99
CONTENIDA EN EL ARTICULO 1° DEL D.L. N° 824 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DEL 31.12.1974 Profesor: Daniel A. Montecinos Lagos Executive UDLA 2012 Sede REPUBLICA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA D.L. 824/74

Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CONTENIDA EN EL

ARTICULO 1° DEL D.L. N° 824

PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DEL 31.12.1974

Profesor: Daniel A. Montecinos Lagos

Executive UDLA 2012

Sede REPUBLICA

LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA D.L. 824/74

Page 2: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA D.L. 824/74

Impuestos

Pagos obligatorios de dinero que exige el Estado a los individuos y empresas que no

están sujetos a una contraprestación directa, con el fin de financiar los gastos propios de la administración del Estado y

la provisión de bienes y servicios de carácter público.

Page 3: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Primera Categoría RENTAS Segunda Categoría

CUADRO SINÓPTICO DE LA LEY DE IMPUESTO A LA RENTA

DEL CAPITAL

EI., EIRL,.

y Soc. de Personas Pequeños

Contribuyentes

SA, SPA y

SCPA

Primera Categoría

Tasa 17%

Primera Categoría

Tasa 17%

Impto. Único

De Primera

Categoría

UTILIDAD EN ENAJENACIÓN

Art. 17 N° 8 letras:

a) Acciones SA (No habitual)

c) Pertenencias Mineras (No habitual)

d) Derechos de agua (No habitual)

e) Propiedad intelectual/industrial

h) Acc/ Derechos Soc. Mineras

j) Bonos y debentures (NO habitual)

DEL TRABAJO

Trabajadores

Dependientes

(Sueldos y

Pensiones)

Profesionales

Independientes

(Honorarios)

Impuesto Único

35% Impuesto Único de Primera

Categoría Tasa 17% Impuesto Único

Segunda Categoría

5% al 40%

GLOBAL COMPLEMENTARIO

Tasa Progresivas 5% al 40%

ADICIONAL

TASA 35%

Percibidas o devengadas Percibidas

Art. 20

Art. 42

Art. 42 N° 1 Art. 42 N° 2

Art. 21 Inc. 3°

Gastos rechazados y

pagados

Retiros

Cantidades

distribuidas Rentas percibidas

P.N. con domicilio o

residencia en Chile Crédito:10%, 15% , 16%,

16,5%, 17% sobre rentas

afectas a Primera Cat.

Arts. 58 al 61

Personas sin domicilio ni

residencia en Chile

Crédito 10% 15%, 16%

16,5%, 17% sobre rentas

afectas a Primera Cat.

Art. 22:

1.Mineros artesanales.

2.- Comercio vía Pública

3.- Suplementeros

5.- Talleres artesanales

6.- Pescadores artesanales

Page 4: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CLASIFICACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA

Impuesto directo

Grava la renta cuando

esta se produce Impuesto real

1° Categoría 17% Impuesto Único del

35%

Gravan la renta sin atender a la

persona del contribuyente

Impuesto personal

Único de

Segunda Categoría Global Complementario

Gravan la renta tomando en cuenta

la persona del contribuyente

IMPUESTO PROPORCIONAL IMPUESTO PROGRESIVO

1° Categoría

17%

Impto. único

del 35% Adicional

Único de

2° Categoría

Global

Complementario

Tasa fija cualquiera sea el

monto de la renta

Tasa aumenta a medida

que la renta sea mayor

A

B

C

Page 5: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ELEMENTOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA EN

EL DECRETO LEY N° 824 SOBRE IMPUESTO A LA RENTA

- Hecho Gravado

- Contribuyente (Sujetos)

- Devengamiento

- Base Imponible

- Tasa

- Exenciones

- Créditos – Beneficios

- Normas administrativas:

- Declaraciones

- Libros de contabilidad

- Informes

Page 6: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ESTRUCTURA DE LA LEY DE LA RENTA

TOTAL ARTÍCULOS 1º AL 18º

ARTÍCULO 1º : 6 TÍTULOS CON 108 ARTÍCULOS

TITULO I NORMAS GENERALES (Artículos 1 al 18 quater)

PÁRRAFO 1º: MATERIA Y DESTINO DEL IMPUESTO

PÁRRAFO 2º: DEFINICIONES

PÁRRAFO 3º: CONTRIBUYENTES

PÁRRAFO 4º: DISPOSICIONES VARIAS

Page 7: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ESTRUCTURA DE LA LEY DE LA RENTA

TITULO II: IMPUESTO CEDULAR POR CATEGORÍA PRIMERA CATEGORÍA: De las Rentas del Capital y de las Empresas Comerciales, Industriales, Mineras y Otras (Artículos 19 al 41 D)

PÁRRAFO 1º: CONTRIBUYENTES - TASA IMPUESTO PÁRRAFO 2º: PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES PÁRRAFO 3º: BASE IMPONIBLE PÁRRAFO 4º: EXENCIONES PÁRRAFO 5º: C. M. ACTIVOS Y PASIVOS PÁRRAFO 6º: NORMAS SOBRE D.T.I.

SEGUNDA CATEGORIA: Rentas del Trabajo (Artículos 42 al 51) PÁRRAFO 1º: CONTRIB. 2ª CATEGORÍA (BASE IMPONIBLE Y TASA)

Page 8: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ESTRUCTURA DE LA LEY DE LA RENTA

TITULO III: IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO (Artículos 52 al 57 Bis)

PÁRRAFO 1º: MATERIA Y TASA DEL IMPUESTO

PÁRRAFO 2º: BASE IMPONIBLE

TITULO IV: IMPUESTO ADICIONAL (Artículos 58 al 64)

CONTRIBUYENTES, BASE IMPONIBLE Y TASA DEL IMPUESTO

TITULO IV BIS: IMPUESTO ESPECÍFICO A LA ACTIVIDAD MINERIA (Artículo 64 Bis)

Page 9: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ESTRUCTURA DE LA LEY DE LA RENTA

TITULO V : ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO

(Artículos 65 al 103)

PÁRRAFO 1º: DECLARACIÓN Y PAGO ANUAL

PÁRRAFO 2º: RETENCIONES DE IMPUESTO

PÁRRAFO 3º: DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL

PROVISIONAL

PÁRRAFO 4º: INFORMES OBLIGATORIOS AL SII

PÁRRAFO 5º: DISPOSICIONES VARIAS

TITULO VI : Disposiciones especiales relativas al mercado capitales

(Artículos 104 a 108)

Page 10: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

1.- IMPUESTO CEDULAR

1ª Categoría * Renta de bienes raíces agrícolas y no agrícolas (N°1)

(Art. 20) * Renta de capitales mobiliarios (N°2)

* Renta de industria, comercio y minería (N°3)

* Otras rentas (N°4,5 y 6)

2ª Categoría * Rentas de trabajadores dependientes (N°1)

(Art. 42) * Rentas de trabajadores independientes (N°2)

* Otras rentas, consejeros o directores S.A. (Art.48)

2.- IMPUESTOS ESPECIALES A EMPRESAS:

Art. 21 35% sobre retiros presuntos en S.A., CPA respecto de

socios, accionistas y agencias extranjera

DL.2398 Tasa adicional 40% a empresas del estado

Page 11: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

3.- IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO

Art.52 al 57 Personas naturales domiciliadas o residentes en Chile, por la totalidad de sus ingresos.

