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Jueves 31 de diciembre de 2015 DIARIO OFICIAL (Segunda Seccin) 1
SEGUNDA SECCIONPODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIALACUERDO por el que los integrantes del Comit Tcnico del Programa de Empleo Temporal emiten las Reglas deOperacin del Programa de Empleo Temporal (PET) para el ejercicio fiscal 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretara deDesarrollo Social.
ERNESTO JAVIER NEMER LVAREZ, Subsecretario de Desarrollo Social y Humano de la Secretara deDesarrollo Social; RODOLFO LACY TAMAYO, Subsecretario de Planeacin y Poltica Ambiental de laSecretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales; RAL MURRIETA CUMMINGS, Subsecretario deInfraestructura de la Secretara de Comunicaciones y Transportes; FLORA PATRICIA MARTNEZ CRANSS,Subsecretaria de Empleo y Productividad Laboral de la Secretara del Trabajo y Previsin Social, confundamento en los artculos 32, 32 bis, 36 y 40 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 77 dela Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, como integrantes del Comit Tcnicodel Programa de Empleo Temporal.
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cmara de Diputadosen el Presupuesto de Egresos, podr sealar los programas que debern sujetarse a reglas de operacin conel objeto de asegurar que la aplicacin de los recursos pblicos se realice con eficiencia, eficacia, economa,
honradez y transparencia. Asimismo, se sealarn en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a loscuales se sujetarn las reglas de operacin de los Programas;
Que la ejecucin de los proyectos y acciones del Programa de Empleo Temporal (PET), debern operarsepara apoyar temporalmente a hombres o mujeres en periodo de baja demanda laboral y en emergenciasnaturales o econmicas, complementando las estrategias de otros programas sociales, en el desarrollo deinfraestructura social bsica y actividad productiva;
Que de acuerdo a lo anterior, ser necesario incrementar la calidad y eficiencia del Programa de EmpleoTemporal, que redunde en una mayor atencin y satisfaccin de la poblacin objetivo, as como de gruposexcluidos y marginados, con eficacia en la productividad de los recursos presupuestales destinados para talfin, a travs del impulso y promocin de la cobertura de las polticas pblicas con proyectos productivos cuyosbeneficios trasciendan la temporalidad del apoyo, encaminados a fomentar la integracin social de laspersonas, que propicien el arraigo de la poblacin en su lugar de origen, el desarrollo de sus capacidades y elaprovechamiento de las vocaciones regionales, generando alternativas de ocupacin temporal y permanenteque compensen los costos de productividad e inversin;
Que los apoyos otorgados debern sujetarse a criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad,selectividad y temporalidad;
Que en un marco de coordinacin intersectorial, las reglas de operacin sern emitidas por el ComitTcnico del Programa de Empleo Temporal, integrado por los Subsecretarios de: Desarrollo Social y Humanode la SEDESOL; Infraestructura de la SCT; Planeacin y Poltica Ambiental de la SEMARNAT y de Empleo yProductividad Laboral de la STPS;
Que en este marco, las dependencias sern responsables de emitir las reglas de operacin de losprogramas que inicien su operacin en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellasque continen vigentes, previa autorizacin presupuestaria de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico ydictamen de la Comisin Federal de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a travs de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o,en su caso, las entidades no coordinadas, publicarn en el Diario Oficial de la Federacin las reglas deoperacin de programas nuevos, as como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a ms
tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, debern inscribir o modificar la informacin quecorresponda en el Registro Federal de Trmites y Servicios, de conformidad con el Ttulo Tercero A de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo.
Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicadoen el Diario Oficial de la Federacin el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federalpodrn apoyar en la instrumentacin de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusin ybienestar social, implementada a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propsito esconjuntar esfuerzos y recursos de la Federacin, las entidades federativas y los municipios, as como de lossectores pblico, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento delos objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentacin y nutricin adecuada de las personasen pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentacin; eliminar la desnutricin infantil
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aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niez; aumentar la produccin de alimentos y el ingresode los campesinos y pequeos productores agrcolas; minimizar las prdidas post-cosecha y de alimentosdurante su almacenamiento, transporte, distribucin y comercializacin y promover la participacincomunitaria para la erradicacin del hambre.
Que la Secretara Tcnica del Comit Tcnico del Programa de Empleo Temporal (PET), a cargo de laSecretara de Desarrollo Social, recibi el oficio nmero 312.A.-004148 de fecha 03 de diciembre de 2015, dela Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, por el que emiti la autorizacin presupuestaria correspondientea las reglas de operacin del Programa mencionado; asimismo, recibi con fecha 16 de diciembre de 2015, el
oficio nmero COFEME/15/4529 de la Comisin Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitiel dictamen respectivo, en tal virtud hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE LOS INTEGRANTES DEL COMIT TCNICO DEL PROGRAMADE EMPLEO TEMPORAL EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA
DE EMPLEO TEMPORAL (PET) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016
NICO: Se emiten las reglas de operacin del Programa de Empleo Temporal (PET), para el ejerciciofiscal 2016.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-El presente Acuerdo entrar en vigor el 1 de enero de 2016.
SEGUNDO.-Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las reglas de operacin del Programa de EmpleoTemporal, para el ejercicio fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 31 de diciembrede 2014.
TERCERO.- En el caso de la Secretara de Desarrollo Social, a partir de la entrada en vigor de laspresentes Reglas de Operacin, la Unidad Responsable del Programa ser la Unidad de Microrregiones, porlo tanto, cuando en los numerales y anexos del presente documento se haga mencin de la Direccin Generalde Atencin a Grupos Prioritarios, se entender que se hace referencia a la Unidad de Microrregiones.Del mismo modo, cuando mencione al Director General de Atencin a Grupos Prioritarios, se entender quese hace referencia al Jefe de la Unidad de Microrregiones.
En consecuencia a lo anterior, no se requerir la firma del convenio sealado en el numeral 4.2.1 b).
Dado en la Ciudad de Mxico, Distrito Federal, a los 23 das del mes de diciembre de dos mil quince.-El Subsecretario de Desarrollo Social y Humano de la Secretara de Desarrollo Social, Ernesto Javier Nemerlvarez.- Rbrica.- El Subsecretario de Planeacin y Poltica Ambiental de la Secretara de Medio Ambiente yRecursos Naturales, Rodolfo Lacy Tamayo.- Rbrica.- El Director General de Carreteras, Oscar RalCallejo Silva, firma en suplencia por ausencia del C. Subsecretario de Infraestructura, con fundamento en lo
dispuesto por el Artculo 49 segundo prrafo del Reglamento Interior de la Secretara de Comunicaciones yTransportes.- Rbrica.- La Subsecretaria de Empleo y Productividad Laboral de la Secretara del Trabajo yPrevisin Social.- Flora Patricia Martnez Cranss.- Rbrica.
Reglas de Operacin del Programa de Empleo Temporal (PET) para el ejercicio fiscal 2016
1. Introduccin
Aunque Mxico presenta uno de los niveles ms bajos de desempleo entre los pases miembros de laOCDE, el alto nivel de informalidad de la economa nacional y la marginacin de numerosos municipios ylocalidades a lo largo de todo el pas provocan que la inestabilidad del empleo sea considerado como uno delos principales motivos de preocupacin dentro de los hogares mexicanos. Esta inquietud es una amenazaconcreta para un gran nmero de hogares. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Ocupacin y Empleo(ENOE), al tercer trimestre de 2015, la poblacin nacional econmicamente activa sumaba alrededor de 53.1millones de personas; de stas, 2.4 millones se consideran desocupadas. El diagnstico del Programa y el
mtodo de cuantificacin de la poblacin objetivo pueden consultarse en la siguiente direccin electrnica:http://www.cipet.gob.mx
La prdida del empleo y la consecuente disminucin de los ingresos, aun de manera temporal tienengraves consecuencias sobre la pobreza de los hogares, fundamentalmente porque la falta de empleo conducea una importante disminucin del capital econmico familiar, mayor presin sobre los recursos naturales, ascomo al abandono de la educacin y el fomento al endeudamiento. Estas afectaciones frecuentementepersisten aun cuando sus miembros se reintegren a las actividades productivas remuneradas.
La oferta laboral puede disminuir en algunas regiones a lo largo del ao debido a emergencias o por efectode los ciclos productivos, afectando principalmente a la poblacin de escasos recursos que enfrentaperidicamente etapas con una grave disminucin en sus ingresos y patrimonio.
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Debido a esto, las polticas de empleo nacional, deben considerar, adems del fomento a la creacin de
empleos formales disponibles, la ejecucin de acciones que permitan disminuir el impacto del desempleo
temporal.
Nuestro pas ha establecido como una de las alternativas para enfrentar dicho fenmeno la
implementacin del Programa de Empleo Temporal (PET).
La poblacin en condiciones de pobreza es particularmente vulnerable a la afectacin de sus ingresos, no
slo por la ocurrencia de emergencias climatolgicas o ambientales, sino tambin por otras situacioneseconmicas adversas tales como la cada de la produccin o de los precios de sus principales productos de
intercambio, as como por fenmenos socioeconmicos que disminuyen el potencial productivo de las
regiones.
El diseo del PET implica que los beneficiarios del mismo deben participar en proyectos de beneficio
familiar o comunitario como corresponsabilidad obligatoria para recibir los apoyos que se les otorgan. Este
requisito no solamente promueve la participacin activa de los ciudadanos en el desarrollo de sus hogares y
comunidades, sino que adems genera beneficios adicionales al resto de la sociedad en funcin de los
proyectos ejecutados y funciona como un mecanismo de autoexclusin ya que garantiza que nicamente
las personas que forman parte de su poblacin objetivo participarn en los proyectos.
Asimismo, el programa contribuye al cumplimiento del Objetivo 2.4 del Plan Nacional de Desarrollo
2013-2018, en el que se establece como prioridad ampliar el acceso a la seguridad social. Al respecto, lasacciones de este programa se alinean a la Estrategia 2.4.1 del Plan Nacional de Desarrollo que busca
proteger a la sociedad ante eventualidades que afecten el ejercicio pleno de sus derechos sociales.
