Reglas de Operacion FONCA

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Reglas de Operacion FONCA

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  • Reglas de Operacin

    FONCA, Nov. 13

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    ndice

    PRIMERA.- OBJETO DE LAS REGLAS ........................................................................................................................ 3

    SEGUNDA.- FINES DEL FONCA ................................................................................................................................ 3

    TERCERA.- CUMPLIMENTACIN DE LOS FINES DEL FONCA Y LOGRO DE OBJETIVOS ............................................ 3

    CUARTA.- POBLACIN OBJETIVO DEL FONCA ........................................................................................................ 4

    QUINTA.- ACCIONES, PROYECTOS Y PROGRAMAS DEL FONCA .............................................................................. 4

    SEXTA.- ESTRUCTURA PROGRAMTICA DE APOYO A LA CREACIN ...................................................................... 5

    SPTIMA.- ACTIVIDADES ESPECIALES ..................................................................................................................... 5

    OCTAVA.- ACTUALIZACIN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DEL FONCA ............................................................... 6

    NOVENA.-MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO .................................................................................. 6

    DCIMA.- RGANOS DEL MANDATO ..................................................................................................................... 6

    DCIMA PRIMERA.-COMISIN DE SUPERVISIN .................................................................................................. 7

    DCIMA SEGUNDA.- FACULTADES DE LA COMISIN DE SUPERVISIN ................................................................ 8

    DCIMA TERCERA.- COMISIN DE ARTES .............................................................................................................. 9

    DCIMA CUARTA.- FACULTADES DE LOS RGANOS DEL MANDATO ..................................................................10

    DCIMA QUINTA.- COMISIN REGULATORIA .....................................................................................................10

    DCIMA QUINTA BIS.- APOYO A LA CREACIN ARTSTICA ..................................................................................11

    DCIMA SEXTA. PROGRAMA JVENES CREADORES ............................................................................................12

    DCIMA SPTIMA.- PROGRAMA CREADORES ESCNICOS .................................................................................12

    DCIMA OCTAVA.- PROGRAMA DE MSICOS TRADICIONALES ..........................................................................13

    DCIMA NOVENA.- PROGRAMA TEATROS PARA LA COMUNIDAD TEATRAL ....................................................13

    VIGSIMA.- PROGRAMA MXICO EN ESCENA ......................................................................................................13

    VIGSIMA PRIMERA.-PROGRAMA MXICO: ENCUENTRO DE LAS ARTES ESCNICAS .........................................14

    VIGSIMA SEGUNDA.- PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES ..................14

    VIGSIMA TERCERA.- SISTEMA NACIONAL DE CREADORES DE ARTE .................................................................15

    VIGSIMA CUARTA.- PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIOS EN EL EXTRANJERO.............................................15

    VIGSIMA QUINTA.-PROGRAMA EDMUNDO VALADS DE APOYO A LA EDICIN DE REVISTAS

    INDEPENDIENTES ..................................................................................................................................................16

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    VIGSIMA SEXTA.- PROGRAMA DE LA COMPAA NACIONAL DE TEATRO ........................................................16

    VIGSIMA SPTIMA.- PROGRAMA DE APOYO A LA CONSTRUCCIN Y EQUIPAMIENTO DE BIBLIOTECAS

    PBLICAS Y CAPACITACIN DE BIBLIOTECARIOS EN NUEVAS TECNOLOGAS .....................................................16

    VIGSIMA OCTAVA.- PROGRAMA DE PRESERVACIN, CONSERVACIN, RESTAURACIN E INCREMENTO DEL

    PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIN ..............................................................................................................18

    VIGSIMA NOVENA.- PROGRAMA DE ADQUSICIN DE BIENES CULTURALES ....................................................19

    TRIGSIMA.- COMISIN DE APOYOS ESPECIALES ................................................................................................20

    TRIGSIMA BIS.- COMISIN CONSULTIVA DE DONATIVOS ................................................................................22

    TRIGSIMA PRIMERA.- SECRETARIO EJECUTIVO DEL FONCA ..............................................................................23

    TRIGSIMA SEGUNDA.- ESTRUCTURA ORGNICA DEL FONCA ..........................................................................25

    TRIGSIMA TERCERA.- REAS DE APOYO DEL MANDATO .................................................................................26

    TRIGSIMA CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA MANDATARIA ...............................................................................26

    TRIGSIMA QUINTA.- DEDUCIBILIDAD ................................................................................................................27

    TRIGSIMA SEXTA.- EXPEDICIN DE RECIBOS DE DONATIVOS ...........................................................................27

    TRIGSIMA SPTIMA.- DESTINO DE LOS DONATIVOS Y APORTACIONES ............................................................28

    TRIGESIMA OCTAVA.- FONDOS ESPECIALES (Subcuentas) ..................................................................................28

    TRIGSIMA NOVENA.- AUTORIZACIN A RESPONSABLES DE FONDOS ESPECIALES ...........................................35

    CUADRAGSIMA.- CRDITOS ................................................................................................................................35

    CUADRAGSIMA PRIMERA.- PARTICIPACIN DEL RGANO INTERNO DE CONTROL EN EL CONACULTA ..........36

    CUADRAGSIMA SEGUNDA.- ADICIN, MODIFICACIN O SUPRESIN DE REGLAS DE OPERACIN..................36

    TRANSITORIOS ......................................................................................................................................................36

    ANEXO NICO CATLOGO DE INCUMPLIMIENTOS ..............................................................................................37

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    REGLAS DE OPERACIN

    Fondo Nacional para la Cultura y las Artes

    PRIMERA.- OBJETO DE LAS REGLAS

    Las presentes Reglas de Operacin tienen por objeto regular la operacin y funcionamiento del Mandato Irrevocable nmero 10886-1 (MANDATO) denominado Fondo Nacional para la Cultura y las Artes, en lo sucesivo FONCA, que constituy mediante contrato la Secretara de Educacin Pblica por conducto del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA), en carcter de MANDANTE y el Banco Nacional de Mxico, Sociedad Annima, integrante del Grupo Financiero Banamex (BANAMEX), fungiendo como MANDATARIA. Asimismo, las presentes Reglas de Operacin establecen el documento denominado Lineamientos para aplicar Recursos del Mandato como el ordenamiento que regula las actividades de fiscalizacin de los recursos que integran el patrimonio del MANDATO. SEGUNDA.- FINES DEL FONCA

    La finalidad del FONCA consiste en la aplicacin de un mecanismo que sirva para la administracin y control de los fondos que se aporten para realizar inversiones y sufragar los gastos que ocasione la preservacin y fomento de las manifestaciones culturales y artsticas, mediante la celebracin de los actos tendientes al cumplimiento de dicha finalidad, mismos que se detallan en el Contrato de MANDATO y sus modificatorios. De manera enunciativa, ms no limitativa se indican los objetivos del FONCA:

    a) Promover el otorgamiento de apoyos, becas y estmulos econmicos a los creadores del arte y la cultura,

    b) Estimular la creacin artstica, c) Preservar e incrementar el patrimonio y acervo cultural; d) Promover y difundir la cultura, e) Promover y apoyar la capacitacin, equipamiento e investigacin en Bibliotecas Pblicas, f) Incrementar el patrimonio cultural, mueble e inmueble de la Nacin.

    TERCERA.- CUMPLIMENTACIN DE LOS FINES DEL FONCA Y LOGRO DE OBJETIVOS

    Para el logro de los fines y objetivos del FONCA se operarn diversos programas, ya sean autorizados por la Comisin de Supervisin o por el MANDANTE, ste en ejercicio de las facultades que se le han conferido en el MANDATO; los objetivos de dichos programas debern orientarse a impulsar y estimular la creacin artstica y cultural del pas, as como a apoyar actividades y/o acciones que se orienten a la preservacin del patrimonio e incremento del acervo cultural del pas y que promuevan y difundan la cultura nacional. En la preservacin del patrimonio cultural el FONCA participar con las instancias del Sector Cultura responsables de este fin; coordinando diversas acciones cuyo propsito sea involucrar a los sectores de la sociedad en tareas que permitan llevar a cabo los fines y objetivos de FONCA.

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    Para el incremento del acervo cultural, el FONCA tiene como funcin primordial la adquisicin de bienes culturales que, por su valor histrico o esttico, puedan incrementar el acervo cultural del pas; as como la construccin y equipamiento de bibliotecas. Para la promocin y difusin de la cultura, el FONCA fomentar y divulgar a travs de los medios de comunicacin a su alcance, actividades y productos artsticos y culturales derivados de los programas que opere. El FONCA podr promover y apoyar acciones de capacitacin, equipamiento e investigacin vinculadas con proyectos culturales especficos a travs de aportaciones o donaciones que reciba para tal fin. Para incrementar el patrimonio cultural el FONCA participar como mecanismo financiero con la Federacin, Estados, Municipios y la sociedad civil en general, en apoyo a la construccin, restauracin y equipamiento de inmuebles destinados a la promocin y difusin de la cultura y las artes. CUARTA.- POBLACIN OBJETIVO DEL FONCA

    La poblacin objetivo de los programas y/o acciones que implemente el FONCA sern las personas fsicas o morales, nacionales o extranjeras, que integren la comunidad artstica y cultural con impacto en el pas, integrada entre otros, por creadores culturales, intrpretes, grupos artsticos, escritores en lenguas indgenas, investigadores, promotores, asociaciones y sociedades civiles, instituciones e industrias culturales. Se reconocern como beneficiarios del FONCA a los integrantes de la poblacin objetivo que reciban un estmulo, apoyo econmico o beca con motivo de la operacin de sus programas, actividades o acciones, as como aquellas personas de la poblacin objetivo que reciban de terceros a travs del FONCA recursos econmicos para la ejecucin de proyectos y/o actividades estrictamente de carcter cultural y/o artstico. De igual manera se considera como beneficiaria la poblacin que reciba los beneficios que se otorgan a travs de los bienes y servicios realizados con aportaciones o donaciones otorgadas para tal fin. QUINTA.- ACCIONES, PROYECTOS Y PROGRAMAS DEL FONCA

    El Secretario Ejecutivo del FONCA deber programar, implementar, dirigir y coordinar las acciones, proyectos y programas que se requieran para la consecucin de los fines y objetivos del FONCA. Asimismo, el FONCA deber ejecutar y en su caso implementar las acciones y programas que as se le encomienden, siempre y cuando estn directamente relacionados con los fines y objetivos previstos en la normatividad del FONCA, as como en las presentes Reglas de Operacin, ya sea que stos se ejecuten a corto, mediano o largo plazo y/o inclusive con impacto en el extranjero.