El impuesto se determina según el tramo de sus rentas, mediante una tasa progresiva, la cual disminuye con ciertos beneficios que concede la Ley y ciertos niveles de exención.

4.- IMPUESTO ADICIONAL

Art. 58 al 61 Afecta a personas que no tengan domicilio o residencia en Chile por rentas de fuente chilena.

5.- IMPUESTOS ESPECIFICOS

Impuestos únicos Enajenación no habitual de acciones, Art.17 N°8

Premios de lotería, Art. 20 N°6

Gastos rechazados de S.A., Art. 21

Impuestos Sustitutivos Pequeños mineros artesanales, pequeños

(Art. 22) Comerciantes de la vía pública, suplementeros

Page 12: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

IMPUESTOS CONTENIDOS EN LA L.I.R.

- Impuesto Único del artículo 17º, Nº 8, inciso 3º

- Impuesto de Primera Categoría (Art. 20º)

- Impuesto Único a los Premios de Lotería (Art. 20º Nº 6)

- Impuesto Único a S.A. por Gastos Rechazados. (Art. 21 inc.3º)

- Impuesto Único a los Términos de Giro (Art. 38º Bis)

- Impuesto Único a los Trabajadores (Art. 43º Nº 1)

- Impuesto Único a los Retiros de A.P.V. (Art. 42 Bis )

- Impuesto Global Complementario (Art. 52º al 57º Bis)

- Impuesto Adicional (Art. 58º al 64º)

Page 13: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

MATERIA Y DESTINO IMPUESTO

ARTÍCULO 1° D.L. 824/74

ESTABLECE UN IMPUESTO SOBRE LA RENTA A BENEFICIO FISCAL

Page 14: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

EL HECHO GRAVADO

LA RENTA PERCIBIDA O DEVENGADA

LOS INGRESOS

LA UTILIDAD

EL BENEFICIO

EL INCREMENTO DE PATRIMONIO

Page 15: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

DEFINICIONES

DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE RENTA HECHO GRAVADO

RENTA (ART. 2º Nº 1) D.L. 824/74:

• Ingresos que constituyan utilidades;

• Beneficios que rinda una cosa o actividad, y

• Todos los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio, percibidos o devengados, cualquiera que sea su origen, naturaleza o denominación.

Page 16: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

DEFINICIONES

LIMITACIÓN AL CONCEPTO DE RENTA

Ingreso no constitutivo de renta (ingreso no renta): Se trata de un hecho no gravado y el monto de ese ingreso no se encuentra afecto a ningún impuesto de la Ley de la Renta, ni forma parte de ninguna base imponible de la misma ley, como tampoco se le considera para efectos de la progresión del Impuesto Global Complementario.

La propia Ley de la Renta limita el alcance al establecer expresamente en su artículo 17, que no constituirán renta para los efectos tributarios, determinados ingresos, beneficios, utilidades o incrementos de patrimonio, que se encuentran comprendidos en dicho concepto.

Page 17: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE LA RENTA O

PRINCIPIOS QUE UTILIZA PARA GRAVAR LAS RENTAS

PRINCIPIO DEL DOMICILIO O RESIDENCIA (ART.3º y 4º)

Residencia (Art 8 N°8 Código Tributario):

“Se entenderá por residente, toda persona natural que permanezca en Chile más de 6 meses en un

año calendario, o más de 6 meses en total dentro de dos años tributarios consecutivos”

Page 18: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE LA RENTA O

PRINCIPIOS QUE UTILIZA PARA GRAVAR LAS RENTAS

A) PRINCIPIO DEL DOMICILIO O RESIDENCIA (ART.3º Y 4º)

Domicilio (Art.59 Código Civil):

“Consiste en la residencia acompañada real o presuntivamente del ánimo de permanecer en ella”

Domicilio= residencia + ánimo de permanecer en el lugar

Casos especiales

*Mantener el asiento principal de los negocios en Chile (art.4)

*Animo de mantener la familia en Chile (art.4)

* Funcionarios fiscales presten servicios fuera Chile (art.8).

*Embajadores y otros Diplomáticos naciones extranjeras (art.9)

Page 19: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

B) PRINCIPIO DE LA FUENTE (TERRITORIALIDAD – Art.10)

Fuente productora de la renta, impuestos renta aplican respectos de

bienes situados e el país y actividades realizadas en su interior. Se gravan rentas de fuente chilena cualquiera sea el domicilio o residencia del contribuyente

CONTRIBUYENTES SIN DOMICILIO NI RESIDENCIA EN CHILE Tributan sobre rentas sólo de fuente chilena.

CASOS PRINCIPALES: Accionistas (Art. 58 Nº 2). Socios (Art. 60 Inc. 1º). Marcas y patentes (Art.59 Inc. 1º), etc. Servicios prestados en Chile (Art. 59 Inc. 1º y 60). Intereses (Art. 59 Nº 1). Seguros (Art. 59 Nº 3). Arrendamiento de naves (Art. 59 Nº 5). Arriendo de bienes de capital (Art. 59 Nº 6).

AMBITO DE APLICACIÓN DE LA RENTA O PRINCIPIOS

QUE UTILIZA PARA GRAVAR LAS RENTAS

Page 20: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

C) PRINCIPIO DE LA FUENTE PAGADORA DE LA RENTA

Impuesto se aplican por el solo hecho de efectuar el pago de la renta desde Chile hacia el extranjero, independiente de su origen o fuente de la renta.

CONTRIBUYENTES EXTRANJEROS

Se gravan con impuesto por el sólo hecho que el pago de la renta se efectúa desde Chile, aunque la renta sea de fuente extranjera.

Remuneraciones remesadas al exterior por servicios prestados en el extranjero (Art.59 Nº2)

Servicios prestados en el exterior por trabajos de ingeniería o asesorías técnicas en general (Art. 59 Nº 2 inciso final).

AMBITO DE APLICACIÓN DE LA RENTA O

PRINCIPIOS QUE UTILIZA PARA GRAVAR LAS

RENTAS

Page 21: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ORIGEN DE LAS RENTAS CHILENA Y

EXTRANJERA

Rentas de fuente Chilena

Bienes situados en el país

Actividades

desarrolladas en el País

Page 22: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ORIGEN DE LAS RENTAS CHILENA Y

EXTRANJERA

2) RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA

Bienes situados en el exterior o de actividades

desarrolladas en el mismo lugar, afectas impuesto cuando son obtenidas por personas con domicilio o residencia en el país (excepción art. 9 remuneraciones embajadores, diplomáticos, ministros naciones extranjeras).