El Programa de Empleo Temporal se alinea a los objetivos y estrategias de los siguientes programas
sectoriales:
Objetivo 3 del Programa Sectorial de Desarrollo Social, el cual tiene como propsito dotar de
esquemas de seguridad social que protejan el bienestar socioeconmico de la poblacin en situacin
de carencia o pobreza.
Objetivo 1 del Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes: Fortalecer el buen
funcionamiento de los mercados laborales para impulsar la creacin de empleos formales bien
remunerados, de la estrategia transversal 1 Democratizar la Productividad, que tiene como propsito
analizar integralmente los programas de gobierno y polticas pblicas para que las estrategias yprogramas de gobierno induzcan la formalidad.
Objetivo 1 del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que busca Promover y
facilitar el crecimiento sostenido y sustentable de bajo carbono con equidad y socialmente incluyente
dentro del cual se ubica en la estrategia 1.1 que pretende Contribuir a una economa regional basada
en la produccin sustentable y conservacin de los ecosistemas y sus servicios ambientales.
En el Anexo 1, se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en las
presentes Reglas y en el Anexo 4 el diagrama de flujo bajo el cual opera el Programa.
2. Objetivos
2.1 Objetivo general
Contribuir a dotar de esquemas de seguridad social que protejan el bienestar socioeconmico de la
poblacin en situacin de carencia o pobreza, mediante la mitigacin del impacto econmico y social de
las personas de 16 aos de edad o ms que ven disminuidos sus ingresos o patrimonio ocasionado por
situaciones econmicas y sociales adversas, emergencias o desastres.
2.2 Objetivo Especfico
Mitigar el impacto econmico y social de las personas de 16 aos de edad o ms que vean disminuidos
sus ingresos o su patrimonio ocasionado por situaciones sociales y econmicas adversas, emergencias
o desastres.
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3. Lineamientos
3.1 Cobertura
El Programa opera a nivel nacional.
3.1.1 Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre
Con el propsito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro delmbito de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes reglas de operacin, deberidentificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre.Dichas acciones priorizarn la atencin a las personas que se encuentren en situacin de pobreza extrema dealimentacin, evaluados e identificados a partir de la informacin socioeconmica integrada al Sistema deFocalizacin de Desarrollo (SIFODE).
Lo anterior, con base en los Lineamientos de Integracin, Uso y Comparticin de InformacinSocioeconmica del SIFODE disponibles en la direccin: http://normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/2_Sustantivas/Lineamientos_SIFODE.pdf
Asimismo, cuando aplique, para las acciones de servicios bsicos e infraestructura social bsica seatender a las personas que habitan en las Zonas de Atencin Prioritaria urbanas y rurales vigentesdisponibles en la direccin electrnica: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/
Para implementar dichas acciones, el Programa podr realizar los ajustes necesarios en su planeacin yoperacin, as como, emitir convocatorias especificas o regionales para atender proyectos surgidos en elmarco de la Cruzada Nacional contra el Hambre; estableciendo los acuerdos, la coordinacin y vinculacininterinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes Reglas de Operacin yde las metas establecidas, as como en funcin de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal.
Las dependencias responsables del Programa debern informar sobre las acciones, presupuesto y
avances en las metas e indicadores de las acciones que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivosde la Cruzada.
3.1.2 Programa Nacional para la Prevencin Social de la Violencia y la Delincuencia
En cumplimiento a los objetivos para prevenir la violencia y la delincuencia, el Programa podrimplementar acciones dedicadas a ese fin, las cuales atendern a los hogares y sus integrantes que se
encuentren en los polgonos ubicados en los municipios de atencin de la Poltica Pblica para la PrevencinSocial de la Violencia y la Delincuencia.
Dichas acciones podrn realizarse en coordinacin con otras dependencias y entidades, as como conotros rdenes de gobierno, y se llevarn a cabo de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas deOperacin y en funcin de la capacidad operativa y presupuestal del Programa.
3.1.3 Proyectos de mejoramiento del entorno fsico e infraestructura comunitaria.
A partir de los apoyos econmicos otorgados a las y los beneficiarios, la SEDESOL podr implementarproyectos que generen impacto directo a las y los habitantes de una localidad determinada e indirectamentebeneficien su calidad de vida, en funcin de los criterios para la definicin de los indicadores de pobrezaestablecidos por el CONEVAL, priorizando las acciones relacionadas con las dimensiones de calidad,
espacios y servicios bsicos, todo ello en la vivienda; as como de infraestructura social comunitaria; medianteel esquema de operacin que se establece en el numeral 4.2.1 de las presentes Reglas, as como en losLineamientos Operativos del Programa.
Conforme a las disposiciones contenidas en las presentes Reglas, la SEDESOL, a travs de la Unidad deMicrorregiones, podr dotar de los insumos materiales, que sern usados directamente en el empleotemporal.
3.2 Poblacin Objetivo
Mujeres y hombres de 16 aos de edad en adelante que ven afectado su patrimonio o enfrentan unadisminucin temporal en su ingreso por baja demanda de mano de obra o por los efectos de situacionessociales y econmicas adversas, emergencias o desastres.
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3.3 Criterios y Requisitos de Elegibilidad
a) Para las y los Solicitantes de Apoyo Econmico:
Criterios Requisitos
Las y los solicitantes debern
tener 16 aos o ms de edad
al inicio de su participacin
en los proyectos.
1. Entregar copia legible y presentar original para cotejo de alguno de los
siguientes documentos vigentes que acrediten su edad:
CURP
Acta de Nacimiento
Credencial para votar
Cartilla del Servicio Militar Nacional
Pasaporte
Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores
(INAPAM).
Formas Migratorias
Cdula de Identidad Ciudadana
Cdula de Identidad Personal
Cdula profesional
nicamente para el caso de la SEDESOL ser obligatorio para los solicitantes entregar
copia del CURP.
2. Para las solicitudes presentadas a la SCT
Entregar solicitud mediante escrito libre que contenga:
Nombre de la o el solicitante o solicitantes, fecha y lugar
No ser servidor pblico
Estar de acuerdo en cumplir con su corresponsabilidad dentro de un
proyecto de beneficio familiar y comunitario
Firma o huella dactilar de la o el interesado
Constancia de domicilio. Recibo de pago de servicios con antigedad no
mayor a tres meses (energa elctrica, agua telfono, impuesto predial).
Carta-constancia bajo protesta de decir verdad de que la o el beneficiario no
se encuentra participando simultneamente en ms de un proyecto del PET
3. Para las solicitudes presentadas a SEMARNAT
Entregar solicitud mediante escrito libre que contenga:
Nombre de la o el solicitante o solicitantes, fecha y lugar
No ser servidor pblico
Estar de acuerdo en cumplir con su corresponsabilidad dentro de un
proyecto de beneficio familiar y comunitario
Firma o huella dactilar de la o el interesado
Carta-constancia bajo protesta de decir verdad de que el beneficiario no se
encuentra participando simultneamente en ms de un proyecto del PET
4. Para las solicitudes presentadas a la SEDESOL
Para determinar si las personas cumplen los criterios de elegibilidad, ser
necesario que un informante otorgue los datos necesarios para el llenado del
Cuestionario nico de Informacin Socioeconmica (CUIS) y el Cuestionario
Complementario (CC), que corresponda segn los anexos 3 y 9.
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nicamente en el caso de la SEDESOL, para las acciones que se realicen en funcin de la operacin delos proyectos de mejoramiento del entorno fsico e infraestructura comunitaria, sealados en el numeral 3.1.3de las presentes Reglas de Operacin, se estar a lo siguiente:
Criterios Requisitos
Contar con un Proyecto opropuesta de inversin quesea de beneficio socialfamiliar o comunitario.
1.- Presentar, lo siguiente:
a) Solicitud de apoyo para el desarrollo de un proyecto o propuesta de inversin a laDelegacin que corresponda, mediante escrito libre, sealando el tipo de apoyo
solicitado, la importancia de la obra y/o acciones a realizar, la atencin de la necesidad oindicadores de la carencia a abatir y el beneficio a la comunidad.
Dicha solicitud deber estar firmada por la o el representante del comit comunitario deobra o accin del programa, del comit comunitario de la Cruzada contra el Hambre,de la organizacin de la sociedad civil o de la autoridad local que la realice.
Sealar en la solicitud de apoyo la ubicacin del proyecto o propuesta de inversin,incluyendo entidad federativa, municipio y localidad; as como croquis de localizacin.
b) Presupuesto detallado por concepto.
c) Nmero de personas a beneficiar, desagregando por gnero y grupos de edad,en su caso.
d) Metas a alcanzar (jornales y acciones) en el periodo de ejecucin.
e) Permisos y autorizaciones, emitidos por la autoridad competente, en su caso.
Los proyectos podrncomplementarse conrecursos financieros, entregade bienes en especie y/oservicios, en coinversin conotros programas, rdenes degobierno y fondos federales,en particular con el Fondo de
Aportaciones para laInfraestructura Social (FAIS),la coinversin se realizar enestricto apego a lanormatividad aplicable, y
deber cumplir con lafactibilidad tcnica ynormativa que corresponda,en su caso
2.- Presentar, escrito libre sealando el costo total del proyecto, incluyendo la mezclafinanciera a aplicar y la fuente de financiamiento (federal, estatal, municipal o departicipantes), en este caso se deber especificar que los recursos son complementariosy para realizar sinergias por lo que no se duplican.
Los apoyos brindados a la
vivienda debern enfocarse a
los rezagos asociados a las
carencias de calidad y
espacios de la vivienda y
acceso a los servicios
bsicos en la vivienda, de
conformidad con los criterios
establecidos por el
CONEVAL.
3.- Llevar a cabo, adems del levantamiento del CUIS y el Cuestionario Complementario
(CC), un cuestionario complementario adicional (Anexo 9), de la vivienda en la cual se
realizarn las acciones.
Acreditar la identidad de
quien ostente la
representacin de los
interesados en la realizacin
del proyecto o propuesta de
inversin.