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    El FONCA se podr auxiliar para la implementacin de sus acciones y/o programas de las instancias del Sector Cultura, ya sean coordinadas o no por el CONACULTA, mismas que a su vez podrn canalizar la peticin de estmulos, apoyos econmicos y becas al FONCA y que podrn solventarse siempre y cuando as lo determine la Comisin de Supervisin y existan recursos suficientes para ello.

    El FONCA implementar de acuerdo a su disponibilidad presupuestal y con estricto apego a sus fines, diversos programas, considerndose la creacin o supresin de stos en cualquier momento, o inclusive el cambio de nombre, atendiendo para ello a las necesidades de la poblacin objetivo del FONCA e informando de ello a la Comisin de Supervisin del FONCA o en su defecto al MANDANTE.

    De manera enunciativa, ms no limitativa los programas que podr operar son:

    Sistema Nacional de Creadores de Arte (Creado por Acuerdo Presidencial)

    Programa de Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales

    Programa de Jvenes Creadores

    Programa de Creadores Escnicos

    Programa de Msicos Tradicionales Mexicanos

    Programa Mxico en Escena (Apoyo a Grupos Artsticos Profesionales de Artes Escnicas)

    Programa de Becas para Estudios en el Extranjero

    Programa Edmundo Valads de Apoyo a la Edicin de Revistas Independientes Programa Mxico: Encuentro de las Artes Escnicas

    Programa de Residencias Artsticas

    Programa de Apoyo a la Traduccin

    Programa de Artes Aplicadas

    Programa de Retribucin Social

    SEXTA.- ESTRUCTURA PROGRAMTICA DE APOYO A LA CREACIN

    La estructura programtica del Sistema de Apoyo a la Creacin incorporar en su esquema de operacin programas culturales que se desarrollen en coordinacin con asociaciones, instituciones y organismos culturales internacionales que orienten su trabajo al estmulo de la creatividad:

    Programas de Intercambio de Residencias Artsticas

    Programa de Traduccin de Obras Mexicanas a Lenguas Extranjeras. SPTIMA.- ACTIVIDADES ESPECIALES

    El MANDATO incorporar en su esquema de operacin actividades especiales que resulten de la concertacin de acciones que el Gobierno Federal realice con los gobiernos estatales y municipales, con instituciones pblicas, privadas y asociaciones civiles, nacionales y extranjeras y que estn relacionados con sus fines de conformidad con lo establecido en el Contrato de MANDATO.

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    Para la operacin y seguimiento de estas actividades especiales y las que apruebe el Secretario Ejecutivo en el futuro, se crearn los rganos y comisiones que se requieran de conformidad con lo establecido en el Contrato de MANDATO.

    OCTAVA.- ACTUALIZACIN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DEL FONCA

    La estructura programtica del FONCA se revisar y actualizar peridicamente en el marco de operacin de las acciones, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, del Programa de Cultura de mediano plazo, as como de las necesidades y estrategias que se requieran para la consecucin de los fines previstos para el FONCA. NOVENA.-MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO

    Para el desarrollo de los programas en operacin el MANDATO a travs de sus rganos, rganos colegiados y con el apoyo del Secretario Ejecutivo y las reas operativas del CONACULTA, definir los mecanismos y procedimientos de trabajo, as como los procesos y criterios de evaluacin, seleccin y asignacin de los apoyos que se ofrecen a la poblacin objetivo. DCIMA.- RGANOS DEL MANDATO

    Los rganos del MANDATO son:

    Comisin de Supervisin Comisin de Artes Secretario Ejecutivo Consejo Directivo del Sistema Nacional de Creadores de Arte Comisiones de Seleccin de Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales Comisiones de Seleccin Jvenes Creadores Comisiones de Seleccin de Creadores Escnicos Comisiones de Seleccin de Msicos Tradicionales Mexicanos Comisiones de Seleccin de Mxico en Escena ( Apoyo a Grupos Artsticos Profesionales de

    Artes Escnicas) Comisiones de Seleccin de Becas para Estudios en el Extranjero Comisiones de Seleccin de Edmundo Valads de Apoyo a la Edicin de Revistas

    Independientes Comisiones de Seleccin de Mxico: Encuentro de las Artes Escnicas Comisiones de Seleccin de Residencias Artsticas Comisiones de Seleccin de Apoyo a la Traduccin Comisiones de Seleccin de Artes Aplicadas Comisin de Apoyos Especiales Comisin Consultiva de Donativos Comisin Regulatoria, y

    Las dems comisiones, consejos o comits que se constituyan, as como los rganos colegiados para la operacin de los Fondos Especiales (subcuentas), de conformidad con los objetivos de los programas que integren el Sistema de Apoyo a la Creacin y las acciones especiales en las que participa como mecanismo financiero y que opera el MANDATO.

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    Las decisiones que tome cada una de las Comisiones de Seleccin en los procesos de evaluacin y seleccin de los proyectos, sern inapelables y la opinin de los jurados ser considerada informacin de carcter reservado. Las actas de dictaminacin, sern de carcter pblico. Para asegurar la transparencia en los procesos de seleccin, los integrantes de las diferentes comisiones y rganos colegiados se sujetarn a un Cdigo de tica y suscribirn una declaracin de vnculo, en la que manifestarn si existe vnculo laboral, de parentesco, ntimo o acadmico que implique conflicto de intereses con los postulantes de los programas que dictaminan. El MANDATO promover la coordinacin con entidades y dependencias federales que operen programas equivalentes estableciendo, en este caso, acuerdos de coordinacin que eviten la duplicidad de esfuerzos y recursos econmicos salvo en el caso de que stos sean complementarios. Los servidores pblicos del CONACULTA que operan el MANDATO, cuando se separen de su empleo, cargo o comisin podrn participar en sus convocatorias despus de un ao contado a partir de su separacin. El FONCA cuenta con Comisiones de Seleccin y Tutoras. Las Comisiones de Seleccin son las que tienen bajo su responsabilidad las fases tcnica y resolutiva de los procedimientos de evaluacin y seleccin de las postulaciones. Los Tutores son los que llevan a cabo el seguimiento de las actividades artsticas y de los proyectos beneficiados. DCIMA PRIMERA.-COMISIN DE SUPERVISIN

    La Comisin de Supervisin es el rgano rector para la operacin del MANDATO y se integra por los representantes de las Secretarias: de Educacin Pblica, de Hacienda y Crdito Pblico, de la Funcin Pblica; as como del Banco de Mxico, del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, del CONACULTA quien presidir la comisin y por cuatro destacadas personalidades representantes de instituciones de educacin superior o de la sociedad civil. Para su operacin la Comisin de Supervisin se sujetar a lo siguiente:

    a) Sesionar por lo menos dos veces al ao, excepto cuando se requiera de una sesin extraordinaria que podr ser convocada por cualquiera de sus miembros;

    b) Para la validez de sus reuniones, se requerir de la asistencia de por lo menos la mitad ms

    uno de sus miembros;

    c) El representante de la Secretara de la Funcin Pblica ejercer sus funciones en el marco de sus atribuciones y participar nica y exclusivamente con voz pero sin voto;

    d) Las resoluciones de la Comisin de Supervisin se tomarn por mayora de votos de los

    miembros presentes; teniendo el Presidente del CONACULTA voto de calidad para el caso de empate;

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    e) Los asuntos que se sometan a la autorizacin de esta Comisin de Supervisin, debern

    presentarse firmados por el titular del rea encargada de formular el asunto y acompaados de un dictamen fundado y motivado, del responsable del rea jurdica de la institucin, en donde conste que lo solicitado cumple con las disposiciones aplicables y es competencia de esta Comisin.

    En caso de que dicho dictamen no se entregue o no cumpla con los citados requisitos, la adopcin del acuerdo se condicionar a que el dictamen quede expresamente manifestado en el acta de la sesin respectiva. Las solicitudes que no cumplan con lo anterior se tendrn por no presentadas.

    De cada reunin, se levantar el acta en la que constarn los acuerdos y compromisos a los que lleguen sus integrantes. sta ser enviada por el Secretario Ejecutivo a los miembros de la Comisin para su revisin y firma.

    DCIMA SEGUNDA.- FACULTADES DE LA COMISIN DE SUPERVISIN

    La Comisin de Supervisin adems de las facultades enunciadas en el Contrato de MANDATO podr:

    a) Instruir al Mandatario sobre los instrumentos de inversin en que deber invertir los recursos del MANDATO;

    b) Aprobar la constitucin de Fondos Especiales (subcuentas) para el desarrollo de proyectos culturales que soliciten instituciones, asociaciones y sociedades civiles;

    c) Con la finalidad de operar el MANDATO con eficiencia, la Comisin de Supervisin delegar

    facultades al Secretario Ejecutivo para realizar las acciones establecidas en los incisos a) y b),

    d) Revisar y aprobar los estados financieros del MANDATO que en forma peridica le presente

    el Secretario Ejecutivo;

    e) Con el propsito de transparentar su administracin, autorizar al Secretario Ejecutivo, en los casos previamente convenidos, a entregar informes a los donantes sobre la aplicacin de los recursos y avance del proyecto.

    La gestin de los representantes de instituciones de educacin superior o de la sociedad civil que integran la Comisin de Supervisin durar cuatro aos. En caso de coincidir con el cambio del Poder Ejecutivo Federal, sta ser de tres aos.

