otra parte adherir en bloque.

    Excepcionalmente las partes aaden clusulas o condiciones particulares a fin de sustituir la clusula predispuesta.

    La Comisin de Unificacin Legislativa entiende que la naturaleza jurdica de estos contratos es de ndoleCONTRACTUAL.

    En cuanto a las directivas genricas de interpretacin, la Buena Fe es un principio rector y presidir la conducta de laspartes desde el momento en que el predisponente ofrece el contenido contractual hasta la extincin del contrato.

    Se tendr en cuenta la literalidad de los trminos slo cuando proceda la interpretacin restrictiva. Se har unainterpretacin filolgica cada vez que haya que desentraar el sentido y alcance de un contrato y se pretenda dilatar lasrestricciones de los derechos del adherente o ampliar las facultades del predisponente en virtud de normas supletorias.Debe excluirse la interpretacin analgica.

    La finalidad y economa del contrato aparecen como pautas interpretativas valiosas.

    En relacin a las reglas especficas de interpretacin, establece el proyecto que las clusulas especiales prevalecensobre las generales aunque se haya omitido la cancelacin de estas ltimas.

    Las Clusulas incorporadas prevalecern sobre las preexistentes ya que traducen la autntica declaracin de la voluntadcomn. Se las distingue de las clusulas redactadas en forma oscura que sern consideradas de nulidad parcial.

    Se presume la liberacin del consumidor o usuario si es dudosa la existencia de una obligacin a su cargo.

    REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS

    MORELLO, AUGUSTO M.; RUBEN S. STIGLITZ. "EL CONTRATO PORADHESION A CONDICIONES GENERALES", Rev. DEL COLEGIO DEABOGADOS, LA PLATA, Nro.

    41, p. 58.

    STIGLITZ, RUBEN S. Y GABRIEL A. STIGLITZ. "CONTRATOS POR

  • 7/25/2019 Reglas de Interpretacion de Lo

    2/2

    ADHESION, CLAUSULAS ABUSIVAS Y PROTECCION ALCONSUMIDOR", Nro. 30, p. 52 , Ed.

    DEPALMA, Bs.As., 1985.

    CARIOTA FERRARA, L. "EL NEGOCIO JURIDICO", T. II, Nro.163, p.616,Ed AGUILAR, MADRID, 1956.