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Entrevista al Decano del Colegio de Licenciados en Cooperativismo- COLICOOP, Lic. Walter Choquehuanca Soto La Revista de las Cooperativas, en su afán de recabar opiniones de expertos en cooperativismo y Economía Solidaria, de experiencia comprobada, entrevistó al Decano del COLICOOP (Colegio de Licenciados en Cooperativas), referente al nuevo Proyecto de Ley No. 876/2011-CR, presentado el 9 de marzo del 2012 al Congreso, que modifica la Ley No. 26702, Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros sobre la Supervisión y Regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito. P. Díganos Licenciado que opina sobre el nuevo Proyecto de Ley presentado al Congreso, referente a la Supervisión y Regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito? Lic. Vemos con sorpresa que el día 9 de marzo del presente año, se presentó un Proyecto de Ley No. 876/2011, por el congresista Luis Galarreta Velarde, integrante del Grupo Parlamentario Alianza por el Gran Cambio, este proyecto en realidad modifica la Ley No. 26702 que es la Ley General del Sistema Financiero, modifica el tema de la supervisión para las cooperativas de ahorro y crédito, en la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley No. 26702. Hasta antes de este Proyecto de Ley, la Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria y Final se interpretaba de la siguiente manera : que las cooperativas de ahorro y crédito estaban bajo el control de su federación, pero esta misma norma también decía, siempre y cuando estén afiliadas, entonces se presentaba un tema, las que estaban afiliadas estaba bajo el control y supervisión directo, y la que no estaba afiliadas. Asimismo esta Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria y Final, indicaba que el control a las cooperativas no lo hacia la Superintendencia, sino que ella fiscalizaba, supervisaba directamente a la Federación, entonces, esta formar de haber redactado las normas que afectan a las cooperativas de ahorro y crédito desde 1996 ,dentro de una Ley de Bancos no era lo mas tecnifico ni apropiado mucho mas si se tenia vigente el D.S. Nº 074-90-TR –TUO Ley de cooperativas , hoy en el año 2012 vemos

REGULACION- CONTROL Y SUPERVISION DE COOPERATIVAS PERU 2012

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EL ESTADO COMO REGULADOR DEL COOPERATIVISMO, MAS TRANSPARENCIA Y DEMOCRACIA COOPERATIVA. Lic. Walter Choquehuanca Soto

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Entrevista al Decano del Colegio de Licenciados en Cooperativismo- COLICOOP, Lic. Walter Choquehuanca Soto

La Revista de las Cooperativas, en su afán de recabar opiniones de expertos en cooperativismo y Economía Solidaria, de experiencia comprobada, entrevistó al Decano del COLICOOP (Colegio de Licenciados en Cooperativas), referente al nuevo Proyecto de Ley No. 876/2011-CR, presentado el 9 de marzo del 2012 al Congreso, que modifica la Ley No. 26702, Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros sobre la Supervisión y Regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito.

P. Díganos Licenciado que opina sobre el nuevo Proyecto de Ley presentado al Congreso, referente a la Supervisión y Regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito?

Lic. Vemos con sorpresa que el día 9 de marzo del presente año, se presentó un Proyecto de Ley No. 876/2011, por el congresista Luis Galarreta Velarde, integrante del Grupo Parlamentario Alianza por el Gran Cambio, este proyecto en realidad modifica la Ley No. 26702 que es la Ley General del Sistema Financiero, modifica el tema de la supervisión para las cooperativas de ahorro y crédito, en la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley No. 26702.

Hasta antes de este Proyecto de Ley, la Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria y Final se interpretaba de la siguiente manera : que las cooperativas de ahorro y crédito estaban bajo el control de su federación, pero esta misma norma también decía, siempre y cuando estén afiliadas, entonces se presentaba un tema, las que estaban afiliadas estaba bajo el control y supervisión directo, y la que no estaba afiliadas.