4.- En el caso de que las instancias ejecutoras sean las organizaciones de la sociedadcivil, debern sealar, en escrito libre, segn corresponda, nombre, RFC, telfono,domicilio y correo electrnico para recibir notificaciones.
Adicionalmente, las organizaciones de la sociedad civil, debern manifestar en escritolibre que no se encuentran bajo los supuestos del Artculo 8 de la Ley Federal deFomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; que elproyecto, obra o accin, est vinculado directamente con el objeto social dela organizacin y entregar copia y presentar en original para su cotejo lo siguiente:
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a) Acta constitutiva.
b) CLUNI.
c) Cdula de identificacin fiscal.
d) Identificacin oficial de la o l representante legal.
e) Comprobante de domicilio.
f) Formulario de registro ante SHCP.
g) Estado de cuenta y contrato de apertura bancario en los que se especifique laCLABE interbancaria.
h) Carta de cumplimiento de obligaciones fiscales en escrito libre.
i) Currculum.
j) Carta manifestando que no presenta irregularidades con la SEDESOL u otrainstancia federal.
k) Debern reportar a la autoridad competente todas las obligaciones que seala laLey Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de laSociedad Civil y su Reglamento, tales como informes de actividades, recursosrecibidos y situacin financiera, entre otras.
b) Para las y los interesados en la realizacin de un proyecto se deber cumplir con los siguientescriterios y requisitos.
Criterios Requisitos
Los proyectos deben ser debeneficio social, familiar ocomunitario.
1. Presentar en original y copia un escrito libre para la ejecucin de un proyecto delPrograma de Empleo Temporal, que deber contener como mnimo:
Nombre del municipio y de la localidad en donde se propone la ejecucindel proyecto.
Descripcin breve del proyecto que se planea realizar.
Para la SEDESOL se puede consultar la gua de proyectos publicada en:
http://www.cipet.gob.mx/pet/empleo.html
Nombre completo de la o el interesado o persona que acuda enrepresentacin de las y los solicitantes del proyecto y su firma o huella
dactilar, en su caso.
3.4 Criterios de Seleccin
3.4.1 Para ser Beneficiario de los Apoyos Econmicos
Tendrn prioridad las personas que sean integrantes del conjunto de hogares del padrn de beneficiariosde PROSPERA Programa de Inclusin Social; asimismo, cuando la cobertura lo permita, el siguiente criteriode seleccin ser apoyar a las personas enviadas por el Servicio Nacional de Empleo (SNE).
En caso de que los beneficiarios de PROSPERA Programa de Inclusin Social y del SNE no cubriesen lasvacantes del proyecto, el ejecutor podr cubrirlas con las y los interesados que acudan directamente alproyecto y cumplan con lo sealado en el numeral 4.2 inciso b.2 de las presentes Reglas.
3.4.2 Para la Seleccin de los Proyectos de Beneficio Familiar o Comunitario
Las Dependencias realizarn la validacin normativa de los proyectos de acuerdo a su viabilidad tcnica,econmica y social, en su caso, autorizarn recursos para su ejecucin en los Rubros de Atencin que semencionan en el numeral 3.5.1 inciso a) de estas Reglas de Operacin, considerando la disponibilidadpresupuestal.
Se dar prioridad a los proyectos que cuenten con la participacin de integrantes del conjunto de hogaresdel padrn de beneficiarios de PROSPERA Programa de Inclusin Social para su atencin por parte delPrograma. Al respecto, el Programa podr brindar asesora en el diseo del proyecto.
En segundo trmino, tendrn prioridad en la atencin los proyectos o acciones que contemplen laaportacin econmica por parte del gobierno estatal, municipal o de terceros.
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3.4.2.1 Atencin de la SEDESOL a la poblacin objetivo de la Cruzada Nacional contra el Hambre
Para el caso de la SEDESOL, se promover el apoyo a proyectos en los que se identifique la participacinde personas en condiciones de pobreza extrema y carencia de acceso a la alimentacin, mismas queconstituyen la poblacin objetivo de la Cruzada Nacional contra el Hambre, as como a proyectos que seubiquen en las Zonas de Atencin Prioritaria.
3.5 Tipos y Montos de Apoyo
Los apoyos que el Programa entrega no dan lugar a relacin laboral o contractual alguna entre las
personas beneficiarias y las Instancias Participantes o Ejecutoras.3.5.1 Apoyos directos
Apoyo econmico a la beneficiaria o beneficiario
Descripcin: Se otorgar un apoyo econmico, consistente en jornales equivalentes al 99% de un salariomnimo general diario vigente.
Se podrn otorgar apoyos econmicos para la adquisicin o arrendamiento de materiales, herramientas,maquinaria o equipo, incluyendo implementos de proteccin para las y los beneficiarios, as como costos detransporte necesarios para realizar los proyectos autorizados.
Caractersticas del Apoyo: Recursos entregados a las y los beneficiarios a travs de medios electrnicos,en cheque o en efectivo conforme a la siguiente asignacin:
Para SEDESOL y SCT
Un mximo del monto correspondiente a 2 jornales diarios y 132 jornales por beneficiario durante elejercicio fiscal.
Para SEMARNAT
Un jornal diario y hasta 88 jornales por beneficiario durante el ejercicio fiscal. Se podrn otorgar hasta2 jornales diarios y 132 jornales por ejercicio fiscal, con autorizacin expresa de las oficinas centrales.
El valor del jornal puede consultarse en la pgina electrnica del CIPET www.cipet.gob.mx.
Para la adquisicin o arrendamiento de materiales de acuerdo al numeral 3.5.1 c) de las presentes Reglas,el porcentaje mximo del presupuesto anual del programa destinado a este apoyo ser de:
SEDESOL 24.7275%
SCT 24.7275%
SEMARNAT 20.2775%
Para los apoyos econmicos entregados por parte de los Proyectos de mejoramiento del entorno fsico einfraestructura comunitaria, contemplados en los numerales 3.1.3 y 4.2.1 de las presentes Reglas, laaplicacin de recursos no estar sujeta a cubrir criterios de porcentaje para jornales y materiales, nmeromximo de jornales (con excepcin de las obras en donde la ejecutora sean las organizaciones de la sociedadcivil), nmero de jornales por ejercicio fiscal, ni ser un proyecto tipo del numeral 3.5.3 a). Se mantienen, paralas personas, el tener al menos 16 aos de edad.
El porcentaje destinado para jornales y materiales, dependiendo del tipo de proyecto, ser determinadopor el Subcomit Tcnico de la Subsecretara de Desarrollo Social y Humano de la SEDESOL.
3.5.2 Apoyos a la participacin social
Acciones de Proteccin Social y Participacin Comunitaria
Descripcin: Son aqullas orientadas a favorecer la participacin de las y los beneficiarios para eldesarrollo personal, familiar y comunitario, implementadas segn los Lineamientos que fijen las Dependencias
en congruencia con las particularidades de cada proyecto.Adicionalmente, el apoyo incluye la capacitacin para la conformacin de la Red Social, la compensacin
econmica y la entregar de materiales de identificacin y apoyo a la divulgacin para las y los GestoresVoluntarios.
La Red social fomentar la participacin social, mediante actividades relacionadas con:
Acciones de prevencin y remediacin contra desastres.
Educacin para aminorar los daos provocados por desastres.
Talleres de planeacin y organizacin participativa.
Otros temas en beneficio familiar o comunitario.
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3.5.3 Distribucin y Montos
a) Rubros de Atencin y Proyectos Tipo
Las Dependencias actuarn en los siguientes Rubros de Atencin:
Rubro de Atencin Objetivo Descripcin Dependencia
Mejoramiento de lasalud
Ejecutar acciones quecontribuyan a la prevencin deenfermedades y mejoramiento
de la salud.
Acciones y obras preventivas relacionadascon la salud, tales como: informacin,
saneamiento, educacin y comunicacin.
SEDESOL
Preservacin delPatrimonio Histrico
Contribuir a preservar elpatrimonio cultural del pas en
zonas arqueolgicas ymonumentos histricos.
Apoyar en el mantenimiento yrehabilitacin del Patrimonio Histrico yCultural.
SEDESOL
Mejoramiento de
Infraestructura local
Contribuir a mejorar las
condiciones del medio familiary comunitario.
Desarrollo de proyectos en infraestructurapara: Mejoramiento de vialidades. Dotacin de agua, saneamiento,
ampliacin de drenaje yalcantarillado, construccin,mejoramiento y rehabilitacin deespacios e inmuebles pblicos einfraestructura bsica en vivienda.
Construccin, rehabilitacin y
mantenimiento de infraestructuraeducativa. Acciones de construccin y
ampliacin de infraestructura deelectrificacin.
Proyectos que contribuyan a mejorarla infraestructura local con accionesde rehabilitacin y mantenimiento delentorno urbano.
Otros proyectos que contribuyan amejorar la infraestructura local.
SEDESOL
SCT
Conservacin yReconstruccin de
la Red Rural yAlimentadora
Apoyar el mantenimiento de laRed Rural y Alimentadora.
Acciones de conservacin yreconstruccin de caminos rurales yalimentadores.
SCTSEDESOL
Conservacin,
restauracin yaprovechamientosustentable de losrecursos naturales
Contribuir a la conservacin delos ecosistemas y de los
recursos naturales.
Acciones de proteccin, conservacin,restauracin y aprovechamientosustentable de los recursos naturales.
SEMARNATSEDESOL
ComunicacinEducativaCiudadana
Capacitar en actividades deformacin ciudadana para la
ejecucin de proyectosorientados al desarrollo
comunitario, el fortalecimientodel tejido social y la prevencin
del delito.
Proyectos de desarrollo comunitario talescomo proyectos productivos, de formacincvica, apoyo a grupos vulnerables,conservacin ambiental, mejoramiento delentorno urbano, atencin a vctimas,tratamiento de adicciones, rescate detradiciones, integracin comunitaria,alfabetizacin, difusin deportiva y culturalentre otros.
SEMARNATSEDESOL
Atencin alimentariaa grupos en riesgo y
Bancos de
Alimentos
Ejecucin de acciones quecontribuyan con la disminucinde la carencia de acceso a la
alimentacin.