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    DCIMA TERCERA.- COMISIN DE ARTES

    La Comisin de Artes estar integrada por destacadas personalidades del mbito cultural y artstico y que hayan sido o formen parte de las Comisiones de Seleccin del Sistema Nacional de Creadores de Arte, Jvenes Creadores, Intrpretes, Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales, Estudios en el Extranjero; as como por un representante: del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, del Centro Nacional de las Artes y de la Direccin General de Vinculacin Cultural del CONACULTA. El Secretario Ejecutivo integrar en forma permanente la Comisin y se buscar que sus miembros representen de manera equilibrada a las diferentes disciplinas artsticas. En caso de renuncia, incapacidad, fallecimiento o cualquier otro motivo que origine la ausencia definitiva de alguno de los miembros, el sustituto ser designado por el Secretario Ejecutivo conjuntamente con los dems integrantes de la propia Comisin. La gestin de los miembros durar tres aos; a cuyo trmino la Comisin de Supervisin determinar el procedimiento para su renovacin. La Comisin de Artes tendr las siguientes facultades:

    a) Resolver las consultas que desde el punto de vista artstico y cultural se expongan sobre el funcionamiento de los programas sustantivos del MANDATO y, en su caso, proponer las medidas pertinentes para su mejor desarrollo;

    b) Sugerir y recomendar candidatos para conformar las Comisiones de Seleccin de los programas sustantivos del MANDATO;

    c) Atender los casos y consultas de los programas que opera el MANDATO y en su caso definir

    las acciones que conduzcan a la mejor resolucin de dichos casos. d) Decidir el otorgamiento de estmulos especiales a personas que con su trabajo han

    contribuido al arte y a la cultura de nuestro pas;

    e) Proponer actividades especficas de promocin y difusin del arte y la cultura, as como de los productos artsticos y culturales resultado de los programas que el MANDATO tiene establecidos.

    f) Revisar, analizar y resolver las inconformidades que presenten los postulantes de las

    convocatorias de los programas del MANDATO. g) Analizar y resolver los conflictos de intereses que se presenten en los procesos de seleccin

    de los programas del MANDATO y, en caso de comprobarse la existencia de algn vnculo, sugerir la cancelacin del apoyo econmico otorgado.

    Los jurados que incurran en un conflicto de intereses, no podrn participar con ese carcter en las convocatorias del MANDATO.

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    La Comisin de Artes sesionar por lo menos dos veces al ao. Tambin lo har cuando lo convoque el Presidente del CONACULTA, el Secretario Ejecutivo y/o cualesquiera de sus miembros. De cada reunin se levantar el acta en la que constarn los acuerdos y compromisos a los que lleguen sus integrantes. sta ser enviada por el Secretario Ejecutivo a los miembros de la Comisin para su revisin y firma. DCIMA CUARTA.- FACULTADES DE LOS RGANOS DEL MANDATO

    Las diferentes comisiones, consejos y comits de los programas del MANDATO, tendrn las siguientes facultades:

    a) Analizar y aprobar los trminos de las convocatorias respectivas propuestas por el Secretario Ejecutivo;

    b) Analizar las solicitudes de los aspirantes a las becas, apoyos o estmulos econmicos y

    seleccionar a los beneficiarios de las becas, apoyos o estmulos econmicos;

    c) Dar seguimiento al desarrollo de los proyectos de los beneficiarios durante el periodo de vigencia de la beca o apoyo econmico, a travs de la revisin y aprobacin de sus informes;

    d) Determinar el procedimiento para la sustitucin de cualesquiera de sus miembros, siempre y

    cuando no exista normatividad o pacto que prevea dicho procedimiento.

    e) Sesionar por lo menos dos veces al ao o cuando as lo requiera el Presidente del CONACULTA, el Secretario Ejecutivo del FONCA o cualesquiera de sus miembros, levantndose en cada reunin acta o minuta, en la que constarn los acuerdos y compromisos a los que lleguen sus integrantes.

    f) Todas aquellas que se requieran a fin de lograr los objetivos previstos para cada rgano

    colegiado. DCIMA QUINTA.- COMISIN REGULATORIA

    La Comisin Regulatoria del FONCA es un rgano colegiado de conformacin plural que tiene como finalidad analizar, determinar e imponer la implicacin que considere para cada caso particular y exclusivamente para aquellos supuestos que no se encuentren previstos en el Anexo nico de las presentes Reglas de Operacin, a fin de otorgar objetividad, certeza y seguridad jurdica en los procedimientos que ejecuta el FONCA en el cumplimiento de sus fines. La Comisin Regulatoria se integrar de la siguiente manera: Un representante de la Secretara de Educacin Pblica El Secretario Ejecutivo del CONACULTA El Secretario Cultural y Artstico del CONACULTA El Secretario Ejecutivo del FONCA

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    El Director General Jurdico del CONACULTA El representante del INBA en la Comisin de Supervisin del FONCA Tres representantes de la Comisin de Artes del FONCA Como invitados permanentes: el titular del rgano Interno de Control en el CONACULTA y por el FONCA: el Director de Apoyo al Desarrollo Artstico, el Subdirector de Convenios y el titular responsable del Programa en el que se report el adeudo que se discuta, entendindose por ste al titular en estructura orgnica del FONCA que tenga la capacidad de exponer a sta Comisin el asunto que se analice, pudiendo participar en dicho esquema, los titulares que se requieran. La Comisin Regulatoria tendr las siguientes facultades y obligaciones:

    a) Ratificar que el supuesto de incumplimiento que se somete a su consideracin no se encuentra previsto en el Anexo nico de las presentes Reglas de Operacin.

    b) Registrar y analizar los supuestos de incumplimientos a las obligaciones previstas a los beneficiarios y/o poblacin objetivo del FONCA.

    c) Determinar y dictaminar cada uno de los supuestos de incumplimientos, allegndose para tal efecto de la informacin que estime pertinente, as como de los elementos y formatos que considere oportunos.

    d) Imponer la implicacin que considere para cada caso particular. e) Notificar al interesado la determinacin que corresponda a travs de la Secretaria Ejecutiva

    del FONCA o de quin sta determine. f) Ejecutar las acciones que se consideren oportunas encaminadas a la cumplimentacin de la

    finalidad para la cual fue creada.

    Las determinaciones de la Comisin Regulatoria sern inapelables y la cumplimentacin de stas corresponder a la Secretaria Ejecutiva del FONCA. La Comisin Regulatoria se reunir las veces que as se requiera en virtud de los supuestos de incumplimientos que reporte el FONCA, siendo requisito indispensable para convocar a reunin el anlisis y determinacin de cuando menos tres supuestos, la convocatoria a dichas reuniones la emitir el Secretario Ejecutivo del FONCA. Para la validez de sus reuniones se requerir de la asistencia de por lo menos la mitad ms uno de sus miembros, siendo obligacin expresa de la Secretaria Ejecutiva del FONCA levantar y resguardar el acta de cada una de las reuniones. DCIMA QUINTA BIS.- APOYO A LA CREACIN ARTSTICA

    Las becas de Apoyo a la Creacin y Desarrollo Artstico se otorgarn a travs de los programas: Jvenes Creadores, Creadores Escnicos, Msicos Tradicionales Mexicanos y todos aquellos que sean afines.

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    DCIMA SEXTA. PROGRAMA JVENES CREADORES

    El Programa de Jvenes Creadores tiene como finalidad apoyar la creatividad artstica de jvenes creadores mexicanos de entre 18 y 34 aos de edad, mediante la entrega de becas para la realizacin de proyectos creativos originales. Dichas becas se entregarn en virtud de la dictaminacin que para tal efecto realice la Comisin de Seleccin de cada especialidad. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por artistas que tengan una trayectoria destacada; sern designados por el Secretario Ejecutivo del FONCA (de acuerdo con las propuestas y los criterios definidos por la Comisin de Artes) y debern tener una obra significativa en la especialidad que dictaminen a fin de expresar opiniones acordes con el material que revisen. La gestin de los integrantes de la Comisin de Seleccin del Programa durar dos aos, al trmino de los cuales el Secretario Ejecutivo del FONCA deber apegarse al procedimiento previsto para la renovacin de stos. La Comisin de Seleccin del Programa atender las siguientes tareas:

    a) Seleccionar a los beneficiarios del Programa de Jvenes Creadores y dividirlos en dos periodos.

    b) Dar seguimiento al desarrollo de los proyectos de los beneficiarios durante la vigencia de la beca, a travs de la revisin y calificacin de sus informes cuatrimestrales, as como durante los encuentros de jvenes creadores, mismos que se organizarn con los recursos autorizados para tal efecto.

    DCIMA SPTIMA.- PROGRAMA CREADORES ESCNICOS

    El Programa de Creadores Escnicos tiene como finalidad propiciar condiciones favorables para la profesionalizacin, promocin y actualizacin curricular de los creadores escnicos, as como para la divulgacin y difusin del conocimiento artstico y las habilidades tcnicas en las disciplinas de danza, msica, teatro y artes circenses. Para el otorgamiento de las becas contar con una Comisin de Seleccin en funcin de las especialidades contempladas. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por destacadas personalidades del mbito cultural y artstico designadas por el Secretario Ejecutivo (de acuerdo a los criterios definidos por la Comisin de Artes) y que se hayan distinguido por su trabajo en las reas de teatro, danza, msica y artes circenses. La gestin de sus integrantes durar tres aos para la categora Creador Escnico con Trayectoria y un ao en las categoras Joven en Formacin Escnica, Creador Escnico Categora A y Creador Escnico Categora B, al trmino del tiempo previsto, el Secretario Ejecutivo del FONCA deber apegarse al procedimiento previsto para la renovacin de stos.