Asimismo esta Vigésimo Cuarta Disposición Complementaria y Final, indicaba que el control a las cooperativas no lo hacia la Superintendencia, sino que ella fiscalizaba, supervisaba directamente a la Federación, entonces, esta formar de haber redactado las normas que afectan a las cooperativas de ahorro y crédito desde 1996 ,dentro de una Ley de Bancos no era lo mas tecnifico ni apropiado mucho mas si se tenia vigente el D.S. Nº 074-90-TR –TUO Ley de cooperativas , hoy en el año 2012 vemos que esta norma ha arrastrado problemas de interpretación, de dualidad de funciones así como de conflicto de intereses en el modelo cooperativo.

En todos los eventos, foros, donde han participado los representantes de la Superintendencia de Banca y Seguros, han afirmado que la norma vigente actual, no indica que la Superintendencia debe controlar a las cooperativas de ahorro y crédito directamente, por lo tanto, lo único que ha hecho es regular a través de normas como la R. Nº 540-99-SBS, Reglamento de Operaciones para cooperativas de ahorro y crédito que no Operan con el Publico, frente a este dilema, algunas cooperativas como el caso de CREDICOOP, con una Resolución del Tribunal Constitucional, prácticamente ganaron la supervisión directa de la SBS, y con un recurso de Acción Popular, otras cooperativas modificaron el reglamento de operaciones, 540-99 SBS y se dio la Norma 616, frente a esta realidad es que este Proyecto busca y distingue a las cooperativas en el control y supervisión. (CONFIRMAR EL NO. 616 DE LA NORMA)

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Según este Proyecto indica que todas las cooperativas que capten depósitos en ahorros, pasarían bajo el control directo de la SBS, y todas las que no capten, acá no dice si son afiliadas o no afiliadas a su federación, pasarán al control de la FENACREP, ahí también, nuevamente, se comete un abuso porque quien no es afiliado de una federación no puede estar bajo el control de una entidad a la cual no pertenece, si hablamos en el tema de los principios cooperativas: 1.- Libre adhesión y retiro voluntario , mucho mas en el Año Internacional de las Cooperativas, no se puede llevar a las Cooperativas a una integración cooperativa obligada e inconstitucional

Este Proyecto de Ley en sí, incide en el riesgo sistémico como argumento técnico para decir porque debe supervisar a las cooperativas de ahorro y crédito que captan depósitos en ahorros, porque plantea de que el ahorro es un depósito, que si bien es de socios, pero puede generar un riesgo en el sistema financiero una corrida de ahorros a nivel nacional, por incumplimiento de devolución a sus socios ahorristas.

Lo que se tiene que definir es, qué organismo del Estado debe controlar al cooperativismo peruano, y el tema puede ser : RESTITUIR LAS FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS, Art.86,87,88,89,90,91,92,93,94,95,9697 y 98 que de repente no será con el mismo nombre pero DEBE HABER UNA INSTITUCIÓN DESDE EL ESTADO TOME ESAS FUNCIONES DE CONTROL, SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS, TAL COMO INDICA LA LEY ACTUAL EL D.S. 074-90-TR, que podría ser el Ministerio de la Producción en la Dirección de Cooperativas, que ya existe, ya funciona, ampliarle sus funciones que no es difícil, es cuestión de normatividad puede hacerlo el Ministro a través del Poder Ejecutivo o un Proyecto de Ley directamente a través del Congreso de la República.

Si no se quiere tocar ese tema de control y supervisión de todo el sistema cooperativo, bueno definamos solo el control y supervisión para ahorro y crédito; en este tema, la gran discusión es entre la SBS que quiere supervisar, y la FENACREP que quiere seguir supervisando a las socias y a las no socias, aquí también se ha presentado una dualidad, o es el Estado el que supervisa a todas, sin distinción, que capten o no capten ahorros; la FENACREP debe seguir haciendo su rol primigenio de Federación, como es la capacitación, asesoría técnica, y no debe ser árbitro entre las cooperativas en los problemas de control y supervisión.