Proyectos de formacin y rescate de lacultura alimentaria, proyectos productivosde autoconsumo, proyectos de recoleccin,acopio y distribucin de alimentos. Se
incluyen, encuestas y diagnsticosalimentarios.
SEDESOL
Acciones paramitigar el impacto
del CambioClimtico
Promover y capacitar en el usosustentable de los recursos
naturales y ejecutar accionespara la adaptacin de las
familias y comunidades a losimpactos del cambio climtico.
Acciones de mitigacin Acciones de adaptacin Infraestructura para el
aprovechamiento responsable de losrecursos naturales.
SEMARNATSEDESOL
ProyectosProductivos
Contribuir al desarrollo deactividades productivas que
permitan la sustentabilidad dehogares y grupos sociales.
Proyectos de naturaleza productiva detipo agropecuario, forestal, pesquero yagroindustrial segn lo establecido enlos Lineamientos respectivos.
SEDESOL
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Como parte de la Cruzada contra el Hambre, el Programa tambin apoyar acciones que tengan como
propsito el acceso a la alimentacin, dentro de las cuales se encuentran las destinadas a la operacin y
funcionamiento de Bancos de Alimentos.
Cuando la SEDESOL realice acciones y proyectos correspondientes a los Rubros de Atencin:
Conservacin, restauracin y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y Conservacin y
Reconstruccin de la Red Rural y Alimentadora requerir la validacin previa de la SEMARNAT y SCT
respectivamente. Dicha validacin puede realizarse tanto a nivel central como en las entidades federativas en
el seno de cada Comit Estatal del PET.
Para cada Rubro de Atencin, las Dependencias podrn determinar en sus Lineamientos los proyectos
tipo y, en su caso, establecer sinergias entre ellas.
Por excepcin, se podrn ejecutar proyectos especficos fuera de estos Rubros de Atencin cuando se
apliquen recursos del Programa de Empleo Temporal Inmediato o si se cuenta con autorizacin del Comit
Tcnico conforme a sus lineamientos publicados en: http://cipet.gob.mx/webcipet/htm/lineamientos_pet.html
b) PET Inmediato
Del total de recursos asignados al Programa, las Dependencias harn una reserva denominada PET
Inmediato, para la atencin de zonas que demanden la aplicacin prioritaria de recursos, conforme al
siguiente cuadro:
Tal como se seala en el glosario, estos recursos se podrn canalizar a emergencias naturales, sociales
o econmicas.
Dependencia Reserva para PET Inmediato
SEDESOL 30 por ciento y, de ser necesario, se podr ejercer
hasta el 100 por ciento del recurso disponible no
comprometido.
SCT Hasta 20 por ciento y, de ser necesario, se podr
ejercer hasta el 100 por ciento del recurso
disponible no comprometido.
SEMARNAT Hasta 20 por ciento y, de ser necesario, se podr
ejercer hasta el 100 por ciento del recurso
disponible no comprometido.
Los recursos del PET Inmediato se destinarn a acciones y proyectos que contribuyan a superar la
situacin de emergencia.
La aplicacin y ejercicio de estos recursos no estar sujeta a cubrir los requisitos de elegibilidad, criterios
de cobertura, porcentaje para jornales y materiales, nmero mximo de jornales por da, nmero de jornales
por ejercicio fiscal, ni ser un proyecto tipo del numeral 3.5.1 a). Se mantiene, para las personas, el tener al
menos 16 aos de edad.
Las Dependencias podrn considerar la constitucin de los Comits de Participacin Social para
la ejecucin de estos proyectos.
El ejercicio de estos recursos se sujetar a lo establecido en los Lineamientos de cada una de
las Dependencias.
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c) Distribucin de Recursos
Las Dependencias aplicarn los recursos del Programa sin considerar los del PET Inmediato, conforme ala siguiente distribucin:
SEDESOL:
Concepto Porcentaje
Porcentaje mnimo del presupuesto anual destinado al Apoyo Econmico al
Beneficiario y a Acciones de Promocin y Participacin Social.
70.0000%
Porcentaje mximo del presupuesto anual destinado a la Adquisicin o
Arrendamiento de Herramientas, Materiales, Equipo o costos de transporte.
24.7275%
Porcentaje mximo del presupuesto anual destinado a la operacin, supervisin,
difusin, seguimiento y evaluacin externa del Programa.
5.2725%
SCT:
Concepto Porcentaje
Porcentaje mnimo del presupuesto anual destinado al Apoyo Econmico al
Beneficiario y a Acciones de Promocin y Participacin Social.
70.0000%
Porcentaje mximo del presupuesto anual destinado a la Adquisicin oArrendamiento de Herramientas, Materiales, Equipo o costos de transporte.
24.7275%
Porcentaje mximo del presupuesto anual destinado a la operacin, supervisin,
difusin, seguimiento y evaluacin externa del Programa.
5.2725%
La SEMARNATaplicar los recursos del Programa sin considerar los del PET Inmediato, conforme a lasiguiente distribucin:
Concepto Porcentaje
Porcentaje mnimo del presupuesto anual destinado al Apoyo Econmico al Beneficiario y a
Acciones de Promocin y Participacin Social.
74.4500%
Porcentaje mximo del presupuesto anual destinado a la Adquisicin o Arrendamiento de
Herramientas, Materiales, Equipo o costos de transporte.
20.2775%
Porcentaje mximo del presupuesto anual destinado a la operacin, supervisin, difusin,
seguimiento y evaluacin externa del Programa.
5.2725%
En los gastos de operacin se podr considerar la contratacin de servicios de asesora, los gastos demovilidad del personal contratado para tales efectos, la difusin, la adquisicin de bienes que permitan laejecucin, supervisin, seguimiento y la evaluacin del Programa.
3.6 Derechos, Obligaciones y Causas de Suspensin de los Apoyos
3.6.1. Derechos
Las personas beneficiarias recibirn por parte de las Dependencias:
a) La informacin necesaria, de manera clara y oportuna, para participar en el Programa;
b) Un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad y equitativo, sin discriminacin alguna;
c) Atencin y apoyos sin costo alguno o condicionamiento no contemplado en las presentes Reglas;
d) Seguridad sobre la reserva y privacidad de su informacin personal conforme a la Ley Federal deTransparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental.
3.6.2. Obligaciones
a) Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, la informacin que se les requiera de acuerdo a loestablecido en las presentes Reglas y en los Lineamientos de la Dependencia correspondiente.
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b) Cumplir con su corresponsabilidad en un proyecto autorizado y estar de acuerdo en noparticipar simultneamente en ms de un proyecto del PET y conformar el Comit Comunitario deParticipacin Social.
c) Nombrar a una persona representante, para que, en caso de fallecimiento, imposibilidad fsica oenfermedad, reciba los jornales que le correspondan.
3.6.3. Causas de Suspensin de los Apoyos
Se suspendern los apoyos en los siguientes casos:
a) Cuando las y los beneficiarios no cumplan con alguna de las obligaciones estipuladas en el numeral3.6.2 en los incisos a) y b) de estas Reglas de Operacin.
b) Cuando las dependencias o algn rgano de Fiscalizacin detecte desviaciones o incumplimiento enel ejercicio de los recursos y de las presentes Reglas de Operacin, por parte de las instanciasejecutoras, dichas Dependencias suspendern los apoyos a la Instancia Ejecutora y debern solicitarsu reintegro en apego a la normatividad aplicable.
c) Cuando las dependencias detecten incumplimiento en lo establecido en los acuerdos para larealizacin de obras financiadas con recursos del programa, podrn suspender la ministracin derecursos en proyectos autorizados a la instancia ejecutora que corresponda respetando el derechode audiencia de las y los afectados y aplicando, en lo conducente, los trminos y disposiciones de laLey Federal de Procedimiento Administrativo.
3.7 Instancias Participantes
Las Dependencias responsables de este Programa son la SEDESOL, SCT, SEMARNAT y STPS, loscuales operarn conforme a las atribuciones y Lineamientos de cada Dependencia. La STPS participarapoyando a las instancias responsables y ejecutoras del Programa, con la participacin del SNE en el envode personas a los proyectos.
3.7.1 Instancias Ejecutoras
Podrn ser ejecutoras las Dependencias responsables del Programa, con excepcin de las accionesrealizadas por la SEMARNAT. Podrn ejecutar proyectos con recursos del programa, las Dependencias oentidades de la Administracin Pblica Federal, gobiernos estatales, municipales, as como las organizacionesde la sociedad civil que cuenten con la Clave nica de Inscripcin al Registro de Organizaciones de laSociedad Civil (CLUNI), de conformidad con lo establecido en los Lineamientos de cada una delas Dependencias.
Para el caso de la SEDESOL, las Instancias Ejecutoras que no hayan comprobado el ejercicio de losrecursos y la totalidad de la ejecucin de obras en los ejercicios fiscales anteriores no podrn ser ejecutoresde nuevos proyectos.
3.7.2 Instancia Normativa
a) El Comit Tcnico del PET es el mximo rgano rector del Programa, encargado de fortalecer laCoordinacin Interinstitucional y obtener un mayor impacto social del PET. Est integrado por las y lostitulares de las Subsecretaras de Desarrollo Social y Humano de la SEDESOL, Infraestructura de la SCT,Planeacin y Poltica Ambiental de la SEMARNAT y Empleo y Productividad Laboral de la STPS o sussuplentes. La o el representante de la SEDESOL asumir la Presidencia de este Comit.
Dicho Comit es el nico facultado para interpretar las presentes Reglas y resolver los casos no previstosen las mismas en materia normativa y operativa. Sus facultades estarn determinadas en los Lineamientosrespectivos, aprobados por sus integrantes.
b) El Grupo Permanente de Trabajo del PET es el rgano operativo del Comit Tcnico del Programa y seintegra por las y los Directores Generales de: Atencin a Grupos Prioritarios de la SEDESOL; de PolticaAmbiental e Integracin Regional y Sectorial de la SEMARNAT; de Carreteras de la SCT y la o el CoordinadorGeneral del Servicio Nacional de Empleo de la STPS o sus suplentes.