Sobre el particular debe tenerse presente lo indicado en el artículo de la LIR donde se señala que no se consideran situados en Chile ciertos valores o títulos. (art.11)

Page 23: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ORIEGEN DE LAS RENTAS CHILENA Y

EXTRANJERA

Rentas de fuente Extranjera

Bienes situados fuera del País

Actividades

desarrolladas fuera del

País

Page 24: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

C.- CONTRIBUYENTES EXENTOS 1.-Del impuesto Único de Primera Categoría

Los que no declaren la renta efectiva en la Primera Categoría y las rentas obtenidas no exceden de 10 UTA, al 31 de diciembre del año comercial respectivo.

2.- Del impuesto general de Primera Categoría

El Fisco, las instituciones fiscales y semifiscales y las Municipalidades.

Instituciones exentas por leyes especiales.

Las instituciones de ahorro y previsión social determinadas por el Presidente de la República, la Asociación de Boys Scouts de Chile y las Instituciones de Socorros Mutuos afiliadas a la Confederación Mutualista de Chile.

SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO

Page 25: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

o Las instituciones de beneficencia que no persigan fines de lucro y que tengan por objeto principal prestar ayuda material o de otra índole a personas de escasos recursos económicos, autorizadas por Decreto Supremo por el Presidente de la República.

o Empresas pertenecientes a las tres primeras instituciones ni respecto de las Rentas que se clasifiquen en los Nºs. 3 y 4 del Art. 20 de la LIR.

o Los comerciantes ambulantes, por estar gravados con un impuesto único especial.

o Las empresas individuales no acogidas a los al artículos 14 bis o 14 ter, cuyas rentas líquidas no excedan de 1 UTA.

o CONTRAEXCEPCION: La exención no rige por rentas obtenidas por empresas pertenecientes a las tres primeras instituciones ni respecto de las rentas que se clasifiquen en los Nºs. 3 y 4 del Art. 20 de la LIR.

SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO

Page 26: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

C.- CONTRIBUYENTES EXENTOS

3.- Del impuesto Único de Segunda Categoría

Los trabajadores dependientes cuyas rentas líquidas no excedan de 13,5 UTM.

4.- Del impuesto Global Complementario

Las personas naturales cuyas rentas líquidas no excedan de 13,5 UTA.

Los trabajadores dependientes y pequeños contribuyentes que obtengan rentas de capitales mobiliarios que no excedan de 20 UTM, ganancia de capital en ventas de acciones que no excedan de 20 UTM, y en rescate de cuotas de Fondos Mutuos, cuyas rentas netas no excedan de 30 UTM, artículo 57 de la LIR.

SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO

Page 27: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

C.- CONTRIBUYENTES EXENTOS

5.- Del impuesto Adicional

La Ley de la Renta en general no contiene contribuyentes exentos de impuesto Adicional, excepto aquellos que se establecen por leyes especiales.

SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO

Page 28: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

RESUMEN DE LA TRIBUTACION DE LOS

CONTRIBUYENTES DE LA LEY DE LA RENTA

TIPO DE CONTRIBUYENTE RENTAS GRAVABLES

PERSONAS DOMICILIADAS O RESIDENTES EN CHILE

BIENES SITUADOS , O ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN CHILE Y / O EN EL

EXTRANJERO

RENTA MUNDIAL

PERSONAS QUE CARECEN DE DOMICILIO O RESIDENCIA EN CHILE

BIENES SITUADOS EN CHILE

ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN CHILE

EXTRANJEROS QUE CONSTITUYAN DOMICILIO O RESIDNCIA EN EL PAÍS

3 AÑOS + PRÓRROGAS RENTA BIENES SITUADOS EN CHILE Y ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN CHILE

VENCIMINETO PLAZO RENTA MUNDIAL

Page 29: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ARTICULO 17 N°S 1 A 31

INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA

Page 30: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

PRIMERA CATEGORIA

RENTAS PROVENIENTES DEL CAPITAL

Page 31: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CONTABILIDAD

COMPLETA

SIMPLIFICADA

SIN

CONTABILIDAD

CONTABILIDAD

FIDEDIGNA

ART. 16 -20

C.TRIB.

ASPECTOS TRIBUTARIOS

ART. 68 LIR

ART. 23 C.T.

Page 32: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

NORMAS CONTABLES V/S NORMAS TRIBUTARIAS

AMBOS PERSIGUEN OBTENER UN RESULTADO

PERO PERSIGUEN OBJETIVOS DISTINTOS:

a) NORMAS CONTABLES: GENERAN UN

RESULTADO ECONOMICO-FINANCIERO PARA

INTERESADOS, DUEÑOS, PROVEEDORES,

ETC.

b) NORMAS TRIBUTARIAS: OBLIGAN A

OBTENER RESULTADO PARA EFECTOS

DE TRIBUTACIÓN (BASES IMPONIBLES)

Page 33: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CONTABILIDAD COMPLETA

REFLEJA TODAS LAS OPERACIONES FIEL Y

CRONOLOGICAMENTE, ATENDIENDO A LAS PRÁCTICAS

CONTABLES Y COMPRENDE TODOS LOS REGISTROS

CONTABLES (LlBROS) QUE ESTABLECEN LAS NORMAS

RESPECTIVAS:

•DIARIO, LIBRO MAYOR E INVENTARIOS Y BALANCE (ART.25

CÓDIGO COMERCIO)

•REMUNERACIONES (CÓDIGO DEL TRABAJO)

•COMPRAS Y VENTAS (ART. 59 y siguientes D.L. 825/74)

•FUT (Resolución 2154/91 SIII).

Page 34: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

A) CONTRIBUYENTES 1º CATEGORÍA ESCASO MOVIMIENTO,

CAPITAL PEQUEÑOS EN RELACION AL GIRO, POCA

INSTRUCCIÓN:

PLANILLA DETALLE CRONOLOGICO DE GASTOS E

INGRESOS (art. 68 letra a)

B) CONTRIBUYENTES 2º CATEGORÍA, ART. 42 Nº2 (NO

SOCIEDADES PROFESIONALES) Y ART. 50 (inciso final, ingresos brutos y rebaja por gasto 30% ingresos, tope 15 UTA):

LIBRO DE ENTRADAS Y GASTOS, TIMBRADO SII

Page 35: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

RENTA

EFECTIVA

PRESUNTA

1ª CATEGORIA

2ª CATEGORIA

DERECHO

LEGAL

Page 36: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

RENTA EFECTIVA

“ES AQUELLA RENTA REAL QUE SE DETERMINA

MEDIANTE CONTABILIDAD COMPLETA O

SIMPLIFICADA”.

1ª CATEGORIA (Art. 20 N°1,3,4 y 5):

ACTIVIDADES EN LAS CUALES PREDOMINA EL

CAPITAL SOBRE EL TRABAJO.

2ª CATEGORIA (Art. 42 N°1 y 2)

ACTIVIDADES EN LAS QUE PREDOMINA EL

ESFUERZO PERSONAL, INTELECTUAL O FISICO

POR SOBRE LOS MEDIOS DE CAPITAL.

Page 37: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

RENTA PRESUNTA

“ES UNA ESTIMACION DE RENTA O SUPOSICION

QUE SE ESTABLECE CONSIDERANDO CIERTOS

ANTECEDENTES O CIRCUNSTANCIAS CONOCIDAS

(ART. 47 DEL CODIGO CIVIL)”.