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    DCIMA OCTAVA.- PROGRAMA DE MSICOS TRADICIONALES

    El Programa de Msicos Tradicionales Mexicanos tiene como finalidad impulsar la creacin de obras musicales que retomen las formas tradicionales mexicanas en cualesquiera de sus gneros. Para el otorgamiento de las becas, contar con una Comisin de Seleccin. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por artistas de destacada trayectoria, en los diversos gneros de msica tradicional designados por el Secretario Ejecutivo del FONCA (de acuerdo a los criterios definidos por la Comisin de Artes) y que se hayan distinguido por su trabajo en el mbito de la msica tradicional mexicana. La gestin de sus integrantes durar un ao; al trmino del cual el Secretario Ejecutivo del FONCA deber apegarse al procedimiento previsto para la renovacin de stos. DCIMA NOVENA.- PROGRAMA TEATROS PARA LA COMUNIDAD TEATRAL

    El Programa Teatros para la Comunidad Teatral se realiza conjuntamente con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene como finalidad reafirmar la vocacin artstica de la infraestructura teatral del IMSS; estimular la continuidad de proyectos de artes escnicas de mediano y largo plazo, generados por la comunidad artstica del pas, como forma de aspirar a un lenguaje propio, a un pblico fiel y a espacios escnicos, con un perfil artstico definido, as como apoyar la autonoma artstica y administrativa de proyectos artsticos para la administracin de un espacio escnico con apoyo econmico. Dicho apoyo econmico se entregar a los beneficiarios del Programa, en virtud de la dictaminacin que para tal efecto realice la Comisin de Seleccin del mismo. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por destacadas personalidades en el mbito de las artes escnicas, designadas por el Secretario Ejecutivo (de acuerdo a los criterios definidos por la Comisin de Artes). La gestin de sus integrantes durar tres aos; al trmino de los cuales el Secretario Ejecutivo del FONCA deber apegarse al procedimiento previsto para la renovacin de stos. VIGSIMA.- PROGRAMA MXICO EN ESCENA

    El Programa Mxico en Escena tiene como finalidad primordial sustentar la continuidad a mediano y largo plazo de proyectos con calidad, brindando apoyo econmico a grupos artsticos profesionales con vocacin por las artes escnicas; as como estimular la autonoma artstica y administrativa de agrupaciones del pas dedicadas profesionalmente a la danza, la msica, la pera y al teatro y propiciar que las agrupaciones continen consolidando su perfil artstico y un lenguaje propio. Para el otorgamiento de los apoyos econmicos, contar con una Comisin de Seleccin. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por especialistas de reconocido prestigio en las artes escnicas del pas, designadas por el Secretario Ejecutivo del FONCA (de acuerdo a los criterios definidos por la Comisin de Artes).

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    La gestin de los especialistas durar de dos a tres aos, en el caso de las agrupaciones que cuenten con tres apoyos bianuales continuos a la fecha de postulacin. La Comisin de Seleccin del programa adems de lo establecido en la Regla Dcimo Cuarta, tendr entre otras facultades las siguientes:

    a) Determinar el monto total del apoyo que se otorgar a cada grupo y aprobar el calendario de

    entrega de recursos econmicos;

    VIGSIMA PRIMERA.-PROGRAMA MXICO: ENCUENTRO DE LAS ARTES ESCNICAS

    La poblacin objetivo del Programa Mxico: Encuentro de las Artes Escnicas son grupos mexicanos de msica, teatro, danza e interdisciplina escnica, propiciando su interactividad con promotores, programadores y directores de festivales de Mxico y de otros pases, a fin de difundir y ampliar su actividad y as viabilizar su participacin en giras, circuitos, residencias y proyectos comunes, propiciando con ello un intercambio de ideas y estrategias entre los profesionales del medio y los artistas escnicos. Para tal efecto, el Programa otorgar apoyos econmicos que se entregarn en virtud de la dictaminacin que para tal efecto realice su Comisin de Seleccin. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por artistas y especialistas de las artes escnicas, designados por el Secretario Ejecutivo del FONCA (de acuerdo con las recomendaciones y los criterios definidos por la Comisin de Artes). Asimismo, contar con promotores extranjeros que brindarn el punto de vista internacional de la disciplina que califiquen. VIGSIMA SEGUNDA.- PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES

    CULTURALES

    El Programa de Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales tiene como finalidad estimular el desarrollo cultural de nuestro pas y apoyar la iniciativa de creadores, intrpretes, investigadores, promotores y educadores para la realizacin de sus proyectos culturales y artsticos. El Programa otorgar apoyos econmicos que se entregarn en virtud de la dictaminacin que para tal efecto realice su Comisin de Seleccin. La Comisin de Seleccin del Programa estar integrada por comits de especialistas en las distintas reas, designados por el Secretario Ejecutivo del FONCA (de acuerdo a los criterios definidos por la Comisin de Artes). La gestin de los integrantes de la Comisin de Seleccin del Programa durar dos aos; al trmino de los cuales el Secretario Ejecutivo del FONCA deber apegarse al procedimiento previsto para la renovacin de stos. La Comisin de Seleccin tendr entre otras facultades las siguientes:

    a) Decidir los apoyos para las propuestas de formacin, investigacin, promocin y produccin cultural en las reas y disciplinas artsticas que la convocatoria respectiva establezca;

    b) Establecer los montos que se otorgarn a cada uno de los proyectos seleccionados, as

    como las condiciones para la entrega de los recursos econmicos.

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    VIGSIMA TERCERA.- SISTEMA NACIONAL DE CREADORES DE ARTE

    El Sistema Nacional de Creadores de Arte, creado por Acuerdo Presidencial de fecha 3 de septiembre de 1993, establece como uno de sus fines estimular a los creadores de talento y excelencia con acciones que permitan el fomento de la creacin individual y su ejercicio en condiciones adecuadas para contribuir a incrementar el patrimonio cultural de Mxico mediante el otorgamiento de becas de alto nivel para que, por un tiempo determinado, los artistas e intelectuales se dediquen exclusivamente a la creacin de obra. El Sistema Nacional de Creadores de Arte, tendr para el otorgamiento de sus distinciones un Consejo Directivo que estar integrado por:

    a) El Secretario de Educacin Pblica, como Presidente b) El Presidente del CONACULTA, como Vicepresidente c) El Secretario Ejecutivo del FONCA, como Secretario d) 2 Representantes del Colegio Nacional e) 2 Representantes de la Academia de Artes f) 2 Representantes de la Academia de la lengua g) Por lo menos un representante de la Comisin de Artes que represente las reas

    artsticas previstas en su Acuerdo Presidencial de creacin El Consejo Directivo deber sesionar con la presencia de cuando menos la mitad ms uno de sus integrantes. En caso de empate, el Presidente tendr voto de calidad. En ausencia del Presidente o del Vicepresidente del Consejo Directivo, se delega en el Secretario del Consejo Directivo, la facultad para presidir las sesiones. Para el funcionamiento y el otorgamiento de sus distinciones, el Sistema Nacional de Creadores de Arte se rige por las Reglas de Operacin que aprueba su Consejo Directivo, stas se publican en el Diario Oficial de la Federacin a travs de la Secretara de Educacin Pblica. VIGSIMA CUARTA.- PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIOS EN EL EXTRANJERO

    El Programa de Becas para Estudios en el Extranjero tiene el propsito de estimular, promover y fortalecer el desarrollo acadmico, la formacin profesional y el perfeccionamiento artstico de estudiantes, creadores e investigadores mexicanos en el campo de las artes y de la cultura. Las becas se ofrecen para realizar estudios de posgrado y de perfeccionamiento artstico, dando prioridad a aqullos que no se ofertan en las instituciones nacionales de educacin superior, y se otorgan por una Comisin de Seleccin integrada por especialistas de reconocido prestigio en cada una de las disciplinas artsticas, en la cual podr participar un especialista sugerido por la Comisin de Artes del FONCA. La Comisin de Seleccin es elegida por el Secretario Ejecutivo del FONCA (de acuerdo con los criterios definidos por la Comisin de Artes) y sus integrantes permanecern durante un ao, al trmino del cual el Secretario Ejecutivo del FONCA podr renovar su permanencia hasta por un ao de manera consecutiva.

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    VIGSIMA QUINTA.-PROGRAMA EDMUNDO VALADS DE APOYO A LA EDICIN DE

    REVISTAS INDEPENDIENTES

    El Programa Edmundo Valads de Apoyo a la Edicin de Revistas Independientes tiene como finalidad fomentar las labores de difusin de la literatura y el arte mexicano, a travs de las siguientes modalidades: revistas literarias impresas en la Repblica Mexicana; revistas de arte impresas en la Repblica Mexicana y revistas electrnicas producidas en la Repblica Mexicana. Para el otorgamiento de los apoyos contar con un jurado que estar formado por tres Comisiones de Seleccin (una para cada modalidad de revistas postulantes). Las Comisiones estarn integradas por destacados especialistas en la materia, designados por el Secretario Ejecutivo (de acuerdo a los criterios definidos por la Comisin de Artes). La gestin de sus integrantes durar dos aos, al trmino de los cuales el Secretario Ejecutivo del FONCA deber apegarse al procedimiento previsto para la renovacin de stos. VIGSIMA SEXTA.- PROGRAMA DE LA COMPAA NACIONAL DE TEATRO

    El Programa de la Compaa Nacional de Teatro tiene como finalidad el otorgamiento de becas en diversas categoras y modalidades para actores y actrices que integran el elenco estable de la Compaa Nacional de Teatro, as como a tcnicos que integran el equipo de coordinadores de talleres escnicos de la misma, para el adecuado funcionamiento y operacin de sus actividades artsticas. Para el otorgamiento de las becas contar con un Consejo Tcnico que se auxiliar de Comisiones de Seleccin. La gestin de sus integrantes durar dos aos; al trmino de los cuales el Secretario Ejecutivo del FONCA llevar a cabo el procedimiento para la renovacin de un porcentaje del elenco estable y del equipo de coordinadores de talleres escnicos. Para este procedimiento, se integrar una Comisin de Evaluacin de Continuidad. VIGSIMA SPTIMA.- PROGRAMA DE APOYO A LA CONSTRUCCIN Y EQUIPAMIENTO DE

    BIBLIOTECAS PBLICAS Y CAPACITACIN DE BIBLIOTECARIOS EN NUEVAS TECNOLOGAS

    El Programa de Apoyo a la Construccin y Equipamiento de Bibliotecas Pblicas y Capacitacin a Bibliotecarios en nuevas tecnologas, tiene como finalidad participar como mecanismo financiero para apoyar acciones de construccin, equipamiento, investigacin e instalacin de nueva tecnologas en las bibliotecas pblicas de la Red Nacional de Bibliotecas. Asimismo apoyar a programas de capacitacin a bibliotecarios que permitan la ptima operacin para la utilizacin de las nuevas tecnologas y estudios de investigacin necesarios para la evaluacin de los resultados por el uso de dichas tecnologas. El Programa contar con una Consejo Directivo que estar integrado por los titulares de la Direccin General de Bibliotecas del CONACULTA; la Coordinacin de Proyectos Especiales y Tecnologa del Instituto Latinoamericano de la Comunicacin Educativa; la Coordinacin General del Sistema Nacional e-Mxico de la Secretara de Comunicaciones y Transporte.