Dicho Grupo tendr las facultades que le confiera el Comit Tcnico del PET en los Lineamientosrespectivos. El o la representante de la SEDESOL fungir como el Presidente del Grupo.
c) En cada entidad federativa, habr un Comit Estatal del PET que coordinar las acciones del Programay estar integrado por las y los representantes estatales de SEDESOL, SCT, SEMARNAT, STPS y el Titulardel SNE en la entidad, adems de las y los correspondientes a los gobiernos de los estados. La Presidenciadel Comit estar a cargo de la SEDESOL.
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d) El funcionamiento del Comit Tcnico, Grupo Permanente de Trabajo y los Comits Estatales del PETse establecer en los Lineamientos correspondientes, los cuales se publicarn en la pgina electrnica delCIPET (www.cipet.gob.mx) a ms tardar 45 das hbiles despus de la publicacin de las presentes Reglas enel Diario Oficial de la Federacin.
e) La especificidad de la operacin del Programa para cada Dependencia, se establecer en losLineamientos correspondientes, los cuales se publicarn en la pgina del CIPET (www.cipet.gob. mx)a ms tardar 45 das hbiles posteriores a la publicacin de las presentes Reglas en el Diario Oficialde la Federacin.
En todos los casos los Lineamientos arriba sealados debern estar aprobados por el Comit Tcnico delPET, antes de su publicacin en la pgina del CIPET.
3.7.3 Coordinacin Interinstitucional
La Instancia Normativa establecer los mecanismos de coordinacin y vinculacin institucional necesariospara garantizar que sus acciones busquen potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura,detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos, as como asegurar que las actividades no secontrapongan, afecten o se dupliquen con otros programas o acciones del gobierno federal; adems degarantizar el acceso a los derechos que gozan las y los beneficiarios que se encuentren inscritos en losProgramas Sociales. Con este propsito, podr establecer acciones de coordinacin con los gobiernos delas entidades federativas y de los municipios, las cuales tendrn que darse en el marco de las disposicionesde las presentes Reglas de Operacin y de la normatividad aplicable.
De esta manera instrumentara acciones para promover que los beneficiarios no reciban apoyos
simultneamente en ms de un proyecto del PET; por lo que en caso de identificarse concurrencias, laDependencia que inici con los trabajos tiene prelacin para continuar apoyando al beneficiario, a menos queste opte por otra Dependencia y en tal situacin, la primera deber exceptuarlo de su padrn de beneficiariosdel Programa.
La instancia normativa podr tomar las decisiones necesarias que permitan la concurrencia de acciones ypresupuestos en los Programas de Desarrollo Regional que convengan las dependencias.
4. Mecnica Operativa
4.1 Ejercicio y Aprovechamiento de Recursos
Las dependencias realizarn la distribucin de los recursos a nivel nacional, considerando los criterios,derivados de las peculiaridades de las acciones que se realizan a travs del programa, mismos que seestablecern en sus lineamientos operativos.
En el caso de SEDESOL, para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos,
la Unidad Responsable del Programa (URP) realizar una calendarizacin eficiente y prever que lasaportaciones se realicen y ejerzan de manera oportuna, en apego a la normatividad aplicable.
Adicionalmente, a partir del 31 de mayo del presente ejercicio fiscal, la SEDESOL podr realizar unaevaluacin del avance de las acciones y ejercicio de los recursos en cada entidad. Los recursos que nohubieren sido ejercidos o comprometidos, o cuyas acciones no tuvieren avance de acuerdo a lo programado,sern reasignados por la URP.
4.2 Proceso de Operacin
a) Difusin del Programa
Cada dependencia, en coordinacin con sus Representaciones, deber establecer una estrategia dedifusin del Programa y realizar las acciones conducentes para dar a conocer los requisitos de participacin,la corresponsabilidad de las y los beneficiarios y los apoyos a otorgar, establecidos en las presentes Reglas.
b) Presentacin de Solicitudes
b.1) De Aprobacin de Proyectos:
Cuando proceda, se deber presentar la Solicitud de apoyo para ejecutar proyectos con recursos delPrograma de Empleo Temporal de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3.3 inciso b) de estas Reglas,la cual podr ser entregada de manera individual o en grupo por parte de las personas solicitantes.
Cada Dependencia recibir en sus Representaciones estatales y regionales las solicitudes que lecorrespondan segn lo sealado el numeral 3.5.1. Inciso a).
Los domicilios de las Representaciones estatales y regionales de cada Dependencia, se pueden consultaren las pginas electrnicas de cada una de ellas o en la del CIPET en la pgina electrnicawww.cipet.gob.mx.
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Cuando las Dependencias determinen que la solicitud no incluye toda la informacin requerida o faltaalgn documento, lo informarn al solicitante directamente en donde se haya recibido la solicitud o por correoelectrnico en un plazo no mayor a 15 das hbiles a partir de la recepcin de la misma. Una vez notificado, elo la solicitante contar con un plazo de 5 das hbiles para solventar la omisin. Cumplidos todos losrequisitos, las Dependencias contarn con 30 das hbiles para resolver su procedencia.
b.2) Para las y los Solicitantes de Apoyo Econmico:
Las personas interesadas podrn solicitar informacin sobre los proyectos disponibles en:
Las oficinas del SNE de cada entidad federativa
La pgina electrnica www.empleo.gob.mx
El telfono lada sin costo 01 800 841 2020
Las Representaciones de las Dependencias
Las Instancias Ejecutoras
Para su incorporacin en el Programa, la o el interesado deber presentar los datos y documentossealados en el numeral 3.3, Criterios y Requisitos de Elegibilidad, inciso a). De faltarle alguno de losrequisitos, la Instancia Ejecutora se lo informar oficialmente y le indicar que se incorporar al Programa enel momento de entregar los documentos faltantes.
c) Elegibilidad de los Proyectos
Cada Dependencia ser responsable de verificar la elegibilidad, viabilidad tcnica, normativa y social, ascomo la suficiencia presupuestaria de los proyectos que sean de su competencia de acuerdo a lo sealado ennumeral 3.5.1, lineamientos y las guas de validacin de proyectos segn corresponda, mismas que sepueden consultar en http://cipet.gob.mx
d) Aprobacin de Proyectos
Las Dependencias en sus respectivos Lineamientos definirn los mtodos para revisar los proyectossolicitados y emitir, en su caso, la aprobacin correspondiente.
e) Comit comunitario de Participacin Social
La poblacin del lugar donde se ejecutar el proyecto constituir un Comit comunitario de ParticipacinSocial, y elegirn al rgano Ejecutivo del mismo en Asamblea General Comunitaria, dicho rgano estarintegrado por una Presidencia, una Secretara, una Tesorera y dos Vocalas de Contralora Social.
Con excepcin de los proyectos que ejecute la SEDESOL, las personas elegidas como parte del rganoEjecutivo del Comit debern ser beneficiarios del Programa.
El Comit comunitario, a travs de su rgano ejecutivo, gestionar ante las Dependencias e InstanciasEjecutoras la capacitacin de las y los beneficiarios cuando por la naturaleza del proyecto a realizar as serequiera.
f) Integracin del Expediente Tcnico
Una vez aprobados los proyectos, las Instancias Ejecutoras integrarn el Expediente Tcnico respectivo,el cual deber ajustarse a la normatividad de cada Dependencia publicada en la pgina electrnicahttp://www.cipet.gob.mx
g) Integracin del Listado de Beneficiarios
Con los datos que aporten las y los solicitantes, la instancia ejecutora integrar en el Sistema Integral de
Informacin del Programa de Empleo Temporal (SIIPET) el Listado de personas beneficiarias del PET, encumplimiento a lo establecido en el Sistema Integral de Informacin de Padrones Gubernamentales de laSecretara de la Funcin Pblica y con la Norma Tcnica sobre Domicilios Geogrficos, emitida por el InstitutoNacional de Estadstica y Geografa publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 12 de noviembre de2010.
La informacin de este listado deber ser publicada en la pgina electrnica del CIPET:www.cipet.gob.mx.
La informacin de los beneficiarios y las beneficiarias ser enviada mensualmente por lasRepresentaciones al CIPET con la finalidad de que realice su integracin, la confronta de datos y, en su caso,notifique a las Dependencias sobre la posible duplicidad de registros.
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Para el caso de SEDESOL, exceptuando los casos de entrega de apoyos del PET Inmediato aplica elnumeral 8.3 Padrn de Beneficiarios de las presentes Reglas de Operacin, dado que esta Dependenciaintegra un Padrn de Beneficiarios.
Para el caso de la SEDESOL la integracin de la informacin socioeconmica recolectada a travs delCUIS, deber realizarse conforme a las Normas Generales para los Procesos de Recoleccin y Captura deInformacin las cuales pueden consultarse en:
http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Norma
s/2_Sustantivas/Norma_recoleccion_y_captura_2011.pdfh) Entrega de Apoyos
El rgano Ejecutivo del Comit de Participacin Social o la Instancia Ejecutora directamente o a travs deuna Instancia Liquidadora sern los encargados de entregar los apoyos econmicos a las y los beneficiarios,en los plazos y lugares acordados entre el Comit y la Instancia Ejecutora.
En caso de que la persona beneficiaria migre, presente alguna imposibilidad fsica, enfermedad o porfallecimiento y no pueda recibir los jornales, el monto del apoyo correspondiente ser entregado a surepresentante que debe requerirlo verbalmente, cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.6.2.
Dicho representante deber presentar, para efectos de cobro, los documentos enlistados en el numeral 3.3inciso a), en copia y original para cotejo. Los documentos sern revisados por el personal de la instanciaencargada de realizar el pago, quienes determinarn en ese mismo momento, si procede a la entrega.
i) Centro de Informacin del PET (CIPET)
El Centro de informacin del PET (CIPET) tiene como finalidad facilitar la consulta de informacinrelacionada con la operacin del Programa. El CIPET funciona con el propsito de integrar y difundir enmedios electrnicos la informacin relacionada con el listado de personas beneficiarias proyectos,presupuesto, cobertura, participacin y estadstica, as como el marco normativo del PET, para la toma dedecisiones.