PRESUNCION DE DERECHO

ES AQUELLA SOBRE LA CUAL NO SE ADMITE

PRUEBA EN CONTRARIO Y EN LAS DISPOSICIONES

LEGALES SE ENCUENTRA EXPRESAMENTE

ESTIPULADO (EJEMPLO 34 BIS N° 2).

Page 38: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

PRESUNCION LEGAL

ES CUANDO SE DETERMINA POR LA LEY Y LOS

ANTECEDENTES O CIRCUNSTANCIAS QUE DAN

MOTIVO A LA PRESUNCION ESTAN CONTENIDOS

EN ELLA; PERMITE PRUEBA EN CONTRARIO

(EJEMPLO ART. 20 N° 1 LETRA D).

Page 39: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

A.- RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA

Si la fuente generadora de las rentas es el "capital", como

elemento preponderante e indispensable en el desarrollo de

la actividad, las rentas se clasifican en la Primera

Categoría.

Capital: Es un factor de la producción formado por la riqueza

acumulada, que unido al elemento trabajo y recursos

naturales genera nueva riqueza.

CLASIFICACIÓN DE LAS RENTAS DENTRO DE LA LEY

Page 40: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Rentas clasificadas en la Primera Categoría Artículo 20:

Rentas provenientes de la explotación de Bienes Raíces Agrícolas y

No Agrícolas (Nº1).

Rentas provenientes de capitales mobiliarios (Nº2).

Acciones, Bonos, Debentures, Fondos Mutuos.

Créditos cualquier clase

Depósitos a plazo y cuentas de ahorro

CLASIFICACIÓN DE LAS RENTAS DENTRO DE LA LEY

Page 41: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Rentas clasificadas en la Primera Categoría Artículo 20:

Rentas Provenientes del comercio, de la industria, de la minería,

construcción y servicios en general (Nº3):

Comercio, Industria, Minería.

Explotación Riquezas del Mar y demás actividades extractivas.

Compañías Áreas, Seguros, Bancos y Financieras.

Administradoras Fondos Mutuos

Sociedades de Inversión o Capitalización.

Empresas Constructoras, Periodísticas, Publicitaria.

Radiodifusión, Televisión, Procesamientos Automático de Datos y

Telecomunicaciones.

CLASIFICACIÓN DE LAS RENTAS DENTRO DE LA LEY

Page 42: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Rentas clasificadas en la Primera Categoría Artículo 20:

De servicios de intermediación, educación, salud, Diversión y

esparcimiento (Nº4):

Corredores, personas naturales y jurídicas empleen capital.

Comisionistas, personas naturales y jurídicas con oficina establecida.

Martilleros, Agentes de Aduana, Embarcadores, comercio marítimo,

portuario y aduanero

Colegios, Academias, Institutos de Enseñanza.

Clínicas, Hospitales, Laboratorios,

Agentes de seguros personas jurídicas.

Casinos, Cabaret, Boites, Juegos Electrónicos y Juegos Mecánicos.

CLASIFICACIÓN DE LAS RENTAS DENTRO DE LA LEY

Page 43: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Rentas clasificadas en la Primera Categoría Artículo 20:

Todas las rentas cualquier origen naturaleza y denominación no incluidas

otra categoría ni exenta (Nº5):

Ventas Activo Fijo

Venta derechos sociales

Indemnizaciones

Ganancias juegos de azar: Casinos, Hipódromos, Concursos.

Honorarios sociedades profesionales que tributan 1º Categoría.

Asesorías técnicas o trabajos de ingeniería no clasificados 2º Categoría

Premios de Lotería (Nº6).

Lotería de Concepción

Polla Chilena de Beneficencia

Kino - Loto

Polla Gol

CLASIFICACIÓN DE LAS RENTAS DENTRO DE LA LEY

Page 44: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Rentas clasificadas en la Primera Categoría Artículo 20:

Explotación de bienes raíces agrícolas y no agrícolas (Nº1).

BIENES RAICES AGRICOLAS Y NO AGRICOLAS

CLASIFICACIÓN DE LAS RENTAS DENTRO DE LA LEY

Page 45: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

5.- De cualquier otra actividad o servicio no

comprendida en las anteriores.

• Rentas de Segunda Categoría (Trabajo)Art. 42

1.- Trabajadores dependientes

2.- Trabajadores independientes.

Page 46: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ARTICULO 20 Nº1

Rentas de la explotación de bienes raíces agrícolas.

A) Renta proveniente de la explotación de bienes raíces agrícolas: Renta efectiva mediante contabilidad completa

B) Renta Presunta : Propietario o usufructuario, base imponible de primera categoría 10% sobre avalúo fiscal al 01/01/xx del año en que se debe presentar la declaración.

Por no propietario ni usufructuario: base imponible de primera categoría 4% sobre avalúo fiscal al 01/01/xx del año en que debe presentarse la declaración

C) Cesión del uso y goce temporal del bien raíz: Renta según contrato

20 Nº 1 letra a, b y c tienen derecho a utilizar las contribuciones como crédito contra el Impuesto de Primera Categoría.

Page 47: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

SE PUEDEN ACOGER A RENTA PRESUNTA:

COMUNIDADES, COOPERATIVAS, SOCIEDADES DE PERSONAS U OTRAS PERSONAS JURIDICAS, QUE DEBEN ESTAR FORMADOS EXCLUSIVAMENTE POR PERSONAS NATURALES.

NO SE APLICA RENTA PRESUNTA A LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN RENTAS DE 1ª CATEGORIA, POR LAS CUALES DEBAN DECLARAR IMPUESTOS SOBRE RENTA EFECTIVA SEGÚN CONTABILIDAD COMPLETA.

LAS VENTAS ANUALES NO DEBEN EXCEDER EN SU CONJUNTO 8.000 UTM

EL CONTRIBUYENTE QUE QUEDE OBLIGADO A RENTA EFECTIVA LO HACE DESDE EL 1 DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y NO PUEDE REGRESAR A RENTA PRESUNTA.

SI VENTA ANUAL ES MENOR A 1.000 UTM, SE PUEDE ACOGER A RENTA PRESUNTA.

Page 48: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Renta de bienes raíces Cesión del uso o Renta según contrato bienes raíces agrícolas. Goce temporal 20 Nº 1 (arrendamiento, subarrend.

usufructo)

Letra c) Propietario o 10% sobre avalúo Renta presunta usufructuario fiscal al 01/01 del Letra b) año en que debe presentar la declaración

Explotación o posesión Por no propietarios 4% sobre avalúo ni usufructuarios fiscal al 01/01 del año en que debe presentar declaración

Renta efectiva S.A. PPM mediante contab. Sociedad de personas 1ª categoría completa Persona natural Impto. Único 35% letra a) Comandita x acciones Global C. o Adicional (retiros, remesas, distrib.)