¿Por qué algunas cooperativa sospechosamente no quieren el control de la SBS?, porque dicen que es más rígida, más fuerte, no va a permitir hacer ciertas operaciones. No señor, las cooperativas de ahorro y crédito solamente van hacer las operaciones autorizadas por el reglamento o por la Ley, entonces el tema no solo está en el control y la supervisión de la parte económica-financiera, también tiene que controlar el sistema de la elección de cargos de dirigentes, delegados y gerentes de cooperativas de ahorro y crédito.

¿Qué está pasando en las cooperativas de ahorro y crédito?, hay dirigentes, presidentes que pasan a ser gerentes, al termino de su mandato “eso es un riesgo” de operación , gerentes de cooperativas que pasan a ser dirigentes en cooperativas (Consejos de Administración y Vigilancia), y se quedan uno, dos, tres años, diez años, es un riesgo para los socios de las cooperativa porque eso no garantiza la gobernabilidad de la misma, lo que está garantizando es una concentración de poder, de uso indebido de la organización para grupos pequeños de dirigentes o de gerentes de cooperativas. ¿Cómo se soluciona esto?, la regulación es que todo

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gerente de cooperativa que haya gerenciado una CAC, de más o menos 60 UIT, no puede ser elegido dirigente hasta después de tres años de pasado su período de gerente; igual sucede con los dirigentes, no pueden asumir funciones ejecutivas que tienen responsabilidad civil y penal, por el bien de las cooperativas, no estamos legislando para personas, la legislación de las cooperativas tanto de control y supervisión no debe ser para beneficio de una o dos personas en el cooperativismo, es para las instituciones cooperativas que deben garantizar la vigencia del modelo de ahorro y crédito dentro de la economía solidaria

¿Qué más plantea esta norma?, Crear un Fondo de Seguro de Depósito, esto no es novedad, no necesitamos una norma que diga que hay que hacerlo, es iniciativa privada, las cooperativas de ahorro y crédito deberían haberlo hecho por iniciativa privada, y no esperar que la SBS lo plantee como una debilidad del sector de ahorro y crédito y justificar en el 2012 como un riesgo en su proyecto de Ley pero como las Cooperativas no practican el principio cooperativo de Integración Económica que les va a beneficiar las normas las tienen que obligar.

¿Quién debe captar ahorros y quién no debe captar ahorros?, Hay CAC que se han transformado a cooperativas de Servicios Múltiples, a cooperativas de Servicios Especiales y siguen captando ahorros, esa función debe ser exclusiva para cooperativas de ahorro y crédito, si estas cooperativas se han transformado, tienen que devolver los ahorros, así de sencillo, no tienen porque quedarse con los ahorros de los socios, salvo que la norma diga que otros modelos de cooperativas también podrían captar ahorros o depósitos en ahorros, pero en ese momento estarán bajo el control de la SBS, y no hay problema, si hay cooperativas de servicios especiales de servicios múltiples que quieren captar ahorros pues que pasen al control de la SBS.

¿Y con respecto a los aportes sociales Licenciado?, Las aportaciones de los socios son el capital social de la cooperativa, toda cooperativa de ahorro y crédito deberá tener sus aportaciones de socios, serán contabilizados en una cuenta individual como siempre lo han hecho . Con este Proyecto de Ley, la Superintendencia está solicitando solamente el control exclusivo de las Cooperativas que capten depósitos en ahorros, puede darse que alguna cooperativa mañana deje de captar depósitos en ahorros y estuvo bajo el control de la SBS, a donde iría?, o queda sin control y supervisión o debe quedarse en la Superintendencia, si allí empezó. Técnicamente, todas las cooperativas deben pasar al control de la SBS, ya que no existe un organismo del Estado como lo era el INCOOP, que asumía ese rol, mientras no exista tendrá que ser este organismo del Estado que tenga el control de ahorro y crédito mientras se crea el organismo promotor y supervisor de cooperativas.

Si la Federación deba actuar como intermediaria, como colaborador especializado ya se hizo , ya se tuvo experiencia en ello ,a quien le toca calificar su actuación es a la SBS, que representa al Estado y no al cooperativismo .