La operacin y administracin del CIPET sern coordinadas por la SEDESOL.
Ser responsabilidad de cada Dependencia capturar la informacin y actividades de seguimiento demanera mensual, donde integrarn como mnimo las siguientes variables:
Listado de beneficiarios y beneficiarias.
Sexo y edad de las personas beneficiarias.
Clave nica de Registro de Poblaciones (CURP). En el caso de que los beneficiarios o beneficiariasno cuenten con la Clave, las Dependencias promovern su trmite ante el Registro Nacional dePoblacin.
Nmero de jornales por beneficiario o beneficiaria.
Nmero de solicitantes.
j) Acciones de Proteccin Social y Participacin Comunitaria.
Ser actividad exclusiva de la SEDESOL el promover entre las y los beneficiarios la conformacin de laRed Social, la cual est integrada por Gestoras y Gestores Voluntarios y, en su caso, Facilitadoras yFacilitadores Voluntarios, para que favorezcan la participacin de las y los beneficiarios en su desarrollopersonal, familiar y comunitario, la defensa de sus derechos y la identificacin de proyectos para mejorar suscondiciones de vida, conforme a lo establecido en la Gua para realizar Asambleas Generales Comunitarias, lacual se encuentra disponible en la siguiente pgina electrnica:
http://172.18.64.12/dgagp/documentos_r/operacion/Guia%20Proyectos%20PET_100613.PDFEl avance en la conformacin de la Red Social, estar sujeto a la disponibilidad presupuestal, asimismo
todas las beneficiarias y beneficiarios del programa podrn asistir a sus actividades en funcin de la coberturageogrfica de la propia Red.
A la Red Social se le podr proporcionar materiales de apoyo para la realizacin de sus actividadessolidarias. Adicionalmente, a las y los Gestores Voluntarios se les proporcionar una compensacineconmica de $550.00 M.N. mensuales, sujeta al registro del Acta de Eleccin, el comprobante de asistenciaal Taller Mdulo I y la ficha de registro y formalizacin parte de la Delegacin de la SEDESOL respectivaconforme los formatos incluidos en el Anexo 7, y as como al registro de sus actividades mensuales en elPortal Web de la Red Social. Esta compensacin se entregar de manera bimestral.
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Los mecanismos y lineamientos para la emisin y entrega de dichas compensaciones se establecen en eldocumento Criterios para la emisin de compensaciones para el gestor voluntario disponible para consultaen el portal de la red social: www.cipet.gob.mx/prs
Los plazos y criterios para la entrega del apoyo, as como los formatos y procedimientos especficos conque operar la Red Social podrn ser consultados en la direccin electrnica www.cipet.gob.mx/prs
4.2.1. Operacin de los proyectos de mejoramiento del entorno fsico e infraestructura comunitaria.
a) Rubros de atencin y descripcin de proyectos tipo.
Rubro de atencin: mejoramiento de vivienda e infraestructura social comunitaria.
b) Instancias Participantes.
La SEDESOL operar el presente esquema por conducto de la Unidad de Microrregiones, sobre la basedel instrumento jurdico que se detalla en el prrafo siguiente.
La Direccin General de Atencin a Grupos Prioritarios y la Unidad de Microrregiones de la SEDESOL,acordarn durante el mes de enero del ejercicio fiscal correspondiente, un instrumento de coordinacinoperacional y presupuestal, en el que se precisarn las bases y lineamientos necesarios para la ejecucin delos proyectos delimitados en los numerales 3.1.3 y 4.2.1 de las presentes Reglas.
c).- Instancias Ejecutoras
Las instancias ejecutoras del Programa podrn ser:
1. La Unidad de Microrregiones.2. Las Delegaciones de la SEDESOL.
3. Las dependencias o entidades federales.
4. Los gobiernos de las entidades federativas.
5. Los gobiernos municipales o demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
6. Las organizaciones de la sociedad civil; nicamente para los tipos de apoyo que atiendan la carenciade calidad y espacios en la vivienda; y para la carencia de los servicios bsicos en la vivienda,solamente en el rubro de estufas de gas y estufas ecolgicas con chimenea.
7. Los propios beneficiarios constituidos en comits comunitarios de obra o accin del Programa ocomits comunitarios de la Cruzada contra el Hambre, segn sea el caso; nicamente para los tiposde apoyo que atiendan la carencia de calidad y espacios en la vivienda y, la de servicios bsicos enla vivienda, solamente en el rubro de estufas de gas y estufas ecolgicas con chimenea, asimismopara situaciones de emergencia o caso de contingencia.
Cuando las organizaciones de la sociedad civil y los propios beneficiarios constituidos en comitscomunitarios de obra o accin del Programa o comits comunitarios de la Cruzada contra el Hambre, segnsea el caso; acten como instancia ejecutora del Programa en los trminos sealados en el presente numeral,podrn ejecutar varios proyectos, siempre que la suma total de los apoyos no rebase la cantidad de$2000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) por Estado, en el ejercicio fiscal correspondiente.
d).- Instancias Normativa
Se establecer un Subcomit Tcnico de la Subsecretara de Desarrollo Social y Humano, conformado porlas y los Titulares de las Unidades Administrativas adscritas a dicha Subsecretara, el cual tendr la facultadde determinar el porcentaje mnimo y mximo del presupuesto anual destinado a los diversos apoyos a que serefiere el numeral 3.1.3 de las presentes Reglas, as como emitir los lineamientos en los que se detallar suforma de operacin, la de la mecnica operativa de los proyectos que le competan y los casos de excepcin.
Este Subcomit Tcnico de la Subsecretara de Desarrollo Social y Humano, acopiar y clasificar lainformacin que se genere a partir de la operacin de los numerales 3.1.3 y 4.2.1 de las presentes Reglas;remitiendo un informe de la misma para conocimiento al Comit Tcnico del PET; actuacin que realizar ams tardar cinco das hbiles posteriores, a la primera reunin del subcomit en el siguiente ejercicio fiscal.
e) Proceso de operacin para la adecuada implementacin de los proyectos de mejoramiento delentorno fsico e infraestructura comunitaria.
La SEDESOL, para la adecuada implementacin de los proyectos de mejoramiento del entorno fsico einfraestructura comunitaria, podr:
1.- Determinar otorgar jornales para mano de obra calificada.
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2.- Establecer que en la ejecucin de los proyectos de mejoramiento del entorno fsico e infraestructuracomunitaria, que se realicen mediante la asignacin de contratos de obra pblica o servicios; los ejecutores seobligarn a cubrir un monto mnimo del apoyo en la entrega de jornales a la poblacin beneficiaria; a llevar elcontrol y a recabar la comprobacin de la entrega de los jornales; evidencias que sern entregadas conformeal instrumento jurdico que se suscriba.
f) Disposiciones generales.
En todo lo que no se oponga a lo detallado en el presente esquema, se estar a la generalidad de lasReglas aplicables.
4.3. Gastos de Operacin
Para el desarrollo de las acciones asociadas con la planeacin, operacin, supervisin, seguimiento,atencin ciudadana y evaluacin externa del Programa se podr destinar recursos de hasta el:
5.2725 % para la SEDESOL
5.2725 % para la SCT
5.2725 % para la SEMARNAT
4.4. Registro de Operaciones
4.4.1. Avances Fsico-Financieros
Las instancias ejecutoras debern reportar trimestralmente a la representacin en la entidad federativacorrespondiente, durante los primeros 5 das hbiles del mes inmediato al trimestre que se reporta, losavances fsico-financieros de los proyectos autorizados, de acuerdo, en el caso de la SEDESOL, con los
formatos, y procedimientos establecidos en los Lineamientos de Operacin de los Programas de DesarrolloSocial y Humano, mismos que se pueden consultar en:
http://www.normateca.sedesol.gob.mx/work/models/NORMATECA/Normateca/1_Menu_Principal/2_Normas/ 2_Sustantivas/Lineamientos_PDSH.pdf
La SEMARNAT deber registrar sus avances fsicos y financieros en el Sistema de Informacin yAdministracin del PET (SIAPET), del que se obtendrn los informes trimestrales.
En el caso de que la Representacin detecte informacin faltante, informar a las Instancias Ejecutorasdetalladamente por escrito dentro de un plazo no mayor a 20 das naturales a partir de la fecha de recepcindel reporte. Por lo que las Instancias Ejecutoras debern presentar la informacin y documentacin faltante enun plazo que no exceda de 10 das hbiles, contados a partir de la recepcin del comunicado de laRepresentacin.
4.4.2. Recursos no Devengados
Las Instancias Ejecutoras debern reintegrar a la Tesorera de la Federacin (TESOFE) los recursos queno se hubiesen destinado a los fines autorizados y aquellos que por cualquier motivo no estuviesendevengados al 31 de diciembre, ms los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 das naturales siguientes alfin del ejercicio fiscal.
Dentro del mismo plazo, debern remitir copia del reintegro a la Delegacin para su registrocorrespondiente.
4.4.3. Cierre de Ejercicio
La Representacin, con apoyo de las Instancias Ejecutoras, integrar el Cierre de Ejercicio y lo remitir ala Dependencia que corresponda, en impreso y medios magnticos. La Dependencia verificar la congruenciade la informacin con la Cuenta Pblica. En el caso de SEMARNAT la informacin para el Cierre del Ejercicioy Cuenta Pblica se extraer del Sistema de Informacin y Administracin del PET (SIAPET).
En el caso de que el Gobierno del Estado hubiera fungido como Instancia Ejecutora o hubiera aportadorecursos en el marco del Programa, el Comit de Planeacin para el Desarrollo del Estado (COPLADE)
deber rubricar la fraccin correspondiente del Cierre de Ejercicio.En el caso de SEMARNAT el cierre del ejercicio se realiza directamente en el SIAPET.