Page 49: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

NORMAS DE RELACION PARA ARTICULO 20 Nº 1 LETRA b)

I.- Socio de sociedad de personas donde:

tiene facultad de administración

participa en más del 10% de las utilidades

o es dueño, usufructuario o a cualquier otro título posea más del 10% del capital social o de las acciones.

II.- Socio de sociedad anónima y tiene más del 10% de las acciones, de las utilidades o de los votos en la junta de accionistas.

III.- Si la persona es participe en más de un 10% en un contrato de asociación u otro negocio de carácter fiduciario en que la sociedad es gestora.

IV.- Si la persona, de acuerdo con estas reglas, esta relacionada con una sociedad y esta a su vez lo esta con otras, se entenderá que la persona también esta relacionada con esta última y así sucesivamente.

Page 50: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

AGRICULTOR A

VENTAS 700 UTM

A Y B LTDA.

VENTAS 4.200 UTM AY C LTDA.

VENTAS 3.600 UTM

30% 20%

VENTAS UTM

SOC. A Y B LTDA. 4.200 *

SOC A Y C LTDA. 3.600 *

AGRICULTOR A 700

TOTAL 8500 UTM

* renta efectiva

Page 51: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

SR. A

COMERCIANTE

SOC. A Y B LTDA

AGRICOLA

SOC. A Y C LTDA

AGRICOLA

15%

40%

VENTA PROD. AGRICOLAS

A Y B 4.600 UTM

A Y C 3.900 UTM

TOTAL 8.500 UTM

Aquí ambas sociedades quedan afectas a contabilidad completa y renta efectiva, debido

a que el socio A las relaciona, independientemente que este solo sea un comerciante.

Page 52: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CONTRIBUCIONES DE BIENES RAÍCES

ES CREDITO CONTRA EL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORIA PARA EL PROPIETARIO O USUFRUCTUARIO DEL BIEN RAIZ AGRICOLA

SE DEBEN ENCONTRAR PAGADAS ANTES DE PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL

LOS BIENES RAÍCES DEBEN SER DEL GIRO

LAS CONTRIBUCIONES DEBEN SER DEL PERIODO DE LA RENTA QUE SE ESTA PAGANDO

Page 53: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

1ª Cat. 16% Global Complem Renta de bienes raíces Sociedades Anónimas y Que posean o exploten Propietarios o adicional sobre no agrícolas 20Nº 1 agencias extranjeras bienes raíces no agrícolas usufructuarios . retiros, remesas letra d) arrendatarios distribuciones subarrendatarios Impto. Unico 35% gtos rechazados PPM Renta efectiva mayor 11% Rta. efectiva con cont

Explotadas por del avalúo fiscal al 01/01 del completa.

propietarios o año en que debe presentar la 1ª Cat. y global comp

usufructuarios declaración de renta o adicional PPM

Restantes contribuyentes Renta efectiva menor o igual Rta. presunta

que el 11% del avalúo fiscal al 7% s/avalúo 01/01 del en que debe presentar o rta efectiva la declaración de renta contab. Completa No afecto 1ª Cat. Solo Global Comp.

20 Nº 1, letra e) Renta efectiva Explotadas por según contabilidad completa no propietarios y quedan afectos a 1ª Cat. y ni usufructuarios Global Complementario o Adicional

Page 54: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Art. 20 N° 2: Rentas de capitales mobiliarios

Capital mobiliario: Cuota invertida en un valor comercial

susceptible de ser transferido.

Percibidas o devengadas por contribuyentes del Art. 20 N° 1, 3,

4, 5, que demuestren su rentas efectivas mediante balance general.

Si son percibidas por contribuyentes del 20 N° 1, están exentas

de primera categoría, pero no de Global C. (art. 39 Nº 4)

Si son percibidas por contribuyentes que no declaran renta

efectiva; impuesto de retención mensual, se devenga a la fecha de

percepción de la renta, no se acredita mediante contabilidad, no se

afecta con ppm, se compensan los resultados en declaración anual.

Page 55: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Art. 20 N° 3: Rentas de la industria, el comercio, empresas

de minería, financieras, bancos, seguros, publicitarias,

periodísticas, telecomunicaciones, etc.

Art. 20 N° 4: Las rentas obtenidas por corredores,

comisionistas con oficina establecida, martilleros, agentes de

aduana, agentes de seguros, colegios, clínicas, empresas de

diversión, etc.

Art. 20 N° 5: Todas las rentas, cualquiera que fuera su

origen, naturaleza o denominación, cuya imposición no esté

establecida expresamente en otra categoría ni se encuentre

exenta.

Page 56: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

REGIMENES TRIBUTARIOS DE PRIMERA

CATEGORÍA

RÉGIMEN GENERAL

Contribuyentes

Impuestos que le afectan

Base Imponible

Obligaciones adicionales

Fecha de declaración del Impuesto

Registro FUT

Page 57: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CONTRIBUYENTES

• Personas naturales o jurídicas, cualquiera que

sea su domicilio o residencia.

• Que desarrollen actividades clasificadas en los

N°s 1 al 5, del Art. 20°.

Ej: Empresarios individuales

Sociedades de personas

Sociedades Anónimas, S.C.P.A.

Agencias de empresas extranjeras, etc.

Page 58: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

IMPUESTOS QUE LE AFECTAN

Primera Categoría:

Año tributario 2003: 16%

Año tributario 2004: 16,5%

Año tributario 2005 y 2010: 17% - 20% - 18,5%

Page 59: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

BASE IMPONIBLE (Determinación según

mecanismo art. 29 al 33 de la ley).

• Ingresos Brutos (Art. 29 LIR)

• Costo directo de los Bs. y Ss. (Art. 30 LIR)

• Gastos necesarios para producir la renta (Art. 31

LIR)

• Ajustes por Corrección Monetaria (Art. 32 LIR)

• Agregados y/o deducciones (Art. 33 LIR)

Page 60: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ESQUEMA DETERMINACIÓN RLI

Ingresos percibidos o devengados derivados de las actividades de los N° s 1,3,4 y del artículo 20 de la LIR

(+)

Reajustes percibidos o devengados a que se refieren los N° s 25 y 28 del artículo 17 de la LIR

(+)

Rentas percibidas provenientes de las operaciones o inversiones a que se refiere el N° 2 del artículo 20 de la LIR

(+)

Diferencias de cambio percibidas o devengadas a favor del contribuyente

(+)

Ingresos que no constituyen renta, en virtud del artículo 17 de la LIR.

(-)

INGRESOS BRUTOS (ART. 29 DE LA LIR) (=) Costo directo de los bienes y servicios (Art. 30 de la LIR)

(-)

RENTA BRUTA (=)

Page 61: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Gastos necesarios para producir la renta, pagados o adeudados (Art. 31 de la LIR)

(-)

RENTA LÍQUIDA (=)

Ajustes por Corrección Monetaria (Art. 32 de la LIR) (+/-)

RENTA LÍQUIDA AJUSTADA (=)

Agregados y / o deducciones a la RLI ajustada (Art. 33 de la LIR)

(+/-)

RENTA LÍQUIDA IMPONIBLE DE PRIMERA CATEGORÍA O (PÉRDIDA TRIBUTARIA), SEGÚN CORRESPONDA

(=)

Page 62: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

INGRESOS BRUTOS (Art. 29)

Ingresos percibidos o devengados derivados de

las actividades del artículo N° 20 (1,2,3,4,5),

excepto los indicados en el Art. 17.