Es necesario que ya se defina el tema de la supervisión porque en mi experiencia, todas las cooperativas que no están bajo el control de un organismo del estado que son las de otras tipologías, prácticamente, los socios cuando tienen problemas con los dirigentes no tienen donde quejarse, y el costo es tan alto que tienen que ir al Poder Judicial a hacer un trámite, una queja de muchos años y para ello el socio no tiene el apoyo de un supervisor a nivel

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nacional. Es necesario que se revise este tema, que se piense mejor y fríamente, no pensando en ventajas personales, de cuotas de supervisión, se requiere que en el Perú el cooperativismo sea admirado y respetado como un modelo de empresa de economía solidaria a seguir e imitarlo.

No basta con salir y pagar a una revista o un periódico y decir que somos buenos, No, porque eso lo estamos pagando, hay que dejar que la gente nos reconozca, nos plantee, nos escriba, nos proponga, nos señale, que diga que las cooperativas son empresas respetables, que son una alternativa en el tema de la inclusión social en el Perú, para eso se necesita demostrar las ventajas del modelo cooperativo, no solamente con publicidad, sino con acciones concretas y reales, haber mejorado el nivel de empleo, el acceso al crédito, la mejora de la vivienda, la economía de mercado, el comercio justo, esos son los temas que hay que discutir en el cooperativismo, no el tema de regalar un carro, marketing o populismo social, pero no es lo principal en las cooperativas, sino el acceso a los servicios, al crédito y a la oportunidad de la información de su cooperativa, a los Estados Financieros, a los indicadores financieros, al Balance Social de la cooperativa y al tema de la Educación cooperativa de calidad y al fomento de la investigación científica del fenómeno de la cooperación y economía solidaria.

Licenciado por otro lado, sabemos que pronto se irá a Colombia a una entidad educativa internacional, ¿podría informarnos al respecto?

La Universidad Cooperativa de Colombia, está organizando un Fórum Internacional sobre el Sector de la Economía Solidaria y Cooperativismo su rol y su aporte. Se realizará a partir del 5 de mayo, en esta ocasión ha sido invitado el Dr. Luis Razeto Migliaro de Chile, y en el caso peruano, me han invitado para exponer el tema “El Cooperativismo y la Economía Social”, como miembro integrante del observatorio iberoamericano de la economía social y solidaria de España; y como Licenciado en Cooperativismo que lo vengo difundiendo en todas las bases sociales, negocios inclusivos, emprendedores sociales. Es una oportunidad de ir a otros países y demostrar que en el Perú también tenemos profesionales que podemos aportar algo al sector de la economía social y al cooperativismo latinoamericano, nuestro rol es contribuir con el campo científico de la ciencia de la cooperación y del sector social de la economía, es nuestro trabajo, nuestro esfuerzo, para eso estamos nosotros formados, los profesionales en cooperativismo como egresado de Universidad Federico Villarreal, de la Facultad de Cooperativismo.

Licenciado ¿Cuántos años lleva usted en el cooperativismo peruano?

Como estudiante de la Universidad Federico Villarreal, ingresé el año 80, pero ya venía trabajando en una cooperativa el año 77, pero en mi juventud desde el año 68, en Arequipa en el diario El Correo aparecía en las portadas el logo de los dos pinos me preguntaba que significaba esa figura ,con los años entendí que dicho símbolo representaba al cooperativismo, que me ha permitido conocer miles de peruanos solidarios de corazón y como investigador social estoy desde el año 90, dedicado a la investigación del cooperativismo y economía solidaria formalmente, en asesoría, capacitación, conozco todo tipo de cooperativas, en sus problemas empresariales, tanto de constitución a liquidación, transformación, fusión, formación de federaciones, y donde los cooperativistas nos pidan su apoyo, estamos presentes como el tema de los inmigrantes, sus derechos y otros temas del sector social.

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Yo escribo y expongo la palabra para los que quieren ser más y vivir más, nada puede detener a los emprendedores sociales del sector de la Economía Solidaria y cooperativas porque ellos saben que lo imposible no existe y nada puede detenerlos porque mientras el mundo duerme ellos siguen trabajando por sus causas sociales. (Lima-Perú )

Muchas gracias Lic. Walter Choquehuanca Soto