5. Evaluacin
Conforme a lo establecido en el artculo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria y con el objeto de enfocar la gestin del Programa al logro de resultados para mejorar lascondiciones de vida de la poblacin beneficiaria, as como fortalecer la rendicin de cuentas y la transparenciaen el ejercicio de los recursos, realizarn evaluaciones externas de las acciones del Programa realizadas porla SEMARNAT, SCT y la SEDESOL. Las evaluaciones se complementarn con un monitoreo peridico de losrecursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas, y orientado a consolidar una presupuestacinbasada en resultados.
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Las evaluaciones externas que se realicen al Programa sern coordinadas por la Direccin General deEvaluacin y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), en conjunto con la SEDESOL y las reascorrespondientes que la SEMARNAT y la SCT determinen, conforme a lo sealado en los Lineamientosgenerales para la evaluacin de los Programas Federales de la Administracin Pblica Federal(Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federacin el 30 de marzo de 2007 y debern realizarsede acuerdo con lo establecido en el Programa Anual de Evaluacin (PAE) que emita el Consejo Nacional deEvaluacin de la Poltica de Desarrollo Social (CONEVAL), la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico y laSecretara de la Funcin Pblica. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la pgina electrnica
www.coneval.gob.mxAdicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el artculo 24 de
los Lineamientos, se podrn llevar a cabo las evaluaciones complementarias que resulten apropiadasconforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales tambin sern coordinadaspor la DGEMPS, y las reas correspondientes que la SEDESOL, la SCT y SEMARNAT determinen.
La DGEMPS presentar los resultados, correspondientes a SEDESOL, de las evaluaciones externas deacuerdo con los plazos y trminos previstos en la normatividad vigente y los difundir a travs de la pgina deInternet de la SEDESOL (www.sedesol.gob.mx).
6. Indicadores
En el caso de la SEDESOL, los indicadores de propsito y componentes de la Matriz de Indicadores paraResultados (MIR) del Programa estn contenidos en el Anexo 2 de las presentes Reglas. Para la SEDESOL.La informacin correspondiente a estos indicadores ser reportada por la Direccin General de Atencin a
Grupos Prioritarios en el Portal Aplicativo de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico (PASH).Para la SEDESOL, la totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en
la siguiente liga: http://www.sedesol.gob.mx /es/SEDESOL/Matrices_de_Indicadores_para_Resultados_de_los_Programas_Sociales
La informacin correspondiente a los indicadores de cada Dependencia deber ser entregada alPresidente del Grupo Permanente y al CIPET de manera trimestral para dar seguimiento a la operacin delPrograma.
7. Seguimiento, Control y Auditora
7.1. Seguimiento
Especficamente en caso de la SEDESOL, en la operacin del programa para la mejora permanente deste, as como para la integracin de informes, la Direccin General de Seguimiento llevar a cabo elseguimiento a los recursos asignados al Programa tanto a nivel central como en las Delegaciones de la
SEDESOL. Asimismo, acordar con la Unidad Responsable del Programa su participacin en las acciones deseguimiento a las obras, proyectos y acciones en las entidades federativas. 7.2. Control y Auditora
7.2. Control y Auditora
En el caso de los recursos ejercidos por la SEDESOL, los ejecutores sern responsables de la supervisindirecta de las obras, proyectos o acciones, as como de verificar que en su ejecucin cumpla con lanormatividad aplicable, mientras que las Unidades Responsables del Programa y las Delegaciones de laSEDESOL en las entidades federativas sern responsables de verificar la correcta terminacin y entrega delas obras, proyectos y/o acciones, as como de la solicitud y resguardo de la comprobacin documental delgasto ejercido debidamente certificada. Considerando que los recursos federales de este Programa,ejecutados por las entidades federativas o sus municipios, no pierden su carcter federal al ser entregados alos mismos, su ejercicio est sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrn ser auditados por lassiguientes Instancias de Fiscalizacin, conforme a la legislacin vigente y en el mbito de sus respectivascompetencias: por la Auditora Superior de la Federacin; por el rgano Interno de Control en la SEDESOL;
por la Secretara de la Funcin Pblica en coordinacin con los rganos de control de los gobiernos locales.La instancia Ejecutora dar todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar, en el
momento en que lo juzguen pertinente, las auditoras, revisiones o visitas de inspeccin que considerennecesarias; asimismo, efectuarn las acciones necesarias para dar atencin a las recomendacionesplanteadas en cada una, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, por la inobservancia deesta disposicin la Unidad Responsable del Programa determinar con base en lo anterior si suspende olimita la ministracin de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
Las Instancias Fiscalizadoras podrn verificar que los recursos asignados para cumplir con los objetivos yla cobertura establecida en la Cruzada contra el Hambre hayan sido ejercidos con eficiencia, eficacia,economa, transparencia y honradez.
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8. Transparencia
8.1. Difusin
Estas Reglas de Operacin, adems de su publicacin en el Diario Oficial de la Federacin, estndisponibles para su consulta en las Delegaciones, en la pgina electrnica de la SEDESOL:http://www.normateca.sedesol.gob.mx/es/NORMATECA/Reglas_de_Operacion as como en la pginaelectrnica: www.sedesol.gob.mx
Las Dependencias en coordinacin con sus representaciones, sern las encargadas de realizar lapromocin y difusin del Programa, informando las acciones institucionales a realizar y las comunidadesbeneficiadas.
Para conocer los servicios que ofrece este Programa as como los dems que estn a cargo de laSEDESOL, sus rganos administrativos desconcentrados y entidades del Sector, conforme lo que establece elDecreto de Presupuesto de Egresos de la Federacin, se puede acceder a la pgina electrnicawww.sedesol.gob.mx, seccin LECTURAS RECOMENDADAS y consultar el Manual de Servicios al Pblico, endonde tambin se describen los procedimientos y los trmites para solicitar los apoyos, as como los plazos derespuesta a las solicitudes.
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, as como al Decreto de Presupuesto de Egresos de laFederacin para el ejercicio fiscal 2016, la publicidad y la informacin relativa a este Programa deberidentificarse con el Escudo Nacional en los trminos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y elHimno Nacional e incluir la siguiente leyenda Este programa es pblico, ajeno a cualquier partido poltico.
Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.8.2. Contralora Social
En el caso especfico de la SEDESOL, se propiciar la participacin de la poblacin beneficiaria delPrograma a travs de las y los Gestores Voluntarios de la Red Social, quienes se harn cargo de promover yrealizar las acciones de Contralora Social como: informacin, seguimiento, supervisin y vigilancia delcumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el programa, as como la correcta aplicacin de losrecursos pblicos y el desempeo con honestidad, calidez y calidad de los servidores pblicos.
La URP deber ajustarse a lo establecido en los Lineamientos para la promocin y operacin de laContralora Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial dela Federacin el 11 de abril de 2008 por la Secretara de la Funcin Pblica (SFP), para que promueva yrealice las acciones necesarias para la integracin y operacin de la Contralora Social, bajo el esquemavalidado por la SFP (Anexo 8 de las presentes Reglas de Operacin).
8.3. Proceso para la integracin del Padrn nico de Beneficiarios8.3.1 Sistema de Focalizacin de Desarrollo SIFODE
Todos los numerales relacionados con el SIFODE aplican de manera exclusiva a los poyos otorgados porla SEDESOL y la SEMARNAT.
En el SIFODE se consolida la informacin socioeconmica de las personas hogares y se registrala informacin de las reas de atencin social o actores sociales incorporadas al Padrn de Beneficiarios. Lainformacin socioeconmica de las personas-hogares es evaluada para la determinacin de potencialesbeneficiarios de los distintos programas adheridos al SIFODE.
El SIFODE ser de uso obligatorio para aquellos programas que focalizan personas-hogares parasus apoyos.
8.3.1.1 Recoleccin e Integracin de informacin socioeconmica
Solo en el caso de la SEDESOL, se realizar la recoleccin de informacin socioeconmica de acuerdoa lo establecido en los Lineamientos para los Procesos de Recoleccin de Informacin Socioeconmicay Captura.
La informacin proveniente de los cuestionarios recolectados por la SEDESOL se incorporar al SIFODE yadministrar con base en los Lineamientos de Integracin, Uso y Comparticin de InformacinSocioeconmica del SIFODE.
8.3.1.2 Evaluacin de informacin socioeconmica
La informacin socioeconmica se incorpora en el SIFODE por la SEDESOL y se evaluar la elegibilidadde los hogares como potenciales beneficiarios con base en:
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La metodologa para la medicin multidimensional de la pobreza establecida por el CONEVAL, deacuerdo a los Lineamientos de Evaluacin de Condiciones Socioeconmicas de los Hogares y
El cumplimiento de los criterios de elegibilidad de los Programas Sociales
Para los hogares elegibles como potenciales beneficiarios, el Programa deber captar la informacincomplementaria para finalizar el proceso de identificacin de los hogares beneficiarios.
La informacin de reas de atencin social (obras y servicios) y actores sociales relacionados con elCuestionario nico de Obras y Servicios (CUOS) del Anexo 6 y el Cuestionario nico de Actores Sociales
(CUAS) del Anexo 5 respectivamente se incorporar a travs del Padrn de Beneficiarios y corresponder aacciones ejecutadas y por lo cual no requiere de evaluacin.
8.3.2 Integracin del Padrn
El Padrn nico de Beneficiarios (PUB) es una base de datos que contiene la informacin de todos lospadrones de beneficiarios de los programas de desarrollo social.
Para la integracin del padrn de beneficiarios del Programa al PUB, al inicio del ejercicio fiscal, la UnidadAdministrativa Responsable de los Programas (UARP), establecer compromisos con la Direccin General deGeoestadstica y Padrones de Beneficiarios de la SEDESOL (DGGPB), para asegurar la consistencia, calidady puntualidad en el envo e integracin de los padrones, informando la calendarizacin, tipo de beneficiarios ydatos del personal responsable y operativo del padrn.