Reajustes de los N°s. 25 y 28 del Art. 17.

Diferencias de cambio percibidas o devengadas.

Ingresos por contratos de promesa de venta de

inmueble: en el año de suscripción del contrato.

Ingresos por contratos de construcción por suma

alzada: en el ejercicio que se presente cada cobro.

Page 63: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

COSTO DIRECTO DE LOS BIENES Y

SERVICIOS (art. 30)

Mercaderías adquiridas en el país. Valor de

adquisición + flete + seguro.

Mercaderías internadas al país. Valor CIF + Dº

de internación + gastos de desaduanamiento +

flete + seguro.

Bienes producidos por el contribuyente. El

valor de la materia prima + mano de obra.

Métodos: FIFO o Costo Promedio Ponderado.

Debe mantenerse al menos 5 años comerciales.

Page 64: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Contratos de promesa de venta de inmuebles: en

el ejercicio de suscripción del contrato.

Contratos de construcción por suma alzada: en

el ejercicio que se presente cada cobro.

Page 65: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

REQUISITOS PARA CALIFICAR DE NECESARIOS LOS GASTOS (31)

DETALLE

REQUISITOS O CONDICIONES

* Obligatorios

* Necesarios

* Monto

* Pagados o adeudados

* Corresponder al ejercicio

* Acreditación fehaciente ante el sii

* No rebajados como costo directo

* Gasto efectivo

* Giro del negocio

Pactada su obligatoriedad mediante algún documento o

norma legal.

Que sean indispensables e inevitables.

Debe considerarse no sólo la naturaleza del gasto sino que además su monto, hasta que cantidad el gasto ha

sido necesario para producir la renta.

Que se encuentren adeudados o pagados al término del

ejercicio.

Que correspondan al ejercicio en que se está

determinando la renta.

El contribuyente debe probar la naturaleza, necesidad,

efectividad y monto del gasto con los medios probatorios de que disponga, pudiendo el sii impugnarlos, si por razones fundadas no se estimaran fehacientes.

Que no se encuentren rebajados como parte integrante del costo directo de los bienes o servicios a producir.

Que el contribuyente haya incurrido efectivamente en el gasto, ya sea pagado o adeudado al término del

ejercicio. no se aceptan gastos presuntos o estimados.

Que se relacionen directamente con el giro del negocio

o actividad que desarrolle el contribuyente.

Page 66: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

DETALLE

REQUISITOS O CONDICIONES

INTERESES PAGADOS O ADEUDADOS

(ART. 31 Nº 1)

Por préstamos o cantidades adeudadas por el

contribuyente empleados directamente en el giro de la

empresa o negocio.

IMPUESTOS QUE NO SEAN DE LA LEY DE

LA RENTA RELACIONADOS CON EL GIRO

DE LA EMPRESA. (ART. 31 Nº 2)

IVA totalmente irrecuperable

Impuestos de timbres y estampillas

Patentes o derechos municipales

Las contribuciones de bienes raíces cuando no

constituyan crédito en contra del impuesto de primera

categoría.

No se aceptan los impuestos que hayan sido

sustituidos por una inversión en beneficio del contr

buyente.

PÉRDIDAS SUFRIDAS POR EL NEGOCIO Y

PÉRDIDAS DE ARRASTRE OBTENIDAS EN LA

GESTIÓN DE LA EMPRESA. (ART. 31 Nº 3)

Pérdidas materiales o castigos de bienes

Pérdidas obtenidas en la gestión del ejercicio o de

ejercicios anteriores

Forma de imputación:

Contribuyentes con contabilidad completa

1º) utilidades retenidas en el fut

2º) utilidades ejercicios sgtes.

Contribuyentes contabilidad simplificada solo utilidades ejercicios sgtes.

Page 67: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

DETALLE

REQUISITOS O CONDICIONES

CASTIGOS DE CRÉDITOS

INCOBRABLES. (ART. 31 Nº 4)

Contabilizados oportunamente

Agotarse prudencialmente los medios de cobro,

entendiéndose por esto lo siguiente:

Que provengan de deudas relacionadas con el negocio

Que sean realmente incobrables, probándose la

insolvencia en forma fehaciente y que correspondan a

Causas fundamentales como ser quiebras,

fallecimientos sin dejar bienes, covenios judiciales o

extrajudiciales

No seguir manteniendo relaciones comerciales con los

deudores

etc.

Castigos y remisiones de créditos incobrables de bancos e

instituciones financieras de acuerdo a las normas conjuntas que

fije el sii y la superintendencia del ramo.

DEPRECIACIÓN DE BIENES FÍSICOS

DEL ACTIVO INMOVILIZADO, APLICADA

SOBRE EL VALOR NETO DEL BIEN.

(ART. 31 Nº 5)

Depreción normal aplicada sobre valor neto del bien

Depreción acelerada solo para los efectos de la determinacion

de la base imponible de 1ª categoria (reducción vida útil normal a

1/3)

Bienes nuevos nacionales

Bienes nuevos o usados importados

Vida útil igual o superior a 5 años

Para su opción no existe ninguna formalidad

Page 68: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

DETALLE

REQUISITOS O CONDICIONES

REMUNERACIONES, GRATIFICACIONES,

PARTI-CIPACIONES, INDEMNIZACIONES,

SUELDO EMPRESARIAL, ETC. (ART. 31 Nº 6)

Si son obligatorias pagadas o adeudadas

Si son voluntarias solo pagadas y lleven implícito el

principio de la universalidad.

Requisitos sueldo patronal (contabilizado

oportunamente, cotizaciones previsionales obligatorias,

retención impuesto único y trabajo efectivo y permanente

en la empresa del beneficiario del sueldo).

BECAS DE ESTUDIO PAGADAS A LOS

HIJOS DE LOS TRABAJADORES (ART. 31 N° 6

BIS)

Que se otorguen en relacion a las cargas de familia u

otras normas de carácter general y uniforme aplicables a

todos los trabajadores de la empresa.

El monto de la beca por cada hijo no podra ser superior

en el ejercicio hasta la cantidad equivalente de 1 1/2 uta

cuando se trate de hijos de trabajadores que no estudian

en los establecimientos de ducacion superior y de 5 ½ uta

cuando se trate de hijos de trabajadores que estudian en

un establecimiento de educacion superior.

Que el beneficio se pacte en un contrato o convenio

colectivo de trabajo.

DONACIONES PARA FINES DE

INSTRUCCIÓN. (ART. 31 Nº 7)

Destino

Fines de instrucción básica, media, técnica

profesional o universitario

Cuerpo de bomberos; fondo de solidaridad

nacional; SENAME y comités habitacionales comunales

En dinero o especies

Límites: 2% RLI ó 1,6%o CPT

Page 69: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

DETALLE

REQUISITOS O CONDICIONES

REAJUSTES Y DIFERENCIAS DE

CAMBIOS. (ART. 31 Nº 8)

Pagados o adeudados por préstamos o cantidades

adeudadas por el contribuyente utilizados

directamente en el negocio o empresa.