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    Asimismo, el Consejo Directivo se auxiliar para la toma de decisiones de un Comit Tcnico que estar integrado por profesionales expertos y por personalidades reconocidas en los campos de la Bibliotecologa, Biblioteconoma, Arquitectura y los libros. El Consejo Directivo del Programa tendr las siguientes facultades y obligaciones:

    a) Recibir las propuestas de apoyo que presenten los gobiernos de los estados y municipios, las instituciones pblicas, asociaciones civiles y culturales del pas, de ser necesario que cuenten con apoyos complementarios de otras instancias para llevar a cabo el proyecto.

    b) Verificar que dichas propuestas se presenten por escrito y expresen claramente que cuentan

    con los permisos y autorizaciones que correspondan, adems del proyecto ejecutivo de la obra que se trate;

    c) Analizar y, en su caso, aprobar las propuestas de apoyo para la realizacin del proyecto

    ejecutivo para la construccin de bibliotecas; d) Aprobar el programa de apoyo de equipamiento y capacitacin a bibliotecarios en las nuevas

    tecnologas; que presente el Director General de Bibliotecas sobre las bibliotecas pblicas beneficiadas con los recursos del programa;

    e) Autorizar el presupuesto y el programa general de gastos de los procesos de planeacin,

    organizacin, celebracin de concursos va convocatoria pblica, procesos de seleccin; adquisicin y cobertura de derechos sobre predios, consultoras, estudios tcnicos y permisos. As como, el presupuesto y programa de trabajo; para apoyar la construccin, el equipamiento y las acciones de capacitacin, en bibliotecas pblicas.

    f) Aprobar la aplicacin de los recursos econmicos, necesarios para el desarrollo del programa,

    de conformidad con el presupuesto aprobado conjuntamente por las instancias participantes; g) Presentar al FONCA a travs del Secretario Ejecutivo, el presupuesto y el programa general

    de gastos aprobado para la entrega de los recursos correspondientes;

    h) Los recursos se tramitarn mediante solicitud por escrito, avalada por el responsable del proyecto y deber respaldarse con la documentacin debidamente requisitada.

    i) Vigilar que las actividades se desarrollen de conformidad con el programa de trabajo;

    j) Analizar, evaluar y aprobar los informes que le presente el responsable del proyecto, en

    cumplimiento a los objetivos y metas del programa de trabajo; k) La adquisicin y contratacin de servicios, as como los relacionados con obras pblicas que

    se lleven a cabo con los apoyos otorgados, debern realizarse con apego a lo dispuesto a la normatividad vigente en la materia;

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    l) Conocer y aprobar los resultados que presente el Director General de Bibliotecas relacionados

    con la formacin de lectores, la difusin de la cultura y el aumento de los usuarios de la informacin, particularmente entre la poblacin con menores ingresos;

    m) Incentivar la participacin de los estados, municipios y la sociedad civil para que apoyen el

    programa;

    n) Aprobar los informes que en su caso se presenten a los donantes y a las instituciones participantes del programa.

    El Consejo Directivo del Programa sesionar por lo menos cuatro veces al ao, tambin lo har cuando lo convoque el Secretario Ejecutivo del FONCA o cualesquiera de sus miembros. Para la validez de sus reuniones se requerir de la asistencia de por lo menos la mitad ms uno de sus miembros, suscribindose en cada reunin acta o minuta en la que constarn los acuerdos tomados por sus integrantes.

    VIGSIMA OCTAVA.- PROGRAMA DE PRESERVACIN, CONSERVACIN, RESTAURACIN E

    INCREMENTO DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIN

    El Programa de Preservacin, Conservacin, Restauracin e Incremento del Patrimonio Cultural de la Nacin tiene como propsitos: apoyar la preservacin, conservacin, restauracin de bienes que conforman el patrimonio histrico y artstico del pas; y propiciar acciones con los tres niveles de gobierno y la sociedad civil para unir esfuerzos y recursos econmicos que permitan incrementar la infraestructura cultural del pas con la coadyuvancia de las instancias competentes. El Programa contar con un Consejo Directivo que estar integrado por un representante de: la Direccin de Arquitectura del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; la Coordinacin Nacional de Monumentos Histricos del Instituto Nacional de Antropologa e Historia; la Direccin General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural y la Direccin General de Administracin del CONACULTA; el Colegio de Arquitecto Restauradores y la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico. Sus integrantes participarn de acuerdo a su competencia en el proyecto a realizar y podrn invitar a profesionales y expertos de reconocida trayectoria de su especialidad. Asimismo, participar un representante del rgano Interno de Control en el CONACULTA en calidad de asesor. El Consejo Directivo del Programa tendr las siguientes facultades y obligaciones:

    a) Analizar y en su caso, aprobar el programa de trabajo, el presupuesto y el calendario de aplicacin de recursos econmicos que se elabore para la realizacin de los trabajos que se requieran;

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    b) Solicitar la apertura de una subcuenta especial para la administracin y operacin de las

    aportaciones que realicen las instituciones y asociaciones participantes, s el proyecto lo requiere;

    c) Analizar y en su caso, aprobar las convocatorias que se deriven con motivo de los trabajos de

    preservacin, conservacin y restauracin de bienes muebles e inmuebles, construccin de recintos con vocacin a la cultura, sujetndose a la normatividad que para tal fin tiene establecida el CONACULTA;

    d) Analizar y autorizar la aplicacin de los apoyos otorgados de acuerdo al avance de las obras

    y dar seguimiento a su correcta aplicacin. El Secretario Ejecutivo del FONCA instruir a la MANDATARIA para la entrega de los recursos a los prestadores de servicios.

    e) La prestacin de los servicios para la preservacin, conservacin, restauracin e incremento

    de la infraestructura cultural, se realizar con los apoyos otorgados, de acuerdo a su monto, mediante los procesos de contratacin previstos en la Ley de la materia.; siendo para tal efecto el CONACULTA coadyuvante en la realizacin de los procesos;

    f) Analizar y aprobar los informes sobre el avance de los proyectos que se presenten a las

    instancias correspondientes, as como de la aplicacin de los recursos econmicos; g) Instrumentar las medidas necesarias en caso de ocurrir desviaciones al programa de trabajo

    para el mejor desarrollo y conclusin de las obras;

    h) Analizar, evaluar, y resolver cualquier situacin no prevista o extraordinaria que se presente, con motivo del desarrollo del proyecto apoyado.

    El Comit Tcnico sesionar por lo menos cuatro veces al ao. Tambin lo har cuando lo convoque el Presidente del CONACULTA, el Secretario Ejecutivo del MANDATO o cualesquiera de sus miembros. De cada reunin se levantar acta o minuta, en la que constarn los acuerdos tomados por sus integrantes. VIGSIMA NOVENA.- PROGRAMA DE ADQUSICIN DE BIENES CULTURALES

    El Programa de Adquisicin de Bienes Culturales tiene como fin coadyuvar a la adquisicin de obras artsticas o de valor histrico que permitan incrementar el acervo cultural de la Nacin. El Programa operar siempre y cuando exista acuerdo expreso de la Comisin de Supervisin del FONCA y contar con una Comisin cuyos integrantes deber ratificar la Comisin de Artes del MANDATO. La Comisin de Adquisicin de Bienes Culturales se integrar por el Presidente del CONACULTA, el Secretario Ejecutivo del FONCA y destacadas personalidades del arte y la cultura, incluyndose en stas a aquellas instituciones que puedan emitir criterios que coadyuven en el objetivo del programa; dichas personalidades las deber proponer el Secretario Ejecutivo del FONCA.

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    La gestin de sus integrantes durar tres aos, al trmino de los cuales el Secretario Ejecutivo del FONCA llevar a cabo el procedimiento para su renovacin. La Comisin de Adquisicin de Bienes Culturales tendr las siguientes facultades y obligaciones:

    a) Recibir las propuestas de adquisiciones que presenten los integrantes de la propia Comisin, las instituciones, asociaciones civiles y culturales del pas y, en general, cualquier persona interesada en recomendar obra que incremente el patrimonio cultural de la Nacin;

    b) Verificar que dichas propuestas se presenten por escrito y expresen claramente las

    caractersticas (valor histrico, esttico, etc.) y la viabilidad de adquisicin de los bienes culturales de que se trate;

    c) Decidir sobre la adquisicin y el destino del bien cultural atendiendo, en su caso, la

    propuesta del donante del recurso con el que se hubiere adquirido dicho bien;

    d) Solicitar obra por encargo a integrantes de la comunidad artstica de las diversas disciplinas y

    especialidades, para incrementar el acervo cultural de la nacin. La Comisin de Adquisicin de Bienes Culturales sesionar las veces que sean necesarias para decidir sobre las adquisiciones de bienes culturales, tambin lo har cuando convoque el Presidente del CONACULTA, el Secretario Ejecutivo o cualesquiera de sus miembros. De cada reunin se levantar el acta respectiva en la que constaran los acuerdos tomados por sus integrantes. TRIGSIMA.- COMISIN DE APOYOS ESPECIALES

    La Comisin de Apoyos Especiales tiene como finalidad otorgar por excepcin apoyos econmicos especiales a la comunidad artstica y cultural con impacto en el pas, a fin de que sta desarrolle y/o ejecute proyectos y/o actividades que generen productos culturales en el mismo mbito, siendo requisito indispensable para solicitarlos el que por causas de desfase en el calendario el solicitante no haya participado en las convocatorias del CONACULTA-FONCA y/o que el proyecto no est considerado en los programas sustantivos de stos. La Comisin de Apoyos Especiales se integrar de la siguiente manera: El Secretario Ejecutivo del CONACULTA El Secretario Cultural y Artstico del CONACULTA El Director General de Asuntos internacionales del CONACULTA El Director General de Administracin del CONACULTA El Secretario Ejecutivo del FONCA El representante del INBA en la Comisin de Supervisin del FONCA Tres representantes de la Comisin de Artes del FONCA

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    Como invitados permanentes: el titular del OIC en el CONACULTA, el Director de Administracin y Finanzas del FONCA y el Director de Apoyo al Desarrollo Artstico del FONCA. La Comisin de Apoyos Especiales tendr las siguientes facultades y obligaciones: a) Registrar y evaluar las solicitudes de apoyos especiales que presente la comunidad artstica y

    cultural con impacto en el pas, detallndose dichas solicitudes en la carpeta de trabajo que deber elaborar el FONCA.

    b) Seleccionar y aprobar las solicitudes que deben apoyarse en virtud de cumplir con los criterios de elegibilidad;

    c) Determinar y autorizar el monto del apoyo econmico que se otorgar a cada una de las solicitudes presentadas, as como la forma de entrega y comprobacin del mismo.

    d) Los beneficiarios de los apoyos especiales debern suscribir un instrumento jurdico con el

    FONCA, donde constar invariablemente el monto del apoyo econmico, el objeto del mismo, su forma de entrega y comprobacin, y en su caso, el programa de trabajo autorizado por la Comisin de Apoyos Especiales.

    e) Los beneficiarios debern cumplimentar las obligaciones pactadas con el FONCA, as como

    otorgar los crditos correspondientes al CONACULTA y FONCA en la difusin y promocin del proyecto y/o actividad apoyada.

    CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Con la finalidad de contar con elementos claros y especficos para el otorgamiento de apoyos especiales se establecen los criterios bsicos para la valoracin de las propuestas que se sometern al proceso de seleccin de la Comisin de Apoyos Especiales, en el entendido de que stos podrn complementarse con otros que, a juicio de la Comisin de Apoyos Especiales justifiquen y respalden fehacientemente los apoyos que se autoricen.

    1. Importancia artstica y/o cultural del proyecto y/o actividad, 2. Para el caso de propuestas de arte contemporneo, que el proyecto y/o actividad sea original e innovadora, 3. Viabilidad del proyecto y/o actividad a realizar, 4. Impacto social y cultural del proyecto y/o actividad, 5. Descripcin detallada de las actividades a realizar; claridad en los objetivos y metas del mismo y

    calendario (para el caso de proyectos a corto plazo), 6. Presupuesto congruente con los objetivos y metas del proyecto y/o actividad, 7. Puntualizar si el proyecto y/o actividad cuenta con apoyos adicionales. En el caso de apoyos institucionales y/o de coordinacin, especificar si es en especie, con infraestructura, con personal, etc. 8. Que el currculum del solicitante avale su trayectoria y la realizacin del proyecto y/o actividad. La Comisin de Apoyos Especiales sesionar de manera ordinaria seis veces al ao y de manera extraordinaria las veces que sea necesario, siempre y cuando se justifique.

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    El Secretario Ejecutivo del FONCA convocar a las respectivas sesiones levantando de cada una de ellas el acta correspondiente, en la cual se asentarn los acuerdos tomados, as como los hechos ms relevantes de cada una de ellas, una vez revisada por los que en ella intervinieron, deber suscribirse. Para la validez de las sesiones se requerir de la asistencia de por lo menos la mitad ms uno de sus integrantes, mismos que tendrn un cargo honorfico. TRIGSIMA BIS.- COMISIN CONSULTIVA DE DONATIVOS

    La Comisin Consultiva de Donativos tendr como propsito evaluar previamente a su recepcin los donativos mayores de $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) que pretendan realizar personas fsicas o morales, nacionales o extranjeras al FONCA y/o a los Fondos Especiales (subcuentas), determinando la viabilidad de recibir el donativo cuyo destino deber ser la realizacin de un proyecto especfico presentado para tal efecto. En caso de dictaminar favorablemente se autorizar la recepcin del recurso econmico donado y se har la entrega al interesado responsable del proyecto sealado por el donante, para tal fin, ser necesario que el interesado responsable del proyecto detalle la realizacin del proyecto y suscriba el respectivo instrumento jurdico con el FONCA. La Comisin Consultiva de Donativos estar integrada de la siguiente manera:

    Un representante del CONACULTA, quin fungir como Presidente de la Comisin, con voz y voto, mismo que para el supuesto de controversia, contar con el voto de calidad,

    El Secretario Ejecutivo del FONCA, quin fungir como Secretario de la Comisin, con voz y voto, responsable de levantar el acta de cada una de las reuniones de la Comisin, as como de notificar a los interesados el resultado de la dictaminacin de la misma,

    Los representantes del INBA y CONACULTA de la Comisin de Supervisin del FONCA, quienes fungirn como vocales, con voz y voto, y

    Dos representantes de la Comisin de Artes, seleccionados de acuerdo con la disciplina a la que corresponda el proyecto que se pretende ejecutar con el donativo, quienes fungirn como vocales, con voz y voto.

    Como invitados permanentes se convocar al titular del OIC en el CONACULTA, el Director de Administracin y Finanzas y el Director de Apoyo al Desarrollo Artstico, ambos del FONCA, quienes fungirn con voz pero sin voto. La Comisin Consultiva de Donativos tendr las siguientes facultades y obligaciones: 1.- Recibir, analizar y en su caso aprobar las solicitudes de donativos, allegndose previamente de los documentos que describan los proyectos que se ejecutarn con dichos donativos, y 2.- Para el supuesto de que el donativo fuese aprobado, determinar las condiciones para la entrega final del recurso econmico, autorizando al Secretario Ejecutivo del FONCA a suscribir el respectivo instrumento jurdico con el beneficiario final del donativo.

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    El beneficiario sealado por el donante, deber cumplimentar las obligaciones pactadas con el FONCA, as como otorgar los crditos correspondientes al CONACULTA y FONCA en la difusin y promocin del proyecto y/o actividad apoyada. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Con la finalidad de contar con elementos claros y especficos, para el otorgamiento de donativos destinados a proyectos especficos, a continuacin se enuncian los criterios bsicos mnimos que deber considerar la Comisin Consultiva:

    1. Importancia artstica y/o cultural de los proyectos, congruentes con los fines del FONCA, 2. Viabilidad del proyecto a realizar, 3. Impacto social y cultural del proyecto, 4. Descripcin detallada de las actividades a realizar, 5. Desglose presupuestal donde se muestre a detalle cmo se ejercer el donativo; cuando se

    trate de proyectos de Restauracin y/o Conservacin se deber incluir adems: a) Relacin detallada del personal que trabajar en el proyecto b) Honorarios asignados a cada persona que trabaje en el proyecto c) Viticos por persona (definiendo y particularizando -de existir-, los gastos de mano) d) Gastos a detalle, por concepto de transportacin e) Costo de materiales f) Costo de herramientas

    6. Puntualizar si el proyecto cuenta con apoyos adicionales y en su caso, el origen de stos 7. Justificacin para apoyar un proyecto en particular (en el supuesto de que aplique)

    La Comisin Consultiva de Donativos se reunir las veces que as se requiera en virtud de las solicitudes remitidas al FONCA o en cualquier momento, previa convocatoria que para tal efecto emita el Secretario Ejecutivo del FONCA. La Comisin Consultiva de Donativos no tendr competencia respecto de solicitudes de donativos destinados a los programas sustantivos que opere el FONCA, no as el Secretario Ejecutivo del FONCA, quien deber tener conocimiento de ellos. Para la validez de sus reuniones se requerir de la asistencia de por lo menos la mitad ms uno de sus miembros. TRIGSIMA PRIMERA.- SECRETARIO EJECUTIVO DEL FONCA

    El MANDATO operar a travs de un Secretario Ejecutivo que ser designado por el Presidente del CONACULTA, el cual deber administrar, controlar, dirigir y supervisar las actividades tendientes a la consecucin de los fines del FONCA, procurando el desempeo de las actividades encomendadas a ste. El Secretario Ejecutivo del FONCA fungir a su vez como Secretario de las Comisiones de Supervisin, de Artes y de todas las Comisiones de Seleccin de los programas sustantivos del FONCA, as como de los rganos colegidos previstos para la operacin de los diversos programas que opere, a menos de que en su oportunidad no se haya pactado su participacin o se le haya determinado un carcter diferente de actuacin en los propios rganos colegiados.

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    Las facultades y obligaciones del Secretario Ejecutivo del FONCA son: a) Promover la obtencin de recursos financieros para incrementar el patrimonio del FONCA, b) Administrar y controlar el patrimonio del FONCA con estricto apego a su normatividad de creacin,

    a las presentes Reglas, a la normatividad que para tal efecto se autorice, as como a los acuerdos de la Comisin de Supervisin,

    c) Realizar la programacin y presupuestacin de los programas que opere directamente; as como la

    promocin y difusin cultural, en corresponsabilidad con las dependencias e instituciones culturales que participen en la operacin de los mismos,

    d) Proponer a la Comisin Artes los textos de las convocatorias o comunicados de los diferentes

    programas que opere directamente el FONCA, e) Ordenar la publicacin de las convocatorias y comunicados de los programas que opere

    directamente el FONCA, f) Ordenar la publicacin de los resultados de las convocatorias o comunicados que opere

    directamente el FONCA, g) Promover y difundir las convocatorias de los programas que opere directamente el FONCA, as

    como las actividades y productos artsticos y culturales que se deriven de stos; h) Instruir al Mandatario para que realice el pago de los compromisos adquiridos con motivo del

    cumplimiento de los fines del FONCA; i) Instruir al Mandatario para que entregue puntualmente los recursos econmicos a los beneficiarios

    de los programas que opere el FONCA. As como para la creacin de Fondos Especiales (subcuentas);

    j) Autorizar cuando corresponda, a los responsables de los Fondos Especiales (subcuentas) para que

    stos soliciten directamente a la MANDATARIA la entrega de los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines para las que fue creada cada una de ellas,

    k) Expedir los recibos deducibles del Impuesto Sobre la Renta a favor de las personas fsicas y/o

    morales que realicen donativos directamente al FONCA y/o a los Fondos Especiales (subcuentas) que ste opera, autorizando para tales efectos al titular de la Direccin de Administracin y Finanzas del FONCA;

    l) Asistir en calidad de Secretario a las sesiones de las diferentes comisiones y rganos colegiados en

    los que intervenga y elaborar las actas correspondientes; m) Ejecutar las decisiones de los rganos del MANDATO y girar las instrucciones a la MANDATARIA

    para la entrega de los recursos econmicos correspondientes,

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    n) Planear, programar y dirigir las actividades del FONCA, a fin de alcanzar los fines y objetivos

    previstos; o) Dirigir y coordinar las actividades de las reas que integran la estructura orgnica del FONCA; p) Dirigir la realizacin de los acuerdos que dentro de su mbito de competencia, emitan las

    diferentes comisiones establecidas en las presentas reglas, as como de los rganos colegiados que corresponda;

    q) Otorgar los recursos econmicos a los beneficiarios de los programas del FONCA, previamente

    autorizados; r) Otorgar los apoyos econmicos especiales previamente autorizados por la Comisin de Apoyos

    Especiales; s) Elaborar y presentar informes peridicos al Presidente del CONACULTA y a la Comisin de

    Supervisin del FONCA, donde consten las acciones emprendidas y realizadas por el FONCA, t) Suscribir los instrumentos jurdicos que resulten necesarios para el cumplimiento de los fines y

    objetivos del FONCA, as como instrumentar las acciones que se requieran para su cumplimentacin,

    u) Adecuar justificadamente y previa autorizacin del Presidente del CONACULTA, la estructura

    orgnica del FONCA, considerndose incluso la contratacin de servicios profesionales cuando stos se relacionen directamente con los fines del MANDATO,

    v) Imponer, notificar y procurar la cumplimentacin de las implicaciones previstas en el Anexo nico

    de las presentes Reglas de Operacin, as como de aquellos que en su oportunidad determine la Comisin Regulatoria del FONCA,

    w) En general, tendr todas las facultades que sean necesarias para la consecucin de los fines del

    FONCA, las que sean asignadas por la Comisin de Supervisin de conformidad con lo previsto en el Contrato de MANDATO, as como las que se deriven de las presentes Reglas de Operacin.

