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REGULACIÓN DE LA ATENCIÓN MÉDICA EN TIEMPO DE CONFLICTO
Laura Yined Muñoz UrregoCristian Alejandro LópezÉtico Social IFacultad de Ciencias de la Salud – Medicina General
ÉTICA MÉDICA
Relación Médico-Paciente
Indirecta
EPS
Directa
Voluntaria
Obligatoria
MORAL MÉDICA
MORAL VS DERECHO
LEY POSITIVA O EXTERNA
LEY INTERNA
El derecho integra el orden moral
KANT: “ la política debe doblar las rodillas ante la moral”
La moral da legitimidad a lo legal no al contrario.
MÉDICO
SERVICIO SOCIAL (basada en querer hacer el bien)
ADAPTACIÓN NORMA MORAL
CONVENIOS MISMOS PROFESIONALES
GOBIERNO
Donde se actúa para un bien social con la finalidad
de vivir en convivencia
DOBLE OBLIGACIÓN
DERECHO
LEYES
JURAMENTO HIPOCRÁTICO
Respetar la vida
Mantener confidencialidad
Atención sin discriminación
Atención sin corrupción
ASOCIACIÓN MÉDICA MUNDIAL (AMM)
“la voz internacional de la medicina organizada”
Creada en septiembre de 1946/ Londres
Representa la opinión de los médicos del mundo en asuntos internacionales.
Ideales claros.
Responsable de la creación de la declaración de Ginebra, código internacional de la ética médica; cubren una amplia gama de temas incluido el tema de heridos en tiempo de conflicto armado.
Prometo solemnemente consagrar mi vida al servicio de la humanidad,Otorgar a mis maestros el respeto y gratitud que merecen,Ejercer mi profesión a conciencia y dignamente,Velar ante todo por la salud de mi paciente,Guardar y respetar los secretos confiados a mí, incluso después del fallecimiento del paciente,Mantener incólume, por todos los medios a mi alcance, el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica,Considerar como hermanos y hermanas a mis colegas,No permitiré que consideraciones de afiliación política, clase social, credo, edad, enfermedad o incapacidad, nacionalidad, origen étnico, raza, sexo o tendencia sexual se interpongan entre mis deberes y mi paciente,Velar con el máximo respeto por la vida humana desde su comienzo, incluso bajo amenaza, y no emplear mis conocimientos médicos para contravenir las leyes humanas,Hago estas promesas solemne y libremente, bajo mi palabra de honor.
En el momento de ser admitido como miembro de la profesión médica:
DECLARACIÓN DE GINEBRA (SEPTIEMBRE 1948)
CÓDIGO INTERNACIONAL DE ÉTICA MÉDICA
Adoptado por la 3ª Asamblea General de la AMM
Londres, Inglaterra, octubre 1949
ORIGEN DE LAS REGULACIONES EN ATENCION MEDICA EN TIEMPO DE CONFLICTO
Adoptadas por la 10ª Asamblea Médica Mundial La Habana, Cuba, Octubre 1956 y
Editadas por la 11ª Asamblea Médica Mundial Estambul, Turquía, Octubre 1957y
Enmendadas por la 35ª Asamblea Médica Mundial Venecia, Italia, Octubre 1983 y
la 55a Asamblea General de la AMM, Tokio, 2004 yRevisada su redacción por la 173ª Sesión del Consejo, Divonne-les-Bains,
Francia, Mayo 2006
PROYECTO DE NORMAS QUE REGULAN LA ASISTENCIA DEL ENFERMO Y HERIDO PARTICULARMENTE EN TIEMPO DE
CONFLICTO
A. 1 Toda persona militar o civil debe recibir en cualquier circunstancia y sin demora la atención que exige su estado, sin consideración de sexo, raza, afiliación política, nacionalidad, entre otros.
2. Está prohibido todo atentado a la salud e integridad corporal o mental, que no sea justificado por razones terapéuticas.
B. 1. En caso de urgencias, los médicos deben presentar atención inmediata en la mejor forma posible, dentro de su capacidad. No se hará ninguna distinción entre pacientes, salvo las que impondría la urgencia médica. Se puede negar asistencia cuando haya otros médicos ofreciéndola.
“la independencia profesional del médico será siempre respetada”
2. Los miembros de la profesión médica deben recibir la protección necesaria para ejercer libremente sus actividades profesionales, dándoseles toda asistencia en el desempeño de su misión.
TENDRÁN EL DERECHO DE CIRCULAR LIBREMENTE Y DE IR A TODOS LOS LUGARES DONDE SU PRESENCIA FUESE NECESARIA.
3. El cumplimiento de las actividades y responsabilidades médicas, no será bajo ninguna circunstancia considerado como delito. El médico no puede nunca ser procesado por observar el secreto profesional.
4. En el desempeño de su misión, las profesiones médicas y auxiliar se identificarán por un emblema distintivo, la serpiente y la vara roja sobre fondo blanco. Su uso está gobernado por una reglamentación especial.
LEGISLACIÓN
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, ARTÍCULO 1, 93.
CÓDIGO DE ÉTICA MÉDICA. LEY 23 DE 1981 Artículo 1
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
LEY 171 DE 1994, MEDIANTE LA CUAL COLOMBIA ADOPTÓ EL PROTOCOLO II DE GINEBRA
PENAL
CÓDIGO PENAL COLOMBIANO
RESOLUCIÓN 1020 DE 2002 DEL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
ÉTICA
CÓDIGO PENAL COLOMBIANO
ARTÍCULO 131.ARTÍCULO 152.
ARTÍCULO 153.
OMISIÓN DE SOCORRO OMISIÓN DE
SOCORRO Y ASISTENCIA
HUMANITARIA.
OBSTACULIZACIÓN DE TAREAS
SANITARIAS Y HUMANITARIAS.
RESOLUCIÓN 1020 DE 2002 DEL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Estatuto especial a cargo del derecho internacional humanitario; obligación legal de las instituciones públicas y privadas del territorio nacional, que prestan servicios de salud, atender de manera inmediata las situaciones de urgencia de las victimas del conflicto armado interno.
BIBLIOGRAFÍA
LIBROS
Jáner, Félix. “Del objeto, necesidad y ventajas de la moral medica”. En: Elementos de moral médica. Barcelona: Imprenta de Joaquín Verdaguer, 1831. pp. (1-5)
Vélez, Luis. “anexos”. En: Ética médica: interrogantes acerca de la medicina, la vida, y la muerte. Medellín: Fondo Editorial CIB. 2003.pp.(257-260).
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_________. “Ética médica”. En:_________________________________________. _______: ____________. ____. pp. (79-90)
Williams, John. “Características principales de la ética médica”. Manual de Ética Médica. ISSN: 92-990028-3-5 #2. 2009. pp. 20-22.
ARTÍCULOS DE INTERNET
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Borda, Guillermo. "moral y derecho”. Consultado en: (http://www.salvador.edu.ar/juri/apuntes/Uncal-%20Filosofia%20del%20D/MoralyDerecho.pdf) (29/07/2012)
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Díaz, Gonzalo. “Ley 23 de 1981”. Consultado en (http://www.gonzalodiaz.net/l100/ley100/texto_ley23de1981.shtml ). (02/08/2012)
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