GASTOS DE ORGANIZACIÓN Y

PUESTA EN MARCHA.

(ART. 31 Nº 9)

Amortización en un solo ejercicio o hasta 6

ejercicios comerciales consecutivos a opción del

contribuyente.

GASTOS EN PROMOCIÓN O

COLOCACIÓN EN EL MERCADO DE

ARTÍCULOS NUEVOS FABRICADOS O

PRODUCIDOS. (ART. 31 Nº 10)

Amortización en un máximo de 3 ejercicios

comerciales consecutivos a opción del

contribuyente.

GASTOS DE INVESTIGACIÓN

CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA EN

INTERÉS DE LA EMPRESA AÚN

CUANDO NO SEAN NECESARIOS

PARA PRODUCIR LA RENTA. (ART. 31

Nº 11)

Amortización en un solo ejercicio o hasta en 6

ejercicios comerciales consecutivos a opción del

contribuyente.-

Page 70: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

GASTOS POR CONCEPTO DE USO

DE MARCAS, PATENTES, FORMULAS,

ASESORIAS Y OTRAS

PRESTACIONES SIMILARES, SEA QUE

CONSISTAN EN REGALIAS O

CUALQUIER FORMA DE REMUNERA

CION. (ART. 31 Nº 12)

Se aceptan como gasto hasta un máximo del

4% de los ingresos por ventas o servicios del giro

de la empresa.

Los citados gastos no quedaran sujetos al

limite antes señalado en los siguientes casos:

** Cuando en el ejercicio comercial

respectivo entre la empresa pagadora de la renta y

su beneficiario no exista o no haya existido una

relación directa o indirecta en el capital, control o

administración de uno u otro, debiendo para estos

efectos el contribuyente o su representante legal

dentro de los dos meses siguientes al termino del

ejercicio formular una declaración jurada en la que

se señale que en dicho ejercicio no ha existido la

relación indicada; y

** Cuando en el país del beneficiario de

la renta ésta se grave con impuestos con una

tasa igual o superior a un 30%, debiendo el SII, de

oficio o a petición de parte, verificar los países que

se encuentran en la situación anterior.

Para la aplicación del limite del 4%, en primer

lugar a dicho limite deberán imputarse los

pagos por los conceptos antes indicados.

DETALLE

REQUISITOS O CONDICIONES

Page 71: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

AJUSTES PARA DETERMINAR LA

RENTA LÍQUIDA IMPONIBLE (Art. 33)

Se agrega a la RLI

Remuneraciones pagadas al cónyuge del

contribuyente, o a los hijos solteros menores de

18.

Retiros particulares en dinero especies.

Sumas pagadas por bienes del activo

inmovilizado, o mejoras permanentes que

aumenten el valor de dichos bienes.

Page 72: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Los costos, gastos o desembolsos que sean

imputables a ingresos no renta o exentas.

Beneficios otorgados a favor del socio o

accionista, que no sean necesarios para producir la

renta o desproporcionados.

Cantidades cuya deducción no autoriza el

artículo 31.

Page 73: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Se deducen de la RLI

Los dividendos y utilidades percibidas o

devengadas por el contribuyente, salvo las que

provengan de empresas extranjeras.

Rentas exentas por esta ley, o leyes especiales.

Page 74: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CRÉDITOS CONTRA EL IMPUESTO.

Orden de Imputación de los créditos

Art. 33 BIS

Crédito por gastos de capacitación

Donaciones con Fines Culturales

Donaciones con Fines Educacionales

Donaciones a Universidades e Institutos.

Page 75: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

ORDEN DE IMPUTACIÓN DE LOS

CRÉDITOS

Créditos cuyos excedentes no dan derecho a

ser imputados en los ejercicios siguientes ni

solicitar su devolución.

Créditos cuyos excedentes dan derecho a ser

imputados en los ejercicios siguientes, pero no

a solicitar su devolución.

Créditos cuyos excedentes dan derecho a

solicitar su devolución en el ejercicio.

Page 76: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CRÉDITO POR BIENES FÍSICOS DEL ACTIVO

INMOVILIZADO (Circ. 41/90, 44/93, 53/98)

Contribuyentes beneficiados. Declaren 1ª Cat.

sobre rta. efectiva con contab. Completa.

Bienes que dan derecho al crédito. Adquiridos

nuevos, o bs. muebles nuevos vía leasing, o

construídos o mandados a construir.(depreciables)

Concepto de bienes físicos del activo

inmovilizado.

Monto del crédito, 4% del valor del bien o el valor

total del contrato leasing, ambos actualizados.

Page 77: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Monto máximo del crédito. Tope 500 UTM

anuales.

Remanente o excesos generados. Franquicia

para los A. T. 99-02.

Ejercicio en el cual corresponde invocar el

crédito.

Situación frente a la RLI, Menor costo de

adquisición, mayor ingreso en el caso del leasing.

Page 78: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CRÉDITO POR GASTOS DE

CAPACITACIÓN (Circ. 19/99)

Franquicia: Contribuyentes de Primera

Categoría, pueden descontar como crédito, los

gastos incurridos en el financiamiento de

programas de capacitación de sus trabajadores.

Contribuyentes beneficiados: Los de Primera

categoría, con excepción de aquellos cuyas rentas

provengan del art. 20 N° 2, letras c y d.

Capacitación debe ser desarrollada en el país.

Page 79: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Costos directos que se rebajan. Sumas pagadas a

la OTEC hasta el monto SENCE, total del aporte a

OTIC.

Reajustabilidad de los desembolsos destinados a

capacitación.

Límite del crédito por gastos de capacitación,

1% de la remuneración imponible. Mínimo 13

UTM.

Situación de los excedentes del crédito.

Acreditación y visación del crédito por gastos de

capacitación. (Certificado, liquidaciones de g.)

Page 80: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CRÉDITO POR DONACIONES PARA

FINES CULTURALES (Circ. 57/01)

Contribuyentes beneficiados (Art. 14-A, 14

Bis, renta efectiva con contab. completa)

Objeto de la donación:investigación,desarrollo

ydifusión cultura y el arte

Monto del crédito; 50% de la donación

reajustada.

Límite del crédito; 2% de la RLI o 14.000

UTM

Situación de los excesos (se pierde)

Page 81: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Forma de acreditar las donaciones

Efectos tributarios; gastos rechazado es no

afecto al artículo 21, pero se rebaja del fut. La

parte de la donación que no se imputa como

crédito es gasto aceptado.

Page 82: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CRÉDITO POR DONACIONES PARA FINES

EDUCACIONALES (Circ. 63/93)

Contribuyentes beneficiados (Art. 14-A, 14 Bis,

renta efectiva con contab. completa)

Objeto de la donación: proyectos educativos

Monto del crédito; 50% de las donación

reajustada.

Límite del crédito; 2% de la RLI o 14.000 UTM

Considerar todas las donaciones con fines

educacionales.