Asimismo, la generacin del PUB ser conforme a lo establecido en los Lineamientos Normativos para laIntegracin del Padrn nico de Beneficiarios que emite la Subsecretara de Planeacin, Evaluacin y
Desarrollo Regional de la SEDESOL, segn cada tipo de persona beneficiaria, que permita identificar aquines se dirigen los subsidios, ayudas y dems apoyos gubernamentales, as como su importe y conceptos.
El Programa integrar su padrn de beneficiarios a partir de los datos que refieran a las personasbeneficiarias y los beneficios que les fueron entregados , y que constan en los registros de su operacin; deacuerdo al tipo de beneficiarios: Personas-Hogares; Actores Sociales; o Poblaciones Beneficiarias de Obrasde Infraestructura o Acciones Comunitarias, para lo cual deber ajustarse a lo establecido por la SEDESOL atravs los Lineamientos Normativos para la Integracin del Padrn nico de Beneficiarios, disponibles en ladireccin: http://www.normateca.sedesol.gob.mx
Dado que la Clave nica de Registro de Poblacin (CURP) es la llave de intercambio de informacin entrelas dependencias del Gobierno Federal se deber solicitar que se muestre al momento del llenado delinstrumento de informacin socioeconmica que corresponda, sin que la presentacin de esta clave seacondicionante para la aplicacin del cuestionario y en su caso, tampoco para la incorporacin ni para elotorgamiento de los apoyos del Programa.
Las claves y nombres geogrficos de entidades federativas, municipios y localidades registradas en lospadrones de personas beneficiarias, debern corresponder a las establecidas en el Catlogo nico de Clavesde reas Geoestadsticas Estatales, Municipales y Localidades (CENFEMUL) (antes Catlogo de Claves deEntidades Federativas, Municipios y Localidades) emitido por el INEGI del periodo correspondiente. Elcatlogo podr ser consultado a travs de la pgina de internet: http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/ o bienhttp://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/geoestadistica/catalogoclaves.aspx
Para realizar aclaraciones de las localidades que in situ no existan o difieran en la ubicacin geogrfica,claves o nombres geogrficos a los registrados en el CENFEMUL, las personas interesadas debernapegarse al procedimiento de actualizacin permanente del catlogo de claves de entidades federativas,municipios y localidades del INEGI, para lo cual debern contactarse con la persona responsable delprocedimiento de actualizacin del catlogo en la Delegacin SEDESOL correspondiente, o bien con laDGGPB.
Los datos generales de los responsables del procedimiento de actualizacin de localidades en lasdelegaciones de SEDESOL se podrn ser consultados mediante la siguiente direccin electrnica:http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/Descargas/N4/AnexoV.pdf
A travs de esta direccin electrnica se podr consultar el nombre, cargo, dependencia, telfono y correoelectrnico del responsable.
La documentacin que indica el procedimiento de actualizacin permanente del Catlogo nico de Clavesde reas Geoestadsticas Estatales, Municipales y Localidades del INEGI, podr consultarse en el mdulo deseguimiento histrico de localidades, a travs de la siguiente direccin electrnica:http://sisge.sedesol.gob.mx/sisge/ o bien, en el portal del INEGI a travs de la siguiente URL:http://geoweb.inegi.org.mx/mgn2kData/evidencias/PHC.pdf
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El domicilio geogrfico para la integracin de los padrones de Personas, de Poblaciones Beneficiarias deObras de Infraestructura o Acciones Comunitarias, y de Actores Sociales, as como puntos de venta y/oatencin, deber regirse por el modelo de estructura de datos establecido en la Norma Tcnica sobreDomicilios Geogrficos emitida por el INEGI el 8 de noviembre de 2010 y publicada en el Diario Oficial de laFederacin el 12 de noviembre de 2010. La Norma podr ser consultada a travs de la pgina de internet:http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/dom_geo.aspx
El Programa deber considerar que aquellas localidades levantadas en el ltimo evento censal pudieran
sufrir cambios en su clave geogrfica, lo que representa que modifiquen o pierdan su informacin censal.Las localidades que cambien su clave por adscripcin a nuevos municipios, cambio de municipio o cambio
de entidad, as como aquellas localidades declaradas como inexistentes, tapias o ruinas, no aparecern en laactualizacin mensual del CENFEMUL.
8.3.3 Confrontas
Para efecto de planeacin la DGGPB realizar confrontas de los Programas del Padrn nico deBeneficiarios PUB al menos dos veces al ao.
Para efecto de confrontas entre Programas de la SEDESOL y otras dependencias, stas debernrealizarse en la DGGPB a travs del Padrn nico de Beneficiarios PUB conforme a los LineamientosNormativos.
8.4. Acciones de Blindaje Electoral
En la operacin y ejecucin de los recursos federales y proyectos sujetos a las presentes Reglas deOperacin, se debern observar y atender las medidas de carcter permanente, contenidas en las leyesLocales y/o Federales aplicables, as como aquellas especficas que sean emitidas de forma previa para losprocesos electorales federales, estatales y municipales por la Unidad del Abogado General y Comisionadopara la Transparencia, con la finalidad de evitar el uso de recursos pblicos y programas sociales con finesparticulares, partidistas y/o poltico-electorales.
Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendicin de cuentas, serefrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad en la aplicacin de los recursos pblicos y sebusca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que regula la actuacin en el serviciopblico, haciendo nfasis en los principios de tica, legalidad, transparencia, integridad, rendicin de cuentas,respeto a los derechos humanos y participacin ciudadana.
9. Perspectiva de Gnero
En el mbito de su competencia, el Programa incorporar la perspectiva de gnero para lo cual podridentificar las circunstancias que profundizan las brechas de desigualdad manifiestas en la distribucin derecursos, acceso a oportunidades y ejercicio de la ciudadana, entre otros, que generan discriminacin yviolencia, en particular hacia las mujeres, a fin de determinar los mecanismos que incidan en su reduccin oeliminacin y potenciar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres para alcanzar un desarrollo pleno, ygarantizar la vigencia, reconocimiento y el ejercicio de sus derechos humanos.
10. Enfoque de Derechos
Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en trminos dedisponibilidad, accesibilidad, exigibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, seimplementarn mecanismos que hagan efectivo el acceso a la informacin gubernamental y se asegurar queel acceso a los apoyos y servicios se d nicamente con base en lo establecido en estas Reglas, sindiscriminacin o distincin alguna.
De igual manera, se fomentar que las y los servidores pblicos involucrados en la operacin delPrograma, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las ylos beneficiarios, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad yprogresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la poblacin objetivo, con apego a loscriterios de igualdad y no discriminacin.
Prrafo adicionado DOF 06/07/2015
Asimismo, el Programa fomentar la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las personascon discapacidad, jvenes y de los pueblos indgenas, contribuyendo a generar conocimiento y acciones quepotencien su desarrollo integral e inclusin plena.
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En cumplimiento a la Ley General de Vctimas y atendiendo las reglas de operacin vigentes, sefavorecer el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Vctimas, quese encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginacin, mediante solicitud escrita,fundada y motivada que emane de autoridad competente.
Prrafo adicionado DOF 06/07/2015
10.1 Acciones focalizadas de la SCT
10.1.1 Accesibilidad e Inclusin de personas con discapacidad
La SCT desarrollar acciones especiales encaminadas a la atencin de la poblacin con discapacidad. Enel entendido de que se requieren polticas pblicas con enfoque inclusivo, en virtud de ello, debe instrumentaracciones que fomenten la participacin e inclusin plena y efectiva a la sociedad en igualdad de condicionescon la poblacin de la localidad, en los rubros de atencin en los que participa, prohibiendo expresamente ladiscriminacin por motivos de discapacidad.
10.1.2 Desarrollo de los Pueblos Indgenas
La SCT desarrollar acciones especiales encaminadas a la atencin del desarrollo Integral de los pueblosy comunidades indgenas como parte de las polticas pblicas con enfoque inclusivo, promoviendo la igualdady eliminando cualquier prctica discriminatoria, impulsando el respeto a sus derechos e identidad, quepropician la participacin y la autogestin de sus procesos de desarrollo. En su participacin dentro de estePrograma tiene la visin de que los pueblos y comunidades indgenas vivan en condiciones sociales yeconmicas dignas, dentro de un marco de igualdad e interculturalidad, fomentando actividades en el mbitode su competencia.
10.1.3 Poltica de insercin de Juventud
La SCT instrumentar mecanismos de inclusin y participacin activa de las y los jvenes en lasestrategias de desarrollo social y econmico, de esta manera el Programa posibilita un desarrollo integral queresponda a las transformaciones del Pas, orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de las personas
jvenes.
11. Quejas, denuncias y solicitud de informacin
Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar informacin relacionada con elpresente Programa y sus Reglas de Operacin, as como a presentar quejas o denuncias en contra deservidores pblicos de la SEDESOL, por el incumplimiento en la ejecucin, operacin o entrega de apoyos,ante las instancias correspondientes:
11.1. Quejas y denuncias
Las quejas y denuncias podrn realizarse por escrito y/o va telefnica o cualquier otro medio electrnicode comunicacin y/o mediante comparecencia ante las oficinas que ocupa el rgano Interno de Control en laSEDESOL a travs de:
a) rgano Interno de Control en la SEDESOL:
Para recepcin de quejas y denuncias Telfono: 5328-5000, Ext. 51441
Larga distancia sin costo: 01-800-714-8340
Correo electrnico: [email protected]
Pgina Web: www.sedesol.gob.mx, Ruta: Inicio - SEDESOL rea de la C. Secretaria rgano Internode Control Servicios-Formulario de Quejas y Denuncias.
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Jurez, Delegacin Cuauhtmoc,C.P. 06600, Mxico, D.F.
b) En la Secretara de la Funcin Pblica:D.F. y rea metropolitana:
Telfono: (0155) 2000-2000 y 2000-3000 Ext. 2164
Larga distancia sin costo: 01-800-3862-466
Correo electrnico: [email protected]
Pgina electrnica: www.funcionpublica.gob.mx
Domicilio: Av. Insurgentes Sur 1735, Planta Baja, Mdulo 3, Col. Guadalupe Inn, Delegacin lvaroObregn, cdigo postal 01020, Mxico, D.F.
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c) Delegac