    TRIGSIMA SEGUNDA.- ESTRUCTURA ORGNICA DEL FONCA

    El FONCA operar los programas que se le encomienden con la estructura orgnica que para tal efecto le destine el CONACULTA, misma que depender presupuestalmente de ste y que deber adecuar el Secretario Ejecutivo del FONCA, previa autorizacin del Presidente del CONACULTA, previa justificacin que se realice en virtud de la consecucin de los fines del FONCA. La estructura orgnica bsica del FONCA ser la siguiente:

    Direccin de Apoyo al Desarrollo Artstico Direccin de Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales

    Direccin de Estmulos a la Creacin Artstica

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    Direccin de Administracin y Finanzas Subdireccin de Evaluacin e Informtica Subdireccin de Promocin y Difusin Subdireccin de Convenios Subdireccin de Control de Operacin y Seguimiento Subdireccin de Operacin de Estmulos a la Creacin Artstica Subdireccin de Programas Internacionales Subdireccin de Promocin y Programacin

    Para el supuesto de que el FONCA requiera para su operacin bienes y/o servicios generales, stos sern otorgados por el CONACULTA, no obstante el FONCA podr contratar servicios, inclusive profesionales, siempre y cuando se justifique su necesidad para la consecucin de sus fines y el procedimiento de contratacin se sujete al ordenamiento que regula las actividades de fiscalizacin de los recursos que integran el patrimonio del MANDATO.

    TRIGSIMA TERCERA.- REAS DE APOYO DEL MANDATO

    La organizacin, funciones y responsabilidades de las reas que apoyan la operacin del MANDATO estn previstas en el Manual de Organizacin del CONACULTA. TRIGSIMA CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA MANDATARIA

    Para la consecucin de los fines del MANDATO, la MANDATARIA deber cumplir las siguientes obligaciones:

    1. Recibir los recursos econmicos, que personas fsicas o morales nacionales y extranjeras aporten a programas y proyectos culturales.

    2. Establecer una cuenta especfica para el manejo de los recursos federales

    3. Invertir transitoriamente los recursos que reciba en instrumentos, que garanticen la mxima

    rentabilidad y seguridad, y con la liquidez que ms convenga, para atender con oportunidad y suficiencia, los desembolsos que aprueben el Secretario Ejecutivo y las Comisiones establecidas en la Clusula Dcima, y las que en el futuro se constituyan.

    4. Realizar, con cargo a los recursos del MANDATO que correspondan, los desembolsos y en

    general, entregar los apoyos financieros que aprueben las diferentes Comisiones de El Mandato previa instruccin por escrito que enve el Secretario Ejecutivo.

    5. Recabar, sistematizar y presentar a la Comisin de Supervisin por conducto del Secretario

    Ejecutivo, informacin que detalle el origen, administracin y aplicacin de los recursos del MANDATO, con la periodicidad y amplitud que cada caso lo amerite.

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    6. Realizar cuando as lo requiera el MANDANTE, la retencin y entero de los impuestos que se

    prevean con motivo de las operaciones que se realicen con recursos del MANDATO.

    7. Informar mensualmente y por escrito a la Comisin de Supervisin por conducto del Secretario Ejecutivo, el estado financiero y contable que guarde el MANDATO, incluyndose el de los Fondos Especiales (subcuentas), emitiendo para tal efecto estados de cuenta.

    8. Actuar como agente financiero en la negociacin y recepcin de recursos provenientes de

    recursos del extranjero, incluso en carcter de donativos, cuando stos sean para los fines del MANDATO.

    9. Crear Fondos Especiales (subcuentas) tratndose de aportaciones para apoyar proyectos

    culturales especficos, que haya aprobado el Secretario Ejecutivo y canalizar tales recursos de acuerdo a las instrucciones de los donantes.

    10. Cumplidos los fines del MANDATO y de conformidad con las instrucciones que al efecto

    reciba de la Comisin de Supervisin, entregar el remanente de los recursos del MANDATO a la Institucin y/o persona(s) que dicho rgano indique.

    De acuerdo a las disposiciones establecidas en los Lineamientos para las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal, para el proceso de extincin de Fideicomisos no considerados Entidad Paraestatal, as como la terminacin de los mandatos y contratos anlogos que involucren recursos pblicos federales emitido por la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico.

    TRIGSIMA QUINTA.- DEDUCIBILIDAD

    Para promover la gestin conjunta, el MANDATO realizar acciones dirigidas a los diversos sectores de la sociedad, en la bsqueda de recursos para financiar parcial o totalmente sus programas sustantivos o proyectos culturales, que fortalezcan el desarrollo cultural del pas, para llevar a cabo estas acciones, el MANDATO ofrece:

    Deducibilidad fiscal de las aportaciones Gestin conjunta de los programas Supervisin institucional de los recursos, administracin y aplicacin a travs de la

    MANDATARIA Amplio reconocimiento a los gestores y donantes

    TRIGSIMA SEXTA.- EXPEDICIN DE RECIBOS DE DONATIVOS

    A fin de dar cumplimiento a la deducibilidad fiscal, el MANDATO expedir los recibos correspondientes de las aportaciones que realicen personas fsicas y/o morales nacionales y extranjeras y que ingresen a la cuenta del MANDATO para sus programas o proyectos especficos.

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    TRIGSIMA SPTIMA.- DESTINO DE LOS DONATIVOS Y APORTACIONES

    Son deducibles del Impuesto Sobre la Renta las aportaciones que se ingresen al MANDATO en carcter de DONATIVOS, asimismo podrn ingresar al MANDATO recursos en carcter de aportaciones; en ambos supuestos, los recursos podrn destinarse a la implementacin, operacin y logstica de los programas sustantivos del FONCA, a fondos especiales, as como a proyectos culturales y artsticos que se realicen con estricto apego a los fines del MANDATO.

    TRIGESIMA OCTAVA.- FONDOS ESPECIALES (Subcuentas)

    Con la finalidad de impulsar el desarrollo cultural del pas a travs de mecanismos financieros flexibles que capten recursos de los gobiernos federal, estatal y municipal, as como de la sociedad civil en general, el MANDATO operar Fondos Especiales a travs de subcuentas bancarias que para tal efecto deber aperturar la MANDATARIA a solicitud expresa del Secretario Ejecutivo del FONCA y siempre y cuando exista un instrumento jurdico donde se funde y motive a travs de acuerdos concretos, los objetivos, funcionamiento y compromisos que se pretenden, mismos que invariablemente debern ser artsticos o culturales. Con la operacin de los Fondos Especiales se coadyuva a los tres rdenes de gobierno y a la sociedad civil organizada, para que propongan y realicen proyectos culturales especficos mediante la integracin de recursos econmicos federales, estatales, municipales y de la sociedad civil, para el adecuado desarrollo y realizacin de acciones culturales diversas y especficas para cada sector de la poblacin objetivo. A) CLASIFICACIN Por su orientacin y mbito de operacin los Fondos Especiales (subcuentas) se podrn clasificar de la siguiente manera:

    Estatales

    Regionales

    Desarrollo Cultural Municipal

    Desarrollo Cultural Infantil

    Fomento a la Lectura

    Desarrollo Integral de la Cultura de los Pueblos y Comunidades Indgenas

    Escuelas Itinerantes de Diseo Artesanal

    Promocin y Difusin Asimismo, el MANDATO podr operar diversos Fondos Especiales cuyos fines sean estrictamente artsticos o culturales y coadyuven en la consecucin de los fines del MANDATO, enuncindose no limitativamente, algunas posibles temticas para tal efecto:

    Patrimonio Artstico y Cultural

    Educacin y Creacin Artstica

    Animacin Cultural

    Medios Audiovisuales y Agenda Digital

    Dialog Cultural de Mxico con el Mundo

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    Prevencin Social del Delito

    Infraestructura

    B) CONSTITUCIN Y OBJETIVOS Fondos Estatales: Se constituyen a travs de un Acuerdo Especfico de Ejecucin, que

    celebran el CONACULTA y el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.

    Tienen como objetivo otorgar estmulos econmicos, individuales o colectivos a creadores e intelectuales de los Estados, mediante convocatoria abierta, a fin de apoyar la realizacin de proyectos relevantes, originales, con propuestas imaginativas y novedosas en las distintas disciplinas artsticas; as como para otras lneas de trabajo descritas en los correspondientes lineamientos de operacin.

    Fondos Regionales: tienen como finalidad apoyar el desarrollo cultural de cada regin por

    medio de programas y actividades comunes que fortalezcan las identidades de los grupos y comunidades que la integran.

    Fondos de Desarrollo Cultural Municipal: tienen como finalidad apoyar el desarrollo cultural

    del municipio participante por medio de programas y actividades que fortalezcan las identidades de los grupos y comunidades que lo integran, y contribuyan a la distribucin de bienes y servicios culturales dirigidos a la poblacin objetivo.

    Fondos de Desarrollo Cultural Infantil: tienen como finalidad en coordinacin con las

    autoridades culturales y educativas del Estado a brindar opciones para desarrollar la expresin creativa de la poblacin infantil en las diferentes reas artsticas.