Page 83: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Situación de los excesos. (se pierde)

Forma de acreditar las donaciones

Efectos tributarios; la parte no utilizada como

crédito es gasto necesario. El crédito utilizado no

es gasto necesario y no afecto al artículo 21, pero

si se rebajan del fut.

Page 84: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

CRÉDITO POR DONACIONES A

UNIVERSIDADES E INSTITUTOS

PROFESIONALES (Circ. 24/93)

Contribuyentes beneficiados (Art. 14-A, 14 Bis,

renta efectiva con contab. Completa o

simplificada)

Objeto de la donación:financiar bienes para

apoyar el quehacer académico; financiar proyectos

de investigación

Monto del crédito; 50% de las donación

reajustada, más exceso del ejercicio anterior.

Límite del crédito; 14.000 UTM

Page 85: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Situación de los excesos; se imputa en los

ejercicios posteriores hasta su extinción.

Forma de acreditar las donaciones

Efectos tributarios; la parte no utilizada como

crédito es gasto necesario con límite del 2% de la

LIR o 1,6 %0. El exceso es gasto rechazado afecto

al artículo 21. El crédito utilizado no es gasto

necesario y no afecto al artículo 21.

Page 86: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

IMPUESTO ÚNICO ARTÍCULO 21 LIR

Carácter de retiro de las partidas (retiros

presuntos). Se entenderán retiradas al término de

cada ejercicio.

Partidas que se afectan con esta tributación

• Retiros de especies o cantidades representativas

de desembolsos. (33 N° 1)

• Préstamos de las Ltda. a sus socios personas

naturales o contribuyentes del adicional que no

sean personas naturales.

Page 87: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

• Presunción de retiros por el uso o goce, de

bienes del activo de la empresa.

• Prestamos otorgados por S.A. Cerradas, a sus

accionistas personas naturales.

Requisitos de los gastos rechazados del 33 N° 1,

para afectarse con el artículo 21

• Que se trate de retiros de especies o de

cantidades representativas de desembolsos de

dinero.

• Se gravan en el ejercicio en que se materialice

efectivamente el retiro.

Page 88: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

• Tributan independientemente del período

tributario al cual correspondan, del resultado del

ejercicio y de las pérdidas acumuladas en la

empresa.

• Deben declararse debidamente actualizadas,

tomando como base el mes del retiro efectivo.

• Las sociedades de personas deben informar, y

CPA (gestores), deben informar a sus socios los

gastos rechazados.

• Los socios tributan en proporción a su

participación en las utilidades.

Page 89: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

No se gravan con el artículo 21, los gastos

rechazados que no cumplan con los requisitos, o

aquellos que expresamente se excepcionan.

• Intereses, reajustes y multas pagadas al Fisco.

• Excesos de depreciaciones, provisiones no

aceptadas como gastos.

• Errores en el sistema de corrección monetaria

• Donaciones culturales (crédito)

• Donaciones a Universidades (crédito)

Page 90: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

TRIBUTACIÓN DE LOS GASTOS

RECHAZADOS

Empresas Individuales, Soc. de Personas, Soc.

de Hecho, SCPA (gestores).

Impuestos Global Complementario o adicional.

Crédito por impuesto de Primera Categoría.

Deben registrarse en el libro Fut, con el detalle

de las partidas.

Casos en que los socios sean otras sociedades.

Page 91: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Sociedades Anónimas, SCPA, Agencias de

empresas extranjeras.

Los mismos que declaran los empresarios

individuales y Sociedades de personas.

Carácter de impuesto único a la renta.

S.A., SCPA, como socio de Soc. de Personas

que incurren en gastos rechazados.

Page 92: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

RETIRO PRESUNTO

Beneficio por el uso o goce, de bienes que

forman parte del activo de la empresa.

Bienes muebles: 10% valor tributario del bien o

el valor anual de la depreciación.

Automóviles: 20% valor tributario del bien

Bs. Raíces: 11% del avalúo fiscal al 01.01.

Podrá rebajar las sumas efectivamente pagadas.

Page 93: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

OBLIGACIONES ADICIONALES

Rentas determinadas mediante contabilidad

completa o simplificada.

Los que llevan contabilidad completa, deben

llevar registro FUT.

Deben efectuar PPM

Deben efectuar retenciones por rentas pagadas

a terceros.

Deben certificar las rentas pagadas y

retenciones efectuadas e informar al SII.

Page 94: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

REGÍMENES DE LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

Contribuyente Tributación Observaciones

Mineros artesanales

22 N° 1, 23

Impto. Único sustitutivo, retenido por los compradores

No declaran anualmente, sólo si tienen otras rtas.

Comerciantes ambulantes 22, 24

Impto. Único, equivalente a ½ UTM, retenido por Munic.

Idem

Suplementeros

22 N° 3, 25

Impto. Único equivalente a 0,5% sobre el valor de venta

Idem. Impto. ret. por empresas periodísticas

Propietarios de taller artesanal 22 N° 4, 26

Cantidad mayor entre ppm 3% o 1,5% y 2 UTM de Dic

Efectuan ppm, 3% Ss

1,5 ventas, Declaran A.

Pescadores artesanales 22, 26 bis

½ UTM: 4 TNS de registro

1 UTM: entre 4 y 8 TNS

2 UTM: sobre 8 y hasta 15

No efectúan ppm

Deben declarar anualmente

Page 95: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

RENTAS DE LA SEGUNDA CATEGORÍA

Rentas exclusivas del trabajo

• Sueldos y pensiones, rentas accesorias o

complementarias a las anteriores.

• Trabajadores dependientes (afectos)

• Los que no perciben una renta que no exceda de

13,5 UTM (exentos)

• Impuesto Único de Segunda Categoría.

Page 96: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

• Base Imponible:El monto de sueldos y pensiones,

menos imposiciones previsionales y de salud.

• Impto. Retenido por el empleador (Art. 74).

• Si tienen otras rentas, deben declarar Global

Complementario.

• Reliquidación del impuesto, en caso de tener más

de un empleador, por rentas pagadas con retraso.

Page 97: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

Rentas del Capital y del Trabajo Honorarios

percibidos por la prestación de servicios

profesionales en forma independiente.

• Profesionales, personas que desempeñen una

actividad lucrativa, sociedades de profesionales,

Directores de SA, Corredores de propiedad.

• Contrib. Exentos no hay.

• Global Complementario o adicional.

Page 98: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

• Base Imponible

Honorarios brutos actualizados

Menos presunción de gastos 30% , con tope de

15 UTA, (sólo P.N.), gastos efectivos acreditados.

Los directores de SA, no pueden rebajar gastos

presuntos ni efectivos de las participaciones

percibidas.

Sujetos a retención del 10%.

Efectúan ppm con tasa del 10% cuando no se

les retiene.

Page 99: Renta Derecho Tributario III 2012 Udla

• Gastos efectivos: deben llevar libro de ingresos y

gastos.

• Sociedades de profesionales deben llevar

contabilidad completa.

• Pueden optar por las normas de Primera

Categoría.