    Asimismo, fomentar el conocimiento y disfrute del patrimonio cultural y artstico, promover e impulsar la investigacin y el intercambio de experiencias y anlisis sobre cultura infantil y apoyar las acciones de capacitacin y actualizacin de promotores culturales dedicados a este sector de la poblacin.

    Fondos para el Fomento a la Lectura: tienen como finalidad apoyar la realizacin de ferias de libro municipales, estatales, regionales, nacionales e internacionales en la entidad; fomentar acciones de capacitacin y actualizacin de promotores del hbito de la lectura, realizacin de actividades especiales de fomento a la lectura, organizacin de salas de lectura, dotacin de acervos para las mismas y seguimiento de su operacin.

    Fondos para el Programa de Apoyo a la Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC):

    tienen como finalidad apoyar la recuperacin y el desarrollo de la cultura propia de comunidades y municipios; estimulando en primer trmino la participacin local y promoviendo las iniciativas que resulten de esa participacin.

    Los PACMYC buscan apoyar la creacin y/o consolidacin de instancias estatales,

    municipales y comunitarias que permitan articular y coordinar, a nivel local, las acciones de promocin y difusin cultural que llevan a cabo los organismos federales, estatales, municipales y de los sectores sociales y privados.

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    Fondos de Escuelas Itinerantes de Diseo Artesanal: tienen como finalidad lograr el

    fortalecimiento de las expresiones ms profundas del arte popular y la artesana, potenciando sus races e identidades culturales, as como la construccin de puentes de interculturalidad, respetando las concepciones culturales propias de la diversidad tnica; atender y prestar servicios a grupos organizados, familias e individuos productores de artesana y arte popular, en centros urbanos, poblaciones intermedias y comunidades indgenas del rea rural.

    Ampliar el universo de mano de obra artesanal a partir de la capacitacin y la asistencia tcnica, respondiendo a la demanda de productos competitivos en el mercado; fomentar la promocin de artesanas, as como de muestras de la cultura indgena y local; crear y aplicar instrumentos de fortalecimiento organizativo, cultural y productivo, en los grupos de artesanos; lograr el desarrollo de nuevos diseos y el uso de nuevos materiales.

    Fondos de Desarrollo Integral de la Cultura de los Pueblos y Comunidades Indgenas:

    tienen como finalidad crear las condiciones que hagan posible la participacin de los pueblos, organizaciones y comunidades indgenas en la definicin, ejecucin y evaluacin de sus proyectos de desarrollo cultural; impulsar acciones que fortalezcan la vinculacin de la federacin con los estados, municipios e instituciones culturales para la atencin de los pueblos indgenas.

    Fondos de Promocin y Difusin: se constituyen, a peticin de parte, a travs de un

    convenio que celebran el MANDATO y el representante legal de la asociacin civil que lo promueve. Tienen como finalidad apoyar la realizacin de un proyecto artstico y cultural especfico. Para su formalizacin se requiere: -Solicitud por escrito de la asociacin civil legalmente constituida, -Que est inscrita en el registro federal de las organizaciones de la sociedad civil, -Que no tengan fines de lucro y -Que el proyecto cultural est acorde con los objetivos del MANDATO.

    C) OPERACIN ESPECFICA DE LOS FONDOS ESPECIALES Fondos Estatales: los fondos estatales son el instrumento financiero del Programa de Estmulo a la Creacin y al Desarrollo Artstico operado por la Direccin General de Vinculacin Cultura (DGVC). La normatividad especfica al Programa de Estmulo a la Creacin y al Desarrollo Artstico establece la integracin de una Comisin de Planeacin como rgano de administracin de sus recursos. Sus funciones derivan de una principal; que es la elaboracin de un Plan Anual de Trabajo para el desarrollo de los objetivos del Programa y, por consiguiente, implica el acuerdo de sus lneas de trabajo: estmulos por convocatoria pblica; formacin; difusin; publicaciones; etctera y la consecuente distribucin general y particular de los recursos.

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    La Comisin de Planeacin de los Fondos Estatales estar integrada como mnimo- por un grupo de siete a nueve personas:

    Un coordinador: el titular de la Instancia Cultural del Gobierno del Estado (ICGE), quien es el representante designado por el Ejecutivo Estatal.

    Un secretario tcnico: algn miembro del personal de la misma institucin, que apoya el trabajo operativo del Programa y quien tiene voz sin voto en las decisiones de la Comisin.

    De tres a cinco destacados intelectuales o artistas originarios o residentes del estado

    Un representante de la iniciativa privada estatal, que contribuya a alentar y orientar la gestin de recursos adicionales para el Programa.

    Un representante del CONACULTA, quien ser designado por el titular de la DGVC. Fondos Regionales: los fondos regionales son el instrumento financiero del Programa de Cooperacin Interestatal y Regional para la Cultura y las Artes, operado por la Direccin General de Vinculacin Cultural. Para dar continuidad y ampliar el intercambio regional cultural y artstico de las diferentes Zonas del Pas, se crear una Comisin de Planeacin que administrar los recursos del fondo para la realizacin de los programas de: circuitos artsticos regionales; educacin e investigacin artstica; difusin de la cultura; cultura en medios audiovisuales; fomento al libro y la lectura; estmulo a la creacin artstica; desarrollo cultural infantil; patrimonio histrico cultural; y las dems que en su momento determine dicha Comisin. La Comisin de Planeacin de los Fondos Regionales estar integrada por:

    Los titulares de cultura de los Estados que integren la zona.

    Un coordinador general: designado de entre los miembros de la Comisin de Planeacin, por un periodo mnimo de un ao y mximo de dos.

    Un secretario tcnico: nombrado por el coordinador general, no necesariamente miembro de la Comisin de Planeacin.

    Un representante del CONACULTA: el titular de la Direccin General de Vinculacin Cultural, asistido por el coordinador de zona.

    Fondos de Desarrollo Cultural Municipal: los fondos de desarrollo cultural municipal son el instrumento financiero del Programa de Desarrollo Cultural Municipal operado por la Direccin General de Vinculacin Cultural.

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    Para la operacin del Programa en el Estado, existir una Comisin Estatal de Consejos Ciudadanos que tendr entre sus funciones la administracin, planeacin y evaluacin del Programa en cada entidad, considerando para ello los siguientes campos temticos: difusin y animacin cultural; formacin artstica: iniciacin y actualizacin; fomento al libro y la lectura; capacitacin a promotores e investigadores culturales; preservacin, investigacin y difusin del patrimonio cultural; desarrollo, promocin y difusin de las culturas populares e indgenas; fortalecimiento a la infraestructura cultural, desarrollo cultural infantil; desarrollo cultural de los jvenes; atencin a pblicos especficos y empresas culturales. La Comisin Estatal de Consejos Ciudadanos de los Fondos de Desarrollo Cultural Municipal estar integrada por:

    Un coordinador: el titular de la ICGE.

    Un secretario tcnico: nombrado por el coordinador, quien tiene voz sin voto.

    Un tesorero: miembro de la iniciativa privada estatal.

    Un administrador de apoyo: nombrado por el coordinador, quien tiene voz sin voto.

    Un especialista en aspectos del desarrollo regional o municipal, quien tiene voz sin voto.

    Un representante de cada uno de los Ayuntamientos participantes.

    Un representante de cada uno de los Consejos Ciudadanos participantes.

    Un representante del CONACULTA, quien ser designado por el titular de la DGVC.

    Fondos de Desarrollo Cultural Infantil: los fondos de desarrollo cultural infantil son el instrumento financiero del Programa de Desarrollo Cultural Infantil operado por la Direccin General de Vinculacin Cultural.

    Para el manejo y la administracin de los recursos del Programa existir una Comisin de Planeacin que cumplir con los procedimientos que para la operacin y administracin le determine el MANDATO; considerando para ello los siguientes campos temticos: realizacin de actividades culturales infantiles; tales como: espectculos, talleres de estmulo a la creatividad y narraciones en las diferentes reas artsticas y con especial atencin a nios indgenas, con discapacidad, de la calle, menores infractores y otros en circunstancias especiales. Actividades de conocimiento, aprecio y disfrute del patrimonio cultural como visitas guiadas a museos y a sitios de inters histrico; actividades de fomento a la lectura; programacin de cine-video; impresin de diversos materiales tales como: libros, CD, cassettes, videos, revistas, suplementos, peridicos; programas radiofnicos; realizacin de eventos especiales; apoyos con actividades en ferias y festividades estatales. Apoyo a proyectos independientes estatales en materia de cultura infantil; proyectos regionales; actividades para la formacin, capacitacin y actualizacin de promotores en los diversos campos de la cultura infantil; promocin de eventos para el intercambio de experiencias y anlisis como coloquios; exposiciones itinerantes; concursos nacionales e internacionales. La Comisin de Planeacin de los Fondos de Desarrollo Cultural Infantil estar integrada por:

    Dos representantes del CONACULTA

    Dos representantes de la ICGE, uno de los cuales fungir como coordinador

    Un representante de la iniciativa privada

    Por lo menos un representante de la comunidad artstica

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    Fondos para el Fomento a la Lectura: Para su operacin se crear una Comisin de Planeacin o un Consejo Directivo, que determinar el programa de trabajo a desarrollar y administrar los recursos asignados por las instancias participantes. Estos rganos colegiados se encargarn de autorizar los objetivos y metas del programa anual de trabajo y de la evaluacin interna y seguimiento de los resultados. Considerando para ello la realizacin de ferias de libros municipales, estatales, regionales, nacionales e internacionales en la ciudad, capacitacin de promotores de lectura, organizacin de crculos y salas de lectura, dotacin de salas de lectura y realizacin de programas especiales de lectura para poblaciones especficas. La Comisin de Planeacin de los Fondos para el Fomento a la Lectura estar integrada por:

    Dos representantes del CONACULTA: el Director General de Publicaciones y el Coordinador Nacional de Desarrollo Cultural Regional

    Dos representantes del Estado, uno de los cuales deber fungir como Coordinador,

    Un representante de la Unidad de Publicaciones Educativas de la Secretara de Educacin Pblica.

    Fondos para el Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC): Para su operacin se crear una Comisin de Planeacin y Apoyo a la Creacin Popular (CACREP), rgano rector con estructura y facultades para la toma de decisiones en lo correspondiente a las Reglas de Operacin del PACMYC. La descentralizacin del programa permite la articulacin de las instituciones fe